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Mercosur Resumen

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MERCOSUR 
 -Organización regional del espacio sudamericano constituida en virtud del 
Tratado de Asunción. 
 -Los orígenes del Mercosur se remontan a un encuentro que tuvo lugar en 1986 
entre los entonces presidentes de Brasil, José Sarney, y de Argentina, Raúl Alfonsín. 
El acuerdo comercial bilateral entre ambos países se transformó con el tiempo en la 
idea de crear una zona de libre comercio en Sudamérica, proyecto que cobró fuerza 
cuando Uruguay y Paraguay se sumaron a tal intento. 
 -El Tratado está abierto a la adhesión, previa negociación, del resto de los países 
miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), cuyas solicitudes 
serán consideradas después de cinco años de su entrada en vigor. 
 
ESTRUCTURA ORGÁNICA 
_Consejo de Mercado Común 
_Grupo de Mercado Común 
_Comisión de Comercio del Mercosur 
_Comisión Parlamentaria Conjunta 
_Foro Consultivo Económico y Social 
_Secretaría Administrativa del Mercosur 
 
1-CONSEJO DE MERCADO COMÚN 
Es el órgano superior del Mercosur, su objetivo es la conducción 
política del proceso de integración y adoptará todas las 
decisiones necesarias para asegurar el cumplimiento del Tratado de 
Asunción. 
INTEGRACIÓN 
Está integrado por ministros de relaciones exteriores y de 
economía de los Estados. 
Se pronuncia mediante decisiones que obligan a los Estados 
miembros. 
 
2-GRUPO DE MERCADO COMÚN 
Es el órgano ejecutivo del MERCOSUR, elabora y propone medidas 
concretadas para el desarrollo de sus objetivos. 
Velará por el cumplimiento del Tratado de Asunción, sus Protocolos 
y acuerdos firmados en ese marco. 
INTEGRACIÓN 
Cuatro titulares y cuatro alternos que deben ser re presentantes de 
los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Econo mía. 
Se pronuncia mediante resoluciones que obligan a los Estados 
miembros. 
 
3-COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR 
OBJETIVO 
Asistir al Grupo de Mercado Común, velará por la ap licación de los 
instrumentos de política comercial entre los países miembros y 
entre otros países (el MERCOSUR puede negociar con otros Estados). 
INTEGRACION 
Idem órgano anterior. 
 
 
 
4- COMISIÓN PARLAMENATARIA CONJUNTA 
Es el órgano representativo del parlamento de los Estados 
miembros. 
OBJETIVOS 
Acelerar los procedimientos internos de los Estado s para que 
entren en vigencia (aplicación) las decisiones, res oluciones y 
directivas que emanan de sus órganos. 
 
5- FORO CONSULTIVO ECONÓMICO Y SOCIAL 
OBJETIVO 
Representar a los sectores económicos y sociales de los Estados 
miembros, proyectar el desarrollo económico . 
Función CONSULTIVA. 
Se pronuncia mediante recomendaciones(no son obliga torias). 
 
6- SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR 
Es el órgano de apoyo operativo del MERCOSUR, coord ina todas las 
actividades que se realizan dentro del marco del MERCOSUR, así 
como las actividades entre sus órganos, Estados mie mbros, 
información a terceros Estados, etc. 
INTEGRACIÓN 
Se integra con un secretario con personal a su carg o. 
 
 
PERSONERÍA JURÍDICA DEL MERCOSUR (NATURALEZA JURÍDICA) 
 
 De acuerdo al art.34 del Protocolo de Ouro Preto el MERCOSUR 
tiene una personería internacional, ya que de esta forma podrá 
cumplir con sus funciones por ej. celebrar Tratados . 
 Para el Dr. Arbuet la personería del MERCOSUR se encuentra en 
un estado embrionario, recién se están dando los pr imeros pasos 
para llegar a un óptimo proceso de integración, per o con esto no 
se le está negando su carácter jurídico. 
 Todos los procesos de integración requieren pa ra legar a su 
máxima expresión pasar por distintas etapas : 
1) LIBRE COMERCIO, se refiere a la aplicación de aranceles 
comunes , es decir los Estados practican una política común 
referente a la aplicación de aranceles a los produc tos de los 
Estados miembros (internos ). 
2) UNIÓN ADUANERA, en esta etapa lo que se busca es superar la 
anterior, esto es la búsqueda de una política aranc elaria 
común, aplicable a terceros Estados (externos ). 
3) MERCADO CUMÚN, una vez superada las etapas uno y dos los 
Estados procuran una integración que implique inter cambio de 
bienes , servicios y capitales . 
4) UNIÓN ECONÓMICA, esta es la máxima expresión del proceso de 
integración, el objetivo no se agota en el intercam bio de 
bienes, servicios y capitales sino que apunta a la creación de 
órganos supra nacionales , cuyas decisiones obligarán a los 
Estados miembros de esa comunidad, implica también la unión 
monetaria (por ej. Unión Europea). 
 Podría decirse que actualmente el MERCOSUR se e ncuentra en la 
segunda etapa (Unión Aduanera), esto se vería desvi rtuado por la 
realidad política, económica que están viviendo alg uno de sus 
Estados miembros (por ej. Argentina). 
 Influye además la aparición del ALCA, ya que lo s integrantes 
del MERCOSUR están dispuestos a negociar con este n uevo 
instrumento, en forma unilateral y no en bloque. De ahí que la 
mayoría de los internacionalistas sostengan que hay un retroceso, 
se estaría volviendo a la primera etapa del proceso (Libre 
Comercio). 
 
FUENTES JURÍDICAS DEL MERCOSUR: las decisiones siempre con por 
consenso en el MERCOSUR. 
 
Art.91 del TRATADO de OURO PRETO 
 
El MERCOSUR debe regirse por las normas y principio s del Derecho 
internacional. Las normas y principios que rigen e l Derecho 
Internacional son también fuentes de este sistema, pero además d e 
acuerdo al art.91 el MERCOSUR tiene: 
A) FUENTES ORIGINARIAS, compuestas por el Tratado de Asunción, 
sus Protocolos, Acuerdos celebrados en el marco de este 
Tratado y Protocolo de estos Acuerdos. 
B) FUENTES DERIVADAS, son las Decisiones del Consejo del Mercado 
Común, Resoluciones del Grupo Mercado Común, Directivas de la 
Comisión de Comercio, adoptadas desde la entrada en vigor del 
Tratado. 
 
SOLUCIÓN PACÍFICA DE CONTROVERSIAS EN EL MERCOSUR:no debe hacerse 
por la fuerza. 
 +Anexo III del Tratado de Asunción: no había muc ho tiempo de 
pensar, no es un sistema jurisdiccional porque term ina en 
recomendaciones en cambio el jurisdiccional la reso lución tiene 
fuerza de cosa juzgada. Ejemplo OMC (Organización M undial del 
Comercio): se resuelve en grupos especiales que ter minan en 
recomendaciones (similar al MERCOSUR) pero hay un ó rgano que hace 
que sean obligatorias las resoluciones. 
 -Es un tema de solución de controversias políti cas porque en 
el Grupo y en el Consejo están el demandante y dema ndado. 
 +Protocolo de Brasilia: aún rige. 
 -Críticas: falta mecanismo prejudicial (si hay e n Europa), 
interpretación uniforme de la normativa (ha habido muchas 
controversias para ver sí una norma está vigente); y control de 
legalidad: no hay otro órgano jurisdiccional que ve a si hay 
legalidad de las normas. Esto último significa corr oborar si es 
una norma armónica con el resto del MERCOSUR antes de que surja 
una controversia. 
 +Protocolo de Olivos: todavía no entró en vigenc ia. Diferencias 
con el de Brasilia: 
 -Invoca más normas, que en el Protocolo de B no e xistían. 
 -Opción de foro: puede optar entre los foros, per o una vez 
comenzado el procedimiento no puede ir al otro. 
 -Intervención del GMC es opcional, no como en el P B que es 
obligatoria. Es para acortar plazo, sobre todo porq ue agrega otra 
etapa. Puede darse sólo cuando las partes están de acuerdo u otro 
Eº que no es parte requiera ese procedimiento justi ficadamente. Ej 
para que haya más transparencia. 
 -Además la intervención del GMC no interrumpe (i nc 3). 
 -Agregó etapa de revisión: es P B la solución ti ene fuerza de 
cosa juzgada pero aquí puede haber revisiones ante tribunal 
permanente. Fuente de inspiración: OMC. 
 **** Procedimiento arbitral : 
 -P B tribunales a doc. 
 -Olivos: tribunales a doc y tribunal de revisión permanente. Si 
las partes están de acuerdo pueden ir directamente al Tribunal de 
revisión. Esto es positivo porque los arbitrajes so n muy costosos. 
 También al Tribunal se le pueden solicitar opinion es consultivas.Esto puede prevenir controversias. 
 **** Laudos arbitrales : en Olivos pueden revisarse pero en P B 
son inapelables y obligatorios. 
Reclamos de particulares: es gral son los motores pero no se 
enfrentan directamente a los Eºs sino que la acción la lleva su Eº 
 - Innovación de Olivos: pueden hacer contacto directamente con 
la Sección Nacional de su Eº y el Eº parte. Se conv oca a un grupo 
de expertos que deciden por mayoría y no por consen so al igual que 
los tribunales. 
 -Anexo del Protocolo de Ouro Preto: Distinto comienzo que en P 
B y Olivos: particulares y Eº pueden también inicia r ante la 
Comisión de Comercio, siempre que se trate de temas de su materia 
como: políticas comerciales, cuestiones arancelaria s. Si no se 
obtienen los resultados esperados se recurre direct amente al 
arbitraje del Protocolo de Brasilia.

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