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Ideas Preliminares La base empírica de las ciencias sociales es la conducta humana. El objeto del Derecho es la realidad social o cultural regulada por la realidad normativa de acuerdo con ciertos valores. La ciencia jurídica tiene una base empírica (la conducta social), una base normativa (el ordenamiento jurídico) y una base ideal (los valores). El estudio del Derecho comprende estos tres aspectos: social, normativo y valorativo. LAS DISCIPLINAS JURÍDICAS Ejm.: Juan presta un cantidad de dinero a su amigo Enrique para que compre una casa. Vencido el plazo para la devolución del préstamo, Juan se apersona a la casa de Enrique y se halla con la ingrata sorpresa de que Enrique ha viajado a radicar al extranjero dejando impaga la deuda. Juan concurre a una fiesta y ante varias personas, indignado cuenta lo sucedido, produciéndose el siguiente diálogo: 1. (moralista): mal - bien 2. (sacerdote): Dios 3. (filósofo del Derecho): hecho injusto - sanción 4. ( Abogado): Demanda 5. (Historiador del Derecho): 6. (Sociólogo del Derecho) 7. (Ius Economista): seguro de crédito El fenómeno jurídico se estudia, mediante sus varias perspectivas, por diversas disciplinas jurídicas, conexas entre sí, debido a que el Derecho es norma, realidad social, economía, valor, historia, espacio, tiempo. 1. Sacerdote: Dios juzga los hechos a la luz divina 2. Moralista Condenan los hechos y lo relacionan a los valores 3. Filósofo del Derecho 4. Abogado calificación jurídica del hecho. 5. Historiador del Derecho referencia a los hechos pasados que tienen conexión en el contexto actual. 6. Sociólogo del Derecho Analiza el hecho en el contexto de la realidad social. 7. Ius Economista análisis económico del hecho. Veamos a continuación las diversas disciplinas que estudian el fenómenos jurídico: A. Dogmática Jurídica B. Derecho Comparado C. Teoría General del Derecho D. Sociología del Derecho E. Derecho Económico F. Psicología del Derecho G. Historia del Derecho H. Lógica Jurídica I. Filosofía del Derecho A.- Dogmática Jurídica La dogmática jurídica estudia el ordenamiento jurídico vigente en un cierto ámbito espacial (espacio/tiempo). La dogmática jurídica estudia la estructura del ordenamiento jurídico relacionándolo con la realidad social que se aplica en el lugar y momento determinado y con las valoraciones predominantes en esa sociedad. Los conceptos de doctrinas y teorías jurídicas no se construyen solamente en torno a la ley sino esencialmente sobre la base de la realidad social en la cual se crea, interpreta y aplica el derecho (en las valoraciones que son predominantes). Un ejemplo de dogma jurídico sería el siguiente: Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege (no hay crimen, ni hay pena, si no existe una ley previa), en síntesis: no hay pena sin ley. En este ejemplo, una de las tareas esenciales de la dogmática jurídica es, mediante la aplicación de sus principios y la interpretación de sus postulados básicos, es llenar lagunas legales en Derecho Penal. Finalmente de acuerdo con el profesor Bacigalupo: “La dogmática es un instrumento de los juristas para alcanzar una aplicación racional de las leyes, garantizando la seguridad jurídica y la igualdad en la aplicación de las mismas. El objeto de la dogmática es el derecho positivo”. B.- Derecho Comparado Es una técnica para estudiar el Derecho. Se caracteriza por contrastar instituciones o figuras jurídicas de distintos ordenamientos con el propósito de profundizar el conocimiento del ordenamiento propio. Su estudio data de finales del siglo XIX en el que comienza a afirmarse la utilización del método comparativo en el estudio del Derecho a fin de descubrir las leyes que gobiernan la evolución de los distintos Derechos, la búsqueda de las características más comunes y las diferencias de los diversos sistemas jurídicos positivos en todo el mundo. Es una expresión sólidamente asentada y sirve para indicar el método de estudio comparativo en ordenamientos jurídicos de diversos países. Esto implica la comparación de las realidades sociales en las cuales aquellos operan. No sólo se compara normas , sino también realidades sociales reguladas por esas normas. C. – Teoría General del Derecho Trata del estudio de los conceptos jurídicos fundamentales, esenciales, comunes a las diversas ramas del ordenamiento jurídico a todo el Derecho sin apartarse de la realidad. La teoría General del Derecho ofrece conceptos fundamentales, válidos para todo el Derecho como ciencia. Fue calificada de “general” para diferenciarla de las ciencias jurídicas especiales, pues mientras estas tenían por objeto el estudio de las distintas ramas del Derecho, la Teoría General del Derecho es una ciencia general de dichas ciencias especiales, es decir, una síntesis y generalización de los resultados obtenidos por estas disciplinas. Ejemplos de conceptos jurídicos: Sujeto Norma Jurídica Objeto de derecho Ordenamiento Jurídico Coercibilidad Sanción D.- Sociología Jurídica La sociología jurídica es parte de la sociología general. Estudia el hecho social de su estructura y funcionamiento a fin de conocer cómo los grupos humanos se organizan y se desenvuelven en función de los múltiples factores que actúan sobre las formas de convivencia en la sociedad. García Maynez la define como la “disciplina que tiene por objeto la explicación del fenómeno jurídico, considerado como hecho social”. La sociología jurídica estudia el Derecho como fenómeno social conforme aparecen en la realidad. No mira al ordenamiento jurídico sino a su eficacia en el plano de la realidad social, cuál es su función en la colectividad y de qué manera influye en la vida social. Estudia las relaciones que existen entre el ordenamiento jurídico y la vida social así como sus influencias recíprocas. E.- Derecho Económico Surgió a medida que las sociedades fueron creciendo y desarrollando el intercambio de bienes o servicios, por lo cual se originaron diversos métodos de transacciones. Las circunstancias económicas en condicionados siempre la situación social, jurídica y política de los individuos. Por su parte el Derecho cumple la función de garantizar la libertad y seguridad del mercado a través de sus leyes naturales: oferta y demanda pero como en la realidad no tenemos un mercado de competencia perfecta el Derecho debe corregir las distorsiones del mercado generados. Por ejm.: monopolios, oligopolios, costos de transacción, etc. Tiene como función velar por el funcionamiento de la economía de un país. Son normas de expresión económicas relativas a la propiedad, posesión, créditos, etc. Busca, en términos generales, asignar al Estado un poder regulador eficiente, fomentar los mecanismos de mercado, sancionar los actos que estén fuera del reglamento establecido y concertar los intereses que promuevan la actividad económica nacional e internacional y del sector privado. El profesor español Angel Rojo define al Derecho económico como: “Aquel Derecho en el que se integran aquellas normas que determinan los principios ordenadores de la economía en un concreto espacio. El régimen jurídico del mercado o mercados comprendidos en ese espacio, la organización y el funcionamiento de los sujetos económicos que operan en él y las relaciones entre ellos”. F.- Psicología del Derecho Es una rama o especialidad de la psicología, y tiene por finalidad aplicar los conocimientos y técnicas básicas y experimentales propias de la psicología al estudio de la conducta humana en sus diferentes facetas dentro del ámbito legal. Esta intervención puede ser en sus diferentes escenarios: tribunales, cárcel o incluso asistencia víctimas, etc. Como ya se mencionó se sostiene en dos disciplinas: la psicología y el derecho: El Derecho: estudia el conjunto de leyes que permiten la convivencia entre los miembros de una sociedad. La Psicología: Se encarga del estudiode la conducta humana, en el sentido más amplio de la palabra, incluyendo los procesos mentales. Teniendo en cuenta ambas definiciones se podría intentar una aproximación de la definición de psicología jurídica como la rama de la psicología que estudia la conducta del ser humano y sus procesos mentales de cara a establecer las leyes, su aplicación, las consecuencias y sus efectos que puedan resultar de todo este proceso. G.- Historia del Derecho Aquella disciplina dentro de las ciencias sociales, se ocupa del estudio del desarrollo y evolución del Derecho en el tiempo entendiendo por tanto los ordenamientos jurídicos históricos como las ideas sobre el Derecho que han tenido influencia en ese desarrollo y evolución. En síntesis: El surgimiento, progreso, desenvolvimiento y evolución del Derecho es objeto de estudio de esta rama. H.- Lógica Jurídica Ciencia que estudia las leyes y reglas del pensamiento o del raciocinio. Por ejemplo: a.- Los principios de razón suficiente ( Todo lo que ocurre tiene una razón suficiente para ser así y no de otra manera). b.- De tercero excluido (toda proposición es verdadera o falsa, entre estos dos valores no se admite nada intermedio o tercero). c.- De identidad (todo objeto es idéntico a si mismo: A es A) d.- De no contradicción ( es imposible que algo sea y no sea al mismo tiempo y en el mismo sentido) La Lógica Jurídica no puede ser otra cosa distinta a la aplicación de los conocimiento lógico al estudio, elaboración, interpretación y aplicación del Derecho. Esta disciplina contribuye a desarrollar la capacidad de discernimiento sobre principios, normas, reglas de Derecho y de acción jurídica. La lógica jurídica es considerada como un instrumento (correlación armónica), un método de investigación para analizar, interpretar y aplicar el Derecho, es decir construir argumentos coherentes demostrando la verdad de los hechos. Coincidencia entre la Ley y los principios jurídicos. I.- Filosofía del Derecho La palabra filosofía proviene del griego philo (amor) y sophia (sabiduría). El filósofo se dedica constantemente a la búsqueda del conocimiento del bien y la verdad, sin pretender una finalidad práctica. La filosofía es un conocimiento absoluto que investiga por medio de la razón los principios universales de todas las cosas, las causas primeras y las fundamentaciones últimas, más allá de las cuales no puede remontarse la inteligencia humana. La ciencia investiga un sector de la realidad, en cambio la filosofía investiga la totalidad de lo que es. Tenemos pues que la filosofía jurídica es una rama de la filosofía general, por lo que presenta los mismos caracteres que esta. Enfrenta las cuestiones mas hondas y generales del Derecho, ubicando su estudio en una sistematización general de los conocimientos humanos, lo que nos permite comprender no sólo el sentido, o si se quiere, la significación de lo jurídico en una concepción total del mundo y de la vida, sino también el carácter y fundamentación de las disciplinas que lo toman por objeto. Según Recanses Siches, filosofía significa “propósito de conocimiento del universo”. Para Ortega y Gasset “conocimiento del universo y de todo cuanto hay” y que por cierto “contiene el hombre”.
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