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10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 1/9 Por la contingencia sanitaria las ediciones 461, 462, 463, 464, 465 y 466 solo podrán consultarse dePor la contingencia sanitaria las ediciones 461, 462, 463, 464, 465 y 466 solo podrán consultarse de manera digital, graciasmanera digital, gracias SEGURIDAD SOCIALSEGURIDAD SOCIAL ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS?¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? Las funciones y en su caso el puesto que desempeñe dentro de la organización determinan sí es o noLas funciones y en su caso el puesto que desempeñe dentro de la organización determinan sí es o no sujeto de aseguramientosujeto de aseguramiento Viernes, 21 de febrero de 2020Viernes, 21 de febrero de 2020 De conformidad con el artículo 12, fracción I de la LSS son sujetos de aseguramiento al RégimenDe conformidad con el artículo 12, fracción I de la LSS son sujetos de aseguramiento al Régimen Obligatorio del Seguro Social —ROSS— las personas que en forma permanente o eventual, presten aObligatorio del Seguro Social —ROSS— las personas que en forma permanente o eventual, presten a otra de carácter físico o moral o unidad económica sin personalidad jurídica, un servicio personal,otra de carácter físico o moral o unidad económica sin personalidad jurídica, un servicio personal, subordinado y remunerado, cualquiera que sea el acto que le de origen.subordinado y remunerado, cualquiera que sea el acto que le de origen. De lo anterior se in�ere que son sujetos de aseguramiento en el ROSS, las personas vinculadas aDe lo anterior se in�ere que son sujetos de aseguramiento en el ROSS, las personas vinculadas a otras por una relación o un contrato de trabajo.otras por una relación o un contrato de trabajo. La primera es, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personalLa primera es, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario, mientras que el segundo, es el medio porsubordinado a una persona, mediante el pago de un salario, mientras que el segundo, es el medio por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra, bajo su dirección y dependencia, un serviciovirtud del cual una persona se obliga a prestar a otra, bajo su dirección y dependencia, un servicio personal mediante una retribución convenida (art. 20, LFT).personal mediante una retribución convenida (art. 20, LFT). Las características esenciales de la relación jurídica de un patrón y trabajador son:Las características esenciales de la relación jurídica de un patrón y trabajador son: -- (Foto: ESPECIAL)(Foto: ESPECIAL) prestación de servicio personalprestación de servicio personal , ya que el trabajador realiza de manera directa las labores, ya que el trabajador realiza de manera directa las labores d d t ód d t ó https://idconline.mx/seguridad-social https://idconline.mx/ 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 2/9 Como se observa, el elemento esencial del aseguramiento al ROSS es la subordinación que se daComo se observa, el elemento esencial del aseguramiento al ROSS es la subordinación que se da entre el patrón y trabajador; de no con�gurarse esta, no procede aquel.entre el patrón y trabajador; de no con�gurarse esta, no procede aquel. De ahí que los empresarios únicamente deben a�liar al IMSS a los colaboradores que tienen a suDe ahí que los empresarios únicamente deben a�liar al IMSS a los colaboradores que tienen a su servicio; por ende, deben analizar la forma en que cada persona le presta sus tareas; ya que estaservicio; por ende, deben analizar la forma en que cada persona le presta sus tareas; ya que esta puede ser veri�cada por el Seguro Social, y si este estima que no existe subordinación, emitirá lapuede ser veri�cada por el Seguro Social, y si este estima que no existe subordinación, emitirá la resolución correspondiente y los dará de baja, pero si existe, y los trabajadores no están asegurados,resolución correspondiente y los dará de baja, pero si existe, y los trabajadores no están asegurados, determinará las cuotas obrero-patronales con sus actualizaciones y recargos respectivos.determinará las cuotas obrero-patronales con sus actualizaciones y recargos respectivos. En las revisiones que llevan a cabo las diversas subdelegaciones del Instituto, comúnmente seEn las revisiones que llevan a cabo las diversas subdelegaciones del Instituto, comúnmente se realizan observaciones respecto al aseguramiento de los administradores únicos, razón por la cual enrealizan observaciones respecto al aseguramiento de los administradores únicos, razón por la cual en esta edición se aborda cuando sí son sujetos de aseguramiento y cuando no.esta edición se aborda cuando sí son sujetos de aseguramiento y cuando no. Administrador únicoAdministrador único Es el encargado y responsable de una sociedad, quien puede ser socio o una persona extraña aEs el encargado y responsable de una sociedad, quien puede ser socio o una persona extraña a aquella, y se le delega el poder para realizar todas las operaciones inherentes al objeto de aquella.aquella, y se le delega el poder para realizar todas las operaciones inherentes al objeto de aquella. Por sus funciones recibe los emolumentos u honorarios determinados por la asamblea dePor sus funciones recibe los emolumentos u honorarios determinados por la asamblea de accionistas (arts. 10, 142 y 181, fracc. III, Ley General de Sociedades Mercantiles —LGSM—).accionistas (arts. 10, 142 y 181, fracc. III, Ley General de Sociedades Mercantiles —LGSM—). Funciones y obligacionesFunciones y obligaciones Los administradores únicos son responsables, entre otros deberes, de:Los administradores únicos son responsables, entre otros deberes, de: encomendadas por su patrónencomendadas por su patrón remuneraciónremuneración , es el salario que el patrón le da al trabajador a cambio de la realización de sus, es el salario que el patrón le da al trabajador a cambio de la realización de sus tareastareas poder de mando por el patrónpoder de mando por el patrón , este le indica al trabajador qué hacer, cómo hacerlo, y cuándo hacer, este le indica al trabajador qué hacer, cómo hacerlo, y cuándo hacer el trabajo encomendado. Además, le proporciona los materiales y las herramientas de trabajoel trabajo encomendado. Además, le proporciona los materiales y las herramientas de trabajo necesarios para el desarrollo de dicho trabajo, ynecesarios para el desarrollo de dicho trabajo, y deber de obediencia del trabajadordeber de obediencia del trabajador en lo referente al desarrollo del servicio contratado durante su en lo referente al desarrollo del servicio contratado durante su jornada de laboresjornada de labores comprobar de que la escritura social de la empresa se presente e inscriba puntualmente en elcomprobar de que la escritura social de la empresa se presente e inscriba puntualmente en el Registro Público de Comercio —RPC— (art. 7o., segundo y tercer párrafos, LGSM)Registro Público de Comercio —RPC— (art. 7o., segundo y tercer párrafos, LGSM) publicar en el Sistema Electrónico de Publicaciones Mercantiles —SEPM— de la Secretaría depublicar en el Sistema Electrónico de Publicaciones Mercantiles —SEPM— de la Secretaría de Economía, las reducciones de capital social efectuadas a los socios o liberación concedida a estosEconomía, las reducciones de capital social efectuadas a los socios o liberación concedida a estos de exhibiciones no realizadas (art. 9o., segundo párrafo, LGSM)de exhibiciones no realizadas (art. 9o., segundo párrafo, LGSM) 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 3/9De lo anterior se desprende que De lo anterior se desprende que la relación existente entre el administrador único y la sociedad esla relación existente entre el administrador único y la sociedad es simplemente mercantil, porque son los responsables de ejecutar las decisiones adoptadas por lasimplemente mercantil, porque son los responsables de ejecutar las decisiones adoptadas por la asamblea general de accionistas, así como supervisar las labores del gerente o director general de laasamblea general de accionistas, así como supervisar las labores del gerente o director general de la compañíacompañía. Ello siempre y cuando no ocupen un puesto subordinado dentro de la estructura orgánica. Ello siempre y cuando no ocupen un puesto subordinado dentro de la estructura orgánica de la empresa, pues de ser así, por regla general son trabajadores, y por ende, sujetos de a�liaciónde la empresa, pues de ser así, por regla general son trabajadores, y por ende, sujetos de a�liación ante el IMSS.ante el IMSS. En este sentido, los tribunales han emitidos los siguientes criterios:En este sentido, los tribunales han emitidos los siguientes criterios: repartir utilidades hasta que la asamblea apruebe los estados �nancieros en las que constan, asírepartir utilidades hasta que la asamblea apruebe los estados �nancieros en las que constan, así como hasta que sean restituidas o absorbidas las pérdidas de ejercicios anteriores o se hubiesecomo hasta que sean restituidas o absorbidas las pérdidas de ejercicios anteriores o se hubiese reducido el capital (art. 19, LGSM)reducido el capital (art. 19, LGSM) veri�car la separación anual del 5 % de las utilidades netas para formar la reserva legal, hasta queveri�car la separación anual del 5 % de las utilidades netas para formar la reserva legal, hasta que ascienda la quinta parte del capital social, y en su caso, asegurar su reconstitución cuando estaascienda la quinta parte del capital social, y en su caso, asegurar su reconstitución cuando esta disminuya por cualquier motivo. En caso contrario, el administrador queda ilimitado ydisminuya por cualquier motivo. En caso contrario, el administrador queda ilimitado y solidariamente obligado a entregar a la sociedad, una cantidad igual a la que hubiese debidosolidariamente obligado a entregar a la sociedad, una cantidad igual a la que hubiese debido separar (arts. 20 y 21, LGSM)separar (arts. 20 y 21, LGSM) inscribir en el registro de acciones a petición de cualquier titular, las transmisiones que se efectúeninscribir en el registro de acciones a petición de cualquier titular, las transmisiones que se efectúen y publicar un aviso en el SEPM (art. 129, LGSM)y publicar un aviso en el SEPM (art. 129, LGSM) nombrar uno o varios gerentes generales o especiales, quienes pueden ser o no accionistas asínombrar uno o varios gerentes generales o especiales, quienes pueden ser o no accionistas así como revocar dichos nombramientos (art. 145, LGSM)como revocar dichos nombramientos (art. 145, LGSM) ingresar su nombramiento en el Registro Público de Comercio —RPC—, previa exhibición de laingresar su nombramiento en el Registro Público de Comercio —RPC—, previa exhibición de la garantía, que en su caso establezcan los estatutos sociales o la asamblea de accionistas (arts.garantía, que en su caso establezcan los estatutos sociales o la asamblea de accionistas (arts. 152 y 153, LGSM)152 y 153, LGSM) denunciar por escrito a los comisarios, las irregularidades en que hubiesen incurrido losdenunciar por escrito a los comisarios, las irregularidades en que hubiesen incurrido los administradores que les hubiesen precedido, en caso de conocerlas (art. 160)administradores que les hubiesen precedido, en caso de conocerlas (art. 160) rendir anualmente a la asamblea y publicar en el SEPM un informe sobre la marcha de la sociedad,rendir anualmente a la asamblea y publicar en el SEPM un informe sobre la marcha de la sociedad, las políticas adoptadas; los criterios contables seguidos en la preparación de la información; loslas políticas adoptadas; los criterios contables seguidos en la preparación de la información; los estados de la situación �nanciera y de resultados, y que muestre los cambios en las partidas queestados de la situación �nanciera y de resultados, y que muestre los cambios en las partidas que integran el patrimonio social (arts. 172 y 177, LGSM)integran el patrimonio social (arts. 172 y 177, LGSM) presidir las asambleas de accionistas (art. 193, LGSM), ypresidir las asambleas de accionistas (art. 193, LGSM), y �rmar el acta de asamblea que presidan y cerciorarse de su protocolización (art. 194, LGSM)�rmar el acta de asamblea que presidan y cerciorarse de su protocolización (art. 194, LGSM) 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 4/9 Estas posturas coinciden en que Estas posturas coinciden en que una persona con cargo de administrador único actúa como órganouna persona con cargo de administrador único actúa como órgano de la administración e integra la voluntad de la sociedad; por tanto, no puede ser considerado comode la administración e integra la voluntad de la sociedad; por tanto, no puede ser considerado como un subordinado ni sujeto de aseguramiento al ROSS.un subordinado ni sujeto de aseguramiento al ROSS. Esto en virtud de que se encuentra sometido a las disposiciones de la escritura constitutiva de laEsto en virtud de que se encuentra sometido a las disposiciones de la escritura constitutiva de la sociedad, entre las cuales se encuentran sus obligaciones de carácter mercantil, las cuales son muysociedad, entre las cuales se encuentran sus obligaciones de carácter mercantil, las cuales son muy amplias.amplias. De igual forma, el aún vigente acuerdo del Consejo Técnico del IMSS 112893 del 13 de mayo de 1963De igual forma, el aún vigente acuerdo del Consejo Técnico del IMSS 112893 del 13 de mayo de 1963 señala que “no son sujetos del Seguro Obligatorio los miembros del consejo de administración de lasseñala que “no son sujetos del Seguro Obligatorio los miembros del consejo de administración de las empresas que no desempeñen algún puesto adicional mediante retribución especí�ca, y losempresas que no desempeñen algún puesto adicional mediante retribución especí�ca, y los administradores únicos que substituyen al consejo de administración (donde no existe éste) deadministradores únicos que substituyen al consejo de administración (donde no existe éste) de acuerdo con la Ley de Sociedades Mercantiles”.acuerdo con la Ley de Sociedades Mercantiles”. Disparidad en los criterios de las subdelegaciones del IMSSDisparidad en los criterios de las subdelegaciones del IMSS Hasta aquí pareciera que no hay problema; no obstante, en la práctica las empresas se enfrentan aHasta aquí pareciera que no hay problema; no obstante, en la práctica las empresas se enfrentan a diversos criterios por parte de las subdelegaciones del Seguro Social. Unas de ellas, señalan que nodiversos criterios por parte de las subdelegaciones del Seguro Social. Unas de ellas, señalan que no por el hecho de que una persona preste a otra un servicio, signi�ca que se está en presencia de unpor el hecho de que una persona preste a otra un servicio, signi�ca que se está en presencia de un contrato o una relación laboral; porque los altos ejecutivos o empleados de una organización, comocontrato o una relación laboral; porque los altos ejecutivos o empleados de una organización, como son los directores, administradores o gerentes generales están ligados al interés patronal y soloson los directores, administradores o gerentes generales están ligados al interés patronal y solo ejecutan actos análogos a los de los trabajadores. Otras opinan lo contrario.ejecutan actos análogos a los de los trabajadores. Otras opinan lo contrario. Es claro que la función del administrador único es estratégica, ya que se encarga de vigilar laEs claro quela función del administrador único es estratégica, ya que se encarga de vigilar la operación y aprobar la gestión de la sociedad; sin embargo, en la práctica no solo llevan a cabo esasoperación y aprobar la gestión de la sociedad; sin embargo, en la práctica no solo llevan a cabo esas tareas, sino que forman parte de la plantilla de las organizaciones, esto ha provocado, como setareas, sino que forman parte de la plantilla de las organizaciones, esto ha provocado, como se mencionó, que las subdelegaciones del Instituto tengan criterios encontrados sobre su tratamiento;mencionó, que las subdelegaciones del Instituto tengan criterios encontrados sobre su tratamiento; de ahí que a continuación, se aborden dos casos de los detectados en nuestro servicio de consultoríade ahí que a continuación, se aborden dos casos de los detectados en nuestro servicio de consultoría en torno a este tema.en torno a este tema. En el primero de ellos, una subdelegación noti�ca al patrón que llevará a cabo la baja de un supuestoEn el primero de ellos, una subdelegación noti�ca al patrón que llevará a cabo la baja de un supuesto ADMINISTRADOR ÚNICO DE SOCIEDAD ANÓNIMA. NO ESTÁ SUJETO AL RÉGIMEN DELADMINISTRADOR ÚNICO DE SOCIEDAD ANÓNIMA. NO ESTÁ SUJETO AL RÉGIMEN DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIALINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL , ubicable en la Revista del Tribunal Fiscal de la, ubicable en la Revista del Tribunal Fiscal de la Federación, Tercera Época, Año III, Núm. 33, p. 19, III-TASS-1877, Tesis aislada, septiembre deFederación, Tercera Época, Año III, Núm. 33, p. 19, III-TASS-1877, Tesis aislada, septiembre de 1990, y1990, y ADMINISTRADOR DIRECTIVO DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA. REPRESENTA A LA EMPRESAADMINISTRADOR DIRECTIVO DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA. REPRESENTA A LA EMPRESA COMO PATRÓN Y NO EXISTE OBLIGACIÓN DE AFILIARLO AL INSTITUTO MEXICANO DELCOMO PATRÓN Y NO EXISTE OBLIGACIÓN DE AFILIARLO AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIALSEGURO SOCIAL , mani�esta en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Séptima, mani�esta en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Séptima Época, Volumen 60, Tercera parte, Materias Laboral y Administrativa, Jurisprudencia, RegistroÉpoca, Volumen 60, Tercera parte, Materias Laboral y Administrativa, Jurisprudencia, Registro 238,593238,593 https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-de-sa-sujeto-de-aseguramiento https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-directivo-afiliable-al-imss 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 5/9 colaborador que tiene el cargo de administrador único, tras la realización de una veri�cacióncolaborador que tiene el cargo de administrador único, tras la realización de una veri�cación documental, y en el segundo, la subdelegación hace del conocimiento de un patrón sujeto a undocumental, y en el segundo, la subdelegación hace del conocimiento de un patrón sujeto a un proceso de corrección que omitió a�liarlo.proceso de corrección que omitió a�liarlo. No se considera a�liable al IMSS, y por ende, procede su bajaNo se considera a�liable al IMSS, y por ende, procede su baja La autoridad quiere aplicar su facultad prevista en el numeral 251 fracción XI de la LSS: dar de bajaLa autoridad quiere aplicar su facultad prevista en el numeral 251 fracción XI de la LSS: dar de baja del ROSS a los patrones y asegurados, una vez que veri�có la inexistencia del supuesto dedel ROSS a los patrones y asegurados, una vez que veri�có la inexistencia del supuesto de aseguramiento.aseguramiento. Para tal efecto, de conformidad con el numeral 17, segundo párrafo de la LSS, analiza la informaciónPara tal efecto, de conformidad con el numeral 17, segundo párrafo de la LSS, analiza la información presentada por el empleador al momento de colmar sus deberes a�liatorios correspondientes.presentada por el empleador al momento de colmar sus deberes a�liatorios correspondientes. Si como resultado de esa revisión, presume que no existe una relación subordinada entre el patrón ySi como resultado de esa revisión, presume que no existe una relación subordinada entre el patrón y el trabajador de que se trate; le noti�ca al patrón infractor la improcedencia de la a�liación delel trabajador de que se trate; le noti�ca al patrón infractor la improcedencia de la a�liación del “supuesto” empleado, precisando los argumentos en que basa su dicho.“supuesto” empleado, precisando los argumentos en que basa su dicho. Para el Seguro Social, el administrador único de la empresa, no puede ser sujeto de aseguramiento alPara el Seguro Social, el administrador único de la empresa, no puede ser sujeto de aseguramiento al ROSS, según los artículos 5-A, fracción V y 12, fracción I de la LSS; 20 y 21 de la LFT, porque cuandoROSS, según los artículos 5-A, fracción V y 12, fracción I de la LSS; 20 y 21 de la LFT, porque cuando una persona tiene tal calidad, compone por sí sola, la voluntad de la sociedad y no existe en ningúnuna persona tiene tal calidad, compone por sí sola, la voluntad de la sociedad y no existe en ningún momento el elemento de subordinación.momento el elemento de subordinación. De igual forma, le indica al patrón que obtener las prestaciones y los servicios que el Instituto ofrece,De igual forma, le indica al patrón que obtener las prestaciones y los servicios que el Instituto ofrece, sin tener el carácter de derechohabiente, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, yasin tener el carácter de derechohabiente, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto, es un fraude en términossea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto, es un fraude en términos del precepto 314 de la LSS.del precepto 314 de la LSS. Le otorga al “empleador infractor” cinco días hábiles para que mani�este lo que a su derechoLe otorga al “empleador infractor” cinco días hábiles para que mani�este lo que a su derecho convenga y aporte los elementos que acrediten la subordinación referida en el numeral 12, fracción Iconvenga y aporte los elementos que acrediten la subordinación referida en el numeral 12, fracción I de la LSS; advirtiéndole que, de hacer caso omiso, dará de baja al presunto colaborador, y en su casode la LSS; advirtiéndole que, de hacer caso omiso, dará de baja al presunto colaborador, y en su caso al propio patrón, o a ambos.al propio patrón, o a ambos. El patrón que se ubique en este supuesto, previo a la contestación al Seguro Social, debe veri�car losEl patrón que se ubique en este supuesto, previo a la contestación al Seguro Social, debe veri�car los roles que tiene el administrador único de su empresa, porque con ello se determina si es o no a�liableroles que tiene el administrador único de su empresa, porque con ello se determina si es o no a�liable al IMSS y las acciones a realizar; a saber:al IMSS y las acciones a realizar; a saber: Mezcla deMezcla de rolesroles ¿Es o no sujeto¿Es o no sujeto dede aseguramiento?aseguramiento? Qué debe hacer el patrónQué debe hacer el patrón i i No es sujeto deNo es sujeto de aseguramientoaseguramiento porque suporque su ió l ió 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 6/9 Accionista,Accionista, administradoradministrador único yúnico y representanterepresentante legallegal actuación y relaciónactuación y relación que tiene con laque tiene con la compañía escompañía es meramentemeramente mercantilmercantil ; es decir,; es decir, no tiene ningún lazono tiene ningún lazo laboral con ellaboral con el patrónpatrón Puede dejar de atender el requerimiento del Instituto, para que dePuede dejar de atender el requerimiento del Instituto, para que de inmediato dé de baja al administrador, o presentar el aviso de bajainmediatodé de baja al administrador, o presentar el aviso de baja correspondiente.correspondiente. El patrón puede solicitar al IMSS la devolución de las cuotas pagadasEl patrón puede solicitar al IMSS la devolución de las cuotas pagadas sin justi�cación legal, de acuerdo con los numerales 299 de la LSS ysin justi�cación legal, de acuerdo con los numerales 299 de la LSS y 131 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de131 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de A�liación, Clasi�cación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —A�liación, Clasi�cación de Empresas, Recaudación y Fiscalización — RACERF—, y la tesis de rubro: RACERF—, y la tesis de rubro: DEVOLUCIÓN DE CUOTAS PAGADASDEVOLUCIÓN DE CUOTAS PAGADAS INJUSTIFICADAMENTE.- PROCEDE SI SE DEMUESTRA QUE SEINJUSTIFICADAMENTE.- PROCEDE SI SE DEMUESTRA QUE SE CUBRIERON EN RELACIÓN A UN ADMINISTRADOR ÚNICOCUBRIERON EN RELACIÓN A UN ADMINISTRADOR ÚNICO , localizable, localizable en la Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa,en la Revista del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Segunda Época, Año IV, Núm. 23, p. 637, II-TASS-3304, Tesis aislada,Segunda Época, Año IV, Núm. 23, p. 637, II-TASS-3304, Tesis aislada, noviembre de 1981, la cual precisa que si se demuestra que la personanoviembre de 1981, la cual precisa que si se demuestra que la persona en relación con la cual se cubrieron las cuotas obrero–patronales teníaen relación con la cual se cubrieron las cuotas obrero–patronales tenía el carácter de administrador único, dicho sujeto no puede tener lael carácter de administrador único, dicho sujeto no puede tener la calidad de trabajador, en tanto que la relación subordinada que localidad de trabajador, en tanto que la relación subordinada que lo caracteriza no puede producirse en un solo sujetocaracteriza no puede producirse en un solo sujeto Accionista,Accionista, administradoradministrador único,único, representanterepresentante legal ylegal y director odirector o gerentegerente generalgeneral No es sujetoNo es sujeto a�liable ya que sua�liable ya que su proceder y vínculoproceder y vínculo que tiene con laque tiene con la compañía escompañía es meramentemeramente mercantilmercantil , aun, aun cuando ocupe uncuando ocupe un puesto dentro de lapuesto dentro de la estructura orgánicaestructura orgánica de la empresa.de la empresa. Ello es así, porqueEllo es así, porque no puedeno puede subordinarse a sísubordinarse a sí mismomismo Accionista,Accionista, administradoradministrador único,único, representanterepresentante legal ylegal y director odirector o gerente de ungerente de un áreaárea Si la persona queSi la persona que ocupa el puesto deocupa el puesto de director o gerentedirector o gerente general es diferentegeneral es diferente al administradoral administrador único, este en suúnico, este en su calidad de gerentecalidad de gerente o director de áreao director de área es sujeto dees sujeto de aseguramiento alaseguramiento al IMSSIMSS , pues está, pues está subordinado alsubordinado al director general dedirector general de la compañía, quienla compañía, quien es el trabajador cones el trabajador con más alto rango.más alto rango. Lo recomendableLo recomendable es que la empresaes que la empresa separe los distintossepare los distintos ib El patrón debe presentar al Seguro Social en original y copia un escritoEl patrón debe presentar al Seguro Social en original y copia un escrito libre, en donde señale los roles que tiene el administrador único, asílibre, en donde señale los roles que tiene el administrador único, así como el desglose de los pagos que se le realizan por cada uno de ellos.como el desglose de los pagos que se le realizan por cada uno de ellos. Al escrito debe adjuntarse, original y copia para cotejo de:Al escrito debe adjuntarse, original y copia para cotejo de: estatuto social de la sociedad, en donde aparece el nombramiento delestatuto social de la sociedad, en donde aparece el nombramiento del administrador y honorario que se le cubre por tal carácteradministrador y honorario que se le cubre por tal carácter acuerdo de la asamblea sobre el nombramiento del director o gerenteacuerdo de la asamblea sobre el nombramiento del director o gerente generalgeneral contrato laboral celebrado con el director o gerente de área, en dondecontrato laboral celebrado con el director o gerente de área, en donde se precise el salario y las actividades que realiza como colaboradorse precise el salario y las actividades que realiza como colaborador descripción de puestos correspondientedescripción de puestos correspondiente 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 7/9 especí�caespecí�ca pagos que recibepagos que recibe esta persona poresta persona por sus diferentessus diferentes papeles; de talpapeles; de tal suerte que solo sesuerte que solo se asegure en elasegure en el Instituto con elInstituto con el ingreso que recibeingreso que recibe como trabajadorcomo trabajador (salario)(salario) CFDI de nómina emitidos a nombre del trabajador en el cual conste suCFDI de nómina emitidos a nombre del trabajador en el cual conste su puesto y el salario que percibe, ypuesto y el salario que percibe, y organigrama de la empresa con nombre de las personas que ocupanorganigrama de la empresa con nombre de las personas que ocupan cada puestocada puesto La �nalidad del escrito y la documentación exhibida es acreditar laLa �nalidad del escrito y la documentación exhibida es acreditar la existencia de la relación laboral y evitar que se dé de baja al trabajador,existencia de la relación laboral y evitar que se dé de baja al trabajador, y goce de las prestaciones que ofrece el Instituto y tiene derechoy goce de las prestaciones que ofrece el Instituto y tiene derecho Se considera sujeto de aseguramiento y deben pagarse las cuotasSe considera sujeto de aseguramiento y deben pagarse las cuotas El IMSS pretende ejercer seguir el procedimiento previsto en el artículo 180 del RACERF: El IMSS pretende ejercer seguir el procedimiento previsto en el artículo 180 del RACERF: observar alobservar al patrón objeto de una autocorrección, para que este aclare o en su caso autodetermine las cuotaspatrón objeto de una autocorrección, para que este aclare o en su caso autodetermine las cuotas obrero-patronales correspondientes, a efectos de que se dé por validada la corrección patronalobrero-patronales correspondientes, a efectos de que se dé por validada la corrección patronal.. Por ello, después de estar en contacto con el patrón en su proceso de corrección patronal, y de revisarPor ello, después de estar en contacto con el patrón en su proceso de corrección patronal, y de revisar los resultados y los documentos soporte entregados por el mismo (balanza de comprobación,los resultados y los documentos soporte entregados por el mismo (balanza de comprobación, nóminas, recibos timbrados, auxiliares, facturas, transferencias bancarias, etc.), emite un “o�cio denóminas, recibos timbrados, auxiliares, facturas, transferencias bancarias, etc.), emite un “o�cio de diferencias” en donde precisa que el empleador requiere de varios servicios provenientes de personasdiferencias” en donde precisa que el empleador requiere de varios servicios provenientes de personas físicas, a quienes se les pagó bajo el concepto de “asimilables a salarios”, entre los que destaca unafísicas, a quienes se les pagó bajo el concepto de “asimilables a salarios”, entre los que destaca una persona que según los CFDI emitidos ocupa el puesto de director general, socio y administradorpersona que según los CFDI emitidos ocupa el puesto de director general, socio y administrador único, y por ello, recae en los supuestos previstos en los numerales 20, 21 de la LFT y 12 de la LSS.único, y por ello, recae en los supuestos previstos en los numerales 20, 21 de la LFT y 12 de la LSS. En el mismo o�ciole concede al patrón un lapso de 15 días hábiles para “aclarar” tal situación o pagarEn el mismo o�cio le concede al patrón un lapso de 15 días hábiles para “aclarar” tal situación o pagar las diferencias que procedan.las diferencias que procedan. Aquí le corresponde al corregido manifestar lo que a su derecho convenga y aportar pruebas queAquí le corresponde al corregido manifestar lo que a su derecho convenga y aportar pruebas que acrediten que una parte de los pagos recibidos por asimilables a salarios son por dividendos (acuerdoacrediten que una parte de los pagos recibidos por asimilables a salarios son por dividendos (acuerdo de asamblea donde se decretó la distribución de dividendos), otra por las funciones que realiza comode asamblea donde se decretó la distribución de dividendos), otra por las funciones que realiza como administrador único, según la LGSM (estatuto social en donde se le dio tal carácter), y otra por eladministrador único, según la LGSM (estatuto social en donde se le dio tal carácter), y otra por el desempeño del cargo de director general de la compañía (idealmente el acuerdo de la asambleadesempeño del cargo de director general de la compañía (idealmente el acuerdo de la asamblea donde se le nombró como director de la empresa).donde se le nombró como director de la empresa). Además debe enfatizar por escrito que como el director general depende directamente delAdemás debe enfatizar por escrito que como el director general depende directamente del administrador, y ambas posiciones son ocupadas por una misma persona, no se con�gura laadministrador, y ambas posiciones son ocupadas por una misma persona, no se con�gura la subordinación laboral, elemento básico para ser sujeto de a�liación al ROSS; ya que es evidente lasubordinación laboral, elemento básico para ser sujeto de a�liación al ROSS; ya que es evidente la ausencia del requisito de dirección y dependencia característico en un vínculo laboral. En tal virtud, noausencia del requisito de dirección y dependencia característico en un vínculo laboral. En tal virtud, no se trata de un sujeto de aseguramiento obligatorio del ROSS (art. 12, fracc. I, LSS).se trata de un sujeto de aseguramiento obligatorio del ROSS (art. 12, fracc. I, LSS). 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 8/9 Esto se con�rma en las tesis de rubros:Esto se con�rma en las tesis de rubros: Caso contrario a lo que sucede cuando el administrador único y el gerente general de la compañíaCaso contrario a lo que sucede cuando el administrador único y el gerente general de la compañía son personas distintas, en virtud de que el segundo opera bajo la dirección del primero, lo que implicason personas distintas, en virtud de que el segundo opera bajo la dirección del primero, lo que implica que existe un poder de mando y un deber de obediencia en relación con el trabajo contratado; porque existe un poder de mando y un deber de obediencia en relación con el trabajo contratado; por tanto, el director o gerente general es el colaborador, como ya se mencionó con más alto rango, y estanto, el director o gerente general es el colaborador, como ya se mencionó con más alto rango, y es sujeto de aseguramiento al ROSS, por lo que las personas que dependan de él y le reportan tambiénsujeto de aseguramiento al ROSS, por lo que las personas que dependan de él y le reportan también lo son (arts. 20 y 21, LFT y 12, fracc. I, LSS).lo son (arts. 20 y 21, LFT y 12, fracc. I, LSS). Lo anterior tiene como soporte la jurisprudencia de rubro: Lo anterior tiene como soporte la jurisprudencia de rubro: , publicada en el Semanario, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 18, Tercera parte, p. 169, Materias Laboral yJudicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 18, Tercera parte, p. 169, Materias Laboral y Administrativa, Jurisprudencia, Registro 239,106.Administrativa, Jurisprudencia, Registro 239,106. ConclusiónConclusión Los administradores únicos no son a�liables al Seguro Social cuando realizan únicamente lasLos administradores únicos no son a�liables al Seguro Social cuando realizan únicamente las funciones u obligaciones previstas en la LGSM, ello independientemente de calidad de accionistas ofunciones u obligaciones previstas en la LGSM, ello independientemente de calidad de accionistas o socios que pudiesen tener.socios que pudiesen tener. Esto es así, porque dichas tareas son de naturaleza puramente mercantil, pues tienen como �nalidadEsto es así, porque dichas tareas son de naturaleza puramente mercantil, pues tienen como �nalidad cumplir con el objeto de la misma sociedad.cumplir con el objeto de la misma sociedad. Tampoco son sujetos de aseguramiento en el IMSS, cuando además de ser administradores únicosTampoco son sujetos de aseguramiento en el IMSS, cuando además de ser administradores únicos tienen el carácter de director o gerente general de la compañía en virtud de que no se puedentienen el carácter de director o gerente general de la compañía en virtud de que no se pueden subordinar a sí mismos.subordinar a sí mismos. Caso contrario a lo que sucede cuando el administrador único y el gerente general de la compañíaCaso contrario a lo que sucede cuando el administrador único y el gerente general de la compañía son personas distintas, en virtud de que el segundo opera bajo la dirección del primero, lo que implicason personas distintas, en virtud de que el segundo opera bajo la dirección del primero, lo que implica que este último es un trabajador, y en consecuencia sujeto de aseguramiento al ROSS, así como lasque este último es un trabajador, y en consecuencia sujeto de aseguramiento al ROSS, así como las personas que dependan de él, según el organigrama empresarial (arts. 20 y 21, LFT y 12, fracc. I, LSS).personas que dependan de él, según el organigrama empresarial (arts. 20 y 21, LFT y 12, fracc. I, LSS). GERENTE GENERAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO. NO ES AFILIABLE AL IMSS,GERENTE GENERAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO. NO ES AFILIABLE AL IMSS, localizable en el localizable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Séptima Época, Volumen 36 sexta parte, p. 134,Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Séptima Época, Volumen 36 sexta parte, p. 134, Materia Administrativa, Jurisprudencia, Registro 800,761, yMateria Administrativa, Jurisprudencia, Registro 800,761, y GERENTE GENERAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO. NO ES AFILIABLE AL IMSSGERENTE GENERAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO. NO ES AFILIABLE AL IMSS,, visible en el visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Séptima Época, Volumen 32, Sexta parte, p. 33,Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Séptima Época, Volumen 32, Sexta parte, p. 33, Materia Laboral, Tesis aislada, Registro 256,745Materia Laboral, Tesis aislada, Registro 256,745 GERENTE GENERAL DE SOCIEDADGERENTE GENERAL DE SOCIEDAD ANÓNIMA, PARA DETERMINAR SU AFILIACIÓN AL SEGURO SOCIAL DEBE ATENDERSE A SUANÓNIMA, PARA DETERMINAR SU AFILIACIÓN AL SEGURO SOCIAL DEBE ATENDERSE A SU SITUACIÓN JURÍDICA CONCRETA Y NO SOLO A SU DENOMINACIÓNSITUACIÓN JURÍDICA CONCRETA Y NO SOLO A SU DENOMINACIÓN https://idconline.mx/laboral/2018/02/15/gerente-general-sin-derecho-a-imss https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-con-puesto-de-gerente-general-no-es-sujeto-de-aseguramiento https://idconline.mx/laboral/2018/02/15/nombre-de-puesto-no-determina-afiliacion-al-imss 10/6/2020 ¿Administrador único es afiliable o no al IMSS? | IDC https://idconline.mx/seguridad-social/2020/02/19/administrador-unico-es-afiliable-o-no-al-imss 9/9 © 2020 IDC© 2020 IDC
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