Logo Studenta

Derecho Economico Internacional - Matthias Herdegen - 499

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

Derecho Económico Internacional
Derecho Económico 
Internacional
Matthias Herdegen
Profesor titular de la Rheinische Friedrich-Wilhelms-Universität de Bonn, Alemania
Profesor Honorario del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, Bogotá, Colombia
Profesor Honorario de la Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, Colombia
Traducción al castellano de la 9ª edición por 
Katia Fach Gómez
Laura Carballo Piñeiro
Dieter Wolfram
Colección Textos de Jurisprudencia
© 2012 Editorial Universidad del Rosario
© 2012 Universidad del Rosario, Facultad de Jurisprudencia
© 2012 Fundación Konrad Adenauer Stiftung 
Programa Estado de Derecho para Latinoamérica
© 2012 Matthias Herdegen
© 2012 Universidad Nacional Autónoma de México, 
Instituto de Investigaciones Jurídicas
ISBN: 978-958-738-291-4
Herdegen, Matthias Dr. Internationales Wirtschaftsrecht: Ein Studienbuch, 8.ª Ed., 
München, Beck Juristischer Verlag, 2009
Traducción al español por: Katia Fach Gómez, Laura Carballo Piñeiro y Dieter Wolfram 
(nueva edición del texto publicado en español y traducido en 2005 por Laura García 
Gutiérrez y Katia Fach Gómez)
Primera edición en español: Bogotá D.C., diciembre de 2012
Coordinación editorial: Editorial Universidad del Rosario
Diseño de cubierta: Lucelly Anaconas
Diagramación: Precolombi EU-David Reyes
Impresión: Xpress. Estudio Gráfico y Digital S.A.
Editorial Universidad del Rosario
Carrera 7 No. 12B-41, of. 501 • Tel: 297 02 00
editorial@urosario.edu.co
Todos los derechos reservados. Esta obra no puede ser reproducida sin el permiso 
previo escrito de la Editorial Universidad del Rosario
Herdegen, Matthias
Derecho económico internacional / Matthias Herdegen; traducción de Katia Fach Gómez y 
otros. —Bogotá: Editorial Universidad del Rosario, Facultad de Jurisprudencia. Fundación 
Konrad Adenauer. 2012.
512 p. (Colección Textos de Jurisprudencia)
ISBN: 978-958-738-291-4
Derecho Internacional / Derecho económico internacional / Integración económica / 
Regulación del comercio internacional / I. Gómez, Katia Fach, traductor / II. Carballo 
Piñeiro, Laura,traductor / III. Wolfram, Dieter,traductor / IV. Universidad del Rosario, 
Facultad de Jurisprudencia / V. Título / VI. Serie
341.75 SCDD 20
Catalogación en la fuente – Universidad del Rosario. Biblioteca 
amv Octubre 31 de 2012
Hecho el depósito legal que marca el Decreto 460 de 1995
Impreso y hecho en Colombia
Printed and made in Colombia
Contenido
Abreviaturas ..................................................................................................... xv
Prólogo ............................................................................................................. xxi
Presentación ...................................................................................................... xxiii
Primera parte
Introducción
§ 1. Concepto y significado del Derecho Económico Internacional ....................... 1
§ 2. Globalización de las relaciones económicas ..................................................... 8
Segunda parte
Fundamentos
§ 3. Fuentes del Derecho Económico Internacional ............................................... 11
1. El Derecho internacional público como ordenación de las relaciones 
económicas interestatales ........................................................................... 11
a) Consideraciones generales respecto al Derecho Económico 
Internacional ....................................................................................... 11
b) La costumbre internacional ................................................................. 13
c) Tratados sobre el tráfico económico interestatal .................................. 15
d) Principios generales del Derecho ........................................................ 17
2. Derecho de la Unión Europea .................................................................... 19
3. Acuerdos internacionales referidos al tráfico económico privado ............... 24
4. “Derecho transnacional” y lex mercatoria .................................................... 25
5. El Derecho económico nacional y su aplicación extraterritorial ................. 29
vii
a) Regulación del comercio exterior ........................................................ 30
b) Consideraciones generales sobre el Derecho económico conflictual .... 34
c) Aplicación del Derecho nacional a supuestos con elemento 
extranjero ............................................................................................ 38
d) Conflictos de jurisdicción .................................................................... 42
e) Toma en consideración del Derecho económico extranjero................. 46
6. Regulación del “ciberespacio” ..................................................................... 52
§ 4. Orden Económico Internacional ..................................................................... 54
1. Principios rectores del orden Económico Internacional ............................. 54
2. Sujetos del Derecho Económico Internacional .......................................... 58
a) Estados ................................................................................................ 58
b) Empresas estatales ............................................................................... 61
c) Organizaciones internacionales ........................................................... 62
d) Unión Europea (Comunidades Europeas) .......................................... 68
e) Agrupaciones de Estados basadas en intereses económicos comunes .. 72
f ) Cooperación internacional de entidades administrativas ..................... 73
g) Organizaciones internacionales no gubernamentales .......................... 75
h) Empresas privadas y códigos de conducta para empresas 
transnacionales .................................................................................... 77
3. La discusión sobre un nuevo orden económico internacional..................... 87
§ 5. Orden Económico Europeo ............................................................................ 93
1. Mercado interior europeo y libertades de mercado .................................... 93
2. Unión económica y monetaria ................................................................... 95
3. Política comercial común .......................................................................... 100
§ 6. “Buen gobierno”, estructuras estatales e integración en la economía mundial .. 102
1. Los estándares del “buen gobierno” ..................................................... 103
2. Integración económica mundial y orden constitucional ...................... 106
§ 7. Derechos y obligaciones fundamentales de los Estados .................................... 109
1. Soberanía y relaciones económicas internacionales .................................... 109
a) El concepto moderno de soberanía ..................................................... 109
b) El principio de no intervención ........................................................... 110
2. Inmunidad de los Estados .......................................................................... 111
3. Los derechos humanos y su significado en el ordenamiento 
económico internacional ............................................................................ 116
4. Derecho de extranjería y protección diplomática ....................................... 122
§ 8. El Derecho internacional público del medio ambiente y las relaciones 
económicas internacionales.............................................................................. 128
Derecho Económico Internacional
viii
1. Derecho internacional público aplicable a las relaciones de vecindad ......... 130
2. El concepto de “desarrollo sostenible” ........................................................ 131
3. El principio de prevención ......................................................................... 132
4. Tratados de Derecho internacionalpúblico sobre limpieza del medio 
ambiente y responsabilidad por daños medioambientales .......................... 134
5. Acuerdos sobre la protección de la atmósfera de la Tierra 
y del clima .................................................................................................. 135
6. Acuerdos sobre protección de la biodiversidad y la bioseguridad ............... 138
7. Derecho de la biotecnología ....................................................................... 141
8. Acceso a material genético y conocimientos indígenas .............................. 144
§ 9. Solución de diferencias y Derecho procesal internacional ................................ 146
1. Mecanismos del Derecho internacional público para la solución 
de diferencias ............................................................................................. 146
2. Arbitraje comercial internacional ............................................................... 149
3. Competencia judicial internacional ............................................................ 154
a) Derecho de la Unión Europea ............................................................. 155
b) Convención de La Haya sobre los acuerdos de elección de foro .......... 157
c) Derecho procesal civil alemán ............................................................. 157
d) Derecho procesal civil estadounidense ................................................ 158
e) El atractivo del Derecho estadounidense............................................. 162
f ) Forum Shopping ................................................................................... 164
4. Obtención de pruebas en el extranjero ....................................................... 165
5. Notificación, reconocimiento y ejecución de decisiones judiciales 
extranjeras .................................................................................................. 168
Tercera parte
Comercio de mercancías y prestaciones de servicios
§ 10. El GATT y el nuevo sistema de la Organización Mundial del 
Comercio (OMC) ........................................................................................... 173
1. Evolución ................................................................................................... 174
a) Evolución hasta la “Ronda Uruguay” ................................................... 174
b) Reforma en el marco de la “Ronda Uruguay” ...................................... 176
2. La nueva Organización Mundial del Comercio ......................................... 178
3. Acuerdos Comerciales “Multilaterales” y “Plurilaterales” ........................... 181
4. El GATT de 1994 y los acuerdos complementarios .................................. 182
5. Principios fundamentales del GATT ......................................................... 184
a) Trato de la nación más favorecida ........................................................ 185
b) Prohibición de discriminación (trato nacional) ................................... 189
ix
Contenido
c) Desmantelamiento de derechos aduaneros y obstáculos 
no tarifarios al comercio ...................................................................... 199
6. Estándares de justificación de los obstáculos al comercio ........................... 203
a) Excepciones generales del Artículo XX del GATT: presentación 
general y cuestiones principales ........................................................... 204
b) Medidas para proteger la moralidad pública (art. XX, letra 
a del GATT) ....................................................................................... 207
c) Medidas para proteger la vida y la salud de las personas, 
los animales y los vegetales (art. XX, letra b del GATT) ..................... 208
d) Medidas para lograr la observancia de leyes y reglamentos 
(art. XX, letra d del GATT) ................................................................ 209
e) Medidas relativas a la conservación de los recursos naturales 
agotables (art. XX, letra g del GATT) ................................................. 210
f ) Otras excepciones ................................................................................ 212
g) Carga de la prueba............................................................................... 213
7. Regulación de las subvenciones y medidas antidumpingn .......................... 213
a) Subvenciones y derechos compensatorios .............................................. 214
b) Subvenciones en el sector agropecuario ................................................. 219
c) Dumping y medidas antidumping ........................................................... 220
8. Acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias ....................................... 222
9. Acuerdo sobre obstáculos técnicos al comercio .......................................... 228
10. El GATS ................................................................................................... 229
11. Aplicación interna del Derecho de la OMC .............................................. 234
12. Solución de diferencias .............................................................................. 238
13. Relaciones osmóticas entre el Derecho de la OMC y otros regímenes 
de Derecho internacional público .............................................................. 246
14. Perspectivas futuras y retos del sistema OMC ........................................... 250
§ 11. La gestión internacional de materias primas: comercio y 
seguridad del abastecimiento ........................................................................... 252
1. Comercio internacional de materias primas ............................................... 252
a) Materias primas en el GATT .............................................................. 252
b) Mecanismos de control sobre determinadas materias primas .............. 252
2. Acuerdos sobre materias primas ................................................................. 253
3. Seguridad de abastecimiento y formas de cooperación internacional ......... 255
§ 12. Acuerdos económicos para liberalizar el comercio de mercancías 
y servicios ......................................................................................................... 257
1. Formas de integración regional (zonas de libre comercio, uniones 
aduaneras y comunidades económicas) ...................................................... 257
2. Libre circulación de mercancías y servicios en la Unión Europea ............... 261
Derecho Económico Internacional
x
a) Libre circulación de mercancías .......................................................... 261
b) Libre prestación de servicios ............................................................... 264
3. Espacio Económico Europeo ..................................................................... 265
4. El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN, 
North American Free Trade Agreement, NAFTA) ......................................... 268
5. Integración regional en Latinoamérica y el Caribe .................................... 270
a) Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) ...................... 271
b) Acuerdo de Cartagena (Pacto Andino) y Comunidad Andina ............ 272
c) Mercosur ............................................................................................. 273
d) Libre comercio e integración económica en América Central 
y el Caribe ........................................................................................... 274
6. Asociación de Estados del Sudeste Asiático (ASEAN) ............................. 275
7. Acuerdo de libre comercio ASEAN-China ............................................... 276
8. Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) ....................................... 276
9. Integración regional en África ................................................................... 276
§ 13. Compraventainternacional y otros contratos .................................................. 277
1. Consideraciones generales ......................................................................... 277
2. El Convenio de Roma sobre la ley aplicable a las obligaciones 
contractuales y el Reglamento de la Unión Europea “Roma I” ................... 279
3. La Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos 
de compraventa internacional de mercaderías ............................................ 281
a) Del Derecho de La Haya sobre compraventa a la Convención 
de Naciones Unidas sobre compraventa internacional......................... 282
b) Ámbito de aplicación de la Convención de Viena ............................... 283
c) Convención de Naciones Unidas y pactos de elección 
del Derecho aplicable .......................................................................... 286
d) La formación de los contratos de compraventa y las obligaciones 
precontractuales .................................................................................. 288
e) Obligaciones del vendedor .................................................................. 290
f ) Obligaciones del comprador ............................................................... 293
g) Convenio de Naciones Unidas sobre compraventa internacional 
y responsabilidad por productos .......................................................... 294
4. Comercio electrónico (electronic commerce) ................................................. 295
§ 14. Prestación de servicios: algunos contratos en particular .................................. 296
1. Consideraciones generales ......................................................................... 296
2. Transporte .................................................................................................. 297
3. Seguros ...................................................................................................... 303
4. Banca y protección del inversor .................................................................. 306
5. Servicios de correo ..................................................................................... 312
xi
Contenido
6. Telecomunicaciones ................................................................................... 313
7. Radiodifusión ............................................................................................ 316
§ 15. Protección internacional de la propiedad intelectual ....................................... 317
1. Sinopsis ...................................................................................................... 317
2. El Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual 
relacionados con el Comercio (ADPIC) .................................................... 319
3. La protección de invenciones biotecnológicas mediante patentes .............. 325
4. Propiedad intelectual y libre circulación de mercancías .............................. 327
Cuarta parte
Derecho internacional de las empresas
§ 16. Derecho internacional de sociedades .............................................................. 329
1. Ley aplicable a las sociedades y reconocimiento de personas jurídicas 
extranjeras .................................................................................................. 329
2. Derecho de la Unión Europea .................................................................... 334
3. Corporate Governance .................................................................................. 337
4. Reglas internacionales sobre rendición de cuentas ..................................... 338
§ 17. Derecho internacional de la competencia........................................................ 340
§ 18. Derecho concursal internacional ..................................................................... 351
§ 19. Derecho tributario internacional ..................................................................... 354
Quinta parte
Derecho internacional de la expropiación 
y Derecho de inversiones
§ 20. La expropiación en el Derecho internacional .................................................. 357
1. Admisibilidad de las expropiaciones .......................................................... 357
2. Eficacia de las expropiaciones en el extranjero ........................................... 366
a) Traslado de bienes expropiados al extranjero ....................................... 367
b) Expropiación directa e indirecta de bienes extranjeros ........................ 369
§ 21. Inversiones extranjeras: relevancia y preceptos nacionales ............................... 374
Derecho Económico Internacional
xii
1. Relevancia de las inversiones extranjeras ................................................... 374
2. Restricciones a las inversiones extranjeras directas ..................................... 376
§ 22. Contratos de inversión entre Estados y empresas extranjeras .......................... 377
§ 23. Mecanismos de protección en el Derecho de inversiones ................................ 382
1. Sinopsis ...................................................................................................... 382
2. Acuerdos bilaterales de protección de las inversiones y protección 
de inversiones en tratados de comercio ...................................................... 385
a) Consideraciones generales ................................................................... 386
b) Ámbito personal de protección ........................................................... 388
c) Inversiones protegidas ......................................................................... 392
d) “Cláusula paraguas” (umbrella clause) ................................................... 395
e) Principio de trato justo y equitativo (fair and equitable 
treatment) ............................................................................................ 397
f ) Trato nacional ..................................................................................... 403
g) Cláusula de la nación más favorecida................................................... 404
h) Protección de expropiaciones e indemnización ................................... 406
i) Solución de diferencias ........................................................................ 409
3. El Tratado sobre la Carta Europea de la Energía ....................................... 412
4. Regulación en el interés general, derechos humanos y protección 
del medio ambiente en el Derecho international de las inversiones ........... 413
a) Protección de inversiones y potencial regulatorio del Estado 
de acogida ........................................................................................... 414
b) Derechos humanos y protección del medio ambiente ......................... 414
5. Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias relativas 
a Inversiones (CIADI) ............................................................................... 415
6. La Agencia Multilateral de Garantía de Inversiones (MIGA) ................... 418
7. Sistemas de seguros nacionales .................................................................. 419
Sexta parte
Sistema monetario y servicios financieros 
internacionales
§ 24. Derecho monetario internacional ................................................................... 421
1. Consideraciones generales ......................................................................... 421
2. Evolución del sistema de Bretton Woods ................................................... 423
3. Observancia de disposiciones cambiarias extranjeras ................................. 425
4. Eurodivisas................................................................................................. 428
xiii
Contenido
§ 25. Unión Monetaria Europea y otras uniones monetarias regionales .................. 429
1. La Unión Monetaria Europea ...................................................................429
2. Otras uniones monetarias regionales .......................................................... 431
§ 26. Servicios financieros internacionales y supervisión 
de la política monetaria .................................................................................... 432
1. Fondo Monetario Internacional ................................................................. 432
2. Banco Mundial .......................................................................................... 440
3. Insolvencia estatal y crisis de la deuda internacional .................................. 443
Bibliografía reciente en español .......................................................................... 453
Índice analítico .................................................................................................. 467
Derecho Económico Internacional
xiv
Derecho Económico Internacional, editado por el Insti-
tuto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se 
terminó de imprimir el 22 de julio de 2013 en For-
mación Gráfica, S. A. de C. V., Matamoros 112, col. 
Raúl Romero, Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de 
México, 57630. Se utilizó tipo Adobe Cashon Pro de 
9.6, 10.3, 12, 13 y 13.5 puntos. En esta edición se 
empleó papel cultural 70 x 95 de 50 kilos para los 
interiores y cartulina sulfatada de 14 puntos para 
los forros; consta de 500 ejemplares (impresión offset).
xv
Abreviaturas 
AA Acuerdo sobre Agricultura
AA.VV. Autores Varios
A. C. The Law Reports, Appeal Cases
Acuerdo MSF Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
Acuerdo SMC Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias
ADC Anuario de Derecho Civil
ADR European Agreement concerning the International Carriage of Dangerous Goods 
by Road/ Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas 
por Carretera
AEIE Agrupación Europea de Interés Económico
AFDI Annuaire français de droit international
AG Amtsgericht
AICPA American Institute of Certified Public Accountants
AJIL American Journal of International Law
AMI Acuerdo Multilateral de Inversiones
ALC Acuerdos de Libre Comercio
AMF Acuerdo Textil Mundial o Acuerdo Multifibras
AoA Agreement on Agriculture/Acuerdo sobre Agricultura
AöR Archiv des öffentlichen Rechts
APEC Asia-Pacific Economic Cooperation/Cooperación Económica Asia-Pacífico
Art. Artículo
As. Asunto
ASEAN Association of Southeast Asian Nations/Asociación de Estados del Sudeste Asiático
ATCA Alien Tort Claims Act
AVR Archiv des Völkerrechts
AWG Außenwirtschaftsgesetz
BB Betriebs-Berater
BCE Banco Central Europeo
BDGV Berichte der Deutschen Gesellschaft für Völkerrecht
BGB Bürgerliches Gesetzbuch
BGBL. Bundesgesetzblatt
BGH Bundesgerichtshof
BGHZ Entscheidungen des Bundesgerichtshofs in Zivilsachen
BIT Bilateral Investment Treaty 
BOE Boletín Oficial del Estado
BOT Build-Operate-Transfer
BSGE Entscheidungen des Bundessozialgerichts
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
http://www.juridicas.unam.mx
http://www.bibliojuridica.org/
Derecho Económico Internacional
xvi
BT Deutscher Bundestag
BVerfG Bundesverfassungsgericht
BVerfGE Entscheidungen des Bundesverfassungsgerichts
BVerwGE Entscheidungen des Bundesverwaltungsgerichts
BYIL The British Year Book of International Law
CDI Convenio de Doble Imposición
CECA Comunidad Europea del Carbón y del Acero
CEDH Convenio europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades 
fundamentales
CEE Comunidad Económica Europea
CEEA Comunidad Europea de la Energía Atómica
CFI Corporación Financiera Internacional
Cir. Circuit
CISG Convention on Contracts for the International Sale of Goods/Convención sobre 
compraventa internacional de mercaderías
CIV Reglas uniformes relativas al contrato de transporte internacional de viajeros y 
equipajes por ferrocarril
CMR Convention relative au contrat de transport international de marchandises par route/ 
Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera
COCOM Coordinating Committee for East-West Trade/Comité de Coordinación para el 
Comercio Este-Oeste
Coord(s). Coordinador(es)
COTIF Convention relative aux transports internationaux ferroviaires/Convenio interna-
cional relativo a los transportes internacionales por ferrocarril 
CSCE Conferencia para la Seguridad y Cooperación en Europa
DB Der Betrieb
D. C. District of Columbia
DO Diario Oficial de la Unión Europea
DÖV Die Öffentliche Verwaltung
DSB Dispute Settlement Body
DSU Dispute Settlement Understanding
ECOFIN Consejo de Ministros de economía y finanzas
ECOWAS Economic Community of West African States/ Comunidad Económica de los 
Estados de África Occidental
ed. Edición
EFTA European Free Trade Association/Asociación Europea de Libre Cambio 
EGBGB Einführungsgesetz zum Bürgerlichen Gesetzbuch
ELJ European Law Journal
esp. Especialmente
EuGRZ Europäische Grundrechte Zeitschrift
EuZW Europäische Zeitschrift für Wirtschaftsrecht
F. 2 d Federal Reporter, Second Series
FAO Food and Agriculture Organization of the UN/ Organización de las Naciones 
Unidas para la agricultura y la alimentación 
FASB Financial Accounting Standards Board
FIATA International Federation of Freight Forwarders Associations/ Federación Interna-
cional de Asociaciones de Transportistas
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
xvii
FMI Fondo Monetario Internacional
F. Supp. Federal Supplement
GG Grundgesetz/Constitución alemana
GATS/AGCS General Agreement on Trade in Services/ Acuerdo General sobre el Comercio de 
Servicios
GATT General Agreement on Tariffs and Trade/ Acuerdo General sobre Aranceles y Co-
mercio
GmbH Gesellschaft mit beschränkter Haftung/Sociedad de responsabilidad limitada
Governance Governance: An International Journal of Policy, Administration, and Institutions
GPA Agreement on Government Procurement /Acuerdo sobre Compras del Sector 
Público
GRURInt. Gewerblicher Rechtsschutz und Urheberrecht Internationaler Teil
GWB Gesetz gegen Wettbewerbsbeschränkungen
GYIL German Yearbook of International Law
IAS International Accounting Standards
IASB International Accounting Standards Board
IASC International Accounting Standards Committee
IATA International Air Transport Association/Asociación Internacional de Transporte 
Aéreo
IBRD International Bank for Reconstruction and Development/ Banco Internacional para 
la Reconstrucción y el Desarrollo(IBRD)
ICAO International Civil Aviation Organization/ Organización de Aviación Civil Inter-
nacional
ICJ/CIJ International Court of Justice/Corte Internacional de Justicia
ICJ Reports International Court of Justice, Reports of Judgements, Advisory Opinions and 
Orders
ICLQ International and Comparative Law Quarterly
ICSID/CIADI International Centre for Settlement of Investment Disputes/Centro Internacional 
de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones
ICSID Review ICSID Review – Foreign Investment Law Journal
IDA/AIF International Development Association/ Asociación Internacional de Fomento
IEA Agencia Internacional de la Energía (International Energy Agency
IFC International Finance Corporation
IFRIC International Financial Reporting Interpretations Committee
IFRS International Financial Reporting Standards
IHR Internationales Handelsrecht
ILA International Law Association
ILM International Legal Materials
ILO/OIT International Labour Organization/Organización Internacional del Trabajo
ILR International Law Reports, E. Lauterpacht (ed.)
IMF/FMI International Monetary Fund/Fondo Monetario Internacional
IPRax Praxis des internationalen Privat- und Verfahrensrechts
Iran-U.S.C.T.R. Iran-United States Claims Tribunal Reports
ITO/OIC International Trade Organization/Organización Internacional del Comercio
JA Juristische ArbeitsblätterJIEL Journal of International Economic Law
Jura Juristische Ausbildung
Abreviaturas
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
Derecho Económico Internacional
xviii
JuS Juristische Schulung
JWT Journal of World Trade
JZ Juristenzeitung
KAS Konrad Adenauer Stiftung
KG Kammergericht
KSzW Kölner Schrift zum Wirtschaftsrecht
KTS Konkurs-, Treuhand- und Schiedsgerichtswesen
LG Landgericht
lit. littera
LNTS League of Nations Treaty Series
Marg. marginal
MAI Multilateral Agreement on Investment
MCCA Mercado Común Centroamericano
MDR Monatsschrift für Deutsches Recht
MIGA Multilateral Investment Guarantee Agency/ Agencia Multilateral de Garantía de 
Inversiones
MPEPIL Max Planck Encyclopedia of Public International Law
MPYUNL Max Planck Yearbook of United Nations Law
n. nota
n.marg. Nota marginal
NAFTA/ North American Free Trade Agreement/ Tratado de Libre Comercio
 TLCAN de América del Norte
N. D. Northern District
N. E. North Eastern Reporter
NILR Netherlands International Law Review
NJOZ Neue Juristische Online-Zeitschrift
NJW Neue Juristische Wochenschrift
No. número
núm. número
NU Naciones Unidas
NVwZ Neue Zeitschrift für Verwaltungsrecht
N. Y. New York
OIC Organización Internacional de Comercio
OLG Oberlandesgericht
ONU Organización de Naciones Unidas
ONGs Organizaciones no gubernamentales
OPEC/OPEP Organization of the Petroleum Exporting Countries/ Organización de Países Ex-
portadores de Petróleo
OSD Órgano de solución de diferencias
par. Párrafo/parágrafo
PESC Política Exterior y de Seguridad Común
PIB Producto Interior Bruto
p(p). página(s)
PPM Production and Process Methods
PTA Preferential Trade Agreements
RabelsZ Rabels Zeitschrift für ausländisches und internationales Privatrecht
RdC Recueil des Cours de l’Académie de droit international de la Haye
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
xix
RdE Recht der Energiewirtschaft
RDUE Revista de Derecho de la Unión Europea
REDI Revista Espanola de Derecho Internacional
Res. Resolution
Rev.arb. Revue de l’Arbitrage
RGBl. Reichsgesetzblatt
RGDJP Revue Générale du Droit International Public
RGD Revista General de Derecho
RIAA Reports of International Arbitral Awards
RID Règlement concernant le transport international ferroviaire de marchandises dan-
gereuses/ Reglamento Internacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas 
por Ferrocarril
RIE Revista de Investigación Educativa
RIW Recht der internationalen Wirtschaft
RIW/AWD Recht der internationalen Wirtschaft/Außenwirtschaftsdienst des Betriebsberaters 
(seit 1982: RIW)
s. Siguiente
ss. Siguientes
SADC Comunidad Surafricana de Desarrollo (South African Development Community)
S. Ct. Supreme Court Reporter
SE Societas Europeae
SEC Security and Exchange Commission
Ser. Serie; Series
SICA Sistema de Integración Centroamericano
SME Sistema Monetario Europeo
SPS Agreement Agreement on Sanitary and Phyto-Sanitary Measures
Supp. Supplement
t. tomo
TBT Agreement Agreement on Technical Barriers to Trade
TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos
TFUE Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
TJUE Tribunal de Justicia de la Unión Europea
TransportR Transportrecht
TRIPS/ADPIC Trade-Related Aspects of Intellectual Property Rights/ Acuerdo sobre los Aspectos 
de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio
TS Tribunal Supremo
TUE Tratado de la Unión Europea
UE Unión Europea
UEM Unión económica y monetaria
UIC International Railroad Union/ Unión Internacional de Ferrocarriles
UN/NU United Nations/Naciones Unidas
UNCED UN Conference on Environment and Development/Conferencia de Naciones 
Unidas sobre Medioambiente y Desarrollo
UNCITRAL UN Comission on International Trade Law/Comisión de Comercio
 /CNUDMI Internacional de las Naciones Unidas
UNCTAD UN Conference on Trade and Development/Conferencia de Naciones Unidas sobre 
Comercio y Desarrollo
Abreviaturas
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
Derecho Económico Internacional
xx
UNESCO United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization
UNIDO UN Industrial Development Organization/ Organización de las Naciones Unidas 
para el Desarrollo Industrial
UNTS United Nations Treaty Series
UNYB United Nations Yearbook
U. S. United States (Reports)
USA United States of America
U. S. C. United States Code
US-GAAP United States – Generally Accepted Accounting Principles
v. versus
V. Véase
Virginia J. Int. L. Virginia Journal of International Law
vol. volumen
VRÜ Verfassung und Recht in Übersee
VwGO Verwaltungsgerichtsordnung
WIPO/OMPI World Intellectual Property Organization/ Organización Mundial de la Propiedad 
Intelectual 
W. L. R. The Weekly Law Reports
WM Wertpapiermitteilungen
WTO/OMC World Trade Organization/Organización Mundial del Comercio
WuW Wirtschaft und Wettbewerb
WuW/E Wirtschaft und Wettbewerb, Entscheidungssammlung zum Kartellrecht
YIEL Yearbook of International Environmental Law
ZaöRV Zeitschrift für ausländisches öffentliches Recht und Völkerrecht
ZBB Zeitschrift für Bankrecht und Bankwirtschaft
ZGR Zeitschrift für Unternehmens- und Gesellschaftsrecht
ZHR Zeitschrift für das gesamte Handelsrecht und Wirtschaftsrecht
ZIP Zeitschrift für Wirtschafsrecht und Insolvenzpraxis
ZPO Zivilprozessordnung
ZUR Zeitschrift für Umweltrecht
ZVglRWiss Zeitschrift für Vergleichende Rechtswissenschaft
Direcciones de Internet
EU www.europa.eu
IWF www.imf.org
NAFTA www.nafta-sec-alena.org
OECD www.oecd.org
UNCITRAL www.uncitral.org
UNO www.un.org
Weltbank www.worldbank.org
WTO www.wto.org
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
Prólogo
Me complace en grado sumo la entrega de ésta edición actualizada en castellano de mi 
libro Derecho Económico Internacional. 
Expreso mis agradecimientos a la Fundación Konrad Adenauer y, en particular, al 
Director del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica, Dr. Christian Steiner, por 
su iniciativa para llevar a cabo este proyecto. Su decidido respaldo tanto a la traducción 
del idioma alemán, como a la publicación, obligan mi sincero reconocimiento. 
Agradezco igualmente a mis colegas, la profesora Katia Fach Gómez, la profesora 
Laura Carballo Piñeiro y el Dr. Dieter Wolfram, el haber asumido el reto de realizar esta 
faena. Como juristas, cada uno con su propio perfil en el derecho internacional y econó-
mico, mantuvieron un intenso diálogo con el autor, con múltiples sugerencias e impor-
tantes aportes, incluso, con bibliografía española actualizada. Celebro también que esta 
segunda edición en castellano, como en la de 2005, haya contado con el juicioso trabajo 
de las profesoras Laura García Gutiérrez y Katia Fach Gómez. 
Valoro esta obra como expresión de mis intensos lazos con el mundo académico de 
América Latina. 
Matthias Herdegen
Bonn, agosto de 2012
xxi
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
http://www.bibliojuridica.org/
http://www.juridicas.unam.mx
Presentación
El Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer 
presenta con el más alto agrado esta nueva edición de la conocida obra del Dr. Matthias 
Herdegen, de la cual estamos seguros que se seguirán escuchando importantes noticias 
entre sus más agudos e inquietos lectores.
Es nuestro deseo, en primer lugar, expresar un franco reconocimiento al Dr. Herde-
genpor el inagotable esfuerzo que ha empeñado hasta hoy para que este trabajo llegue una 
vez más a las manos del público de habla española, conservando la pertinencia temática 
y la actualidad de los criterios y fundamentos allí sustentados. 
El Programa es conocedor de la extraordinaria capacidad del autor para explicar de 
manera clara y concisa en el libro, las complejidades intrínsecas a los conceptos, estruc-
turas, marcos jurídicos e institucionalidades del derecho económico internacional; los 
cuales logra acercar al lector con suficientes elementos para su comprensión y sin las cargas 
ideológicas que tradicionalmente han estado presentes en la discusión de estas materias.
No cabe duda, que los contenidos de esta edición representan un indispensable aporte 
para el entendimiento y el impulso de una agenda de discusión en torno a las relaciones 
comerciales en el plano internacional, respecto de las cuales aún se requieren ingentes 
diálogos e intercambios multisectoriales. 
Del mismo modo, esperamos que la presente obra contribuya a una reflexión infor-
mada sobre las posibilidades de un desarrollo económico capaz de fomentar y respetar los 
principios del Estado de Derecho y los estándares de Derechos Humanos, especialmente, 
de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en perspectiva de garantizar un trato 
sostenible y respetuoso del ambiente y de la humanidad.
Por lo dicho, consideramos que el amable lector de este trabajo tiene en sus manos 
un libro con todas las herramientas y garantías para alimentar y fortalecer sus más pro-
fundas inquietudes y disertaciones. Al menos, a ello queremos invitarlo.
Fundación Konrad Adenauer
Bogotá D.C., octubre de 2012
xxiii
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
http://www.bibliojuridica.org/
http://www.juridicas.unam.mx
Primera parte 
Introducción
Tema 1
Concepto y significado del Derecho Económico Internacional
Bibliografía recomendada: Baudenbacher, C.: Internationales und europäisches Wirts-
chaftsrecht, t. I-III, 2004: Bethlehem, D., McRae, D., Neufeld, R., Van Damme, I.: The 
Oxford Handbook of International Trade Law, 2009; Braithwaite, J., Drahos, P.: Global 
Business Regulation, 2000; Carreau, D., Juillard, B.: Droit international économique, 
5.ª ed., 2010; Davey W. J., Jackson, J. H.: “The Future of International Economic Law”, 
JIEL, 10/2007, pp. 439 ss.; Dolzer, R.: “Wirtschaft und Kultur im Völkerrecht”, W. Graf 
Vitzthum (ed.) Völkerrecht, 5.ª ed., 2010, pp. 491 ss.; Erler, G.: Grundprobleme des in-
ternationalen Wirtschaftsrecht, 1956; Fikentscher, W.: Wirtschaftsrecht, T. I, Weltwirts-
chaftsrecht und Europäisches Wirtschaftsrecht, 1983; Fischer, P.: “Das Internationale 
Wirtschaftsrecht — Versuch einer Systematik”, GYIL, 19/1976, pp. 143 ss.; Folsom, R., 
Gordon, J., Spanogle, J.: International Business Transactions, 10.ª ed. 2009; Goode, R., 
Kronke, H., McKendrick, E., Wool, J.: Transnational Commercial Law, 2007; Gramlich, 
L.: Internationales Wirtschaftsrecht, 2004; Guzman, A., Pauwelyn, J.: International Trade 
Law, 2009; Jackson, J. H.: “Economic Law. International”, EPIL, T. II, 1995, pp. 20 ss.; id. 
The World Trading System. 2.ª ed. 1997; Joerges, C.: “Vorüberlegungen zu einer Theorie 
des internationalen Wirtschaftsrechts”, RabelsZ, 43/1979, pp. 6 ss.; Kegel, G., Schurig, K.: 
Internationales Privatrecht, 9.ª ed., 2004, § 23; Kohona, P.: The Regulation of International 
Economic Relations Through Law, 1985; Kronke, H., Melis, W., Schnyder, A. K. (eds.): 
Handbuch Internationales Wirtschaftsrecht, 2005; Lester, S., Mercurio, B.: World Trade 
Law. Text, Materials and Commentary, 2008; Lowenfeld, A. F.: International Economic 
Law, 2.a ed., 2008; Langer, S.: Grundlagen einer internationalen Wirtschaftsverfassung: 
Strukturprinzipien, Typik und Perspektiven anhand von Europäischer Union und Welthan-
delsorganisation, 1995; Meerhaeghe, M. A. G.: International Economic Institutions, 7.a 
ed., 1998; Meessen, K. M.: “Zu den Grundlagen des internationalen Wirtschaftsrecht”, 
AöR, 110/1985, pp. 398 ss.; Seidl-Hohenveldern, I.: International Economic Law, 3.a ed., 
1999; Trebilcock, M. J., Howse, R.: The Regulation of International Trade, 3.ª ed., 2005; 
VerLoren van Themaat, P.: The Changing Structure of International Economic Law, 1981.
1
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
http://www.bibliojuridica.org/
http://www.juridicas.unam.mx
Recopilaciones de textos jurídicos: Cheng, Ch. (ed.): Basic Documents on Interna-
tional Trade Law, 3.ª ed., 1999; Jackson, J. H., Davey, W. J., Sykes, A.O.: Legal Problems 
of International Economic Relations, 5.a ed., 2008.
El tráfico económico internacional se enmarca en una red de normas que proceden de 
diversas fuentes y que se refieren al amplio espectro de las actividades económicas de los 
Estados, las organizaciones internacionales y las empresas privadas. La interrelación entre 
las normas con las que los ordenamientos jurídicos nacionales, el Derecho internacional 
público y el Derecho de la Unión Europea regulan el tráfico económico internacional es 
cada vez más estrecha. La creciente interdependencia de los espacios económicos nacio-
nales y los esfuerzos mundiales para reducir los obstáculos al comercio (liberalización) ya 
no permiten, en la actualidad, una consideración aislada de los complejos normativos (por 
ejemplo, del Derecho internacional privado de cada Estado o del Derecho internacional 
público económico). 
Esta evolución impulsa la interacción jurídica de las distintas ramas del Derecho que 
regulan el establecimiento transfronterizo de empresas, el comercio internacional de 
mercancías y servicios, el desplazamiento de trabajadores y la circulación internacional de 
capitales. De ello resulta una visión jurídica completa del orden económico internacional: 
el Derecho económico internacional. 
La interrelación de los diversos ámbitos de regulación se evidencia, por ejemplo, en las 
condiciones marco que son determinantes para la decisión de una empresa de crear un 
establecimiento, de abrir una sucursal o de invertir de otra forma en el extranjero. Las cues-
tiones relativas al Derecho de sociedades, tributario y laboral internacional pueden incidir 
en la adopción de una decisión de este tipo en la misma medida que el alcance de la pro-
tección pública de las inversiones o los posibles obstáculos a la repatriación de beneficios. 
El Derecho internacional público, el Derecho administrativo económico y el Derecho 
privado económico están estrechamente vinculados en casos como las restricciones al co-
mercio exterior (por ejemplo, a través de las prohibiciones de importación o exportación). 
Las competencias y mecanismos intergubernamentales de la Unión Europea excluyen y 
se superponen a las competencias normativas nacionales de los Estados miembro. Una 
muestra son las prohibiciones de importar y exportar que muchos Estados aplicaron a 
Irak tras la ocupación de Kuwait.1
A este respecto, en el plano internacional, debe tenerse en cuenta la competencia del 
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para imponer un embargo comercial en 
virtud del Artículo 41 de la Carta de las Naciones Unidas, que deben llevar a la práctica los 
Estados parte. En Alemania, el § 5 de la Ley de comercio exterior (AWG), en su versión 
1 Al respecto, por ejemplo, Mestmäcker, E. J., C. Engel: Das Embargo gegen Irak und Kuwait, 1991. En general, 
sobre el embargo comercial como medio de coacción económica del Derecho del comercio exterior alemán: Linde-
meyer, B.: “Das Handelsembargo als wirtschaftsliches Zwangsmittel der staatlichen Außenpolitik”, RIW, 1981, pp. 
10 ss.; Ress, H. K.: Das Handelsembargo, 2000. 
Derecho Económico Internacional
2
12
3
4
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
del 26 de junio de 2006, autoriza la implementación de una obligación internacional de 
este tipo. Este precepto (en concordancia con los §§ 2.1 y 27.1 AWG) autoriza restric-
ciones al comercio exterior para asegurar el cumplimiento de obligaciones derivadas de 
acuerdos interestatales aprobados por las cámaras legislativas por medio de una ley federal.
El § 7.1 AWG permite aplicar medidas similares, por ejemplo, para proteger la convi-
vencia pacífica de los pueblos (núm. 2) y las relaciones exteriores de la República alemana 
(núm. 3). En este contexto debe señalarse que tanto Alemania como los demás Estados 
miembros de la Unión Europea han ido perdiendo sus competencias en materia de política 
comercial, las que, de acuerdo con el Artículo 206 TFUE, pasa a asumir la propia Unión 
Europea. En el caso del embargo a Irak, las medidas alemanas se basaban en una norma 
comunitaria: el Reglamento imponiendo un embargo comercial contra Irak y Kuwait.2 
El Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea expresa claramente que la 
competencia de la Unión para adoptar resoluciones en el marco de la política exterior y de 
seguridad común abarca también sanciones económicas contra terceros países, siempre y 
cuando estén basadas en motivos de política exterior (arts. 75 y 215 TFUE). 
El ejemplo de las medidas de embargo muestra también cómo las posiciones de las em-
presas privadas son objeto de intereses estatales y resultado de intereses contrapuestos. 
Una prohibición de exportación puede generar la nulidad de los contratos de suministro 
y fundamenta, en el plano obligacional, un impedimento al cumplimiento de las pres-
taciones contractuales. A este respecto queda, no obstante, sin resolver la cuestión de si 
otros Estados van a tener en cuenta, o no, la existencia de una prohibición de exportar.
El concepto de Derecho económico internacional ha aparecido hace unas décadas en la 
literatura jurídica. Progresivamente se va reconociendo, además, la necesidad de que el 
Derecho económico internacional se convierta en una asignatura autónoma en la for-
mación jurídica. Como concepto de moderna creación, este se refiere a la regulación de 
las relaciones económicas internacionales en la encrucijada de normas internacionales y 
nacionales. El contenido del Derecho económico internacional como tema de exposición 
científica está todavía en fase de concreción. Ello se debe a que la materia se sustrae a 
una clara delimitación respecto de las disciplinas jurídicas anteriormente mencionadas. 
La variedad de los movimientos transfronterizos de bienes y factores de producción, y la 
diversidad de sujetos del tráfico económico internacional dificultan una delimitación de 
que este instrumentario normativo sea de amplia aceptación. Un fraccionamiento de las 
relaciones jurídicas entre el Derecho internacional público y el Derecho nacional, o entre el 
Derecho privado y el Derecho público, diluye intrínsecas correlaciones materiales, e impide 
la comprensión sintética de la vida económica actual en la comunidad de Estados. Aquí 
se muestran los puntos débiles de un pensamiento parcelado, problema que, hasta hoy, ha 
padecido en mayor grado la ciencia jurídica alemana que, por ejemplo, la angloamericana. 
2 Sobre la responsabilidad de la República alemana por el embargo a Irak, desde el punto de vista de la inje-
rencia en las relaciones contractuales de los particulares con Irak: sent. del Tribunal Supremo alemán de 27 de enero 
de 1994, BGHZ, 125, p. 27, comentada por: Herdegen, M.: JZ, 1994, pp. 729 ss. 
§ 1. Concepto y significado del Derecho Económico Internacional
3
5
6
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
Tampoco en los sistemas económicos en los que los grandes movimientos de bienes y 
factores de producción están en manos de particulares puede ignorarse, desde un punto 
de vista jurídico, el control estatal ejercido sobre la producción y el comercio. En el plano 
del Derecho internacional público, el ámbito estatal de decisión se ve restringido por los 
compromisos derivados de acuerdos internacionales; entre ellos, por ejemplo, las disposi-
ciones de los acuerdos sobre el comercio mundial como el Acuerdo General de Aranceles 
y Comercio (GATT). El mercado interior de la Unión Europea es actualmente el máximo 
exponente de la consecución de la libre circulación de mercancías, servicios, personas y 
capitales, en un grado no alcanzado en otra parte. Finalmente, el Derecho internacional 
público general, por medio del principio consuetudinario de no intervención, limita las 
posibilidades de cada Estado de hacer valer su Derecho del comercio exterior más allá 
de su ámbito nacional (por ejemplo, mediante la extensión de restricciones al comercio a 
filiales extranjeras de empresas nacionales).
Los Estados individualmente considerados no están, en principio, obligados a tener en 
cuenta, o a aplicar, en su propio ámbito estatal, o a sus propios nacionales, normas econó-
micas de un Estado extranjero. No puede decirse lo mismo en relación con reglas especiales 
derivadas de un acuerdo internacional; el ejemplo más conocido es el Artículo VIII.2.b 
del Convenio de Bretton Woods, constitutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI) 
de 1944, que obliga a los Estados parte a observar las normas extranjeras sobre control 
de cambios.3 En este sentido, por ejemplo, las reclamaciones de pago en una determinada 
moneda que no cuenten con la preceptiva autorización del Banco Central de un Estado 
parte no podrán ser estimadas por los tribunales de otro Estado parte. 
El efecto “extraterritorial” del Derecho nacional constituye uno de los grandes temas del 
Derecho económico internacional.4 Se trata, por ejemplo, de que un Estado aplique sus 
normas prohibitivas a comportamientos que afectan al Derecho de la competencia y que 
tienen lugar en el territorio de otro Estado, porque tales comportamientos producen efectos 
en el propio mercado estatal. En relación con las restricciones al comercio exterior, como 
la prohibición de exportar máscaras tribales de un Estado africano, a menudo se plantea la 
pregunta de cómo afectan estas restricciones, que se basan en el Derecho de otro Estado, 
a los contratos privados de suministro (por ejemplo, como fundamento para su nulidad 
por transgresión a las buenas costumbres, en virtud del § 138.1 BGB). 
Una comprensión adecuada de la vida económica actual en la comunidad de Estados 
obliga a ejercitar una visión de conjunto. Así, el Derecho económico internacional reúne, 
especialmente, al Derecho internacional público, al Derecho del comercio exterior y a los 
elementos de Derecho civil del Derecho económico nacional. Esta concepción conduce a 
rechazar una noción sistemática del Derecho económico internacional que, por razón de 
la fuente, sólo tenga en cuenta el complejo de normas de Derecho internacional (limitán-
3 Al respecto ver tema 24, nota al margen 15.
4 Al respecto v. tema 3, nota al margen 42. 
Derecho Económico Internacional
4
7
8
9
10
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
dose al Derecho internacional público económico). En lugar de adoptar una perspectiva 
ceñida a las regulaciones interestatales, esta orientación atiende a la función ordenadora 
del Derecho; el Derecho económico internacional se convierte así en el marco regulador 
de las relaciones económicas internacionales. De acuerdo con esta concepción, no sólo se 
entiende el Derecho económico internacional como el Derecho internacional de la eco-
nomía (elDerecho internacional público económico en el sentido de las explicaciones de 
Carreau/Juillard, Schwarzenberger y Seidl-Hohenveldern), sino también como el Derecho 
de la economía internacional (Behrens, Releer, Fikentscher, P. Fischer, Großfeld, Joerges).
El concepto de orden económico mundial remite a la integración de los órdenes econó-
micos nacionales en el tráfico económico mundial. Así, a la comprensión del Derecho 
económico internacional como marco normativo sólo se adecúa un punto de vista que 
parta del peso que tiene la regulación jurídica del tráfico económico privado en la capacidad 
de integración de un sistema nacional en la economía mundial, y que no sólo conciba el 
tráfico económico exterior desde la dimensión interestatal. La eliminación de la econo-
mía planificada marxista del grupo de los modelos aceptables o competitivos, así como el 
fracaso del sistema de comercio estatal, vienen a reforzar este punto de vista.
En conclusión, la concepción que se va a defender en este trabajo es la del Derecho eco-
nómico internacional como el ordenamiento jurídico de las relaciones económicas de los 
Estados y las organizaciones internacionales, pero también de los intercambios de bienes, 
servicios y factores de producción que realizan los particulares, incluyendo también los 
aspectos transfronterizos de las estructuras empresariales y estándares de producción. 
La inclusión de los aspectos del Derecho civil produce una importante ampliación de los 
contenidos. De ahí que esta obra limite su objeto a determinadas materias seleccionadas. 
El propio conjunto de reglas de Derecho internacional público ya no se centra solamente 
en el equilibrio de los intereses interestatales. De manera creciente, los acuerdos inter-
nacionales (por ejemplo, en Derecho de obligaciones) se encargan de regular el tráfico 
económico privado en interés de la unificación del Derecho y de la cooperación jurídica. 
En este sentido, se puede pensar, por ejemplo, en la Convención de las Naciones Unidas 
sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías y en el Convenio de 1980 
sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales. En casos como éste, la naturaleza 
internacional-publicista sólo puede predicarse teniendo en cuenta el origen normativo del 
texto. De hecho, no se trata de la regulación de las relaciones económicas entre Estados (y 
entre organizaciones internacionales), sino de la facilitación del tráfico económico privado. 
En el Derecho de la Unión Europea se ha eliminado en gran medida la contraposición 
entre el Derecho internacional público, por un lado, y el Derecho civil y mercantil, por 
otro. Entre los aspectos del Derecho civil que adquieren gran relevancia en el Derecho 
económico internacional se encuentra, en primer lugar, el Derecho internacional privado 
(Derecho conflictual). El Derecho internacional privado de cada Estado determina, en 
los supuestos con elemento extranjero (como, por ejemplo, un contrato de compraventa 
celebrado en Alemania que debe cumplirse en Panamá), qué Derecho debe aplicarse a 
§ 1. Concepto y significado del Derecho Económico Internacional
5
11
12
13
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
cada uno de los elementos de las relaciones jurídicas entre las partes. Una especial aten-
ción requieren, por ejemplo, los aspectos conflictuales de los contratos de compraventa, 
la protección de la propiedad industrial, el Derecho de sociedades, el Derecho de la com-
petencia y el Derecho concursal.
La extensión del Derecho económico internacional a las normas que regulan el tráfico 
económico privado se basa en consideraciones propias del Derecho internacional público 
moderno. En efecto, el núcleo del Derecho internacional público económico lo componen 
las normas que regulan las relaciones económicas entre los Estados y las organizaciones 
internacionales. A ellas pertenecen institutos clásicos como la inmunidad de los Estados 
y la regulación convencional internacional del comercio mundial a través del Derecho de 
la OMC. Pero el Derecho internacional consuetudinario clásico impone restricciones a 
la injerencia de un Estado en la propiedad de los extranjeros. Así, y de modo habitual, los 
inversores privados gozan de especial protección en la práctica convencional internacional, 
a través de acuerdos entre su Estado de origen y el Estado anfitrión o de acogida. En estos 
casos, sólo el Estado de origen puede hacer valer reclamaciones basadas en el Derecho 
internacional público. Pero el peso económico de algunas empresas multinacionales ha 
conducido de facto a una equiparación jurídica entre los “particulares” y los Estados de 
acogida. Este peso se traduce jurídicamente, por ejemplo, en el intento, por parte de la 
empresa, de que el Estado de acogida sea tratado en el ámbito contractual como un socio 
sin privilegios, y de sustraer las relaciones jurídicas de la influencia del Derecho nacional 
(con la finalidad de, por ejemplo, evitar que sean desconocidos los derechos adquiridos a 
través de una concesión). Se produce asimismo un reforzamiento adicional de la posición 
jurídica de la empresa individual cuando, a través de convenios interestatales o de acuer-
dos entre la empresa y el Estado de acogida, este Estado y su socio “privado” se colocan 
procesalmente a un mismo nivel, a través del sometimiento a un arbitraje o a otro meca-
nismo de solución de diferencias. Una instancia independiente decidirá entonces sobre 
las relaciones jurídicas entre la empresa privada y el Estado extranjero. A este respecto, es 
preciso referirse especialmente al Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre 
Inversiones (CIADI) que, sobre la base de un convenio multilateral, ofrece un foro arbitral 
para la solución de diferencias entre los Estados parte y los inversores extranjeros privados. 
Acuerdos especiales como el de Estados Unidos e Irán en el “asunto de la toma de 
rehenes de Teherán”, a raíz del cual se estableció un tribunal arbitral en La Haya (Iran-US 
Claims Tribunal), pueden brindar a los particulares, desde el punto de vista de la ejecución 
de sus derechos, una protección equivalente a la de un tribunal estatal. Ese Tribunal ar-
bitral garantizó, de manera apropiada, la satisfacción de las reclamaciones planteadas por 
los acreedores estadounidenses mediante la puesta a disposición de activos procedentes 
de la previa congelación de bienes iraníes que el Gobierno de Estados Unidos había rea-
lizado en su país.
La revalorización de la posición jurídica de los particulares no es la consecuencia de un 
poder económico como el que ostentan los Estados industrializados occidentales en la 
protección de sus nacionales o las grandes multinacionales. En el desarrollo de la protec-
Derecho Económico Internacional
6
14
15
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
ción de los derechos humanos sobre la base de convenios internacionales o de Derecho 
consuetudinario, se reconoce de manera creciente a los particulares como titulares de sus 
propios derechos, lo cual también incide en su situación como sujetos económicos. Estos 
efectos se alcanzan en mayor medida allí donde los derechos humanos experimentan un 
desarrollo comparable con el de los derechos fundamentales nacionales y se encuentran 
protegidos por mecanismos de vigilancia eficaces. Buena muestra de ello es la Convención 
Europea de los Derechos Humanos que, a través de la garantía de las libertades individua-
les, influye profundamente en la ordenación de la vida económica (por ejemplo, en lo que 
se refiere al derecho de las telecomunicaciones o a la protección de la propiedad privada). 
Las garantías de la Convención Europea de los Derechos Humanosjuegan también un 
papel esencial en el Derecho de la Unión Europea, en la destilación de principios generales 
del Derecho y como fuente de inspiración para la Carta de Derechos Fundamentales de la 
Unión Europea (habiéndose ya producido la adhesión de la Unión Europea a la Conven-
ción Europea de los Derechos humanos prevista en el Artículo 6.1 TUE). Por su parte, el 
régimen convencional del “Convenio de bioética” del Consejo de Europa establece límites 
a las opciones de la moderna biomedicina, para proteger la dignidad del ser humano y 
una determinada concepción del mismo, y restringen el acceso a los datos genéticos en el 
ámbito de los seguros y en la vida laboral.
Habida cuenta de su función reguladora del tráfico económico internacional como marco 
para la solución de conflictos y la conciliación de los diferentes intereses que juegan den-
tro de la comunidad de Estados, el Derecho económico internacional está impregnado 
de valoraciones políticas. Esto sucede no sólo en la dimensión interestatal, sino también 
en la regulación de las relaciones económicas privadas. La visión de un mero marco re-
gulador para el “biotopo” de una sociedad de sujetos económicos privados que en gran 
medida se autorregula, supone desconocer las tareas normativas del Derecho económico 
internacional. A este respecto, existe unanimidad en que el moderno orden económico 
depende, entre otras cosas, de la garantía internacional de una competencia libre, a través 
de la unificación o armonización de las normas antimonopolio y, más aún, a través de ór-
ganos de vigilancia interestatal. Por el momento, esta ordenación de la libre competencia 
sólo se ha logrado en el seno de la Unión Europea. 
Entre los valores centrales de un ordenamiento jurídico estatal se encuentra el reco-
nocimiento de cada ser humano como persona responsable, lo que no puede dejarse 
simplemente en manos del poder soberano. El Derecho internacional público moderno 
prohíbe supeditar la individualidad humana a fines económicos y dirigir la posición legal 
de los particulares en el Estado, o dentro de la comunidad de Estados, únicamente hacia 
expectativas de eficiencia económica. Este razonamiento marca la relación del Derecho 
con el análisis económico.5 El trasfondo de derechos humanos del moderno Derecho 
internacional público y los derechos fundamentales del Estado constitucional ideológica-
5 Sobre el análisis económico del Derecho, Posner, R. A.: Economic Analysis of Law, 7.ª ed., 2007 (versión en 
castellano traducida por Eduardo L. Suárez, Fondo de Cultura Económica, México, 1998).
§ 1. Concepto y significado del Derecho Económico Internacional
7
16
17
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
mente neutral prohíben concebir el Derecho como mero “sirviente” de una racionalidad 
económica (independientemente de cómo se conciba esta). Más bien ocurre al contrario: 
la imagen humana cristalizada en un sistema jurídico determina la conformación del 
orden económico.6 
El Derecho determina, tanto a nivel internacional como nacional, el espectro de opciones 
que existe en el terreno económico. Los marcos normativos nacionales e internacionales 
para la configuración de la vida económica no son creados por el homo economicus, defini-
do a partir de determinadas disciplinas económicas, sino que son creados por la decisión 
normativa sobre el ámbito de la libertad individual y la ordenación del poder económico. 
Tema 2 
Globalización de las relaciones económicas
Bibliografía recomendada: Alam, S., Klein, N., Oreland, I.: Globalisation and the Quest 
for Social and Environmental Justice, 2010; Benedek, W. / De Feyter, K. / Marrella, M.: 
Economic Globalisation and Human Rights, 2011; Beck, U.: Was ist Globalisierung?, 9.ª 
ed., 2004; Bhagwati, J.: In Defense of Globalization, 2007; Doucet, M.: Global Justice 
and Democracy: The Anti-globalisation Movement, 2011; Gerber, D.: Global Competition: 
Law Markets and Globalization, 2010; Heuser, U. J.: Das Unbehagen im Kapitalismus, 
2000; Kaul, I., Grunberg, I., Stern, M. A. (eds.): Global Public Goods, 1999; Krugman, 
P., Obstfeld, M.: Internationale Wirtschaft, 7.a ed., 2006; Reinicke, W. H.: Global Public 
Policy, 1998; Rodnik, D.: The Globalization Paradox, 2011; Siebert, H.: Weltwirtschaft, 
1997; id.: Außenwirtschaft, 7.a ed., 2000; id.: Global Governance: An Architecture for 
the World Economy, 2003; Spero, J., Hart, J.: Politics of International Economic Rela-
tions, 7.a ed., 2006; Stiglitz, J.: Globalization and its Discontents, 2002; Vollmöller, T.: 
Die Globalisierung des öffentlichen Wirtschaftsrechts, 2000; von Weizsäcker, C.: Logik 
der Globalisierung, 2003; Wolf, M.: Why Globalization Works, 2004.
La estrecha interconexión de las áreas económicas nacionales suele ser definida en el debate 
público con el concepto de moda “globalización de la economía”. En primer plano aparece 
la ya muy adelantada integración de los mercados financieros y del tráfico de mercancías. 
La integración mundial de los mercados de servicios va más retrasada. También es más 
débil la interconexión internacional de los mercados de trabajo (mediante formas de inte-
gración regional, como en el mercado interior europeo). La globalización de las relaciones 
económicas se remonta, en sus orígenes, hasta la época de los grandes imperios coloniales, y 
ha experimentado un alza debido a la evolución de los modernos medios de comunicación 
y transporte. Sin embargo, la consolidación normativa de la globalización económica no 
se alcanzó hasta que se suprimieron las trabas comerciales en el marco convencional (por 
6 V., por ejemplo, Fezer, K. H.: “Aspekte einer Rechtskritik an der Economic Analysis of Law und am Property 
Rights Approach”, JZ 1986, pp. 817 ss.; Hoppmann, E.: “Ökonomische Theorie der Verfassung”, ORDO, 38/1987, 
pp. 31 ss. 
Derecho Económico Internacional
8
18
1
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
ejemplo, el GATT y otros tratados de la Organización Mundial del Comercio creada en 
1994) y con la constitución de un sistema monetario internacional. Además, entre los 
componentes centrales del proceso de globalización se cuenta la eliminación de obstáculos 
a la inversión, de distorsiones en la competencia, así como la supresión de la intervención 
estatal. En el plano político, la propagación de los modelos estatales jurídico-democráticos 
y de los sistemas de economía de mercado han actuado como catalizadores del proceso 
de globalización. En los procesos de transformación vinculados a la globalización se ha 
reducido dramáticamente el sector estatal en muchos países. En algunos Estados, la eli-
minación de los monopolios estatales y la privatización de empresas públicas están muy 
avanzadas. Así ocurre en los mercados del transporte o de las telecomunicaciones. Faceta 
importante de la globalización es que la comunidad internacional ha alcanzado la una-
nimidad respecto de intereses colectivos que merecen protección (global commons/global 
public goods). Entre ellos, destacan la protección del clima, la limpieza del agua o del aire, y 
también la preservación de los bienes culturales de importancia mundial. Además, valores 
fundamentales reconocidos por el Derecho internacional público, como los derechos hu-
manos esenciales, actúan en calidad de parámetros regulativos, especialmente en materia 
de cooperación al desarrollo. 
En cuanto al incremento del bienestar que resulta de un creciente entrelazamiento de las 
economías nacionales, cabe resaltar, en particular, los importantes explicaciones y postu-
lados ofrecidos por Adam Smith (An Inquiry into the Nature and the Causes of the Wealth 
of Nations, 1776) y David Ricardo (On the Principles of Political Economyand Taxation, 
1817), específicamente en torno a las ventajas comparativas del libre comercio y la división 
internacional del trabajo.7 
La globalización de las relaciones económicas, con el entrelazamiento cada vez más intenso 
de los mercados nacionales y una alta movilidad del dinero y el capital físico, da nuevos 
bríos a la competencia internacional en cuanto a la localización de actividades económicas, 
plasmándose ésta, sobre todo, en los intentos de atraer inversiones domésticas y extranjeras. 
Esta competencia también se refleja específicamente en la configuración de las condiciones 
legales para la constitución de empresas, la imposición tributaria, de estándares laborales 
y sociales, así como de otras condiciones de producción.
En los últimos tiempos, un malestar generalizado en torno al fenómeno de la globalización 
se ha ido abriendo paso, al concebirse ésta como un conjunto de amenazas percibido más 
o menos claramente.8 Detrás de este planteamiento se encuentra el temor al dominio por 
parte de los grandes bloques económicos y a la marginación de los países en vías de de-
sarrollo. Hay que añadir que la competencia vinculada a la globalización supone un gran 
desafío, no sólo para la economía de los países más pobres; una intensificación de la libre 
competencia internacional también pone en peligro en los países ricos ciertos “biotopos” 
7 Al respecto Siebert, Außenwirtschaft, 7.a ed., 2000.
8 Martin, H.-P., Schumann, H.: La trampa de la globalización: el ataque contra la democracia y el bienestar, 1998.
§ 2. Globalización de las relaciones económicas
9
2
3
4
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
sociales y culturales, profundamente arraigados en la conciencia colectiva.9 Este tipo de 
preocupaciones se vincula frecuentemente con la resistencia frente al poder de las em-
presas multinacionales y con una inespecífica hostilidad hacia la tecnología, o con unos 
comprensibles temores a los riesgos de las modernas tecnologías. La a partir del año 2007 
altamente contagiosa crisis financiera ha claramente mostrado cómo, dada la interco-
nexión mundial de los mercados de capital, la evaluación negligente de riesgos por parte 
de grandes (y pequeños) bancos, junto con la ilimitada avidez de réditos, pueden poner en 
peligro a economías nacionales enteras. Las ONGs canalizan gustosamente todas estas 
preocupaciones y resistencias, siendo ellas mismas actores estructurados multinacional-
mente en su potencial de actuación, que se aprovechan de la interconexión mundial. Las 
resistencias frente a la globalización, que se traducen, por ejemplo, en protestas contra la 
OMC, ocultan los incrementos de bienestar que ya han alcanzado, o que se prevé que 
alcanzarán, los países más pobres (también por medio de inversiones extranjeras directas). 
Sin duda, esto no cambia nada respecto de las injusticias en el reparto de las asimetrías 
en la configuración de los procesos político-económicos. Pero estas injusticias y asime-
trías a menudo no tienen su origen en el proceso de globalización, sino en desigualdades 
preexistentes. Ejemplo de éstas son problemas sociales, económicos y políticos de muchos 
países que, según valoración propia o ajena, se cuentan como “víctimas” de la globalización.
En el actual debate en torno a la “globalización”, se ignora con frecuencia que la interco-
nexión de las economías nacionales no es un fenómeno nuevo, y que éste presenta diferen-
cias especialmente relevantes respecto de la movilidad de personas, mercancías, servicios y 
capitales. Por ejemplo, la interconexión de los mercados de capitales ya había alcanzado un 
nivel extraordinariamente alto antes de la Primera Guerra Mundial; en cambio, la movi-
lidad mundial de personas, con su correspondiente impacto en los mercados laborales, es 
menos pronunciada en la actualidad que en épocas anteriores. La temerosa protección de 
estándares sociales en muchos Estados industriales, junto con un cierre simultáneo de los 
mercados laborales, impone poderosos límites a la globalización en este sector.
La interconexión de las relaciones económicas también conduce a un mecanismo de 
control global (Global Governance). En él, no sólo participan Estados y organizaciones 
internacionales, sino que también organizaciones no gubernamentales (ONGs) y empre-
sas privadas establecen pautas de conducta, y desarrollan estándares internacionalmente 
aplicables. Así, las agencias privadas de rating determinan de forma decisiva la evaluación 
de la solvencia de las empresas e incluso de los Estados.
Existe una gran desproporción en la participación de las distintas regiones del mundo en 
el comercio global de mercancías y servicios. Tanto en importaciones como en exporta-
ciones, el papel de Europa (esencialmente, la Unión Europea), Asia y Estados Unidos es 
claramente dominante. 
9 Paul, J. P.: “Cultural Resistance to Global Governance”, Michigan Journal of International Law, 22/2000, 
pp. 1 y ss.
Derecho Económico Internacional
10
5
6
7
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
11
Segunda parte 
Fundamentos
Tema 3
Fuentes del Derecho Económico Internacional
1. El Derecho internacional público como ordenación 
de las relaciones económicas interestatales
Bibliografía recomendada: Carreau, D., Juillard, P.: Droit international économique, 
4.ª ed., 2010, pp. 49 ss.; Dolzer, R.: “Wirtschaft und Kultur im Völkerrecht”, en Graf 
Vitzhum (ed.), Völkerrecht, 4.ª ed., 2010, pp. 491 y ss.; Fischer, P.: “Das Internationale 
Wirtschaftsrecht”, GYIL 19/1976, pp. 143 y ss.; Gloria, Ch., en Ipsen, K. (ed.), Völkerre-
cht, 5.ª ed., 2004, pp. 588 y ss.; Hailbronner, K.: Entwicklungstendenzen des Wirtschafts-
völkerrechts, 1983; Picone, P., Sacerdoti, G.: Diritto Internazionale dell´Economia, 1982; 
Seidl-Hohenveldern, I.: International Economic Law, 3.ª ed., 1999; Zamora, S.: “Is there 
Customary International Economic Law?”, GYIL, 32/1989, pp. 9 y ss., esp. pp. 29 y ss. 
a) Consideraciones generales respecto al Derecho Económico Internacional
El Derecho internacional público tiene por objetivo esencial la ordenación de las re-
laciones interestatales. Sin embargo, desde el final de la Segunda Guerra Mundial, el 
desarrollo de la protección de los derechos humanos ha conducido a una revalorización 
del individuo frente a su Estado de origen (o de domicilio). Asimismo, han adquirido 
gran relevancia los tratados constitutivos de las organizaciones internacionales, los actos 
jurídicos de sus órganos y sus relaciones exteriores.
El Artículo 38.1 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia enumera las fuentes 
reconocidas del Derecho internacional: “las convenciones internacionales”, “la costum-
bre internacional, como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho” 
y “los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas” (letras 
a-c). Además, el precepto también alude a las decisiones judiciales y a las doctrinas de 
1
2
 www.juridicas.unam.mx
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 
http://biblio.juridicas.unam.mx
http://www.bibliojuridica.org/
http://www.juridicas.unam.mx
Fundamentos
12
los publicistas como medio auxiliar para la determinación de las reglas de Derecho in-
ternacional público (letra d). 
La aportación del Derecho internacional público a la ordenación de las relaciones eco-
nómicas internacionales reviste una importancia sustancial. Las expectativas económicas 
respecto al comportamiento de los Estados (o de las organizaciones internacionales y sus 
órganos) requieren del Derecho internacional público cuando se trata de que estas expec-

Continuar navegando