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PP Módulo 2 2022

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PROCEDIMIENTO 
PARLAMENTARIO: Introducción 
 
 
MÓDULO 2 
 
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ÍNDICE 
Contenido 
LA LEGISLATURA PROVINCIAL ................................................................................................................ 3 
LA ESTRUCTURA DE UN CUERPO LEGISLATIVO ....................................................................................... 4 
La Triple Estructura................................................................................................................................ 4 
Interrelación de las Estructuras ............................................................................................................. 6 
LAS FUNCIONES DEL LEGISLADOR .......................................................................................................... 6 
ETAPAS EN LA ELABORACIÓN DE LA LEY................................................................................................. 8 
 
 
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EL PODER LEGISLATIVO Y SU 
ESTRUCTURA 
 
El Poder Legislativo es aquel que tiene a su cargo la elaboración y sanción de las normas 
jurídicas. En nuestro país, el Poder Legislativo es ejercido por el Congreso Nacional y a nivel 
provincial por la Legislatura. 
La Constitución nacional ubica en primer término al Congreso como poder de la Nación. Con 
esto quiere significar la importancia política que tiene dicho cuerpo, al ser - en principio- el 
órgano más representativo del pueblo.- 
Derecho Parlamentario: “Rama de la ciencia jurídica que investiga los principios a que deben 
ajustarse la constitución y el procedimiento de las asambleas legislativas” 
 
LA LEGISLATURA PROVINCIAL 
Es un órgano estatal, colegiado, compuesto por dos cámaras (bicameral), cuya ocupación 
primordial es ejercer la función legislativa (es decir sancionar leyes). 
Este órgano presenta las siguientes características: 
 
 Es bicameral: porque está compuesto por dos Cámaras. 
 Es colegiado: porque está compuesto por varios individuos. 
 Es complejo: porque tanto la Cámara de Senadores como la Cámara de Diputados 
tiene calidad de órgano. Es decir que la Legislatura es un órgano que, a su vez, esta 
compuesto por dos órganos (es decir las dos cámaras). 
 
Es importante aclarar que la LEGISLATURA no solo tiene funciones legislativas, ya que en 
algunos casos excepcionales también ejerce funciones judiciales (ej.: juicio político) y 
administrativas (todo lo relacionado a su organización interna). 
 
 
Bicamarismo 
 
La Legislatura provincial es bicameral; esto significa que está compuesto por dos Cámaras, 
Cámara de Senadores y Cámara de Diputados, que sesionan en forma separada. 
Es por eso que suele decirse “el Bicamarismo nace del sistema federal”: Nuestro sistema 
bicameral no hace distinción en cuanto a su composición de los miembros que la integran cada 
cámara, por lo tanto en la Cámara de senadores como en Diputados, la representación es en 
base a la población de la sección electoral, generando ciertas injusticias en cuanto a la 
representación de algunos departamentos de la provincia. 
 
 
 
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SECRETARIA 
ADMINISTRATIVA 
PRO-SECRETARIA 
ADMINISTRATIVA 
CONTADURÍA 
INTENDENCIA 
DIRECCIÓN DE 
RECURSOS 
HUMANOS 
COMPRAS Y 
SUMINISTROS 
 
LA ESTRUCTURA DE UN CUERPO LEGISLATIVO 
Procederemos a analizar cómo es la organización de un cuerpo legislativo y cuáles son los 
sectores de la estructura vinculados, directa o indirectamente a la tarea específicamente 
legislativa, ósea a la sanción de una ley. 
También analizaremos el desempeño del legislador en las distintas estaciones. 
 
La Triple Estructura 
La Estructura Administrativa: la mayoría de los cuerpos legislativos tienen un Presidente del 
cual dependen el resto de las áreas. De él dependen las dos grandes secretarías: Legislativa y 
Administrativa, de las cuales derivan subdirecciones, jefaturas, y otras divisiones estructurales 
menores. 
De la Secretaría Administrativa dependen las áreas que darán el apoyo administrativo que toda 
organización, por lo general, requiere, como puede ser: Oficina de recursos humanos, 
contabilidad, compras, mantenimiento, etc. Siendo la máxima autoridad el Secretario 
Administrativo. 
 
A modo de ejemplo podemos representarlo de la siguiente manera: 
 
 
 
 
La Estructura Legislativa: es la verdadera “maquina productiva” de un cuerpo colegiado, con 
una particularidad importante: en casi todas las organizaciones la autoridad superior toma la 
decisión, en el Cuerpo Legislativo, el producto final, la Ley, la Resolución, la Declaración, es 
aprobado por la cámara en pleno. La decisión que culmina con la aprobación, es un proceso 
complejo. 
Secretaría Legislativa es quien velara para que se cumplan con todos los requisitos estipulados 
 
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SECRETARÍA LEGISLATIVA 
PRO-SECRETARIA LEGISLATIVA MESA DE ENTRADAS 
CUERPO DE 
TAQUÍGRAFOS 
DIARIO DE SESIONES 
DIRECCÍON DE 
COMISIONES 
BLOQUE 
"C" 
BLOQUE 
"B" 
BLOQUE "A" 
en la Constitución Provincial y en el Reglamento Interno de cada cámara, para el correcto 
proceso de elaboración y aprobación de los distintos proyectos presentados por los 
legisladores. 
A modo de ejemplo podemos representarlo de la siguiente manera: 
 
 
 
 
 
 
 
 
La Estructura Política: La suma de ambas estructuras, la administrativa y la legislativa, no 
agota tampoco la totalidad de tareas y empleados de la Cámara. En efecto, existe una tercera 
estructura que denominamos POLÍTICA, y está constituida por los BLOQUES (legisladores, 
personal técnico y administrativo). 
Así como la estructura administrativa le da a la legislativa el necesario apoyo administrativo, 
entendemos que la estructura política, es la que le brinda el sustento de representatividad. 
Esta estructura es decididamente atípica y podríamos representarla de la siguiente manera: 
 
 
 
 
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Interrelación de las Estructuras 
 
Si bien las estructuras señaladas son independientes, están en permanente interrelación, tanto 
formal como informal, y esto hace a la esencia del funcionamiento parlamentario. 
El Presidente del cuerpo legislativo es el mismo para las tres estructuras, pero sus funciones 
son diferenciadas, dependiendo la acción que está tomando, será consecuente con la 
estructura en que influye. 
En el Reglamento Interno de la Cámara de Senadores de Mendoza, capítulo V, art.61º nos 
detalla las atribuciones y deberes del Presidente, pero sin diferenciar a que estructura 
corresponde cada una de ellas. 
Pero resulta claro que cuando el Presidente firma un pliego licitatorio lo hace como autoridad 
administrativa, cuando dirige los debates de conformidad al Reglamento o da cuenta de los 
Asuntos Entrados, lo hace como autoridad legislativa, y cuando se expresa en los medios o 
plantea temas en la comisión de LABOR PARLAMENTARIA lo hace como autoridad política. 
Otro aspecto importante es el grado de formalidad o informalidad que presenta cada una de 
las estructuras. 
 
 
 La estructura administrativa es altamente formal, sobre todo en Secretaría 
Administrativa, la liquidación de los sueldos y la confección de los balances contables, 
obedecen a reglas técnicas, formales, 
 La estructura legislativa, y principalmente en el área de Comisiones, es donde se da el 
mayor equilibrio entre formalidad o informalidad, o como se dice en la jerga política, 
es donde se da la discusión técnica-política, 
 Finalmente, la estructura política, es altamente informal. Cuando hablamos de 
informal NO estamos hablando de una organización desordenada, sino que muchas 
veces surgen acuerdos o determinados aspectos, que no los vemos en la letra 
normativa, que pueden ser meramente circunstanciales, como por ejemplo: acordar 
una reunión de comisión en un lugar fuera del ámbito legislativo, o que se reúna la 
comisión en horario de tarde, ofuertemente estables, como puede ser que las 
Comisiones funcionan en horario vespertino. 
 
 
 
LAS FUNCIONES DEL LEGISLADOR 
 
Hemos analizado brevemente la estructura del Poder Legislativo, en general, por lo tanto, 
trataremos de bosquejar la labor diaria de un legislador. 
El legislador realiza tareas y desempeña funciones diferentes según este trabajando en alguno 
de los ámbitos que señalaremos a continuación: 
 
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 En su OFICINA el legislador prepara sus proyectos, analiza proyectos presentados por 
otros legisladores, recibe personas que le plantearán sus inquietudes o le elevarán 
propuestas sobre determinados temas o determinados proyectos que se encuentra para 
su análisis en la Cámara, prepara sus discursos o intervenciones en aquellos ámbitos en 
donde concurrirá en razón de su cargo, recibe a la prensa, es decir, tareas del legislador 
desde lo individual. 
 En las COMISIONES, estamento propio de la estructura legislativa, el legislador 
analiza y estudia los proyectos, sobre todo en sus aspectos técnicos, y en colaboración 
con sus asesores, y buscará en consenso político, con los demás miembros que integran 
la comisión, a los efectos de lograr el texto del Despacho o Dictamen que se presentará 
al cuerpo, para su aprobación. Las Comisiones tienen su propia estructura jerárquica, y 
si el legislador fuere el Presidente, tendrá tareas adicionales vinculadas a la organización 
y funcionamiento de la comisión. 
 En el RECINTO, escenario propio de la máxima autoridad de las tres estructuras, acá 
el legislador se expresa y deja sentada su postura acerca de los temas o proyectos que 
se tratan, participando con su voto en cada decisión del cuerpo. Es un error muy 
difundió el creer que es en este ámbito donde se discuten los proyectos, y se busca 
consenso (esto ocurría en los orígenes del sistema parlamentario, aunque todavía se 
produce en algunos casos). El verdadero trabajo de búsqueda de consensos es en las 
comisiones; al recinto se llega con la posición ya tomada. La tarea del legislador en este 
ámbito, no será tratar de convencer a los demás legisladores, sino de explicar a la 
ciudadanía, desde su punto de vista, cuales son las conveniencias o inconveniencias, 
según el caso, de la decisión que el cuerpo en su conjunto va a tomar. 
 El cuarto ámbito de trabajo del legislador es en el BLOQUE. Aunque pertenecientes a 
un mismo partido, las posiciones de cada uno de sus miembros no están condicionadas 
solo por factores ideológicos, sino que en particular influirán otros aspectos, como 
puede ser el Departamento al cual pertenece. Se hace necesaria una discusión interna 
para definir cuál será la postura que el b, como órgano de expresión de un partido 
político, va a adoptar en cada circunstancia. 
 Finalmente no podemos dejar de lado el tiempo del mandato otorgado al legislador, al 
cabo del mismo, será la población de su DISTRITO quien se expresará si está 
conforme o no con su desempeño, y si está de acuerdo o no en que ocupe una banca 
por un nuevo período. La tarea en el distrito no puede descuidarse. 
 
Esta diversidad de tareas implica que el legislador debe enfrentarse, 
necesariamente, a una simultaneidad y superposición de actividades que hace que 
no siempre pueda cumplir con los compromisos contraídos. Si dos comisiones que el 
integra se reúnen a la misma hora, necesariamente deberá faltar a una. Esto 
debemos de relacionarlo con la INFORMALIDAD de la estructura POLÍTICA. 
 
 
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Es generalizada la creencia de que uno de los principales defectos 
de los cuerpos parlamentarios es la LENTITUD. 
Sin embargo, la correcta calidad de la tarea parlamentaria se 
apoya en un ANÁLISIS ADECUADO del problema, una SERENA 
EVALUACIÓN de las alternativas de solución y una búsqueda del 
más amplio CONSENSO. 
ETAPAS EN LA ELABORACIÓN DE LA LEY 
 
Dentro de las estructuras descriptas, se desarrolla el principal producto del cuerpo legislativo, 
aquello que es su razón de ser, LA LEY. 
Sin entrar en detalles en lo que respecta al trámite legislativo, rápidamente podemos 
mencionas las siguientes etapas: 
 
 
1. Oportuna recepción de las demandas que plantea la sociedad o un sector de ella, 
2. La tarea legislativa requiere de una permanente interconsulta con todos los sectores 
involucrados en el problema y no solo con aquellos que lo plantean, 
3. La toma de una decisión que sea la búsqueda de la VOLUNTAD COMÚN y no la mera 
circunstancia de la voluntad de la mayoría, 
4. La correcta formulación del texto escrito, garantizando su interpretación en 
salvaguarda de la igualdad ante la ley y de la seguridad jurídica. 
5. La adecuada difusión de la normativa sancionada, a fin de que la ciudadanía 
comprenda que la solución adoptada es la más adecuada, de este modo el 
acatamiento será en virtud de un acatamiento voluntario y no simplemente por la 
fuerza coactiva del Estado, 
6. La rápida y segura percepción de los cambios sociales, lo que hará necesaria una 
readecuación de la normativa, esto es la retroalimentación del sistema. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
BIBLIOGRAFÍA 
 Manual de Técnica Legislativa. Héctor Pérez Bourbon. 
 Segundo Congreso Argentino de Administración Pública. Sociedad, Estado y Administración. María Alejandra 
Svetaz,Fermín P. Ubertone, Nicolás Rona y Héctor Pérez Bourbon.

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