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1 PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO: Introducción MÓDULO 2 2 ÍNDICE Contenido LA LEGISLATURA PROVINCIAL ................................................................................................................ 3 LA ESTRUCTURA DE UN CUERPO LEGISLATIVO ....................................................................................... 4 La Triple Estructura................................................................................................................................ 4 Interrelación de las Estructuras ............................................................................................................. 6 LAS FUNCIONES DEL LEGISLADOR .......................................................................................................... 6 ETAPAS EN LA ELABORACIÓN DE LA LEY................................................................................................. 8 3 EL PODER LEGISLATIVO Y SU ESTRUCTURA El Poder Legislativo es aquel que tiene a su cargo la elaboración y sanción de las normas jurídicas. En nuestro país, el Poder Legislativo es ejercido por el Congreso Nacional y a nivel provincial por la Legislatura. La Constitución nacional ubica en primer término al Congreso como poder de la Nación. Con esto quiere significar la importancia política que tiene dicho cuerpo, al ser - en principio- el órgano más representativo del pueblo.- Derecho Parlamentario: “Rama de la ciencia jurídica que investiga los principios a que deben ajustarse la constitución y el procedimiento de las asambleas legislativas” LA LEGISLATURA PROVINCIAL Es un órgano estatal, colegiado, compuesto por dos cámaras (bicameral), cuya ocupación primordial es ejercer la función legislativa (es decir sancionar leyes). Este órgano presenta las siguientes características: Es bicameral: porque está compuesto por dos Cámaras. Es colegiado: porque está compuesto por varios individuos. Es complejo: porque tanto la Cámara de Senadores como la Cámara de Diputados tiene calidad de órgano. Es decir que la Legislatura es un órgano que, a su vez, esta compuesto por dos órganos (es decir las dos cámaras). Es importante aclarar que la LEGISLATURA no solo tiene funciones legislativas, ya que en algunos casos excepcionales también ejerce funciones judiciales (ej.: juicio político) y administrativas (todo lo relacionado a su organización interna). Bicamarismo La Legislatura provincial es bicameral; esto significa que está compuesto por dos Cámaras, Cámara de Senadores y Cámara de Diputados, que sesionan en forma separada. Es por eso que suele decirse “el Bicamarismo nace del sistema federal”: Nuestro sistema bicameral no hace distinción en cuanto a su composición de los miembros que la integran cada cámara, por lo tanto en la Cámara de senadores como en Diputados, la representación es en base a la población de la sección electoral, generando ciertas injusticias en cuanto a la representación de algunos departamentos de la provincia. 4 SECRETARIA ADMINISTRATIVA PRO-SECRETARIA ADMINISTRATIVA CONTADURÍA INTENDENCIA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS COMPRAS Y SUMINISTROS LA ESTRUCTURA DE UN CUERPO LEGISLATIVO Procederemos a analizar cómo es la organización de un cuerpo legislativo y cuáles son los sectores de la estructura vinculados, directa o indirectamente a la tarea específicamente legislativa, ósea a la sanción de una ley. También analizaremos el desempeño del legislador en las distintas estaciones. La Triple Estructura La Estructura Administrativa: la mayoría de los cuerpos legislativos tienen un Presidente del cual dependen el resto de las áreas. De él dependen las dos grandes secretarías: Legislativa y Administrativa, de las cuales derivan subdirecciones, jefaturas, y otras divisiones estructurales menores. De la Secretaría Administrativa dependen las áreas que darán el apoyo administrativo que toda organización, por lo general, requiere, como puede ser: Oficina de recursos humanos, contabilidad, compras, mantenimiento, etc. Siendo la máxima autoridad el Secretario Administrativo. A modo de ejemplo podemos representarlo de la siguiente manera: La Estructura Legislativa: es la verdadera “maquina productiva” de un cuerpo colegiado, con una particularidad importante: en casi todas las organizaciones la autoridad superior toma la decisión, en el Cuerpo Legislativo, el producto final, la Ley, la Resolución, la Declaración, es aprobado por la cámara en pleno. La decisión que culmina con la aprobación, es un proceso complejo. Secretaría Legislativa es quien velara para que se cumplan con todos los requisitos estipulados 5 SECRETARÍA LEGISLATIVA PRO-SECRETARIA LEGISLATIVA MESA DE ENTRADAS CUERPO DE TAQUÍGRAFOS DIARIO DE SESIONES DIRECCÍON DE COMISIONES BLOQUE "C" BLOQUE "B" BLOQUE "A" en la Constitución Provincial y en el Reglamento Interno de cada cámara, para el correcto proceso de elaboración y aprobación de los distintos proyectos presentados por los legisladores. A modo de ejemplo podemos representarlo de la siguiente manera: La Estructura Política: La suma de ambas estructuras, la administrativa y la legislativa, no agota tampoco la totalidad de tareas y empleados de la Cámara. En efecto, existe una tercera estructura que denominamos POLÍTICA, y está constituida por los BLOQUES (legisladores, personal técnico y administrativo). Así como la estructura administrativa le da a la legislativa el necesario apoyo administrativo, entendemos que la estructura política, es la que le brinda el sustento de representatividad. Esta estructura es decididamente atípica y podríamos representarla de la siguiente manera: 6 Interrelación de las Estructuras Si bien las estructuras señaladas son independientes, están en permanente interrelación, tanto formal como informal, y esto hace a la esencia del funcionamiento parlamentario. El Presidente del cuerpo legislativo es el mismo para las tres estructuras, pero sus funciones son diferenciadas, dependiendo la acción que está tomando, será consecuente con la estructura en que influye. En el Reglamento Interno de la Cámara de Senadores de Mendoza, capítulo V, art.61º nos detalla las atribuciones y deberes del Presidente, pero sin diferenciar a que estructura corresponde cada una de ellas. Pero resulta claro que cuando el Presidente firma un pliego licitatorio lo hace como autoridad administrativa, cuando dirige los debates de conformidad al Reglamento o da cuenta de los Asuntos Entrados, lo hace como autoridad legislativa, y cuando se expresa en los medios o plantea temas en la comisión de LABOR PARLAMENTARIA lo hace como autoridad política. Otro aspecto importante es el grado de formalidad o informalidad que presenta cada una de las estructuras. La estructura administrativa es altamente formal, sobre todo en Secretaría Administrativa, la liquidación de los sueldos y la confección de los balances contables, obedecen a reglas técnicas, formales, La estructura legislativa, y principalmente en el área de Comisiones, es donde se da el mayor equilibrio entre formalidad o informalidad, o como se dice en la jerga política, es donde se da la discusión técnica-política, Finalmente, la estructura política, es altamente informal. Cuando hablamos de informal NO estamos hablando de una organización desordenada, sino que muchas veces surgen acuerdos o determinados aspectos, que no los vemos en la letra normativa, que pueden ser meramente circunstanciales, como por ejemplo: acordar una reunión de comisión en un lugar fuera del ámbito legislativo, o que se reúna la comisión en horario de tarde, ofuertemente estables, como puede ser que las Comisiones funcionan en horario vespertino. LAS FUNCIONES DEL LEGISLADOR Hemos analizado brevemente la estructura del Poder Legislativo, en general, por lo tanto, trataremos de bosquejar la labor diaria de un legislador. El legislador realiza tareas y desempeña funciones diferentes según este trabajando en alguno de los ámbitos que señalaremos a continuación: 7 En su OFICINA el legislador prepara sus proyectos, analiza proyectos presentados por otros legisladores, recibe personas que le plantearán sus inquietudes o le elevarán propuestas sobre determinados temas o determinados proyectos que se encuentra para su análisis en la Cámara, prepara sus discursos o intervenciones en aquellos ámbitos en donde concurrirá en razón de su cargo, recibe a la prensa, es decir, tareas del legislador desde lo individual. En las COMISIONES, estamento propio de la estructura legislativa, el legislador analiza y estudia los proyectos, sobre todo en sus aspectos técnicos, y en colaboración con sus asesores, y buscará en consenso político, con los demás miembros que integran la comisión, a los efectos de lograr el texto del Despacho o Dictamen que se presentará al cuerpo, para su aprobación. Las Comisiones tienen su propia estructura jerárquica, y si el legislador fuere el Presidente, tendrá tareas adicionales vinculadas a la organización y funcionamiento de la comisión. En el RECINTO, escenario propio de la máxima autoridad de las tres estructuras, acá el legislador se expresa y deja sentada su postura acerca de los temas o proyectos que se tratan, participando con su voto en cada decisión del cuerpo. Es un error muy difundió el creer que es en este ámbito donde se discuten los proyectos, y se busca consenso (esto ocurría en los orígenes del sistema parlamentario, aunque todavía se produce en algunos casos). El verdadero trabajo de búsqueda de consensos es en las comisiones; al recinto se llega con la posición ya tomada. La tarea del legislador en este ámbito, no será tratar de convencer a los demás legisladores, sino de explicar a la ciudadanía, desde su punto de vista, cuales son las conveniencias o inconveniencias, según el caso, de la decisión que el cuerpo en su conjunto va a tomar. El cuarto ámbito de trabajo del legislador es en el BLOQUE. Aunque pertenecientes a un mismo partido, las posiciones de cada uno de sus miembros no están condicionadas solo por factores ideológicos, sino que en particular influirán otros aspectos, como puede ser el Departamento al cual pertenece. Se hace necesaria una discusión interna para definir cuál será la postura que el b, como órgano de expresión de un partido político, va a adoptar en cada circunstancia. Finalmente no podemos dejar de lado el tiempo del mandato otorgado al legislador, al cabo del mismo, será la población de su DISTRITO quien se expresará si está conforme o no con su desempeño, y si está de acuerdo o no en que ocupe una banca por un nuevo período. La tarea en el distrito no puede descuidarse. Esta diversidad de tareas implica que el legislador debe enfrentarse, necesariamente, a una simultaneidad y superposición de actividades que hace que no siempre pueda cumplir con los compromisos contraídos. Si dos comisiones que el integra se reúnen a la misma hora, necesariamente deberá faltar a una. Esto debemos de relacionarlo con la INFORMALIDAD de la estructura POLÍTICA. 8 Es generalizada la creencia de que uno de los principales defectos de los cuerpos parlamentarios es la LENTITUD. Sin embargo, la correcta calidad de la tarea parlamentaria se apoya en un ANÁLISIS ADECUADO del problema, una SERENA EVALUACIÓN de las alternativas de solución y una búsqueda del más amplio CONSENSO. ETAPAS EN LA ELABORACIÓN DE LA LEY Dentro de las estructuras descriptas, se desarrolla el principal producto del cuerpo legislativo, aquello que es su razón de ser, LA LEY. Sin entrar en detalles en lo que respecta al trámite legislativo, rápidamente podemos mencionas las siguientes etapas: 1. Oportuna recepción de las demandas que plantea la sociedad o un sector de ella, 2. La tarea legislativa requiere de una permanente interconsulta con todos los sectores involucrados en el problema y no solo con aquellos que lo plantean, 3. La toma de una decisión que sea la búsqueda de la VOLUNTAD COMÚN y no la mera circunstancia de la voluntad de la mayoría, 4. La correcta formulación del texto escrito, garantizando su interpretación en salvaguarda de la igualdad ante la ley y de la seguridad jurídica. 5. La adecuada difusión de la normativa sancionada, a fin de que la ciudadanía comprenda que la solución adoptada es la más adecuada, de este modo el acatamiento será en virtud de un acatamiento voluntario y no simplemente por la fuerza coactiva del Estado, 6. La rápida y segura percepción de los cambios sociales, lo que hará necesaria una readecuación de la normativa, esto es la retroalimentación del sistema. BIBLIOGRAFÍA Manual de Técnica Legislativa. Héctor Pérez Bourbon. Segundo Congreso Argentino de Administración Pública. Sociedad, Estado y Administración. María Alejandra Svetaz,Fermín P. Ubertone, Nicolás Rona y Héctor Pérez Bourbon.
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