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ALFREDO ESQUIVEL 1 Una perspectiva sociológica de la protesta social y de los movimientos sociales1 Por: José Alfredo Valencia Esquivel2 Docente Instructor: Dr. Remberto Elías Mangandí Portillo Introducción La protesta social o protesta popular, es una de las manifestaciones sociales, políticas, económicas, etc., que manifiestan determinadas agrupaciones sociales (como los movimientos sociales) que expresan un descontento social ante las diferentes tomas de decisiones que fomentan actores sociales que ostentan el poder político en las diferentes instituciones estatales, que son los encargados de proveer políticas públicas, proyectos y programas a la ciudadanía bajo la óptica del bien común. La aproximación sociológica de la protesta social, una manifestación de un inicio de un movimiento social o una expresión del mismo, gira alrededor de los conflictos sociales, para muchos autores la expresión de protesta social refiere a una manifestación de inconformidad social ante el accionar de los actores políticos que ostentan el poder en la superestructura política de la sociedad y que manifiestan su dominio social, político, económico, etc., en vertical hacia la sociedad civil, por ello, el significado de la protesta social refiere a una manifestación de una clase social subordinada por una clase social dominante. El objetivo de este ensayo, tiene la finalidad de proveer un universo de percepciones teóricas que buscan definir el significado de la protesta social y de los movimientos sociales en las diferentes sociedades del mundo. 1 La presentación de este trabajo esta apegado a la normativa APAS proporcionada por el libro: Grijalva, R. (2016). Como escribir, presentar y exponer el informe de investigación: técnicas aplicadas en estudio de cátedras, trabajos de grado y tesis: módulo 2. San Salvador: EDIPRO. 2 Estudiantes del 5º año de la Catedra Teoría de Movimientos Sociales, de la Licenciatura en Sociología, Universidad de El Salvador, Facultad Multidisciplinaria de Occidente, 2021. ALFREDO ESQUIVEL 2 ¿Qué es la protesta social? La protesta social, es una manifestación de una concatenación de hechos sociales, políticos, económicos, etc., que expresa una agrupación social de una clase social en específica, en términos de inconformidad social hacia el sistema de las relaciones sociales de producción impuesto por una clase social domínate en la sociedad misma. La protesta social son acciones que emprende la gente para manifestar las injusticias sociales dentro del sistema, en muchas ocasiones la protesta social puede tener caracteres violentos o pacíficos. Cuando hablamos de protesta social, muchas personas comunes piensan que una protesta social es solamente hacer actos de violencia para hacerse sentir su presencia en la sociedad, porque “la violencia es el tipo de acción colectiva más fácil de iniciar sin incurrir en grandes costes de coordinación y control” (Tarrow, 1997, p. 184). Sin lugar a dudas la protesta social genera conflictos sociales que pueden repercutir en actos violentos de la gente (la violencia debe ser el último recurso utilizado por una agrupación social, cuando un régimen político amenace su derecho de protestar o sus interés colectivos como clase social), porque es una lucha de clases sociales que buscan imponer sus intereses, porque la “la protesta social no es un componente del conflicto armado, sino que en momentos en que ocurren confrontaciones entre personas que se encuentra ejerciendo el derecho a la protesta y funcionarios encargados de hacer cumplir la ley” (Personería de Medellín, 2011, p. 137), en donde las provocaciones de manifestantes y instituciones del mantenimiento del orden pueden encender los ánimos de violencia, por ello “las manifestaciones no violentas son a menudo más poderosas que la violencia en sí porque plantean la posibilidad de la violencia sin dar a la policía o a las autoridades una excusa para la represión” (Tarrow, 1997, p. 182). Las confrontaciones de los manifestantes de una protesta social y autoridades del mantenimiento del orden pueden generalizar conflictos, ya que la ALFREDO ESQUIVEL 3 manifestación de un grupo social plantea una revolución enfocada al cambio social de la sociedad, porque “una revolución social es una necesidad objetiva para mejorar las condiciones de vida y trabajo de las personas que -en la actualidad- se ven obligadas a vender su fuerza de trabajo a los ricos y empresarios a cambio de un salario de hambre” (Buzetto, 2010, p. 16), en ese escenario las fuerzas del mantenimiento del orden (policías y militares) tratan de frenar cualquier iniciativa que quebrante el orden social establecido. Cuando observamos que los medios de comunicación empiezan a exponer únicamente las conductas violentas de parte de manifestantes que expresan una inconformidad social y no sus principales necesidades, están tratando de romper vínculos de solidaridad de parte de la sociedad civil, además de criminalizar la protesta social, crear una desnaturalización de una libertad de expresión de la gente, al tipificarlos como grupos antisociales, ante este escenario los teóricos Zaffaroni y Pitrola (2008), plantean lo siguiente: (…) cuando se pretende criminalizar los reclamos y las protestas contra estos motores o estos impulsos de avance de los estándares de realización, y se pretende obstaculizarlos, sacándole o quitándole su naturaleza política para darle una naturaleza penal, la naturaleza penal es siempre de carácter artificial (p. 36). La función de las autoridades que velan por el orden social no es reprimir a la gente que decide pronunciarse ante un hecho de injusticia social en el sistema, la obligación de las autoridades del mantenimiento del orden no es reprimir, “la obligación más importante de un agente de la fuerza pública es respetar y proteger la dignidad humana, y defender los derechos humanos de todas las personas” (Rivera, 2018, p. 301), en un escenario democrático, donde la protesta social no está reconocida por ley, sin embargo los elementos que permiten su accionar si están presentes en la ley, en lo que refiere a este fenómeno los teóricos Zaffaroni y Pitrola (2008), plantean lo siguiente: Es un derecho constitucional que no está reconocido con ese nombre, pero que está implícitamente reconocido en la libertad de pensamiento, en la libertad de conciencia, en la libertad de expresión, en la libertad de reunión, en la libertad de religión, en la libertad de opinión y en la libertad de asociación (p. 21). ALFREDO ESQUIVEL 4 Los actores sociales que protagonizan una protesta social siempre serán tipificados por revoltosos, incultos, buenos para nada, etc., pero su actuar en un régimen democrático es legal, “aunque genere inconformidad, molestia y perturbación, manifestarse y protestar pacíficamente es hacer democracia en la vida pública e implica ejercer colectivamente el derecho a la libertad de expresión y los demás derechos civiles y políticos que vigorizan la ciudadanía” (Rivera, 2018, p. 287). La protesta social es una expresión colectiva de libre expresión, que exige mejores condiciones de vida, por ello el Estado de derecho debe de garantizar el bienestar social de diferentes actores de la sociedad, por ello el pluralismos refiere a todas aquellas “redes amplias, accesibles y permanentes a un elevado número de actores e intereses en juego, sin mecanismos de exclusión no obstáculos formales o reales para tomar parte en el entramado de integraciones” (Ibarra, Martí y Gomá, 2002, p. 12), por ello, el criminalizar y desnaturalizar la protesta social como un derecho universal de las personas nos refiere a un escenario antidemocrático, porque “un gobierno democrático debe ser apto para responder a las preferencias de sus ciudadanos, sin establecer diferencias políticas entre ellos” (Lomelí, 2015, p. 160). ¿Qué entender por movimientos sociales?Los movimientos sociales son los actores políticos, sociales, económicos, etc., que intenta imponer sus intereses colectivos en las relaciones sociales entre una clase social domínate y una clase social subordinada, en donde “el poder de los movimientos se pone de manifiesto cuando los ciudadanos corrientes unen sus fuerzas para enfrentarse a las élites, a las autoridades y a sus antagonistas sociales” (Tarrow, 1997, p. 17). Como hemos manifestado, una agrupación que genere violencia no es un verdadero movimiento social, porque “un movimiento popular no es un héroe armado, cabalgando a la cabeza de un ejército sobre un campo de batalla en donde los adversarios se oponen con armas iguales” (Turaine, 2006, p. 157). ALFREDO ESQUIVEL 5 Los movimientos sociales se forman a media que los sectores marginados del sistema social piden la palabra y toman acciones dirigidas a vivir una vida digna, por ello “entendemos por movimientos sociales al conjunto de luchas erigidas en contra del capitalismo y en función de la construcción de un mundo más justo, más humano y más solidario que se dan en un período y en un espacio determinados” (Parra, 2005, p.73). Hemos planteado algunos significados de movimientos sociales, pero no hemos hablado del vinculo primario que une a la gente a un movimiento social y es la acción colectiva, que es el resultado de las intenciones, recursos y limites, con una orientación construida por medio de relaciones sociales dentro de un sistema de oportunidades y restricciones, es decir que una acción colectiva son hechos sociales, políticos, económicos, etc., comunes de los individuos agrupados, en la medida que estos buscan definir intereses comunes de cada uno de sus miembros, además de la identidad que los hace distintos de otros, por lo que cada movimiento social posee un determinado proyecto social enfocado a un cambio social en la sociedad, por ello la relación de la acción colectiva y movimientos sociales son reciprocas, ante ello la teórica Lomelí (2015), expone lo siguiente: (…) la acción colectiva está en la base de todo movimiento social y combina los elementos de conflicto, identidad, solidaridad y resistencia en un grupo social que define estrategias en función de sus recursos para alcanzar un objetivo centralizado en demandas hacia aquel actor que se ha reconocido como adversario (p.156). En un ambiente democrático los movimientos sociales necesitan de oportunidades políticas (como la creación de partidos políticos, organizaciones sin fines de lucro, fundaciones, etc.) en la estructura de la superestructura del poder político que se impone para la sociedad y es esta “articulación entre el sujeto histórico (sociedad civil) y el Estado confluyen en las relaciones políticas que se interlocutan a través de la presencia de espacios intermediarios conocidos como estructuras partidarias o partidos políticos, organizaciones o movimientos sociales” (Andrango, 2010, p. 53), las oportunidades políticas son un deber que el Estado de derecho y democrático, es el llamado a proveer ALFREDO ESQUIVEL 6 mecanismos jurídicos que permitan a la gente asociarse, movilizarse o protestar y es que “al hablar de estructuras de movilización nos estamos refiriendo a «los canales colectivos tanto formales como informales, a través de los cuales la gente puede movilizarse e implicarse en la acción colectiva»” (MacAdam, McCarthy y Zald, 1999, p. 24). Los movimientos sociales se convierten en sujetos sociales e históricos quebrantan las mieles del sistema social de los actores con diferentes jerarquías de poder en la sociedad, por “cuando una lucha se dirige a cambiar la estructura de la toma de decisiones, la acción colectiva implica la redefinición de las fronteras existentes en esa organización” (Melucci, 1990, p. 360). Los movimientos sociales que mayor luchan con el sistema económico que por su génesis se basa en la explotación del hombre por el hombre, son los obreros que luchan por mejores condiciones laborales, por ello “la huelga es un medio de defensa que utiliza la coalición obrera para reivindicar la calidad humana de sus agremiados, buscando en todo momento reducir el desequilibrio económico existente en los factores de producción” (López, 2007, p. 653). En muchos escenarios de las sociedades hemos observado el fenómeno de las huelgas, una expresión que es propia de la clase trabajadora, porque “los movimientos sociales son organizaciones que representan a la clase trabajadora y a las masas populares, o sea, a los pobres del campo y la ciudad” (Buzetto, 2010, p. 15), Las huelgas son mecanismos de protesta de una especie de movimiento social que busca mejores condiciones de vida en la sociedad, por ello, la huelga debe ser un derecho legitimo que debe ser constitucional (ley), ante el teórico López (2007), plantea lo siguiente: (…) las ideas de “derecho a la huelga” y “derecho de huelga”, puede anotarse que el primer concepto debe entenderse como un acto de protesta y de presión, constituyéndose en un derecho “natural social”, pues implica una conducta espontanea, y muchos casos expresa que emerge de las clases sociales oprimidas como una reacción en contra de los que detentan el poder (…) “derecho de huelga”, el mismo debe de entenderse como una facultad legal (…) (pp. 655-656). ALFREDO ESQUIVEL 7 En la cotidianidad de la sociedad se observan manifestaciones, huelgas u otro tipo de manifestaciones sociales, una serie de hechos sociales, económicos, políticos, etc., que la gente emprende, por el cansancio de discursos políticos utopistas, que los gobernantes políticos nunca llegan a cumplir las necesidades de la gente, quien los eligió para su gobernanza, por ello “cuanto más grande sea la desigualdad de poder entre los dominantes y los dominados y cuanto más arbitrariamente se ejerza el poder, el discurso público de los dominados adquirirá una forma más estereotipada y ritualista” (Scott, 2000, p. 26). Cuando una agrupación no se siente representada por sus gobernantes decide revelarse ante el sistema, de ahí un individuo inscribe su criterio de acción y del cual deduce su interés, depende, se determina o se reafirma en el proceso de identificación de un individuo con el grupo del que forma parte, es en la propia identidad colectiva donde se define la coincidencia entre el interés colectivo y el interés individual, en donde una agrupación social comienza a consolidarse como un posible movimiento social (Revilla, 1996). Como hemos manifestado, la violencia debe ser el último recurso de acción de una protesta social, encabezado por un movimiento social o consolidación del mismo, en un escenario democrático el consejo, el dialogo y los acuerdos dentro de las diferentes clases sociales debe ser una realidad, por ello el teórico Carrillo (2010), explica los nuevos ideales que deberían aplicar movimientos sociales en la sociedad, de ello se expone lo siguiente: Las redes de movimientos sociales no deben ser pensadas en el sentido de la fragmentación entre grupos sociales o etnias hostiles entre sí, su propuesta se enmarca en la perspectiva de un proyecto político colectivo, pensado en la revitalización de la democracia, en el sentido de propuestas políticas y sociales que ayuden a mejorar la calidad de vida y propongan una mejor redistribución de la riqueza (p.67). Conclusiones La protesta social es un fenómeno indispensable para las agrupaciones sociales (de un movimiento social o consolidación del mismo) que se siente marginadas del sistema social de una sociedad, ya que sus integrantes ALFREDO ESQUIVEL 8 padecen un determinado numero de injusticias sociales que les limita su bienestar social como un colectivo. Aunque la protesta social no es un derecho que se establezca en una ley, los componentes de la libre opinión, la libertad de asociarse, la libertad de ejercer la política, etc., por ellono se puede criminalizar la protesta social, peor aun en un Estado democrático y de derecho, por ello no se puede “justificar los conflictos sociales y llevarlos a la arena penal es renunciar al dialogo, y es la forma más radical y definitiva de dejarlos sin solución” (Rivera, 2018, p. 308). Los movimientos sociales son las agrupaciones sociales que buscan imponer un cambio social en la sociedad, cuando una agrupación colectiva como los movimientos sociales se pronuncian ante diferentes tomas de decisiones de actores sociales con cuotas de poder en las diferentes instituciones del Estado que atentan a quebrantar sus derechos o irrespetan los mismo, la situación de conflicto social es inevitable, porque “los movimientos sociales buscan mostrar que sus luchas están conformadas por gente pobre y marginal, y su principal objetivo es la lucha por instituir un nuevo tipo de derechos con dignidad y una nueva forma de entender la ciudadanía” (Andrango, 2010, p. 56). Referencias Tarrow, S. (1997). El poder en movimiento: Los movimientos sociales, la acción colectiva y la política. Madrid: Alianza Universitaria. Personería de Medellín, (2011). Protesta social: entre derecho y delito. KAVILANDO, núm. 2, julio-diciembre, 2010, pp. 133-144. Buzetto, M. (2010). El marxismo en la transformación de la realidad. Ministerio de Coordinación de la Política, núm. 1, mayo, 2010, p.13-28. Zaffaroni, E., y Pitrola, N. (2008). La criminalización de la protesta social. Buenos Aires: Rumbos. Rivera, J. (2018). “Diez cuestiones actuales sobre derechos humanos”. Queretano: Instituto de Estudios Constitucionales del Estado de Queretano. ALFREDO ESQUIVEL 9 Ibarra, P., Martí, S., Gomá, R. (2002). Creadores de la democracia radical: Movimiento sociales y redes de políticas públicas. Barcelona: Icaria. Lomelí, C. (2015). Movimientos sociales, democracia y Estado de derecho. Una mirada a la contribución de los movimientos sociales a la democratización e institucionalización del Estado de derecho. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México, núm. 39, febrero-marzo de 2015, pp. 152-171. Turaine, A. (2006). Los movimientos sociales. Revista Colombiana de Sociología, núm. 27, febrero de 2006, pp. 255-278. Parra, M. (2005), La construcción de los movimientos sociales como sujeto de estudio en América Latina. CLAPSO, núm. 8, diciembre de 2005, pp. 72- 94. Andrango, L. (2010). El papel del sujeto histórico en los procesos de transformación democrática. Ministerio de Coordinación de la Política, núm. 1, mayo, 2010, p.49-60. MacAdam, D., McCarthy, J., Zald, M. (1999). Movimientos sociales: perspectivas comparadas. Madrid: Istmo. Melucci, A. (1990). La acción colectiva como construcción social. “Ciencias Sociales y Movimientos Sociales”, XII Congreso Mundial de Sociología, núm. 12, Julio de 1990, pp. 357-264. López, G. (2007). “El derecho a la huelga”. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Recuperado de… https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2458/38.pdf Scott, J. (2000). Los dominados y el arte de la resistencia. México: Era. Revilla, M. (1996). El concepto de movimiento social: Acción, identidad y sentido Última Década, núm. 5, 1996, pp. 1-18. Carrillo R. (2010). El nuevo momento de los movimientos sociales. Ministerio de Coordinación de la Política, núm. 1, mayo, 2010, p.61-76. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2458/38.pdf
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