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La argumentación Jurídica

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Lic. Obet Alexander 
Guillén Díaz
El Derecho es un discurso social, constitutivo e
ideológico, parcial y político, que produce y
reproduce una representación imaginaria de los
seres humanos respecto de sí mismos y de sus
relaciones con los demás, y que dota de sentido a
las conductas de las personas y los convierte en
sujetos.
…opera como gran legitimador del poder, que habla,
convence, seduce y se impone a través de la palabra de la ley
(…) Cada vez que el derecho consagra alguna acción u
omisión como permitida o prohibida está relevando dónde
reside el poder y cómo está distribuido en la sociedad
(Ruiz, Alicia)
Las normas, por un lado, se refieren a los objetivos y
aspiraciones que nos guían, los preceptos por los que estamos
obligados a actuar, que nos orientan, y que dan dirección a
nuestras acciones
Por otro lado, la normativa se refiere al proceso de
normalización, la manera en que ciertas normas, ideas e
ideales que influyen sobre la expresión de la vida
proporcionan criterios coercitivos para ‘hombres’ y ‘mujeres’
normales.
Son las normas las que gobiernan la vida ‘inteligible’, hombres 
‘reales’ y mujeres ‘reales’, y que, cuando incumplimos estas 
normas, no queda claro si aún estamos vivas o deberíamos 
estarlo, si nuestras vidas son valiosas, o podemos hacer que lo 
sean, si nuestros géneros son reales, o pueden ser considerados 
como tales
La lógica formal es distinta a la lógica del derecho 
que reclama la utilización de criterios valorativos y 
teleológicos , la lógica formal es meramente 
instrumental a ello.
La decisión debe ser susceptible de controlar de 
racionalidad 
Tres momentos lógicos:
1. Interpretar
2. Argumentar
3. Motivar.
Trasvase de derecho general abstracto a un 
derecho concreto
La norma es parte de un vasto Sistema Jurídico
Necesariamente debe tener:
1. Unidad (control de principios)
2. Coherencia (control de antinomias)
3. Plenitud (control y superación de vacíos legales)
4. Actualidad (control de vigencia y eficacia)
La antinomia plantea su superación a través de 
criterios de conflicto de normas:
1. Jerarquía
2. Especialidad
3. Cronología
La laguna o vacío legal plantea la integración:
La Analogía: sólo está permitida cuando son 
normas que establecen derechos, beneficios
está prohibida cuando establecen restricciones, o 
cuando es en malam partem
El derecho tiene naturaleza lingüística. 
Las palabras tienen dos niveles: 
•el Significante que es la expresión (artículo 32 
del Código…)
•y el significado que es el contenido de la 
expresión, la norma de conducta prevista o 
perseguida
Las palabras pueden adolecer de :
•vaguedad (normas de textura abierta) o
•ambigüedad (más de un significado)
Para aplicar la norma, primero se la debe 
interpretar: 
•buscar un sentido a la norma, hacer la 
comprensible, de modo a lograr comprender y 
hacer comprender el derecho
•función normativa: obtener del derecho vigente 
máximas de decisión
•Zona de Seguridad Positiva o núcleo de 
significación normativa: es lo que incluye el 
dispositivo
•Zona de Seguridad negativa o ámbito de 
exclusión normativa: todo lo que esta fuera 
de la norma. 
•Zona de penumbra o de indeterminación, 
es la de disputa o discusión
Teorías de interpretación:
•Sujetiva: voluntad del legislador 
(estática)
•Objetiva: sentido en conformidad con 
la realidad (dinámica)
•Tecnicista: mayor o puramente 
lingüística
Clases de interpretación:
En Función del Sujeto que la realiza: 
auténtica, judicial y doctrinal
En Función de los alcances o del resultado: 
restrictiva, extensiva y progresiva
Métodos de interpretación:
•Gramatical o literal
•Histórico
•Lógico 
•Sistémico
•Teleológico
Métodos de interpretación:
•Gramatical o literal: significado de las palabras
•Lógico 
•a contrario sensu (si no se dan presupuestos, no se 
aplica la conclusión
•a fortiori (lo general incluye lo especial, lo más 
incluye lo menos)
•ad absurdum (la línea argumentativa lleva a un 
imposible físico o jurídico)
Métodos de interpretación:
•Sistémico: norma se inserta dentro de un 
sistema, por tanto se debe buscar la unidad y 
la coherencia con él (jerarquía temporaneidad
y especialidad)
•Teleológico: establecer la finalidad de la 
norma y aplicarla conforme con ella
La argumentación: 
vestá orientada fundamentalmente a 
persuadir
La sentencia es una suma de argumentos e 
implica estructurar una secuencia coherente de 
pensamiento
➢El razonamiento jurídico es práctico y 
demostrativo y precisa justificación interna y 
externa
Ejercicio de 
Argumentación 
Jurídica
Pasos de la actividad argumentativa:
1. Premisa Mayor: norma
2. Premisa Menor: referencia fáctica 
especifica, hechos
3. Inferencia: relación de premisas
4. Conclusión, proposición final
Cualidades de la argumentación:
1. COHERENCIA congruente con la 
conclusión
2. RAZONABILIDAD: conclusión 
no solo deriva de las premisas, sino 
responden al fin de la argumentación
Cualidades de la argumentación:
3. SUFICIENCIA: para arribar a la 
conclusión.
4. CLARIDAD: la sentencia no debe 
necesitar, a su vez, intérprete
Principios de la Argumentación:
1. Principio de Quididad: principio del ser, 
argumento debe existir o debe tener 
posibilidades de existir, control de 
imposibilidad física o jurídica 
2. Principio de Razón suficiente: además 
tiene que estar justificado, hay que motivarlo
Principios de la Argumentación:
3. Principio de Veracidad: El 
argumento aceptado (verdad formal) no 
debe estar en contra de la verdad real. 
4. Principio de Identidad: a 
fenómenos semejantes, la misma 
consecuencia
Principios de la Argumentación:
5. Principio de no contradicción: el
argumento utilizado no debe contradecirse. 
Todo aquello que es, no puede no ser.
6. Principio de Ockham: los argumentos 
deben ser pertinentes. La explicación más 
simple es la mas probable, 
7. Principio de Javoleno: definir todo en la 
norma (cuidado)
Falacias de la Argumentación:
•Paralogismo: Argumento defectuoso 
de buena fe.
•Sofisma: Argumento defectuoso de 
mala fe
Motivación:
•Es justificar razonadamente
➢otorga legitimidad a la decisión de los 
jueces − límite entre la discrecionalidad y 
la arbitrariedad
➢debe contener una justificación 
fundada en derecho que no suponga 
vulneración de derechos fundamentales
Principios Lógicos
1. Principio de Identidad: a casos
semejantes consecuencias similares.
Conceptos con un contenido invariable
a través de todo el razonamiento
2. Principio de no contradicción: los
argumentos deben ser compatibles entre
si, no se puede afirmar y negar a la vez
Principios Lógicos 
3. Principio de Razón Suficiente: relativo al 
conocimiento de la verdad de las proposiciones, si las 
premisas son verdaderas y aptas, la conclusión es 
válida
4. Principio de Tercio Excluido: si existen dos 
proposiciones, de las cuales una afirma y otra niega, si 
hemos reconocido una de ellas como verdadera, no 
hay una tercera. 
La argumentación debe atender a 
las máximas de la experiencia, que 
implícita el sentido común 
(importan a menudo valores 
culturales)
Vicios del razonamiento:
Motivación aparente (afirmaciones 
autosustentadas)
Motivación insuficiente (premisas no son 
aptas para generar la conclusión)
Motivación defectuosa (se afectan los 
principios lógicos)
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alex_rescate@hotmail.com

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