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ORGANIGRAMA TUTELA

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Tutela—Decreto 2591/91 
1.Solicitud de la tutela 
2. informes 
3. Fallos 
Rechazo Admisión Corrección 
Accionante 
Derecho 
Accionado 
Ciudadanos, Defensoría del Pueblo, Personeros 
municipales 
Entidades Publicas o particulares 
Contra todos los derechos fundamentales 
Se notifica a las partes 
 Termino de 3 días hábiles 
 Si se corrige el juez continua 
con el proceso. 
 Si no se corrige, entonces se 
rechaza 
No procede 
Solicitados al accionado con el fin de obtener los documentos 
donde consten los antecedentes del asunto 
Plazo: De 1 a 3 días 
1.Si no se rinden informe se tendrán por cierto los hechos 
2. Si del informe resulta que no son ciertos los hechos, se ordenara la 
recolección de información adicional con pruebas, 3 días de plazo 
3. Si los informes son correctos, el juez dictara fallo dentro de 10 
días. 
4. Se notifica a las partes, y tienen 3 días para impugnar fallo 
Si se impugna No se impugna El juez remite el expediente al superior 
y este tiene 2 días para decidir 
El juez envía fallo a la corte para que lo 
revise 
Modifica Revocar Aceptar 
Se notifica al juez y a las partes para 
que se adopte la decisión 
Desfavorable Favorable 
No se cumple termino 
Si se cumple termino 
Pago de costas 
Se otorgan 48 horas para cum-
plimiento del derecho 
El juez hará exigir el cumplimiento y 
abre proceso disciplinario por desacato 
Se cumple sentencia, se pagan costas

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