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Lic. Obet Alexander Guillén Díaz El Derecho es un discurso social, constitutivo e ideológico, parcial y político, que produce y reproduce una representación imaginaria de los seres humanos respecto de sí mismos y de sus relaciones con los demás, y que dota de sentido a las conductas de las personas y los convierte en sujetos. …opera como gran legitimador del poder, que habla, convence, seduce y se impone a través de la palabra de la ley (…) Cada vez que el derecho consagra alguna acción u omisión como permitida o prohibida está relevando dónde reside el poder y cómo está distribuido en la sociedad (Ruiz, Alicia) Las normas, por un lado, se refieren a los objetivos y aspiraciones que nos guían, los preceptos por los que estamos obligados a actuar, que nos orientan, y que dan dirección a nuestras acciones Por otro lado, la normativa se refiere al proceso de normalización, la manera en que ciertas normas, ideas e ideales que influyen sobre la expresión de la vida proporcionan criterios coercitivos para ‘hombres’ y ‘mujeres’ normales. Son las normas las que gobiernan la vida ‘inteligible’, hombres ‘reales’ y mujeres ‘reales’, y que, cuando incumplimos estas normas, no queda claro si aún estamos vivas o deberíamos estarlo, si nuestras vidas son valiosas, o podemos hacer que lo sean, si nuestros géneros son reales, o pueden ser considerados como tales La lógica formal es distinta a la lógica del derecho que reclama la utilización de criterios valorativos y teleológicos , la lógica formal es meramente instrumental a ello. La decisión debe ser susceptible de controlar de racionalidad Tres momentos lógicos: 1. Interpretar 2. Argumentar 3. Motivar. Trasvase de derecho general abstracto a un derecho concreto La norma es parte de un vasto Sistema Jurídico Necesariamente debe tener: 1. Unidad (control de principios) 2. Coherencia (control de antinomias) 3. Plenitud (control y superación de vacíos legales) 4. Actualidad (control de vigencia y eficacia) La antinomia plantea su superación a través de criterios de conflicto de normas: 1. Jerarquía 2. Especialidad 3. Cronología La laguna o vacío legal plantea la integración: La Analogía: sólo está permitida cuando son normas que establecen derechos, beneficios está prohibida cuando establecen restricciones, o cuando es en malam partem El derecho tiene naturaleza lingüística. Las palabras tienen dos niveles: •el Significante que es la expresión (artículo 32 del Código…) •y el significado que es el contenido de la expresión, la norma de conducta prevista o perseguida Las palabras pueden adolecer de : •vaguedad (normas de textura abierta) o •ambigüedad (más de un significado) Para aplicar la norma, primero se la debe interpretar: •buscar un sentido a la norma, hacer la comprensible, de modo a lograr comprender y hacer comprender el derecho •función normativa: obtener del derecho vigente máximas de decisión •Zona de Seguridad Positiva o núcleo de significación normativa: es lo que incluye el dispositivo •Zona de Seguridad negativa o ámbito de exclusión normativa: todo lo que esta fuera de la norma. •Zona de penumbra o de indeterminación, es la de disputa o discusión Teorías de interpretación: •Sujetiva: voluntad del legislador (estática) •Objetiva: sentido en conformidad con la realidad (dinámica) •Tecnicista: mayor o puramente lingüística Clases de interpretación: En Función del Sujeto que la realiza: auténtica, judicial y doctrinal En Función de los alcances o del resultado: restrictiva, extensiva y progresiva Métodos de interpretación: •Gramatical o literal •Histórico •Lógico •Sistémico •Teleológico Métodos de interpretación: •Gramatical o literal: significado de las palabras •Lógico •a contrario sensu (si no se dan presupuestos, no se aplica la conclusión •a fortiori (lo general incluye lo especial, lo más incluye lo menos) •ad absurdum (la línea argumentativa lleva a un imposible físico o jurídico) Métodos de interpretación: •Sistémico: norma se inserta dentro de un sistema, por tanto se debe buscar la unidad y la coherencia con él (jerarquía temporaneidad y especialidad) •Teleológico: establecer la finalidad de la norma y aplicarla conforme con ella La argumentación: vestá orientada fundamentalmente a persuadir La sentencia es una suma de argumentos e implica estructurar una secuencia coherente de pensamiento ➢El razonamiento jurídico es práctico y demostrativo y precisa justificación interna y externa Ejercicio de Argumentación Jurídica Pasos de la actividad argumentativa: 1. Premisa Mayor: norma 2. Premisa Menor: referencia fáctica especifica, hechos 3. Inferencia: relación de premisas 4. Conclusión, proposición final Cualidades de la argumentación: 1. COHERENCIA congruente con la conclusión 2. RAZONABILIDAD: conclusión no solo deriva de las premisas, sino responden al fin de la argumentación Cualidades de la argumentación: 3. SUFICIENCIA: para arribar a la conclusión. 4. CLARIDAD: la sentencia no debe necesitar, a su vez, intérprete Principios de la Argumentación: 1. Principio de Quididad: principio del ser, argumento debe existir o debe tener posibilidades de existir, control de imposibilidad física o jurídica 2. Principio de Razón suficiente: además tiene que estar justificado, hay que motivarlo Principios de la Argumentación: 3. Principio de Veracidad: El argumento aceptado (verdad formal) no debe estar en contra de la verdad real. 4. Principio de Identidad: a fenómenos semejantes, la misma consecuencia Principios de la Argumentación: 5. Principio de no contradicción: el argumento utilizado no debe contradecirse. Todo aquello que es, no puede no ser. 6. Principio de Ockham: los argumentos deben ser pertinentes. La explicación más simple es la mas probable, 7. Principio de Javoleno: definir todo en la norma (cuidado) Falacias de la Argumentación: •Paralogismo: Argumento defectuoso de buena fe. •Sofisma: Argumento defectuoso de mala fe Motivación: •Es justificar razonadamente ➢otorga legitimidad a la decisión de los jueces − límite entre la discrecionalidad y la arbitrariedad ➢debe contener una justificación fundada en derecho que no suponga vulneración de derechos fundamentales Principios Lógicos 1. Principio de Identidad: a casos semejantes consecuencias similares. Conceptos con un contenido invariable a través de todo el razonamiento 2. Principio de no contradicción: los argumentos deben ser compatibles entre si, no se puede afirmar y negar a la vez Principios Lógicos 3. Principio de Razón Suficiente: relativo al conocimiento de la verdad de las proposiciones, si las premisas son verdaderas y aptas, la conclusión es válida 4. Principio de Tercio Excluido: si existen dos proposiciones, de las cuales una afirma y otra niega, si hemos reconocido una de ellas como verdadera, no hay una tercera. La argumentación debe atender a las máximas de la experiencia, que implícita el sentido común (importan a menudo valores culturales) Vicios del razonamiento: Motivación aparente (afirmaciones autosustentadas) Motivación insuficiente (premisas no son aptas para generar la conclusión) Motivación defectuosa (se afectan los principios lógicos) Facebook/Ius Semper Loquitur https://twitter.com/GuillenAlex alex_rescate@hotmail.com
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