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GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO. SUB GERENCIA DE PROGRAMACIÓN E INVERSIONES. NORMATIVIDAD DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES. I TALLER: “Presentación del PPBR 2018 - 2020 y Rendición de Cuentas PPBR 2016” MAYO – 2017. MARCO NORMATIVO D.L. Nº 1252, (01/12/16) que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe y Deroga el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP. D.S. Nº 027-2017-EF, (23/02/17) que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe. Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01, (08/04/17) que aprueba la Directiva N° 001-2017-EF/63.01: Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Resolución Directoral N° 002-2017-EF/63.01, (21/04/17) que aprueba Directiva N° 002-2017-EF/63.01: Directiva para la Formulación y Evaluación en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. El Congreso de la República mediante Ley Nº 30506 delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar, por un plazo de noventa (90) días calendario, sobre diversas materias relacionadas con la reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de PETROPERÚ S.A; Que, el literal e) del inciso 1 del Artículo 2 de la citada Ley otorga la facultad de legislar a fin de reorganizar el Sistema Nacional de Inversión Pública: CICLO DE INVERSIONES Ciclo de Inversiones Ciclo de inversiones Invierte.pe 4. Funcionami ento 1. PMI 2. Formulación y Evaluación 3. Ejecución PROGRAMA MULTIANUAL DE INVERSIONES1 D G P M I : • Lineamientos y normas de la fase de PMI. • Supervisa la calidad de los PMI Sectoriales, Regionales y Locales. • Verifica conformidad DGETP. • Elabora el PMIE. • Capacitación y Asistencia Técnica Órgano Resolutivo (OR): • Aprueba el PMI. • Presenta a la DGPMI el PMI aprobado. • Aprueba las Brechas de Infraestructura y/o Servicios (*) y Criterios de priorización. • Designa OPMI y responsable. • Designa UF y responsable. • Designa UEI y responsable. O P M I : • Estima Brechas, propone al OR Criterios de Priorización. • Elabora y actualiza Cartera de Inversiones. • Elabora PMI Regional. Coordinación UF, UEI, y presenta al OR. • Informa la DGETP sobre inversiones (PIPs) a ser financiados con deuda. • Registra en el BI a las UF, UEI y responsables. • Sigue metas de producto e indicadores de resultado. • Coordina OPMI Sectorial. R o l e s e n l a F a s e d e P M I U F y U E I : • Remite información y coordina con OPMI. Orden de Prelación CARTERA DE INVERSIONES VII. Inversiones nuevas y preparación con impacto en cierre de brechas. TOMAR EN CUENTA FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN2 Se inicia con la elaboración de fichas técnicas o estudios de preinversión, acorde con la complejidad del proyecto previsto en el PMI. La UF registra el proyecto en el Banco de Inversiones, así como el resultado de la evaluación. Con el resultado de la evaluación realizada de la UF culmina la fase de Formulación y evaluación. En el caso de PIP con deuda pública, la OPMI respectiva y la DGPMI determinan la UF responsable de la formulación y evaluación. En el marco de las metodologías especificas los OR de los sectores del GN, definirán progresivamente las fichas técnicas aplicables a los proyectos de inversión (Proyectos Estándar o Simplificados). EJECUCIÓN3 Si se incorpora mayores recursos durante el año de ejecución, se puede ejecutar proyectos no previstos en el PMI , previa aprobación de la OR e informar a DGPMI, conforme a la normatividad presupuestaria vigente. Comprende la ejecución financiera y física con cargo a los recursos asignados a las inversiones, conforme a la Programación Multianual y aprobados en los presupuestos. Consta de la etapa de elaboración de expediente técnico o su equivalente (no PIP) y su posterior ejecución. Las modificaciones en fase de ejecución se registran en el Banco de Inversiones. Culminada la ejecución de las inversiones, la UEI realiza la liquidación física / financiera y cierra el registro en el Banco de Inversiones. FUNCIONAMIENTO4 La OPMI realiza evaluaciones ex post, las que se determinaran mediante directivas de acuerdo a la complejidad de las inversiones. Se realizan reportes anuales a la OPMI sobre el estado de dichos activos. La entidad titular de dichos activos destina los recursos para la operación y mantenimiento. Presentación de la PMI OR del Sector, GR o GL presenta ante la DGPMI. Oficio con el reporte generado por el módulo de registro de la PMI y los criterios de priorización. Fecha Por este año se amplio la presentación al 28 de abril. En el marco del Reglamento del D.L 1252, Articulo 10, Numeral 10.6, los PMI deberán ser realizados conforme a los criterios de programación que establezca la DGPMI. El Órgano Resolutivo de los Sectores, GR y GL, presentan su PMI antes del 30 de marzo de cada año fiscal. Actual izac ión de la PMI. Cuándo: Cada año fiscal. Quién: OPMI. - Evaluación avance de metas. - Toma en cuenta evaluación DGPMI [consistencia]. - Toma en cuenta información de UF y UEI. - Empieza el proceso de PMI nuevamente. - Importancia del proceso de Seguimiento. Excepciones Inversiones No Previstas - Informe de Sustento. Emergencias - La fase de PMI no aplica para inversiones de emergencia. - Al termino de la ejecución de estos proyectos las OPMI deben informar, a la DGPMI, si dicha ejecución afecto las metas originalmente establecidas en el PMI. Pertinencia y Justificación del cambio, cumpliendo CP . refleje A tomar en cuenta Antes de programar nuevas inversiones asegurar culminación de inversiones en ejecución. Conformidad de la DGETP cuando corresponda. Inversiones con más de un ejecutor: acuerdos. Cartera de Inversiones (CI) de GR y GL comprenden inversiones de entidades y empresas bajo jurisdicción. Inversiones por transferencia en la CI del Sector. Inversiones en ejecución. CI mostrará orden de prioridad. Coordinación con Sector. CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Nro. Criterios generales P1 Criterios específicos P2 + SUSTENTO DE CRITERIO GENERAL SUSTENTO DE CRITERIO ESPECIFICO 1 Competencia 15 Competencia exclusiva 50 1 0 0 LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES ART. 10 . ART. 10 …1) COMPETENCIAS EXCLUSIVAS 2)COMPARTIDAS ESTABLECIDAS EN LA CONSTITUCION Y LA LEY DE BASES DE DESENTRALIZACION. Competencia compartida 30 Se encuentra con arreglos institucionales 20 2 Alineamiento institucional (*) 15 Alineamiento a los ejes estratégicos del Plan Bicentenario 30 1 0 0 PLAN BICENTENARIO DEL PERU AL 2021 APROBADO CON DS. 054- 2011-PCM / PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN, APROBADO CON ORDENANZA REGIONAL Nro. 17-2013-GRSM/CR y modificada mediante Ordenanza Regional N° 17-2015-GRSM/CR, del 07 de diciembre de 2015 PBP al 2021 Eje Est. 01, 02, 03, 04, 05, 06 Alineamiento a los componentes del PDCR 40 PDCR 2015-2021, Componentes 01, 02, 03, 04, 05, 06 Alineamiento a los objetivos estratégicos del PEI 30 PEI GRSM 2015-2014; OEI (17), de cada componente 3 Asignación eficiente 15 Permite reducir las brechas económicas 25 1 0 0 DECRETO LEGISLATIVO N. 1252, QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES. Disposiciones Complementarias Transitorias, Tercera.- Determinación de Brechas y Criterios de Priorización. Cuarta.- Programación Multianual de Inversiones del para el periodo 2018- 2020. Permite la reducción de brechas de infraestructura 25 Reducción en las Brechas de Acceso a Servicios Publicos 25 Reducción de brechas ambientales 25 4 Inclusión social 15 Reducción del nivel de pobreza 20 1 00 LINEAMIENTOS DEL PLAN NACIONAL: PLAN BICENTENARIO DEL PERUAL 2021 APROBADO CON DS. 054-2011-PCM / PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO REGIONAL Alineado en el Plan de Desarrollo Concertado : Indicadores de las Variables Estratégicos, Objetivos Estratégicos y Acciones Estratégicas de los Objetivos Estratégicos, Indicadores y Metas, que tratan de Objetivos Estratégicos que permitirán lograr mejoras sociales, económicas, políticas y ambientales. Nivel socioeconómico de Beneficiarios 15 Tamaño de la población 15 Índice de desarrollo humano 18 Incluye CC.NN 20 Ámbito Geográfico Rural 8 Ámbito Geográfico Urbano 4 5 Sostenibilidad 10 Capacidad de financiamiento de la operación y mantenimiento de proyectos. 100 1 0 0 DECRETO LEGISLATIVO N. 1252, QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES. Reglamento del DECRETO LEGISLATIVO N. 1252. / Ley de Presupuesto Público Anual.No cuenta con financiamiento de la operación y mantenimiento de proyectos. 0 6 Territorialidad (*) 10 Articula mas de 03 provincias 50 10 0 DECRETO SUPREMO N°. 132-2010-EF., REFERIDO AL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DECRETO SUPREMO N°. 132-2010-EF, Articulo 03,04 y 05. Proyectos de Impacto Regional, Provincial, Distrital. Articula hasta 02 provincias 30 Solo una 01 provincia 20 7 Monto de inversión (*) 5 Mayor o igual a 15000 UITs: 50 10 0 DECRETO LEGISLATIVO N. 1252, QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES. Reglamento del DECRETO LEGISLATIVO N. 1252. Mayor a 750 UITs. Menor a 15000 UITs. 40 Menor o igual a 750 UITs. 10 8 Alineado al OT (Ordenamiento Territorial)- ZEE (Zonificación Económica y Ecológica) 8 Se encuentra alineado 70 10 0 OT (Ordenamiento Territorial)- ZEE (Zonificación Económica y Ecológica) Zonificación Económica y Ecológica, aprobado con Ordenanza Regional N° 012- 2006-GRSM-CR Complementario al ZEE 30 9 Gestión del riesgo de Desastres 7 Se incorporó la gestión de riesgo de desastre 100 10 0 Plan Regional de Prevención y reducción de riesgo de desastres por inundación y erosión fluvial en la región San Martín 2017-2021 Política regional de prevención y riesgo de Desastres. Artículo 12.- Requerimientos de fichas técnicas y estudios de preinversión para la formulación y evaluación de proyectos de inversión DIRECTIVA N° 002-2017-EF/63.01 Para la formulación y evaluación de un proyecto de inversión, se deberá contar con lo siguiente: 12.1. Los niveles para declarar la viabilidad de los proyectos de inversión son los siguientes: RANGOS DE MONTOS DE INVERSIÓN A PRECIOS DE MERCADO EN UIT (1) TIPO DE DOCUMENTO TÉCNICO Hasta 750 (S/ 3 037 500,00) Ficha técnica simplificada (proyectos de inversión simplificados) Mayor a 750 y menor a 15000* (> a S/ 3 037 500,00 y < a S/ 60 750 000,00) Ficha técnica estándar (proyectos de inversión estándar) Perfil (proyectos de inversión no estandarizados a la fecha de su formulación o proyectos de inversión de alta complejidad) Mayor o igual a 15000* y menor a 407000 (≥ a S/ 60 750 000,00 y < a S/ 1 648 350 000,00) Perfil (proyectos de inversión de alta complejidad) Mayor o igual a 407000 (≥ a S/ 1 648 350 000,00) Perfil reforzado (proyectos de inversión de alta complejidad) (1) UIT 2017 = S/ 4 050 * O según la línea de corte establecida por el Sector. Diferenciación entre PIP e inversiones que NO constituyen PIP • Optimización: compra de terrenos e inversiones menores que resultan de hacer un mejor uso de la oferta existente. • Ampliación marginal: incrementan el activo no financiero de una entidad pública pero que no modifican su capacidad de producción de servicios. • Reposición: reemplazo de activos que han superado su vida útil. • Rehabilitación: reparación o renovación de las instalaciones, equipamiento y elementos constructivos sin ampliar la capacidad de provisión de servicios. Todas corresponden a intervenciones de carácter temporal y se financian, total o parcialmente, con recursos públicos. Inversiones que califican como PIP Inversiones que NO califican PIP Formación de capital físico, humano, natural, institucional e/o intelectual que tenga como propósito crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad de producción de bienes y/o servicios que el Estado tenga responsabilidad de brindar o de garantizar su prestación.
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