Logo Studenta

SECRETO MEDIC0

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

SECRETO MEDICO
SECRETO: todo conocimiento o información que debe mantenerse reservada y 
oculta al dominio de terceros.
SECRETO MÉDICO: es una variedad de secreto profesional, asegura la confianza 
de los enfermos en sus médicos.
Es la obligación jurídica, el derecho legal y el deber moral de todo profesional del 
arte de curar y de sus colaboradores y asistentes de guardar silencio sobre 
aquello que vieren, realizaren, oyeren o descubrieren en el ejercicio lícito de su 
profesión.
 
Código de ética del 76 al 86
Formula de Ginebra.
 Componentes del secreto médico:
 a) quien recibe la confidencia debe ser 
médico o del ambiente médico.
 b) la confidencia debe ser exclusivamente 
de carácter médico.
c) la confidencia llega a raíz de un acto 
médico o relacionado con la profesión.
d) la reserva es tácita (no es necesario 
que el paciente lo solicite).
FORMULAS O TIPOS DE SECRETO
 Secreto absoluto: es la negación inquebrantable de toda revelación 
– Gran Bretaña.
 Secreto relativo: es el que admite nuestra legislación. Es la 
obligación de guardar secreto siempre que no medie JUSTA CAUSA, 
ante la entidad o persona que corresponda.
 Secreto compartido: un médico puede revelar a otro un hecho de la 
profesión que es de su conocimiento, si es de beneficio para el 
tratamiento o interés del paciente, es una variante del relativo. 
---- Francia. 
 
FUNDAMENTOS DEL SECRETO:
 Contrato: acuerdo entre las partes.
 Orden Público: persona de conocimiento y discreción para confiar,
 Justa Causa: para revelar o no . Condición ética y legal, que se 
extiende desde la razón hasta el estado de necesidad éticamente convalidado.
VIOLACION DEL SECRETO MEDICO:
 
Código Penal: artículo 156 : Será reprimido con multa e inhabilitación especial, el 
que teniendo noticia (por su profesión o arte, empleo, etc.) de un secreto cuya 
divulgación pueda causar daño, lo revelare sin justa causa.
BIEN JURÍDICO PROTEGIDO: la libertad del paciente, en base a la confidencia y 
la privacidad ante el médico. 
JUSTA CAUSA : 
Legal : denuncia de nacimientos y defunciones, denuncia de casos de lepra 
y de peste, notificación obligatoria de enfermedades transmisibles y de 
enfermedades venéreas en período de contagio( ley 15465),, incluida el sida 
(página 174- 176 Basile) certificados médicos en casos de infortunios laborales, 
los delitos que dan lugar a acción pública.
Código de procedimiento en lo penal 177: tendrán obligación de denunciar 
los delitos perseguibles de oficio ... 2) los médicos, .. y demás personas que 
ejerzan cualquier rama del arte de curar, .. los delitos contra la vida y la 
integridad física que conozcan al prestar auxilios de su profesión, salvo que estén 
bajo el amparo del secreto profesional. 
Los delitos de instancia privada (art. 72 C. Penal) no deben ser 
denunciados por el médico, como ser: violación, abuso sexual, estupro y las 
lesiones leves (art. 89 C. P); salvo que sobrevengan lesiones gravísimas o la 
muerte de la víctima. En casos de incapaces o menores cuando y no tengan 
representante legal o se sospeche de intereses contrapuestos con estos 
Judicial : cuando el médico actúa como testigo o perito.
ENCUBRIMIENTO
 
 Este es de tipo doloso para beneficiar a otro o a si mismo. 
	FORMULAS O TIPOS DE SECRETO
	ENCUBRIMIENTO

Continuar navegando

Materiales relacionados

108 pag.
9 pag.
280 pag.
BUENO INFORME PERICIAL

ESTÁCIO

User badge image

Daniel Franco

64 pag.