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En mérito de lo expuesto, Administrando Justicia Constitucional y por Mandato de la Constitución de la República del Ecuador, la Corte Constitucion...

En mérito de lo expuesto, Administrando Justicia Constitucional y por Mandato de la Constitución de la República del Ecuador, la Corte Constitucional para el periodo de transición, expide la siguiente:

1.- Corresponde al Estado la administración, regulación, control y gestión de los sectores estratégicos, atribuciones que las ejercerá mediante los organismos o entidades creadas por la Constitución o la ley, conforme lo previsto en el artículo 225 numeral 3 de la Constitución de la República.
2.- Corresponde al Estado constituir empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas; estas empresas públicas, por poseer personalidad jurídica y autonomía financiera, económica, administrativa y de gestión, estarán dirigidas por sus respectivas autoridades, y podrán delegar la participación en el sector estratégico y en la prestación de servicios públicos a empresas mixtas en las que el Estado tenga mayoría accionaria y, excepcionalmente, a la iniciativa privada, conforme lo resuelto en la Sentencia Interpretativa No. 0006-09-SIC-CC del 1 de octubre de 2009.

Esta pregunta también está en el material:

CONSTITUCION-DE-LA-REPUBLICA-DEL-ECUADOR
207 pag.
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