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EVOLUCIÓN HISTÓRICO-SOCIAL DE LA SALUD OCUPACIONAL LINEA DE TIEMPO PROGRAMA LEGISLACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS ADMINISTRACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CR CÚCUTA, NORTE DE SANTANDER 2020, MAYO 1 2 643 5 El primer antecedente de seguridad lo encontramos con el libertador SIMÓN BOLÍVAR , cuando en su discurso ante el congreso de angostura el 15 de febrero de 1819 señalo: “ el sistema de gobierno mas perfecto es aquel que produce mayor suma felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política. 1819 1915 Tenemos la ley 57 de 1915, conocida como la ley del general RAFAEL URIBE URIBE, de gran importancia en lo referente a la reglamentación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, consagra las prestaciones económico- asistenciales, la responsabilidad del empleador, la 13 clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo, históricamente establece la primera y estructurada definición de accidente de trabajo. 1946 Se crea el instituto colombiana de seguros sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana , funciono bajo cuatro negocios de la salud: EPS entidad promotora de salud, junto a una red de clínicas es decir IPS instituto prestador de salud, así mismo con cesantías y pensiones, y la administradora de riesgos profesionales ARL. 1950 Se expide el código sustantivo del trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la salud ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio, las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad común y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día. 1968 Reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos , industrial, régimen salarial y prestacional, características del que cobija a servidores públicos, reseña histórica/ empleados públicos, régimen salarial y prestacional, competencia para fijarlo a empleados públicos, / entidad descentralizada competencia para fijar régimen salarial limites, régimen salarial en el distrito capital regulación legal, competencia. 1979 Nace el termino salud ocupacional y se dictan las medidas sanitarias en las empresas. LEY 9 DE 1979 TITULO 3 : ARTICULO 80: para preservar , conservar la salud en los individuos, en sus opciones presentes la ley establece normas tendientes a: *Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo; *Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos, otros que pueden afectar la salud individual o colectiva, en los lugares de trabajo. 8 9 10 11 12 7 1983 Mediante el decreto 586 se crea el comité nacional de salud ocupacional como producto de la iniciativa y participación del comité nacional de salud ocupacional, se expide el decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la administración de la salud ocupacional, en el país y su articulo 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un plan nacional de salud ocupacional. 1984 Se elabora el primer plan de salud ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades publicas, y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias. 1986 RESOLUCIÓN 2013 ( junio 6 1986) Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial, en los lugares de trabajo. Los ministerios de trabajo y seguridad social, y de salud en el ejercicio de la facultad que le confiere el articulo 25 del decreto 614 de 1984. 1989 RESOLUCIÓN 1016 DE MARZO 31 DE 1989 Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. Los ministros de trabajo y seguridad y social y de salud en uso de sus facultades legales y en especial de las que les confieren los artículos 28,29,30 del decreto 614 de 1984 y considerando: *Que por el decreto 614 de 1984 en sus artículos 28,29 y 30 se establece la obligación de adelantar programas de salud ocupacional, por parte de patronos y empleadores. *Que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de sus trabajadores a su cargo. 1990 Directiva 90/270/CEE del consejo, de 29 mayo de referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluye pantallas de visualización ( quinta directiva especifica con arreglo al apartado 1 del articulo 16 de la directiva 89/391/CEE). Directiva del consejo de 29 de mayo de 1990 referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización . 1992 RESOLUCIÓN NUMERO 1075 (14 mayo 1992) Por la cual se reglamenta actividades en materia de salud ocupacional. El ministerio de trabajo y seguridad social en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el articulo 348 del código sustantivo del trabajo. CONSIDERANDO: Que es competencia del ministerio del trabajo y seguridad social establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas para la conservación de la salud y bienestar de los trabajadores. 13 14 15 16 17 18 1994 DECRETO 1295 DE 1994 ( junio 22) Por el cual se determina la organización y administración del sistema general de riesgos profesionales. 1996 RESOLUCIÓN NUMERO 2318 DE 1996 Por la cual se delega y reglamenta la expedición de licencias de salud ocupacional para personas naturales y jurídicas, su vigilancia y control por las direcciones seccionales y locales de salud y se adopta el manual de procedimientos técnicos administrativos para la expedición de estas licencias. 1997 2002 19 20 2008 21
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