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ESTADO, CONSTITUCIÓN Y GOBIERNO LICENCIATURA EN DERECHO 1 Contenido Unidad 2. Panorama del derecho administrativo ............................................... 2 Sesión 4. Administración pública en México ...................................................... 2 Aviso importante ................................................................................................ 2 Planeación del docente en línea ....................................................................... 4 Presentación ...................................................................................................... 4 Concepto de derecho administrativo ............................................................... 5 Actividad 1. ¿Qué es el derecho administrativo? ........................................ 7 Antecedentes de la Administración Pública y del Derecho Administrativo . 9 Actividad 2. Funciones del derecho administrativo .................................. 13 ........................................................................................................................ 13 Actividad 3. Relación del derecho administrativo con la administración pública y privada. ......................................................................................... 15 La Administración Pública en México ............................................................ 16 Actividad 4. Secretarías de Estado ............................................................. 18 Actividad integradora. Panorama general del derecho administrativo .... 19 Cierre ................................................................................................................. 21 Sesión 5. Orden jurídico ..................................................................................... 23 Aviso importante .............................................................................................. 23 Planeación del docente en línea ..................................................................... 25 Presentación .................................................................................................... 25 Jerarquía del Ordenamiento Jurídico ............................................................. 26 Actividad 1. Reglamento, acuerdo y decreto ............................................. 28 Jerarquía del Ordenamiento Jurídico ............................................................. 29 Actividad 2. Clasificación de las normas jurídicas .................................... 32 Actividad integradora. Jerarquía del orden jurídico .................................. 33 Cierre ................................................................................................................. 35 Bitácora de aprendizaje ................................................................................... 36 Fuentes de consulta ........................................................................................ 40 2 Unidad 2. Panorama del derecho administrativo Sesión 4. Administración pública en México ¡Bienvenido! Como ya se ha mencionado en la unidad 1 existe una íntima relación entre la Constitución, el Estado y el Gobierno, seguido de esto, es primordial saber en qué radica la importancia de la administración pública en nuestro país, por ello en la presente sesión se expondrán los conceptos clave relacionados al derecho administrativo y a la administración pública y privada, así como los antecedentes y la relación que guardan entre sí. Aviso importante Estimados(as) estudiantes, en la siguiente sección encontráremos un foro diseñado para que podamos plantear nuestras dudas en torno a este módulo; en el mismo espacio nuestro(a) docente en línea pondrá la planeación sobre las fechas acordadas para la entrega de las actividades. El siguiente documento muestra las actividades que realizaremos en el transcurso de este módulo. https://unadmexico.blackboard.com/webapps/blackboard/execute/displayLearningUnit?course_id=_13743_1&content_id=_562092_1 3 4 Es importante respetar las fechas acordadas con nuestro(a) docente en línea; la puntualidad es un hábito que los licenciados en derecho debemos cultivar, dado que será una constante en nuestro desarrollo profesional, "la puntualidad rige la vida del Abogado" (Sánchez, 2006). Sánchez N. (2006) Cuestión de tiempo. Recuperado de: http://www.icamalaga.es/ Planeación del docente en línea En el foro de esta sección nuestro(a) docente en línea compartirá la programación de fechas, ajustes en actividades, cambios en el encuadre del curso o cualquier otro mensaje importante. Aunado a lo anterior podemos usar este espacio para plantear nuestras dudas o inquietudes en torno a los distintos elementos del módulo. Presentación La Administración Pública en nuestro país ha tenido una creciente evolución derivada del esfuerzo que realiza el gobierno mexicano para alcanzar mayores índices de eficiencia y honestidad en el ejercicio de las funciones públicas. En la presente sesión se nos explicarán las funciones que realizan la administración pública y el derecho administrativo, partiendo desde sus inicios y sus antecedentes. http://www.icamalaga.es/portalMalaga/printPortal.do?urlPagina=/S015006009007/1241534075248_es_ES.html 5 Concepto de derecho administrativo Concepto de derecho administrativo Para iniciar debemos entender el concepto del área del orden jurídico mexicano que se encarga de su organización y regulación: el derecho administrativo. Los siguientes autores proponen: Gabino Fraga Para Gabino Fraga (2000), el derecho administrativo es el que regula: La estructura y organización del poder encargado normalmente de realizar la función administrativa (poder ejecutivo). Los medios patrimoniales y financieros que la administración necesita para su sostenimiento y para garantizar la regularidad de su actuación. El ejercicio de las facultades que el poder público debe realizar bajo la forma de la función administrativa. La situación de los particulares con respecto a la administración. Jorge Fernández Ruiz Jorge Fernández Ruiz nos da la siguiente definición: El derecho administrativo es el conjunto de normas y principios del derecho público que rigen la estructura, organización y funcionamientos de las diversas áreas de la administración pública de las relaciones entre sí, así como de sus relaciones con las demás instituciones del Estado y con los particulares. Rafael de Piña y Vara Rafael de Piña y Vara, establece: 6 Totalidad de las normas positivas destinadas a regular la actividad del Estado y de los demás órganos públicos, en cuanto se refiere al establecimiento y realización de los servicios de esta naturaleza, así como a regir las relaciones entre la administración y los particulares, y de las entidades administrativas entre sí. De lo anterior, se advierte que las relaciones jurídicas en que interviene la administración con motivo de su organización y funcionamiento están regidas por las normas del derecho administrativo, es decir, por normas del derecho público. Por otra parte, el derecho administrativo, regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público, cuando éstos últimos actúan en ejercicio de sus potestades públicas y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido. Fuentes del derecho administrativo Como recordaremos de nuestro estudio del primer módulo, en Derecho existen tres fuentes, las formales, reales e históricas: Al considerar el hecho de legislar como fuente del derecho administrativo, es necesario expresar que la ley se deriva del principio de legalidad, el cual consiste en que ningún otro órgano del Estado puede tomar una decisión individual que no sea conforme a unadisposición general anteriormente creada. Debido a este principio los órganos del Estado, sólo pueden realizar aquellas atribuciones que están expresamente señaladas en la ley, logrando la protección a los particulares para que no se presente ningún tipo de abuso por parte de cualquier autoridad administrativa. Otra fuente de del Derecho Administrativo es la costumbre 7 Es decir, la costumbre es una norma de conducta creada en forma espontánea por una colectividad o grupo social, y aceptada voluntariamente por los individuos que la constituyen como rectora de determinadas relaciones. ¿En dónde se desarrolla el derecho administrativo? El Estado Hablar sobre el origen, la integración y tareas del Estado es un terreno difícil, pues existen un gran número de acepciones con las que se pretenden describir qué es el Estado, señalando lo siguiente: El Estado es un sistema integrado por un conjunto de seres humanos asentado permanentemente en una circunscripción territorial, organizado mediante la coincidencia constantemente renovada de voluntades de sus integrantes de mayor influjo, sujeto a un orden jurídico y a un poder soberano, cuyos objetivos básicamente variables son establecidos por la parte dominante del conjunto, aun cuando con alguna eventual influencia de los demás (Fernández, 2009). Actividad 1. ¿Qué es el derecho administrativo? Aunque el derecho administrativo es de reciente formación tiene funciones muy particulares como son: la regulación de la relación entre 8 administrados y la administración, la organización interna de la administración y la reglamentación de las relaciones con otras ramas del derecho. De esta forma, es aplicable a toda la vida de un individuo, pues con el nacimiento es necesario obtener el certificado de nacimiento y con la muerte, el certificado de defunción. Por ello, en la presente actividad realizaremos un blog colaborativo para comprender la utilidad del derecho administrativo. Para ello, en equipo: 1. Investiguemos y definamos: o ¿Qué es el derecho administrativo? o ¿Cuáles son sus fuentes? 2. Integremos en una presentación virtual (PowerPoint, Slide Share, Google Slides, Prezi): o La definición o Las fuentes del derecho administrativo 3. Compartamos nuestra presentación en el blog de esta sección. 4. No olvidemos consultar los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. Una vez concluida la actividad, continuemos con el estudio del siguiente apartado de esta sesión. 9 Antecedentes de la Administración Pública y del Derecho Administrativo La administración pública Aunque en realidad no se ha logrado tener un criterio único de la administración pública y del derecho administrativo, y mucho menos se ha unificado un criterio que sintetice a ambos, existen tantas definiciones que sería una tarea prácticamente imposible. Compartimos la definición de Serra Rojas del derecho administrativo como: “conjunto de normas que rigen a la administración pública, a los servicios públicos y demás actividades relacionadas con dicha función.” Y respecto a la administración pública señala: “es necesaria una organización que ejecute la ley, que la concrete a los casos particulares, que la actualice determinando el momento, modos y circunstancias de su aplicación. Para este propósito la administración pública dispone de medios jurídicos” (Serra, 1981, pp. 58-59). Por lo anterior se considera que: “la administración pública, son las instituciones a través de las cuales tanto la federación, entidades federativas, municipios y órganos descentralizados atienden a la población con el propósito de satisfacer sus necesidades por conducto de los servicios públicos. El derecho administrativo es el derecho específico de los servicios públicos; es el orden jurídico especial para regular las actividades del Estado, regulando la organización y atribuciones que le han sido conferidas a las instituciones que constituyen la administración pública para llevar a cabo servicios públicos, así como tutelar las relaciones que pudieran existir entre el Estado y los ciudadanos. En otras palabras, la existencia del derecho administrativo depende de la existencia de la administración pública. 10 Desde Montesquieu existe la teoría de división de poderes, siendo conveniente retomar el tema, de manera específica, el poder ejecutivo, por ser el encargado de realizar las funciones administrativas del Estado, que son muy variadas, entre ellas prestar servicios y lo hace a través de las instituciones, es decir que organiza la vida de la sociedad en lo que a satisfacer intereses generales se refiere, como se puede observar el Estado justifica su existencia ante la sociedad no por su poder como muchos pueden creer, sino por los servicios que para ella realiza. Los antecedentes de la administración pública y el derecho administrativo realmente son recientes, ya que si bien es cierto desde que hay civilización se tienen sistemas políticos y de alguna manera han tenido reglas que rigieron las relaciones entre quien tenía en su momento el poder y los súbditos. Las garantías sociales de esa época tuvieron un buen desarrollo, no se podía considerar la existencia del derecho administrativo, pero ya había órganos contenciosos y recursos en materia administrativa, aunque carecían de un verdadero carácter jurisdiccional puesto que se trataba de una especie de tribunal dependiente del rey que mostrar a los súbditos y se aparentaba que se aplicaba la justicia, aunque eso no fuera realidad. Así las cosas, al no existir una verdadera conciencia de lo que era la administración pública y mucho menos que estuviera sometida a una ley que conociera de sus acciones. En Francia, como lo comenta Fernández Ruiz (2009), “la historia demuestra que el fenómeno estatal se ha desarrollado con apoyo en las instituciones administrativas, las cuales han quedado sujetas en su organización y funcionamiento a una regulación jurídica conformada por las órdenes, reglas y disposiciones correspondientes, lo cual pudiera significar que, como conjunto de normas, el derecho administrativo proviene de tiempo inmemorial. Continuando en éste mismo orden de ideas, el nacimiento de este derecho en Francia, encuentra su mayor auge durante la época de la asamblea constituyente como producto de la sistematización de los principios racionales que fundan la acción administrativa, las atribuciones del poder público, los caracteres esenciales de las instituciones 11 administrativas, así como los intereses y derechos del hombre (Fernández, 2009, pp. 81-86). Una de las instituciones jurídicas francesas, que más empuje proporcionó al desarrollo del derecho administrativo fue el consejo de Estado Francés (Fernández, 2009), cuando surge dicho consejo goza de una faculta de justicia retenida, consistente, en el derecho que tenía el rey de resolver él mismo la última instancia en cualquier proceso. “En México, el antecedente más antiguo del derecho administrativo se encuentra en el año 1810, cuando Miguel Hidalgo y Costilla inició el movimiento de Independencia y contó con la necesidad de nombrar a lo que en la actualidad se consideran como los primeros secretarios de Estado que serían el del despacho de hacienda, y el de gracia y justicia” (Tena, 1995, p. 23). A través del tiempo la administración pública mexicana ha sufrido diversas transformaciones las cuales se han visto plasmadas en las diferentes leyes orgánicas, pareciera que la estructura de la administración pública cambiará en la misma medida de la sucesión presidencial, pues regularmente trae consigo modificaciones en la misma y, por ende, en el derecho administrativo. Mediante estos artículos se concibió originalmente un esquema de administraciónpública, distribuido en cinco ámbitos distintos: federal, del Distrito Federal, de los territorios federales, estatal y municipal; asimismo, la administración pública se diseñó bajo dos tipos de unidades administrativas, la secretaría de Estado y el departamento administrativo, tiempo después mediante las respectivas reformas se incorporó el esquema de la descentralización administrativa y la empresa de participación estatal. “Para que el Estado lleve a cabo su función administrativa, debe hacerlo bajo un orden jurídico, en virtud de que ningún órgano de gobierno puede tomar una decisión bajo su libre albedrío, sino que debe de hacerlo conforme a las disposiciones legales previamente expedidas que hay para tales efectos existen” (Fraga, 2000, p. 99). 12 En la Constitución Política de 1917, se previeron diversos artículos que hacen alusión o tienen injerencia alguna con la administración pública y son la base constitucional del derecho administrativo mexicano, entre otros, dichos artículos son: 3, 16, 21, 27, 28, 89, 90, 92, 115, 124, 126, 127, 128 y 134 (Tena, 1995). La administración es una disciplina cuyo objetivo es planear, organizar, dirigir y controlar las actividades de cualquier organización, optimizando los recursos humanos y materiales para lograr un buen desarrollo económico y social. Diferencias significativas Administración pública Administración privada La infraestructura es del Estado La infraestructura es de la empresa Objetivo: Satisfacer las necesidades de la población. Objetivo: Tiene fines de lucro. Su sistema incluye a toda la población. Su sistema está enfocado a un grupo de consumidores. Sin perjuicio de lo anterior, es un sistema que requiere de la administración pública para su subsistencia. Se distingue por su amplio radio de acción y el contenido político de los actos ejecutados. Su campo de acción es punto limitado y sin política alguna más que la de negocios. 13 Desarrolla proyectos con presupuesto público. Proyectos financiados por capital privado. Difícilmente acepta un cambio. Utiliza eficientemente los métodos y técnicas de la ciencia administrativa. Su personal está sujeto a los cambios e influencias políticas. A su personal casi no le afectan los cambios políticos. La ley le sirve para darle facultades en las materias generales y comunes a todos. La ley le dice lo que puede y no hacer. En resumen, la administración pública está relacionada con la política y direcciona los recursos del Estado, en tanto que la administración privada se ocupa de las personas y el patrimonio de los particulares, bajo el concepto general de administración, buscan lo mismo, pero sus diferencias son evidentes. Actividad 2. Funciones del derecho administrativo Para la creación y existencia del derecho administrativo se requieren dos condiciones: una administración y la aceptación del principio a la que está sometida la ley. La combinación de éstos hace posible y necesaria la creación del derecho administrativo. En la presente actividad, conoceremos definiciones de derecho administrativo y las relacionaremos con sus funciones actuales de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para ello, conformaremos equipos de trabajo de acuerdo con las indicaciones de nuestro(a) docente en línea: 14 1. Realicemos un tríptico sobre la administración pública donde incluyamos: a. La definición de administración pública según cada uno de los siguientes autores: Georges Vedel, Luther Gulick, John M. Pfiffner y Woodrow Wilson. b. La definición de derecho administrativo según cada uno de los siguientes autores: Rafael Bielsa, Villegas Basavilbaso y Rafael I. Martínez Morales. c. Una definición propia de derecho administrativo. d. Las funciones del derecho administrativo según la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. e. Por lo menos tres ejemplos de casos donde la administración pública pueda o haya intervenido. 2. Compartamos el tríptico en el foro de esta sección. * Elijamos un representante por equipo que publique el tríptico en el foro. *Para la realización del tríptico, podemos utilizar Publisher. 3. Elijamos dos de las aportaciones hechas por nuestros(as) compañeros(as) y complementémoslas expresando y argumentando nuestra postura personal sobre tal aportación. 4. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para participación en actividades colaborativas para considerarlos en nuestras intervenciones junto con los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. 15 Actividad 3. Relación del derecho administrativo con la administración pública y privada. El derecho administrativo contiene las normas relativas a la administración, es decir, determina el concepto de administración y la relación con la administración pública. Por su parte, tanto la administración pública como la privada, a pesar ser parte de una misma disciplina, tienen regímenes normativos y objetivos diferentes. Es importante conocer los puntos en los que éstas convergen y en los que se diferencian. Para ello: 1. Elaboremos un recurso gráfico sobre las características principales, la relación y las diferencias del derecho positivo y el derecho natural donde incluyamos: a. Evolución histórica de la administración pública y privada b. Definición de administración privada y administración pública c. Similitudes y diferencias d. Relación de cada una con el derecho administrativo * Podemos apoyarnos en el libro de Felipe Tena Ramírez, Leyes fundamentales de México, y en el texto “Origen y desarrollo del estudio de la administración pública en México”, este último disponible en: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S1405- 14352009000100003&script=sci_arttext *Podemos elaborar un mapa conceptual, diagrama de flujo, infografía o esquema para presentar la información solicitada. *Presentemos el inciso c por medio de un diagrama de Venn Euler; podemos apoyarnos en los siguientes ejemplos: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S1405-14352009000100003&script=sci_arttext http://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S1405-14352009000100003&script=sci_arttext 16 Recurso1 Recurso 2 2. Compartamos el diagrama en el blog de esta sección. 3. Elijamos dos de las aportaciones hechas por nuestros(as) compañeros(as) y complementémoslas expresando y argumentando nuestra postura personal sobre tal aportación. 4. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para participación en actividades colaborativas para considerarlos en nuestras intervenciones junto con los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. La Administración Pública en México La Administración Pública en México Recordando lo que Fraga mencionó respecto que el Estado se organiza adecuadamente y sin perjuicio de otras organizaciones para realizar la misma función administrativa para satisfacer los intereses colectivos, y esta organización es lo que conocemos como administración pública y el autor a su vez cita a Molitor, quien argumenta que la administración pública se ve desde dos puntos de vista: Formal El formal como: “…el organismo público que ha recibido del poder político la competencia y los medios necesarios para la satisfacción de los intereses generales” Material El material es: “…la actividad de este organismo considerado en sus problemas de gestión y de existencia propia tanto en sus relaciones con otros organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecución de su misión” (Fraga, 2000, p. 119). http://objetos.unam.mx/logica/diagramasVenn/index.html https://support.office.com/es-mx/article/Crear-un-diagrama-de-Venn-e3c0f18e-2ac5-460d-81f5-280e9d50b1c217 Es evidente que la administración pública ha ido creciendo a la par que ha crecido la población, puesto que las necesidades también evolucionan. Las funciones del Estado también han tenido que evolucionar y lo han enfrentado con su administración, y han tenido que actuar en los asuntos de la sociedad, al principio con una administración reducida que eran pocas secretarías de Estado y departamentos administrativos, pero fue creciendo la necesidad de la población, el Estado tuvo que participar de acuerdo a esas necesidades, lo que dio paso a nuevas leyes organizativas y en consecuencia a nuevas instituciones, mismas que se les llegó a cambiar de nombre. Fraga hace pronunciamiento al respecto y menciona: Este constante movimiento en la creación de las secretarías de Estado no puede ser atribuido al simple capricho de los gobernantes, sino que con la gradual transformación del Estado ha habido necesidad de aumentar y especializar aquellos organismos (Fraga, 2000, p. 184). Para Serra Rojas: Lo que el Estado debe hacer se define por el conjunto de normas que crean órganos, fijan su funcionamiento y los fines que deben alcanzar. La exigencia lógica del Estado se precisa por los fines o propósitos que una sociedad organizada le ha venido señalando de acuerdo a su propia naturaleza (Serra, 1981, pp. 23). De lo anterior se desprende la existencia de organismos gubernamentales con finalidades distintas en virtud de que se trata de satisfacer las necesidades de la sociedad, a través de los cuales el Estado cumple sus funciones y a su vez se encarga de administrarlas y organizarlas, actualmente en la ley orgánica de la administración pública se encuentra la estructura de la administración pública y delimita perfectamente las funciones de cada organismo de acuerdo a lo establecido en sus artículos 26 al 43. 18 De manera enunciativa señalaremos las secretarías de Estado que existen para el despacho de los asuntos del orden administrativo: Secretaría de Gobernación Secretaría de Relaciones Exteriores Secretaría de la Defensa Nacional Secretaría de Marina Secretaría de Hacienda y Crédito Público Secretaría de Desarrollo Social Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretaría de Energía Secretaría de Economía Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación Secretaría de Comunicaciones y Transportes Secretaría de Educación Pública Secretaría de Salud Secretaría del Trabajo y Previsión Social Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Secretaría de Turismo Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal Actividad 4. Secretarías de Estado El Estado mexicano debe cumplir con el de objetivo de garantizar el desarrollo económico, político y social de los ciudadanos y del país, para ello, el poder público está representando en secretarías de Estado a las que por ley se les otorgan facultades, derechos y obligaciones, así 19 como un presupuesto anual. A su vez, las secretarías de Estado cumplen con propiciar el desarrollo y funcionamiento del Poder Ejecutivo Federal. Por estas razones, es importante identificar las características, funciones, atribuciones, etcétera que tiene cada secretaría de Estado. Para ello, en esta actividad: 1. Realicemos una wiki de las funciones de las secretarías de Estado. 2. Elijamos una secretaría de Estado e investiguemos: a. Organigrama (estructura) b. Objetivos c. Funciones generales d. Actividades (programas específicos) e. Obligaciones f. Ejemplos de casos documentados donde haya intervenido 3. Compartamos nuestra investigación en la wiki de esta sección. 4. Elijamos dos de las aportaciones hechas por nuestros(as) compañeros(as) y complementémoslas expresando y argumentando nuestra postura personal sobre tal aportación. 5. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para participación en actividades colaborativas para considerarlos en nuestras intervenciones junto con los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. Actividad integradora. Panorama general del derecho administrativo A lo largo de la sesión hemos conocido el concepto, las funciones y las relaciones del derecho administrativo, ahora sabemos que se encuentra ubicado en el centro de la acción del Poder Ejecutivo. 20 Además de que es el encargado de proveer todo lo relativo a la administración pública. En la presente actividad, realizaremos una revista virtual colaborativa de manera grupal: 1. Incluyamos los siguientes elementos en nuestra revista virtual: o Una breve reseña basado en “El modelo actual de la administración pública en México”, de Alejandro Carrillo Castro, disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2301/8.pdf o Los elementos que componen un análisis jurídico administrativo y un análisis jurídico de alguna actividad social o de servicio público. o Las funciones de los licenciados en Derecho, en al menos dos paraestatales, como son: INEGI, PEMEX, ISSSTE, IMSS, CONACULTA, Servicio Postal Mexicano, Comisión Federal de Electricidad, Casa de Moneda de México, etcétera. o Organigrama en el que se señalen los organismos centralizados, los desconcentrados y los descentralizados; además de una breve explicación de la relación con las empresas de participación estatal. o Diferencias y semejanzas de la centralización administrativa en las instituciones gubernamentales tanto federales como estatales, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y a la de un estado de la República. *Seamos breves y claros en cada sección de nuestra revista. 2. Integremos los elementos anteriores en un documento de texto con una extensión máxima de dos cuartillas y enviémoslo mediante esta sección con la siguiente nomenclatura: M2U2S4_AI_XXYZ. Sustituyendo las XX por las dos primeras letras de nuestro primer nombre, la Y por la inicial de nuestro apellido paterno y la Z por la inicial de nuestro apellido materno. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2301/8.pdf 21 En caso de que nuestro docente en línea lo solicite, ajustemos el documento y volvamos a enviarlo en esta sección. Para que nuestro(a) docente en línea pueda visualizar y evaluar nuestro trabajo debemos dar clic en el botón Enviar. 3. No olvidemos consultar los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. Cierre ¡Felicidades! Hemos logrado conocer funciones que realizan la administración pública y el derecho administrativo, identificamos sus inicios y antecedentes. En la próxima sesión, se explicarán las fuentes del derecho, aplicadas al derecho constitucional y derecho administrativo, además de cómo éstos rigen la vida y la conducta de las personas, se expondrá, también, la importancia que tiene la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la organización de nuestro sistema jurídico. Fuentes de consulta 22 Cámara de Diputados (2015). Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Recuperado de: www.diputados.gob.mx Carrillo, A. (). Modelo actual de la administración pública en México. Recuperado de: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2301/8.pdf Gobierno de México (2015). Estructura de gobierno. Recuperado de: www.presidencia.gob.mx/estructura-de-gobierno Fernández, J. (1997). Derecho administrativo. México: Mc Graw Hill Fernández, J. (2009). Derecho administrativo y administración pública. México: Mc Graw Hill Fraga, G. (2000). Derecho administrativo. México: Porrúa IIJ-UNAM (2015). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/ IIJ-UNAM (2015). Videoteca jurídica virtual. Recuperadode: www.juridicas.unam.mx Legislación Federal. Recuperado de: info4juridicas.unam.mx/ijere7fed Secretarías de Estado. Recuperado de: www.juridicas.unam.mx/navjus/gob/mx/pe!.htm Serra, A. (1977). Derecho administrativo I. México: Porrúa Serra, A. (1981). Derecho Administrativo. México: Porrúa pp. 23 Suprema Corte de Justicia de la Nación (2015). Legislación Estatal. Recuperado de: www.legislacion.scjn.gob.mx Tena, F. (1995). Leyes fundamentales de México. México: Porrúa. 23 Sesión 5. Orden jurídico En la sesión anterior aprendimos que la Administración Pública en nuestro país ha tenido una creciente evolución alcanzando mayores índices de eficiencia y honestidad en el ejercicio de las funciones públicas. En la presente sesión se explicarán las fuentes del derecho aplicadas al derecho constitucional y derecho administrativo, además de cómo éstos rigen la vida y la conducta de las personas y se expondrá la importancia que tiene la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la organización de nuestro sistema jurídico. Aviso importante Estimados(as) estudiantes, en la siguiente sección encontráremos un foro diseñado para que podamos plantear nuestras dudas en torno a este módulo; en el mismo espacio nuestro(a) docente en línea pondrá la planeación sobre las fechas acordadas para la entrega de las actividades. El siguiente documento muestra las actividades que realizaremos en el transcurso de este módulo. https://unadmexico.blackboard.com/webapps/blackboard/execute/displayLearningUnit?course_id=_13743_1&content_id=_562093_1 24 25 Es importante respetar las fechas acordadas con nuestro(a) docente en línea; la puntualidad es un hábito que los licenciados en derecho debemos cultivar, dado que será una constante en nuestro desarrollo profesional, "la puntualidad rige la vida del Abogado" (Sánchez, 2006). Sánchez N. (2006) Cuestión de tiempo. Recuperado de: http://www.icamalaga.es/ Planeación del docente en línea En el foro de esta sección nuestro(a) docente en línea compartirá la programación de fechas, ajustes en actividades, cambios en el encuadre del curso o cualquier otro mensaje importante. Aunado a lo anterior podemos usar este espacio para plantear nuestras dudas o inquietudes en torno a los distintos elementos del módulo. Presentación Conociendo la importancia de la administración pública en México, no debemos olvidar las fuentes del derecho, por lo cual en la presente sesión se explicarán, aplicadas al derecho constitucional y derecho administrativo, cómo éstos rigen la vida y la conducta de las personas. De la misma manera se expondrá la importancia que tiene la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para la organización de nuestro sistema jurídico y la categoría que tienen en el sistema jurídico mexicano las diversas normas que lo integran, como son: constitución, leyes federales y tratados internacionales, ley ordinaria, decreto, reglamento, las normas jurídicas individualizadas, que permiten conocer las ramas que integran al derecho administrativo, los bienes que lo tutelan, pero sobre todo cómo lo podemos aplicar en nuestras actividades como abogados. http://www.icamalaga.es/portalMalaga/printPortal.do?urlPagina=/S015006009007/1241534075248_es_ES.html 26 Jerarquía del Ordenamiento Jurídico Recordando lo establecido por Hans Kelsen (1982), en lo que se ha denominado pirámide normativa de Kelsen, se contempla un sistema de jerarquía de las normas, misma que es sustentada por la doctrina positivista, que señala que las normas reciben su valor de una norma superior. Existen muchos tipos de normas jurídicas elaboradas por diferentes órganos, por esa razón es que existe un ordenamiento jurídico como el sistema de normas que forma el derecho aplicable en un país, éste parte de una norma fundamental y a partir de ella se deriva todo el sistema jurídico, dictan otro tipo de normas jurídicas qué están por debajo, como las leyes, reglamentos u otro tipo de normas, esto a su vez se le da el nombre de jerarquía normativa, establece que las normas inferiores respetarán a las que sean superiores, ya que si no lo hicieran simplemente serían nulas. No obstante que la norma superior es la constitución, es de destacar que los tratados internacionales, están al mismo nivel jerárquico que la constitución hasta el punto de que si contradicen lo que dice ésta y deberá reformarse. 27 La mayoría de nuestras actividades diarias están reguladas por una ley, un reglamento, entre otros factores, pero cuando nuestras actividades tienen relación con la administración pública entramos en el campo del derecho administrativo, que determina los procedimientos y las formas legales en que se debe dar esa relación. Al respecto el maestro Gabino Fraga nos dice que “el derecho administrativo es la rama del derecho que regula la actividad del Estado que se realiza en la función administrativa, (Fraga,2000, p. 91), “ De ahí la importancia de conocer las fuentes del mismo. Como fuentes del derecho administrativo tenemos las siguientes: De esta forma: Los tratados internacionales. Tienen que facultar a una autoridad para emitir actos individualizados, particulares y concretos. Ejemplo: Tratado de Libre Comercio (TLC). Capítulo de Compras Gubernamentales. 28 Reglamentos. Facultad de un poder ejecutivo; instrumento para aplicar y poder aterrizar las disposiciones legales en la esfera administrativa. Para efectos del derecho administrativo, nos referimos a la expedición de tres instrumentos: reglamentos, acuerdos y decretos. (Artículo 89 fracción I de la Constitución). Los tres instrumentos del presidente tienen la misma jerarquía, ¿podemos encontrar las diferencias? Actividad 1. Reglamento, acuerdo y decreto En el derecho de cada Estado existe un extenso catálogo de normas jurídicas, elaboradas de diferente forma y por diferentes órganos. Dichas normas no pueden dar soluciones contradictorias, ya que, si lo hicieran, sólo una sería válida. Ante esta situación, se hace necesario ordenar las normas que conforman el derecho para que no exista entre las mismas, contradicción alguna, a esto se conoce como orden jurídico. En la presente actividad, identificaremos el orden que tienen los reglamentos, los acuerdos y los decretos, además de las características que lo diferencian uno de otro. Para ello: 1. Realicemos un tríptico donde incluyamos las características, semejanzas, diferencias y un ejemplo del cumplimiento de los: a. Reglamentos b. Acuerdos c. Decretos 29 2. Integremos al tríptico una propuesta de reglamento, acuerdo y decreto que satisfaga la necesidad de nuestra comunidad. 3. Compartamos nuestro tríptico por medio del foro de esta sección. 4. Elijamos dos de las aportaciones hechas por nuestros(as) compañeros(as) y complementémoslas expresando y argumentando nuestra postura personal sobre tal aportación. 5. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para participación en actividades colaborativas para considerarlos en nuestras intervenciones junto con los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. Una vez concluida la actividad, continuemos con el estudio del siguiente apartado de esta sesión. Jerarquía del Ordenamiento Jurídico Veamos la clasificación de los reglamentos. Los reglamentos se clasifican, en atención a su finalidad en: De ejecución De ejecución: aquel instrumento del presidente general, abstracto e impersonal que detalla una ley. Ejecuta todo el contenido de una ley. 30 De organización De organización: partiendo del texto legal, establece la forma en que una dependencia se organiza,sus facultades específicas y requisitos para ser titulares de los mismos. Autónomos Autónomos: (artículos 21 y 115 constitucionales). Ejemplo: Bandos de policía y buen gobierno, y reglamentos que expiden las autoridades administrativas de los estados. Quiere decir que no requieren de una disposición general para ser expedidos. Los principios aplicables a la ley y a los reglamentos del presidente de la República son: Principio de autoridad formal de la ley Principio de autoridad formal de la ley: significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no pueden ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo poder y siguiendo los mismos procedimientos seguidos para la formación de la resolución primitiva. Este principio se encuentra consignado en forma expresa en la fracción f) del artículo 72 de la Constitución, así redactada: "En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación" (Fraga, 2002, p. 38). Principio de reserva de ley Principio de reserva de ley: “es un principio según el cual sólo por ley pueden adoptarse determinadas regulaciones” (García de Enterría y Fernández, 1997, p. 232). Principio de legalidad Principio de legalidad: es la obligación que tienen las autoridades de actuar única y exclusivamente en cumplimiento a las disposiciones legales, en vigor a lo establecido en el artículo 16 constitucional. 31 Principio de subordinación a la ley Principio de subordinación a la ley: establece que un reglamento no puede ir más allá de la ley. Tiene que disponer lo necesario para que se aplique la ley, el presidente no legisla. Jurisprudencia Jurisprudencia: es una fuente porque se vuelve obligatoria para el juzgador y tiene que resolver forzosamente en un mismo sentido. Se aplica casi como una ley, pero obligatoria, únicamente para los órganos jurisdiccionales. Acuerdos Acuerdos (secretariales) y circulares: instrumentos expedidos a un nivel inferior que un reglamento (reglamentos, acuerdos y decretos) del presidente. Existen 18 dependencias y una consejería jurídica. Los titulares de las secretarías también tienen una facultad para reglamentar a un nivel incluso más inferior en un ámbito meramente administrativo. Por otro lado, la costumbre y la doctrina: no son fuentes del derecho administrativo, porque la actuación de todo órgano del estado tiene que estar sujeta a un fundamento jurídico, pero hay que mencionarlas para no entorpecer el orden. Las leyes federales son reglamentarias si se dedican a reglamentar las bases mínimas de algún artículo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el ejemplo más clásico es la Ley de Amparo, reglamentaria del artículo 103 y 107 constitucionales o la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del apartado A del artículo 123. Serán leyes federales ordinarias si no cumplen la condición señalada anteriormente para ser reglamentarias. Las leyes estatales o de fuero común son las que son aprobadas por los congresos locales de cada estado en materias que no están reservadas para la federación de forma expresa por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su 32 observancia y cumplimiento sólo es obligatorio dentro del territorio del mismo estado. A nivel municipal se aplican las leyes estatales, por mucho cada municipio puede expedir bandos y reglamentos que es lo que conforma su regulación jurídica para el comportamiento exterior en lo que a lo administrativo municipal se refiere, por ejemplo: licencias para poner un negocio. El gobierno federal es ejercido a través de los tres poderes, lo mismo aplica a los estados y municipios de acuerdo a los artículos 40, 41 y 115 a 122 de la Constitución. En las entidades federativas encontramos también los tres poderes según el artículo 116 constitucional: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. Por su parte las facultades municipales están plasmadas en el artículo 115 constitucional, el gobierno municipal está a cargo del ayuntamiento, con tres cargos principalmente, presidente municipal o alcaldes, regidores y síndicos. Actividad 2. Clasificación de las normas jurídicas Hablar de la clasificación de las normas jurídicas es juntarlas en grupos o clases; son tan numerosas y variadas que lo mejor que se puede hacer es clasificarlas. Sin embargo, como en cualquier clasificación, existen criterios que se han de tomar en cuenta para hacer dicha clasificación. En México, la obra de Eduardo García Máynez recopila la temática de la clasificación de las normas. En la presente actividad, participemos en el foro, a partir de la lectura propuesta. 1. Leamos el capítulo 6, “Clasificación de las normas jurídicas”, del libro de Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del derecho. 33 2. Participemos en el foro contestando las siguientes preguntas: a. ¿Cómo se propone el orden jerárquico normativo en el derecho mexicano? b. ¿Por qué es importante este orden? c. ¿Cuál es la utilidad de este conocimiento en el ejercicio de nuestra profesión? Seamos breves y claros en nuestras respuestas. 3. Elijamos dos de las aportaciones hechas por nuestros(as) compañeros(as) y complementémoslas expresando y argumentando nuestra postura personal sobre tal aportación. 4. No olvidemos consultar los criterios de evaluación para participación en actividades colaborativas para considerarlos en nuestras intervenciones junto con los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. Actividad integradora. Jerarquía del orden jurídico El conocimiento de la estructura jurídica de un país implica identificar las leyes existentes del mismo, pues algunas leyes emanan de los poderes federales y su aplicación, para el caso mexicano, es de observancia para todos los estados y municipios que integran la federación. Otras son creadas por los poderes estatales para resolver problemáticas de su ámbito de competencia y los reglamentos emitidos por los órganos municipales para orientar y conducir las acciones de su nivel de gobierno. Toda norma guarda una estrecha relación y coherencia con la Constitución, ninguna ley o reglamento puede contradecir lo establecido en ella. Incluso los acuerdos internacionales deben respetar la soberanía del Estado-nación. 34 Por estas razones es importante identificar la jerarquía de las leyes y de la organización del Estado mexicano. Recordemos que en el primer módulo hicimos algo semejante, sin embargo, en esta ocasión integraremos y profundizaremos en torno a los elementos mencionados. 1. Elaboremos un documento de texto con los siguientes elementos: a. Las características de una ley como una norma general abstracta, obligatoria, no retroactiva en perjuicio de los gobernados. b. Infografía de las normas jurídicas donde se explique: o La definición de norma jurídica. o Los tipos de enunciados, clasificación y los efectos que producen las normas jurídicas. o Ejemplos de cada tipo de normas o leyes según los distintos ámbitos de validez. c. Cuadro comparativo de las leyes de acuerdo a su clasificación y las materias que regula cada una. d. Diagrama de flujo del proceso del artículo 72 constitucional. 2. Integremos los elementos anteriores en un documento de texto con una extensión máxima de dos cuartillas y enviémoslo mediante esta sección con la siguiente nomenclatura: M2U2S4_AI_XXYZ. Sustituyendo las XX por las dos primeras letras de nuestro primer nombre, la Y por la inicial de nuestro apellido paterno y la Z por la inicial de nuestro apellido materno. En caso de que nuestro docente en línea lo solicite, ajustemos el documento y volvamos a enviarlo en esta sección. Para que nuestro(a) docente en líneapueda visualizar y evaluar nuestro trabajo debemos dar clic en el botón Enviar. 35 3. No olvidemos consultar los criterios de evaluación específicos para esta actividad que nuestro(a) docente en línea nos compartirá. Cierre ¡Felicidades! En esta sesión se reconocen a las fuentes del derecho para explicar el marco legal de la sociedad mexicana y la diferencia que existen entre las diversas normas que rigen la administración pública, lo que nos permite una mejor convivencia con el gobierno (parte fundamental del Estado). A través de una actitud reflexiva y crítica de lo aprendido, determinaremos si a través de la legislación correspondiente al derecho administrativo, el Estado logra el bien común de la sociedad. Conocimos más sobre nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el lugar que ocupa entre las normas que integran el orden jurídico mexicano y cómo se encuentra estructurada, a través del análisis de la jerarquía del orden jurídico en el derecho mexicano, incluyendo los derechos humanos y sociales, el Estado y cuál es la función de los poderes del mismo. En la próxima unidad y sesión conoceremos el origen de los derechos humanos. Recordemos que quien conoce las cosas por su origen, su causa, se convierte en un verdadero científico de esa rama del conocimiento. Antes de iniciar con el estudio de la siguiente sesión completemos nuestra bitácora de aprendizaje y después vayamos a conocer el origen de nuestra materia de estudio con todo entusiasmo. 36 Bitácora de aprendizaje Es importante registrar las experiencias que como estudiantes tenemos con relación a nuestro proceso de aprendizaje pues esto permitirá visualizar el progreso en la mejora de nuestras actitudes, capacidades, habilidades, conceptos y procesos en cada etapa. En esta bitácora podremos registrar cuáles fueron nuestras experiencias de aprendizaje de la unidad. En ella incluiremos la descripción sobre nuestro trabajo individual, las experiencias del trabajo colaborativo con otros estudiantes, lo que se refiere a los aprendizajes personales, cómo nos organizamos en cuanto al tiempo y la carga académica, las formas de trabajo, la interacción con el (la) docente en línea, entre otras reflexiones. Todo esto permitirá que sinteticemos pensamientos y actos en cada etapa y los comparemos en momentos posteriores. Indicaciones 1. Para llevar a cabo de manera correcta este ejercicio de Meta-cognición, descarguemos el siguiente documento y registremos en los espacios correspondientes una reflexión sobre los aprendizajes de esta unidad. Bitácora de Aprendizaje “Lo que aprendí” Registra en los siguientes espacios una reflexión sobre los aprendizajes de esta unidad. ¿Qué aprendí en esta unidad? 37 ¿Qué estrategias utilicé para aprender? ¿Cómo organicé mis tiempos? 38 En las actividades colaborativas, ¿cuál fue la forma de relacionarme con mis compañeros (as)? En esta unidad, ¿las formas de trabajo favorecieron mi aprendizaje? ¿Por qué? 39 ¿Cómo fue la interacción con mi docente en línea? En síntesis, considerando lo anterior, para la siguiente unidad, ¿qué debo mejorar en mi desempeño, mis formas de organización de tiempo y trabajo y mi forma de relacionarme? ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________________ ________________________________________________________________ 40 2. Enviemos al docente en línea nuestro archivo mediante esta sección, con la siguiente nomenclatura M2U2_BDA_XXYZ. Sustituyendo las XX por las dos primeras letras de nuestro primer nombre, la Y por la inicial de nuestro apellido paterno y la Z por la inicial de nuestro apellido materno. En caso de que el (la) docente en línea lo solicite, ajustemos nuestro documento y volvamos a enviarlo en esta sección. Una vez concluida la actividad, podemos revisar las fuentes de consulta que se utilizaron para construir estos apartados o iniciar con el estudio de la siguiente sesión. Fuentes de consulta Cámara de diputados (2006). Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Recuperado de www.diputados.gob.mx Canal del Congreso (2013). Anímate con tu Constitución: Poder Legislativo [video]. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=tazjOLIGtaM García, E. (2002). Introducción al estudio del derecho. México: Porrúa IIJ-UNAM (2015). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/ IIJ-UNAM (s. f.). Cuestiones constitucionales [versión electrónica]. Revista Mexicana de Derecho Constitucional (3). Recuperado de: http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/cconst/cont/3/cj/cj7.htm Gobierno de México (2015). Estructura de gobierno. Recuperado de: www.presidencia.gob.mx/estructura-de-gobierno Kelsen, H. (1982). Teoría pura del derecho. México: UNAM López, M. (s. f.). Las fuentes del derecho administrativo. Recuperado de: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/239/art/art4.pdf Morineau, M. (2011). Iniciativas y formación de leyes. Recuperado de: 41 www.juridicas.unam.mx/publica/rev/cconst/cont/5/cl/cl10.htm Ortiz, G. (2003). El orden jurídico a la luz de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de: http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/dconstla/cont/2003/pr/pr23.pdf Suprema Corte de Justicia de la Nación (2015). Legislación Estatal. Recuperado de: www.legislacion.scjn.gob.mx Villoro, M. (2007). Introducción al estudio del derecho. México: Porrúa
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