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Unidad 3 - Mano de obra docx

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MANO DE OBRA
La mano de obra debe estar en relación de dependencia
Mano de obra directa: transforma la materia prima en producto de manera directa
Mano de obra indirecta: Trabajo llevado a cabo dentro de la fabrica
Formas de renumeración
● Sueldo
● Jornal
● A destajo: por productividad
Definiciones importantes
Sueldo bruto: es lo que la empresa carga como sueldos, Cuando una empresa valoriza un sueldo piensa en el
sueldo bruto. Sueldo básico + adicionales.
Sueldo básico: ce
Aportes (retenciones): el empleado es el que realiza aportes, el que soporta la carga del aporte. Se le palica sobre
el sueldo bruto. El aporte no es costo para la empresa. Se calcula sobre sueldo bruto.
Contribuciones, cargas sociales: es el costo impositivo que tiene una empresa por tener empleados en relación de
dependencia. El costo de una empresa es el sueldo bruto + cargas sociales
Salario familiar: por hijo, por escolaridad, por adopción. Lo paga la ANSES
Sueldo neto: lo que termina cobrando el empleado, en el bolsillo.
Aportes y contribuciones
Contribuciones/carga social directa: SI son costos para la empresa, se aplica un porcentaje sobre el sueldo bruto.
● Jubilación o sistema integrado de jubilaciones y pensiones (SIJP): el porcentaje varia de empresa a
empresa
● Ley 19.032: el porcentaje varia de empresa a empresa
● Obra social: la empresa debe contribuir el 6% adicional al aporte que ya hizo el empleado.
● Aseguradora de riesgo de trabajo (ART): es una aseguradora que hay que contratar por ley para que la
cubra en caso de accidentes laborales, enfermedades laborales, incapacidades laborales o muerte del
trabajador. Accidentes itinere (de tu casa al trabajo y del trabajo a tu casa) y dentro del trabajo.
● Fondo nacional de empleo (FNE): si un trabajador se queda desempleado puede peticionar que se le
pague un fondo de desempleo. Es un fondo formado por las empresas destinado al pago de los subsidios por
desempleo. Es durante un plazo determinado, no para toda la vida.
● Asignaciones familiares: deben pagar las empresas a un fondo que administra ANSES y ANSES paga los
salarios familiares: son subsidios por nacimiento, escolaridad, adopción, licencia por maternidad. Se paga
igual, aunque el empleado no lo cobre.
● Sindicato: por ley la empresa debe contribuir a pagarle al sindicato vinculado a su actividad, estén o no
afiliados sus empleados a él.
Aportes/retenciones: las sufre el trabajador, NO son costos para la empresa.
● Jubilación o sistema integrado de jubilaciones y pensiones (SIJP): lo que se le descuenta al empleado y
que va al sistema de jubilaciones y pensiones. Estos aportes no van a una cuenta del empleado, van a un
fondo para pagar a los jubilados presentes. El empleado no lo paga, si estas en relación de dependencia, tu
empleador actúa como agente de retención: tu empleador es el que tiene la obligación de retenerte lo aportes
y depositarlos por cuenta y orden tuya a ANSES. (11%)
● Ley 19.032: es lo que se conoce como PAMI, es la obra social para jubilados y pensionados. El trabajador
actual financia la obra social de los que ahora están jubilados. (3%)
● Obra social: la que brinda cobertura de salud al trabajador actual (3%)
Tipos de cargas sociales (las dos van a parar a costos)
Carga social directa: carga social legal, todo lo que vimos como contribuciones.
● Jubilación o Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (S.I.J.P);
● Ley 19.032
● Obras Social (O.S);
● Aseguradora de riesgo de trabajo (A.R.T)
● Fondo nacional de empleo (F.N.E)
● Asignaciones Familiares
● Sindicato
Carga social eventual: es una carga social de gestión, no es legal. Se calcula de manera extra contable para costos.
Es aquella que reconoce el impacto de las ausencias pagas y conceptos similares a efectos de distribuir de manera
homogénea el costo de la mano de obra a lo largo del año. Si yo los reconocería en el mes que ocurren, la mano de
obra directa iría fluctuando su valor durante el año, no tendría homogeneidad. Para que no ocurra esto se crea la
carga social eventual.
● Vacaciones
● Feriados
● Licencias por accidente, por enfermedad, por examen, por mudanza, por fallecimiento. Por maternidad NO ya
que la afronta el ANSES
● Indemnización por despidos
● Indemnización sustitutiva de preaviso
o Se avisa uno o dos meses antes que lo vas a despedir
o En vez de avisar un mes antes de despedirlo, no le avisa sy le pagas el preaviso. Un mes bruto.
● Vestimenta del trabajador
● Dia del gremio
● SAC y aguinaldo
Horas extra
Por su valor
● Al 50%
● Al 100%
Matriz de cargas sociales

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