Logo Studenta

Presentacion de los derechos de autor

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

DERECHOS DE AUTOR
Hola. Esta tarde he recibido a un pequeño amigo que tiene muchas dudas acerca de sus derechos como autor. 
Todos en algún momento hemos sido creadores de algo, por lo tanto también somos autores. Acompáñenos a resolver algunas dudas y conozcan todos los derechos de los que gozan como artistas y creadores.
Eem… no. 
Es muy fácil, son las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas o símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.
Y se divide en:
Antes que nada, ¿sabes qué es la propiedad intelectual?
La propiedad intelectual se divide en las siguientes categorías
Derechos de autor
Protege obras originales
Propiedad industrial
Las patentes protegen las invenciones.
 Los diseños industriales protegen los diseños de los productos.
Las marcas comerciales protegen los signos distintivos.
Derechos conexos
Protege las interpretaciones, grabaciones originales y la radiodifusión de obras.
Entonces te correspondería el derecho de autor.
Tu has escrito poemas ¿no?
Sí, ya tengo un libro completo. 
¿Y eso qué es? 
Es el reconocimiento que hace el estado en favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el art. 13 Ley Federal de Derechos de Autor (LFDA).
 Y ¿Qué protege el derecho de autor?
Pues de todo. Va desde obras escritas, musicales, de carácter plástico, dramáticas y coreográficas, películas y productos multimedia y programas informáticos, diseño grafico y textil. 
También están los derechos conexos
Y esos ¿qué obras protegen?
Los artistas, interpretes o ejecutantes: del art. 116 al 122 de la LFDA.
Los editores de libros: art. 123 al 128.
Los productores de fonogramas: art. 129 al 134. 
Los productores de vídeo gramas: art. 135 al 138.
Los organismos de radiodifusión: del art. 139 al 146. 
¡Todas estas! Depende del tipo de obra pero puedes consultarla en los siguientes artículos de la LFDA 
 
¿Que requisitos necesito para que mi obra sea protegida?
Lo único que se necesita es la originalidad, que sea perceptible a los sentidos o sea que se puedan ver escuchar, sentir, oler o probar, que haya sido creado por una persona física y pertenezca a las artes, la literatura o la ciencia. Esto es lo que dicta el art. 3 de la LFDA. 
Pero ¿Cómo se obtiene el derecho de autor?
Bueno, el derecho de autor es automático.
Según el articulo 5 la protección que otorga esta ley se concede a las obras desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material. 
Así que no te preocupes. 
¿Sabes qué derechos tengo yo como autor?
Se divide en dos: Moral y patrimonial. 
El primero se refiere al vinculo estrecho entre el autor y la obra pues la obra refleja a su autor y por lo tanto nadie más que él decide sobre esta. 
El patrimonial habla de la retribución que le corresponde al autor por el uso de su obra.
(Art. 21 y 27)
¿Qué es eso?
Para ayudarte a proteger tus derechos existe la sociedad de gestión colectiva. 
Son personas morales y no solo protegen a los autores sino también a los titulares de los derechos conexos ya sean nacionales o extranjeros además de recaudar y de hacer entrega de las cantidades que por concepto de derecho de autor o conexos, les corresponden.
Sociedad general de escritores de Mexico
Sociedad mexicana de autores de las artes plásticas 
Sociedad mexicana de coreógrafos
Asociación nacional de interpretes 
La demás sociedades las pueden encontrar en el art. 192 
Aquí están algunas de la sociedades que operan en México, las demás las puedes encontrar en el art 192 
¿Cuánto duran los derechos de autor? 
Tu obra esta protegida hasta el día en que te mueras y 100 años después de eso, luego pasa a ser propiedad del estado y por lo tanto de dominio publico. 
¿Quién es el titular de esos derechos? 
 Siempre va a ser el autor pero cuando este fallezca los derechos económicos pasarán a la familia y ellos serán los titulares. Así que el titular eres tú. 
¿Puedo ceder mis derechos? 
 Sí, de acuerdo al art. 30 puedes ceder los derechos patrimoniales de manera onerosa y temporal. 
Hemos hablado exclusivamente de las obras originales pero ¿sabes que es una obra derivada? 
¿No?
Pues bien, es aquella que nace a partir de una obra original. 
El art. 4 nos dice que son aquellas que resulten de la adaptación, traducción u otra transformación de una obra primigenia.
Hace un momento mencionaste que las obras terminan pasando de un titular al dominio publico después de cierto tiempo pero no entiendo ¿qué es el dominio público? 
Son todas las obras que no están protegidas por el derecho de autor y por lo tanto pueden usarse libremente.
Oh, gracias por tu ayuda Fort.
Cuando quieras.
Por mi parte ha sido todo pero antes de que nos vayamos revisemos los requisitos para registrar sus obras en los derechos de autor. 
Antes que nada hay que identificar que tipo de obra es la que piensas registrar (original o derivada) pues deberás llenar una solicitud de registro de obra. 
Los formatos se encuentran en la página de INDAUTOR o puedes solicitarlo en las ventanillas de las oficinas, no tiene ningún costo.
No olvides sacarle una copia ya que es requisito llevar la solicitud por duplicado
También necesitarás llevar el comprobante de pago. No te preocupes, son $236 y puedes pagar en cualquier banco con la hoja de ayuda que te proporciona la página de INDAUTOR.
No. En la ventanilla del registro te pedirán dos copias engargoladas de la obra que vas a registrar 
¿Es todo?
¿Ahora sí es todo?
Sí, con esos documentos basta. El registro de tu obra se habrá completado en dos horas o 15 días hábiles, tú decides cuando recogerlo y no olvides llevar una identificación oficial al hacerlo pues es necesaria para entregarte tu obra registrada. El INE o el pasaporte son las opciones que acepta el INDAUTOR. 
Espera, ¿dónde está el Indautor?
¡Casi lo olvido! Las oficinas se encuentran en Puebla #143 Col. Roma Norte aquí en la CDMX y las pueden visitar de lunes a viernes de 9:30 a 14:00 hrs. 
Tengo tres amigos que ya han ido a registrar su obra, a continuación veremos parte de su proceso. Eso es todo por ahora. 
Si tienen alguna duda pregúntenle a mis amigos, estoy seguro de que las contestaran todas… bueno, casi todas. 
¡Adiós!

Continuar navegando

Otros materiales