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Art. 28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta De...

Art. 28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Esta pregunta también está en el material:

DECLARACION DE LOS DERECHOS HUMANOS
10 pag.

Sociedade, Multiculturalismo e Direitos – Direitos Humanos e Multiculturalismo Biológicas / SaúdeBiológicas / Saúde

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