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02 Compras Estatales

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Ley de Contrataciones del Estado y su
Reglamento
CPC WALTER ESTUCO M.
2
Entidades
Fondos 
públicos
Bienes, 
servicios y 
obras
QUIÉN QUÉ CON QUÉ
Ámbito de aplicación
3
SIRVEN
Criterio de interpretación para la 
aplicación de la Ley
Integración para solucionar vacíos
Parámetro de actuación de quienes 
intervienen en las contrataciones
Principios
1
2
3
4
Libertad de
concurrencia
Igualdad de
trato
Transparencia
Publicidad
Competencia
Eficacia y 
eficiencia
Vigencia
tecnológica
Sostenibilidad 
ambiental y social
Equidad
Integridad
Principios
5
“La conducta de los partícipes en cualquier etapa del proceso de
contratación está guiada por la honestidad y veracidad,
evitando cualquier práctica indebida, la misma que, en caso de
producirse, debe ser comunicada a las autoridades competentes
de manera directa y oportuna.”
Principio de Integridad
6
Para ser participante, postor y contratista se requiere estar inscrito en 
el RNP
Opera los registros de proveedores de:
• Bienes.
• Servicios
• Ejecutores de obras
• Consultores de obras
Vigencia: indeterminada
Sujeta a las reglas de actualización de la información
Registro Nacional de Proveedores - RNP
7
Artículo 235.- Excepciones
En las contrataciones sean por montos iguales o menores a una (1) UIT.
DECRETO SUPREMO
N° 056-2017-EF
Funciones del OSCE
)
8
Funciones del OSCE
Velar y 
promover
Proponer 
modificaciones
Emitir 
directivas
Velar y promover 
entidades realicen 
contrataciones eficientes, 
bajo parámetros de la Ley, 
su reglamento y normas 
complementarias, 
maximización del valor de 
fondos públicos y GpR.
Emitir directivas, 
documentos 
estandarizados y 
de orientación en 
materia de su 
competencia
Supervisar 
contrataciones
Supervisar de oficio de 
forma selectiva y/o 
aleatoria, o a pedido 
de parte los métodos 
de contratación 
Proponer 
modificaciones 
normativas.
Suspender 
procedimientos
Suspender 
procedimientos de 
selección, cuando se 
identifique necesidad 
de ejercer acciones 
coercitivas para 
impedir que la Entidad 
continúe con 
procedimiento
9
Administrar y 
operar el RNP
Administrar 
el SEACE
Administrar 
el Registro 
de Árbitros
Desarrollar, 
administrar y 
operar el SEACE
Administrar y 
operar el RN 
Árbitros y el RN 
de Secretarios 
Arbitrales
10
Comunicar a la CGR 
indicios de perjuicio
Comunicar a la CGR, de 
manera fundamentada, 
cuando existan indicios 
razonables de perjuicio 
económico al Estado o 
de comisión de delito o 
de infracciones graves o 
muy graves por 
responsabilidad 
administrativa funcional.
Funcionarios, Dependencias y Órganos encargados de las 
Contrataciones
11
• Titular de la Entidad : Autoridad máxima; quien aprueba, Autoriza y 
supervisa los procesos de contratación.
• Área Usuaria: Dependencia que hace su requerimiento, realiza la verificación 
técnica y conformidad.
• Órgano Encargado de las Contrataciones. 
• Comité de Selección: Órgano colegiado encargado de seleccionar al 
proveedor que brinde Bs, Ss u Obras.
Documento de gestión que contiene las adquisiciones y
contrataciones previstas para el corto plazo (año fiscal).
Busca el cumplimiento de las metas y objetivos previstos
en el PIA, POI y PEI.
PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES: 
QUE ES EL SEACE
www.seace.gob.pe
El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), es
el sistema electrónico que permite el intercambio de
información y difusión sobre las contrataciones del Estado, así
como la realización de transacciones electrónicas.
Conjunto de documentos en el que aparecen todas las
actuaciones referidas a una determinada contratación, desde
el requerimiento del área usuaria hasta el cumplimiento total
de las obligaciones derivadas del contrato.
El OEC es responsable de llevar el Expediente y debe ordenar,
archivar y preservar la documentación que respalda las
actuaciones realizadas.
El OEC tiene a su cargo la custodia del expediente de
contratación.
Expediente de contratación
Determinación y actualización es exclusiva responsabilidad del OEC. 
OEC para determinar valor estimado debe realizar indagaciones de mercado: recurriendo a
contrataciones que hubiera realizado sector público o privado, de bienes o servicios similares.
Valor referencial
3 integrantes, de los cuales 1 debe pertenecer al OEC(Logistica) y por
lo menos 1 debe tener conocimiento en el objeto de la contratación
Se puede contratar expertos independientes, cuando no cuente con
especialistas
Están impedidos de ser miembros:
- Titular de la Entidad.
- Servidores públicos que tengan atribuciones de control o
fiscalización, salvo que servidor del OCI sea el miembro con
conocimiento técnico., etc
Conformación del Comité de Selección
¿Qué son las Bases?
Pautas y reglas contratación
Requerimientos Requisitos
Es el documento que contiene el conjunto
de reglas formuladas por la Entidad convocante.
32.1. Para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías u
obras, la Entidad debe utilizar, según corresponda, los siguientes
procedimientos de selección:
a) Licitación Pública.
b) Concurso Público.
c) Adjudicación Simplificada.
d) Subasta Inversa Electrónica.
e) Selección de Consultores Individuales.
f) Comparación de Precios.
g) Contratación Directa.
La determinación del procedimiento de selección se realiza en atención
al objeto de la contratación, la cuantía del valor referencial.
Artículo 32.-Procedimientos de selección
18
Contratación Directa
• Acontecimientos catastróficos, aquellos de carácter extraordinario
ocasionados por la naturaleza o por la acción u omisión del obrar humano
que generan daños afectando a determinada comunidad.
• Situaciones que afectan defensa o seguridad nacional, dirigidas a enfrentar
agresiones de orden interno o externo que menoscaben la consecución de
los fines del Estado.
Situaciones en las que exista la posibilidad debidamente comprobada de que
cualquiera de los acontecimientos catastróficos o situaciones que afectan
defensa o seguridad nacional ocurra de manera inminente
• Emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud (estado de riesgo elevado
daño a la salud y vida población Ejm. El Cólera, Ebola, Dengue, ZICA, etc)
Situación de Emergencia
21
• Ausencia inminente de determinado bien o servicio
• Situación de desabastecimiento comprobada, extraordinaria e imprevisible
• Compromete continuidad de funciones, servicios, actividades u operaciones
de Entidad
• Contratar bienes y servicios solo por el tiempo y/o cantidad necesario para
resolver la situación de desabastecimiento y llevar a cabo el procedimiento
de selección que corresponde.
Situación de Desabastecimiento
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Es una herramienta que permite efectuar contrataciones de manera directa, sin
que medie un proceso de selección, ahorrando tiempo y dinero para la entidad.
Esta modalidad permite el acceso a precios y condiciones comerciales
competitivas, gran variedad de productos y proveedores, satisfacción real y
oportuna de las necesidades, y la reducción de costos de almacenamiento.
Acuerdo Marco
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Entidades pueden contratar bienes y servicios en general en forma conjunta, a
través de un procedimiento de selección único, aprovechando los beneficios de
las economías de escala, en las mejores y más ventajosas condiciones para el
Estado.
Compras Corporativas
24Artículo 88.- Características del proceso de Compra Corporativa del RLC

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