Logo Studenta

TIPOS DE COMPAÑIAS

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Lindsay Mantilla Manzaba 2-C administración nocturno 
TEMAS:
1. Compañía en nombre colectivo
La compañía en nombre colectivo es la que se contrae entre dos o más personas naturales que hacen el comercio bajo una razón social. Este es la fórmula enunciativa de los nombres de todos los socios o de algunos de ellos a los que se agrega la palabra “y compañía”. Sólo los nombres de los socios pueden formar parte de la razón social. Este tipo de compañías muy extendido en otras épocas es poco frecuente en los últimos años por la poca atractiva nota de la responsabilidad ilimitada que asumen sus socios por las obligaciones de la compañía. 
2. Compañía en comandita simple y comandita por acciones.
La compañía en comandita simple es lo que constituye entre uno o varios socios solidaria e ilimitadamente responsables o comanditados que la administran y otros simples suministradores de fondos y amado Socios comanditarios. Solamente las personas naturales podrían ser socios comanditados o comanditarios de la compañía en comandita simple. 
Razón social: esta especial compañía actúa bajo una razón social que será necesariamente el nombre de uno o varios de Los Socios solidariamente responsables a la que se agregará la palabra compañía en comandita o su abreviatura. El socio comanditario que tolerar a la inclusión de su nombre en la razón social quedará solidaria e ilimitadamente responsables de las obligaciones contraídas por la compañía.
La compañía en comandita por acciones igual que la comandita simple se constituye entre socios solidarios o comanditados y socios comanditarios y actúa bajo la razón social que se forma con los nombres de los primeros pero tiene una característica especial que la distingue y que determina que la ley le dé un tratamiento distinto su capital se divide en acciones nominativas de un valor nominal igual. Desde capital al menos la décima parte debe ser aportada por los socios solidarios o comanditados. Solamente las personas naturales podrán ser socios comanditados pero las personas jurídicas podrán ser Socios comanditarios.
3. Compañía de responsabilidad limitada.
Es la que contrae entre dos o más personas que solamente responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus aportaciones individuales. Qué hacen comercio bajo una razón social o denominación objetiva añadiendo las palabras compañía limitada o su correspondiente abreviatura
Forma de constitución: la escritura pública de formación será aprobada por el superintendente de compañías se ordenará la publicación por una sola vez de un extracto de la escritura en periódico de mayor circulación en el domicilio de la compañía. El principio de existencia de esta especie de compañía es la fecha de inscripción del contrato social en el registro mercantil.
4. Compañía Anónima
La sociedad anónima es una compañía cuyo capital dividido en acciones negociables está formada por aportaciones de los accionistas que responden únicamente hasta el monto de sus acciones. La denominación de esta compañía debería contener la indicación de compañía anónima o sociedad anónima o las correspondientes siglas. 
Constitución: la compañía se constituirá mediante escritura pública que previa resolución aprobatoria de la superintendencia compañías será inscrita en el registro mercantil. La compañía se tendrá como existente y con personería jurídica desde el momento de dicha inscripción.
5. Compañía de Economía Mixta
Compañía de economía mixta es aquella que se constituye como tal y en la que participan el estado los consejos provinciales las municipalidades y las personas jurídicas de derecho público o semipublicas conjuntamente con personas naturales o jurídicas privadas y cuya finalidad es la satisfacción de necesidades de orden social o la prestación o mejoramiento de servicios públicos.
• Realizar el análisis de una compañía que le gustaría constituir. (4 puntos)
Me gustaría constituir una compañía en responsabilidad limitada ya que es hay donde se pueden hacer cargo diferentes socias con su capital aportado en las compañía que yo quisiera constituir.
Es dodne se hay responsabilidad limitado en los diferentes casos de socios.

Continuar navegando