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El Estado Moderno

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Universidad Nacional de Tucumán
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales
Historia del Pensamiento Político y Jurídico
Dr. RAÚL DÍAZ RICCI
UNIDAD III
El Estado Moderno
 
MODERNIDAD
Disolución del orden medieval 
Cae el Poder Señorial
Consolidan Estados 
Nacionales
En lo Político
En lo 
Económico
Quiebra del 
Feudalismo
En lo Religioso
En lo Cultural
Abandono del 
campo
Incremento de la 
burguesía 
Florecimiento del 
capitalismo
Iglesia (Cisma de 
Occidente) 
Revalorización hombre 
((Antropocentrismo)
Lengua latín 
Neo romance 
 
 
EL MUNDO MODERNO
SIGLOS XVI Y XVII
Filosófico •Antropocentrismo individualista.
•Humanismo renacentista
Cosmográfico •Ampliación horizonte geográfico (nuevas rutas)
• Heliocentrismo
Político Gestación del estado moderno.
Centralización política y descentralización administrativa.
Ideología: 
 Absolutismo de derecho divino.
•Sistema de gobierno.
 Monarquía Absoluta.
Económico Sistema económico:
 Capitalista
Política económica.
 Mercantilismo
Social Sistema de estratificación social: 
 Por estamentos hay desigualdad jurídica.
Estratos: nobles, clero, villanos (burgueses) y campesinos.
 
EL MUNDO MODERNO
SIGLO XVIII
Filosófico Profundización del antropocentrismo individualista.
Racionalismo iluminista: Rechazo de lo trascendente. Reemplazo por lo racional.
Cosmográfico Avances en la ingeniería,, mecánica, botánica, anatomía
Político  Consolida el estado moderno.
 Centralización política y descentralización administrativa.
 Ideologías: 
 Absolutismo Ilustrado (escaso desarrollo económico y reducida burguesía); 
 Liberalismo (gran desarrollo económico y amplia burguesía)
 Sistema de gobierno: 
 Monarquía Autocrática (Ilustrada)
 Monarquía Constitucional
 Monarquía Parlamentaria
 República Constitucional
Económico  Sistema económico. 
 Capitalismo industrial.
 Política económica: 
 Fisiocracia
 Liberalismo económico.
 Sistema de estratificación social: 
 Por clases, hay mayor igualdad jurídica.
Estratos: clase alta (nobles y alta burguesía), burguesía media y baja (urbana y campesina).
 
 Concepción de la vida y del 
universo en función humana.
 Visión optimista e individualista 
de la existencia humana
 Cosmovisión antropocentrista en 
lo religioso, filosófico, científico, 
jurídico, económico y social.
 Significado del humanismo
 Despertar intelectual (siglo XIV)
 Cambios fundamentos sociales, 
económico, culturales y políticos
 Excede los limites de lo artístico 
e intelectual.
 Exaltación concepción del 
hombre: voluntad de cambio.
 Proceso secularización y 
autonomía personal y social
 Proceso cultural que concreta la 
autonomía del hombre frente a lo 
divino y sobrenatural.
 Significado del renacimiento
 Flexibilidad temporal del 
período renacentista ( s.XIV al 
s. XVII). 
 Resurrección cultura greco 
romana (arte, literatura, 
filosofía, educación, ciencia, 
religión, política).
 Reemplazo de la fe por el 
racionalismo, del ascetismo 
por la alegría de vivir.
 Idea de imperio universal y del 
Estado moderno
 Desaparición de la comuna 
municipal.
 Transformación de la 
escolástica
 Carácter laico y revolucionario.
HUMANISMO RENACIMIENTO
 
HUMANISMO RENACIMIENTO
 Nuevos valores del humanismo.
 Sentido de la muerte 
 “laicizado” y sin función religiosa ni 
ética
 huida del enfoque abstracto e 
impersonal
 Sentido de la vida
 Ideal de vivir todas las vidas posibles
 Individuo como ser único no como 
parte de la humanidad.
 Sentido de la gloria o de al fama
 Objetivo de la vida es destacarse
 Grandiosidad en las manifestaciones 
del arte
 Adopta modelos heleno-romanos 
(arquitectura, literatura, pintura) 
 Representa la cultura de nobles y 
burqueses adinerados no a los otros.
 Concepto amplio (sentido lato) 
 Movimiento cultural que cambió el 
eje de las creencias, valores y 
representaciones generando una 
nueva cultura (Mousnier).
 Concepto estricto (sentido restringido)
 Movimiento artístico que 
revaloriza y re crea el arte 
motivado en la cultura clásica 
greco-romana.
 Concepto funcional
 Encuentro de la civilización 
cristina occidental con el espectro 
de la civilización
 
FORMACIÓN DEL ESTADO MODERNO
EL ABSOLUTISMO (S. XV –XVI)
Poliarquía feudal
(Constelación de poderes soberanos)
Autonomía política
Autonomía financiera
Autonomía administrativa
Autonomía legislativa
Autonomía judicial
Integra la “res publica” cristiana
Se sostiene con tributos pagados por señores 
feudales
Posee ejercito basado en el sistema de 
lealtades y mediante levas feudales.
Reino feudal
Dos centros de poder de la 
“res publica” cristiana
Papado poder real
Imperio poder teórico
 
Revolución de las técnicas bélicas: 
Pólvora
Armas de fuego
Milicia mercenaria profesional
Recursos económicos
1° Etapa del Estado Moderno 
Absolutista
Rey feudal retoma soberanía 
Poder impositivo en desmedro de los 
señores feudales, clérigos y ciudades.
Poder administrativo del tesoro real. 
Crea una burocracia jerarquizada.
Poder normativo para dictar 
ordenamiento legislativo.
Poder regulador el aparato productivo 
y comercial.
.
Poder jurisdiccional para resolver 
conflictos penales y civiles
 
Principios o 
derechos del 
poder real
Principio cristiano: legitimación divina del poder político.
Derecho feudal: Rey debe respetar
Leyes fundamentales del reino (privilegios de 
nobles y ciudades)
Derecho de gentes.
Eliminación paulatina de los privilegios
 
Derecho Romano: 
Reglas fundadas en el bien común
Resolver conflictos de comunidades
No hay noción abstracta del Estado.
 
Indivisibilidad entre poder de gobierno y funciones de 
gobierno (legislativo, ejecutivo y judicial)
Confusión entre dominios del Rey y del Estado.
Rivalidad entre poder político del Rey y poder económico 
de la nobleza y burguesía.
Alianza económica con burgueses, comerciantes, 
banqueros y artesanos.
 
Ideología 
absolutista 
Responder los requerimientos de la burguesía.
Satisfacer el sentimiento de patriotismo nacional
Superar la atomización medieval del poder 
Nuclear los grupos y comunidades tras un 
proyecto común.
Gobierno centralista:
Ministros y secretarios de estado.
 Consejos con funciones legislativas, 
ejecutivas, jurisdiccionales, militares, etc.
Organización económica:
Sistema capitalista:
Producción privada de bienes y servicios
Empresa: integra tierras, trabajo y capital
Mercado abierto de empresas privadas.
D-M-D (dinero-mercancía + dinero)
Mercantilismo
Sociedad estamentaria: desigualdad jurídica 
(Privilegios)
 
CONCEPTO: Intervención estatal en el comercio para asegurar la 
acumulación de riquezas.
COMERCIO: 
•exportación de bienes manufacturados para obtener metálico
•Proscripción del comercio de importación, salvo bienes imprescindibles 
y suntuario.
•AGRICULTURA Y MINERÍA: al servicio de producción manufacturera 
nacional (mástiles, madera p/construcción, brea cáñamo, etc.).
•INDUSTRIA: desalentada salvo para evitar importación de productos 
manufactureros.
•POLÍTICA FINANCIERA: intereses baratos para créditos baratos para el 
comerciante.
•POLÍTICA COLONIAL: colonias proveedoras de materia prima para la 
metrópoli
SISTEMA MERCANTILISTA
 
CLASES DE MERCANTILISMO MONOPÓLICO (COLBERT).
Inglaterra: “comercio mundial” (flotas y fletes).
Francia: “importar poco y exportar mucho” (industria y manufactura)
España: “asegurar el oro americano”.Balanza de pagos favorable (flotas 
y galeones).
POLÍTICA ECONÓMICA DE LAS AUSTRIAS.
1500 a 1550 – Siglo de Oro “Política de Precios”.
1550 a 1600 – Prosperidad castellanabaja competencia 
exterior.
Siglo XVII - Cesión del mercado a los extranjeros 
Causas:
a. Superioridad industrial de los Países Bajos.
b. Encarecimiento precios mercaderías castellanas.
c. Escaso espíritu capitalista de Castilla
SISTEMA MERCANTILISTA
 
Consecuencias
Nace el Estado Absolutista como nueva estructura 
política.
Liberación de la superintendencia de la Sede 
Romana
Coexiste con el fantasma del Sacro Imperio 
Romano Germánico
Pretende restaurar la unidad política cristiana 
occidental
Fortalecimiento político de las dinastías reales 
(Habsburgo, Capeto, Valois, Borbon, Saboya, etc.).
Alianza económica con burgueses, comerciantes, 
banqueros y artesanos.
 
PENSAMIENTO POLÍTICO DE MAQUIAVELO 
El Absolutismo Principesco
1. Vida 
 Niccolo Machiavelli (1469-1527) en Florencia 
 Hombre del renacimiento fue poeta, comediógrafo, estratega, diplomático e historiador.
 Observador realidad política no filósofo político.
 Seculariza el pensamiento político.
 Subordina la religión al Estado. Religión es instrumento de poder y elemento de 
cohesión social
2. Obra
 Los discursos sobre la primera década de Tito Livio (publicado en 1532)
 El Príncipe (1514).
 El Arte de la Guerra
 La historia de Florencia.
3. Postulados políticos en la obra El Príncipe.
 Concepción antropológica negativa:
 Hombres naturalmente egoístas, ambiciosos y agresivos. 
 Apetencias humanas sin límites para preservar sus bienes.
 Sociedad integrada por hombres en permanente lucha y competencia.
 Política es el arte de gobernar esa sociedad.
 Gobernante puede “mentir” y “matar” pero no saquear los bienes de sus súbditos. 
 
PENSAMIENTO POLÍTICO DE MAQUIAVELO PENSAMIENTO POLÍTICO DE MAQUIAVELO 
El Absolutismo PrincipescoEl Absolutismo Principesco
3. Postulados políticos en la obra El Príncipe (continuación).
 Concepción del Estado es organicista
 Origen natural del Estado: frente a agresión de los demás necesidad de orden.
 El Estado fuerte para limitar rivalidades humanas (razón de Estado).
 
 Forma de gobierno. 
 Admite formas de gobierno aristotélicas (mixta es superior)
 Pacto institucional entre ciudadanos pero habla poco de los derechos cívicos. 
 Postula república pero con un supremo legislador el Príncipe. 
 Poder legislativo sede de la virtud moral y cívica que surge de la ley.
 República del príncipe es una monarquía absoluta por los atributos soberanos 
para imponer paz y justicia. 
 Poder Militar: primera necesidad del Estado para gobernar (disciplinar a 
ciudadanos y defender el Estado).
 Condiciones del Príncipe
 Habilidad para persuadir a los conciudadanos: hipocresía en las relaciones 
políticas.
 Realismo para acomodarse a la condición humana: “ser temido a ser amado”
 Destreza para acomodarse a las circunstancias: “virtu” (energía y fuerza). 
 Indiferencia frente al valor moral: “doctrina del doble patrón de moralidad del 
príncipe y del ciudadano”
 
PENSAMIENTO POLÍTICO DE JUAN BODIN PENSAMIENTO POLÍTICO DE JUAN BODIN 
El Absolutismo MonárquicoEl Absolutismo Monárquico
1. Vida 
 Juan Bodin (Angers, 1529/30- Laon, 1596) 
 Noble francés formado en las universidades de París y Toulouse 
 Monje carmelita liberado de sus votos por su simpatía al 
pensamiento Calvinista
 Desarrolla ideas en el campo filosófico, jurídico, político y 
económico.
 Ingresa a la administración real fue Procurador del Rey.
 Primer teórico del absolutismo monárquico y del concepto 
moderno de soberanía.
2. Obra
 Método para facilitar el conocimiento al historiador (1566)
 Los seis libros de la República (1576).
 
PENSAMIENTO POLÍTICO DE JUAN BODIN 
El Absolutismo Monárquico
3. Postulados políticos.
 Dios es el fundamento de la razón humana y de la naturaleza humana
 Sociedad humana tiene su origen en un pacto entre familias élites.
 Pacto es el origen del poder político para que una autoridad gobierne a la sociedad.
 Autoridad debe tener todo el poder para ser obedecida = soberanía. 
 Soberanía: “Es la potencia absoluta y perpetua de una República” 
 Estado no debe estar determinado por la Iglesia pero debe respetarla.
 Sociedad política nacional es denominada “República”
 República “es el gobierno recto con poder soberano sobre varias familias y sobre lo 
que les es común” = sociedad política y no a forma de gobierno.
 Príncipe tiene soberanía porque no tiene que rendir cuentas más que a Dios.
Formas de República
 El concepto de soberanía sirve para clasificar las formas políticas
 República monárquica (soberanía recae en el príncipe)
 República aristocrática (soberanía recae en parte del pueblo)
 República popular (soberanía recae en el pueblo)
 Distingue entre soberanía (real, aristocrática y popular) y forma de ejercer el poder 
(legítima, señorial y la turbulenta o facciosa o tiránica)
 
PENSAMIENTO POLÍTICO DE HOBBES 
El Absolutismo de base contractual
1. Vida 
 Thomas Hobbes (1588-1679). Filósofo racionalista inglés. 
 Precursor del iusnaturalismo moderno y del contractualismo 
 Participó luchas entre monarquía y el parlamento.
 Partidario de la dinastía Estuardo.
 Exiliado en Francia al regresar quedó marginado sectores en pugna
2. Obra
 Elementa Philosophie y De Cives(1642)
 El Leviatan (1651) (Leviathan or de matter, from a power of Commonwealth ecclesiastical and 
civil)
3. Postulados políticos.
 Estado de Naturaleza.
 Etapa presocial y prepolítica.
 Concepción antropológica
 Hombres son seres corrompidos y egoísta que buscan satisfacer sus impulsos
 Todos son iguales en la naturaleza.
 Viven en estado de guerra . No hay poder común ni ley que ponga límites
 Hombres están enfrentados a los otros. 
 El hombre es lobo del hombre lo que suscita la guerra total
 
PENSAMIENTO POLÍTICO DE HOBBES 
El Absolutismo de base contractual
 Concepción de la sociedad y del Estado 
 Preservación de cada hombre obliga a organizar la vida en común 
 Pacto social como medio de ordenar el caos. 
 Hombres en Asamblea ceden derechos a un Poder Supremo y Soberano. 
 Autoridad Absoluta: voluntad con derecho a gobernar.
 Cuerpo social no existe sino a través de sus autoridades constituida.
 No hay derechos salvo por delegación del Soberano.
 Derecho y moral derivan de la Soberana Voluntad ilimitada
 Estado =Leviatán: asume la potestad religiosa y son pastores supremos de sus 
súbditos.
 No hay contradicción entre Ley de Dios y Ley del Príncipe cristiano
 Aunque el soberano sea un déspota la resistencia es un alzamiento contra Dios.
 No existe libertad religiosa ni otros derechos o libertades derivadas de la ley natural
 Ley positiva no tiene limitaciones porque es la voluntad del la autoridad
 Única obligación del Estado es preservar la seguridad y ejercer la autoridad.
 Formas de gobierno: depende de la autoridad que ejerce la soberanía. No distingue 
en puras e impuras.
 Juicio crítico. 
 Sus ideas aparecen cuando no hay una teoría política madura por la poca influencia 
de la neoescolástica. 
 Trabajó la concepción divinizada del poder real y la desacralizódesacralizó y desrealizódesrealizó.
 Concibió al poder desde su lado humano, laico e hipertrofiado, 
 
PENSAMIENTO POLÍTICO GROCIO 
El Racionalismo Jurídico
1. Vida 
 Hugo Cornet, Hugo Grocio (Delft:Holanda 1583 – Rostock:Alemania 1645).
 Brilla en las artes, letras, ciencias, poesía y política. 
 Abogado y funcionario público en Rótterdam, Frisia Occidental y de Holanda 
 Nombrado embajador de Suecia ante el rey de Francia.
 Muere en una tempestad en el mar Báltico en 1645
2. Obra
 De iure belli ac pacis (El derecho de la guerra y de la paz), publicada en 1625 y 
dedicada al rey francés Luís XIII. 
 Obra dividida en tres libros: principios del derecho, de la naturaleza, de las genes y 
del derecho público.
 Objetivo es regular las relaciones internacionales a través de nuevos fundamentos del 
derecho y del Estado.
3. Pensamiento jurídico filosófico.
 Nueva corriente iusnaturalistade la moderna filosofía del derecho
 Fundador de la “escuela clásica del derecho natural”.
 Concepción antropológica
 Hombre es un ser racional y sociable.
 Está impulsado por móvil innato (apetito social) a entrar en sociedad organizada
 Su apetito social responde a requerimientos físicos y a sentimientos morales de 
benevolencia.
 Tiene natural inclinación al estado de satisfacción propia y comunitaria.
 
PENSAMIENTO POLÍTICO GROCIO 
El Racionalismo Jurídico
Fundamento de derecho natural
 El derecho natural (jus naturae) y la autoridad natural del hombre proviene de la 
naturaleza sociable (socialis natura) y de Dios.
 El derecho natural (ius naturale) producto de la naturaleza de los hombres y por lo tanto 
invariable y fatal 
 Define el derecho natural como el conjunto de principios que la recta razón demuestra 
conforme a la naturaleza sociable de los hombres y subsistiría aunque no existiere Dios.
 El derecho voluntario (ius voluntarium) se deriva de la voluntad de Dios o de los 
hombres. Ambos son variable según la voluntad creadora (divina o humana).
Concepción de la sociedad y del Estado.
 Estado-sociedad tiene origen en un contrato voluntario con duración superior a las vidas 
humanas.
 Estado concentra el derecho público y el poder político
 No hay representante de una colectividad con derechos privados sino públicos.
 La perpetuidad de los derechos y obligaciones del pueblo se transfiere tácitamente al 
jefe.
 El derecho natural se vincula con la propiedad, el contrato, la esclavitud, las relaciones 
con los otros estados 
Juicio crítico:
 Sociedad, Estado, Nación, Pueblo son nociones que se identifican
 Sociedad y Estado se edifican mediante un contrato voluntario
 Sociedad y Estado son permanentes y superiores en duración a las vidas humanas
 
OPOSICIÓN AL ABSOLUTISMO 
La Neoescolástica
Fundamento del limite de la autoridad temporal
 Afirmación del derecho natural (jus naturae) para refutar al absolutismo
 El derecho no deriva del arbitrio de los príncipes sino de un orden trascendente,
 Niegan la supremacía absoluta del Estado.
 El hombre puede conocer el orden natural mediante lar azón natural al que debe 
someter su voluntad y sus actos 
 La fuente del poder era Dios quién lo delegaba colectivamente a la comunidad
 La inviabilidad de la posesión colectiva del poder obliga a una dirección unitaria.
 El poder tiene existencia efectiva cuando los hombres en comunidad perfecta 
(estado), firman un Pacto y designan un gobernante (príncipe o magistrado)
 El derecho legítimo ordinario del poder de la nación o comunidad es una atribución 
humana y no divina del poder.
 El poder otorgado puede ser revocado y se revierte a la comunidad (colación 
mediata del poder).
 Limitación de la reversión del poder:
 Por extinción de la dinastía
 Transformación del rey en tirano (derecho a la rebelión)
Exponentes de la neoescolástica española
 Francisco de Vitoria (1480-1546) Relecciones Teológicas
 Francisco Suarez (1548-1617). Disputas metafísicas; Tractatus de legibus ac Deo 
legislatore 
 Juan de Mariana (1536- 1624) Del rey y de la Institución real
 
PENSAMIENTO POLÍTICO FRANCISO DE VITORIA 
La neoescolástica. Escuela española de derecho natural 
1. Vida 
 Francisco de Vitoria (Burgos 1480/83, Salamanca 1546).
 Fraile dominico español, escritor y catedrático de la Escuela de Salamanca (España)
 Se destaca por sus ideas y contribuciones al derecho internacional y a la economía 
moral.
 Es un exponente del pensamiento humanista y del realismo aristotélico-tomista
 Estudia en la Universidad de París arte y teología y regresa a España en 1523.
 
2. Obra
 Relecciones Theologiae (publicada pos morten en 1556)
 De indis y de iure belli (1539)
 Potestate Civile (1528)
3. Pensamiento jurídico filosófico.
 El poder de imponer leyes no pertenece a ningún hombre individualmente.
 Hombres son naturalmente libres para conferir el poder según conveniencia
 Hay más libertad en una república que en una monarquía.
 Conviene la monarquía por la unidad del poder evita divisiones
 Crea la teoría mayoritaria y rechaza la obligación de la unanimidad.
  Rechaza las ideas medievales s/jerarquías feudales y supremacía emperador o Papa.
 Poder civil sujeto a autoridad espiritual del Papa pero no a su poder temporal.
 Los indios no son seres inferiores. Poseen iguales derechos como ser humano y son 
dueños de sus tierras. (Cuestión de los justos títulos)
 Derecho internacional basado en la Idea de una comunidad de todos los pueblos fundada 
en el derecho natural, y no simplemente en el uso de la fuerza  (Derecho de gentes) 
 
PENSAMIENTO POLÍTICO FRANCISO SUAREZ 
La escuela española de derecho natural. Perfección de la neoescolástica. 
1. Vida 
 Francisco Suarez (Granda 1548-Lisboa 1617).
 Teólogo, filósofo y jurista español
 Sacerdote jesuita y catedrático de la Escuela de Salamanca (España) y en Roma.
 Doctor Eximius et Pius por su autoridad, intelectual revitalizando la escolástica. 
 Destaca por ideas al derecho internacional y a la economía moral.
 Exponente del pensamiento humanista y del realismo aristotélicotomista
 
2. Obra
 Disputationes metaphysicae (1597) 
 Tractatus de legibus ac Deo legislatore, muy fecunda para la doctrina iusnaturalista y 
de derecho internacional. 
3. Pensamiento jurídico filosófico.
 Hombre es creatura de Dios y naturalmente social y político
 Estado surge por unión voluntaria de familias
 Cada miembro de sociedad debe aportar al bien general y tiene e poder natural de regir a 
sus miembros hacia el bien general
 La sociedad civil tiene el poder de gobernarse a si misma 
 Ese poder lo confiere al gobernante.
 Poder del gobernante es un cuasicontrato: concedido por el consentimiento de la 
comunidad.
 Todo régimen político (monarquía, aristocracia, democracia fómas mixtas) es legítimo
 Ley natural rige a estados e individuos
 
PENSAMIENTO POLÍTICO JUNA DE MARIANA 
La escuela española de derecho natural. Perfección de la neoescolástica. 
1. Vida 
 Juan de Mariana (Talavera de la Reina 1536/36 -Toledo 1624).
 Sacerdote jesuita, teólogo e historiador español
 Estudia en Alcalá de Henares Arte y Teología
 Completa formación sacerdotal en Roma 
 Enseña en la Universidad de Palermo (Sicilia) y en la de París
 Exponente del pensamiento humanista y de la transición entre monarcómacos 
católicos (Escuela) y los monarcómacos protestantes (Liga).
 Crítico del naturalismo político de Maquiavelo
 
2. Obra
 De rege et regis institutione (Toledo 1599) Estudia la REaliza 
 Historiae de rebus hispaniae (Toledo 1592)
3. Pensamiento jurídico filosófico.
 La educación del Príncipe debe comenzar pronto 
 Deberes del Príncipe es la moderación y la sensatez
 Estudia la Realeza en los estados primitivos, los privilegios de la monarquía hereditaria, la 
sucesión al trono.
 Postula la restricción del poder real por la participación del pueblo por la sumisión del rey 
a las leyes.
 Teoriza sobre el regicidio o el tiranicidio siguiendo a Tácito que lo justifica.
 Olvida la doctrina cristiana por la admiración de los autores clásicos. 
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