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1. Domicilio Voluntario: Este tipo de domicilio se refiere a la elección deliberada de una persona para establecer su residencia en un lugar en particular. Es la dirección donde la persona vive de manera habitual y donde realiza sus actividades cotidianas. El domicilio voluntario es aquel que una persona puede cambiar por su propia voluntad al mudarse a un lugar diferente. 2. Domicilio Legal: El domicilio legal, también conocido como domicilio de elección o domicilio procesal, es una dirección que una persona o entidad proporciona como lugar oficial para recibir notificaciones legales y comunicaciones formales. A menudo, esta dirección se utiliza en cuestiones legales, como juicios, demandas y notificaciones judiciales. Puede ser diferente del domicilio voluntario, y se elige por razones de conveniencia para asegurar que las notificaciones legales lleguen a la persona de manera oportuna. En resumen, el domicilio se refiere a la residencia principal de una persona y tiene implicaciones legales. El domicilio voluntario es la dirección donde una persona vive de manera habitual, mientras que el domicilio legal es una dirección oficial utilizada para fines legales y notificaciones judiciales.
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