Logo Studenta

Taller Prestaciones Sociales

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
LEGISLACIÓN LABORAL
TALLER PRÁCTICO: Liquidación de prestaciones sociales y Prestaciones Sociales
Neider Yesid Moreno Villamizar
Edwin Santiago Garzón Delgado
Iván Darío Quintero Zapata
UNIDAD 5
	Liquidación de prestaciones sociales con fundamento en la terminación del contrato de trabajo
Cuando un contrato de trabajo finaliza, es necesario proceder a liquidar diferentes conceptos que el empleador le adeuda al trabajador. A continuación, todos los conceptos que se deben liquidar, ya sea que el contrato de trabajo terminó por una justa causa o sin justa causa.
	El contrato de trabajo se liquida en los siguientes casos
	Conceptos que se deben liquidar en la terminación del contrato de trabajo
	1. -Finalización el tiempo pactado en el caso de los contratos de trabajo a término fijo.
2. -Retiro del trabajador por jubilación.
3. -Terminación unilateral por cualquiera de las partes en cualquier momento. Aplica para contratos a término fijo y para indefinidos.
4. -Terminación del contrato por mutuo acuerdo.
	-Salarios adeudados.
1. -Prestaciones sociales.
2. -Aportes parafiscales a que haya lugar.
3. -Aportes a seguridad social.
4. - Indemnizaciones si hubiere lugar a ellas.
5. 
6. 
	Nota: una vez terminado y liquidado el contrato de trabajo, el empleador debe quedar a paz y salvo por todo concepto con el trabajador.
	Análisis de caso
Ejemplo de liquidación del contrato de trabajo
Para comprender mejor el proceso de liquidación, se trabajará un ejemplo que contendrá valores hipotéticos, teniendo en cuenta que anualmente se deben liquidar casi todos los conceptos relacionados con la nómina, en el ejemplo supondremos la liquidación de una fracción de año.
	Supuestos a considerar en la liquidación
La señora María, vinculada mediante contrato de trabajo a término fijo con duración de 2 años, con un sueldo de $1 200 000 termina su contrato el 31 de octubre de 2015. Al 31 de diciembre de 2014 se le liquidaron correctamente todos los conceptos de nómina correspondientes, por lo que solo se le deben liquidar los correspondientes al año 2015.
Desarrollo
	Días a liquidar
	01 de enero de 2015 a 31 de octubre de 2015 = 300 días
	Liquidación de las prestaciones sociales
	Prima de servicios
	($1 200 000*120)/360 = $400 000
	Vacaciones
	($1 200 000*300)/720 = $500 000
	Cesantías
	($1 200 000*300)/360 = $1 000 000
	Intereses sobre cesantías
	($1 000 000*300*.12)/360 = $100 000
Nota: la prima de servicios corresponde a la prima de diciembre, puesto que la de junio ya debió haberse pagado.
	Liquidación de los aportes parafiscales
	Los aportes parafiscales, cuando hay lugar a su pago, se deben pagar mensualmente, por lo que solo es necesario calcular los del último mes.
	Cajas de compensación familiar
	$1 200 000*0.04 = $48 000
	ICBF
	$1 200 000*0.03 = $36 000
	SENA
	$1 200 000*0.02 = $24 000
	Liquidación de los aportes a seguridad social
	La seguridad social, igual que los aportes parafiscales se deben pagar cada mes, por lo que se asume que en este caso solo de adeuda el último mes.
	Pensión
	$1 200 000*0.12 = $144 000
	Salud
	$1 200 000*0.085 = $102 000
Nota
1. Solo se ha calculado la parte que le corresponde al empleador, lo que le corresponde al empleado se le deduce de su salario.
2. A partir del mes de febrero del 2007, el aporte a salud es del 12.5%, de los cuales el empleador debe pagar el 8.5%.
3. A partir del 2008 el aporte de pensión es del 16% de los cuales el empleador aporte un 75% [12%].
	Liquidación de la indemnización por despido injusto
	Para aplicar la liquidación de la indemnización por despido injustificado supondremos dos escenarios, uno en el que el contrato es a término fijo y otro en el que el contrato es a término indefinido.
	Contrato a término fijo.
Ahora supongamos que el contrato vencía el 31 de diciembre (contrato a término fijo), pero la empleada fue despedida sin justa causa el 31 de octubre.
En este caso, como se trata de un contrato a término fijo, la indemnización corresponde al valor de los salarios faltantes para la terminación del contrato.
Despido del trabajador: 31 de octubre.
Fecha de vencimiento del contrato: 31 de diciembre.
Meses que faltan para finalizar el contrato: 2
Valor de la indemnización: $1 200 000*2 = $2 400 000.
	Contrato a término indefinido.
Suponiendo un contrato indefinido, la indemnización en este caso será igual a:
a). Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:
treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
b) Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales.
1. Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2. Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
En nuestro supuesto, el contrato de Tatiana se inició el 01 de enero de 2010, es decir, que a 31 de octubre llevaba 22 meses laborando. Se aplica el literal (a) por ganar menos de 10 salarios mínimos. Del literal (a), se le aplica el numeral 2 por llevar más de un año laborando.
Entonces, 30 días del numeral 1 + 17 días correspondientes al numeral 2 (fracción de 10 meses). = 47 días.
Indemnización($1 200 000/30)*47 = $1 880 000.
EJERCICIO PRÁCTICO
Estudiante, con base en la información anterior, resuelva el siguiente caso:
	Supuestos a considerar en la liquidación
El señor Carlos Pérez, vinculado mediante contrato de trabajo a término indefinido, con fecha de inicio el 01 de Enero de 2022, con un sueldo de $1.000.000 y con un axilio de transporte de $117.000, finaliza su contrato el 31 de Agosto de 2022 por renuncia del trabajador. Al 30 de junio de 2022 se le liquido la respectiva prima de servicios. Por lo anterior determine la respectiva liquidación:
Desarrollo
	Días a liquidar
	 01 de enero de 2022 al 30 de junio de 2022=180 días.
Del 01 de Enero de 2022 al 31 de Agosto de 2022= 240 días
	Liquidación de las prestaciones sociales
	Prima de servicios
	($1 000 000 * 180) /240= 750.000
(Salario mensual * Días trabajados en el semestre) / 240 finaliza el contrato
	Vacaciones
	($1 000 000*180) /720 = $250 000
	Cesantías
	($1 000 000 * 180) /240= 750.000
 (Salario mensual * Días trabajados) / 240 finaliza el contrato
	
Liquidación de la indemnización por despido injusto
Para aplicar la liquidación de la indemnización por despido injustificado, supondremos dos escenarios, uno en el que el contrato es a término fijo y otro en el que el contrato es a término indefinido.
	Contrato a término fijo.
Ahora supongamos, que el contrato de Carlos Pérez es un contrato a término fijo y dentro de este se estableció una fecha de inicio del 01 de Enero de 2022 y una fecha de finalización del 31 de Diciembre de 2022, pero sobre el desarrollo del contrato la empleada fue despedida sin justa causa el 31 de Agosto de 2022.
Con base a lo anterior liquide el valor de la indemnización por Terminación sin Justa Causa que tiene derecho el trabajador: 
Despido del trabajador: 31 de Agosto.
Fecha de vencimiento del contrato: 31 de diciembre.
Meses que faltan para finalizar el contrato: 4
Valor de la indemnización: 
$1 000 000*4 = $4 000 000.
	Contrato a término indefinido.
Ahora bien supongamos, que el contrato de Carlos Pérez es un contrato a término indefinido, el cual inició el 01 de enero de 2021 y este se le termina sin justa causa el 31 de Agosto del 2022, determine Valor de la indemnización porTerminación sin Justa Causa:
En nuestro supuesto, el contrato de Carlos se inició el 01 de enero de 2010, es decir, que a 31 de agosto llevaba 8 meses laborando. Se aplica el literal (a) por ganar menos de 10 salarios mínimos. Del literal (a), se le aplica el numeral 2 por llevar menos de un año laborando.
Entonces, 30 días del numeral 1 + 17 días correspondientes al numeral 2 (fracción de 10 meses). = 47 días.
Indemnización($1 000 000/30)*47 = $1 566 000
Creado y elaborado por el experto disciplinar del curso Legislación Laboral. Docente Juan Darío Rodríguez Beltrán.

Continuar navegando