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INVERSIONES EN ASOCIADAS Elaborado por: Lic. Rocío Pauletti 1 INVERSIONES A LARGO PLAZO DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA COMPAÑÍA INVERSIONISTA Para abordar este tema, comenzaremos con las palabras de Mesén Figueroa (2007), quien explica que: INVERSIONES EN ASOCIADAS la metodología que un inversionista utiliza para la medición inicial y posterior de la inversión que este posee en una entidad asociada es otro de los temas que con frecuencia ha sido objeto de un profundo análisis dentro de la teo- ría contable. Lo anterior en vista no solo de las particularidades implícitas en el uso y cálculo del método de participación, sino también por el efecto que la aplicación del citado método de contabilización tiene sobre el estado de resul- tados del inversionista que posee en una o más entidades asociadas (p. 113). “ ” ANÁLISIS DEL PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN LOS NEGOCIOS ENTRE ASOCIADAS Existe actualmente diversidad de tipos de organizaciones y empresas, que permiten ampliar el perímetro de acción de las organizaciones para lograr mayor rentabilidad y participación en diferentes mercados. Debido a esta dinámica, la NIC 28 ha sufrido mo- dificaciones entre el 2003 y el 2011. Su última versión del 2013 nos indica que la norma acoge en su campo de acción lo referente a los acuerdos conjuntos, que anteriormente estaban regulados bajo la norma NIC 31. DEFINICIONES DE TÉRMINOS IMPORTANTES Las empresas pueden realizar una diversidad de acuerdos diferentes para llevar a cabo un negocio. Para este fin, IFRS Fundation (2013) nos brinda algunos conceptos relevantes. ACTIVIDADES RELEVANTES A efectos de esta NIIF, las actividades relevantes son aquellas de la participada que afectan de forma significativa a los rendimientos de la participada. CONTROL DE UNA PARTICIPADA Un inversor controla una participada cuando está expuesto, o tiene derecho, a rendi- mientos variables procedentes de su implicación en la participada y tiene la capaci- dad de influir en esos rendimientos a través de su poder sobre la participada. 2 3 CONTROLADORA Una entidad que controla una o más entidades. DERECHO DE DESTITUCIÓN Derechos que privan a quien toma decisiones de su autoridad para tomar decisiones. DERECHOS PROTECTORES Los derechos diseñados para proteger la participación de la parte que mantiene esos derechos sin otorgar a esa parte poder sobre la entidad con la que esos derechos se relacionan. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Los estados financieros de un grupo en el que los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos, y flujos de efectivo de la controladora y sus subsidiarias se presentan como si se tratase de una sola entidad económica. GRUPO Una controladora y todas sus subsidiarias. PARTICIPACIÓN NO CONTROLADORA El patrimonio de una subsidiaria no atribuible, directa o indirectamente, a la con- troladora. PODER Derechos existentes que otorgan la capacidad presente de dirigir las actividades relevantes. QUIEN TOMA DECISIONES Una entidad con derechos de toma de decisiones que es un principal o un agente para otras partes. SUBSIDIARIA Una entidad que está controlada por otra entidad (p. A399). 4 NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 27 ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS De igual manera, IFRS Fundation (2013) también explica algunos conceptos vinculados con el tema en la Norma Internacional de Contabilidad 27. Estados Financieros Separados. A continuación, se detallan algunos de ellos. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Son los estados financieros de un grupo en el que los activos, pasivos, patrimonio, in- gresos, gastos, y flujos de efectivo de la controladora y sus subsidiarias se presentan como si se tratase de una sola entidad económica. ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS Son los presentados por una controladora (es decir, un inversor con el control de una subsidiaria) o un inversor con control conjunto en una participada o influencia significa- tiva sobre esta, en la que las inversiones se contabilizan al costo o de acuerdo con la NIIF 9. Instrumentos financieros (p. A884). 5 NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD 28. INVERSIONES EN ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS En relación con esta norma, IFRS Fundation (2013) resume los siguientes conceptos claves. UNA ASOCIADA Es una entidad sobre la que el inversor tiene una influencia significativa. ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS Son los estados financieros de un grupo en el que los activos, pasivos, patrimonio, in- gresos, gastos, y flujos de efectivo de la controladora y sus subsidiarias se presentan como si se tratase de una sola entidad económica. EL MÉTODO DE LA PARTICIPACIÓN Es un método de contabilización según el cual la inversión se registra inicialmente al costo, y es ajustada posteriormente por los cambios posteriores a la adquisición en la parte del inversor, de los activos netos de la participada. El resultado del periodo del inversor incluye su participación en el resultado del periodo de la participada y el otro resultado integral del inversor incluye su participación en el otro resultado integral de la participada. 6 UN ACUERDO CONJUNTO Es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. CONTROL CONJUNTO Es el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control. UN NEGOCIO CONJUNTO Es un acuerdo conjunto mediante el cual las partes que tienen control conjunto del acuerdo tienen derecho a los activos netos del acuerdo. UN PARTICIPANTE EN UN NEGOCIO CONJUNTO Es una parte de un negocio conjunto que tiene control conjunto sobre este. INFLUENCIA SIGNIFICATIVA Es el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de operación de la par- ticipada, sin llegar a tener el control ni el control conjunto de esta (p. A894). 7 Además, según la NIC 28, uno de los conceptos más relevantes en esta asociación es el de influencia significativa. De acuerdo con IFRS Fundation (2013), la NIC 28 nos indica que: Se presume que el inversor ejer- ce influencia significativa si posee, directa o indirectamente (por ejemplo, a través de subsidia- rias), el 20 % o más del poder de voto en la participada, salvo que pueda demostrarse claramen- te que tal influencia no existe. A la inversa, se presume que la entidad no ejerce influencia signi- ficativa si posee, directa o indirec- tamente (por ejemplo, a través de subsidiarias), menos del 20 % del poder de voto de la participada, a menos que pueda demostrarse claramente que existe tal influencia. La existencia de otro inversor, que posea una participación mayoritaria o sustancial, no impide necesariamente que una entidad ejerza influencia significativa. (p.A895, El destacado es nuestro). La NIC 28 (2010) nos explica que, normalmente, la existencia de la influencia significativa por parte del inversor se evidencia mediante una o varias vías. A continuación, las explicamos de acuerdo con IFRS Fundation (2013). SE PRESUME QUE EL INVERSOR EJERCE INFLUEN- CIA SIGNIFICATIVA SI POSEE, DIRECTA O INDIRECTA- MENTE (POR EJEMPLO, A TRAVÉS DE SUBSIDIARIAS), EL 20 % O MÁS DEL PODER DE VOTO EN LA PARTI- CIPADA, SALVO QUE PUEDA DEMOSTRARSE CLARA- MENTE QUE TAL INFLUENCIA NO EXISTE. 8 FIGURA 1 La creación de un grupo empresarial tiene como fin crecer y participar en negocios que, muchas veces, no son parte del giro comercial de las empresas, o bien son actividades atendidas parcialmente. Uno de los objetivos de este tipo de inversiones es mitigar los riesgos de los inver- sionistas, limitando sus responsabilidades de acuerdo con el tipo de negocio que se ejecute. Por esto, para una correcta contabilización de la inversión, es importante distinguir los diferentes tipos de asociaciones o acuerdos conjuntos que pueden existir. Para este fin, la NIIF 11 (2010) resulta valiosa, pues define los tipos de acuerdos conjuntos y la presentaciónde los estados financieros. Fuente: Elaboración propia con base en Normas internacionales de información finan- ciera, por IFRS Fundation, 2013, p. A895. REPRESENTACIÓN EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, U ÓRGANO EQUIVALENTE DE DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD PARTICIPADA PARTICIPACIÓN EN LOS PROCESOS DE FIJACIÓN DE POLÍTICAS, ENTRE LOS QUE SE INCLUYEN LAS DECISIONES SOBRE DIVIDENDOS Y OTRAS DISTRIBUCIONES TRANSACCIONES DE IMPORTANCIA RELATIVA ENTRE EL INVERSOR Y LA PARTICIPADA INTERCAMBIO DE PERSONAL DIRECTIVO SUMINISTRO DE INFORMACIÓN TÉCNICA ESENCIAL 9 Fuente: Elaboración propia con base en Normas internacionales de información finan- ciera, por IFRS Fundation, 2013, p. A895. Fuente: Elaboración propia con base en Normas internacionales de información finan- ciera, por IFRS Fundation, 2013, p. A895. Empezaremos por las inversiones. Estas pueden llevarse a cabo mediante distintos ins- trumentos, según los menciona la norma NIC 28 (2010). Ahora bien, de acuerdo con IFRS Fundation (2013), las inversiones pueden darse mediante las siguientes herramientas. FIGURA 2 Sin embargo, de acuerdo con IFRS Fundation (2013): FIGURA 3 ACCIONES OPCIONES DE COMPRA DE ACCIONES INSTRUMENTOS DE DEUDA O DE PATRIMONIO CONVERTIBLES EN ACCIONES Cuando se esté evaluando si una determinada entidad tiene influencia significativa en otra, se tendrá en cuenta la existencia y efecto de los derechos de voto potenciales que sean en ese momento ejercitables o convertibles, incluyendo los derechos de voto potenciales poseídos por otras entidades. No tendrán la consideración de derechos de voto potenciales ejercitables o convertibles en ese momento los que, por ejemplo, no puedan ser ejercidos o convertidos hasta una fecha futura, o bien hasta que haya ocurrido un suceso futuro. 10 DISTINCIÓN ENTRE EL MÉTODO DE COSTO Y EL DE PARTICIPACIÓN Cuando una empresa invierte en otra, existen dos métodos de medición, ya sea al costo o por el método de participación. De acuerdo con la Auditoría Interna de la Nación de Uruguay, en su página web: Bajo el método del costo, el inversionista regis- tra al costo de adquisición su inversión en la empresa participada. El inversionista reconoce ingresos sólo en la medida en que recibe las distribuciones de ganancias acumuladas de la empresa participada, tras la fecha de adquisi- ción por parte del inversionista. Los repartos de dividendos por encima de tales ganancias acumuladas se consideran recuperación de la inversión, y por tanto se registran como una disminución en el costo de la misma. (Auditoría Interna de la Nación) (El destacado es nuestro) “ ” 11 De acuerdo con IFRS Fundation (2013), según el método de la participación, la inversión en una asociada o negocio conjunto: FIGURA 4 Fuente: Elaboración propia con base en Normas internacionales de información finan- ciera, por IFRS Fundation, 2013, págs. A896-898. Se registrará inicialmente al costo, y se incrementará o disminuirá su importe en libros para reconocer la porción que corresponde al inversor en el resultado del ejercicio obtenido por la entidad participada, después de la fecha de adquisición. Una entidad no necesitará aplicar el método de participación a su inversión en una asociada o un negocio conjunto si la controladora está exenta de preparar estados financieros consolidados si los siguientes puntos aplican: a) la entidad es totalmente propiedad de la controladora que emite EF consolidados; b) No emite deuda o patrimonio en un mercado (Bolsa). c) No se espera que emita deuda o patrimonio en un mercado (Bolsa). d) La controladora o la controladora intermedia prepara EF que cumplen con las NIIF. La inversión en una entidad asociada o negocio conjunto se contabilizará utilizando el método de la participación. El inversor reconocerá, en su resultado del ejercicio, la porción que le corresponda en los resultados de la participada. Las distribuciones recibidas de la participada reducirán el importe en libros de la inversión. Podría ser necesaria la realización de ajustes para recoger las alteraciones que sufra la participación proporcional en la entidad participada, como consecuencia de cambios en otro resultado integral de la entidad participada. 12 Además, la norma indica que, si la inversión en una asociada o en un negocio conjunto es mantenida por unas entidades de capital riesgo o por instituciones de inversión colectiva, fondos de inversión u otras entidades equivalentes, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones; la entidad podrá elegir medir estas inver- siones en asociadas o negocios conjuntos al valor razonable con cambios a resultados de acuerdo con la NIIF 9. REGLAS Y PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DEL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN Con respecto a las reglas y procedimientos para la aplicación del método de participa- ción, Mesén Figuera (2007) explica que “un inversionista está en la obligación técnica de utilizar el método de costo, a efectos de valuar y presentar sus inversiones en entidades asociadas, lo anterior cuando pública un conjunto de estados financieros separados” (p. 115). Además Mesén Figueroa (2007) explica que un: inversionista deberá contabilizar sus inversiones en entidades asociadas, haciendo uso del méto- do de participación, lo anterior cuando publica un conjunto de estados financieros consolidados. En ambos casos, los criterios de registro contable an- tes descritos serán aplicables siempre y cuando sea posible demostrar que el inversionista tiene influencia significativa sobre las operaciones de una o más entidades asociadas (p. 116). “ ” 13 De igual manera, Mesén Figueroa (2007) explica que la teoría contable desde siempre ha establecido que un inversionista ejerza influencia significativa sobre una entidad asociada con la tenencia entre el 20 % y el 49 % de las acciones comunes de esta. Sin embargo, según Mesén Figueroa (2007), también pueden darse otros casos, como por ejemplo: • Alcanzar representación en la junta directiva de la entidad asociada. • Participar en los procesos de fijación de políticas estratégicas. • La existencia de un volumen importante de transacciones entre el inversor y la entidad participada. • Que el inversionista suministre información técnica esencial a dicha entidad (p.116). Por tanto, Mesén Figueroa (2007) concluye que la regla principal es que todo inversionista en capacidad de ejercer influencia significativa sobre las políticas financieras y operativas de una entidad asociada estará en obligación técnica de contabilizarla por el método de costo cuando presente estados financieros separados y por el método de participación al presentar estados financieros consolidados. 14 Al respecto la NIC 28 (2010) nos indica que: De igual manera, la NIC 28 (2010) aclara que cuando los estados financieros a los que se aplica el método de participación son preparados en fechas diferentes a la de la entidad y a la de la asociada, se deben llevar a cabo los ajustes pertinentes para reflejar los efectos de lo sucedido entre ambas fechas y homogenizar la información presentada. Esto no debe sobrepasar un período de tres meses. Además, los estados financieros se elaborarán apli- cando procedimientos y políticas contables uniformes para las transacciones. Para aplicar el método de la participación se utili- zan los estados financieros más recientes dispo- nibles de la asociada o el negocio. Si el final del periodo de la entidad es diferente de la asociada o el negocio conjunto, la asociada o el negocio conjunto prepara, para el uso de la enti- dad, Estados Financieros a la misma fecha de la entidad, a menos que sea impracticable (p.A901). “ ” 15 Por su parte, IFRS Fundation (2013) también nos explica algunos aspectos importantes a considerar: Si una asociada o negocio conjunto utiliza dife- rentes políticas contables que la entidad, se rea- lizarán los ajustes necesarios en los estados fi- nancieros de la asociada o negocioconjunto, con el fin de aplicar el método de participación y lograr que las políticas contables aplicadas correspon- dan de igual manera entre las entidades. Si una asociada o negocio conjunto tiene acciones preferentes en circulación, con derechos acumu- lativos que estén mantenidas por distintas partes de la entidad, y que son parte del patrimonio, la entidad registrará su participación en los resulta- dos del período, independientemente que se haya declarado dividendos o no. Si la participación de la entidad de las pérdidas en una asociada o negocio conjunto equivale o exce- de el interés en la asociada o el negocio conjunto, la entidad descontinuará reconocer su participa- ción de pérdidas adicionales (p. A901). “ ” 16 Según Mesén Figueroa (2007), los procedimientos que un inversionista debe seguir para contabilizar, por medio del método de participación, las inversiones que posee una entidad asociada son: FIGURA 5 Fuente: Elaboración propia con base en Aplicaciones prácticas de la NIIF para Mesén Figueroa, 2007. p. 117. REGISTRO DE DIVIDENDOS REGISTRO INICIAL DE LA INVERSIÓN EN ASOCIADAS REGISTRO POSTERIOR DE LA INVERSIÓN EN ASOCIADAS 17 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Auditoría Interna de la Nación. (s.f.). Auditoría Interna de la Nación. Recuperado el 30 de Noviembre de 2014, de http://www.ain.gub.uy/nics/docs/nic_28.html Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). (2010). Normas Internacionales de Información Financiera (Vol. A). Londres, Reino Unido: Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad. Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). (2010). Normas Internacionales de Información Financiera (Vol. B). Londres, Reino Unido: Fundación del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad. Guajardo Cantú, G., & Andrade de Guajardo, N. E. (2008). Contabilidad Financiera (5° ed.). México, D.F.: McGraw-Hill Interamericana. Horngren, C. T., Harrison, W. T., & Robison, M. A. (1997). Contabilidad (2° ed.). (M. Gómez Escudero, Trad.) México: Prentice Hall Hispanoamericana, S.A. IFRS Fundation. (2013). Normas Internacionales de Información Financiera. Londres: IFRS Fundation. Mesén Figueroa, V. (2007). Aplicaciones prácticas de las NIIF. San José, Costa Rica: Editorial Tecnológica de Costa Rica. Meza Vargas, C. (2000). Contabilidad, análisis de cuentas (1°, 3° reimp. ed.). San José, Costa Rica: EUNED. Piedra Herrera, F., Balboa La Chica, P. M., Déniz Mayor, J. J., & Suárez Falcón, H. (2009). Contabilidad Financiera (Vol. I). (F. M. García Tomé, Ed.) Madrid, España: Delta Publicaciones. Romero López, Á. J. (2010). Principios de Contabilidad (4° ed.). México D.F., México: Mcgraw-Hill/Interamericana Editores, S.A. de C.V. http://www.ain.gub.uy/nics/docs/nic_28.html
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