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MANO DE OBRA La mano de obra debe estar en relación de dependencia Mano de obra directa: transforma la materia prima en producto de manera directa Mano de obra indirecta: Trabajo llevado a cabo dentro de la fabrica Formas de renumeración ● Sueldo ● Jornal ● A destajo: por productividad Definiciones importantes Sueldo bruto: es lo que la empresa carga como sueldos, Cuando una empresa valoriza un sueldo piensa en el sueldo bruto. Sueldo básico + adicionales. Sueldo básico: ce Aportes (retenciones): el empleado es el que realiza aportes, el que soporta la carga del aporte. Se le palica sobre el sueldo bruto. El aporte no es costo para la empresa. Se calcula sobre sueldo bruto. Contribuciones, cargas sociales: es el costo impositivo que tiene una empresa por tener empleados en relación de dependencia. El costo de una empresa es el sueldo bruto + cargas sociales Salario familiar: por hijo, por escolaridad, por adopción. Lo paga la ANSES Sueldo neto: lo que termina cobrando el empleado, en el bolsillo. Aportes y contribuciones Contribuciones/carga social directa: SI son costos para la empresa, se aplica un porcentaje sobre el sueldo bruto. ● Jubilación o sistema integrado de jubilaciones y pensiones (SIJP): el porcentaje varia de empresa a empresa ● Ley 19.032: el porcentaje varia de empresa a empresa ● Obra social: la empresa debe contribuir el 6% adicional al aporte que ya hizo el empleado. ● Aseguradora de riesgo de trabajo (ART): es una aseguradora que hay que contratar por ley para que la cubra en caso de accidentes laborales, enfermedades laborales, incapacidades laborales o muerte del trabajador. Accidentes itinere (de tu casa al trabajo y del trabajo a tu casa) y dentro del trabajo. ● Fondo nacional de empleo (FNE): si un trabajador se queda desempleado puede peticionar que se le pague un fondo de desempleo. Es un fondo formado por las empresas destinado al pago de los subsidios por desempleo. Es durante un plazo determinado, no para toda la vida. ● Asignaciones familiares: deben pagar las empresas a un fondo que administra ANSES y ANSES paga los salarios familiares: son subsidios por nacimiento, escolaridad, adopción, licencia por maternidad. Se paga igual, aunque el empleado no lo cobre. ● Sindicato: por ley la empresa debe contribuir a pagarle al sindicato vinculado a su actividad, estén o no afiliados sus empleados a él. Aportes/retenciones: las sufre el trabajador, NO son costos para la empresa. ● Jubilación o sistema integrado de jubilaciones y pensiones (SIJP): lo que se le descuenta al empleado y que va al sistema de jubilaciones y pensiones. Estos aportes no van a una cuenta del empleado, van a un fondo para pagar a los jubilados presentes. El empleado no lo paga, si estas en relación de dependencia, tu empleador actúa como agente de retención: tu empleador es el que tiene la obligación de retenerte lo aportes y depositarlos por cuenta y orden tuya a ANSES. (11%) ● Ley 19.032: es lo que se conoce como PAMI, es la obra social para jubilados y pensionados. El trabajador actual financia la obra social de los que ahora están jubilados. (3%) ● Obra social: la que brinda cobertura de salud al trabajador actual (3%) Tipos de cargas sociales (las dos van a parar a costos) Carga social directa: carga social legal, todo lo que vimos como contribuciones. ● Jubilación o Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (S.I.J.P); ● Ley 19.032 ● Obras Social (O.S); ● Aseguradora de riesgo de trabajo (A.R.T) ● Fondo nacional de empleo (F.N.E) ● Asignaciones Familiares ● Sindicato Carga social eventual: es una carga social de gestión, no es legal. Se calcula de manera extra contable para costos. Es aquella que reconoce el impacto de las ausencias pagas y conceptos similares a efectos de distribuir de manera homogénea el costo de la mano de obra a lo largo del año. Si yo los reconocería en el mes que ocurren, la mano de obra directa iría fluctuando su valor durante el año, no tendría homogeneidad. Para que no ocurra esto se crea la carga social eventual. ● Vacaciones ● Feriados ● Licencias por accidente, por enfermedad, por examen, por mudanza, por fallecimiento. Por maternidad NO ya que la afronta el ANSES ● Indemnización por despidos ● Indemnización sustitutiva de preaviso o Se avisa uno o dos meses antes que lo vas a despedir o En vez de avisar un mes antes de despedirlo, no le avisa sy le pagas el preaviso. Un mes bruto. ● Vestimenta del trabajador ● Dia del gremio ● SAC y aguinaldo Horas extra Por su valor ● Al 50% ● Al 100% Matriz de cargas sociales
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