Logo Studenta

Nulidades

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

1. Juan Ramírez, notificador del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 
San José de 3º turno, se dirige al domicilio de Amalia Pérez, demandada 
en un proceso civil tramitado ante ese Juzgado, con el fin de entregarle 
un cedulón por el que se le notifica el emplazamiento en el referido 
juicio. Camino a ese domicilio, se encuentra con el hermano de Amalia, 
a quien conoce, y le entrega el cedulón para que éste, a su vez, se lo 
entregue a su hermana. Amalia Pérez recibe de su hermano el referido 
cedulón al día siguiente, pero olvida llevárselo a su abogado, y no 
comparece a contestar la demanda dentro del plazo legal. Vencido el 
plazo, comunica el caso a su abogado, quien se propone plantear la 
nulidad del emplazamiento en virtud de lo dispuesto en el artículo 129 
del CGP. Considera acertado el criterio de su asesor letrado? En caso 
de que el abogado resuelva plantear la nulidad, de qué forma debería 
hacerlo? 
 
2. El Juez de Paz Departamental de Maldonado de 2º turno, ordenó 
realizar una inspección judicial del lugar del accidente que motiva el 
juicio, cometiendo la diligencia al Alguacil del juzgado, quien cumple con 
la diligencia, labrando un acta del resultado de la inspección, que a la 
postre resultó determinante para el fallo condenatorio del demandado. 
Ninguna de las partes impugnó la referida diligencia probatoria luego de 
realizada, pero al conocer la sentencia condenatoria, varios meses 
después de realizada dicha inspección, el demandado alega en el 
recurso de apelación de esa sentencia la nulidad de esa prueba. Es 
admisible dicho planteo, cuando no fue realizado en la primera 
oportunidad hábil de que dispuso el demandado? 
 
 
3. En un proceso ordinario, culminada la audiencia complementaria (de 
prueba) y recibidos los alegatos de las partes, el juez da por concluida la 
causa y comunica a las partes que les notificará la sentencia a domicilio, 
lo que efectivamente ocurre, recibiendo las partes el correspondiente 
cedulón con copia de la sentencia, un mes después de la audiencia 
complementaria. El abogado de la parte actora, que vio desestimada su 
demanda, considera que esa sentencia es nula por apartarse de lo 
previsto en el artículo 343.7 del CGP. Comparte ese criterio? En caso de 
plantearse la nulidad, de qué forma debería hacerse?

Continuar navegando

Otros materiales