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Ministerio Publico

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Ministerio Publico 
Articulo 120 Constitucion Nacional Argentina
Órganos Extra poder
• Gozan de independencia frente a los poderes clásicos, a pesar de la cual se
relacionan con ellos.
• Tienen gran valor político-institucional, pero ejercen competencias reducidas
o especificas.
• Responden a una característica del Estado contemporáneo: diversificación de
funciones o multiplicación de estructuras conocido como fenómeno de
policentrismo o desconcentración(Sagues 2)
Encuadre Legal
Según el Art 120 CN el Ministerio Publico es un órgano 
independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, 
que tiene por función promover la actuación de la justicia en 
defensa de la legalidad, de los intereses generales de la 
sociedad, en coordinación con las autoridades de la Republica.
“Que goza de autonomía funcional y 
autarquía financiera”
“Sus miembros gozan de inmunidades 
funcionales e intangibilidad de 
remuneraciones”
“Defensa de los intereses generales 
de la sociedad”
Composición 
• Esta integrado por un Procurador General de la Nación y un
Defensor General de la Nación y los demás miembros que la ley
establezca.
• Sus miembros gozan de inmunidades funcionales e intangibilidad
de remuneraciones.
Funciones
• Promover la actuación de la justicia
• Defender la legalidad en cada
proceso judicial que interviene o
promueve
• Defender los intereses generales de
la sociedad
• Asumir judicialmente las funciones
tradicionales del Ministerio.
• Legitimación procesal para
interponer acción de amparo(Art
43 2 párrafo).
• Ejercer el control de
constitucionalidad de las leyes,
normas infra legales, actos y
omisiones del poder y de los
particulares que se relacionen con la
cuestión en las que intervenga.
Ramas
• Ministerio Publico Fiscal
Actúa en procesos penal, civiles,
comerciales, laborales e incluso
contencioso administrativos
Actividad: Interpone y prosigue la
acción penal publica
• Ministerio Publico Pupilar
Persona, derechos y bienes de los 
sujetos incapaces.
Actividad: Vela Judicial o
extrajudicialmente.
Defensores Oficiales
Pobres o Ausentes de todos los procesos
Aquellos que lo requieran con prescindencia de su condición 
personal
Ley Orgánica
Nº 24.946/98
• Refiere a la Independencia del Ministerio Publico
• Principio de unidad de actuación
• Organización jerarquica
La ley Orgánica establece:
• Ministerio Público Fiscal
• Ministerio Publico de la Defensa asemejando a la estructura Judicial Federal.
• Como parte del Ministerio Publico Fiscal a la Fiscalía de Investigaciones
Administrativas, prevista como órgano dependiente del la Procuración General
de la Nación.
• Etc.
Designación
• El Procurador General y el Defensor General: Poder
Ejecutivo con acuerdo del Senado.
• El resto de los integrantes: a propuesta de los primeros
ante el Poder Ejecutivo, con la mayoría simple de los
miembros presentes del Senado.
Remoción
• Procurador General y Defensor General: por el mecanismo del
Juicio Político.
• Restantes Magistrados del Ministerio Publico: por el “Tribunal de
Enjuiciamiento” (conocido por Jury de Enjuiciamiento) por las
causales de “mal desempeño, grave negligencia o comisión de
delitos dolosos de cualquier especie”
Inmunidades (Art 14)
a) No pueden ser arrestados excepto en caso de infraganti delito.
b) Exentos del deber de comparecer como testigos ante los
Tribunales, salvo decisión voluntaria
c) No pueden ser condenados en costas en las causales en que
intervengan en ejercicio de sus funciones.
Funciones Comunes (Art 25)
Además de las establecidas en el Art 120 de la CN, establece :
• Representar y defender el interés publico en todas las causas y asuntos que exija
la ley
• Velar por la observancia de la Constitución y leyes de la Republica
• Velar por el efectivo cumplimiento del debido proceso legal.
• Defender la juridiccion y competencia de los tribunales
• Etc
Funciones Especificas
Al Ministerio Publico Fiscal Al Ministerio Publico de Defensa
• Promover y ejercer la acción publica
en causas criminales/correccionales.
• Promover la acción civil
• Velar por la defensa de los Dchos
Humanos en cárceles y otros
establecimientos de detención
• Intervenir en cualquier causa sobre
protección de la persona o bienes
de menores, de los de capacidad
restringida o incapaces.
• Ejercer la defensa de la persona, de
los derechos de quien lo necesite en
fuero penal y de pobres y ausentes
en otros fueros.
Al Procurador de la Nación
(Jefe del Ministerio Publico Fiscal)Art 33
• Ante la Corte: Impulsar la acción publica.
Intervenir en causas de extradición
Dictaminar en causas que se tramitan en ella.
• También: Instruir a los restantes integrantes de la rama fiscal
Proponer a los poderes Legislativo y Ejecutivo reformas legislativas y
……… reglamentarias
Diseñar la política criminal. Promover el enjuiciamiento de los
…………… ..magistrados
Al Fiscal Nacional de Investigaciones 
Administrativas (Art 45)
• Promover la investigación de la conducta administrativa de los agentes de la 
administración nacional centralizada y descentralizada.
• Efectuar investigaciones en toda la institución o asociación que tenga como 
principal fuente de recursos el aporte estatal, en caso de sospecha sobre 
irregularidades en su inversión.
• Denunciar ante la justicia los hechos considerados delictivos a partir de las 
investigaciones que practica.
• Etc.
Al Defensor General de la Nación
(Jefe del Ministerio Publico de la Defensa)Art 51
• Ante la Justicia: Realizar todas las acciones para defensa y protección de los 
………………..Dchos Humanos.
Actuar en todas las instancias y procesos en que se ejerza la 
…………………..representación y defensa oficial.
La debida asistencia de cada una de las partes contrapuestas. 
• Tambien: Promover y ejecutar políticas para facilitar el acceso a la 
……………… justicia de los sectores discriminados.
Etc.
Ante los Organismos 
Internacionales
Patrocinar y asistir técnicamente a las personas que lo soliciten
Bibliografia: 
“Derecho Constitucional Argentino” Tomo II. Quiroga Lavie.Benedetti.Cenicacelaya
“Compendio de Derecho Constitucional”German Bidart Campos.
Muchas gracias por su atención..

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