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Estructura tridimensional del Derecho

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ESTRUCTURA TRIDIMENSIONAL 
DEL DERECHO 
 
El hecho de que existan varias acepciones de la palabra “Derecho” suscita una 
pregunta: ¿éstas acepciones no revelan la existencia de elementos complementarios en la 
experiencia jurídica? Un análisis demostró que dichos significados corresponden a 3 
aspectos básicos: 
 
 Un aspecto normativo: el derecho como ordenamiento y la ciencia del derecho. 
 Un aspecto fáctico: el derecho como hecho o en su efectividad social e histórica. 
 Un aspecto axiológico: el derecho como valor de justicia. 
 
El problema de la tridimensionalidad del derecho fue estudiado sistemáticamente, 
culminando en una teoría con una nueva conformación, ya que: 
 
 Donde haya un fenómeno jurídico, siempre hay un hecho subyacente; un valor que 
da significación a ese hecho, inclinando o determinando la acción de los hombres 
con el fin de alcanzar o conservar un determinado objetivo; y por último una 
norma que representa la relación por la cual el hecho se integra en el valor. 
 Tales elementos (hecho, valor, norma) coexisten en una unidad concreta (no 
existen separados). 
 Esos elementos se exigen recíprocamente y actúan como elementos de un 
proceso, de manera que el derecho surge de la interacción dinámica y dialéctica de 
dichos elementos. 
 
La estructura de una norma jurídica sería: 
 
a- Si es H (hecho), debe ser P (prestación). 
b- Si no fuera P (prestación), deberá ser SP (sanción penal). 
 
Por ejemplo: 1 norma legal prevé el pago de una letra de cambio, bajo la pena de 
protesto, en donde el acreedor tendría la facultad de ejecutar el crédito. Aquí sería: 
a- Si hay una deuda cambiaria (H), debe ser pagada (P). 
b- Si la deuda no fuese pagada (no P), deberá existir una sanción penal (SP). 
 
En éste ejemplo, la norma de derecho cambiaria representa una disposición legal 
que se basa en un hecho de orden económico, y que pretende asegurar un valor (el valor 
de crédito). Es decir, que un hecho económico se liga a un valor de garantía para 
expresarse a través de una norma legal que atiende a las relaciones que deben existir 
entre aquellos que 2 elementos. 
Así, hechos, valores y normas se implican y se exigen recíprocamente, lo cual se 
refleja cuando el jurisperito (abogado, juez o administrador), interpreta una norma jurídica 
para aplicarla. 
Desde la aparición de la norma jurídica hasta su aplicación; el derecho se 
caracteriza por su estructura tridimensional en la cual hechos y valores se dialectizan (es 
decir que obedecen a un proceso dinámico). Se trata de una “dialéctica de implicación-
polaridad” . Según ésta, el hecho y el valor se correlacionan de manera que cada uno de 
ellos se mantiene irreductible al otro (polaridad), pero ambos son exigidos mutuamente 
(implicación), originándose la estructura normativa. 
En conclusión se obtienen las siguientes definiciones del término “derecho” 
 
 Es una realización ordenada y garantizada del bien común en una estructura 
tridimensional bilateral atributiva. 
 Es la ordenación heterónoma, coercible y bilateral atributiva de las relaciones de 
convivencia según integración normativa de hechos y valores.

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