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Constituye un presupuesto de la acusación: la declaración previa del imputado, cumplimiento de la investigación y merito de probabilidad (10.3) Re...

Constituye un presupuesto de la acusación: la declaración previa del imputado, cumplimiento de la investigación y merito de probabilidad

(10.3) Recurso: la sentencia de sobreseimiento será apelable: sin efecto suspensivo, por el ministerio público.
(10.4) Se puede ordenar una detención: Art. 272 CPP: cuando existan dudas sobre la autoría.
10.4 Durante la instrucción de una causa penal, se considera útil y pertinente establecer la autenticidad de una firma en un pagare. Para ello el fiscal de instrucción: podrá ordenar la realización de una pericia.
(10.4) Puede ordenar una detención: el Fiscal.
(10.6.3) Procede el cese de la prisión preventiva Art. 281 CPP: si a criterio del fiscal, juez de control y Cámara de Acusación no es necesaria.
(10.7) Puede disponer el arresto inicial: la Policía Judicial.
(10.7) El arresto procede: en los primeros momentos de la investigación.
El arresto: en los primeros momentos de la investigación, que no supere las 24 horas.
(10.7) El arresto de un testigo procede: si se abstiene de declarar.
(10.8) Para la internación provisional es necesario que: haya dictamen de dos peritos sobre la enfermedad mental.
(10.12) Puede disponer el fiscal: un registro.

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PREGUNTERO PROC PENAL ale
12 pag.

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