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Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones - Biblioteca del Congreso Nacional eMail: mcardemil@bcn.cl, Anexo: 1782 Institucionalidad y legislación en materia de Ciencia y Tecnología, países seleccionados Serie Informes Nº 17-20, 03/06/2020 por Magdalena Cardemil Winkler Resumen Este documento describe la institucionalidad y legislación en materia de Ciencia y Tecnología en Chile, Colombia, Ecuador, México y Perú, para apoyar labor parlamentaria en el Comité Interparlamentario de Seguimiento de la Alianza del Pacífico, CISAP 2020. Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 2 Contenido 1) CHILE ............................................................................................................... 3 A) Institucionalidad ............................................................................................. 3 B) Legislación relevante ......................................................................................... 4 C) Iniciativas destacadas ........................................................................................ 5 2) COLOMBIA ........................................................................................................ 6 A) Institucionalidad ............................................................................................. 6 B) Legislación relevante ....................................................................................... 7 C) Iniciativas destacadas ........................................................................................ 8 3) ECUADOR ......................................................................................................... 9 A) Institucionalidad ............................................................................................. 9 B) Legislación relevante ....................................................................................... 10 C) Iniciativas destacadas ...................................................................................... 10 4) MÉXICO .......................................................................................................... 11 A) Institucionalidad ........................................................................................... 11 B) Legislación relevante ....................................................................................... 12 C) Iniciativas destacadas ...................................................................................... 12 5) PERÚ .............................................................................................................. 13 A) Institucionalidad ........................................................................................... 13 B) Legislación relevante ..................................................................................... 14 C) Iniciativas destacadas .................................................................................... 15 6) CIFRAS ........................................................................................................... 16 Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 3 1) CHILE A) Institucionalidad Desde el año 2018 que Chile posee un Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (Art. 2 Ley 21.105) el cual se compone de los organismos públicos, las instituciones públicas de investigación y desarrollo e instituciones de educación superior estatales; y por las personas e instituciones privadas que realizan, fomentan o apoyan actividades relevantes relacionadas con ciencia, tecnología e innovación. Se incluyen dentro de estas materias las actividades relacionadas con la formación de recursos humanos altamente calificados y técnicos especializados; la investigación básica y aplicada y la generación de conocimiento; el desarrollo, transferencia y difusión de tecnología; y la innovación pública y privada en todas sus dimensiones. Así, la institucionalidad pública del sistema se estructura, principalmente, en torno a tres ámbitos: a) Ciencia, tecnología e innovación de base científico-tecnológica, y formación de recursos humanos altamente calificados, a cargo del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo; b) Fomento productivo, emprendimiento e innovación productiva o empresarial, desarrollo tecnológico para fines productivos y fortalecimiento de recursos humanos para este ámbito, a cargo del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo y de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO); y c) Formación de técnicos y profesionales, y del conocimiento y el cultivo de las ciencias, las artes y las humanidades en las instituciones de educación superior, a cargo del Ministerio de Educación. Algunas de las principales instituciones públicas en materia de Ciencia y Tecnología en Chile son: -Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (artículo 3, Ley 21.105 del año 2018)1: Es la secretaría de Estado encargada de asesorar y colaborar con el Presidente o la Presidenta de la República en el diseño, formulación, coordinación, implementación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a fomentar y fortalecer la ciencia, la tecnología y la innovación derivada de la investigación científico- tecnológica con el propósito de contribuir al desarrollo, incrementando el patrimonio cultural, educativo, social y económico del país y sus regiones, y propendiendo al bien común, al fortalecimiento de la identidad nacional y regional y a la sustentabilidad del medio ambiente. -Consejo Asesor Ministerial (artículo 9, Ley 21.105 del año 2018): El Consejo es el organismo encargado de asesorar y apoyar al Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación en el análisis y revisión periódica de las políticas públicas del sector. Está integrado por ocho personas calificadas, ajenas a la Administración Central del Estado, las que deberán contar con reconocidos méritos en el área de la academia, ciencia, tecnología y de la innovación de base científico-tecnológica. Son designadas por el Presidente o Presidenta de la República. 1 Antes de la creación de este ministerio, el organismo rector de la materia en Chile era la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (Conicyt) Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 4 -Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (artículo 11, Ley 21.105 del año 2018): Es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente o Presidenta de la República a través del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Tiene por objeto administrar y ejecutar los programas e instrumentos destinados a promover, fomentar y desarrollar la investigación en todas las áreas del conocimiento, el desarrollo tecnológico y la innovación de base científico-tecnológica, de acuerdo a las políticas definidas por el Ministerio. -Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para el Desarrollo (artículo 19, Ley 21.105 del año 2018): Este organismo tiene como misión asesorar al Presidente o Presidenta de la República en el análisis prospectivo de las tendencias de desarrollo globales y nacionales; en la formulación de propuestas destinadas a fortalecer y desarrollar el Sistema; y en la elaboración y revisión, con mirada sistémica y de largo plazo, de la Estrategia Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para el Desarrollo. El Consejo Nacional de CTCI estará compuesto por su presidente o presidentay por catorce consejeros o consejeras designados por el Presidente de la República, propendiendo a una adecuada representación de las regiones y equilibrio de género, además de la diversidad de disciplinas, enfoques y competencias, y por el Ministro de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. -Comité Interministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (artículo 22, Ley 21.105 del año 2018): Este órgano tiene como función asesorar al Presidente de la República en la elaboración, implementación y seguimiento de la Política y del Plan de Acción, siendo una instancia de coordinación, información, orientación y acuerdo en materia de políticas públicas de ciencia, tecnología e innovación para el desarrollo, velando por su consistencia, coherencia y eficiencia, y considerando las necesidades del país y sus regiones. Está integrado por los Ministros de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (quien lo preside), de Hacienda, de Economía, Fomento y Turismo y de Educación. -Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDECYT), Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDEF) y el Fondo de Financiamiento de Centros de Investigación en Áreas Prioritarias (FONDAP): El apoyo a la investigación en nuestro país se financió en sus inicios a través del FONDECYT (1981), para luego ir ampliando la oferta de financiamiento con la creación del FONDEF (1991) y el luego el FONDAP (1996), cada uno con objetivos y bases específicas. La ley 21.105 que crea la institucionalidad en Ciencia y Tecnología también consigna una Estrategia Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para el Desarrollo (artículo 18) y una Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (artículo 20), ambas actualmente en elaboración2. B) Legislación relevante -Ley 21.105 del 20183: Crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación para el Desarrollo y la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo. -Ley 20.241 de 20084 (y sus modificaciones a raíz de la ley 20.570 del 2012): 2 https://www.df.cl/noticias/df-lab/innovacion-y-startups/nuevo-consejo-de-ciencia-tecnologia-conocimiento-e- innovacion/2020-01-10/125305.html, https://pensemosjuntos.cl/ 3 http://bcn.cl/26j0a 4 http://bcn.cl/1vbx4 https://www.df.cl/noticias/df-lab/innovacion-y-startups/nuevo-consejo-de-ciencia-tecnologia-conocimiento-e-innovacion/2020-01-10/125305.html https://www.df.cl/noticias/df-lab/innovacion-y-startups/nuevo-consejo-de-ciencia-tecnologia-conocimiento-e-innovacion/2020-01-10/125305.html https://pensemosjuntos.cl/ http://bcn.cl/26j0a Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 5 Establece un incentivo tributario a la inversión privada en Investigación y Desarrollo. El beneficio se aplica a gastos corrientes, gasto en protección de propiedad intelectual (patentes, derechos de autor, servicios profesionales relacionados) y de capital (infraestructura, equipos, etc.) y corresponde al 30% crédito tributario (70% restante se deduce como gasto necesario) con un tope del beneficio de 15.000 UTM (US$ 1,2 millones), hasta el año 2025. -Resolución 2516 de 19965: Crea el FONDAP -DS 237/926: Creación Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDEF). -DFL 33/817: Crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDECYT). -Ley 6640 de 1941 y sus modificaciones8: Crea la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO). C) Iniciativas destacadas Iniciativa Científica Milenio9: La iniciativa Milenio es un programa de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), perteneciente al Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación de Chile que financia y apoya a centros de investigación de excelencia, en las áreas de Ciencias Sociales y Ciencias Naturales. Existen los Institutos Milenio y los Núcleos Milenio, los que se diferencian principalmente, por la cantidad de investigadores, periodos de financiamiento y monto de financiamiento10. Startup Ciencia (Ministerio de Ciencia y CORFO): Es un programa diseñado para impulsar a las Empresas de Base Científico-Tecnológicas con financiamiento, acceso a redes y acompañamiento. Apoyan Proyectos innovadores y disruptivos, basados en tecnologías de alta sofisticación como biotecnología, nanotecnología, robótica, materiales avanzados, inteligencia artificial, internet de las cosas, realidad aumentada, entre otros11. 5 http://bcn.cl/23nze 6 https://www.conicyt.cl/fondef/sobre-fondef/historia/ 7 http://bcn.cl/1w6a4 8 http://bcn.cl/1vygu 9 http://bcn.cl/23nzr 10 http://www.iniciativamilenio.cl/#queesmilenio 11 https://startupciencia.cl/ https://www.conicyt.cl/fondef/sobre-fondef/historia/ http://www.iniciativamilenio.cl/#queesmilenio https://startupciencia.cl/ Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 6 2) COLOMBIA A) Institucionalidad El recientemente creado Ministerio de Ciencias, Tecnología e Innovación (Minciencias-2019) es el principal organismo de este país para la gestión de la administración pública en materia de ciencia, tecnología e innovación12. El Minciencias es el rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación -SNCTI-, el cual es un sistema abierto que contiene las políticas, estrategias, programas, metodologías y mecanismos para la gestión, promoción, financiación, protección y divulgación de la investigación científica y la innovación tecnológica, así como las organizaciones públicas, privadas o mixtas que realicen o promuevan el desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de innovación (artículo 20 ley 1286 de 2009). También existe en Colombia un Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI) (artículo 172 de la Ley 1955 de 2019). Actualmente, en el Minciencias existe una Coexistencia y autonomía entre el SNCTI y el SNCI13. Así, algunas de las principales instituciones públicas en materia de Ciencia y Tecnología en Colombia son: -Ministerio de Ciencias, Tecnología e Innovación (Minciencias) (Articulo 3 ley 1951 de 2019): Es el organismo para la gestión de la administración pública, rector del sector y del SNCTI, encargado de formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar, implementar y controlar la política del Estado en esta materia, teniendo concordancia con los planes y programas de desarrollo. -Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación (FCTeI) del Sistema General de Regalías- SGR (Art. 29, Ley 1530 de 2012 y Ley 1923 de 2018): Tiene por objetivo incrementar la capacidad científica, tecnológica, de innovación y de competitividad de las regiones, mediante proyectos que contribuyan a la producción, uso, integración y apropiación del conocimiento en el aparato productivo y en la sociedad en general, incluidos proyectos relacionados con biotecnología y tecnologías de la información y las comunicaciones contribuyendo al progreso social, al dinamismo económico, al crecimiento sostenible y una mayor prosperidad para toda la población. El artículo 361 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 1530 de 2012 y la Ley 1923 de 2018, reglamentan el FCTeI, asignándole el 10% de los ingresos del Sistema General de Regalías14. Los fondos son asignados a través del Plan Bienal de Convocatorias Públicas, Abiertas y Competitivas. Para la construcción del plan bienal 2019-2020, Colciencias (luego Minciencias) desarrolló una estrategia de despliegue en los territorios con el objetivo de asesorar, acompañar y divulgar la información relacionada con la formulación de retos (problemáticas y oportunidades) para el desarrollo del territorio, la asignación de porcentajes de inversión y la priorizaciónde líneas programáticas en cada uno de los Planes y Acuerdos Estratégicos Departamentales15. -Fondo Francisco José de Caldas (FFJC) (Ley 1286 de 2009): El Fondo Nacional para el financiamiento de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Francisco José de Caldas es un 12 Previamente a la creación de Minciencias, el organismo encargado de la ciencia y la tecnología y rector del SNCTI era el Departamento Administrativo de Ciencia Tecnología e Innovación-COLCIENCIAS (Creado en 1978, modificado mediante Ley 1286 de 2009). 13 https://minciencias.gov.co/sites/default/files/abc_de_minciencias.pdf 14 https://minciencias.gov.co/ocad_fctei/fondo-fctei-sgr/que-es 15 https://minciencias.gov.co/plan-bienal-convocatorias-fctei http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/30036488 https://minciencias.gov.co/portafolio/fondo-fjc https://minciencias.gov.co/sites/default/files/abc_de_minciencias.pdf https://minciencias.gov.co/ocad_fctei/fondo-fctei-sgr/que-es https://minciencias.gov.co/plan-bienal-convocatorias-fctei Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 7 mecanismo financiero que le permite a Minciencias integrar los recursos públicos, privados, internacionales y de donación para financiar el desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación. Dentro de los beneficios que ofrece tanto al sector público, como al privado, se encuentran: el aumento de los recursos destinados a financiar Ciencia, Tecnología e Innovación, la integración de recursos públicos, privados, internacionales para el desarrollo de proyectos, programas, actividades, instrumentos financieros, fondos de capital, beneficios tributarios por inversiones en desarrollo científico y tecnológico, utilización de nuevos mecanismos para financiamiento de Ciencia, Tecnología e Innovación, transparencia16. -Comisión Nacional de Competitividad e Innovación (Ley 1753 de 2015): Órgano asesor del Gobierno Nacional y de concertación entre este, las entidades territoriales y la sociedad civil en materia de competitividad, ciencia, tecnología e innovación. Articula el funcionamiento del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI). La coordinación general y secretaría técnica de la Comisión Nacional de Competitividad e Innovación está a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República17. -Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación (CACTI) (Ley 1286 de 2009): su objetivo es Asesorar al Minciencias en el diseño de la política pública relativa a ciencia, tecnología e innovación. Corresponde al Presidente de la República designar a las personas que conforman el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología e Innovación18. B) Legislación relevante19 -Ley 1951 de 201920, por la cual se crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones. -Ley 1955 de 201921, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad” y se fusiona el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. También en su artículo 256 consigna que “Las personas que realicen inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia y Tecnología en Innovación como de investigación, desarrollo tecnológico o innovación, de acuerdo con los criterios y condiciones definidas por dicho Consejo, tendrán derecho a descontar de su impuesto sobre la renta a cargo el 25% del valor invertido en dichos proyectos en el período gravable en que se realizó la inversión”. -Decreto 2227 de 2019, por el cual se suprime la planta de personal del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y se establece la planta de empleos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. -Decreto 2226 de 201922, por medio del cual se establece la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones. 16 https://minciencias.gov.co/portafolio/fondo-fjc/que-es 17 http://www.colombiacompetitiva.gov.co/snci/el-sistema/quienes-somos 18 https://legadoweb.minciencias.gov.co/noticias/se-posesionaron-los-nuevos-miembros-del-consejo-asesor-de- ciencia-tecnolog-e-innovaci-n 19 https://minciencias.gov.co/quienes_somos/normatividad/marcolegal 20 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30036139 21 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/30036488 22 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30038589 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30036139 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/30036488 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/30038603 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30038589 https://minciencias.gov.co/portafolio/fondo-fjc/que-es http://www.colombiacompetitiva.gov.co/snci/el-sistema/quienes-somos https://legadoweb.minciencias.gov.co/noticias/se-posesionaron-los-nuevos-miembros-del-consejo-asesor-de-ciencia-tecnolog-e-innovaci-n https://legadoweb.minciencias.gov.co/noticias/se-posesionaron-los-nuevos-miembros-del-consejo-asesor-de-ciencia-tecnolog-e-innovaci-n https://minciencias.gov.co/quienes_somos/normatividad/marcolegal http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30036139 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/30036488 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30038589 Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 8 -Ley 1286 de 200923 de Ciencia, Tecnología e Innovación: crea el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación SNCTeI, y convierte a COLCIENCIAS en el Departamento Administrativo de Ciencias, Tecnología e Innovación (mayor autonomía y recursos). -Decreto 591 del 26 de Febrero de 199124 por el cual se regulan las modalidades específicas de contratos de fomento de actividades científicas y tecnológicas. -Decreto 584 del 26 de Febrero de 199125, por el cual se reglamentan los viajes de estudio al exterior de los investigadores nacionales. -Decreto 393 del 08 de Febrero de 199126 por el cual se dictan normas sobre asociación para actividades científicas y tecnológicas, proyectos de investigación y creación de tecnologías. -Artículos 158-1 y 256-1 del Estatuto Tributario27 (modificado por el artículo 170 de la Ley 1955 de 2019) que establece deducciones por donaciones e inversiones en investigación, desarrollo tecnológico e innovación. C) Iniciativas destacadas Misión de Sabios: La Misión de Sabios es un grupo de expertos en diferentes áreas del conocimiento, quienes participan ad honorem y ayudan a trazar la ruta para el avance de la ciencia, la tecnología y la innovación en Colombia. Estos expertos, nacionales e internacionales y convocados en el 2019 por segunda vez28, tienen por objetivo elaborar documentos con las recomendaciones factibles y preguntas relevantes que se deberían responder para que el país pueda dar un salto adelante en Ciencias Sociales y Desarrollo Humano; Ciencias de la Vida y de la Salud; Biotecnología, Bioeconomía y Medio Ambiente; Océano y Recursos Hidrobiológicos; Ciencias Básicas y del Espacio; Energía Sostenible; Tecnologías Convergentes e Industrias 4.0 e Industrias Creativas y Culturales. La Misión pretende sentar las bases para construir herramientas a nivel territorial, productivo e institucional que faciliten soluciones prácticas a los desafíos del desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación aplicada en Colombia29. El 5 de diciembre de 2019 la Misión entregó al Gobierno nacional el informe central que contiene sus recomendaciones para convertir a Colombia en una sociedad en donde el conocimientosea mejor valorado y se convierta en la base de un desarrollo humano, sostenible y con equidad, el cual puede encontrarse en la página del Ministerio30. 23 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1676840 24 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1125662 25 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1124363 26 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1088238 27 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/estatuto_tributario_pr006.html#158-1 28 La primera Misión de Ciencia, Educación y Desarrollo fue convocada en 1994. 29 https://minciencias.gov.co/sites/default/files/libro_mision_de_sabios_digital_1_2_0.pdf 30 https://minciencias.gov.co/sites/default/files/upload/paginas/ebook- _colombia_hacia_una_sociedad_del_conocimiento.pdf http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1125662 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1124363 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1088238 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1955_2019_pr003.html#170 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Leyes/1676840 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1125662 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1124363 http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Decretos/1088238 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/estatuto_tributario_pr006.html#158-1 https://minciencias.gov.co/sites/default/files/libro_mision_de_sabios_digital_1_2_0.pdf https://minciencias.gov.co/sites/default/files/upload/paginas/ebook-_colombia_hacia_una_sociedad_del_conocimiento.pdf https://minciencias.gov.co/sites/default/files/upload/paginas/ebook-_colombia_hacia_una_sociedad_del_conocimiento.pdf Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 9 3) ECUADOR A) Institucionalidad En la constitución Ecuatoriana, modificada el año 200831, queda establecido que: “Art. 385.- El sistema nacional de ciencia, tecnología, innovación y saberes ancestrales, en el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la vida, las culturas y la soberanía, tendrá como finalidad: 1. Generar, adaptar y difundir conocimientos científicos y tecnológicos. 2. Recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales. 3. Desarrollar tecnologías e innovaciones que impulsen la producción nacional, eleven la eficiencia y productividad, mejoren la calidad de vida y contribuyan a la realización del buen vivir. Art. 386.- El sistema comprenderá programas, políticas, recursos, acciones, e incorporará a instituciones del Estado, universidades y escuelas politécnicas, institutos de investigación públicos y particulares, empresas públicas y privadas, organismos no gubernamentales y personas naturales o jurídicas, en tanto realizan actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y aquellas ligadas a los saberes ancestrales.(…) Art. 387.- Será responsabilidad del Estado: 1. Facilitar e impulsar la incorporación a la sociedad del conocimiento para alcanzar los objetivos del régimen de desarrollo. 2. Promover la generación y producción de conocimiento, fomentar la investigación científica y tecnológica, y potenciar los saberes ancestrales, para así contribuir a la realización del buen vivir, al sumak kawsay. 3. Asegurar la difusión y el acceso a los conocimientos científicos y tecnológicos, el usufructo de sus descubrimientos y hallazgos en el marco de lo establecido en la Constitución y la Ley. 4. Garantizar la libertad de creación e investigación en el marco del respeto a la ética, la naturaleza, el ambiente, y el rescate de los conocimientos ancestrales. 5. Reconocer la condición de investigador de acuerdo con la Ley. Art. 388.- El Estado destinará los recursos necesarios para la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la innovación, la formación científica, la recuperación y desarrollo de saberes ancestrales y la difusión del conocimiento.” En Ecuador la ciencia y la tecnología se considera íntimamente relacionadas con la educación superior, por lo cual ambos mundos se gestionan desde un solo ente público, la Secretaria Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt). Así, las principales instituciones públicas en materia de Ciencia y Tecnología en Ecuador son: -Secretaria Nacional de educación Superior, Ciencia, Tecnología e innovación (Senescyt) (artículo 182 Ley Orgánica Educación Superior): Es el órgano que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de educación superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las instituciones del Sistema de Educación Superior. Está dirigida por el Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación de Educación Superior, designado por el Presidente de la República. Además de coordinar y administrar el Sistema de Educación Superior, el Senescyt también tiene dentro de sus atribuciones el establecer desde el gobierno nacional políticas de investigación científica y tecnológica de acuerdo con las necesidades del desarrollo del país y crear los incentivos para que las instituciones de educación superior puedan desarrollarlas, sin menoscabo de sus políticas internas. 31 https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 10 B) Legislación relevante - Art. 385, art. 386, art. 387 y art. 388 de la Constitución de la República del Ecuador32. -Artículo 182 de 2010 de la Ley Orgánica de Educación Superior que establece el objetivo de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia. Tecnología e Innovación33. -Decreto Ejecutivo No. 517 de 2010, establece fusionar la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología (SENACYT) a la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología e Innovación (SENESCYT)34. C) Iniciativas destacadas Plan Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales 203035: En el año 2019 el Senescyt inició la elaboración de un Plan Nacional para definir acciones (corto, mediano y largo plazo) que impulsen de aquí al año 2030 la investigación científica, tecnológica y la innovación orientada a la solución de problemas y a la satisfacción de demandas en áreas estratégicas para Ecuador, además de fomentar la sinergia entre el sector público, privado y la academia. El plan incluirá la participación activa de investigadores, innovadores, estudiantes, emprendedores, docentes de universidades, de institutos tecnológicos y otros actores sociales y estatales. Ciudad del conocimiento Yachay: La ciudad del conocimiento es la primera urbe planificada de Ecuador, que pretende convertirse en un centro del conocimiento, de la investigación, y de la transformación productiva del país. El proyecto original (Decreto Ejecutivo 1457 del año 2013) contemplaba la construcción de universidades y centros de investigación en un área de más de 4.000 hectáreas localizadas en el cantón San Miguel de Urcuquí. Para gestionar, diseñar, construir y administrar el complejo académico y empresarial se creó la empresa pública Yachay EP, cuyo directorio estaba compuesto por los titulares de la Senescyt, Senplades y Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda36. Luego de varios contratiempos y la detección de irregularidades37, en el año 2019 se aprobó el Decreto Ejecutivo 945, en donde la empresa pública Yachay EP fue rebautizada a Siembra EP, la que deberá "Desarrollar un ecosistema de docencia, investigación, innovación y producción, enfocado en productos agrícolas tradicionales y no tradicionales para alcanzar el desarrollo humano sostenible enla región norte del país y demás actividades económicas necesarias para su cumplimiento". También cambió la composición de su directorio, el cual actualmente está conformado por los titulares de la Senescyt, de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas y del Ministerio de Agricultura38. 32 https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf 33 https://www.epn.edu.ec/wp-content/uploads/2018/08/LOES.pdf 34 https://www.educacionsuperior.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/01/Decreto-Ejecutivo-No.-517- sobre-la-Fusion-de-SENACYT-a-la-Secretaria-Nacional-de-Educacion-Superior-Ciencia-Tecnologia-e-Innovacion.pdf 35 https://www.educacionsuperior.gob.ec/senescyt-inicia-la-construccion-del-plan-nacional-de-ciencia-tecnologia- innovacion-y-saberes-ancestrales-2030/ 36 https://www.eluniverso.com/2013/03/29/1/1355/yachay-sera-manejado-empresa-publica.html 37 https://www.elcomercio.com/tendencias/leninmoreno-informe-yachay-ajustes-educacionsuperior.html 38 https://www.elcomercio.com/actualidad/empresa-yachay-cambio-nombre-siembra.html https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf https://www.epn.edu.ec/wp-content/uploads/2018/08/LOES.pdf https://www.educacionsuperior.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/01/Decreto-Ejecutivo-No.-517-sobre-la-Fusion-de-SENACYT-a-la-Secretaria-Nacional-de-Educacion-Superior-Ciencia-Tecnologia-e-Innovacion.pdf https://www.educacionsuperior.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/01/Decreto-Ejecutivo-No.-517-sobre-la-Fusion-de-SENACYT-a-la-Secretaria-Nacional-de-Educacion-Superior-Ciencia-Tecnologia-e-Innovacion.pdf https://www.educacionsuperior.gob.ec/senescyt-inicia-la-construccion-del-plan-nacional-de-ciencia-tecnologia-innovacion-y-saberes-ancestrales-2030/ https://www.educacionsuperior.gob.ec/senescyt-inicia-la-construccion-del-plan-nacional-de-ciencia-tecnologia-innovacion-y-saberes-ancestrales-2030/ https://www.eluniverso.com/2013/03/29/1/1355/yachay-sera-manejado-empresa-publica.html https://www.elcomercio.com/tendencias/leninmoreno-informe-yachay-ajustes-educacionsuperior.html https://www.elcomercio.com/actualidad/empresa-yachay-cambio-nombre-siembra.html Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 11 4) MÉXICO A) Institucionalidad En México es el gobierno federal el que concentra los principales organismos de formulación de políticas, dirección y coordinación. Entre ellos los más importantes son el Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico (Ley de Ciencia y Tecnología del año 2002) y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) (Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología 2002). La Ley de Ciencia y Tecnología del año 2002 también creó el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, el cual es integrado por: I. La política de Estado en materia de ciencia, tecnología e innovación que defina el Consejo General II. El Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como los programas sectoriales y regionales III. Los principios orientadores e instrumentos legales, administrativos y económicos de apoyo a la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación que están establecidos en la ley IV. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación o de apoyo a las mismas, así como las instituciones de los sectores social y privado y gobiernos de las entidades federativas V. La Red Nacional de Grupos y Centros de Investigación y las actividades de investigación científica de las universidades e instituciones de educación superior Así, las principales instituciones públicas en materia de Ciencia y Tecnología en México son: -Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) (Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología del 2002): El CONACYT es la entidad asesora del Ejecutivo Federal y especializada para articular las políticas públicas del Gobierno Federal y promover el desarrollo de la investigación científica y tecnológica, la innovación, el desarrollo y la modernización tecnológica del país. El CONACYT apoya el funcionamiento del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico y del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, los cuales se integrarán y operarán conforme a lo que establece la Ley de Ciencia y Tecnología. -Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación (artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología del 2002): Es el órgano del gobierno federal que tiene a su cargo la formulación de las políticas y la coordinación de las actividades científicas y tecnológicas. El Consejo General es presidido por el Presidente de la República, y está formado por los titulares de las Secretaría de Estado que realizan actividades científicas y tecnológicas, asociaciones de científicos y de la academia, representantes del sector productivo y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT). Sesiona en forma ordinaria dos veces al año. -Foro Consultivo Científico y Tecnológico (artículo 36 de la Ley de Ciencia y Tecnología): Órgano autónomo y permanente de consulta del Poder Ejecutivo, del Consejo General y de la Junta de Gobierno del CONACYT. Tiene por objeto promover la expresión de la comunidad científica, académica, tecnológica y del sector productivo, para la formulación de propuestas en materia de políticas y programas de investigación científica, desarrollo Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 12 tecnológico e innovación. Está integrado por científicos, tecnólogos, empresarios y por representantes de las organizaciones e instituciones de carácter nacional, regional o local, públicas y privadas. El CONACyT debe transmitir al Consejo General y a las dependencias, entidades y demás instancias competentes, las propuestas del Foro Consultivo. B) Legislación relevante -Ley de Impuesto a la renta (artículo 202) (2013)39: Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes del impuesto sobre la renta que efectúen proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al 30% de los gastos e inversiones realizados en el ejercicio en investigación o desarrollo de tecnología, contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en que se determine dicho crédito. -Decreto de Reforma de la Ley de Ciencia y Tecnología (2009)40 -Ley de Ciencia y Tecnología del año 200241: Crea el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación y el Foro Consultivo Científico y Tecnológico. -Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología del 200242: Fija funciones del CONACYT. -Ley para el Fomento de la Investigación Científica y Tecnológica (1999)43 -Ley de Creación del CONACYT (1970)44 C) Iniciativas destacadas Programas Nacionales Estratégicos (PRONACES)45: Los PRONACES son la iniciativa prioritaria del CONACYT para transformar los modelos de investigación académica convocando a las instituciones de educación superior, públicas y privadas, a los centros de investigación e instituciones del sector público de los ámbitos federal, estatal o municipal, y a las organizaciones de la sociedad civil, las empresas y las comunidades locales. Los PRONACES fueron concebidos como un medio para organizar los esfuerzos de investigación en torno a problemas nacionales concretos que, por su importancia estratégica y gravedad, requieren de soluciones integrales, profundas y amplias. Los PRONACES se construyen en tormo a temáticas como: Salud; Soberanía alimentaria; Desarrollo industrial y toxicidades; Prevención de riesgos y desastres;Conocimiento y gestión de cuencas de agua; Cambio climático y calidad del aire; Transición energética; Movilidad y derechos humanos; Vivienda sustentable y pertinente, cultural y ambientalmente; Ciudades sustentables; Sistemas socio-ecológicos y sustentabilidad; Violencias estructurales; Educación para la inclusión y la paz y Memoria histórica y riqueza biocultural. Los PRONACES son concretizados a través de Proyectos Nacionales de Investigación e Incidencia (PRONAII), los cuales consiguen financiamiento a través de las convocatorias que realiza el CONACYT. 39 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR_091219.pdf 40 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lct/LCT_ref04_12jun09.pdf 41 https://docs.mexico.justia.com/federales/ley_de_ciencia_y_tecnologia.pdf 42 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/243.pdf 43 http://www.diputados.gob.mx/comisiones/cienytec%20-%20Copia/leycyt.htm 44 http://www.diputados.gob.mx/comisiones/cienytec%20-%20Copia/leyconacyt.htm 45 https://www.conacyt.gob.mx/index.php/que-son-los-pronaces http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LISR_091219.pdf http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lct/LCT_ref04_12jun09.pdf https://docs.mexico.justia.com/federales/ley_de_ciencia_y_tecnologia.pdf http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/243.pdf http://www.diputados.gob.mx/comisiones/cienytec%20-%20Copia/leycyt.htm http://www.diputados.gob.mx/comisiones/cienytec%20-%20Copia/leyconacyt.htm https://www.conacyt.gob.mx/index.php/que-son-los-pronaces Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 13 5) PERÚ A) Institucionalidad En el año 2004 se aprobó Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Ley 28.303 de 2004), creando así el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación tecnológica (SINACYT) y asignando al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) la condición de ente rector del sistema. El Artículo 7 de la ley 28.303 estable que el SINACYT es el conjunto de instituciones y personas naturales del país, dedicadas a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+I) en ciencia y tecnología y a su promoción. Está conformado por: a) El Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) como organismo rector b) El Fondo Nacional de Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (FONDECYT), para el fomento de los planes, programas y proyectos del SYNACYT c) El Consejo Consultivo Nacional de Investigación y Desarrollo para la CTeI (CONID), como órgano consultivo multidisciplinario e Intersectorial del SINACYT d) Las instancias de los Gobiernos Regionales y Locales dedicadas a las actividades de CTeI en sus respectivas jurisdicciones. e) Las universidades públicas y privadas, sector empresarial, programas nacionales y especiales de CTeI, instituciones e integrantes de la comunidad científica f) El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), para la protección y difusión de los derechos intelectuales en CTeI, y el registro y difusión de las normas técnicas y metrológicas. g) Las comunidades campesinas y nativas, como espacios activos de preservación y difusión del conocimiento tradicional, cultural y folclórico del país. A nivel de gobierno regional, por mandato de la Ley 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales-, son las gerencias de desarrollo social de los gobiernos regionales las encargadas de ejercer las funciones específicas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, entre otras. También es relevante mencionar la Ley 27.506 –Ley del Canon- que establece que los gobiernos regionales deben entregar el 20% del total percibido por canon a las universidades en su territorio, y este monto a su vez ser destinado exclusivamente a la inversión en investigación en ciencia y tecnología. Así, las principales instituciones públicas en materia de Ciencia y Tecnología en Perú son: -Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) (artículo 9 ley 28.303): Es el organismo público descentralizado encargado de dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica. Su presidente dirige el SINACYT y es el responsable de la política nacional de CTeI. -Fondo Nacional de Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (FONDECYT) (artículo 16 ley 28.303): Adscrito al CONCYTEC, este ente es el encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos, de fuente nacional e extranjera, destinados a las actividades del SINACYT en el país. El FONDECYT desarrolla sus actividades dentro del marco de las prioridades, criterios y lineamientos de política establecidos en el Plan Nacional de CTeI y los que aprueben el CONCYTEC. Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 14 -Consejo Consultivo Nacional de Investigación y Desarrollo para la CTeI (CONID) (artículo 20 ley 28.303): Este Consejo es un órgano de consulta del SINACYT, conformado por las máximas autoridades de las instituciones estatales dedicadas a la investigación, innovación tecnológica y promoción de la CTeI, convocados para fines específicos y con participación ad honorem. Tiene como finalidad promover la acción concertada y la complementariedad entre los programas y proyectos de las instituciones integrantes del SINACYT. -El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) (artículo 1 Decreto Ley 25868 de 1992): Tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores. Asimismo, fomenta en la economía peruana una cultura de leal y libre competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y derechos de autor, hasta las patentes y biotecnología46. B) Legislación relevante -Ley 30948 de 2019: Ley de Promoción del Desarrollo del Investigador Científico47: Esta ley tiene por objeto promover la labor del investigador científico altamente especializado, que permita contar con una plataforma de desarrollo científico y tecnológico a favor del país. -Ley 30.30948 del 2015: Promueve la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación tecnológica a través de incentivos tributarios. -Ley 30035 del 201349: Regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto. -La Ley 28.613 de 200550, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la cual se regula los fines y se adecua al CONCYTEC a las funciones establecidas en la Ley Marco de CTI (Ley 28.303) otorgándole una nueva estructura organizativa. -La Ley 28.303 de 200451: Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica que crea el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación tecnológica (SINACYT) y le asigna al CONCYTEC la condición de ente rector del mismo. -La Ley 27.867 de 200252: Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que los gobiernos regionales se rigen por principios de competitividad e innovación, a la vez que les asigna la responsabilidad del diseño de políticas regionales de CTeI (Arts. 8º y 47º). - Ley 27.506 de 2001 –Ley del Canon-53 y Ley 28.07754 que la modifica. El canon es la participación efectiva de la que gozan los gobiernos regionales y locales del total de los 46 https://www.indecopi.gob.pe/quienes-somos 47http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201601328&Vie w. 48http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201104082&Vie w 49http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201101188&View 50 http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/28613.pdf 51 http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/28303.pdf 52 http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/27867.pdf 53 http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/27506.pdf 54 http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/28077.pdf https://www.indecopi.gob.pe/quienes-somos http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201601328&View http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201601328&View http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201104082&View http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201104082&View http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201101188&View http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Expvirt_2011.nsf/Repexpvirt?OpenForm&Db=201101188&View http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/28613.pdf http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/28303.pdf http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/27867.pdf http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/27506.pdf http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/28077.pdf Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 15 ingresos y rentas obtenidas por el Estado por la explotación económica de los recursos naturales. -El artículo 14º de la Constitución Política del Perú 199355 establece que "Es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país". -Decreto Ley 25868 de 199256, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. C) Iniciativas destacadas Préstamo Banco Mundial: El CONCYTEC suscribió en el año 2017 un convenio de préstamo por 100 millones de dólares con el Banco Mundial para realizar durante cinco años el mejoramiento y ampliación de los servicios del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, a través de la mejora de su gestión, una adecuada priorización y asignación de recursos para Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI), mayor y superior investigación básica y aplicada, entre otras acciones, para contribuir a la diversificación económica y la competitividad del Perú57. 55 http://www4.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Constitu/Cons1993.pdf 56 http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/25868.pdf 57 https://fondecyt.gob.pe/banco-mundial, https://portal.concytec.gob.pe/index.php/noticias/2020-concytec-y- mision-del-banco-mundial-evaluan-avances-del-convenio-para-el-mejoramiento-y-ampliacion-de-los-servicios-del- sinacyt http://www4.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Constitu/Cons1993.pdf http://www.leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/25868.pdf https://fondecyt.gob.pe/banco-mundial https://portal.concytec.gob.pe/index.php/noticias/2020-concytec-y-mision-del-banco-mundial-evaluan-avances-del-convenio-para-el-mejoramiento-y-ampliacion-de-los-servicios-del-sinacyt https://portal.concytec.gob.pe/index.php/noticias/2020-concytec-y-mision-del-banco-mundial-evaluan-avances-del-convenio-para-el-mejoramiento-y-ampliacion-de-los-servicios-del-sinacyt https://portal.concytec.gob.pe/index.php/noticias/2020-concytec-y-mision-del-banco-mundial-evaluan-avances-del-convenio-para-el-mejoramiento-y-ampliacion-de-los-servicios-del-sinacyt Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 16 6) CIFRAS58 58 Las siguientes tablas y gráficos son de elaboración propia en base a datos de la Red de Indicadores de Ciencia y Tecnología (RYCYT), disponibles en: http://www.ricyt.org/category/indicadores/ http://www.ricyt.org/category/indicadores/ Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 17 Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 18 Biblioteca del Congreso Nacional, Departamento de Estudios, Extensión y Publicaciones 19 59 59 Último año disponible. El concepto de “objetivo socioeconómico” remite a la finalidad de la actividad o “campo de aplicación”.
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