Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Esta es una vista previa del archivo. Inicie sesión para ver el archivo original
Tutela—Decreto 2591/91 1.Solicitud de la tutela 2. informes 3. Fallos Rechazo Admisión Corrección Accionante Derecho Accionado Ciudadanos, Defensoría del Pueblo, Personeros municipales Entidades Publicas o particulares Contra todos los derechos fundamentales Se notifica a las partes Termino de 3 días hábiles Si se corrige el juez continua con el proceso. Si no se corrige, entonces se rechaza No procede Solicitados al accionado con el fin de obtener los documentos donde consten los antecedentes del asunto Plazo: De 1 a 3 días 1.Si no se rinden informe se tendrán por cierto los hechos 2. Si del informe resulta que no son ciertos los hechos, se ordenara la recolección de información adicional con pruebas, 3 días de plazo 3. Si los informes son correctos, el juez dictara fallo dentro de 10 días. 4. Se notifica a las partes, y tienen 3 días para impugnar fallo Si se impugna No se impugna El juez remite el expediente al superior y este tiene 2 días para decidir El juez envía fallo a la corte para que lo revise Modifica Revocar Aceptar Se notifica al juez y a las partes para que se adopte la decisión Desfavorable Favorable No se cumple termino Si se cumple termino Pago de costas Se otorgan 48 horas para cum- plimiento del derecho El juez hará exigir el cumplimiento y abre proceso disciplinario por desacato Se cumple sentencia, se pagan costas
Compartir