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Política internacional 
UNIDAD IV – El escenario europeo
PARTE A
COMISIÓN EUROPEA - “Europa 2020. Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador” (2010)
UN MOMENTO DE TRANSFORMACIÓN
La crisis se ha llevado por delante avances recientes
La reciente crisis económica no tiene precedentes en nuestra generación. Los constantes progresos en materia de crecimiento económico y creación de empleo registrados durante la última década han desaparecido. Salir de la crisis es el reto inmediato, pero el mayor reto es evitar la tentación de volver a la situación que existía antes de la crisis, porque incluso entonces había muchos ámbitos en los que Europa no avanzaba con suficiente rapidez en relación con el resto del mundo:
· La tasa media de crecimiento de Europa ha sido estructuralmente inferior a la de nuestros principales socios económicos.
· A pesar de haber mejorado, los niveles de empleo en Europa (media del 66 % para las personas de 20-64 años) todavía son perceptiblemente más bajos que en otras partes del mundo.
· El envejecimiento de la población se acelera. La combinación de una menor población activa y una mayor proporción de jubilados se traducirá en más tensiones en nuestros sistemas de bienestar.
Europa debe proceder a una elección difícil pero estimulante: o nos enfrentamos colectivamente al reto inmediato de la recuperación y a los retos a largo plazo (mundialización, presión sobre los recursos, envejecimiento) a fin de compensar las recientes pérdidas, recuperar competitividad, potenciar la productividad y volver a encarrilar a la UE por la senda de la prosperidad («recuperación sostenible»), o continuamos con un ritmo de reformas lento y en gran parte no coordinado.
La mejor forma de que Europa tenga éxito es actuando colectivamente, como una Unión. Durante los últimos dos años, las medidas comunes adoptadas en el momento álgido de la crisis a través del Plan Europeo de Recuperación contribuyeron a impedir el derrumbe de la economía, mientras que nuestros sistemas de bienestar ayudaron a proteger a las personas contra un mayor desamparo.
Precisamos una estrategia para convertir a la UE en una economía inteligente, sostenible e integradora caracterizada por unos altos niveles de empleo, productividad y cohesión social. Ésta es la Estrategia Europa 2020, una agenda para todos los Estados miembros, que tiene en cuenta las diferentes necesidades, los diversos puntos de partida y las especificidades nacionales con el fin de promover el crecimiento para todos.
UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR
¿Dónde queremos que esté Europa en 2020?
El núcleo de Europa 2020 debería estar constituido por tres prioridades1:
– Crecimiento inteligente: desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación.
– Crecimiento sostenible: promoción de una economía que utilice más eficazmente los recursos, que sea verde y más competitiva.
– Crecimiento integrador: fomento de una economía con un alto nivel de empleo que redunde en la cohesión económica, social y territorial.
La UE debería acordar comúnmente un número limitado de objetivos principales que sean representativos de la perspectiva de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Deben ser mensurables, capaces de reflejar las diferentes situaciones de los Estados miembros y basados en datos suficientemente fiables a efectos comparativos: 
· El nivel de empleo de la población de entre 20 y 64 años debería aumentar del 69 % actual a por lo menos el 75 % mediante, entre otras cosas, una mayor participación de las mujeres y los trabajadores más mayores y una mejor integración de los inmigrantes en la población activa;
· En la actualidad, la UE tiene como objetivo invertir el 3 % de su PIB en I+D;
· Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero al menos en un 20 % en comparación con los niveles de 1990;
· Un objetivo educativo centrado en los resultados, que aborde el problema del abandono escolar, reduciéndolo;
· El número de europeos que viven por debajo de los umbrales nacionales de pobreza debería reducirse en un 25 %.
Estos objetivos son representativos, no exhaustivos, ya que cada Estado miembro es diferente y la UE de 27 Estados miembros es más diversa que hace una década.
Crecimiento inteligente: una economía basada en el conocimiento y la innovación
El crecimiento inteligente significa la consolidación del conocimiento y la innovación como impulsores de nuestro crecimiento futuro. Esto requiere mejorar la calidad de nuestra educación, consolidar los resultados de la investigación, promover la innovación y la transferencia de conocimientos en toda la Unión, explotar al máximo las TIC y asegurarse de que las ideas innovadoras puedan convertirse en nuevos productos y servicios que generen crecimiento y empleos de calidad y que ayuden a afrontar los retos derivados de los cambios sociales en Europa y en el mundo. Pero para tener éxito, esto debe combinarse con un espíritu emprendedor, financiación y una atención prioritaria a las necesidades de los usuarios y a las oportunidades del mercado. Estas políticas deberían aplicarse tanto en los niveles regional y nacional como de la UE.
Iniciativa emblemática «Unión por la innovación»: Su objetivo es recentrar la política de I+D+i en los retos a los que se enfrenta nuestra sociedad: cambio climático, energía y uso eficaz de los recursos, salud, evolución demográfica, etc. Cada uno de los eslabones de la cadena de innovación debería ser reforzado, desde la investigación sin límites hasta la comercialización.
Iniciativa emblemática «Juventud en movimiento»: Mediante la promoción de la movilidad de estudiantes y aprendices, su objetivo es reforzar los resultados y el atractivo internacional de las instituciones de enseñanza superior de Europa, incrementar la calidad general de todos los niveles de educación y formación en la UE, combinando excelencia y equidad, y mejorar la situación laboral de los jóvenes.
Iniciativa emblemática «Una agenda digital para Europa»: El fin es lograr beneficios económicos y sociales sostenibles gracias a un mercado único digital basado en un acceso a internet y unas aplicaciones interoperativas rápidas y ultrarrápidas, con banda ancha para todos en 2013, acceso universal a velocidades muy superiores (al menos 30 Mbps) en 2020 y un 50 % o más de hogares europeos abonados a conexiones a internet superiores a 100 Mbps.
Crecimiento sostenible
El crecimiento sostenible significa construir una economía que aproveche los recursos con eficacia, que sea sostenible y competitiva, que aproveche el liderazgo de Europa en la carrera para desarrollar nuevos procesos y tecnologías, incluidas las tecnologías verdes, que acelere el desarrollo de redes inteligentes en la UE y refuerce las ventajas competitivas de nuestras empresas. Europa debe actuar:
· Competitividad: La UE prosperó gracias al comercio, las exportaciones a todo el mundo y la importación de materias primas y productos acabados. Debido a la gran presión ejercida sobre los mercados de exportación y para un número creciente de materias primas, debemos mejorar nuestra competitividad frente a nuestros principales socios comerciales gracias a una mayor productividad.
· Lucha contra el cambio climático: La realización de nuestros objetivos en materia de clima significa reducir las emisiones significativamente y con más rapidez de lo que lo hicimos en el decenio anterior y explotar plenamente el potencial de nuevas tecnologías como la captura y almacenamiento de carbono.
· Energía limpia y eficaz: Alcanzar nuestros objetivos energéticos podría traducirse en una disminución en las importaciones de petróleo y gas de 60 000 millones EUR hasta 2020. Esto no solo supone un ahorro financiero, sino que es vital para nuestra seguridad energética.
Iniciativa emblemática «Una Europa que utilice eficazmente los recursos»: El objetivo es apoyar el paso a una economía que utilice eficazmente sus recursos y con pocas emisiones de carbono. El objetivo es desligar nuestro crecimiento económicodel uso de recursos y de energía, reducir las emisiones de CO2, reforzar la competitividad y promover una mayor seguridad energética.
Iniciativa emblemática «Una política industrial para la era de la mundialización»: La Comisión cooperará estrechamente con los interesados de los diferentes sectores (empresas, sindicatos, medios académicos, ONG, organizaciones de consumidores) y elaborará un marco para una política industrial moderna con el fin de apoyar el espíritu empresarial, de guiar a la industria y ayudarla a reforzarse para superar estos retos, promover la competitividad de las industrias primarias, manufactureras y de servicios de Europa y ayudarlas a aprovechar las oportunidades de la mundialización y de la economía verde. El marco abordará todos los elementos de la cadena de valor (cada vez más internacional), desde el acceso a las materias primas hasta los servicios posventa.
Crecimiento integrador
El crecimiento integrador significa dar protagonismo a las personas mediante altos niveles de empleo, invirtiendo en cualificaciones, luchando contra la pobreza y modernizando los mercados laborales y los sistemas de formación y de protección social para ayudar a las personas a anticipar y gestionar el cambio, y a construir a una sociedad cohesionada. También es esencial que los beneficios del crecimiento económico se difundan por toda la Unión.
· Empleo: Debido a la evolución demográfica, nuestra población activa está a punto de reducirse. Existe un gran riesgo de que personas alejadas del mercado laboral o con débiles vínculos con el mismo los pierdan definitivamente.
· Cualificaciones: Alrededor de 80 millones de personas solo tienen unas cualificaciones bajas o básicas, pero el aprendizaje a lo largo de la visa beneficia sobre todo a los más formados.
· Lucha contra la pobreza: 80 millones de personas corrían riesgo de pobreza antes de la crisis.
Iniciativa emblemática «Una agenda para nuevas cualificaciones y empleos»: El objetivo es crear condiciones para modernizar los mercados laborales con objeto de incrementar los niveles de empleo y garantizar la continuidad de nuestros modelos sociales. Esto significa habilitar a las personas mediante la adquisición de nuevas cualificaciones con el fin de que la población activa actual y futura se adapte a las nuevas condiciones y a potenciales cambios de carrera; reducir el desempleo; e incrementar la productividad laboral.
Iniciativa emblemática «Plataforma europea contra la pobreza»: El objetivo es garantizar la cohesión económica, social y territorial, basada en el actual Año Europeo de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social, a fin de aumentar la conciencia y reconocer los derechos fundamentales de las personas que sufren de pobreza y exclusión social, permitiéndoles vivir con dignidad y participar activamente en la sociedad.
CARENCIAS Y PROBLEMAS
Un mercado único para el siglo XXI
Las tendencias actuales muestran signos de fatiga de la integración y de desencanto con respecto al mercado único. La crisis ha añadido tentaciones de nacionalismo económico. Se necesita un nuevo impulso (un compromiso político genuino) para relanzar el mercado único, mediante una adopción rápida de las iniciativas citadas más abajo. Este compromiso político requerirá una combinación de medidas que colmen las lagunas del mercado único. Cada día, empresas y ciudadanos se enfrentan con la realidad de las trabas a las actividades transfronterizas, que persisten pese a la existencia legal del mercado único.
Para adaptar el mercado único y que sirva a los objetivos de Europa 2020 se requieren unos mercados que funcionen adecuadamente, que estén bien conectados y en los que la competencia y el acceso de los consumidores estimulen el crecimiento y la innovación. Debe crearse un mercado único y abierto de servicios sobre la base de la Directiva de servicios, pero garantizar al mismo tiempo la calidad de los servicios prestados a los consumidores.
Inversión en el crecimiento: política de cohesión, movilización del presupuesto de la UE y de la financiación privada
La cohesión económica, social y territorial seguirá constituyendo el núcleo de la Estrategia Europa 2020 con el fin de garantizar que todas las energías y capacidades se movilizan y se centran en la consecución de las prioridades de la Estrategia. Para realizar los objetivos de Europa 2020 es vital un marco reglamentario que convierta a los mercados financieros en efectivos y seguros. El Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Europeo de Inversiones pueden contribuir a apoyar un «círculo virtuoso» en el que la innovación y el espíritu empresarial puedan financiarse provechosamente desde las inversiones pioneras hasta la cotización en los mercados de valores, en asociación con las muchas iniciativas y sistemas públicos ya existentes a nivel nacional.
Desplegar nuestros instrumentos de política exterior
Es preciso desplegar todos los instrumentos de política económica exterior para fomentar el crecimiento europeo mediante nuestra participación en unos mercados mundiales abiertos y justos. Es la mejor vía para beneficiarse de la mundialización que impulsará el crecimiento y el empleo. Al mismo tiempo, la UE debe afirmarse con mayor eficacia en la escena mundial, jugando un papel de liderazgo en la conformación del futuro orden económico mundial a través del G-20, y persiguiendo el interés europeo, con un despliegue activo de todos los instrumentos de los que disponemos.
Como mayor bloque comercial mundial, la UE prospera abriéndose al mundo y prestando una atención especial a lo que otras economías desarrolladas o nuevas hacen para anticipar las tendencias futuras o adaptarse a las mismas. Actuar en la OMC y bilateralmente para asegurar un mejor acceso al mercado de las empresas de la UE, incluidas las PYME, y unas condiciones de competencia equitativas con respecto a nuestros competidores exteriores debería ser un objetivo clave.
Además, uno de los objetivos vitales para los próximos años será establecer relaciones estratégicas con las economías emergentes para abordar problemas comunes, promover la cooperación en materia de regulación y otro tipo de cooperación, y solucionar problemas bilaterales. Las estructuras que sostendrán estas relaciones necesitarán ser flexibles y tener una base política en vez de técnica.
La Comisión elaborará en 2010 una estrategia comercial para Europa 2020 que incluirá:
– Un énfasis en la conclusión de las negociaciones multilaterales y bilaterales actualmente en curso, en particular las que presentan un mayor potencial económico, así como una mejor aplicación de los acuerdos existentes, centrada en los obstáculos no arancelarios al comercio
– Iniciativas de apertura comercial para sectores con futuro, como los productos y tecnologías verdes y los productos y servicios de alta tecnología, así como para la normalización a escala mundial, especialmente en los sectores en crecimiento;
– Propuestas de diálogos estratégicos de alto nivel con interlocutores clave, con el fin de discutir problemas estratégicos que van desde el acceso al mercado, el marco regulador, los desequilibrios mundiales, la energía y el cambio climático y el acceso a las materias primas, hasta la pobreza en el mundo, la educación y el desarrollo. También obrará para reforzar el Consejo Económico Transatlántico con Estados Unidos, el diálogo económico a alto nivel con China y para profundizar su relación con Japón y Rusia;
– A partir de 2011 y posteriormente con periodicidad anual, la Comisión presentará al Consejo Europeo de primavera un informe sobre los obstáculos al comercio y la inversión que establezca la forma de mejorar el acceso al mercado para las empresas de la UE.
SALIDA DE LA CRISIS: PRIMEROS PASOS HACIA 2020
Definición de una estrategia creíble de salida
Dadas las persistentes incertidumbres sobre las perspectivas económicas y las fragilidades del sector financiero, las medidas de apoyo solo deberían suspenderse una vez que la recuperación económica pueda considerarse como autosostenida y que se hayarestaurado la estabilidad financiera4. La retirada de medidas temporales relacionadas con la crisis debería coordinarse y tener en cuenta los posibles efectos negativos mutuos entre Estados miembros así como las interacciones entre diversos instrumentos políticos.
Reforma del sistema financiero
Una prioridad fundamental a corto plazo será restaurar un sector financiero sólido, estable y saludable, capaz de financiar la economía real. Ello requerirá una aplicación plena y oportuna de los compromisos del G-20.
Proseguir un saneamiento inteligente de las finanzas públicas para un crecimiento a largo plazo
Esto implicará la retirada progresiva del apoyo a corto plazo aportado durante la crisis y la introducción de reformas a medio y largo plazo que promuevan la viabilidad de las finanzas públicas y refuercen el crecimiento potencial. El saneamiento presupuestario y la viabilidad financiera a largo plazo necesitarán venir acompañadas de importantes reformas estructurales, en especial de las pensiones, la atención sanitaria, la protección social y los sistemas educativos. La propia Administración Pública debería aprovechar esta situación como oportunidad para incrementar la eficacia y calidad del servicio. La política de contrataciones públicas debe garantizar un uso más eficaz de los fondos públicos y los mercados públicos deben seguir teniendo una dimensión que abarque a toda la UE.
Coordinación en el seno de la Unión Económica y Monetaria
La moneda común ha actuado como un valioso escudo protector contra las turbulencias de los tipos de cambio para los Estados miembros que forman parte de la zona del euro. Pero la crisis también ha revelado la magnitud de la interdependencia entre las economías de dicha zona, especialmente en el ámbito financiero, facilitando los efectos mutuos.
OBTENER RESULTADOS GRACIAS A UNA GOBERNANZA MÁS FUERTE
Arquitectura propuesta de Europa 2020	
· Un planteamiento temático se centraría en los temas citados en la Sección 2, en especial en alcanzar los 5 objetivos prioritarios. El instrumento principal sería el programa Europa 2020 y sus iniciativas emblemáticas, que requieren medidas tanto a nivel de la UE como de los Estados miembros.
· Los informes por país contribuirían al logro de los objetivos de Europa 2020, ayudando a los Estados miembros a definir y ejecutar estrategias de salida de la crisis. Tendrían que asegurar un planteamiento integrado del diseño de las políticas y de su ejecución, que es crucial para apoyar las decisiones que los Estados miembros tendrán que tomar, dados los problemas de sus finanzas públicas.
Directrices integradas
La Estrategia Europa 2020 se establecerá institucionalmente mediante un pequeño conjunto de directrices integradas «Europa 2020» (que integrarán las directrices sobre el empleo y las Grandes Orientaciones de Política Económica) con el fin de sustituir a las 24 directrices existentes. Las nuevas directrices reflejarán las decisiones del Consejo Europeo e integrarán los objetivos acordados.
Recomendaciones políticas
Las recomendaciones correspondientes a la vigilancia por país se centrarían en asuntos con implicaciones significativas desde el punto de vista macroeconómico y de las finanzas públicas, mientras que las recomendaciones temáticas asesorarían detalladamente sobre los retos microeconómicos y del empleo. Estas recomendaciones serían suficientemente precisas y normalmente incluirían el calendario en el que el Estado miembro concernido piensa actuar.
Plena asunción por el Consejo Europeo
Al contrario de la actual situación, en la que es el último elemento en el proceso de toma de decisiones de la Estrategia, el Consejo Europeo debería liderar la Estrategia al ser el organismo que garantiza la integración de las políticas y que gestiona la interdependencia entre los Estados miembros y la UE.
Consejo de Ministros
Las formaciones sectoriales pertinentes del Consejo se encargarían de aplicar el programa de Europa 2020 y de lograr los objetivos en los ámbitos de su responsabilidad.
Comisión Europea
La Comisión Europea supervisará anualmente la situación sobre la base de un conjunto de indicadores que muestren los avances generales hacia el objetivo de una economía inteligente, verde e integradora que presente unos altos niveles de empleo, productividad y cohesión social.
Parlamento Europeo
El Parlamento Europeo debería desempeñar un papel importante en la Estrategia, no solo en su capacidad de colegislador, sino también como fuerza impulsora para movilizar a los ciudadanos y a sus parlamentos nacionales.
Autoridades nacionales, regionales y locales
Todas las autoridades nacionales, regionales y locales deberían ejecutar la colaboración, asociando estrechamente a parlamentos, interlocutores sociales y representantes de las organizaciones sociales, para contribuir a la elaboración de programas nacionales de reforma y a su aplicación. 
FALCÓN, R. - “Integración y Derecho en la Unión Europea”
CAPÍTULO 1. LA INTEGRACIÓN EN EUROPA
ANTECEDENTES
La mundialización de las relaciones humanas comenzó mucho antes del proceso de globalización. El hombre y las sociedades tuvieron históricamente la intención de abarcar con su cultura, con su identidad, todo el mundo. El Imperio Romano fue un ejemplo palpable de esa intención. El espíritu “inclusivo” de algunos sistemas políticos y sociales se mantuvo oculto desde el medioevo hasta nuestros días. 
Los primeros intentos universalizantes en el mundo contemporáneo, se observan en las palabras de Kant en “Paz perpetua”. La búsqueda de la paz también inspiró a los ideólogos de la Sociedad de las Naciones, e incluso a los pensadores de lo que luego sería la Comunidad Económica Europea. El objetivo era alcanzar la paz y a través de ella el desarrollo económico, terminando para siempre con los enfrentamientos militares entre las naciones miembros. Los pensadores europeístas idearon unos Estados Unidos de Europa con la intención de sacar a Europa de la postración en que la Segunda Guerra Mundial la había sumido.
SURGIMIENTO Y EVOLUCIÓN DE LA UE
Según el análisis de Mammarella y Cacace10, la idea de la unidad europea, no ya como un espacio geográfico, sino como un conjunto de valores que conforman una identidad común, nació formalmente en el Congreso Paneuropeo de Viena de 1926. Sin embargo, esta idea era ajena o desconocida para las élites gobernantes. En 1929 el Ministro del Exterior francés Aristide Briand propuso la Federación Europea en el marco de una sesión de la Sociedad de las Naciones, pero su proyecto nunca fue estudiado con profundidad.
Muchos autores consideran que durante la 2° GM, el movimiento conocido como la resistencia fue el germen de la unidad europea. En lo teórico surgieron varias tendencias favorables a la integración plasmadas en las perspectivas de los federalistas (integración total), los funcionalistas (integración por sectores) y los confederalistas (integración condicionada a los actores nacionales). Sin embargo, la idea de la integración sólo fue expresada formalmente en 1940 por los gobiernos de Bélgica, Luxemburgo y Holanda en el exilio, que fueron los primeros en hablar de la vocación europeísta en sentido federalista. Más tarde estos Estados dieron origen al proceso con la formación del BENELUX, en cuyo marco el Ministro de Exteriores belga Paul Spaak sostuvo hacia 1943 que existían las condiciones para una Europa unida.
El Plan Marshall de Estados Unidos actuó como sostén económico de la posibilidad de la reconstrucción de toda Europa, por lo que la guerra fría y la política hacia Alemania fueron el contexto en que se relanzó la causa de la unidad europea. La tesis funcionalista, que proponía la integración parcial y por funciones económicas hasta que se dieran las condiciones para la integración total, comenzó a tener peso especialmente en los gobiernos europeos.
La cuestión del carbón del Ruhr alemán, que inicialmente generó tensiones entre Francia y Alemania, terminó transformándose en el punto de partida del proceso integrador. Se puede recordar que luego del intentofrancés de europeizar el territorio, este volvió a la soberanía alemana y se constituyó la Autoridad Internacional del Ruhr para distribuir la producción alemana de carbón entre Francia y Alemania. La Comunidad Europea del Carbón y Acero (CECA), integrada por Francia, Italia, Alemania y el BENELUX, nació en 1951 como un triunfo del método funcionalista.
En 1954 se celebraron los acuerdos de Paris en los que se precisaron las modalidades de la ampliación del Tratado de Bruselas de 1948, firmado entre Gran Bretaña, Francia y el BENELUX, tratado que se convirtió luego en la Unión Europea Occidental (UEO). El 25 de marzo de 1957 se firmaron los Tratados de Roma, que instituyeron la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA o EURATOM) que, sumadas a la CECA ya existente, conformaron las llamadas Comunidades Europeas. La CEE tenía como objetivo la creación de una la Unión Aduanera. Por su parte, la CEEA buscaba el desarrollo pacífico de la energía atómica. Asimismo, se propuso un programa de aproximación de las legislaciones nacionales. Los Tratados de Roma más el Tratado de la CECA serán denominados en adelante como Tratados Institutivos de las Comunidades Europeas.
La llegada de De Gaulle (confederalista) la Presidencia francesa y la llamada exclusión de Gran Bretaña a causa del veto francés, constituyeron obstáculos importantes al desarrollo de la integración. El nuevo gobierno francés por un lado vetaba el ingreso a la Comunidad de Gran Bretaña y, por el otro, condicionaba el inicio de la Segunda Fase prevista en los tratados (que consistía en darle una forma institucional a la voluntad política de la Comunidad) a cambio de un acuerdo sobre la política agrícola común. Estas diferencias se profundizaron con el incidente de 1965 conocido como “La Silla Vacía” cuando Francia decidió retirar momentáneamente su representación a raíz del intento de la Comisión Hallstein de arribar al autofinanciamiento de los programas agrícolas, dotando a la Comisión de recursos propios. El Compromiso de Luxemburgo de 1966 retrotrajo las cosas al lugar anterior, reforzando la regla de la unanimidad para las decisiones que afectaran intereses importantes de un país miembro. Si bien la cuestión de la unión aduanera se hizo realidad el 1 de Julio de 1968 con la desaparición de los derechos de aduanas y de las cuotas en el comercio comunitario.
Esta etapa traumática de la integración culminó con la renuncia de De Gaulle luego del Referéndum francés de 1969 y la asunción de Georges Pompidou, por un lado, y el ingreso de Gran Bretaña a la Comunidad en 1973, por el otro. En 1973, luego del Tratado de Bruselas, se produjo la adhesión de Irlanda, Dinamarca y Gran Bretaña.
El Consejo Europeo reunido en Bremen de 1978 creó el Sistema Monetario Europeo (SME) que comenzó a funcionar en 1979, que básicamente consistía en un acuerdo cambiario por el cual se establecía una relación entre las monedas nacionales y una moneda de cuenta -el ECU, European Currency Unit-, configurando el primer paso hacia la Unión Económica y Monetaria.
En 1986 se produjo una nueva ampliación de la Comunidad con el ingreso de España y Portugal. En ese mismo año se firmó en Luxemburgo el Acta Única Europea que entró en vigor el 1 de Julio de 1987, modificando institucionalmente el Tratado de Roma y previendo la concreción del mercado único para 1992. La idea de la construcción europea se fundamentó en el objetivo de la integración económica y política.
La reunificación alemana de 1990 aceleró la aceptación de la UEM porque si bien Alemania inicialmente era renuente a sustentar este proyecto, la necesidad de obtener apoyo para su unificación hizo que sus autoridades decidieran demostrar su vocación europeísta, cambiando de posición y aprobando la UEM. Este constituyó otro paso a favor de la profundización de la integración.
La UEM, que es la etapa más avanzada de todo el proceso de integración, fue proyectada y ejecutada en 3 fases. La primera etapa se inició el 1º de Julio de 1990 con la liberación de la circulación del capital, el incremento de la cooperación entre Bancos Centrales, y el mejoramiento de la armonización económica. La segunda etapa comenzó el 1º de enero de 1994, con el objetivo de crear el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y el Instituto Monetario Europeo, encargado de preparar la última fase coordinando las políticas monetarias de los Estados y los criterios de convergencia. En la tercera etapa iniciada el 1º de enero de 1999, las tasas de cambio se fijaron de manera permanente y se introdujo la moneda única.
El Tratado de Maastricht firmado el 9 de diciembre de 1991. El mencionado instrumento aporta una nueva concepción del proceso integrador que produce una atribución de competencias en lo interno de la Comunidad mediante una estructura de tres pilares.
El primer pilar es el comunitario, en el que las competencias de la Comunidad son exclusivas, es decir que los Estados han delegado todas sus competencias a favor de los órganos de la Comunidad. Este primer pilar modifica el Tratado de Roma y el Acta Única e incorpora las nuevas políticas y la unión Económica y Monetaria (UEM). En el mismo se incluyen la ciudadanía de la Unión, la Cohesión Económica y Social, la Unión Aduanera, Mercado Único y Políticas Clásicas.
El segundo y tercer pilares son de tipo intergubernamentales, en los que los Estados conservan sus competencias y se puede hablar de competencias concurrentes entre los Estados y la Unión. El segundo Pilar se refiere a la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y el tercero regula la Justicia y asuntos de Interior. Por otra parte, a partir de Maastricht se establecieron los parámetros para poder ingresar en la moneda única y se creó el principio de la subsidiariedad, que es un instrumento para distribuir las competencias entre la Comunidad y los Estados miembros.
Un nuevo paso hacia adelante en el proceso de integración se produjo en 1995 con el Acuerdo de Schengen, en lo atinente a la circulación de las personas. Este acuerdo prevé la eliminación del control de las fronteras internas y el refuerzo del control en la frontera externa, una política común de visas y el intercambio de información en los ámbitos de Justicia e Interior. Más allá de los avances mencionados, quedaba pendiente la concreción de la UEM. El riesgo que enfrentaba la UEM era que, en razón de los problemas económicos, muchos países no respetaban los criterios fijados para su realización.
Esta contradicción entre los rigurosos objetivos económicos, especialmente sostenidos por Alemania, y la posición francesa, se resolvió a través del Pacto de Estabilidad y Crecimiento de 1997, que impuso los parámetros económicos definitivos del proceso integrador.
En 1997 se produjo una modificación sustancial de los Tratados iniciales con la firma del Tratado de Ámsterdam el 2 de octubre, que aportó algunas mejoras en el sector judicial respecto a la Europa de los ciudadanos e incrementó el rol del Parlamento y la Comisión.
La política de Schengen pasó a ser competencia exclusiva de la Comunidad, de modo que una parte del tercer Pilar –visas, asilo, cooperación en materia aduanera y de justicia civil- fue transferida al primero, siendo comunitarizada.
En la década de los noventa se abre una nueva etapa en la ampliación de la Unión, con nuevas solicitudes de adhesión. En 1990, solicitaron el ingreso Malta y Chipre; Polonia y Hungría lo hicieron en 1994; Eslovaquia, Lituania, Letonia y Estonia en 1995; y Eslovenia y Republica Checa en 1996. En 1998 se produjo el lanzamiento del proceso de adhesión de los diez Estados candidatos de Europa Central y Oriental y de Chipre, seguido de conferencias intergubernamentales bilaterales. Así, el Consejo Europeo reunido en Helsinki de 1999 fijó el 1º de Enero de 2003 como la fecha en que la Unión debería estar en condiciones de acoger la primera ola de países ingresantes. En lo económico, el 1º de enero de 2002, tal como se había planeado, se completó la Unión Monetaria con la introducciónde una moneda única denominada Euro en toda la Unión. 
De esta manera, se observa una evolución en el desarrollo de la Comunidad desde la perspectiva institucional. En este punto del proceso se puede afirmar que el derecho comunitario cumple un papel fundacional, la integración europea. En este sentido, la llamada Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea firmada en Niza en 2000, establece que el proceso integrador -a través de lo que veremos en capítulos posteriores y que en este trabajo se llamará institucionalización normativa- continúa evolucionado.
En este trabajo se intentará demostrar que más allá de la necesidad del desarrollo económico y el crecimiento del comercio las razones que impulsan el avance proceso integrador son otras muy diferentes.
LAS INSTITUCIONES
Salomón sostiene que el sistema político de la Unión Europea se define según tres elementos fundamentales: el protagonismo del Estado, la relación simbiótica entre Estados e instituciones, y un estilo de toma de decisiones basado en la supranacionalidad. 
A partir de la CECA se crean las primeras instituciones europeas, una Alta Autoridad, una Asamblea Parlamentaria, un Consejo de Ministros, un Tribunal de Justicia y un Comité Consultivo. Estas se cristalizan en los Tratados de Roma de 1957 que crearon la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de Energía Atómica (Euratom), agregando dos nuevos órganos ejecutivos por cada una del sistema anterior, permaneciendo en común con la CECA, fruto del Convenio sobre Instituciones Comunes, la Asamblea Parlamentaria y el Tribunal de Justicia.
El Tratado de Maastricht de 1992 formalizó su función en el dispositivo institucional de la Unión Europea y dio forma definitiva a las instituciones europeas, definiendo una estructura de tres pilares, como se mencionó previamente.
Actualmente, la estructura definitiva de este marco institucional está compuesta por el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, el Consejo de Ministros, la Comisión, la Corte de Justicia de las Comunidades Europeas y el Tribunal de Cuentas.
El Consejo Europeo, si bien no es una institución comunitaria, es el encargado de definir las orientaciones de la construcción europea, de la acción comunitaria y la cooperación política. El Consejo Europeo forma parte del marco institucional de la Unión Europea pero no es un órgano de decisión en el sentido jurídico de la palabra, es un órgano de tipo intergubernamental. Está compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros y el Presidente de la Comisión, asistidos por los Ministros de Relaciones Exteriores y por un miembro de la Comisión. Se reúne dos veces al año y está presidido por el Jefe de Estado o de Gobierno del país que ejerce la presidencia del Consejo. Toma las decisiones por unanimidad. Su atribución principal es brindarle a la Unión el impulso necesario para su desarrollo definiendo las orientaciones políticas generales.
El Parlamento Europeo es un órgano de control político asociado al proceso legislativo que asegura la plena legitimidad democrática a los pueblos europeos. Sus diputados se eligen en función de los partidos políticos y no de los Estados de los que provienen. Desde 1979 el Parlamento es elegido por sufragio universal directo. Son atribuciones del Parlamento:
· Participación en el procedimiento legislativo, atribuciones de tipo constitucional y derecho de iniciativa. Actualmente la propuesta de la Comisión ingresa simultáneamente al Consejo y al Parlamento y si hay acuerdo queda aprobada. El Parlamento posee además poderes de carácter constitucional, por lo cual es necesario obtener la aprobación del Parlamento para el ingreso de nuevos miembros en la Unión, para la celebración de Tratados de tipo asociativo con terceros Estados y a para los demás tratados internacionales cuando tengan repercusiones parlamentarias.
· Competencias presupuestarias: el Parlamento es una de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria.
· Competencias de control del Ejecutivo, lo que efectúa a través de la investidura de la Comisión, sometiendo a su aprobación el nombramiento del Presidente.
· Recursos ante la Corte de Justicia de las Comunidades Europeas: puede interponer recursos en caso de violación del Tratado por otra institución.
El Consejo de Ministros, denominado a partir de la Constitución europea de 2004 como Consejo, es el legislador comunitario, integrado según el Art. 146 del Tratado CE, por un representante de cada Estado de rango ministerial facultado para comprometer a su gobierno y presidido por el representante del país que ejerza la Presidencia de la Unión Europea. Este Consejo establece la legislación de la Comunidad en función de las propuestas de la Comisión, emanando normas del tipo de reglamentos y directivas. Las decisiones del Consejo se adoptan, como principio general, por mayoría simple (un representante, un voto), lo que se aplica salvo disposición en contrario del Tratado a todos los temas. Sin embargo, en virtud del exceso de excepciones al principio general, la regla de mayoría simple se aplica solo a algunos asuntos. La mayor parte de las cuestiones se resuelve por mayoría calificada, donde cada Estado miembro tiene un número de votos en función de su peso demográfico. Sus atribuciones son:
· Legislar en materia comunitaria.
· Aprobar conjuntamente con el Parlamento Europeo el Presupuesto.
· Celebrar acuerdos internacionales de la Comunidad, asistido por el Secretario General del Consejo.
· Vigilar la coordinación de las políticas económicas de los Estados.
· Adoptar decisiones marco en materia de aproximación en los ámbitos de la Justicia y de los asuntos del Interior.
La Comisión es el órgano ejecutivo único de la Comunidad Europea a partir de Julio de 1967. Está compuesta por veinticinco miembros denominados Comisarios, al menos uno y no más de dos por cada Estado miembro. Los miembros de la Comisión ejercen sus funciones con absoluta independencia, y en el interés general de la Comunidad, sin aceptar instrucción alguna de ningún gobierno. Cada Comisario tiene responsabilidad sobre un sector concreto y la autoridad sobre la administración correspondiente. Sus atribuciones son:
· Poder de iniciativa: en principio, la Comisión, tiene el monopolio de la iniciativa en las decisiones comunitarias.
· En el marco de la UEM, elabora los informes sobre las condiciones de ingreso de los estados y presenta recomendaciones para los mismos.
· Vigilar la aplicación del derecho comunitario, en general, y del derecho derivado, en particular.
· Poderes de ejecución respecto al presupuesto, a la autorización a los Estados a tomar medidas de salvaguardia en el período de transición y en materia de normas de competencia, en particular en el control de la ayuda estatal.
· Poderes de reglamentación.
· Poderes consultivos.
Otras instituciones comunitarias son las llamadas instituciones de la UEM entre las que se encuentra el Banco Central Europeo, instituido en 1998 con origen en el llamado Instituto Monetario Europeo, que es una institución independiente en el marco del pilar comunitario y cuyas funciones son dirigir el Sistema Europeo de Bancos Centrales.
Otra institución es el Tribunal de Cuentas, que, como su nombre lo indica, tiene en su competencia la revisión de todos los ingresos y gastos de la Unión formulando cada año un dictamen al Consejo y al Parlamento sobre las mismas.
El Comité de las Regiones es un órgano consultivo, que representa a las comunidades regionales y locales de la Unión ante el Consejo y la Comisión.
La Corte de Justicia de las Comunidades Europeas (CJCE) y los Tribunales de Primera Instancia, la primera es un órgano supranacional por excelencia de la Unión Europea ubicado, según el Tratado de Maastricht, en el Pilar Comunitario (el primer pilar) y cuya función explícita consiste en la interpretación uniforme del derecho comunitario y el control de validez del mismo. Está compuesta por quince jueces y ocho abogados generales. Ambos grupos son designados de común acuerdo por los Estadosmiembros entre juristas con garantía de independencia y de reconocida fama. La Corte fue creada por el Art. 31 del Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero de 1951 como un tribunal propio de la CECA y luego ampliada a las tres comunidades por el Art. 220 del TCE.
La Corte no es el único órgano con jurisdicción para aplicar el Derecho Comunitario, los Tribunales Nacionales de los Estados miembros son también competentes para ello, puesto que en su ámbito se encuentra la ejecución administrativa de la normativa originada en el TCE, encomendada a las administraciones de los Estados miembros.
Siguiendo a Strozzi, la Corte tiene competencias en las controversias entre Estados miembros, entre la Comunidad y los Estados miembros, entre Instituciones de la Comunidad, ciudadanos y la Comunidad y en acuerdos internacionales en los que la Comunidad es parte.
La CJCE no está facultada para resolver controversias internas de los Estados miembros aunque se relacionen con el Derecho Comunitario porque no tiene jurisdicción sobre estos, debiendo recurrirse ante los jueces nacionales. Sin embargo, la Corte posee la atribución de señalar el modo en el que deben aplicarse las normas comunitarias, a requerimiento de los jueces nacionales.
LA AMPLIACIÓN GEOGRÁFICA Y LA CONSTITUCIÓN DE EUROPA
Una vez que el proceso alcanzó un estadio que podemos denominar de “no retorno”, con una estructura similar a un Estado nacional, en el sentido de que aparece dotada de un ordenamiento jurídico propio, comienzan a surgir cuestiones que deben ser resueltas dentro del mismo, para culminar el proceso integrativo y acceder realmente a una comunidad de Derecho. Los desafíos actuales vienen dados por:
1) la necesidad de consolidación del proceso integrador, mediante a) un mayor acceso de los ciudadanos a la toma de decisiones europeas; y, b) una concreción de los objetivos integrativos.
2) la ampliación del fenómeno de la integración hacia nuevos países.
La introducción de la figura del Mediador Europeo llevada a cabo en el Tratado de Maastricht de 1992, reforzó los derechos y facultades de los ciudadanos europeos. La competencia del mismo no alcanza a la CJCE y a los Tribunales de Primera Instancia. El Mediador puede solicitar a las instituciones o a los órganos comunitarios las informaciones necesarias con la finalidad de cumplir con su rol.
Respecto a la Cohesión Económica y Social, su objetivo es atenuar las disparidades entre las regiones de la Comunidad. Esta política se sustenta en la intervención por medio de la inversión en infraestructura, formación y desarrollo, con el objeto de materializar la solidaridad territorial que garantice la igualdad de oportunidades de desarrollo y el acceso al empleo, así como la competitividad.
Las políticas comunitarias orientadas hacia la cohesión junto a la proporcionalidad con la que se realizan los aportes financieros a dichos fondos, generan grandes diferencias entre lo aportado y lo recibido por los Estados.
La ampliación de la integración hacia nuevos países, debido al escaso desarrollo de los países que ingresaron en la ampliación de 2004 frente al de los miembros anteriores de la Unión, las disparidades regionales son mucho más pronunciadas. La ampliación aumenta la población asistida por los fondos antes descriptos, lo que provoca una disminución en las cantidades asignadas actualmente a los Estados miembros, planteando probablemente un nuevo desafío del proceso de integración.
La ampliación implica el trasvasamiento de orden jurídico comunitario hacia nuevas realidades europeas, con la consiguiente ampliación territorial del sistema de institucionalización normativa, especialmente en lo referente a la cuestión del mercado interior y su profundización. Desde el punto de vista de la institucionalización normativa, el ingreso de nuevos países provenientes de sistemas normativos distintos provocará un proceso de reacomodamiento del actual sistema, especialmente a nivel institucional, donde deberán ser reformados los órganos.
El ingreso de nuevos países afectará la acción de las instituciones comunitarias así la toma de decisiones por unanimidad será lo más difícil cuanto mayor sea el número de naciones que formen parte de la Unión Europea. Así en el Consejo de Ministros se ha ido de la unanimidad hacia una multitud de casos en que se decide por mayoría. Todo Estado europeo puede solicitar su ingreso como miembro, entendiéndose como europeo los elementos geográficos, históricos y culturales que colaboran para crear una identidad europea. Características esenciales de la Unión Europea son el principio de democracia y respeto de los derechos humanos. Otro punto importante es la aceptación del llamado aquis comunitario (derechos y deberes del sistema comunitario) que puede estar acompañado de modificaciones técnicas y disposiciones transitorias que pueden incorporarse a la normativa vigente.
En cuanto a la Constitución, el Parlamento Europeo, en una resolución votada el 18 de noviembre de 1999, destacó la importancia de la reforma institucional en curso y le fijó un objetivo ambicioso: la constitucionalización de la Unión. Destinada a acercar a Europa a los ciudadanos, a clarificar y hacer más comprensible las competencias de las instituciones comunes, esta constitucionalización implicará la unificación de los Tratados en un texto único y diferenciado en dos partes: una parte constitucional, que reagrupará los objetivos de la Unión, los derechos fundamentales y las disposiciones que se refieren a las instituciones y a los procedimientos de decisión; y una parte que recogerá las políticas comunes, cuyos procedimientos de revisión se flexibilizarán. El texto constitucional fue finalmente aprobado el 23 de Octubre de 2004, y según el Art. 443 del mismo, deberá entrar en vigor a partir del 11 de Noviembre de 2006, previa ratificación de los miembros.
El proyecto de Constitución europea incrementa la autonomía de las instituciones supranacionales, consagrando la primacía de la Constitución y el Derecho adoptado por las instituciones de la Unión sobre el derecho de los Estados nacionales. Además, otorga derechos y deberes a los ciudadanos.
FONTAINE, P. – “Doce lecciones sobre Europa”
1. ¿POR QUÉ LA UE?
LA UNIFICACIÓN EUROPEA
La Unión Europea (UE) impulsó la unificación alemana tras la caída del muro de Berlín en 1989. Cuando en 1991 se desmoronó el imperio soviético, los países de Europa Central y Oriental eran de nuevo libres para elegir su destino. Ocho de ellos se adhirieron a la UE en 2004, y otros dos más lo hicieron en 2007. El proceso de ampliación de la UE sigue en curso. En 2005 se iniciaron las negociaciones de adhesión con Turquía y Croacia. Islandia solicitó la adhesión en 2009 y varios países de los Balcanes ya han iniciado el recorrido que algún día podría culminar con su ingreso en la UE. Se espera que Croacia se convierta en el Estado miembro número 28 de la Unión Europea.
SEGURIDAD
La seguridad interior y exterior son las dos caras de una misma moneda. La lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada exige que las fuerzas de seguridad de todos los países de la UE cooperen estrechamente. Del mismo modo, hacer de la UE un «espacio de libertad, seguridad y justicia», en el que todos los ciudadanos estén igualmente protegidos por la ley y tengan las mismas posibilidades de acceso a la justicia es un nuevo reto que requiere una intensa cooperación entre los Gobiernos nacionales.
LA SOLIDARIDAD ECONÓMICA Y SOCIAL
La Unión Europea se creó con el fin de lograr objetivos políticos, y decidió hacerlo mediante la cooperación económica. Ningún país de la UE es, por sí solo, lo bastante fuerte como para mantener una posición ventajosa en el comercio mundial. Sin embargo, este gran espacio europeo de libre competencia ha de equilibrarse con la solidaridad también a escala europea, de la que se benefician claramente y de manera tangible los ciudadanos europeos. El gran desafío para los países europeos en los próximos años será permanecer unidos frente a las crisis mundialesy encontrar, juntos, una manera de salir de la recesión y entrar en un crecimiento sostenible.
IDENTIDAD Y DIVERSIDAD EUROPEAS EN UN MUNDO GLOBALIZADO
Trabajar juntos no significa borrar la identidad cultural y lingüística de cada país. Por el contrario, muchas actividades de la UE ayudan a promover las peculiaridades regionales y la gran diversidad de tradiciones y culturas de Europa. En el mundo actual, las economías emergentes como China, India y Brasil están a punto de alcanzar a los Estados Unidos como superpotencias mundiales. Por tanto, es más vital que nunca que los Estados miembros de la Unión Europea se unan y formen una «masa crítica», manteniendo así su influencia en la escena mundial.
· La Unión Europea es la primera potencia comercial del mundo y, por tanto, desempeña un papel decisivo en las negociaciones internacionales.
· La UE adopta una posición clara en las cuestiones delicadas que afectan a la gente corriente.
· La UE semantiene en la vanguardia de los esfuerzos mundiales para combatir el calentamiento global. 
VALORES
La UE defiende una visión de la humanidad y un modelo de sociedad a los que la gran mayoría de sus ciudadanos se adhiere. Los derechos humanos, la solidaridad social, la libertad de empresa, la distribución equitativa de los beneficios del crecimiento económico, el derecho a un medio ambiente protegido, el respeto de la diversidad cultural, lingüística y religiosa y una síntesis armoniosa de tradición y progreso, constituyen el rico patrimonio de valores que los europeos tanto aprecian y cuidan.
2. HITOS HISTÓRICOS
· En junio de 1979 se produjo un avance decisivo con las primeras elecciones al Parlamento Europeo por sufragio universal directo. Estas elecciones se celebran cada cinco años.
· En 1981, Grecia se adhirió a las Comunidades, seguida de España y Portugal en 1986. Esta expansión de las Comunidades hacia el sur de Europa hizo más necesario aplicar programas de ayuda regional.
· La recesión económica mundial sufrida a comienzos de los años ochenta trajo consigo una oleada de «europesimismo». No obstante, la esperanza de relanzamiento de la dinámica europea surgió de nuevo en 1985 cuando la Comisión Europea, presidida por Jacques Delors, decide publicar un Libro Blanco que establecía el calendario para la construcción del mercado único europeo, cuya finalización debía producirse antes del 1 de enero de 1993. Este ambicioso objetivo quedó consagrado en el Acta Única Europea, que se firmó en febrero de 1986 y entró en vigor el 1 de julio de 1987.
· La estructura política de Europa sufrió una profunda transformación con la caída del muro de Berlín en 1989; esta dio lugar a la unificación de Alemania en octubre de 1990 y a la llegada de la democracia a los países de Europa Central y Oriental, que se liberaban así del control soviético. La propia Unión Soviética dejó de existir en diciembre de 1991. el Tratado de Maastricht creó la Unión Europea (UE) y entró en vigor el 1 de noviembre de 1993.
· Tres nuevos países—Austria, Finlandia y Suecia—se adhirieron a la Unión Europea en 1995, con lo que el número de miembros pasó a quince. El 1 de enero de 2002, el euro sustituyó a las antiguas monedas de doce países de la UE, que conforman la denominada «zona del euro». El euro es ahora una gran moneda mundial junto al dólar estadounidense.
· A mediados de la década de los noventa, se iniciaron los preparativos para la mayor ampliación de la historia de la UE. Solicitaron la adhesión los seis antiguos miembros del bloque soviético (Bulgaria, Eslovaquia, Hungría, Polonia, la República Checa y Rumanía), los tres Estados bálticos que una vez formaran parte de la Unión Soviética (Estonia, Letonia y Lituania), una de las repúblicas de la antigua Yugoslavia (Eslovenia) y dos países mediterráneos (Chipre y Malta). Diez países candidatos se adhirieron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004. La adhesión de Bulgaria y Rumanía se produjo el 1 de enero de 2007, con lo que el número de miembros de la UE ascendió a veintisiete.
· Para poder hacer frente a los complejos desafíos del siglo XXI, se habían propuesto nuevas normas en un proyecto de Tratado por el que se establece una Constitución para Europa, firmado en octubre de 2004, que habría sustituido a todos los Tratados existentes. Pero este texto fue rechazado por dos referendums nacionales en 2005. El Tratado por el que se establece una Constitución para Europa fue sustituido por tanto por el Tratado de Lisboa, firmado el 13 de diciembre de 2007, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009. Modifica, pero no sustituye, a los Tratados anteriores, e introduce la mayoría de los cambios que figuran en el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.
3. AMPLIACIÓN DE LA UE Y POLÍTICA DE LA VECINDAD
LA UNIÓN DE UN CONTINENTE
Al invitar a doce nuevos países a adherirse, la Unión Europea (UE) no solo estaba ampliando su superficie geográfica o aumentando el número de ciudadanos de la Unión, sino que ponía fin a la división que había partido en dos nuestro continente desde 1945. manera, Eslovaquia, Eslovenia Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Polonia y la República Checa se convirtieron en miembros de la UE en 2004, junto con las islas mediterráneas de Chipre y Malta. Bulgaria y Rumanía lo hicieron en 2007.
Turquía, miembro de la OTAN y signatario de un acuerdo de asociación con la UE que data de largo, solicitó la adhesión a la Unión Europea en 1987. En octubre de 2005, las negociaciones de adhesión comenzaron finalmente, no solo con Turquía, sino también con Croacia. En 2010, las negociaciones con Croacia casi habían finalizado. Algunos países proponen un sistema alternativo, una «asociación privilegiada», pero Turquía rechaza esta idea.
En 2005, la UE otorgó el estatuto de «país candidato» a la Antigua República Yugoslava de Macedonia. Otros posibles candidatos son Albania, Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Serbia, cada uno de los cuales tiene un «acuerdo de estabilización y asociación» con la UE. Islandia solicitó la adhesión a la UE en 2009. Kosovo declaró su independencia el 18 de febrero de 2008 y también podría convertirse en un país candidato oficial.
CONDICIONES DE LA ADHESIÓN
Requisitos legales: Según el artículo 49 del Tratado de Lisboa, cualquier Estado europeo que respete los valores de libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos podrá solicitar el ingreso como miembro en la Unión.
Los “criterios de Copenhague”: En 1993, a raíz de las solicitudes de adhesión a la Unión de los antiguos países comunistas, el Consejo Europeo estableció tres criterios que debían cumplir para convertirse en miembros:
· instituciones estables que garanticen la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos y el respeto y la protección de las minorías;
· una economía de mercado viable, así como la capacidad de hacer frente a la presión competitiva y las fuerzas del mercado dentro de la Unión;
· la capacidad para asumir las obligaciones impuestas por la adhesión, incluido el apoyo a los objetivos de la Unión; han de tener una administración pública capaz de aplicar y administrar, en la práctica, las leyes de la UE.
El proceso de adhesión: Las conversaciones previas al ingreso en la UE («negociaciones de adhesión») se entablan entre el país candidato y la Comisión Europea en representación de la UE. Una vez que estas han concluido, la decisión de permitir el ingreso del nuevo país en la UE recae en el conjunto de los Estados miembros reunidos en el Consejo, que debe pronunciarse a favor del mismo por unanimidad. El Parlamento Europeo también ha de dar su consentimiento, lo que supone el voto a favor de la mayoría absoluta de sus miembros. El tratado de adhesión debe entonces ser ratificado por los Estados miembros y el país candidato, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales. Durante el período de negociación, los países candidatos suelen recibir ayuda de la «asociación para la adhesión» de la UE a fin de ayudar a la aproximación progresiva de sus economías.¿CUÁNTO PUEDE AMPLIARSE LA UE?
Fronteras geográficas
Los debates relativos a la propuesta del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa pusieron de manifiesto la preocupación suscitada en muchos europeos por la cuestión de las fronteras definitivas de la Unión e incluso de la identidad de Europa. 
A pesar de reunir las condiciones para la adhesión, Liechtenstein, Noruega y Suiza no son miembros de la Unión Europea porque la opinión pública de estos países se opone a ello. En distintos países de la UE, la opinión pública está más o menos dividida sobre la cuestión de las fronteras exteriores de la Unión Europea. Si se aplicaran únicamente criterios geográficos, sin tener en cuenta los valores democráticos, la UE podría—como el Consejo de Europa (que no es un organismo de la UE)—acabar teniendo 47 Estados miembros, incluyendo a Rusia.
El enfoque adecuado es decir que cualquier país europeo tiene derecho a solicitar la adhesión a la UE, siempre que pueda adoptar el corpus legislativo de la UE y esté dispuesto a adoptar el euro.
Política de vecindad
La estabilidad y la seguridad son un problema en las regiones al otro lado de sus fronteras. Existen nuevas amenazas a la seguridad tales como la inmigración ilegal, la interrupción del suministro de energía, la degradación del medio ambiente, la delincuencia transfronteriza organizada y el terrorismo. De esta manera, la UE desarrolló una nueva política europea de vecindad (PEV) que rige las relaciones con sus vecinos del este (Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Georgia, Moldavia y Ucrania) y del sur (Argelia, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, Territorios Palestinos, Siria y Túnez).
Casi todos estos países tienen acuerdos de asociación o acuerdos de colaboración y cooperación bilaterales con la UE, en virtud de los cuales se han comprometido con los valores comunes (como la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho) y con el progreso hacia una economía de mercado, el desarrollo sostenible y la reducción de la pobreza. La UE, por su parte, ofrece ayuda financiera, técnica y macroeconómica.
Desde 1995, los países del sur del Mediterráneo han estado vinculados a la Unión Europea a través de lazos políticos, económicos y diplomáticos conocidos como el «proceso de Barcelona», más tarde rebautizado como Asociación Euromediterránea. En una cumbre en París en julio de 2008, esta asociación se relanzó como la Unión por el Mediterráneo, que reúne a los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea y a los dieciséis países socios del sur del Mediterráneo y de Oriente Medio.
4. ¿CÓMO FUNCIONA LA UE?
Su estructura no encaja en ninguna de las categorías jurídicas clásicas. Es única en la historia, y su sistema de toma de decisiones ha estado en constante evolución los últimos sesenta años.
(tema desarrollado en el texto anterior)
5. ¿QUÉ HACE LA UE?
EL PRESUPUESTO DE LA UE
Para financiar sus políticas, la Unión Europea dispone de un presupuesto anual que, en 2010, era superior a 140 000 millones de euros. Este presupuesto se financia mediante lo que se denominan «recursos propios» de la UE, que no pueden exceder del 1,23%de la renta nacional bruta total de todos los Estados miembros. Estos recursos proceden fundamentalmente de: los derechos de aduana sobre los productos importados en la UE, incluidas las exacciones agrícolas; un porcentaje del impuesto sobre el valor añadido (IVA) aplicado a los bienes y servicios en el conjunto de la UE; las contribuciones de los Estados miembros acordes con su respectiva riqueza.
6. EL MERCADO ÚNICO
LOS LÍMITES DEL MERCADO COMÚN
El Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (CEE), adoptado en 1957, hizo posible suprimir las barreras aduaneras entre los Estados miembros y aplicar un arancel aduanero común a las mercancías procedentes de países no comunitarios. Este objetivo se logró el 1 de julio de 1968. 
En la década de los 70, las normas técnicas, las normas en materia de salud y seguridad, los controles de cambios y las normas nacionales sobre el derecho a ejercer determinadas profesiones restringieron efectivamente la libre circulación de personas, mercancías y capitales.
AVANCES EN LA CONSTRUCCIÓN DEL MERCADO ÚNICO
Barreras físicas: se han suprimido todos los controles fronterizos de las mercancías en el interior de la Unión Europea (UE), así como los controles aduaneros de las personas, pero la policía sigue efectuando controles aleatorios en el contexto de la lucha contra la delincuencia y el tráfico de estupefacientes. En junio de 1985, cinco de los diez Estados miembros firmaron el Acuerdo de Schengen, en virtud del cual sus policías nacionales se comprometieron a trabajar juntas, y se creó una política común de asilo y una política de visados. Esto hizo posible la supresión total de los controles a las personas en las fronteras entre los países de Schengen. Hoy en día, el espacio Schengen está formado por veinticinco países europeos, y tres de ellos (Islandia, Noruega y Suiza) no son miembros de la Unión Europea.
Barreras técnicas: los países de la UE han acordado el reconocimiento mutuo de sus normas nacionales sobre la venta de la mayoría de los bienes. Por lo que se refiere a los servicios, los países de la UE reconocen mutuamente o coordinan sus normas nacionales, permitiendo a las personas practicar profesiones como la abogacía, la medicina, el turismo, la banca o los seguros. Sin embargo, la libre circulación de las personas dista mucho de haberse logrado. A pesar de la Directiva de 2005 relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, siguen existiendo obstáculos que impiden a determinadas categorías de trabajadores residir o ejercer su actividad en otro Estado miembro.
Barreras fiscales: las barreras fiscales se han reducido gracias a la armonización parcial de los tipos de IVA nacionales, que deben ser acordados por los Estados miembros.
Contrataciones públicas: los contratos públicos de cualquier país de la UE están ahora abiertos a licitadores de cualquier país de la UE, independientemente de quién los adjudique.
TAREAS EN CURSO DE REALIZACIÓN
Servicios financieros: en 2008 luego de la crisis, Por iniciativa de la UE, el G-20 se reunió en Londres el 2 de abril de 2009. Sus miembros se comprometieron a reformar el sistema financiero a fin de hacerlo más transparente y responsable.
POLÍTICAS SOBRE LAS QUE SE SUSTENTA EL MERCADO ÚNICO
Transportes: Las actividades de la UE se han centrado principalmente en la libertad de prestación de servicios en el sector del transporte terrestre. El transporte aéreo en Europa estaba dominado por las compañías nacionales de bandera y los aeropuertos de propiedad estatal. El mercado único ha cambiado todo esto. Todas las compañías aéreas de la UE pueden ahora operar en cualquier ruta dentro de la UE y establecer las tarifas que deseen. En consecuencia, se han abierto muchas rutas nuevas y los precios han descendido drásticamente. De esto se han beneficiado los pasajeros, las líneas aéreas, los aeropuertos y los empleados.
Competencia: la política de competencia es esencial para garantizar que, en el mercado único europeo, la competencia no solo sea libre sino también equitativa. El objetivo de esta política es evitar que los cárteles, las ayudas de las autoridades públicas o los monopolios desleales puedan falsear la libre competencia en el mercado único.
Protección de los consumidores y salud pública: la legislación de la UE en este ámbito tiene como objetivo dar a todos los consumidores el mismo nivel de protección financiera y de la salud, independientemente del lugar de la Unión Europea en que vivan, viajen o realicen compras. Para proporcionar una base científica sólida a la legislación sobre seguridad alimentaria, en 2002 se creó la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. En 1993 se creó la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) con el fin de gestionar las solicitudes de comercialización de medicamentos en Europa.
7. EL EURO
CÓMO SE CREO EL EURO
El sistema monetario europeo: En 1971 los Estados Unidosdecidieron abolir el vínculo establecido entre el dólar y el precio oficial del oro, que había garantizado la estabilidad monetaria global tras la Segunda Guerra Mundial. Con ello se puso fin al sistema de tipos de cambio fijos. Los gobernadores de los bancos centrales de los países de la CEE decidieron limitar las fluctuaciones de los tipos de cambio entre sus monedas a no más del 2,25 %, creando así el «sistema monetario europeo» (SME), cuya puesta en funcionamiento se produjo en marzo de 1979.
Del SME a la UEM: Con ocasión del Consejo Europeo de Madrid, celebrado en junio de 1989, los líderes de la Unión Europea (UE) adoptaron un plan para la unión económica y monetaria (UEM) que se articulaba en torno a tres etapas. Dicho plan se incorporó al Tratado de Maastricht, adoptado por el Consejo Europeo en diciembre de 1991.
LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA
a) Las tres etapas
La primera etapa, iniciada el 1 de julio de 1990, entrañaba lo siguiente: la libre circulación de capitales en el seno de la UE (supresión de los controles de cambios); el aumento de los Fondos Estructurales a fin de intensificar los esfuerzos para suprimir las desigualdades entre las regiones europeas; y la convergencia económica, mediante la vigilancia multilateral de las políticas económicas de los Estados miembros.
La segunda etapa comenzó el 1 de enero de 1994. Supuso lo siguiente: la creación del Instituto Monetario Europeo (IME), con sede en Frankfurt, formado por los gobernadores de los bancos centrales de los países de la UE; la independencia de los bancos centrales nacionales del control del Gobierno; y la introducción de normas destinadas a reducir los déficits presupuestarios nacionales.
La tercera etapa habría de culminar con el nacimiento del euro. Del 1 de enero de 1999 al 1 de enero de 2002, se introdujo el euro como moneda común de los países de la UE participantes (Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos y Portugal). El Banco Central Europeo (BCE) sustituyó al IME y asumió la responsabilidad de la política monetaria, que se define y aplica en la nueva moneda.
Tres países (Dinamarca, Suecia y el Reino Unido) decidieron, por razones políticas y técnicas, no adoptar el euro cuando fue lanzado. Eslovenia se incorporó a la zona del euro en 2007, seguida de Chipre y Malta en 2008, Eslovaquia en 2009 y Estonia en 2011. La zona del euro abarca por tanto diecisiete países de la UE, y los nuevos Estados miembros se unirán una vez hayan cumplido las condiciones necesarias.
b) Los criterios de convergencia
Para adherirse a la zona del euro, los países de la UE deben reunir los siguientes cinco criterios de convergencia:
Estabilidad de precios: la tasa de inflación no puede exceder en más de un 1,5 % la media de las tasas de inflación de los tres Estados miembros que registren la inflación más baja.
Tipos de interés: los tipos de interés a largo plazo no pueden variar en más de un 2 % en relación con la media de los tipos de interés de los tres Estados miembros cuyos tipos de interés sean los más bajos.
Déficits: los déficits presupuestarios nacionales deben ser inferiores al 3% del producto interior bruto (PIB).
Deuda pública: no puede exceder del 60%del PIB.
Estabilidad del tipo de cambio: los tipos de cambio deben haberse mantenido, durante los dos años previos, dentro de los márgenes de fluctuación autorizados.
c) El Pacto de Estabilidad y Crecimiento
En junio de 1997, el Consejo Europeo de Amsterdam adoptó el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que establecía el compromiso permanente con la estabilidad presupuestaria y hacía posible la imposición de multas a cualquier país de la zona del euro cuyo déficit presupuestario excediese del 3 % del PIB. Posteriormente se consideró que el Pacto era demasiado estricto y se reformó en marzo de 2005.
d) El Eurogrupo
El Eurogrupo está compuesto por los ministros de Finanzas de los países de la zona del euro. Se reúnen para coordinar y supervisar las políticas presupuestarias y financieras de sus países. El Eurogrupo también representa los intereses del euro en los foros internacionales.
e) Convergencia macroeconómica desde 2007: los efectos de la crisis financiera
La crisis financiera de 2008 aumentó considerablemente la deuda pública en la mayoría de los países de la UE. Sin embargo, el euro protegió a las economías más vulnerables frente a los riesgos de la devaluación mientras sufrían la crisis y los ataques de los especuladores.
Algunos países fuertemente endeudados, con déficits presupuestarios cada vez mayores, fueron el principal objetivo de tales ataques en 2009-2010. Por esta razón, a propuesta de la Comisión Europea, los Estados miembros de la UE decidieron en 2010 establecer un mecanismo temporal para ayudar a estos países de la zona del euro a preservar la estabilidad financiera. En 2011, se intensificó la cooperación, al incorporarla en el Pacto del Euro Plus y, mediante una modificación de los Tratados, se creó un fondo permanente, el Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera. La entrada en vigor de este mecanismo permanente está prevista para 2013, una vez ratificado por todos los Estados miembros.
8. BASARSE EN EL CONOCIMIENTO Y LA INNOVACIÓN
A comienzos de la última década del siglo XX, dos grandes cambios empezaron a transformar la economía y la vida cotidiana de todas las regiones del mundo, incluida Europa: por un lado, la globalización, con la creciente interdependencia de las economías de todo el mundo, y por otro, la revolución tecnológica, con la llegada de Internet y las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Más recientemente, el mundo se ha visto sacudido por importantes crisis, como la crisis financiera de 2007/2009 que causó una grave recesión económica y aumento del desempleo en Europa.
EL PROCESO DE LISBOA
Objetivos: ya en el Consejo Europeo de Lisboa de marzo de 2000, los líderes de la Unión Europea (UE) decidieron que la economía europea necesitaba una profunda modernización para poder competir con Estados Unidos y los nuevos actores mundiales, como Brasil, China e India. Europa necesitaba crear empleos en sectores de alto valor como la economía electrónica (mediante redes de banda ancha de alta capacidad) y las nuevas tecnologías de ahorro de energía.
La estrategia: la Estrategia de Lisboa abarcaba acciones en una amplia serie de ámbitos, como la investigación científica, la educación, la formación profesional, el acceso a Internet y las transacciones en línea, e incluía igualmente la reforma de los sistemas de seguridad social europeos. Cada primavera, el Consejo Europeo se reúne para pasar revista a los avances realizados en la aplicación de la Estrategia de Lisboa.
UN MAYOR ÉNFASIS EN EL CRECIMIENTO Y LA CREACIÓN DE EMPLEO
El Consejo Europeo de la primavera de 2010 reconoció que, diez años después, el proceso de Lisboa no había logrado sus objetivos. Todavía hay un elevado nivel de desempleo en muchos países de la UE, y esta debe centrarse en lograr el crecimiento y la creación de empleo. Así, por iniciativa de José Manuel Barroso (Presidente de la Comisión Europea), el Consejo Europeo adoptó una nueva estrategia para los próximos diez años: la Estrategia Europa 2020.
9. ¿QUÉ SIGNIFICA SERCIUDADANO EUROPEO?
La ciudadanía de la Unión Europea (UE) está consagrada en el Tratado de la UE: «Será ciudadano de la Unión toda persona que ostente la nacionalidad de un Estado miembro. La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla» (artículo 20, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea).
VIAJAR, VIVIR Y TRABAJAR EN EUROPA
Los ciudadanos de la UE tienen derecho a viajar, trabajar y residir en todo el ámbito de la Unión Europea. Si una persona ha estudiado una carrera universitaria cuya duración sea de tres años al menos, el título se reconocerá en todos los países de la UE, puesto que los Estados miembros de la UE tienen confianza en la calidad de los sistemas nacionales de enseñanza y de formación de los otros miembros.Se puede ejercer la actividad profesional en los ámbitos de la salud, la educación y otros servicios públicos (con la excepción de la policía, las fuerzas armadas, etc.) de cualquier país de la Unión Europea.
CÓMO EJERCER LOS DERECHOS COMO CIUDADANO EUROPEO
Desde que entró en vigor el Tratado de Maastricht, todo ciudadano de la Unión, independientemente de su nacionalidad, ha tenido derecho a ejercer el voto y a presentarse como candidato en las elecciones locales de su país de residencia y en las elecciones al Parlamento Europeo. Desde 1 de diciembre de 2009 (cuando entró en vigor el Tratado de Lisboa), los ciudadanos de la UE tienen también el derecho de pedir a la Comisión que presente una propuesta legislativa.
DERECHOS FUNDAMENTALES
En 2002 el Consejo Europeo proclamó la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Contiene, agrupados en seis títulos —Dignidad, Libertades, Igualdad, Solidaridad, Ciudadanía y Justicia— cincuenta y cuatro artículos en los que se definen los valores fundamentales de la Unión Europea y los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de los ciudadanos de la UE.
El Tratado de Lisboa, que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, otorga a la Carta el mismo valor jurídico que a los Tratados, por lo que puede utilizarse como base para llevar un caso ante el Tribunal de Justicia de la UE.
LA EUROPA DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA
La UE no dice cómo deben organizarse las escuelas y la educación ni cuál debe ser el programa educativo: estas cosas se deciden a nivel nacional o local. Pero la UE aplica programas para promover los intercambios educativos para que los jóvenes puedan ir al extranjero a formarse o a estudiar, aprender nuevos idiomas y participar en actividades conjuntas en escuelas o universidades de otros países. Los países europeos están trabajando conjuntamente, a través del «proceso de Bolonia», para crear un espacio europeo de educación superior.
EL SENTIDO DE PERTENENCIA
El concepto «Europa de los ciudadanos» es aún muy reciente, sin embargo, ya existen algunos símbolos de una identidad europea común, como el pasaporte europeo, en circulación desde 1985. Desde 1996 en todos los Estados de la Unión se expide un permiso de conducir europeo. De igual modo, la Unión tiene una divisa, «Unida en la diversidad», y el 9 de mayo se celebra el «Día de Europa». El himno europeo (el «Himno a la Alegría» de Beethoven) y la bandera europea (un círculo de doce estrellas doradas sobre fondo azul) se mencionaron explícitamente en el proyecto de Tratado por el que se establece una Constitución para Europa de 2004, pero se retiraron del Tratado de Lisboa que lo sustituyó.
Con el Acuerdo de Schengen se han suprimido los controles fronterizos entre la mayoría de los Estados miembros, con lo que se refuerza el sentimiento de las personas de pertenecer a un espacio único y geográficamente unificado. La sensación de pertenencia procede, sobre todo, de la sensación de participar personalmente en la toma de decisiones de la UE. Todos los ciudadanos adultos de la UE tienen derecho a votar en las elecciones al Parlamento, y esto es una base importante para su legitimidad democrática. UE. Existen, por ejemplo, foros de discusión en línea dedicados a asuntos de la Unión Europea, donde se puede participar, y también se puede opinar en los blogs de los comisarios y de los eurodiputados.
10. UNA EUROPA DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA
La delincuencia y el terrorismo internacional se cuentan entre los fenómenos que más preocupan a los europeos hoy en día. El margen de acción de la UE en estos ámbitos se ha ampliado en los últimos años, a medida que el Consejo Europeo ha adoptado sucesivamente tres programas marco: el programa de Tampere (1999-2004), el programa de La Haya (2005-09) y el programa de Estocolmo (2010-2014). Mientras que los programas de Tampere y La Haya se destinaban a una mayor seguridad, el de Estocolmo se centra más en la protección de los derechos de los ciudadanos.
LIBRE CIRCULACIÓN EN LA UE Y PROTECCIÓN DE SUS FRONTERAS EXTERIORES
Los delincuentes también pueden aprovecharse de la libre circulación en el territorio de la UE, por lo que es necesaria la cooperación policial y judicial para combatir la delincuencia transfronteriza. El endurecimiento de los controles en las fronteras exteriores de la UE se convirtió en una prioridad cuando la UE se amplió en 2004 y 2007. Una agencia denominada Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores de los Estados Miembros de la Unión Europea (Frontex), con sede en Varsovia, es responsable de gestionar la cooperación de la UE en materia de seguridad de las fronteras exteriores. Los Estados miembros pueden prestar barcos, helicópteros y aviones para llevar a cabo patrullas conjuntas, por ejemplo en zonas sensibles del Mediterráneo. La UE también está considerando la creación de un servicio europeo de guardia de fronteras.
POLITICA DE ASILO E INMIGRACIÓN
Los Gobiernos de la UE se enfrentan a la cuestión apremiante de cómo reaccionar, en un espacio sin fronteras interiores, a un número creciente de inmigrantes, tanto legales como ilegales. Los Gobiernos de la UE han acordado armonizar sus normas para que, en 2012, las solicitudes de asilo se examinen de conformidad con un conjunto de principios de base uniformemente reconocidos en la Unión Europea.
COMBATIR LA DELINCUENCIA INTERNACIONAL
La delincuencia organizada recurre a métodos cada vez más sofisticados y utiliza normalmente redes europeas o internacionales para sus actividades. El terrorismo ha demostrado claramente que puede actuar, con gran brutalidad, en cualquier lugar del mundo. Este es el contexto en el que se estableció el Sistema de Información de Schengen (SIS). Se trata de una compleja base de datos que permite que las fuerzas de seguridad y las autoridades judiciales puedan intercambiar información sobre personas sobre las que pesa una orden de busca y captura o de extradición y sobre objetos robados, como vehículos u obras de arte. Una base de datos de nueva generación conocida como SIS II tendrá mayor capacidad y permitirá almacenar nuevos tipos de datos.
El principal avance registrado en estos últimos años en materia de cooperación entre las fuerzas del orden ha sido la creación de Europol, órgano perteneciente a la UE, con sede en La Haya, que está integrado por funcionarios policiales y aduaneros
HACIA UN ESPACIO JUDICIAL COMÚN
En la actualidad, en la Unión Europea existen múltiples sistemas judiciales diferentes que operan dentro de sus fronteras nacionales. Asimismo, la UE necesita una política común de justicia penal, para garantizar que la cooperación entre los tribunales de distintos países no se vea obstaculizada por sus diferentes definiciones de ciertos actos delictivos. El principal ejemplo de cooperación operativa en este ámbito es Eurojust, una estructura central de coordinación fundada en La Haya en 2003, cuya finalidad es permitir que funcionarios de la policía judicial y fiscales puedan colaborar en la investigación de delitos que afecten a varios países de la UE.
11. LA UE EN LA ESCENA MUNDIAL
La Unión Europea (UE) ha alcanzado el rango de gran potencia en los niveles económico, comercial y monetario. Sin embargo, de ella se ha dicho que se ha convertido en un gigante económico pero sigue siendo un enano político. La expresión es exagerada. La Unión Europea tiene un gran peso en las instancias internacionales, como la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los organismos especializados de las Naciones Unidas, y en las cumbres mundiales sobre medio ambiente y desarrollo.
LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN
La creación de un servicio diplomático europeo: La política exterior y de seguridad común (PESC) y la política europea de seguridad y defensa (PESD), definen las principales tareas de política exterior de la UE. Estas políticas fueron instauradas en los Tratados de Maastricht (1992), Amsterdam (1997) y Niza (2001). Con el Tratado de Lisboa se cambió el nombre de la política, de

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