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UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Qué es un Crédito desde el punto de vista Contable? Según las normas contables profesionales argentinas (Resolución Técnica Nro 9) “Son derechos que el ente posee contra terceros para percibir sumas de dinero u otros bienes o servicios (siempre que no respondan a las características de otro rubro del activo).” La Real Academia Española define a los créditos como la cantidad de dinero, o cosa equivalente, que alguien debe a una persona o entidad, y que el acreedor tiene derecho de exigir y cobrar. Los créditos siempre se originan en una operación que ya se perfeccionó con anterioridad.Los créditos siempre se originan en una operación que ya se perfeccionó con anterioridad. Si para el ente existe un crédito, es porque alguien asumió un nuevo pasivo, una cuenta que va a tener que cancelar Los créditos pueden originarse por múltiples operaciones, la norma contable establece que deben mostrarse por separado: �Los créditos por venta de bienes o servicios correspondientes a las actividades habituales del ente: se expondrán en el rubro Créditos por Ventas �Los créditos que no tengan este origen antes mencionado: se expondrán en el rubro Otros Créditos UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Actividad: clasificación de derechos contra terceros Operaciones que generan Derechos ¿En qué rubro deben exponerse estos derechos? Ventas de bienes de cambio a crédito (en cuenta corriente mercantil) Ventas de bienes de uso a crédito (en cuenta corriente mercantil) Interés a cobrar por venta de bienes de cambio a 30 días de plazo de pago Compromiso de aporte de capital de los socios que aún no ha sido integrado Honorarios del estudio de abogados pagados por adelantado Anticipos a proveedores por compra de bienes de cambio Anticipos a proveedores por compra de bienes de uso Préstamos otorgados a empleados pendientes de cobro UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Clasificación de los Créditos por Ventas y Otros Créditos: En función de: A. La Moneda: Créditos en Moneda Local Créditos en Moneda Extranjera: para pasarlos a moneda local tomaremos el tipo de cambio que corresponda al momento de su registración (tipo de cambio comprador) B. La Forma de Instrumentación: En Cuenta Corriente: Cuando nos referimos a cuenta corriente, estamos haciendo referencia a deudas de terceros a favor del ente, Cuando nos referimos a cuenta corriente, estamos haciendo referencia a deudas de terceros a favor del ente, provenientes de su operatoria principal, la venta de mercaderías o la prestación de servicios. Cuando el volumen de operaciones del ente es de gran magnitud, se aconseja llevar una cuenta por cliente (extracontables) y armar submayores, registrar allí todos los movimientos siendo imprescindible su conciliación al cierre de cada período con la cuenta contable de Deudores por ventas, haciendo aquellos ajustes o reclasificaciones que correspondan. Cuentas: Deudores por Ventas Documentados: Corresponden a promesas escritas y con fecha cierta de pago de un tercero al ente de una suma de dinero, que puede inclusive contener una garantía. Están garantizados de alguna forma, algo que asegura y protege contra algún riesgo o necesidad, que vendría a ser el riesgo de que ese crédito no pueda ser afrontado. Cuentas: • Documentos a Cobrar por Pagarés recibidos • Hipotecas a cobrar, por créditos garantizados mediante hipotecas • Cheques Diferidos a Cobrar UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos También se pueden clasificar según: B. La Forma de Instrumentación: Documentados con alguna Garantía: Garantía es un respaldo que se otorga ante una deuda, para que el acreedor vea asegurado su cobro, y su derecho no resulte ilusorio si el deudor no cumple con la obligación que contrajo • Garantías Personales: se ofrece un fiador, cuyo patrimonio en general resulta comprometido, además de los bienes del deudor • Garantías Reales: La palabra real deriva de res, que en latín significa cosa, y en este caso es una cosa determinada, mueble o inmueble la que será ejecutada si la obligación no se cumple voluntariamentedeterminada, mueble o inmueble la que será ejecutada si la obligación no se cumple voluntariamente Hipoteca: Según el Código Civil argentino, la hipoteca es un derecho real constituido en seguridad de un crédito en dinero, sobre bienes inmuebles, que permanecen en manos del deudor. Prenda: En otro artículo, nos enseña que existirá prenda cuando un deudor, ya sea de una obligación cierta o de una condicional, actual o futura, traslade al acreedor una cosa de carácter mueble o en su caso, un crédito para seguridad del cumplimiento de la deuda. Anticresis: que nos dice que se le otorga al acreedor por parte del deudor, por el cual se lo coloca en posesión de un bien inmueble con autorización para percibir los frutos con el fin de imputarlos anualmente a los intereses crediticios; sobre el capital, si exceden el monto de los intereses, o solo sobre el capital, si no se adeudan intereses. Es importante que conozcamos las garantías reales, ya que una vez que agotamos las instancias de gestión judicial y extrajudicial, trataremos de recuperar el crédito, procediendo a la ejecución de las garantías. Para ejecutarlas, deberé iniciar un juicio de ejecución UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Se pueden clasificar según: C. Según el vencimiento: Con Fecha de Vto. Establecida Sin fecha de Vto. Establecida • Créditos por cobrar comunes: Deudores por Ventas, Documentos a Cobrar, Valores diferidos a cobrar Con aquellos créditos que aún se encuentran dentro del plazo de pago, nada debo hacer, serán deudores por ventas en cuenta corriente o documentados según corresponda. en cuenta corriente o documentados según corresponda. • Deudores Morosos: Una vez que haya transcurrido el tiempo, y ese crédito se haya vencido, entrará en lo que se conoce como Mora. Que es la dilación, demora o tardanza en cumplir una obligación, por lo común la de pagar cantidad líquida y vencida. Debemos reflejar contablemente que ese crédito está vencido, y que el deudor es moroso, por lo que efectuaremos una reclasificación contable, donde pasaremos el crédito de la cuenta en la que se encontraba a una que refleje este estado de moroso • Deudores en Gestión Judicial o Extrajudicial: Puede darse el caso de que estos créditos, a su vez, se encuentren en gestión. Qué significa esto? Que estamos iniciando distintas acciones tendientes a su cobro. Estas gestiones pueden ser extrajudiciales, o en gestión judicial. En gestión judicial estarán todos aquellos créditos para los que inicié acciones legales de modo de intentar efectivizar el cobro del crédito en cuestión. Al igual que con aquellos créditos morosos, a estos créditos que ahora se encuentran en este estado, debemos reflejarlo contablemente, en cuentas que manifiesten su condición de en gestión extrajudicial o en gestión judicial. UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Se pueden clasificar según: D. Según la Forma de Financiación: Sin Interés: Que no tengan intereses, puede darse cuando le vendo a mis clientes a plazo, y no les cobro ningún valor adicional por esta “financiación” o modalidad de pago Con Interés: Al valor de contado del bien, le estaremos adicionando un valor en concepto de financiación de las operacionesAl valor de contado del bien, le estaremos adicionando un valor en concepto de financiación de las operaciones • ¿Cómo muestro en la contabilidad el devengamiento de los intereses? Dos opciones: • Si el derecho a cobrar se encuentra en cuenta corriente mercantil • Si el derecho a cobrar se encuentra documentado con un pagaré o cheque diferido Se sugiere lectura del Libro Contabilidad Sistemas y Procesos página 147 y 148 UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Tipos de Créditos según La Forma de Financiación:Con Interés SIN DOCUMENTAR (créditos en cuenta corriente mercantil) Al valor de contado del bien, le estaremos adicionando un valor en concepto de financiación de las operaciones Cómo muestro esto en la contabilidad? Supongamos que el 30/11/14, vendo a crédito por $100 y a medida que vaya transcurriendo el tiempo le cobraré interés del 2% mensual.transcurriendo el tiempo le cobraré interés del 2% mensual. Como no es un crédito documentado, y no se cuándo vendrá a efectivizar el pago, no puedo reconocer por adelantado esos intereses que ira “devengando” el crédito, sólo podré hacerlo a fin de cada mes, cuando como ha transcurrido el tiempo, soy acreedor de los 100 pesos y adicionalmente de 2 pesos más por mes que pasó. 30.11.2014 Debe Haber Deudores por ventas (A/CxV) 100 Ventas (PN/RP/OO) 100 31.12.2014 Deudores por ventas (A/CxV) 2 Intereses ganados (PN/RP/OO) 2 UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Tipos de Créditos según La Forma de Financiación: Con Interés DOCUMENTADO (en el documento se incluye el interés) Al valor de contado del bien, le estaremos adicionando un valor en concepto de financiación de las operaciones Cómo muestro esto en la contabilidad? Supongamos que el 30/11/2014, vendo a crédito por $100 pero el crédito es documentado por medio de un pagaré en el que se pacta el 2% mensual, la fecha de vto es el 31/01/2015 (60 días). Como es un de un pagaré en el que se pacta el 2% mensual, la fecha de vto es el 31/01/2015 (60 días). Como es un crédito documentado y en el mismo se incluye el interés puedo reconocer por adelantado esos intereses que ira “devengando” el crédito, ya que hoy sé que soy acreedor de esos 4 pesos (pero el RP no lo puedo reconocer el 30.11 porque aún no está devengado, recordemos que los intereses se devengan con el paso del tiempo, entonces utilizaré una cuenta regularizadora del Activo rubro Créditos por Ventas para reconocerlo de alguna manera en la Contabilidad) 30.11.2014 Debe Haber Documentos a cobrar (A/CxV) 104 Ventas (PN/RP/OO) 100 Intereses positivos a devengar (Reg A/CxV) 4 31.12.2014* (repetir este asiento el 31.01.2015) Intereses positivos a devengar (Reg A/CxV) 2 Intereses ganados (PN/RP/OO) 2 UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Se pueden clasificar según: D. Según la Forma de Financiación: Caso especial: Ventas con Interés financiero implícito Por último, puede darse el caso de que nosotros no le informemos al cliente del tota del monto pactado por la venta cuánto corresponde a intereses. Yo pacto que al 31.1.14 me tiene que pagar 104. Cuando la verdad es que si el lo hubiera cancelado el mismo 30.11.13, me hubiera pagado sólo 100 pesos (pero no se lo digo al cliente).pesos (pero no se lo digo al cliente). Estamos frente a la existencia de un interés financiero implícito, que no va a ser objeto de contabilidad básica. Sin embargo, es lo mismo que en el ejemplo anterior, no vendí por 104, sino por 100 y los 4 serán resultado de la financiación. Para aproximarse a la realidad la Contabilidad debe cumplir con el requisito de Esencialidad, es decir: Las operaciones y hechos deben contabilizarse y exponerse basándose en su sustancia y realidad económica. En este caso la realidad económica indica que el verdadero precio de venta es $100, los $4 son un resultado de financiación y deben ser tratados como Intereses. UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Análisis de Recuperabilidad de los Créditos Recuperabilidad Cierta, Presunta o Nula. Como procedimiento contable, al cierre de cada ejercicio, debo analizar la recuperabilidad de los créditos que tengo en cartera….esto implica analizar la probabilidad de que ese cobro se materialice o no. Si no tengo dudas, sobre la recuperabilidad de ese crédito, nada deberé hacer. Ahora, que pasa si se que no lo voy a poder cobrar, porque el deudor por ejemplo se declaró insolvente? Tendremos que remitirnos a las 5 características de los activos: Tendremos que remitirnos a las 5 características de los activos: 1. Sea equivalente a efectivo o fácilmente convertible en efectivo 2. Que nos sirva para canjearlo por otro activo, por ejemplo un crédito se convertirá en caja cuando lo cobremos. 3. Que nos sirva para cancelar pasivos 4. Que sea distribuible entre los propietarios del ente 5. Que tenga utilidad económica futura. Si se que ese crédito no lo voy a poder recuperar, no podré canjearlo por efectivo. Por ende, como deja de tener una de las condiciones para ser activo, no puede estar expuesto allí, y deberé acreditar ese derecho para darlo de baja (eliminarlo) del activo; y reconocer un resultado negativo: Ejemplo: Debe Haber Deudores incobrables (PN/RN/OO ó E) 100 Deudores por ventas (A/CxV) 100 UNIDAD III: 3.3 Créditos por Ventas y Otros Créditos Análisis de Recuperabilidad de los Créditos Recuperabilidad Cierta, Presunta o Nula. Por último puede ocurrir que solamente pueda recuperar una parte del crédito y no todo, o que no tenga certeza de su recuperabilidad. En este caso, deberemos crear una Previsión para Deudores Incobrables para poder reflejar esta situación en la contabilidad. PREVISIONAR: Implica anticiparnos, pre-veer ciertos hechos para prevenir sus consecuencias e impactos. Sobre la base de un análisis, ajustaremos la medida del rubro Créditos por Ventas por las posibles pérdidas estimadas.pérdidas estimadas. Este tema de Previsiones para Deudores Incobrables lo trataremos en profundidad cuando veamos el punto 4.7 del programa: Contingencias pasivas y regularizadoras del activo (Previsiones).
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