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LA CONTABILIDAD Y LAS EMPRESAS

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LA CONTABILIDAD Y LAS EMPRESAS 
Myriam Salcedo de Vargas 
Universidad Javeriana 
 
 
La contabilidad se ha desarrollado a lo largo de los siglos para registrar 
todas las transacciones y actividades económicas que realizan las 
empresas, entregar cuentas a sus propietarios y presentar informes 
financieros a los interesados, con el fin de que puedan analizar la situación 
financiera de la empresa y controlar y planear su futuro financiero. 
 
Toda actividad económica, empresa o negocio, debe contar con recursos 
que recibe de sus propietarios, socios o accionistas, de sus proveedores, o 
recursos generados por ella misma y por los cuales debe responder ante 
propietarios y proveedores. 
 
Toda empresa o negocio debe contar con un sistema de contabilidad 
organizada, un mecanismo que le permite recolectar, resumir, analizar y 
presentar, periódicamente, en términos monetarios, la información relativa al 
negocio. 
 
En los sistemas contables, es importante separar la contabilidad en dos 
partes: la financiera y la administrativa. Esto quiere decir que los informes 
que se presentan y los objetivos que se persiguen son diferentes. 
 
 
LA CONTABILIDAD FINANCIERA 
 
La contabilidad financiera tiene como objetivo presentar información a 
personas ajenas a la operación y administración de la empresa. Estas 
pueden ser: entidades del gobierno, entidades financieras, futuros 
inversionistas, proveedores y todas aquellas que por alguna razón estén 
interesadas en conocer y analizar dichos estados financieros. 
 
 
LA CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA 
 
La contabilidad administrativa tiene como objetivo presentar información 
interna y detallada a los administradores del negocio, funcionarios y 
directivos, para que les ayude a tomar buenas decisiones a favor de las 
actividades internas del negocio. 
 
 
LA EMPRESA 
 
Se entiende por empresa la actividad económica organizada como una 
unidad para la producción, transformación, circulación, administración o 
custodia de bienes, o para la prestación de servicios, para la cual se debe 
establecer un adecuado control de sus recursos. 
 
La empresa para efectos contables se debe considerar como una persona 
distinta e independiente de sus dueños, capaz de poseer, enajenar y 
comprometerse. 
 
 
CONTABILIDAD 
 
La contabilidad es un sistema de información que clasifica, registra, resume 
y presenta las transacciones de entidades económicas, transacciones de 
dinero o bienes representables en dinero, con el fin de determinar sus 
resultados, interpretarlos y analizarlos, proyectar las finanzas de la empresa 
y controlar la ejecución de sus planes y la veracidad de las operaciones 
realizadas y de su registro. 
 
Es un sistema de información porque recoge la información de todos los 
ámbitos de la empresa, la procesa y la distribuye adentro y fuera de la 
compañía, a todas las personas y entidades interesadas en ella. 
 
Existen muchas definiciones de Contabilidad: 
 
♦ Contabilidad es el arte de recoger, resumir, analizar e interpretar datos 
financiero, para obtener así las informaciones necesarias relacionadas 
con las operaciones de una empresa. 
 
♦ Es el arte de coleccionar, resumir, analizar e interpretar datos financieros 
que nos dan la información necesaria acerca de varias actividades que 
afectan las operaciones de una empresa. 
 
 
IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD 
 
La contabilidad es importante porque: 
 
� Es un sistema que permite registrar las transacciones comerciales, 
aquello que ocurre cuando una empresa (a) vende mercancías, (b) 
compra un edificio, (c) obtiene préstamos, (d) paga a sus empleados 
etc. 
 
� Mantiene en medios magnéticos o manuales toda la historia de la 
empresa 
 
� Es una herramienta de trabajo que permite tener control por centros 
de costos de los materiales, recurso humano y gastos generales. 
 
� Proporciona la información necesaria para presentar a entidades 
estatales y privadas. 
 
� Al final de cada ejercicio contable muestra si la empresa esta dando 
excedentes o pérdidas. 
 
� Proporciona la información necesaria para efectuar análisis 
financieros (endeudamiento, rotación de cartera, capital de trabajo, 
etc.). 
 
 
FUNCIONES DE LA CONTABILIDAD 
 
La contabilidad asume funciones como la teneduría de libros, la cual se 
realiza para todas y cada una de las transacciones que implican 
movimientos de dinero, o de bienes que representan dinero, y son las 
siguientes: 
 
1. Clasificación o codificación. 
2. Registro. 
3. Resumen y presentación de las cuentas que maneja. 
4. Determinación de estados financieros periódicos. 
 
La clasificación o codificación es la más importante de estas funciones y 
consiste en anotar en los documentos que sustentan las transacciones, las 
cuentas que se deben afectar, con sus códigos y cuantías, para que sean 
registradas en la contabilidad. Esta codificación se hace de acuerdo con un 
código o plan contable de la empresa. 
 
Los gobiernos definen un plan único de cuentas por las distintas actividades 
así: comercio, entidades financieras, entidades gubernamentales, sector 
cooperativo, etc., dependiendo de la entidad que las controle. 
 
 
PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD 
 
Se entiende por principios o normas de contabilidad generalmente 
aceptados en Colombia, el conjunto de conceptos básicos y de reglas que 
deben ser observados al registrar e informar contablemente, sobre 
convenios y actividades de personas naturales o jurídicas. 
 
Las normas o principios de contabilidad evolucionan por factores definidos 
en las prácticas comerciales o por reglamentaciones del Gobierno Nacional. 
 
Los principios básicos y los conceptos contables son el producto de la 
experiencia, la observación de las formas como se conducen las empresas y 
sus negocios, y la atención que se le da al registro de las operaciones. 
A continuación enunciamos algunos conceptos y principios de aceptación 
general en la contabilidad. Estos enunciados indican la importancia, utilidad 
y confiabilidad de la información contable; sirven, además, para definir las 
limitaciones propias de los Estados Financieros. 
 
♦ ENTE CONTABLE 
 
 El ente contable lo constituye el comerciante como sujeto que 
desarrolla la actividad económica, sea persona natural o jurídica. La 
empresa desarrolla su actividad económica, por medio de bienes y 
servicios, originando así operaciones que deben ser registradas e 
informadas. 
 
♦ LA CONTINUIDAD DEL ENTE CONTABLE 
 
 Las normas de contabilidad generalmente aceptadas presuponen la 
continuidad indefinida de las operaciones del negocio. En caso de que el 
ente económico vaya a suspender actividades, la información contable 
deberá expresarlo así. 
 
♦ CUALIDADES DE LA INFORMACION CONTABLE 
 
 Los comerciantes deben conformar su contabilidad y estados financieros 
de tal manera que la información contable sea confiable, útil, 
comprensible, íntegra, objetiva, lógica, oportuna, razonable y verificable. 
 
♦ VALUACION AL COSTO Y OBJETIVIDAD 
 
 Los hechos económicos que el proceso cuantifica deben ser cuantificados 
 en términos de la unidad de medida. Con sujeción a las normas técnicas, 
 son criterios de medición aceptables, el valor histórico, el valor actual o 
 de reposición, el valor de realización y el valor presente. 
 
♦ PRUDENCIA 
 
 Sin perjuicio de la norma sobre causación, los ingresos y las ganancias no 
 se deben anticipar, ni sobrestimar, ni subestimar. Los costos y gastos con 
 tabilizados deben corresponder al período contable. 
 
♦ UNIFORMIDAD 
 
 Las normas de contabilidad deben ser uniformemente aplicadas de un 
período a otro. Las prácticas contables deben aplicarse en forma 
constante y, a través del tiempo, utilizar métodos unificados que 
mantengan o muestren resultados consistentes. 
 
♦ EQUIDAD 
 
 La contabilidad y la información contable deben basarse en la equidad, de 
suerte que el registro de los hechos económicos y la información sobre 
los mismos han de fundarse en la igualdad y la justiciapara todos los 
sectores, sin favorecer a ningún ente en particular. 
 
♦ LA EXPRESION MONETARIA DE CUENTAS 
 
 Los valores de las partidas del balance deben expresarse en unidades 
monetarias. La práctica consiste en elegir la moneda de cada país; para el 
caso nuestro es el peso ($) colombiano. 
 
 
 LIMITACIONES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 
 
 Los estados financieros tienen la apariencia de ser algo completo, definitivo 
y exacto. Sin embargo, presentan complejidades, restricciones y 
limitaciones tales como las siguientes, entre otras: 
 
♦ En esencia son informes provisionales, ya que la ganancia o pérdida real 
de un negocio sólo puede determinarse cuando se vende o se liquida. 
Por consiguiente no pueden ser definitivos. 
 
♦ Los estados financieros representan el trabajo de varias partes de la 
empresa, con diferentes intereses. La gerencia, el contador, la auditoria, 
etc. Además incluyen una alta dosis de criterio personal en la valuación y 
presentación de ciertos rubros. 
 
♦ En una economía inflacionaria, la contabilización de activos y pasivos por 
su cuantía original, no permite establecer, en un momento determinado, el 
valor y la situación real de la empresa. 
 
♦ Los estados financieros se preparan para grupos muy diferentes entre sí 
como pueden ser: la administración, los accionistas, las bolsas de valores 
etc. Esto implica necesariamente ciertas restricciones y ajustes en su 
presentación, para cada caso. 
 
♦ Los estados financieros no pueden reflejar ciertos factores que afectan la 
situación financiera y los resultados de las operaciones, pero los cuales 
no pueden expresarse monetariamente, como serían los compromisos de 
ventas, la eficiencia de los directivos, la lealtad de los empleados, etc. 
 
 
CICLO CONTABLE 
 
Las operaciones diarias de toda la empresa modifican el valor o la 
composición del activo, pasivo y del patrimonio; es así como en un 
determinado período, que constituye el ciclo contable, se debe registrar la 
operación de manera que nos conduzca a la elaboración de los estados 
financieros. 
 
Los pasos a seguir en un ciclo contable son: 
 
� Diariamente se hacen operaciones, convenios o transacciones 
comerciales de muchas clases. 
 
� Las operaciones de cada día se registran en el comprobante de diario 
 
� El comprobante de diario se registra en el libro diario columnario. 
 
� La información del libro diario se traslada al libro mayor y balances. 
 
� Se prepara una hoja de trabajo de varias columnas para verificar los 
saldos del mayor, luego se prepara el balance de comprobación, en 
las dos primeras columnas de la hoja de trabajo. 
 
� Se ajusta la información obtenida en el balance de comprobación y se 
utiliza para conciliar los saldos de las cuentas. 
 
� Se utiliza la información ajustada resultante de la hoja de trabajo para 
preparar el balance y el estado de resultados. 
 
 FLUJO DE INFORMACION PROPORCIONADA POR LA CONTABILIDAD 
 
 
 
 
 
 LA ECUACION CONTABLE 
 
Proceso 
Contable 
Estados Financieros 
Básicos 
Administración 
 De Impuestos 
Informes 
Gerenciale
Informes 
Especial
Planeación, 
Control, 
Toma de 
Decisiones 
Hechos 
Económicos 
Estudios 
Económico
Acreedores Público en 
General 
Entidades 
Crediticias 
Accionistas 
 La contabilidad basa sus registros en una ecuación matemática que 
representa la posición financiera del negocio. En el lado izquierdo de la 
ecuación figuran los recursos o propiedades que posee la empresa, y en el 
derecho, las participaciones constituidas por los acreedores, proveedores y 
propietarios del negocio. Debe existir, en consecuencia, un permanente 
equilibrio entre las propiedades y los derechos de propietarios y terceros. 
 
 La ecuación contable se puede expresar de la siguiente manera: 
 
 PROPIEDADES 
 Bienes poseídos 
 PARTICIPACIONES 
 Acreedores y propietarios 
 
 
Esta expresión matemática, conocida como ecuación contable, señala que 
todos los bienes de propiedad de la empresa provienen de dos fuentes: las 
personas naturales o jurídicas que otorgan crédito al negocio, u los 
propietarios que aportan capital. Los recursos o propiedades que tiene la 
organización para cumplir con sus operaciones se denominan activos. Sus 
obligaciones con terceros se definen como pasivos, y el derecho de los 
propietarios en los activos se define como patrimonio. Las definiciones 
anteriores se pueden expresar mediante la siguiente ecuación: 
 
ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO 
 
O a través del siguiente esquema: 
 
 
 
ACTIVO 
PASIVO 
 
PATRIMONIO 
 
 
 
 
 ACTIVOS 
 
 Los activos son todas las cosas de valores tangibles o intangibles, que son 
propiedad de la empresa y que se pueden representar en dinero. Los activos 
los recibe la empresa de sus propietarios, de sus acreedores, o son ganados 
por la misma, cuando cambia activos de menor valor por otros de mayor valor, 
este último es la base de las utilidades de la empresa. 
 
 Para una empresa en el momento de la fundación los activos tienen un 
valor igual al del capital aportado (patrimonio) veamos: 
 
 
 
 
 PASIVOS 
 
 Para obtener nuevos activos se puede recurrir a: comprar o cambiar por 
otros activos de la empresa, recibir un nuevo aporte de capital o asumir una 
deuda con la persona o empresa que entrega el activo a la empresa. En este 
último caso surge una nueva responsabilidad con dicha persona, a quien 
llamamos acreedor. 
 
 La contabilidad llama pasivos a las obligaciones que la empresa tiene con 
sus acreedores, porque de ellos ha recibido un bien o un servicio que aún no 
ha pagado. El activo respalda los intereses de los propietarios (propiedad y 
capital), más los de los acreedores (pasivo). Lo anterior se ve en la siguiente 
ecuación: 
 
 
 Esto es lo que se denomina ecuación fundamental de la contabilidad, y se 
denomina asi porque sirve de base para el desarrollo de todo el mecanismo 
contable. La ecuación expresa que la suma del valor de los activos del 
negocio será siempre igual a la suma de los intereses de los acreedores y 
propietarios que tengan sobre esos activos. En su principio de igualdad 
descansa toda la lógica contable. 
 
 
 PATRIMONIO 
 
 El interés de la propiedad es de carácter permanente, en cuanto señala una 
vinculación con la empresa que durará mientras ésta exista. Otra 
característica de la propiedad es que asume todos los riesgos del negocio, 
absorbe los aumentos en el patrimonio por concepto de utilidades obtenidas y 
no distribuidas, así como las disminuciones por concepto de pérdidas de 
cualquier clase. Esta característica le imprime a la propiedad “capital” la 
condición de ser residual, condición que se identifica en la siguiente forma de 
la ecuación: 
 
 
ACTIVOS = CAPITAL 
ACTIVO = PASIVO + CAPITAL 
 
 
Esto significa que el valor de la propiedad o capital es siempre igual al monto 
en que el valor total del activo excede al valor del pasivo. Los aportes de 
capital pueden haber aumentado por las utilidades o disminuido por las 
pérdidas resultantes de la operación de la empresa. 
 
Para una mejor comprensión del manejo de la ecuación contable, suponga 
que la compañía Luna Ltda., realizó las siguientes transacciones durante el 
mes de enero del presente año: 
Enero 3. Constitución de la sociedad con dos socios, cada uno aporta 
$100.000 en efectivo. El efecto de la transacción en la ecuación contable es: 
 
 
 
Enero 4. Compra de un terreno por $ 80.000 en efectivo $ 20.000 y el saldo 
de $ 60.000 a través de un préstamo bancario. 
 
 
 
ACTIVO - PASIVO = CAPITAL 
Aumenta un activo: Caja 
Aumenta patrimonio: Aportes sociales 
No afecta el pasivo 
Activo = Pasivo + Patrimonio 
 
200.000 = 0 + 200.000 
Aumenta un activo: Terrenos 
Disminuye un activo: Caja 
Aumenta un pasivo: Obligaciones financieras-BancosNacionales 
No afecta el patrimonio 
Activo = Pasivo + Patrimonio 
 
260.000 = 60.000 + 200.000 
NORMAS SOBRE REGISTROS Y LIBROS 
 
Los hechos económicos se deben documentar mediante soportes, los cuales 
pueden ser de origen interno o externo, y deben estar debidamente 
fechados, autorizados y con todos los requisitos exigidos por el Estado, se 
deben conservar archivados en orden cronológico y utilizarse para registrar 
las operaciones en los libros auxiliares. 
 
En los libros se debe registrar el número y la fecha de los comprobantes de 
contabilidad que sirven de respaldo, se deben elaborar previamente al 
registro de la operación y prepararse con base en los soportes; deben tener 
un número consecutivo, el nombre de la persona encargada de su 
elaboración y la autorización; origen, descripción, valor de las operaciones y 
cuentas afectadas por el asiento contable. La periodicidad en la elaboración 
de los resúmenes de los comprobantes de contabilidad debe ser por lo 
menos mensual, los comprobantes de contabilidad deben corresponder 
completamente a los asientos en los libros auxiliares y en el libro de registro 
cronológico de las operaciones. 
 
Los libros en los cuales se registran los comprobantes constituyen la base 
para la elaboración de los estados financieros. Para que un libro sirva de 
prueba debe registrarse, antes de ser diligenciado ante la cámara de 
comercio del lugar del domicilio principal del ente económico, sitio en donde 
se debe exhibir normalmente. Los libros auxiliares no requieren registro. 
 
Para llevar los libros se aceptan como procedimiento de reconocido valor 
técnico contable los medios manuales y el registro de operaciones en forma 
mecanizada o electrónica, con base en la utilización de computadores, la 
empresa debe conservar los medios necesarios para consultar y reproducir 
los asientos contables. 
 
Los libros de contabilidad se deben llevar con base en las normas legales, la 
naturaleza de la empresa y la de sus operaciones. Los libros deben permitir 
asentar las operaciones del ente económico en orden cronológico y en forma 
individual, o por resúmenes que no excedan del mes; establecer el resumen 
mensual de las operaciones para cada cuenta, donde aparezcan sus 
movimientos débito y crédito; determinar la propiedad del ente económico, el 
movimiento de los aportes de capital y cualquier restricción sobre éstos; 
dejar constancia de las decisiones tomadas por las instancias encargadas de 
la dirección, administración y control de la empresa. 
 
En los libros no está permitido alterar en los asientos el orden o la fecha de 
las operaciones, efectuar correcciones o raspaduras en los asientos, borrar o 
tachar parcial o totalmente los asientos, arrancar hojas, mutilar los libros, 
alterar el orden de las hojas, escribir entre líneas, dejar espacios que 
propicien intercalaciones o adiciones al texto de los asientos o a 
continuación de los mismos. Aunque los libros auxiliares no requieren 
registro, pueden constituirse en un medio de prueba siempre y cuando no 
se haya incurrido en las prohibiciones anteriormente señaladas. 
 
 
 
LOS ESTADOS FINANCIEROS 
 
Son informes preparados periódicamente, cuya responsabilidad recae en los 
administradores del ente económico, y tienen como objetivo suministrar 
información financiera a todos aquellos usuarios interesados en conocer los 
resultados operacionales y la situación económica de la organización. 
 
De acuerdo con el tipo de usuarios para quienes se preparen los estados 
financieros y de los objetivos que genere su presentación, éstos se clasifican 
en estados financieros de propósito general y estados financieros de 
propósito especial. 
 
 
ESTADOS FINANCIEROS DE PROPOSITO GENERAL 
 
Estos se preparan periódicamente para usuarios indeterminados, satisfacen 
el interés común del público en evaluar los logros financieros del ente 
económico, y su capacidad para generar flujos favorables de fondos; se 
caracterizan por su concisión, claridad, neutralidad y fácil consulta. 
 
Los estados financieros de propósito general son de dos tipos: estados 
financieros básicos y estados financieros consolidados. Los básicos son los 
siguientes: 
 
♦ Balance general 
♦ Estado de resultados 
♦ Estado de cambios en el patrimonio 
♦ Estado de cambios en la situación financiera 
♦ Estado de flujos de efectivo. 
 
Los estados financieros de propósito general se deben preparar y presentar 
en forma comparativa con los del período inmediatamente anterior. 
 
 
ESTADOS FINANCIEROS DE PROPOSITO ESPECIAL 
 
Estos estados financieros se preparan para satisfacer necesidades 
específicas de ciertos usuarios de la información financiera del ente 
económico. Sus características básicas son la circulación limitada y el grado 
de detalle que presentan ciertas partidas, el cual depende de las exigencias 
del interesado. 
 
Los principales estados financieros de propósito especial son los sigientes: 
♦ Balance inicial 
♦ Estados financieros de periodos intermedios 
♦ Estados de costos 
♦ Estado de inventario 
♦ Estados financieros extraordinarios 
♦ Estados de liquidación 
♦ Estados financieros comparativos 
♦ Estados financieros certificados y dictaminados. 
 
 
 
EL BALANCE GENERAL 
 
Presenta la situación financiera del ente económico a una fecha 
determinada. Debe elaborarse por lo menos una vez al año, al cierre de 
cada período contable, pero para usos administrativos y por requerimientos 
legales se suele preparar para períodos más cortos: mensual, trimestral o 
semestral. 
 
El balance general cumple con dos propósitos fundamentales: ofrecer 
información a usuarios externos de la organización, quienes sin tener acceso 
a sus registros contables se interesan en conocer su situación financiera, y 
como fuente de información a gerentes y demás ejecutivos para la toma de 
decisiones financieras. 
 
El siguiente es el esquema más utilizado para la elaboración y análisis del 
balance general: 
 
ACTIVO 
1. Activos corrientes 
2. Activos no corrientes 
3. Otros activos 
 
PASIVO 
1. Pasivos corrientes 
2. Pasivos no corrientes 
3. Otros pasivos 
 
PATRIMONIO 
1. Propiedad individual o propiedad social 
2. Superávit de capital 
3. Reservas 
4. Superávit por valorizaciones 
5. Revalorización del patrimonio 
6. Utilidades del ejercicio y acumuladas. 
 
 
 
ESTADO DE RESULTADOS 
 
El estado de resultados es una de las herramientas financieras más 
importantes para evaluar la gestión económica de una organización, así 
como una importante guía en el proceso de toma de decisiones gerenciales. 
 
El estado de resultados resume las transacciones correspondientes a los 
ingresos generados por el ente económico, así como los costos y gastos 
incurridos a lo largo de un periodo contable. De la diferencia entre los dos 
conceptos anteriores se obtiene la utilidad o pérdida lograda por la empresa 
durante el periodo. 
 
Los ingresos y gastos se deben reconocer de forma tal que se logre su 
adecuada asociación, que permita obtener el justo cómputo del resultado 
neto del ejercicio. Los ingresos se deben reconocer y por tanto, presentar en 
el estado de resultados, cuando se hayan devengado y convertido, mientras 
que los gastos cuando se hayan causado. 
 
Un esquema teórico del estado de resultados de una empresa comercial o 
mercantil será: 
 
Ventas Netas {Ventas brutas – Devoluciones y descuentos en ventas} 
 
(-) Costo de ventas {Inventario Inicial + compras netas – inventario final} 
 
____________________ 
= Utilidad bruta 
 
(-) Gastos de Operación {Gastos de administración y Gastos de ventas} 
_____________________ 
= Utilidad Operacional 
 
+ Otros ingresos 
 
(-) Otros egresos {Gastos financieros} 
_____________________ 
= Utilidad antes de Impuestos 
 
(-) Imporrenta estimado 
______________________ 
= Utilidad neta 
====================== 
 
 
En el sector de la construcción los estados financieros deben revelar: 
 
1. Elcosto de la obra de construcción en proceso. 
2. El efectivo recibido y por recibir como pagos progresivos, anticipos y 
retenciones a cuenta de contratos incluidos en el trabajo de 
construcción en proceso. 
3. El monto por recibir por contratos a base de costos mas honorarios 
correspondientes a cada obra y a cada contrato. 
4. En construcción siempre se deben tener claros los conceptos de 
avance y de contrato terminado. 
 
 
COSTOS DE OBRA 
 
Esta actividad económica requiere de mucho control y para el registro 
contable es necesario que la fuente de información sea precisa, completa y 
oportuna. Deben existir controles previos y controles durante el desarrollo 
del proyecto. 
 
El control previo tiene que ver con: 
 
1. La determinación de la modalidad de contrato 
2. El conocimiento en el departamento contable del tipo de proyecto a 
desarrollar. 
3. El diseño de la papelería y documentación a utilizar 
4. El sistema contable a utilizar. 
5. la estructura del flujograma que se requiere. 
6. Las personas que van a desempeñar los diferentes cargos, las 
funciones y responsabilidades asignadas. 
7. Los diferentes reportes que se deben preparar y requisitos de la 
información. 
8. Los diferentes contratos que se firmen con subcontratistas. 
9. Los diferentes anticipos que se pacten. 
10. Responsabilidades en materia de impuestos y declaraciones 
tributarias. 
 
Los sistemas de control aplicados durante el desarrollo del proyecto están 
relacionados con: 
 
1. Compra y adquisición de materiales. 
2. Uso y utilización de materiales. 
3. Necesidad y consecución de equipos 
4. Etapas del proyecto que se esta desarrollando. 
5. Contratación y liquidación de personal 
6. Registro diario del Inventario ( entradas y salidas) 
7. Recibo y entrada de materiales al almacén. 
8. Cancelación y aplicación de anticipos, tanto recibidos como 
cancelados. 
9. Causación, liquidación, presentación y cancelación de declaraciones 
tributarias. 
10. Aprovechamiento de descuentos por pronto pago. 
11. Calidad y cantidad de materiales comprados con sello de recibidos. 
12. Control de utilización de herramientas y equipos. 
13. Con los equipos alquilados, la fecha de recibo y devolución para evitar 
costos de arrendamiento de equipos por tiempo ocioso. 
14. Las diferentes conciliaciones que se deben hacer de registros 
contables con presupuestos. 
 
El costo de obra esta constituido por: 
Mano de obra, materiales, alquiler de equipos, fletes, costos de 
nacionalización, imprevistos, desperdicios y honorarios por los diferentes 
conceptos, interventoría, programación, control y gerencia del proyecto. 
 
El valor de los terrenos destinados a la construcción deja de integrar un 
rubro de propiedad planta y equipo porque pasa a formar parte de los costos 
del proyecto. 
 
 
LAS CUENTAS DE ORDEN 
 
Agrupan las cuentas que reflejan hechos o circunstancias de los cuales se 
pueden generar derechos afectando la estructura financiera del ente 
económico. Igualmente se incluyen aquellas cuentas de registro utilizadas 
para efectos de control interno de activos, información gerencial o control de 
futuras situaciones financieras, así como para conciliar las diferencias entre 
los registros contables de los activos y de las declaraciones tributarias. 
 
Para las empresas constructoras las cuentas de orden comprenden el 
registro de los compromisos o contratos de los cuales se pueden derivar 
derechos: 
 
1. Registra el valor de los bienes de propiedad del ente económico 
entregados a terceros para custodia y que por consiguiente siguen 
siendo parte de sus activos. 
 
2. Registra el importe de los bienes inmuebles, valores mobiliarios y 
otros bienes muebles que siendo parte de sus activos, son 
entregados por el ente económico a terceros, en garantía de 
créditos obtenidos, o por otras obligaciones contraídas. 
 
3. Registra el valor por el cual el ente económico ha suscrito promesas 
de compraventa. 
 
4. Registra los compromisos o contratos de los cuales se pueden 
derivar derechos a favor del ente económico por conceptos 
diferentes a los especificados en los puntos anteriores. 
 
 
5. Registra el valor de las líneas de crédito individuales contraídas por 
el ente económico, en instituciones financieras del país bajo las 
diferentes modalidades de crédito. El saldo corresponde a la porción 
no utilizada del crédito obtenido. 
 
6. Registro del valor de bienes inmuebles que han sido recibidos en 
garantía de operaciones efectuadas por el ente económico. 
 
7. Registra el valor por el cual el ente económico ha suscrito promesas 
de compraventa de bienes que promete comprar. 
 
8. Registra el valor de las obligaciones, que se derivan en desarrollo de 
contratos de construcción suscritos bajo la modalidad de 
administración delegada. 
 
 
TIPOS DE PROYECTOS DE CONSTRUCCION 
 
Proyectos desarrollados con recursos propios: Cuando se construye con 
recursos propios los pasivos que se pueden presentar es con proveedores y 
son pasivos corrientes es decir a corto plazo. 
 
Proyectos vendidos sobre planos: Son proyectos que se desarrollan con 
recursos de los futuros propietarios. Se firman promesas de compraventa 
que se deben reflejar en cuentas de orden, y reflejar el pasivo con los futuros 
propietarios. 
 
Proyectos desarrollados con financiación: Cuando la entidad financiera 
asigna el cupo para el desarrollo del proyecto dicho cupo se debe 
contabilizar en cuentas de orden así: 
832005 Créditos a favor no utilizados – del país 
 
 
CUENTAS DE ORDEN INDISPENSABLES EN EL RAMO DE LA 
CONSTRUCCION 
 
8110 Bienes y valores entregados en garantía 
 811015 Bienes Inmuebles 
 
En estas cuentas se deben registrar los bienes inmuebles hipotecados como 
garantía para los créditos de financiación. 
 
8125 Promesas de compraventa 
812501 Cuentas auxiliares que se manejan de acuerdo con la necesidad 
 del ente económico. 
 
En estas cuentas se deben registrar las promesas de compraventa firmadas 
por los posibles compradores de las construcciones que están terminadas o 
que se están ejecutando. 
 
8195 Cuentas de orden diversas 
 819595 Otras cuentas de orden 
 
En esta cuenta se debe registrar el costo presupuestado de un proyecto. 
 
86 Cuentas deudoras de control por el contrario ( Cr) 
860101-99 Cuentas auxiliares que se manejan de acuerdo con las 
 necesidades del ente económico. 
 
9115 Bienes y valores recibidos de terceros 
 911525 Inmuebles recibidos en comodato 
9125 Promesas de compraventa 
 
Se registra el valor por el cual el ente económico ha suscrito promesas de 
compraventa de bienes que promete comprar 
 
9130 Contratos de administración delegada 
9135 Cuentas en participación 
 
Registra el valor de las obligaciones que se derivan en desarrollo de 
contratos de construcción suscritos bajo la modalidad de Administración 
delegada. 
 
9395 Otras cuentas de orden acreedoras del control 
939515 Contratos de construcciones e instalaciones por ejecutar 
96 Acreedoras de control por el contrario 
8110 Bienes y valores entregados en garantía 
 
Se registran por el importe de los bienes entregados en garantía. 
 
 
RECONOCIMIENTO DE INGRESOS 
 
Un ingreso se entiende realizado y por tanto, debe ser reconocido en las 
cuentas de resultados, cuando se ha devengado y convertido o sea 
razonablemente convertible en efectivo. Devengar significa que se ha hecho 
lo necesario para hacerse acreedor al ingreso. 
 
RECONOCIMIENTO DE INGRESOS POR LA VENTA DE BIENES 
 
Para que pueda reconocerse en las cuentas de resultados un ingreso 
generado por la venta de bienes se requiere que: 
 
1. La venta constituye una operación de intercambio definitivo. 
2. El vendedor haya transferido al comprador los riesgos y beneficios 
esencialmente identificados con la propiedad y posesión del bien, y no 
retenga facultades de administración o restricción del uso o 
aprovechamiento del mismo. 
 
3. No exista incertidumbresobe el valor de la contraprestación originada 
en la venta y que se conozca y registre el costo que ha de implicar la 
venta para el vendedor. 
 
4. Se constituye una adecuada provisión para los costos o recargos que 
deba sufragar el vendedor a fin de recaudar el valor de la venta, con 
base en estimaciones definidas y razonables. 
 
5. Se constituye una adecuada provisión para las probables 
devoluciones o reclamos de garantías, con base en pronósticos 
definidos y razonables. 
 
6. Si el recaudo del valor de la venta es incierto y no es posible estimar 
razonablemente las pérdidas en cobro, la utilidad bruta 
correspondiente se difiere para reconocerla como ingreso en la 
medida en que se recauden los instalamentos respectivos. 
 
 
 
OTRAS CUENTAS DEL ACTIVO 
 
1330 ANTICIPOS Y AVANCES 
133010 A CONTRATISTAS 
 
 Se registra el valor de los adelantos o anticipos en efectivo que efectúa el 
ente económico a personas naturales o jurídicas, con el fin de recibir 
beneficios o contraprestación futura, de acuerdo con las condiciones 
pactadas. 
 
En esta cuenta se pueden realizar débitos por: 
 
1. Los valores girados por el ente económico para la compra de bienes y 
Servicios o trabajos a realizar según las estipulaciones en los 
contratos de obra. 
 
2. Por el valor de los elementos de almacén entregados para la 
 ejecución de obras. 
 
En esta cuenta se pueden realizar créditos por: 
 
1. Por los valores de las facturas, cuentas de cobro o actas de entrega 
 parciales o totales que presentan beneficios de los anticipos y avances de 
 acuerdo con los contratos o convenios establecidos. 
2. Por los valores no utilizados reintegrados directamente por los 
 beneficiarios al ente económico. 
 
3. Por la reclasificación a cuentas del pasivo, de los saldos a favor de los 
 beneficiarios a la fecha de cierre. 
 
4. Por el valor de los elementos de almacén devueltos según las entradas 
 de almacén. 
 
 
1350 RETENCION SOBRE CONTRATOS 
135005 DE CONSTRUCCION 
 
Registra El valor de los descuentos efectuados por otro ente económico 
sobre los pagos parciales o sobre las cuentas de cobro para garantizar el 
pago de salarios, de prestaciones sociales, la estabilidad de la obra, 
garantías y otras obligaciones producto de la relación contractual. 
Se debita por: los valores deducidos al contratista por el contratante. 
Se acredita por: los valores recibidos del contratante por conceptos de 
cancelación de retenciones sobre contratos. 
 
 
14 INVENTARIOS 
1415 OBRAS DE CONSTRUCCION EN CURSO 
1417 OBRAS DE URBANISMO 
1420 CONTRATOS EN EJECUCION 
1440 BIENES RAICES PARA LA VENTA 
1450 TERRENOS 
1455 MATERIALES, REPUESTOS Y ASESORIOS 
1465 INVENTARIOS EN TRANSITO 
1499 PROVISIONES 
 
1415 Obras de construcción en curso: registra los diferentes componentes 
del costo como son: materiales directos, mano de obra directa, costos 
indirectos de construcción incurridos para el desarrollo de cada obra, de 
cada proyecto, o de cada frente de trabajo, hasta su traslado a la cuenta 
1440 Bienes raíces para la venta. También registra los componentes del 
costo de las obras en ejecución de propiedad del ente económico, que 
contrate bajo la modalidad de administración delegada. 
 
1417 Obras de urbanismo: registra el valor de los elementos básicos 
adquiridos a nivel nacional o internacional, para la realización de un proyecto 
de Urbanismo. El costo lo constituirá el monto total del valor del proyecto 
más los cargos incurridos hasta terminar el proyecto. Constituyen Obras de 
Urbanismo, todas aquellas que conforman una infraestructura para la 
prestación de servicios públicos, acueducto, energía, alcantarillado, etc. 
 
1420 Contratos en ejecución: en esta cuenta se registran los diferentes 
componentes del costo tales como: materiales, mano de obra y demás 
costos en que incurre el contratista para ejecutar los contratos, así como los 
costos de construcciones diferentes a bienes raíces para la venta, en cuyo 
caso se registran a la cuenta 1415 obras de construcción en curso. 
 
1440 Bienes raíces para la venta: en esta cuenta se registran el valor de los 
terrenos y construcciones que tienen los entes económicos totalmente 
adecuados y terminados y se encuentran disponibles para la venta tales 
como terrenos, casas, apartamentos, bodegas, locales, edificios, oficinas, 
parqueaderos, garajes y bóvedas. El costo del terreno se deberá registrar 
por separado del costo de la respectiva construcción. 
 
Esta cuenta es de uso exclusivo del ente económico dedicado a las 
actividades de construcción y/o venta de bienes raíces. En esta cuenta se 
registran los bienes que se adquieren directamente para la venta. Los bienes 
que conforman las unidades de un proyecto de construcción y que van 
quedando terminadas en un 100%, y que por lo tanto están listas para la 
venta. 
 
1455 Materiales, repuestos y accesorios: se registra el valor de los 
materiales que han sido adquiridos por el ente económico para consumir en 
el desarrollo de los proyectos, prestación de servicios y en todas y cada una 
de las actividades que desarrolle en su normal funcionamiento. 
 
Comprende elementos tales como: repuestos para maquinaria y equipo, 
materiales y accesorios que se han adquirido y no tienen una aplicación 
específica en una obra; se utiliza cuando se compran lotes de materiales 
para ganar precios. 
 
 
 
CUENTAS DEL PASIVO 
 
2125 CORPORACIONES DE AHORRO Y 
VIVIENDA 
2320 CUENTAS POR PAGAR A CONTRATISTAS 
2805 ANTICIPOS Y AVANCES RECIBIDOS 
 
 
2125 Corporaciones de Ahorro y vivienda: esta cuenta registra el monto del 
capital de las obligaciones contraídas por el ente económico con la 
Corporación de Ahorro y vivienda. Esta cuenta se debe iniciar con el valor 
del primer desembolso o avance que haga la corporación y se debe hacer la 
aplicación correspondiente en la cuenta de orden para reflejar en forma 
permanente el saldo disponible del crédito aprobado. 
 
2320 Cuentas por pagar a contratistas: esta cuenta registra el valor 
adeudado a terceros por el ente económico, originados por la realización de 
obras de acuerdo con los diferentes contratos. 
 
2805 Anticipos y avances recibidos: registra las sumas de dinero recibidas 
por el ente económico de clientes como anticipos o avances originados en 
ventas, fondos para proyectos específicos, cumplimiento de contratos, 
convenios y acuerdos debidamente legalizados, que han de ser aplicados 
con la facturación o cuenta de cobro respectiva. 
 
 
CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS 
 
4130 CONSTRUCCION 
413005 PREPARACION DE TERRENOS 
413010 CONSTRUCCION DE EDIFICIOS Y OBRAS DE 
 INGENIERIA CIVIL 
413015 ACONDICIONAMIENTO DE EDIFICIOS 
413020 TERMINACION DE EDIFICACIONES 
413025 ALQUILER DE EQUIPOS CON OPERARIOS 
413095 ACTIVIDADES CONEXAS 
 
Este grupo de cuentas representa los beneficios operativos y financieros que 
percibe el ente económico en el desarrollo del giro normal de su actividad 
comercial en un ejercicio determinado, es decir, el valor de los ingresos 
obtenidos en la construcción y venta de bienes inmuebles y en la prestación 
de servicios relacionados con la actividad de la construcción. 
 
6130 CONSTRUCCION 
613005 PREPARACION DE TERRENOS 
613010 CONSTRUCCION DE EDIFICIOS Y OBRAS DE 
 INGENIERIA CIVIL 
613015 ACONDICIONAMIENTO DE EDIFICIOS 
613020 TERMINACION DE EDIFICACIONES 
613025 ALQUILER DE EQUIPOS CON OPERARIOS 
613095 ACTIVIDADES CONEXAS 
 
En estas cuentas se registra el valor de los costos incurridos por el ente 
económico en las actividades de: adquisición, construcción y venta de 
bienes raíces que corresponden a unidades vendidas durante el ejercicio 
gravable, y por el costo de los predios y construcciones vendidas (recibe la 
1440 de inventarios). 
 
Lacuenta de costos agrupa las diferentes cuentas que representan la 
acumulación de los costos directos e indirectos necesarios en la elaboración 
de productos, proyectos y/o la prestación de servicios vendidos, de acuerdo 
con la actividad social desarrollada por el ente económico en un período 
determinado. 
LOS COSTOS EN LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION 
 
 
La contabilidad de costos es la clave en las actividades de planeación y 
control, se ocupa de la acumulación y análisis de la información para uso 
interno por parte de la administración en la planeación, control y toma de 
decisiones. 
 
Tipos de costos: 
Una obra de construcción es un proceso productivo durante el cual se 
colocan, ensamblan o transforman materiales u otros productos terminados 
hasta obtener un producto, edificio u obra civil, previamente definidos en 
planos, con especificaciones determinadas. 
 
 Integración del costo en construcción: 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Costos Directos: 
Es la suma de materiales, mano de obra y equipo necesario para la 
realización de un proceso productivo. 
 
Costo Directo Preliminar: 
Es la suma de gastos de material, mano de obra y equipo necesario para la 
realización de un subproducto. 
 
Costo Directo Final: 
Es la suma de gastos de material, mano de obra, equipo y subproductos 
para la realización de un producto. 
 
Costo Indirecto: 
Es la suma de gastos técnico-administrativo necesario para la correcta 
realización de cualquier proceso productivo. 
COSTOS 
DIRECTOS 
INDIRECTOS 
PRELIMINARES 
FINALES 
DE OPERACION 
DE OBRA 
 
Costo Indirecto de Operación: 
Es la suma de gastos que por su naturaleza intrínseca, son de aplicación a 
todas las obras efectuadas en un tiempo determinado (año fiscal, año 
calendario, etc.) 
 
Costo Indirecto de Obra: 
Es la suma de todos los gastos que por su naturaleza intrínseca son 
aplicables a todos los conceptos de una obra especial. 
 
Integración detallada de costos en construcción: 
Los costos en construcción se pueden clasificar en dos (2): 
 
a. Costos Indirectos 
 
a.1 Operación 
 a.1.1 Cargos técnicos y/o administrativos 
 a.1.2 Alquileres y/o depreciaciones 
 a.1.3 Obligaciones y seguros 
 a.1.4 Materiales de consumo 
 a.1.5 Capacitación y promoción 
 
a.2 De obra 
 
 a.2.1 Cargos de campo 
 a.2.1.1 Técnicos y/o administrativos 
 a.2.1.2 Traslados de personal 
 a.2.1.3 Comunicaciones y Fletes 
 a.2.1.4 Construcciones provisionales 
 a.2.1.5 Consumos y varios 
 a.2.2 Imprevistos 
 a.2.3 Financiamiento 
 a.2.4 Utilidad 
 a.2.5 Fianzas 
 a.2.6 Impuestos reflejados 
 
b. Costos Directos 
 
b.1 Preliminares 
 b.1.1 Lechadas 
 b.1.2. Pastas 
 b.1.3 Morteros 
 b.1.4 Concretos 
 b.1.5 Aceros de refuerzo 
 b.1.6 Cimbras 
 b.1.7 Equipos 
 
 
b.2 Finales 
 b.2.1 Preliminares 
 b.2.2. Cimentaciones 
 b.2.3 Drenajes 
 b.2.4 Estructuras 
 b.2.5 Muros, dalas y castillos 
 b.2.6 Pisos y recubrimientos 
 b.2.7 Azoteas y subcontratos 
 
 
Aspectos de considerar en el costo: 
Para establecer el precio de los materiales hay que analizar circunstancias 
como: 
� Ubicación de la Obra 
� Impuestos que lo gravan 
� Roturas y pérdidas que se producen durante el transporte 
� Descuentos por volumen 
� Cargue, transporte y descargue en la obra 
� Desperdicio 
� Reutilización 
� Costos de almacenaje 
� Derechos aduaneros 
� Recargos por financiación 
 
 
Concepto de desperdicio: 
En todas las actividades de construcción se presenta desperdicios que 
deben tenerse en cuenta en el momento de costear el producto de la obra. 
Para determinar el desperdicio hay que tener en cuenta los siguientes 
parámetros: 
� Características del material 
� Calidad de la obra 
� Supervisión técnica de la obra 
� Manipulación del material: cargue y descargue 
� Dificultades de aplicación del material 
 
 
Análisis del Punto de Equilibrio: 
Para el análisis del punto de equilibrio se trabaja con la utilidad operativa, o 
sea la utilidad antes de gastos financieros, otros ingresos e impuesto de 
renta y complementarios, así las empresas están interesadas en saber cual 
es el volumen de las operaciones básicas que les puede producir un 
resultado de equilibrio. 
 
El análisis ofrece distintos aspectos según se trate de calcular el punto de 
equilibrio en unidades o en pesos de venta 
 
a. Punto de equilibrio en unidades con un solo producto: Un comerciante 
tiene un gasto fijo mensual de $32.000, su negocio consiste en comprar 
un tipo de lotes a $ 800 los cuales vende a $ 1.000 por unidad. Cuantos 
lotes debe vender al mes para quedar en equilibrio, es decir ni ganar ni 
perder? 
 
Si cada lote le deja un margen de utilidad de $ 200 (1000-800), necesita 
vender 160 lotes para lograr que el margen que le dejan todas las ventas, 
igualen los gastos fijos. El estado de resultados de este comerciante sería 
el siguiente: 
 
Ventas (160x1000) $ 160.000 
Costo Variable 
 Costo de ventas (160x800) 128.000 
 _____________ 
Utilidad marginal 32.000 
Gastos Fijos 32.000 
 _____________ 
Utilidad o pérdida 0 
 
 
Para obtener el número en unidades lo que se hizo fue dividir los gastos fijos 
de $ 32.000 por el margen de contribución (utilidad marginal) unitario de 
$200 
 
Punto de equilibrio en unidades = Gastos (costos) fijos = 32.000 = 160 
 Margen de C. Unitario 200 
 
b. Punto de equilibrio en pesos de venta: Hay casos en los cuales no se 
tienen los datos completos para efectuar el cálculo del punto de equilibrio 
en unidades, como se hizo en el ejemplo anterior. En esos casos se 
puede recurrir al cálculo del punto de equilibrio en pesos de ventas. 
Cuanto se tiene que vender para quedar en equilibrio? La respuesta se 
puede obtener siempre y cuando se disponga de un Estado de resultados 
en donde todos los rubros que conforman la utilidad operativa se puedan 
incluir dentro de la estructura del costo directo. Se tienen los siguientes 
datos para un mes determinado: 
 
Ventas netas $ 1.000.000 100% 
Gastos variables 400.000 40% 
 _____________ 
 Margen de contribución $ 600.000 60% 
 Gastos fijos 900.000 
 ____________ 
 Utilidad (pérdida) operacional $ (300.000) 
 
La relación porcentual del margen de contribución respecto a las ventas, 
indica que cada peso de ventas deja sesenta centavos para contribuir a 
cubrir los gastos fijos. Por tanto, basta dividir los gastos fijos por el 
porcentaje del margen de contribución, para haller el volumen de ventas 
necesario para quedar en equilibrio. 
 
 
Punto de equilibrio en pesos = Gastos fijos 
 % del margen de contribución 
 
 = 900.000 = $ 1.500.000 
 60% 
 
El estado de resultados quedaría así: 
 
 Ventas $ 1.500.000 100% 
 Gastos variables600.000 40% 
 ___________ 
 Margen de contribución 900.000 60% 
 Gastos Fijos 900.000 
 ____________ 
 Utilidad Operativa 0 
 
 
c. Volumen para utilidad deseada: Si en lugar de utilidad cero (0) 
buscamos el volumen necesario para alcanzar determinada utilidad, basta 
agregarle a los gastos fijos la utilidad deseada (UD). Con los datos del 
ejemplo anterior, deseamos una utilidad operativa de $ 300.000 cual es el 
volumen en pesos (V$) para obtener esta utilidad deseada? 
 
V$ = CF + UD = $900.000 + $300.000 = $ 2.000.000 
 % MC 60% 
 
El Estado de resultados seria: 
 
 Ventas $ 2.000.000 100% 
 Gastos variables 800.000 40% 
 ___________ 
 Margen de contribución 1.200.000 60% 
 Gastos fijos 900.000 
 ___________ 
 Utilidad operativa $ 300.000 
 
Sobre estas formulas básicas que hemos utilizado se puede construir una 
gran variedad de casos algo más complejos. 
 
 
 
 
 
EL IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS 
 
 
El impuesto es un tributo que tiene origen en el precepto constitucional 
contenido en el artículo 95 de la Carta Política, en el cual se establece que la 
calidad de persona implica derechos y responsabilidades dentro del territorio 
colombiano. 
 
Uno de los deberes para con el país, es el de “contribuir al financiamiento de 
los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y 
equidad”, como lo establece el artículo 95, numeral 9º de la Constitución. 
Naturalmente, la contribución debe responder a los principios de equidad, 
eficiencia y progresividad, como lo determina la misma Constitución en su 
artículo 363, que además establece que en ningún caso se aplicarán las 
leyes tributarias con retroactividad. 
 
El impuesto sobre la renta es un tributo de carácter obligatorio que deben 
los contribuyentes, con el fin de participar con sus recursos en las cargas del 
Estado, y consiste en entregar al Estado un porcentaje de sus utilidades 
durante un periodo gravable, para sufragar las cargas públicas. 
 
El impuesto sobre la renta se determina de la siguiente manera: se resta de 
los ingresos, los costos y los gastos (deducciones) que se hubieren causado 
o pagado en el periodo, y que tuvieren como finalidad la obtención de los 
ingresos propios de la actividad que genera utilidades; es lo que se conoce 
como relación de causalidad, esto es, que lo que se gasta tenga por fin 
producir ingresos capaces de generar utilidades o incremento del patrimonio 
o conjunto de bienes de los contribuyentes. 
 
Además de las utilidades, se gravan como complementarios al impuesto 
sobre la renta, las ganancias ocasionales y los tributos por trasferencias de 
rentas al exterior, obtenidas en Colombia, conocido como remesas. 
 
Quien es contribuyente: todas las personas naturales y jurídicas que tengan 
residencia en Colombia, son contribuyentes del impuesto sobre la renta y de 
los impuestos complementarios de remesas y ganancias ocasionales por el 
periodo gravable. Sin embargo, existen algunos contribuyentes que no están 
obligados a presentar declaración de renta, y otras personas a quienes se 
les ha exonerado de la calidad de contribuyente. 
 
Cuál es el lugar de presentación de la declaración de renta y 
complementarios: se deben presentar en todos los bancos y entidades 
autorizadas para recepcionar y recaudar los impuestos, en oficinas ubicadas 
en la jurisdicción que tenga competencia en el lugar en el que se encuentre 
domiciliado o residenciado el contribuyente sea persona natural o jurídica. 
 
Presentación y fechas de pago: el plazo de presentación de la declaración 
de renta y complementarios y el pago vencen desde el 1º de febrero del año 
2004, y su vencimiento es en las fechas que se indican en el anexo, 
conforme al último dígito del NIT tanto de personas naturales como de 
personas jurídicas. 
 
Si al momento de presentar la declaración de renta y complementarios no 
es posible cancelar el saldo a pagar liquidado en la misma, es posible su 
presentación en debida forma, sin pago, en las oficinas de los bancos. Pero 
si el saldo a pagar es inferior a dos (2) salarios mínimos mensuales, es decir 
la suma de $ 664.000, el plazo para pagar la totalidad del valor vence el 
mismo día señalado para la presentación de la declaración respectiva. 
 
Declaraciones que se tienen por no presentadas: se entienden por 
presentadas en debida forma, si su diligenciamiento es adecuado y se 
presenta en los formularios prescritos por la DIAN. La ley determina algunos 
eventos en los cuales, a pesar de haber sido presentada la declaración, se 
entiende como no presentada y el contribuyente, en consecuencia, no 
cumple con el deber legal de declarar. Los casos son los siguientes: 
 
1.Presentar la declaración en lugar diferente al señalado por la ley. 
 
2.Presentar la declaración sin informar de forma clara e inequívoca los 
nombres y apellidos o razón social y número de identificación 
tributaria del declarante. 
 
3.Presentar la declaración sin los factores necesarios para identificar las 
bases gravables, como los ingresos netos, costos y deducciones 
necesarios para determinar la renta líquida y la renta gravable del 
contribuyente. 
 
4.Presentar la declaración de renta sin la firma del declarante o del 
contador público o revisor fiscal si existe la obligación legal para ello. 
 
5.No suministrar la dirección o informarla equivocadamente. 
 
La presentación de un hecho cualquiera de los enumerados, que da la 
declaración como no presentada, no le quita eficacia a la misma, y continúa 
teniendo valor para efectos tributarios y probatorios. La DIAN deberá dar la 
declaración como no presentada mediante la expedición de un acto 
administrativo, que deberá ser notificado dentro de los dos años contados 
desde el vencimiento del término para declarar. 
 
 
 
 
 
 
 
 
SANCIONES RELACIONADAS CON LAS DECLARACIONES 
TRIBUTARIAS 
 
 
El interés moratorio es una sanción relacionada con el pago de los 
impuestos y anticipos, si éstos se realizan por fuera de los plazos que 
establece el gobierno nacional para realizarlos. Los intereses se causan por 
cada mes o fracción de mes de retardo en el pago a la tasa del 26.81% 
anual vigente hasta febrero 29 del 2004, los intereses no se calculan sobre 
las sanciones. 
 
Cuando la declaración de renta sea presentada fuera del plazo que ha 
establecido el Estado para hacerlo, estamos frente a la presentación 
extemporánea, que implica una sanción por el retardo en el cumplimiento de 
la obligación formal de declarar. 
 
La sanción por extemporaneidad se calcula de la siguiente manera: se toma 
el impuesto a cargo del formulario (FU del formulario) y se calcula el 5% de 
dicho valor por cada mes o fracción de mes de retardo en la presentación de 
la declaración, sin exceder del 100% de dicho impuesto a cargo. En el caso 
de no haber determinado impuesto a cargo o de ser cero , se calcula el 
0.5% del total de los ingresos brutos percibidos en el año, por cada mes o 
fracción de mes calendario de retraso, pero el resultado no podrá exceder de 
la cifra menor resultante de aplicar el 5% a dichos ingresos brutos, el doble 
del saldo a favor si lo hubiere, o la suma de $ 44.918.000, cuando no 
existiere saldo a favor. 
 
En el caso de no tener ingresos brutos durante el periodo, la sanción se 
calculará aplicando el 1% al patrimonio líquido de la declaración del año 
inmediatamente anterior,por cada mes o fracción de mes de retardo, sin 
exceder de la cifra menor que resulte de aplicar el 10% a dicho patrimonio 
líquido, o el doble del saldo a favor si lo hubiere, o la suma de $ 44.918.000, 
si no existiere saldo a favor, 
 
Otras sanciones son las siguientes: 
1. Cuando se origina un mayor valor a pagar o un menor saldo a favor. 
2. Cuando se corrige la declaración de ingresos y patrimonio. 
3. Por error aritmético 
4. Por inexactitudes 
5. Por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes 
6. Por uso fraudulento de cédulas de ciudadanía 
7. Por no informar la dirección o hacerlo en forma incorrecta 
8. Por no informar la actividad económica 
9. Por gastos no explicados, y 
10. Por adquirir bienes o servicios de proveedores ficticios o insolventes. 
11. Sanciones a administradores, representantes legales y revisores fiscales. 
12. Información a las centrales de riesgo por mora en el pago de las 
obligaciones tributarias (impuestos, anticipos, retenciones, gravámenes 
aduaneros, sanciones e intereses) a partir del sexto (6) mes de mora. 
 
 
 
RETENCION EN LA FUENTE 
 
 
Existen mecanismos para recaudar el impuesto de renta en forma anticipada 
y gradual y ese es el objetivo de la retención en la fuente. 
 
El concepto de la retención en la fuente: es el descuento de una suma de 
dinero que al momento de efectuar el pago o abono en cuenta gravado, 
debe realizar el agente retenedor a titulo de impuesto. 
 
Agentes de retención: 
� Las personas jurídicas, las sucesiones ilíquidas, las sociedades de 
hecho y las comunidades organizadas que por sus funciones 
intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa 
disposición legal, efectuar la retención o percepción del tributo 
correspondiente. 
� Los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los fondos de 
inversión y los fondos de valores. 
� Las entidades de derecho público 
� Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que 
tengan un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 
$534.750.000 en el año inmediatamente anterior (2003). 
� Oficinas de transito (en la venta de automotores). 
� En los ingresos provenientes del exterior en moneda extranjera, el 
beneficiario del pago actúa como autorretenedor, sin embargo, puede 
autorizar a las entidades financieras o casas de cambio para que 
practiquen la retención. 
� Los consorcios y las uniones temporales. 
 
 Base para calcular la retención en la fuente: 
� El total del pago o abono en cuenta, menos los descuentos 
facturados. 
� Los descuentos condicionados no afectan la base de retención en la 
fuente. 
 
Causación de la retención en la fuente: 
� Debe efectuarse en el momento del pago o abono en cuenta, lo que 
ocurra primero. 
 
Pago: entrega de lo que se debe 
Abono en cuenta: Reconocimiento de una obligación que se ha 
 causado jurídicamente. 
La ley consagra las siguientes excepciones para la causación de la retención 
en la fuente a saber: 
 
� En los pagos o abonos en cuenta a las entidades no contribuyentes. 
� Sobre salarios y demás ingresos laborales en el momento del pago, 
no del abono en cuenta. 
� La autorretención se causa en el momento del registro de la 
operación por parte del beneficiario del ingreso, o al recibo del mismo, 
el que ocurra primero. 
� Conversión de divisas originadas en ingresos obtenidos en el exterior: 
la retención en la fuente deberá efectuarse a más tardar el día en que 
se efectúe la respectiva conversión. 
� En los dividendos: en el momento en que sean abonados en cuenta 
en calidad de exigibles, lo que se indicará en el acta de la Asamblea 
en la que se acuerde la distribución. 
� Las ejecutoras del presupuesto general de la Nación operan bajo el 
sistema de caja para efectos del pago de las retenciones en la fuente 
de impuestos Nacionales. 
 
Obligaciones del agente retenedor: 
� Efectuar la retención en la fuente 
� Presentar la declaración mensual por las retenciones en la fuente que 
debió efectuar durante el respectivo mes. 
� Efectuar el pago de las retenciones en los bancos o entidades 
autorizadas por el gobierno. 
� Expedir certificados sobre las cifras retenidas. 
� Constituir y conservar las pruebas que sustenten o soporten las 
partidas consignadas en la declaración tributaria y en los certificados 
de retención en la fuente expedidos, por un término no inferior a 5 
años. 
� Suministrar información a las autoridades fiscales. 
 
Contrato de confección de obra material: 
Son contratos de construcción y urbanización aquellos por los cuales el 
contratista directa o indirectamente edifica, fabrica, erige o levanta obras, 
edificios, construcciones, para residencias o negocios, puentes, carreteras, 
represas, acueductos y edificaciones en general y las obras inherentes a la 
construcción en sí, tales como: electricidad, plomería, cañería mampostería, 
drenajes y todos los elementos que se incorporan a la construcción. 
 
La base gravable para efectos de la retención en la fuente en los 
mencionados contratos es el valor bruto de los pagos o abonos en cuenta, 
sin distinguir la forma de pago pactada, excepto cuando se trate de contratos 
por el sistema de administración delegada. En consecuencia la base 
gravable incluye los honorarios, mano de obra, suministro de material etc., 
conceptos estos que no se le restan de la base ni se les aplica la tarifa que 
individualmente les corresponde. 
De acuerdo con lo anterior un contrato de construcción de obra material, 
cuya retención en la fuente es del 1% sobre el valor bruto de los pagos o 
abonos en cuenta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto 
2509 de 1985. 
 
Retención en los contratos de consultoría y de administración delegada para 
declarantes: 
La retención en la fuente por concepto de pagos o abonos en cuenta en los 
contratos de consultoría que realicen las personas jurídicas, las sociedades 
de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad 
de agentes retenedores a favor de los contribuyentes del impuesto sobre la 
renta que sean personas jurídicas y asimiladas, es el once (11%). La misma 
tarifa se aplica a los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios 
en los contratos de administración delegada a que se refiere el artículo 2º 
del Decreto Reglamentario 1809 de 1989. 
 
En los contratos de construcción de obra material de bien inmueble por el 
sistema de administración delegada, el contratante, persona jurídica o 
sociedad de hecho, aplicará la retención en la fuente sobre el valor de los 
pagos o abonos en cuenta efectuados a favor del contratista por concepto de 
honorarios. El contratista, practicará todas las retenciones establecidas en 
las normas vigentes, al momento del pago o abono, sobre todos los 
desembolsos que realice en desarrollo de la obra, y cumplirá con todas las 
obligaciones inherentes al agente retenedor. 
 
Las facturas de las compras efectuadas por el contratista, así como los 
demás documentos que sirvan de soporte para solicitar costos y gastos, 
deberán figurar a nombre del contratista y del contratante. 
 
 
Retención en la fuente en mandato: 
En los contratos de mandato, la retención en la fuente por concepto de 
renta, ventas y timbre deberá ser practicada por el mandatario, teniendo en 
cuenta la calidad del mandante. Adicionalmente, deberá cumplir todas las 
obligaciones inherentes al agente retenedor. 
 
 
IMPUESTO AL VALOR AGRAGADO - I V A 
 
Es un impuesto indirecto que grava las ventas de bienes o la prestación de 
servicios en el territorio nacional; igualmente, grava las importaciones de 
bienes muebles en el territorio nacional. 
 
Sujeto Activo: El Estado 
Sujeto Pasivo: El responsable o contribuyente 
 
Hecho generador: 
El impuesto a las ventas recae sobre las siguientes operaciones: a) Venta de 
bienes corporales muebles, no excluidos expresamente por la ley. Los 
hechos que se consideranventa: 
♦ Todos los actos que impliquen transferencia de dominio a titulo gratuito u 
oneroso de bienes corporales muebles. 
♦ Retiro de bienes corporales muebles para uso del responsable o para 
incorporarlos a sus activos fijos. 
♦ La incorporación de bienes corporales muebles a inmuebles, o a servicios 
no gravados. 
♦ La transformación de bienes corporales muebles gravados en bienes no 
gravados, fabricados y elaborados, procesados, por quien efectúa la 
incorporación o transformación. 
 
b) Prestación de servicios en territorio nacional, no excluidos expresamente 
por la ley, de acuerdo con las siguientes reglas: 
 
♦ Los servicios relacionados con inmuebles se entienden prestados en el 
lugar de ubicación del bien. 
♦ Los siguientes servicios se entenderán prestados en el lugar donde se 
realicen materialmente: a) Los de carácter cultural, artístico, así como los 
relativos a su organización y b) Los de carga y descarga, trasbordo y 
almacenaje. 
♦ Los siguientes servicios ejecutados desde el exterior a favor del usuario o 
destinatario ubicado en territorio nacional, se encuentran gravados con el 
impuesto a las ventas: 
� Las licencias y autorizaciones para el uso y explotación, a 
cualquier titulo, de bienes incorporales o tangibles; 
� Los servicios profesionales de consultoría, asesoría y auditoria. 
� Los arrendamientos de bienes corporales muebles, con excepción 
de naves, aeronaves y demás muebles destinados al servicio de 
transporte internacional. 
� Los servicios de traducción, corrección o composición de texto. 
� Los servicios de seguro, reaseguro y coaseguro. 
� Los realizados en bienes corporales muebles, con excepción de 
aquellos directamente relacionados con la prestación del servicio 
de transporte internacional. 
� Los servicios de conexión o acceso satelital, cualquiera que sea la 
ubicación del satélite. 
� El servicio de televisión satelital recibido en Colombia, para la cual 
la base gravable estará conformada por el valor total facturado al 
usuario en Colombia. 
 
Lo anterior no aplica para la reparación de naves y aeronaves en el exterior. 
 
c) Importaciones de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos 
expresamente. 
 
Responsables: 
♦ En las ventas, los comerciantes y quienes, sin serlo, ejecuten 
habitualmente actos similares. 
♦ Los importadores 
♦ Quienes presten servicios gravados 
♦ En la venta de aerodinos, también son responsables los vendedores 
comerciales. 
♦ Por virtud de la reforma tributaria del 2002 y 2003 serán responsables del 
impuesto sobre las ventas, los contribuyentes pertenecientes al régimen 
común del impuesto sobre las ventas, por el impuesto causado en la 
compra o adquisición de los bienes y servicios gravados relacionados 
con el artículo 468-1 del Estatuto Tributario, cuando estos sean 
enajenados o prestados por personas naturales no comerciantes que no 
se hayan inscrito en el régimen común del impuesto sobre las ventas. 
 
 
Base gravable en ventas de bienes y prestación de servicios: 
En las ventas, la base gravable es el valor total de la operación bien sea a 
crédito o de contado. En la prestación de servicios, será el valor total de la 
remuneración que perciba el responsable por el servicio prestado, 
independientemente de su denominación. Tanto en la venta, como en la 
prestación de servicios, se incluyen dentro de la base gravable: gastos 
directos de financiación ordinaria, extraordinaria o moratoria, acarreos, 
accesorios, instalaciones, seguros, comisiones, fletes, reajustes, descuentos 
no condicionados, empaques y envases. 
 
También forman parte de la base gravable de los servicios, los bienes 
proporcionados con motivo de la prestación de servicios gravados, aunque la 
venta de estos en forma independiente no cause el impuesto o se encuentre 
exenta de su pago. 
 
En las importaciones, la base gravable es la misma que se tiene en cuenta 
para liquidar los derechos de aduana, adicionada con el valor de este 
gravamen. Cuando se trate de mercancías cuyo valor involucra la prestación 
de un servicio o el valor de un bien intangible, la base gravable de 
determinará aplicando las normas sobre valoración aduanera. 
 
 
Tarifas: 
General: 16% 
Diferenciales: 2%, 7%, 11%, 20%, 35% y 38% 
 
 
Causación: 
El momento de causación del impuesto sobre las ventas es: 
♦ En las ventas, en la fecha de emisión de la factura o documento 
equivalente y, a falta de estos, es el momento de la entrega. 
♦ En los retiros de bienes corporales muebles, en la fecha del retiro 
♦ En los servicios, en la fecha de la emisión de la factura o documento 
equivalente, o en la fecha de terminación de los servicios o del pago o 
abono en cuenta, la que fuere anterior. 
♦ En las importaciones, al momento de nacionalizar del bien. 
 
 
Impuestos descontables: 
Los responsables del impuesto a las ventas pueden descontar del impuesto 
generado en la venta y prestación de servicios lo siguiente: 
 
♦ Los impuestos que les hayan facturado en la adquisición de bienes 
corporales muebles y servicios. 
♦ El impuesto pagado en la importación de bienes corporales muebles. 
♦ Durante los años 2003, 2004 y 2005, los responsables del régimen común 
tendrán derecho a descontar del impuesto sobre las ventas, el IVA 
cancelado en la importación y adquisición de maquinaria industrial, dentro 
de los tres años siguientes a la importación, de la siguiente manera: 
El 50% durante el primer año 
El 25% durante el segundo año 
El 25% durante el tercer año 
 
En la asignación de impuestos descontables, se debe tener en cuenta que 
solo tiene esta característica el IVA pagado en compra de bienes o servicios 
que: 
 
♦ Constituyan costo o deducción en el impuesto de renta y estén 
relacionados con ingresos gravados con el impuesto a las ventas. 
♦ Correspondan a la proporción que resulte de aplicar el valor de la 
operación la tarifa a la cual estén sometidas las operaciones gravadas 
realizadas por el contribuyente. 
♦ En caso de que los bienes y servicios que otorgan derecho al descuento 
se destinen indistintamente tanto a operaciones gravadas o exentas 
como a operaciones excluidas del impuesto, y no fuese posible 
establecer su imputación directa a unas y otras, el cómputo del 
descontable se debe efectuar en proporción al monto de tales 
operaciones del período fiscal correspondiente. 
 
 
Retención del impuesto a las ventas: 
General 75% del valor del IVA 
Especial 100% del valor del IVA sobre servicios gravados prestados en 
el país por personas o entidades extranjeras, sin residencia ni domicilio en 
Colombia. 
 
 
Los agentes de retención en el impuesto sobre las ventas son: 
♦ Entidades Estatales 
♦ Grandes Contribuyentes 
♦ Personas o entidades que contraen con personas o entidades sin 
residencia o domicilio en el país 
♦ Los responsables del régimen común, cuando adquieran bienes o 
servicios gravados a los responsables del régimen simplificado. 
♦ Las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito y sus asociaciones, 
en el momento del correspondiente pago o abono en cuenta a las 
personas o establecimientos afiliados. 
♦ La Unidad Administrativa de Aeronáutica Civil, por el 100% del impuesto 
sobre las ventas que se cause en la venta de aerodinos. 
 
 
Régimen Simplificado: 
Los requisitos para acogerse al régimen simplificado los comerciantes 
minoristas los prestadores de servicios y los artesanos, de acuerdo con lo 
establecido en la Ley 863 del 29 de diciembre del 2003, son los siguientes: 
♦ Que en al año anterior hubieren poseído un patrimonio bruto inferior a 
ochenta millones de pesos ($80.000.000) (valores años base 2003 y 
2004) e ingresos brutos totales provenientes de la actividad inferiores a 
sesenta millones de pesos ($60.000.000) (valores años base 2003 y 
2004). 
♦ Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o 
negocio donde ejercen su actividad. 
♦ Que su establecimientode comercio, oficina, sede, local o negocio no se 
encuentre ubicado en un centro comercial o dentro de almacenes de 
cadena. Al efecto se entiende por centro comercial la construcción urbana 
que agrupe a más de veinte (20) locales, oficinas y/o sedes de negocio. 
♦ Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no 
se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización 
o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles. 
♦ Que no sean usuarios aduaneros. 
♦ Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año 
en curso contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravadas 
por valor individual y superior a sesenta millones de pesos ($60.000.000) 
(valores años base 2003 y 2004). 
♦ Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones 
financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere 
la suma de ochenta millones de pesos ($80.000.000) (valores años base 
2003 y 2004). 
♦ Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de 
servicios gravados por cuantía individual y superior a sesenta millones de 
pesos ($60.000.000) (valor año base 2004), el responsable del régimen 
simplificado deberá inscribirse previamente en el régimen común. 
♦ Para los agricultores y ganaderos, el límite de patrimonio previsto en el 
numeral 1º equivale a cien millones de pesos ($100.000.000) (valores 
años base 2003 y 2004). 
 
 
Obligaciones para responsables de régimen simplificado: 
Los responsables del régimen simplificado del impuesto sobre las ventas 
deberán: 
♦ Inscribirse en Registro Único Tributario 
♦ Entregar copia del documento en que conste su inscripción en el régimen 
simplificado, en la primera venta o prestación de servicios que realice a 
adquirientes no pertenecientes al régimen simplificado, que así lo exija. 
♦ Exhibir en un lugar visible al público el documento en que conste su 
inscripción en el RUT, como perteneciente al régimen simplificado. 
♦ Cumplir con los sistemas de control que determine el Gobierno Nacional. 
 
 
Impuesto sobre las ventas en los contratos de construcción: 
En los contratos de construcción de bien inmueble, el impuesto sobre las 
ventas se genera sobre la parte de los ingresos correspondientes a los 
honorarios obtenidos por el constructor. 
 
Cuando se pacten honorarios el impuesto se causará sobre la remuneración 
del servicio que corresponda a la utilidad del constructor. Para estos efectos, 
en el respectivo contrato se señalará la parte correspondiente a los 
honorarios o utilidad, la cual en ningún caso podrá ser inferior a la que 
comercialmente corresponda a contratos o similares. 
 
En estos eventos, el responsable sólo podrá solicitar impuestos 
descontables por los gastos directamente relacionados con los honorarios 
percibidos o la utilidad obtenida, que constituyeron la base gravable del 
impuesto; en consecuencia, en ningún caso dará derecho a descuento del 
impuesto sobre las ventas cancelado por los costos y gastos necesarios 
para la construcción del bien inmueble. 
 
 
EL IMPUESTO DE TIMBRE 
 
 
El impuesto de timbre es un gravamen de carácter nacional que recae sobre 
ciertos documentos y actuaciones que señala la ley. 
 
Son contribuyentes las personas naturales o jurídicas, sus asimiladas, y las 
entidades públicas no exceptuadas expresamente, que intervengan como 
otorgantes, giradores, aceptantes, emisores o suscriptores de documentos 
públicos o privados que se otorgan en Colombia o que, siendo otorgados en 
el exterior, produzcan efectos en Colombia. Así mismo es contribuyente 
aquel a cuyo favor se expida, otorgue o extienda el documento. 
 
 
 
Responsables: 
Son responsables por el impuesto y las sanciones todos los agentes de 
retención, incluidos aquellos que, aun sin tener el carácter de contribuyentes, 
deban cumplir las obligaciones de estos por disposición expresa de la ley. 
 
 
Causación: 
El impuesto de timbre se causa en el momento del otorgamiento, 
suscripción, giro, expedición, aceptación, vencimiento, prorroga o pago del 
instrumento, documento o título, el que ocurra primero. 
 
 
Agentes de retención: 
♦ Las personas jurídicas, las sociedades de hecho y demás asimiladas que, 
teniendo el carácter de contribuyentes del impuesto, intervengan como 
contratantes, aceptantes, emisores o suscriptores en los documentos. 
♦ Las personas naturales y asimiladas que tengan la calidad de 
comerciantes, que en el año 2003 tuvieron unos ingresos brutos o un 
patrimonio bruto superior a quinientos treinta y cuatro millones setecientos 
cincuenta mil pesos ($ 534.750.000). 
♦ Los notarios por las escrituras públicas 
♦ Las entidades públicas del orden nacional, departamental o municipal, las 
empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de 
economía mixta. 
♦ Las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria 
♦ Los agentes diplomáticos del gobierno colombiano, por los documentos 
otorgados en el exterior. 
♦ Los bancos por el impuesto correspondiente a los cheques. 
♦ Los almacenes generales de depósito por los certificados y bonos de 
prenda. 
♦ Las entidades de cualquier naturaleza, por la emisión de títulos 
nominativos o al portador. 
♦ Los jueces, conciliadores y tribunales de arbitramento. 
 
Tarifa: 
El impuesto se causa a la tarifa del 1.5%, sobre los actos gravados cuya 
cuantía sea superior a $56.684.000 (valor base año 2004) y $53.000.000 
(valor base año 2003). 
 
 
Obligaciones del agente retenedor: 
♦ Efectuar la retención 
♦ Declarar y pagar en la declaración de retención. 
♦ Expedir certificados por cada operación generada en el mes siguiente al 
que fue efectuada la retención en la fuente. 
 
 
Autorretención de impuesto de timbre en contratos de concesión de una 
obra pública: 
En los contratos de concesión de obra pública o de servicios públicos 
domiciliarios que por su naturaleza sean de valor indeterminado, la base 
para aplicar la retención será el valor de los pagos o abonos en cuenta 
recibidos en cada mes en virtud de la concesión, actuando la concesionaria 
como autorretenedor.

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