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IMPUESTOS TERRITORIALES TRABAJO

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ANALISIS DE LOS IMPUESTOS MUNICIPALES, TERRITORIALES Y 
NACIONALES. 
 
 
 
PRESENTADO Y DIRIGIDO POR: 
 
ANDRES MAURICIO IGUARAN BUELVAS 
NOMAR YESID SANTIAGO PEREZ 
GISELL CAROLINA DIAZ AYALA 
JAVIER ANDRES ARNEDO GIL 
 
 
 
 
 
 
 
DOC. WILMAN RAFAEL ROMO CABRERA 
 
 
 
 
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR 
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CONTABLES Y 
ECONOMICAS 
CONTADURIA PUBLICA 
VALLEDUPAR-CESAR 
NOVIEMBRE 
 
 
 
INTRODUCCIÓN 
En el complejo entramado fiscal de Colombia, la gestión de impuestos nacionales y 
territoriales desempeña un papel fundamental en el desarrollo económico y la sostenibilidad 
financiera del país. La carga impositiva, compuesta por tributos federales y locales, juega un 
papel crucial en la recaudación de recursos para financiar servicios públicos, infraestructuras 
y programas sociales. 
Colombia, como muchas naciones, ha establecido un marco normativo que regula la 
administración de los impuestos, con el objetivo de garantizar una distribución equitativa de 
la carga tributaria y promover la transparencia en la utilización de los fondos recaudados. En 
este contexto, el presente trabajo se sumerge en el análisis detallado de los impuestos 
nacionales y territoriales en Colombia, explorando su impacto en la economía, la sociedad y 
las empresas. 
Los impuestos nacionales, bajo la jurisdicción del Gobierno central, abarcan una 
variedad de categorías que van desde el impuesto sobre la renta hasta los gravámenes sobre 
el consumo. A su vez, los impuestos territoriales, gestionados por entidades locales, 
complementan este sistema impositivo con tributos como el predial y las estampillas. 
Este trabajo busca proporcionar una visión integral de la estructura tributaria 
colombiana, examinando las leyes y regulaciones que la sustentan, así como su evolución a 
lo largo del tiempo. Además, se explorarán las implicaciones prácticas de estos impuestos 
para los ciudadanos, las empresas y la inversión, destacando los retos y oportunidades que 
surgen en el contexto fiscal actual. 
 
 
A medida que avanzamos en el análisis, se pondrá énfasis en la eficiencia y equidad 
del sistema tributario, evaluando su capacidad para estimular el crecimiento económico y 
garantizar la justa distribución de la carga fiscal. En última instancia, este trabajo pretende 
arrojar luz sobre la complejidad de los impuestos nacionales y territoriales en Colombia, 
proporcionando una base sólida para comprender su función en el desarrollo y bienestar del 
país. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TABLA DE CONTENIDO 
INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 2 
IMPUESTOS NACIONALES Y TERRITORIALES EN COLOMBIA ........................................................ 5 
ENFOQUE A IMPUESTOS TERRITORIALES ................................................................................... 7 
IMPUESTO PREDIAL ................................................................................................................ 11 
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO. ...................................................................................... 14 
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO ................................................................................... 17 
CONCLUSIÓN .......................................................................................................................... 19 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IMPUESTOS NACIONALES Y TERRITORIALES EN COLOMBIA 
En Colombia, el sistema tributario es complejo y abarca tanto impuestos nacionales como 
territoriales. Estos gravámenes son cruciales para financiar el gasto público y apoyar el 
desarrollo económico y social del país. A continuación, se describen algunos de los impuestos 
más relevantes a nivel nacional y territorial en Colombia: 
Impuestos Nacionales: 
1. Impuesto sobre la Renta y Complementarios (Renta): 
• Este impuesto grava los ingresos de personas naturales y jurídicas residentes 
en Colombia y de no residentes que generen ingresos en el país. Se aplica a 
ingresos laborales, de capital, y ganancias ocasionales. La tarifa varía según 
la categoría de ingresos y el tipo de contribuyente. 
2. Impuesto al Valor Agregado (IVA): 
• El IVA es un impuesto indirecto que se aplica a la venta de bienes y la 
prestación de servicios. La tasa estándar es del 19%, pero existen tarifas 
diferenciadas para algunos bienes y servicios. El IVA es uno de los principales 
generadores de ingresos para el Gobierno central. 
3. Impuesto Nacional al Consumo: 
• Este impuesto recae sobre bienes y servicios específicos, como las bebidas 
alcohólicas, los cigarrillos y productos de lujo. Busca desincentivar el 
consumo de ciertos productos y generar ingresos adicionales para el Estado. 
 
 
 
4. Impuesto de Timbre Nacional: 
• Grava la suscripción de ciertos documentos, contratos y transacciones. Este 
impuesto contribuye a financiar diversas actividades gubernamentales. 
Impuestos Territoriales en Colombia: 
1. Impuesto Predial Unificado: 
• Los municipios establecen el impuesto predial, que grava la propiedad raíz. 
Las tasas varían según la ubicación y el avalúo catastral del inmueble. Los 
ingresos generados se destinan al presupuesto municipal para financiar 
servicios locales. 
2. Impuesto de Industria y Comercio (ICA): 
• Aplica a actividades comerciales, industriales y de servicios. Cada municipio 
establece sus propias tarifas y regulaciones. Los ingresos generados son 
utilizados para financiar proyectos locales y servicios públicos. 
3. Impuesto de Vehículos Automotores: 
• Grava la propiedad de vehículos y las tarifas varían según el tipo de vehículo 
y la ciudad. Los recursos obtenidos se destinan a mejoras en la infraestructura 
vial y otros proyectos locales. 
4. Impuesto de Registro: 
• Este impuesto grava la inscripción de documentos en registros públicos. Se 
aplica a escrituras, contratos y otros documentos. Los recursos generados 
contribuyen al financiamiento de registros y servicios públicos locales. 
 
 
5. Contribución Especial de Valorización: Se aplica para financiar obras de 
infraestructura que aumentan el valor de los bienes inmuebles en una zona específica. 
Los propietarios de bienes beneficiados por estas obras contribuyen a través de esta 
contribución. 
La diversidad de impuestos nacionales y territoriales en Colombia refleja la complejidad del 
sistema fiscal. Es esencial para los contribuyentes comprender las regulaciones específicas 
en sus áreas de residencia o negocios para cumplir adecuadamente con sus obligaciones 
tributarias y contribuir al desarrollo local y nacional. Además, los cambios en las políticas 
fiscales y las leyes tributarias deben ser monitoreados para adaptarse a posibles 
modificaciones en el entorno tributario. 
ENFOQUE A IMPUESTOS TERRITORIALES 
Los impuestos territoriales se distinguen por su enfoque descentralizado, ya que su 
gestión recae en entidades locales que tienen la responsabilidad de definir tasas, regulaciones 
y prioridades de gasto. Desde el impuesto predial que grava la propiedad raíz hasta el 
impuesto de industria y comercio que afecta las actividades económicas locales, estos tributos 
están diseñados para satisfacer las necesidades particulares de cada comunidad. 
En esta exploración de los impuestos territoriales, nos sumergiremos en la diversidad 
de tributos que componen este conjunto fiscal. Examinaremos cómo estas imposiciones 
influyen en la dinámica económica, la calidad de vida de los habitantes y la capacidad de los 
gobiernos locales para proporcionar servicios esenciales. Además, analizaremos cómo la 
gestión efectiva de estos impuestos contribuye al desarrollo sostenible y al fortalecimiento 
de las comunidades. 
 
 
A medida que avanzamos en esta investigación, se destacará la importanciade 
comprender la relación directa entre los impuestos territoriales y las inversiones locales, así 
como la necesidad de una administración transparente y eficiente para garantizar la confianza 
de los contribuyentes. En última instancia, esta exploración busca arrojar luz sobre la 
relevancia de los impuestos territoriales como herramientas fundamentales para la 
construcción y el progreso de las comunidades a nivel local y regional. 
 
 En Valledupar, una ciudad ubicada en el departamento del Cesar en Colombia, está 
sujeta a un conjunto de impuestos locales que desempeñan un papel vital en la financiación 
de servicios públicos, infraestructuras y programas locales. Aunque los impuestos específicos 
pueden variar, aquí se ofrece un análisis general de algunos de los impuestos más comunes 
en el ámbito territorial de Valledupar: 
ACUERDO 022 DE 16 DE DICIEMBRE DEL 2022 
El documento proporcionado es un extracto del Decreto No. 001063 del 27 de diciembre de 
2022 emitido por la Alcaldía Municipal de Valledupar. El decreto establece los lugares, 
plazos y descuentos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los 
impuestos administrados por el municipio de Valledupar en el año 2023, así como otras 
disposiciones relacionadas. 
El decreto cita los fundamentos legales y constitucionales que confieren a la administración 
municipal la facultad de definir los lugares y plazos para el cumplimiento de las obligaciones 
tributarias en el año 2023. También hace referencia a los incentivos por pronto pago para los 
contribuyentes que paguen la totalidad del impuesto predial unificado dentro de los plazos 
 
 
establecidos por la administración municipal, con un descuento de hasta el veinte por ciento 
(20%) del valor del impuesto. 
En cuanto a la presentación de las declaraciones tributarias, el decreto establece que deben 
hacerse de forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos habilitados por la 
Secretaría de Hacienda Municipal. Además, se menciona que el pago de los impuestos, 
retenciones y otros conceptos debe realizarse en los bancos y entidades autorizadas para 
recaudar, ya sea electrónicamente o con recibos litográficos. 
El decreto también señala los plazos para presentar y pagar las diferentes declaraciones 
tributarias, así como los descuentos adicionales para aquellos contribuyentes que estén al día 
con el impuesto predial unificado al 31 de diciembre del año anterior a la acusación del 
impuesto. 
Además, se establecen los plazos para la presentación y pago del impuesto de industria y 
comercio, retenciones y autorretenciones, impuesto de alumbrado público, impuesto de 
delineación urbana, impuesto de espectáculos públicos, impuesto de publicidad exterior 
visual, entre otros. 
El decreto también menciona la posibilidad de acogerse al Sistema de Pago Alternativo por 
Cuotas Voluntarias (SPAC) para el impuesto predial unificado, la cual permite pagar el 
impuesto en cuotas iguales. También se establece el horario de presentación de las 
declaraciones y pagos, así como la forma de utilizar la firma electrónica para los trámites y 
documentos relacionados con las obligaciones tributarias. 
 
 
En caso de inconvenientes técnicos que impidan la disponibilidad de los servicios 
informáticos, se declara la contingencia por fuerza mayor y se establecen las medidas 
correspondientes. 
En resumen, el decreto establece los lugares, plazos y descuentos para la presentación de las 
declaraciones tributarias y el pago de los impuestos administrados por el municipio de 
Valledupar en el año 2023, con el objetivo de brindar certeza tanto a la administración 
municipal como a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones formales y 
sustanciales. 
PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES TRIBUTARIAS 
De acuerdo con los extractos proporcionados, el decreto establece que la presentación de las 
declaraciones tributarias debe hacerse de forma virtual a través de los servicios informáticos 
electrónicos habilitados por la Secretaría de Hacienda Municipal. No se mencionan requisitos 
específicos sobre formularios en los extractos proporcionados. 
En cuanto a las fechas límite para la presentación de las declaraciones, el decreto establece 
plazos específicos para cada impuesto y período tributario. Por ejemplo, para el impuesto de 
industria y comercio, retenciones y autorretenciones, impuesto de alumbrado público, 
impuesto de delineación urbana, impuesto de espectáculos públicos, entre otros, los plazos 
varían y se indican en el mismo decreto, dependiendo del mes correspondiente. 
En caso de presentar las declaraciones después de los plazos establecidos, los contribuyentes 
estarían sujetos a sanciones de extemporaneidad e intereses moratorios. 
El decreto no menciona información adicional que deba ser incluida en la presentación de las 
declaraciones tributarias. 
 
 
En cuanto al método de presentación preferido, se establece que las declaraciones tributarias 
deben presentarse de forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos 
habilitados por la Secretaría de Hacienda Municipal. No se menciona diferencia en los 
requisitos según la ubicación geográfica o el tipo de impuesto en los extractos 
proporcionados. 
IMPUESTO PREDIAL 
Según el Capítulo 1 del Acuerdo 022 de diciembre 16 de 2022 del municipio de 
Valledupar, Colombia, el impuesto predial es un impuesto que grava los bienes inmuebles 
ubicados dentro de los límites del municipio. Se define como bienes inmuebles sujetos al 
impuesto predial a los terrenos, inmuebles urbanos y rurales, mejoras y construcciones 
adheridas a los mismos. 
El documento establece las categorías de bienes inmuebles sujetos al impuesto 
predial, los bienes inmuebles se dividen en cuatro categorías, que se definen de la siguiente 
manera: 
• Categoría 1: Terrenos rurales no urbanizables. Incluye los terrenos no 
urbanizados, destinados principalmente a actividades agropecuarias o de explotación 
forestal. 
• Categoría 2: Terrenos urbanizables y no urbanizados. Incluye los 
terrenos urbanizables y no urbanizados, destinados a actividades comerciales y de 
servicios. 
 
 
• Categoría 3: Inmuebles destinados a vivienda familiar urbana. Incluye 
los inmuebles destinados exclusivamente a la vivienda familiar, satisfaciendo toda 
necesidad de subsistencia de una familia. 
• Categoría 4: Inmuebles no destinados a vivienda familiar urbana. 
Incluye los demás inmuebles no contemplados en las categorías anteriores, como 
fábricas, talleres, bodegas, entre otros. 
Cada categoría de bien inmueble tiene asignada una tarifa específica para el cálculo 
del impuesto predial, que varía de acuerdo al valor catastral del inmueble. 
Además, cada categoría tiene definidos parámetros específicos para la liquidación del 
impuesto, como la base gravable y la forma en que se aplican los descuentos y las sanciones, 
se establecen las siguientes tarifas para cada categoría de bienes inmuebles sujetos al 
impuesto predial: 
• Categoría 1: Terrenos rurales no urbanizables: 0,6% del avalúo 
catastral. 
• Categoría 2: Terrenos urbanizables y no urbanizados: 1% del avalúo 
catastral. 
• Categoría 3: Inmuebles destinados a vivienda familiar urbana: 1,2% 
del avalúo catastral. 
• Categoría 4: Inmuebles no destinados a vivienda familiar urbana: 1,5% 
del avalúo catastral 
 
 
Es importante tener en cuenta que estas tarifas están sujetas a cambios y 
actualizaciones periódicas por parte del municipio de Valledupar, y que el valor real del 
impuesto predial dependerá de la base gravable del inmueble y de la tasa actual aplicable en 
el momento del pago. 
También define cómo se debe calcular la base gravable del impuesto predial, la cual 
es determinada con base en el avalúo catastral correspondiente, este, establece que la base 
gravable del impuesto predial se calcula multiplicando el avalúo catastral del inmueble por 
elporcentaje de la tarifa correspondiente a la categoría de bien inmueble. 
El avalúo catastral es una estimación del valor comercial del inmueble, que se 
determina mediante una tasación realizada por la autoridad competente. En Colombia, la 
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es la encargada de establecer las 
regulaciones y los procedimientos para la elaboración de los avalúos catastrales. 
Una vez conocido el valor catastral del inmueble, se debe aplicar el porcentaje de la 
tarifa correspondiente a la categoría de bien inmueble, para obtener la base gravable sobre la 
cual se calculará el impuesto predial. 
Es importante tener en cuenta que la base gravable puede ser objeto de revisión y 
actualización por parte de la autoridad tributaria local, en caso de que se detecten errores o 
discrepancias en el avalúo catastral o en la información proporcionada por los contribuyentes. 
En cuanto a las tarifas aplicables, estas se rigen según la categoría de bien inmueble 
y su valor comercial en el mercado. Las tarifas incluyen un porcentaje que incrementa según 
el valor comercial del inmueble. 
 
 
En resumen, el Capítulo 1 del Acuerdo 022 establece las condiciones particulares y 
las regulaciones específicas para la liquidación y recaudación del impuesto predial en el 
municipio de Valledupar, Colombia. 
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO. 
El impuesto nacional al consumo (INC) en Colombia es un tributo que recae sobre la 
venta de bienes y prestación de servicios en el país. Fue establecido en la Ley de reforma 
tributaria 1607 de 2012 y entró en vigor el 1 de enero de 2013. El objetivo principal del INC 
es generar recursos para el gobierno y fomentar el ahorro al reducir el consumo. 
El INC es un impuesto de carácter monofásico, lo que significa que se aplica 
únicamente una vez en el proceso, desde la producción hasta la venta final al consumidor. 
Este impuesto recae específicamente sobre el consumidor final del producto o servicio, es 
decir, el usuario que utiliza o consume directamente el bien o servicio gravado. 
El hecho generador del INC se presenta en diferentes situaciones, como la prestación 
de servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil, la venta de bienes corporales 
muebles de producción doméstica o importada, y el servicio de expendio de comidas y 
bebidas preparadas en diversos establecimientos. También se aplica a la importación de 
algunos bienes. 
La base gravable del impuesto varía según el tipo de producto o servicio. En el caso 
de los servicios de telefonía, datos e internet, se aplica una tarifa del 4% sobre el monto total 
del servicio, excluyendo el IVA. En el servicio de expendio de comidas y bebidas en 
restaurantes, la base gravable incluye el precio total del consumo, incluidas las bebidas y 
otros valores adicionales, y la tarifa es del 8% sobre el consumo total. 
 
 
Los responsables del INC son aquellos que deben declarar y pagar el impuesto. Estos 
pueden incluir a los prestadores de servicios de telefonía móvil, datos e internet, los 
establecimientos de expendio de comidas y bebidas, los importadores de bienes sujetos al 
impuesto, los vendedores de bienes gravados, entre otros. 
La declaración y el pago del INC se realizan de forma bimestral mediante el 
formulario 310. Este formulario debe presentarse de manera electrónica a través de los 
servicios informáticos de la DIAN. En ciertos casos, como cuando el patrimonio bruto del 
contribuyente supera ciertos límites, se requiere la firma de un contador público en la 
declaración del impuesto. 
Es importante destacar que el INC tiene diferentes particularidades y variaciones 
según los productos y servicios gravados. La tarifa del impuesto nacional al consumo (INC) 
para la importación de bienes en Colombia es del 16% del valor total del producto, incluido 
el IVA y otros impuestos. Cabe destacar que esta es la misma tarifa que se aplica para los 
bienes sometidos al INC en el mercado interno, según lo establecido en el artículo 512-4 del 
Estatuto Tributario. 
En otras palabras, cuando se importa un bien sujeto al INC a Colombia, se debe pagar 
un 16% sobre el valor total del producto, que incluye otros impuestos. El impuesto se genera 
en el momento del desaduanamiento del bien importado por el consumidor final. 
Es importante tener en cuenta que la tarifa y la base gravable del INC puede variar 
según el tipo de producto o servicio que se esté gravando. Por lo tanto, se recomienda revisar 
directamente con las autoridades fiscales colombianas para obtener información precisa y 
actualizada sobre las exenciones de impuestos y las tarifas aplicables a productos y servicios 
 
 
específicos. El cálculo de la base gravable del impuesto nacional al consumo (INC) en 
Colombia varía según el tipo de producto o servicio que se esté gravando. En general, la base 
gravable se calcula tomando como referencia el valor total del bien o servicio gravado, sin 
incluir el IVA y otros impuestos. 
A continuación, se detallan algunos ejemplos de cómo se calcula la base gravable 
para ciertos productos y servicios: 
En el caso de los servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil, la base 
gravable es el valor total del servicio, excluyendo el IVA. 
En el servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, la base 
gravable incluye el precio total del consumo, incluidas las bebidas y otros valores adicionales. 
En la venta de bienes muebles corporales de producción doméstica o importada, la 
base gravable incluye el valor total del bien vendido. 
Es importante tener en cuenta que la tarifa del INC puede variar según el tipo de 
producto o servicio que se esté gravando. Por lo tanto, se recomienda revisar directamente 
con las autoridades fiscales colombianas para obtener información precisa y actualizada 
sobre las exenciones de impuestos y las tarifas aplicables a productos y servicios específicos. 
Algunos ejemplos de bienes y servicios que pueden estar exentos del INC en 
Colombia son: 
• Bienes y servicios destinados a fines educativos, científicos, culturales 
y deportivos, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos especificados en la 
normativa tributaria. 
 
 
• Bienes donados por organizaciones sin ánimo de lucro y las 
donaciones en dinero por parte de las mismas, siempre y cuando cumplan con ciertos 
requisitos especificados. 
• Servicios funerarios y urnas funerarias. 
• Bienes y servicios relacionados con la producción y generación de 
energía eléctrica, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos especificados. 
• Bienes y servicios destinados a la atención integral y rehabilitación de 
personas con discapacidad física o mental. 
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO 
El acuerdo 022 proporciona información sobre el formulario de declaración anual para el 
impuesto de industria y comercio en el municipio de Valledupar. Este formulario está 
diseñado por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito 
Público, de acuerdo con la Ley 1819 de 2016. El impuesto de industria y comercio se declara 
y paga anualmente. El formulario debe incluir detalles sobre la actividad económica realizada 
durante el año gravable, su clasificación por código de actividad y la tarifa establecida. 
Además, debe ser firmado por la persona responsable de presentar la declaración. En el caso 
de los contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad y tener un revisor fiscal de 
acuerdo al Código de Comercio y otras normas aplicables, la firma del revisor fiscal también 
debe estar presente en el formulario. También menciona que el inicio de la actividad 
económica principal se considera la fecha de inscripción en el registro mercantil de la Cámara 
de Comercio de Valledupar, sin importar si la empresa operaba anteriormente como una 
empresa informal. Además, se menciona que las entidades de derecho público, como el 
Estado, los departamentos,los municipios y las empresas estatales, también están sujetas a 
 
 
este impuesto, así como cualquier otra entidad en la que el Estado tenga una participación 
mayoritaria. Esto incluye entidades descentralizadas indirectas y directas, así como 
organismos o dependencias estatales con capacidad para celebrar contratos. Por lo tanto, se 
establece las regulaciones y requisitos para la presentación de la declaración anual del 
impuesto de industria y comercio en el municipio de Valledupar, incluyendo los detalles de 
la actividad económica, las firmas requeridas y las entidades sujetas al impuesto. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
CONCLUSIÓN 
En conclusión, el análisis detallado de los impuestos nacionales y territoriales en 
Colombia revela la complejidad y la importancia crítica de este sistema tributario para el 
desarrollo económico y la estabilidad financiera del país. A lo largo de este trabajo, hemos 
explorado la diversidad de tributos que componen el marco impositivo, desde los impuestos 
nacionales gestionados por el Gobierno central hasta aquellos de carácter territorial 
administrados por entidades locales. 
La evolución de las leyes fiscales y regulaciones a lo largo del tiempo refleja los 
esfuerzos continuos por mejorar la eficiencia y equidad del sistema tributario colombiano. 
Sin embargo, persisten desafíos, como la necesidad de equilibrar la carga fiscal para 
promover la inversión y el crecimiento económico, al mismo tiempo que se garantiza una 
distribución justa de los recursos para satisfacer las necesidades de la sociedad. 
La relación entre los impuestos y la sociedad es intrínseca, ya que los recursos 
recaudados se destinan a financiar servicios públicos esenciales, programas sociales y 
proyectos de infraestructura. En este sentido, es crucial que las políticas fiscales se diseñen 
y ajusten de manera cuidadosa para maximizar su impacto positivo en el bienestar de la 
población. 
Asimismo, se ha destacado la importancia de la transparencia y la administración 
eficiente de los fondos públicos, aspectos fundamentales para mantener la confianza de los 
ciudadanos en el sistema tributario. La colaboración entre el Gobierno, las empresas y la 
sociedad civil es esencial para abordar los desafíos fiscales y promover un entorno propicio 
para el desarrollo sostenible.

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