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TAREA 3 Extinción de la Obligación Tributaria

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Universidad de Guayaquil 
Facultad de Ciencias Administrativas 
Licenciatura en Comercio Exterior 
 
Curso: 
CEX-S-NO-4-4 
 
Asignatura 
Normativa Aduanera 
 
Docente 
Ab. Juan Carlos Valle Matute 
 
Estudiante 
Mayelyn Mantilla Manzaba 
 
Período Lectivo 
CICLO I 2023-2024 
 
 
 
 
 
 
FORMAS DE EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN TRIBUTARIA 
FORMAS DESCRIPCIÓN 
PAGO 
Cumplimiento total de la obligación 
tributaria por parte del contribuyente, 
incluyendo los impuestos, intereses y 
sanciones 
COMPENSACIÓN 
Cancelación de la deuda tributaria 
mediante la compensación con créditos 
reconocidos a favor del contribuyente. 
PRESCRIPCIÓN 
Extinción de la obligación tributaria 
debido al transcurso del tiempo sin que 
la administración realice acciones de 
cobro. 
ACEPTACIÓN DEL ABANDONO EXPRESO 
Renuncia escrita de la propiedad de las 
mercancías hechas en favor del Estado 
por quien tiene la facultad legal de 
hacerlo. Su aceptación por parte de la 
servidora o servidor a cargo de la 
dirección distrital extingue la obligación 
tributaria aduanera. 
DECLARATORIA DEL ABANDONO 
DEFINITIVO DE LAS MERCANCÍAS 
Es la declaración que hace la autoridad 
aduanera cuando las mercancías no han 
sido desaduanadas dentro del plazo 
legal. Implica la pérdida del derecho a 
disponer de las mercancías y su entrega 
al Estado. 
PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN TOTAL DE LAS 
MERCANCÍAS 
Es el hecho que impide el cumplimiento 
de la obligación tributaria aduanera por 
causas fortuitas o de fuerza mayor que 
afectan a las mercancías. Debe ser 
comprobado por la autoridad aduanera. 
DECOMISO ADMINISTRATIVO O 
JUDICIAL DE LAS MERCANCÍAS 
Es la sanción que implica la pérdida del 
derecho a disponer de las mercancías y 
su entrega al Estado por haber incurrido 
en infracciones aduaneras. Puede ser 
ordenado por la autoridad aduanera o 
por el juez competente.

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