Logo Studenta

Control de lectura 3_ 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO ACTO ADM ESTR Y ORG ADM PÚB ) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 1 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
Control de lectura 3
Fecha de entregaFecha de entrega 24 de mayo en 22:40 PuntosPuntos 20
PreguntasPreguntas 9
DisponibleDisponible 24 de mayo en 21:20 - 24 de mayo en 22:40 1 hora y 20 minutos
Límite de tiempoLímite de tiempo 80 minutos
Instrucciones
Este examen ya no está disponible, debido a que el curso ha concluido.
Historial de intentos
IntentoIntento HoraHora PuntajePuntaje
MÁS RECIENTEMÁS RECIENTE Intento 1 Intento 1 78 minutos 13 de 20 *
Buen día estimados alumnos
A continuación les doy unas indicaciones a tener en cuenta:
1) Prender la cámara durante toda la evaluación y mantener en silencio su audio.
2) Realizar las consultas por interno a la profesora en caso algo no entienda (de ser el
caso porque todo está claro), no interrumpir durante la evaluación. Por ello, se
recomienda que antes de responder lea detenidamente las preguntas y respuestas. 
3) No se permitirá usar el material de clase, y la evaluación es individual. Si la profesora
detecta un plagio se aplicarán las medidas pertinentes por la falta cometida.
4) Enviar su examen dos minutos antes para evitar que el sistema cierre la evaluación,
no se aceptarán evaluaciones fuera del plazo, excepto que sea un error de infosil o
canvas y deberá enviar correo con los print del error a soporte usil y a la coordinadora
del curso, con copia a mi persona.
5) En el caso de preguntas abiertas sustente su respuesta en base a lo estudiado en
clase. Para las respuestas que tengan un máximo de 6 a 7 líneas.
Muchos éxitos!
https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076/history?version=1
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 2 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
* Algunas preguntas no se han calificado
Puntaje para este examen: 1313 de 20 *
Entregado el 24 de mayo en 22:39
Este intento tuvo una duración de 78 minutos.
 
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 1Pregunta 1
1) De los siguientes ejemplos, señale las respuestas
incorrectasincorrectas:
 
a. La demolición de un edificio por la autoridad
administrativa, por razones de seguridad, sin la decisión
previa del órgano competente, califica como un hecho
administrativo.
 
b. En el caso que un policía se lleve con la grúa un vehículo
mal estacionado, ello califica como un acto administrativo.
 
c. En el caso de otorgamiento de concesiones para la
comercialización (importación o exportación), esto califica
como un hecho administrativo.
  d. Sólo b y c ¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
  e. Todas las anteriores 
 
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 2Pregunta 2
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 3 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
2) Con respecto al acto administrativo y sus elementos, es
correcto correcto afirmar lo siguiente:
 
a. La declaración de la entidad, es de naturaleza unilateral e
implica solo una manifestación de voluntad administrativa
producto de un determinado análisis como por ejemplo, las
resoluciones administrativas – Decisorias.
 
b. El acto administrativo debe ser realizado en función
administrativa de poder y necesariamente quien los genera
debe ser un órgano público.
 
c. Destinado a producir efectos hacia el exterior de la entidad
que emite el acto administrativo y los efectos jurídicos son
actuales.
 
d. Los efectos del acto administrativo no son concretos y no
necesariamente recae sobre un solo administrado, puede
estar dirigido a un número incierto de personas.
  e. Ninguno de los anteriores. ¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
 
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 3Pregunta 3
3) Lea el siguiente ejemplo y determine ante qué forma
jurídica administrativa estamos:
En el caso de una circular que da a conocer a todos los jefes
de una entidad pública la necesidad de asistir a una
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 4 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
ceremonia por la adquisición de un nuevo material para un
área en específico de la administración, lo cual sirve para
organizar a la entidad.
  a) Reglamento administrativo 
  b) Acto de administración interna ¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
  c) Hecho administrativo 
  d) Contrato administrativo 
  e) Ninguno de los anteriores 
 
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 4Pregunta 4
4) Lea el siguiente ejemplo y determine ante qué forma
jurídica administrativa estamos:
La Jefatura de la Municipalidad de Chiclayo remite un
memorándum al funcionario administrativo José Mendoza
con la finalidad de que le remita un informe técnico y cierta
documentación sobre el área que maneja, especificando las
actividades realizadas por el funcionario, plazos, avances.
 
 
  a) Hecho administrativo 
  b) Reglamento administrativo 
  c) Acto de administración interna ¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 5 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
  d) Contrato administrativo 
  e) Ninguno de los anteriores 
 
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 5Pregunta 5
5. Lea el siguiente ejemplo y determine ante qué forma
jurídica administrativa estamos: 
El Ministerio de Interior (en adelante, la Entidad) requiere la
mejora y ampliación de una de sus oficinas centrales, para lo
cual necesita de los servicios de una empresa especializada
en gerencia de proyectos de construcción para que ella
realice todo lo que sea necesario para lograr el resultado,
incluyendo a los ejecutores de la obra propiamente dicha, el
supervisor, los proveedores, presupuesto, etcétera. Por lo
cual, realiza una subasta pública a fin de obtener diversos
postores que ofrezcan el servicio que la Entidad requiere, de
lo cual resulta como ganador de la buena pro el contratista
ITZA S.A, quien deberá cumplir los términos y plazos que
requiere la entidad. Posteriormente, con el otorgamiento de
la Buena pro se suscribe un acuerdo entre las partes donde
se detallan las obligaciones de cada una, así como el pago
del servicio, condiciones, normativa aplicable, entre otras
consideraciones.
  a) Hecho administrativo 
  b) Reglamento administrativo 
  c) Contrato administrativo ¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
  d) Acto de administración interna 
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 6 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
  e) Ninguno de los anteriores 
 
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 6Pregunta 6
6. De las siguientes afirmaciones, señale la respuesta correcta
 
a) Los actos definitivos, son aquellos actos con los cuales se
finaliza un procedimiento administrativo, realizando la
finalidad última o mediante la ley. Ejemplo: la adjudicación
constituye el acto final mediante el cual el Estado determina
cual es la oferta más ventajosa y la acepta.
 
b) Los actos que causan estado son aquellos en los que la
Administración tiene un margen para escoger, entre varias
opciones, la que considere más conveniente.
 
c) Los actos firmes son aquellos que pueden ser impugnados
por las vías ordinarias del recurso administrativo o
contencioso administrativo.
 
d) Dentro de las modalidades de acto administrativo
tenemos: Término, condición y modo.
  e) Sólo a y d. ¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
 
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página7 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 7Pregunta 7
7. Respecto a las causales de nulidad del acto es correcto
afirmar que:  
 
 
a. La contravención a la Constitución, a las leyes o normas
reglamentarias implica contravenir el principio de juricidad,
celeridad y legalidad
 
b. En caso los actos administrativos padezcan de vicios en su
formación caracterizados expresamente como trascedentes,
no corresponde declarar su nulidad
 
c. Otra causal de nulidad es cuando los actos administrativos
son constitutivos de infracción penal o que se dicten como
consecuencia de la misma y se requiere la existencia de una
sentencia emitida con carácter final por un juez o tribunal
penal .
¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
  d. Sólo a y b 
  e. Todas las anteriores. 
 
1 1 / 1/ 1 pts ptsPregunta 8Pregunta 8
8. Identifique y marque lo que no corresponde
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 8 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
 
a. Los actos de la Administración Pública que se encuentra
sujeta al derecho administrativo se presumirán válidos y no
producirán efectos desde la fecha de su notificación.
 
b. El acto administrativo no puede tener efectos retroactivos
o eficacia anticipada
 
c. El acto administrativo no puede ser sometido a modalidad
ni condición suspensiva
 
d. La ley no considera a la publicación como una forma de
notificación.
  e. Todas las anteriores ¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!¡Correcto!
 
Aún no calificado Aún no calificado / 12/ 12 pts ptsPregunta 9Pregunta 9
9. Analice el siguiente caso y responda las consultas,
fundamente sus respuestas en base a la LPAG y a lo
estudiado en clases. Consignar el número de pregunta en la
rpta, máximo de 6 a 8 líneas.
1. ¿En este caso, identifique cuál sería el acto administrativo?
2. ¿Cuáles son los requisitos de validez del acto
administrativo? Enumere y explique dos de ellos.
3. ¿Por qué el TC señala que la falta de motivación de los
actos administrativos, constituye una arbitrariedad e
ilegalidad? ¿En este caso, no hubo una debida motivación?
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 9 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
Fundamente su respuesta.
4. ¿Está de acuerdo con la resolución del TC, por qué?
...............................................
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONALSENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 13 días del mes de junio de 2011, la Sala
Segunda del Tribunal Constitucional, integrada por los
magistrados Eto Cruz, Vergara Gotelli y Urviola Hani,
pronuncia la siguiente sentencia:
ASUNTOASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don
Reynaldo Pizarro Gregorio contra la resolución expedida por
la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica,
de fojas 256, su fecha 22 de setiembre de 2010, que declaró
infundada la demanda de autos.
ANTECEDENTESANTECEDENTES
El recurrente interpone demanda de amparo contra la Oficina
de Normalización Previsional (ONP) solicitando que se
declare inaplicable el artículo 3º del Decreto Supremo 063-
2007-E, y que en consecuencia se restituya el pago de la
pensión de jubilación que venía percibiendo en virtud de la
Resolución 82869-2004-ONP/DC/DL 19990.
La emplazada contesta la demanda señalando que en
ejercicio de su facultad de fiscalización posterior, determinó
que en el caso del actor existían indicios de adulteración de
los documentos que sustentaron el otorgamiento de su
pensión de jubilación. 
El Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Ica, con fecha
15 de junio de 2010, declara fundada la demanda sosteniendo
que la pensión del actor fue suspendida luego de
transcurrido el plazo razonable, basándose en indicios y sin
precisarse con claridad la motivación de la suspensión, por lo
que se han vulnerado sus derechos a la pensión y al debido
proceso.
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 10 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
La Sala Superior competente, revocando la apelada, declara
infundada la demanda estimando que la suspensión se
sustenta en indicios razonables de adulteración de la
documentación que sustenta la pensión del demandante, por
lo que consideró que la demandada ha cumplido con motivar
adecuadamente la resolución que dispone la suspensión.
FUNDAMENTOSFUNDAMENTOS
Delimitación del petitorioDelimitación del petitorio
Si bien la pretensión del demandante se encuentra dirigida a
obtener la inaplicación del artículo 3º del Decreto Supremo
063-2007-EF, lo que en realidad pretende es la reactivación
de su pensión de invalidez cuestionando la resolución que
declara la suspensión del pago.
La motivación de los actos administrativosLa motivación de los actos administrativos
Este Tribunal ha tenido oportunidad de expresar su posición
respecto a la motivación de los actos administrativos; así:
“[…][E]l derecho a la motivación de las resoluciones
administrativas es de especial relevancia. Consiste en el
derecho a la certeza, el cual supone la garantía de todo
administrado a que las sentencias estén motivadas, es decir,
que exista un razonamiento jurídico explícito entre los hechos
y las leyes que se aplican. […]
La motivación de la actuación administrativa, es decir, la
fundamentación con los razonamientos en que se apoya, es
una exigencia ineludible para todo tipo de actos
administrativos, imponiéndose las mismas razones para
exigirla tanto respecto de actos emanados de una potestad
reglada como discrecional.
En esa medida, este Tribunal debe enfatizar que la falta de
motivación o su insuficiencia constituye una arbitrariedad e
ilegalidad, en la medida en que es una condición impuesta
por la Ley N.° 27444. Así, la falta de fundamento racional
suficiente de una actuación administrativa es por sí sola
contraria a las garantías del debido procedimiento
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 11 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
administrativo” (STC 00091-2005-PA/TC, fundamento 9,
párrafos 3, 5 a 8, criterio reiterado en STC 294-2005-PA/TC,
STC 5514-2005-PA/TC, entre otras). 
Adicionalmente se ha determinado en la STC 8495-2006-
PA/TC que: “un acto administrativo dictado al amparo de una
potestad discrecional legalmente establecida resulta
arbitrario cuando sólo expresa la apreciación individual de
quien ejerce la competencia administrativa, o cuando el
órgano administrativo, al adoptar la decisión, no motiva o
expresa las razones que lo han conducido a adoptar tal
decisión. De modo que, motivar una decisión no sólo significa
expresar únicamente bajo qué norma legal se expide el acto
administrativo, sino, fundamentalmente, exponer en forma
sucinta –pero suficiente– las razones de hecho y el sustento
jurídico que justifican la decisión tomada”.
Análisis del casoAnálisis del caso
La Resolución 82869-2004-ONP/DC/DL 19990 de la que se
desprende que al demandante se le otorgó pensión de
jubilación del régimen general del Decreto Ley 19990, a partir
del 7 de febrero de 1994, al haber cumplido con la edad y
aportaciones requeridos para acceder a la pensión solicitada.
Asimismo consta de la resolución impugnada (f. 10), que en
uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del
Decreto Supremo 063-2007-EF, la demandada suspendió el
pago de la pensión de jubilación del recurrente señalando,
según el Informe 333-2007-GO.DC, expedido por la División
de Calificaciones de la Gerencia de Operaciones de la ONP,
con fecha 13 de noviembre de 2007, que existían indicios
razonables de irregularidad en la información y/o
documentación presentadapor las personas consignadas en
el Anexo 1 –entre las cuales estaba el demandante– (f. 212),
con el fin de que se le otorgue su pensión de jubilación.
En tal sentido de lo actuado se colige que pese a haber
quedado excluido el actor de la investigación, tal como se
observa  del Informe 049-2007-DIRCOCOR PNP/DIVINES
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 12 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
DAONP (f. 179 al dorso), expedido por la Policía Nacional del
Perú, y de la lista de asegurados en cuyos casos se determinó
que los documentos supuestamente emitidos por el Fundo
Santa Ana para sustentar sus pensiones eran  falsos (f. 194);
mediante Resolución  de Gerencia de Operaciones 6926-
2007-GO/ONP, de fecha 16 de noviembre de 2007 (f. 208 y
siguientes), se le inició un procedimiento de fiscalización 
posterior a la apertura de su expediente de pensión.
Cabe precisar que desde la suspensión de la pensión hasta la
fecha de interposición de la demanda no se ha determinado o
comprobado la adulteración de documentos emitidos por la
empresa “Fundo Santa Ana S.C.R.L.” que sirvieron de
sustento para obtener la pensión del actor, lo cual trae como
consecuencia que la resolución de suspensión de la pensión
del demandante carezca de la debida motivación.
Por lo tanto, al no haberse determinado que los documentos
presentados por el demandante hayan sido adulterados, la
suspensión de su pensión no ha sido debidamente motivada
y, en tal sentido, la Administración ha cometido un acto
arbitrario y vulneratorio del derecho a la seguridad social y a
la debida motivación.
Consecuentemente se ha acreditado la vulneración de los
derechos a la motivación de resoluciones administrativas, a la
debida motivación, a la seguridad social y a la pensión. Por
estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la
autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú. HAHA
RESUELTORESUELTO
Declarar FUNDADAFUNDADA la demanda por haberse acreditado la
vulneración de los derechos a la pensión, a la seguridad social
y a la debida motivación; en consecuencia, NULANULA la
Resolución 3806-2007-ONP/DP/DL 19990.
Reponiendo las cosas al estado anterior a la vulneración del
derecho a la pensión; se ordena a la ONP que restituya el
pago de la pensión de invalidez del demandante, con el
abono de las pensiones dejadas de percibir desde la emisión
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 13 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
Su respuesta:
de la Resolución 3806-2007-ONP/DP/DL, en el plazo de dos
días hábiles, más los intereses legales correspondientes y
costos del proceso.
EXHORTAREXHORTAR a la ONP a investigar en un plazo razonable en
todos los casos que existan indicios de adulteración de
documentos, a fin determinar fehacientemente si existió
fraude en el acceso a la pensión.
 
Desarrollo:
1. El acto administrativo que mas se adecua con el caso es el
acto definitivo, ya que se trata acerca de los derechos de las
personas y como se pueden vulnerar, el acto definitivo es una
decisión motivada y fundada en el derecho.
2. Requisitos de validez de acto administrativo:
1. Competencia: Son emitidos por el órgano de la facultad,
regularmente nominada al momento del dictado y en caso de
órganos colegiados, cumpliendo los requisitos de sesión
2. Objecto de contenido: Se trata de los actos administrativos
expresan el objetivo de tal modo que puedan determinarse
sus efectos jurídicos, su contenido debe ser preciso y
conciso. 
3. Finalidad publica: Se basa en el interés publico, estos
tienen que ser asumidos por las normas que proponen las
facultades sin ser permitido el acto, aun encubiertamente,
alguna finalidad.
4. Motivación: El acto administrativo debe de estar motivado
y conforme con el ordenamiento jurídico.
5. Procedimiento regular: Antes de regular el acto debe de
cumplir con los procedimientos administrativos.
3. Al parecer no se hizo un buen análisis del caso concreto
25/12/22, 17:18Control de lectura 3: 274043 - DERECHO ADMINISTRATIVO I (TEO. ACTO ADM. ESTR. Y ORG. ADM.PÚB.) - 2022-01 - FC-PREDER05A1N
Página 14 de 14https://usil.instructure.com/courses/39241/quizzes/177076
por lo que no se puede dar una decisión buena, uno de los
requisitos de validez es una debida motivación, para que un
acto administrativo tenga validez tiene que estar concreto.
4. De acuerdo con el tribula constitucional, ya que 
consecuentemente se ha acreditado la vulneración de los
derechos a la motivación de soluciones administrativas, a la
debida motivación, a la estabilidad social y a la pensión. 
Puntaje del examen: 1313 de 20
El puntaje del examen se ha ajustado manualmente en +5.0 puntos.

Continuar navegando