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StuDocu no está patrocinado ni avalado por ningún colegio o universidad. Antecedentes del Derecho Civil Derecho (Universidad del Valle de México) StuDocu no está patrocinado ni avalado por ningún colegio o universidad. Antecedentes del Derecho Civil Derecho (Universidad del Valle de México) Descargado por Mario Alvarez (malberto.alvarez.g@icloud.com) lOMoARcPSD|12232338 Antecedentes del Derecho Civil El derecho civil, tal y como lo conocemos hoy en día, viene derivado del hecho de codificación que se inició a finales del siglo XVIII y que terminó siendo creado a principios del siglo XIX. El derecho civil venía siendo una simple recopilación de leyes, ordenadas cronológicamente y en ocasiones ordenadas según algunas materias determinadas. Esta codificación consiguió un poco de coherencia dentro del sistema del Derecho Civil, sobre todo se trataba de no acumular leyes contradictorias entre sí. Antecedentes Históricos Del Derecho Civil Mexicano En el año de 1510 se ordena reunir disposiciones dictadas para los indios, ubicados en la nueva América. En el año de 1533 se copian ordenanzas, provisiones y cédulas para que estas se forman de una copia y se enviarán al consejo de la Nueva España. En 1542 se puede considerar, la primera constitución dada para el Nuevo Mundo; las disposiciones dictadas van dirigidas a autoridades o cuerpos determinados. En la época prehispánica México ha sido divido desde la antigüedad en grandes culturas y pueblos. Al tratarse de culturas como la azteca ha sido de gran importancia, el derecho se manifestó en costumbres, las cuales eran ligadas muchos con la religión. La inclinación habitual de la gran masa indígena ante el poder de los miembros creó una incertidumbre para la posición jurídica de los humildes. Los Aztecas tenían una jerarquía de tribunales aztecas , desde el teuctli, el cual era el juez de elección popular, anual, competente para asuntos menores, pasando por un tribunal de tres jueces vitalicios, para asuntos más importantes, nombrados por el Cihuacóatl, hasta llegar mediante un sistema de apelación, al tribunal de monarca, que se reunía cada 24 días" por lo que se puede decir que ya los aztecas manejaron contratos, era muy conocido como el trueque, compraventa, préstamos y contratos como se indica eran verbales y en ocasiones se utilizaron testigos para evitar transas. Antigua Roma El antecedente por antonomasia sobre el derecho civil lo encontramos en la época del antiguo imperio romano, donde coexistían dos tratados que regulaban el derecho civil, que eran: el IUS CIVILE y el IUS GENTIUM. El IUS CIVILE trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanos entre sí, basado en sus propias relaciones. El derecho IUS GENTIUM, por contra se basaba en las relaciones pero en las existentes entre los ciudadanos romanos y el resto de pueblos del mundo conocido. El IUS CIVILE, en aquella época se trataban tanto el derecho privado como el derecho público. Durante la caída del imperio romano, estos derechos fueron fuertemente acogidos por los pueblos bárbaros que al observarlos superiores al suyo, los adoptaron para su propio beneficio. Edad Media Descargado por Mario Alvarez (malberto.alvarez.g@icloud.com) lOMoARcPSD|12232338 El Derecho civil, entendido como Derecho romano, va a desempeñar un papel sumamente importante en la Edad Media: el de Derecho común. Ha y que destacar que la fuerza del Derecho Civil como Derecho común provenía también de una necesidad política: el concepto de Imperio Sacro Romano Germánico, restaurado por Carlomagno en el año 800 como continuación del Imperio Romano. En el 476 d.C. se produce la caída del Imperio Romano de Occidente en lo que se ha denominado el inicio de la Edad Media. Pero el Derecho romano seguía sobreviviendo en la práctica de los pueblos dominados y con gran influencia en las leyes de los pueblos invasores. Entre el Ius Civile y el Ius Canonicum va a darse una influencia recíproca y continua. También como Derecho común se considera el Derecho feudal. En la Edad Moderna, el Estado se convierte en el Estado absoluto que tiende a que su Derecho nacional sea el exclusivo o predominante. De ahí que el Derecho civil, entendido como Derecho romano, sufra un gran eclipse, si bien ello ya estaba preparado desde finales de la Edad Media. La sociedad medieval hasta finales de la Edad Media va a vivir, no sin tensiones, la idea de que era un todo unitario bajo el Imperio, que tenía, por tanto, un único Derecho. El Imperio postulaba un único Derecho, que va a ser el civil-romano. En México En México 1548 el virrey Antonio de Mendoza realiza una compilación por iniciativa que abarca la legislación de las Indias, pero no incluye los derechos para los indios, y es Diego de Encinas de la Cámara del Consejo quién lo logra en el año de 1596, de la cual de imprimen 48 ejemplares, en 4 volúmenes como cédulas. Las ordenanzas se elaboran y redactan como obras unitarias y uniformes y es Juan de Ovando quien proyecta un Código en sentido moderno, quien dice cómo hay que proveer generalmente todos los casos y reducirlos a ordenanzas, por lo que se debe llamar libros de leyes, para que los indios puedan entenderla y comprenderla con mucha facilidad, este fue quién diera el principio a lo que conocemos como Códigos o leyes. La iglesia adoptó en un principio dicho mecanismo para el castigo de los herejes. El principal objetivo era castigar a los indios creyentes en su antigua religion politeista. La organización correspondía a la jurisdicción de los obispos en cada diócesis conocer los delitos, cuya misión era perseguir a los hombres por sus creencias, para qué nadie se apartará de los cánones establecidos por la teología, se usaba el tormento para obtener la confesión del delito. La inquisición fue un mecanismo para la investigación de crímenes y otros la persecución política. ID: 042190182 Daniel Garcia Tovar Descargado por Mario Alvarez (malberto.alvarez.g@icloud.com) lOMoARcPSD|12232338
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