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1. Domicilio Voluntario: Este tipo de domicilio se 
refiere a la elección deliberada de una persona 
para establecer su residencia en un lugar en 
particular. Es la dirección donde la persona vive 
de manera habitual y donde realiza sus 
actividades cotidianas. El domicilio voluntario es 
aquel que una persona puede cambiar por su 
propia voluntad al mudarse a un lugar diferente. 
2. Domicilio Legal: El domicilio legal, también 
conocido como domicilio de elección o domicilio 
procesal, es una dirección que una persona o 
entidad proporciona como lugar oficial para 
recibir notificaciones legales y comunicaciones 
formales. A menudo, esta dirección se utiliza en 
cuestiones legales, como juicios, demandas y 
notificaciones judiciales. Puede ser diferente del 
domicilio voluntario, y se elige por razones de 
conveniencia para asegurar que las notificaciones 
legales lleguen a la persona de manera oportuna. 
En resumen, el domicilio se refiere a la residencia 
principal de una persona y tiene implicaciones legales. 
El domicilio voluntario es la dirección donde una 
persona vive de manera habitual, mientras que el 
domicilio legal es una dirección oficial utilizada para 
fines legales y notificaciones judiciales.

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