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LA EXPLOTACIÓN MINERA ILEGAL EN LAS AGUAS DEL RIO DAGUA Y EL 
CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y OTRAS NORMAS QUE 
PROTEGEN AL MEDIO AMBIENTE 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DANIELA CLAROS CAMAYO 
JOSE EVERS RAMÍREZ ORTEGA 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y HUMANÍSTICAS 
PROGRAMA DE DERECHO 
UNIDAD CENTRAL DEL VALLE DEL CAUCA 
2016 
LA EXPLOTACIÓN MINERA ILEGAL EN LAS AGUAS DEL RIO DAGUA Y EL 
CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y OTRAS NORMAS QUE 
PROTEGEN AL MEDIO AMBIENTE 
 
 
 
DANIELA CLAROS CAMAYO 
JOSE EVERS RAMÍREZ ORTEGA 
 
 
 
 
Proyecto de Tesis para optar al 
Título de ABOGADO 
 
 
 
 
PRESIDENTE 
LUCENA ROCIO MURILLO CARDONA 
Docente Universitario 
 
 
 
 
U. CENTRAL DEL VALLE DEL CAUCA 
PROGRAMA DE DERECHO 
TULUÁ – VALLE 
2.016
 
Nota de Aceptación 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Presidente del Jurado 
 
 
 
Jurado 
 
 
Jurado 
 
 
 
Jurado 
 
 
 
Escribe aquí la Ciudad y Fecha (día, mes, año) (Fecha de entrega) 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
A mi madre, ANA ORTEGA, quien con su amor, esfuerzo, dedicación y valores y 
principios me formo como una persona de bien honesta y responsable para poder 
ser un profesional en beneficio de la sociedad; a mi esposa, Nubia Yasmin 
Andrade quien con gran desinterés y amor me acompaño en este camino para 
alcanzar la meta, a mis hijos del alma que hicieron el camino más fácil y feliz para 
poder alcanzar los propósitos y seguir adelante. 
José Evers Ramírez Ortega 
 
Doy gracias a Dios por darme la bendición de iniciar este camino, a mi padre en el 
cielo por hacer posible que iniciara este sueño, a mi madre por darme la 
oportunidad de continuar, a mi abuela por su apoyo incondicional, a toda mi familia 
por colocar ese granito de arena para poder culminar con esta meta, y a mi hija 
por ser ese motivo de lucha cada día para superarme y ser mejor persona y 
profesional. 
 
Daniela Claras Camayo 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TABLA DE CONTENIDO 
 
GLOSARIO ........................................................................................................................ 7 
RESUMEN ......................................................................................................................... 9 
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................. 10 
1CAPITULO I. CONTAMINACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DERIVADO DE LA 
EXPLOTACIÓN MINERA ................................................................................................ 12 
1.1 ANTECEDENTES ............................................................................................. 12 
1.2 IMPORTANCIA DEL SECTOR MINERO-ENERGÉTICO EN LA POLÍTICA DE 
ESTADO CONOCIDA COMO “LAS LOCOMOTORAS DE LA ECONOMÍA” ................ 17 
1.3 EFECTOS OCASIONADOS POR LA EXPLOTACIÓN MINERA A NIVEL 
AMBIENTAL ................................................................................................................. 21 
1.4 SITUACIÓN ACTUAL DEL RIO DAGUA ........................................................... 28 
1.5 NORMAS REGULADORAS DE LA MINERIA. ................................................... 31 
1.5.1 POLÍTICAS PÚBLICAS .............................................................................. 31 
1.5.2 PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO 
AMBIENTE ................................................................................................................... 31 
1.5.3 NORMAS APLICABLES A LA MINERIA Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO 
AMBIENTE ................................................................................................................... 36 
2CAPITULO II. REQUISITOS PARA LA EXPLOTACIÓN MINERA. TÍTULOS MINEROS, Y 
LICENCIAS AMBIENTALES. ........................................................................................... 44 
2.1 TITULARIZACIÓN MINERA .............................................................................. 44 
2.1.1 CONTRATOS MINEROS. .......................................................................... 45 
2.1.2 LOS CONTRATOS DE CONCESIÓN ......................................................... 46 
2.1.3 LOS CONTRATOS CON LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS .......... 46 
2.2 LICENCIAS ....................................................................................................... 47 
2.2.1 LICENCIAS DE EXPLORACIÓN ................................................................ 47 
2.2.2 LICENCIA DE EXPLOTACIÓN ................................................................... 48 
 
2.2.3 APORTES MINEROS ................................................................................. 48 
2.2.4 CONTRATOS ESPECIALES ...................................................................... 49 
2.3 TRAMITES ........................................................................................................ 50 
2.3.1 TRAMITES ANTE LA DIRECCIÓN DE MINAS DEL MINISTERIO DE MINAS 
Y ENERGÍA ................................................................................................................. 50 
3CAPITULO III. TRANSGRESIÓN A LA CONSTITUCIÓN Y A LAS NORMAS 
AMBIENTALES. INFRACCIONES Y DELITOS AMBIENTALES COMO CONSECUENCIA 
DE LA EXPLOTACIÓN MINERA EN EL RIO DAGUA. .................................................... 53 
3.1 NORMAS AMBIENTALES TRANSGREDIDAS POR LA EXPLOTACIÓN MINERA 
EN EL RIO DAGUA ...................................................................................................... 53 
3.1.1 INGEOMINAS ............................................................................................ 56 
3.1.2 CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA - CVC
 57 
3.1.3 NORMATIVA PENAL TRANSGREDIDA..................................................... 61 
CONCLUSIONES ............................................................................................................ 66 
BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................ 68 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
GLOSARIO 
 
Transgredir. “Quebrantar, violar un precepto, ley o estatuto”1 
 
Residuo o desecho peligroso. En forma genérica se entiende por “residuos 
peligrosos” a los residuos que debido a su peligrosidad intrínseca (tóxico, 
corrosivo, reactivo, inflamable, explosivo, infeccioso, eco tóxico), pueden causar 
daños en la salud o al ambiente2. 
 
Residuo infeccioso 
 “Un residuo o desecho con características infecciosas se considera peligroso 
cuando contiene agentes patógenos; los agentes patógenos son microorganismos 
(tales como bacterias, parásitos, virus y hongos), con suficiente virulencia y 
concentración como para causar enfermedades en los seres humanos o en los 
animales. 
La característica que hace a un residuo ser infeccioso puede variar con el tiempo 
debido a que esta propiedad depende del tipo de microorganismo que se encuentra 
presente”3. 
 
Sector minero 
“El sector minero se puede establecer como el conjunto de empresas dentro del 
territorio nacional que se dedican a la explotación de minerales, contribuyendo así, a 
la generación de riqueza de un país por medio de la extracción y utilización de 
recursos naturales4. 
 
Minerales metálicos 
Comprende la extracción de minerales de hierro, como hemática, magnetita, 
limonita, siderosa y taconita; minerales preciosos (oro, plata, platino) y la extracción 
de otros minerales metálicos no ferrosos, como: aluminio (bauxita), cobre, plomo, 
cromo, manganeso, níquel, zinc, estaño, ferroaleaciones (cobalto, molibdeno, 
tántalo y vanadio)5. 
 
 
1 REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario. [En Línea] [12 de julio de 2016] Disponible en: 
http://dle.rae.es/?id=aK1FmOQ 
2 . MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL. Gestión Integral de Residuos o DesechosPeligrosos. 
Bases Conceptuales. Bogotá, Colombia. 2007. p, 13. 
3 Ibíd. 
4 ibíd. 
5 ZAPATA, Victoria. Evolución del sector minero colombiano. Universidad Autónoma de Occidente. Facultad de ciencias económicas y 
administrativas. Cali, Colombia. 2012. 
 
Minerales no metálicos 
Comprende la extracción de rocas y materiales utilizados directamente en la 
construcción, evaporitas y minerales no metálicos para usos industriales y piedras 
preciosas, la explotación de canteras de piedra para la construcción y piedra de talla 
sin labrar (excepto por haber sido desbastada o cortada mediante aserrado u otros 
medios propios de la cantera) para obtener productos, tales como pizarra, mármol, 
granito, pórfido y basalto”6. 
 
Residuos Químicos. 
“Son los restos de sustancias químicas y sus empaques o cualquier otro residuo 
contaminado con estos, los cuales, dependiendo de su concentración y tiempo de 
exposición tienen el potencial para causar la muerte, lesiones graves o efectos 
adversos a la salud y el medio ambiente. 
 
Fármacos parcialmente consumidos, vencidos y/o deteriorados: Son aquellos 
medicamentos vencidos, deteriorados y/o excedentes de sustancias que han sido 
empleadas en cualquier tipo de procedimiento, dentro de los cuales se incluyen los 
residuos producidos en laboratorios farmacéuticos y dispositivos médicos que no 
cumplen los estándares de calidad, incluyendo sus empaques. 
 
Residuos de Citotóxicos: Son los excedentes de fármacos provenientes de 
tratamientos oncológicos y elementos utilizados en su aplicación tales como: 
jeringas, guantes, frascos, batas, bolsas de papel absorbente y demás material 
usado en la aplicación del fármaco. 
 
Metales Pesados: Son objetos, elementos o restos de estos en su uso, 
contaminados o que contengan metales pesados como: Plomo, Cromo, Cadmio, 
Antimonio, Bario, Níquel, Estaño, Vanadio, Zinc, Mercurio. 
 
Reactivos: Son aquellos que por sí solos y en condiciones normales, al mezclarse o 
al entrar en contacto con otros elementos, compuestos, sustancias o residuos, 
generan gases, vapores, humos tóxicos, explosión o reaccionan térmicamente 
colocando en riesgo la salud humana o el medio ambiente. Incluyen líquidos de 
revelado y fijado, de laboratorios, medios de contraste, reactivos de diagnóstico in 
vitro y de bancos de sangre. 
 
Aceites usados: Son aquellos aceites con base mineral o sintética que se han 
convertido o tornado inadecuados para el uso asignado o previsto inicialmente, tales 
como: lubricantes de motores y de transformadores, usados en vehículos, grasas, 
aceites de equipos, residuos de trampas de grasas”7. 
 
 
 
 
6 Ibíd. 
7 Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos. Universidad Nacional de Colombia. Sede Medellín. Noviembre 2007. p, 10. 
 
RESUMEN 
 
La actividad minera en Colombia es de gran importancia para la economía 
nacional, razón por la cual existe un bloque normativo que incluye la legislación 
nacional e internacional. En el Rio Dagua – Valle del Cauca, se está presentando 
una explotación indiscriminada de sus cuencas, causando graves daños al medio 
ambiente y a la comunidad, y por lo tanto incumpliendo la legislación vigente. 
 
 
SUMMARY 
 
Mining in Colombia is of great importance for the national economy, which is why 
there is a legal block that includes national and international legislation. In the Rio 
Dagua - Valle del Cauca, it is presenting an indiscriminate exploitation of their 
sockets, causing serious damage to the environment and the community, and 
therefore in breach of the legislation. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
INTRODUCCIÓN 
 
El sector minero actualmente es uno de los sectores económicos que más recibe 
atención por parte del gobierno y la ciudadanía, razón por la cual hace parte de 
una de las cinco estrategias gubernamentales del actual presidente Juan Manuel 
Santos que se conocen como las “locomotoras del desarrollo”. 
 
El Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para todos”, hace énfasis en las 
locomotoras del desarrollo para señalar aquellos sectores que avanzan o deberían 
avanzar más rápido que el resto de la economía. Este es el caso del sector de la 
minería”8. 
 
Según los defensores de la locomotora minero- energética, esta traerá 
prosperidad y desarrollo para las regiones, favoreciendo la inversión extranjera, 
aumentado las opciones de empleo, generando un mínimo impacto al medio 
ambiente y los ecosistemas en general. Además, las regalías y los diferentes 
planes de mitigación son suficientes para subsanar los costos ambientales 
ocasionados durante la etapa de explotación minera. 
 
Sin embargo, los opositores a estos planes de expansión y explotación de la 
locomotora minero-energética, señalan que las expectativas son falsas y por el 
contrario el país terminará perdiendo. 
 
Esta problemática se evidencia en el Valle del Cauca, puntualmente en el Río 
Dagua; donde los efectos de una descontrolada explotación ha sido bastante 
negativa, debido a la contaminación del agua que a su vez afecta el alimento de 
los peces, afectando la salubridad de las especies más consumidas por los 
 
8 VARGAS, F; POLANIA, A. Las locomotoras del desarrollo: Minas, energía e innovación. Departamento Nacional de Planeación. 
Bogotá, Colombia. 2011. https://revistaing.uniandes.edu.co/pdf/A2%20D.pdf 
 
habitantes del sector como el pez ronco, la mojarra y la corvina, considerándolos 
no aptos para el consumo humano. 
 
La actividad minera no solo pone en riesgo el funcionamiento de la actividad 
pesquera de la región, sino que además, se ha convertido en una problemática 
ambiental; a raíz que los residuos peligrosos desechados por esta actividad. 
 
Ante la problemática expuesta, es importante recordar que una de las principales 
características de la Constitución de 1991, es su amplio articulado dedicado a la 
protección del medio ambiente, al punto de ser reconocida como la “Constitución 
Verde”, y que a su vez a derivado en una nueva legislatura proteccionista del 
medio ambiente que actualmente se ve transgredida por las malas prácticas. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1 CAPITULO I. CONTAMINACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DERIVADO DE LA 
EXPLOTACIÓN MINERA 
 
1.1 ANTECEDENTES 
 
En cuanto al origen histórico de la minería en Colombia, cabe resaltar que es una 
actividad bastante antigua, que desde un principio estaba enfocada a la 
explotación y extracción de las minas y sus recursos, como medio para mejorar la 
calidad de vida en ese entonces. 
“Surge aproximadamente en 1500 en Antioquia, como una actividad de la colonia 
española que se caracterizaba por ser una institución más que todo esclavista, 
desconociendo desarrollos tecnológicos y obviando por completo el medio 
ambiente. De hecho los primeros esfuerzos colonizadores, así como los relatos más 
antiguos de los primeros europeos, estaban encaminados casi en su mayoría en 
llevar a España las riquezas que estaban por recoger, particularmente oro, plata y 
perlas9. 
 
La minería ha sido una actividad económica central en Colombia desde la época 
precolombina. Las diferentes culturas indígenas desarrollaban trabajos de 
cerámica y orfebrería altamente valorados. En un comienzo, la actividad minera 
dio origen al comercio regional caracterizado por el trueque de varios minerales. 
Posteriormente, durante la época de la Colonia la minería creció en grandes 
proporciones y con ello se abrió paso al comercio de esclavos africanos. Los más 
favorecidos con el régimen colonial fueron quizás los comerciantes antioqueños, 
quienes transportaban el oro en polvo a otras regiones de la Nueva Granada y al 
exterior, con el objetivo de intercambiarlo por otras mercancías como textiles y 
alimentos. Así mismo, la población de zonas deshabitadas en esta región se debió 
en gran medida ala búsqueda de oro. 
En contraste con la sed de riqueza de los españoles, los aborígenes veían en estos 
metales una relación diferente estrechamente relacionada con rituales religiosos, 
"aunque no disponían para el trabajo sino de imperfectos instrumentos de piedra y 
de madera" escribe Vicente Restrepo en su libro Estudio sobre las minas de oro y 
plata en Colombia. Sin embargo, después de cinco siglos se siguen utilizando 
 
9 GÓMEZ, Laura. Minería ilegal desde el siglo XVI. Minería ilegal, un fenómeno con 300 años de historia. 
http://contrapunto.co/index.php?module=nota&i=19-mineria-ilegal-desde-el-siglo 
 
métodos rudimentarios de explotación donde personas que, al igual que en el siglo 
XVI, ignoran al Estado y sus regulaciones en busca de una promesa de riqueza y 
poder. 
 
De la misma manera, existía alguna normatividad minera durante esta época, por 
ejemplo en 1504 se instauro el quinto real a la producción minera, que se constituía 
como un impuesto, que "cobraba en las casas de fundición, establecimientos 
instaurados por la corona como mecanismos de control sobre la producción y la 
circulación del oro" Cuenta María Mercedes Botero en su libro La ruta del oro, una 
economía primaria exportadora Antioquia 1850-189010. 
 
Para el periodo de la Republica, la actividad minera, representada casi en su 
totalidad por la explotación de oro y piedras preciosas, ya gozaba de una posición 
aventajada frente a otros sectores básicos como la agricultura. El avanzado 
comercio de la región antioqueña produjo importantes excedentes, que al ser 
acumulados por la clase comerciante, permitieron la creación de la Sociedad 
Minera en Antioquia. 
Con la llegada de la independencia, y el comienzo del poder legislativo, en 1824 el 
Congreso expidió "la Ley sobre la exportación de frutos y producciones", la cual 
prohibió la exportación por los puertos del país de la plata en pasta y el oro en barra 
o polvo. Permitiendo esta solamente cuando el oro estuviera amonedado y se 
pagara el 3 por ciento de impuesto por su exportación. Esta medida, aunque fue un 
esfuerzo por lograr algún control sobre la producción minera, denota la debilidad 
institucional que hoy parece persistir, ya que no se estaba en capacidad de regular 
cada mina y cada producción. A pesar de la reglamentación adoptada, muchas 
veces las autoridades no tuvieron el control total de las exportaciones del oro debido 
a su gran valor y a la evasión del impuesto. Por lo mismo se tendió al 
contrabando”11. 
 
“En el territorio colombiano, antes de la conquista, los indígenas explotaban y 
elaboraban el oro para ornamentos, adornos, alhajas y utensilios domésticos, 
sirviendo este metal también como medio de cambio por mercancías de toda clase - 
trueques de oro u objetos decorativos de oro por sal. Los conquistadores despojaron 
primero a los indígenas, los sacaron de las sepulturas (guacas) y poco después en 
su afán por conseguir oro se dedicaron a la búsqueda de yacimientos y la 
explotación de aluviones y filones con los indígenas y los esclavos. 
 
En el siglo XVII los españoles habían completado la exploración de las regiones 
auríferas que se conocen en Colombia y habían emprendido trabajos de 
explotación. A principios de este siglo se había iniciado labores productivas en 
 
10 Ibíd. 
11 GÓMEZ, Laura. Minería ilegal desde el siglo XVI. Minería ilegal, un fenómeno con 300 años de historia. 
http://contrapunto.co/index.php?module=nota&i=19-mineria-ilegal-desde-el-siglo 
 
Barbacoas y en la segunda mitad del siglo entraron en producción los aluviones del 
Chocó y del Darién, donde se obtuvieron grandes cantidades de oro, lo que condujo 
a que la participación de Colombia en la producción mundial aumentara casi al 40% 
superando la participación del siglo XVI que ascendía 18% únicamente. 
 
El progreso de la industria minera, la primera que los españoles establecieron en el 
país, seguía en marcha de forma muy lenta debido a que los métodos utilizados 
para la explotación eran muy imperfectos. Antes de la llegada de los españoles los 
indígenas la realizaban a pequeña escala de manera artesanal y sus legados 
pasaron de generación en generación”12. 
 
La evolución favorable de la minería en el pasado ha llevado a que la explotación, 
la producción y la exportación de oro hayan sido catalogadas como las actividades 
económicas más antiguas y unas de la mayor importancia para el país. Durante 
buena parte del siglo XIX la exportación de este metal, acompañada de las de la 
plata y el platino, permitieron equilibrar la balanza comercial y se convirtieron en 
una importante fuente de atracción de inversión extranjera. Hasta los últimos años 
de este siglo, los metales preciosos permanecieron como los únicos productos 
significativos de la minería colombiana.13 
 
Respecto al contexto histórico de la minería, en los primeros años del siglo XX, 
comenzaron a surgir y a tomar importancia otros elementos dentro de esta 
actividad, ampliando de esta manera los materiales utilizados en la minería. Para 
el año 1910, empiezan las primeras manifestaciones de explotación del carbón en 
pequeñas cantidades, a partir de la utilización de máquinas de vapor que recién 
llegaban al país. 
 
Debido a que en ese tiempo el carbón obtenido se presentaba en pequeñas 
cantidades, la producción alcanzada era utilizada directamente en la industria 
manufacturera y para garantizar el funcionamiento de las locomotoras, dependían 
del carbón para su desplazamiento. 
 
12 GUTIÉRREZ, Jenny. Propuesta de fortalecimiento organizativo, administrativo y de prácticas culturales a la asociación de mineros 
Miraflores. Universidad Tecnológica de Pereira. 2010. 
13 CARDENAS, Mauricio; REINA Mauricio. La Minería en Colombia: Impacto Socioeconómico y Fiscal. [en línea] [10/04/2016] 
disponible en: http://www.repository.fedesarrollo.org.co/bitstream/11445/893/6/CDF_No_25_Abril_2008_Esp.pdf 
 
 
El hecho de haber explorado en la utilización de nuevos materiales en la minería, 
represento una posibilidad para comenzar a usar elementos de construcción 
como: yesos, y arcilla, entre otros; que formaron parte de la base que impulso la 
industria de la construcción, en este tiempo se abrió paso a la explotación de 
otros componentes que finalmente fueron empleados como insumo para la 
producción de materiales como: plásticos y vidrios. 
En los años noventa, el desarrollo del sector minero se caracterizó por un 
dinamismo importante, con tasas de crecimiento evidente ante los niveles de 
desempeño de otros sectores. Lo que se conoce actualmente del sector minero es 
una consecuencia directamente del crecimiento que inicio desde los años noventa, y 
a la exploración de nuevos minerales, la utilización de nuevos métodos para la 
obtención de materiales y el acceso a los mercados internacionales14. 
 
La minería ha ganado participación dentro de la actividad económica del país 
durante los últimos 35 años. De hecho, el sector de explotación de minas y canteras 
pasó de representar el 1.6% del PIB en 1975 a representar el 11.3% del PIB en 
2012.15. 
 
Aunque existe un crecimiento en Colombia en el sector Minero, no es suficiente 
para ser considerado un país netamente minero, pero es un país con un potencial 
enorme para lograr un desarrollo minero competitivo, el problema radica en que a 
nivel nacional surgen dos situaciones, los lugares que no se han explorado y que 
cuentan con recursos mineros, y en otros casos la sobreexplotación de algunas 
reservas de minerales. 
 
Frente al tema de la minería en Colombia, Cárdenas y Reina señalan que: “La 
minería ha tenido un auge notable en los últimos años. Al incremento de los 
precios de varios de sus productos en los mercados mundiales se agrega el 
dinamismo que ha tenido los flujos deinversión de las grandes empresas mineras 
internacionales”. 
 
14 Ibíd. 
15 ESCOBAR Andrés & MARTÍNEZ Humberto. El Sector Minero Colombiano. [en línea] [05 de Enero de 2015]. Disponible en: 
http://www1.upme.gov.co/sites/default/files/forum_topic/3655/files/sector_minero_colombiano_actual_trayectoria_organizacion_industri
al_distancia_frontera_tecnologica.pdf 
http://www1.upme.gov.co/sites/default/files/forum_topic/3655/files/sector_minero_colombiano_actual_trayectoria_organizacion_industrial_distancia_frontera_tecnologica.pdf
http://www1.upme.gov.co/sites/default/files/forum_topic/3655/files/sector_minero_colombiano_actual_trayectoria_organizacion_industrial_distancia_frontera_tecnologica.pdf
 
América Latina no ha sido ajena a ese fenómeno y hoy muchos países de la 
región se benefician de un notable aumento de los flujos de inversión extranjera y 
un auge significativo de exportaciones de la minería. Este inusitado dinamismo se 
ha dado en momentos en que ha surgido un nuevo paradigma, basado en la 
revisión de la experiencia de varios países, que afirma que la minería puede ser 
motor de desarrollo. 
 
Si bien el país ha tenido una estabilidad macroeconómica reconocida desde años 
atrás, sus instituciones adolecen de una gran fragilidad, lo que se ha traducido en 
una baja presencia del Estado en amplias zonas del país y en una preocupante 
percepción de importantes niveles de corrupción relativa en los estudios 
internacionales. 
 
A pesar de ello, la minería ha tenido un impacto económico significativo en los 
últimos años. Después de haber tenido un desempeño modesto en los años 
noventa, desde comienzos de esta década la minería colombiana registro un 
dinamismo importante. 
 
Este hecho se manifiesta en que el sector ha tenido tasas de crecimiento 
superiores a las presentadas por otros segmentos productivos como 
manufacturas, energía, servicios personales, agropecuario, silvicultura y pesca16. 
 
De acuerdo con lo anterior, Colombia por su riqueza natural, ofrece una cantidad 
de ventajas para el desarrollo de la actividad minera a gran escala, muchas de las 
reservas han ofrecido el insumo para lograr la producción del carbón, níquel y 
metales preciosos que han permitido a la minería actual lograr la proyección y el 
ingreso al exigente mercado internacional. A mediana y pequeña escala, ha 
tenido un desarrollo significativo el cual ha permitido encontrar en este aspecto un 
 
16 CARDENAS, Mauricio; REINA, Mauricio. La minería en Colombia: Impacto socio económico y fiscal. [en línea] [10/04/2016] 
disponible en: http://www.repository.fedesarrollo.org.co/bitstream/11445/893/6/CDF_No_25_Abril_2008_Esp.pdf 
 
medio para estructurar el sustento económico, generar empleo y contribuir con el 
crecimiento de la economía nacional. 
 
Parte del dinamismo que ha tenido la minería en Colombia y su crecimiento se 
deben al potencial geológico y minero que ofrece la riqueza natural existente, lo 
cual ha llevado que durante muchos años la explotación minera forme parte de los 
sectores que impulsa la economía y contribuye a la generación de empleo. 
 
1.2 IMPORTANCIA DEL SECTOR MINERO-ENERGÉTICO EN LA POLÍTICA 
DE ESTADO CONOCIDA COMO “LAS LOCOMOTORAS DE LA 
ECONOMÍA” 
 
A nivel nacional la minería ha sido considerada como un sector estratégico y de 
gran importancia para la economía colombiana, teniendo en cuenta que la minería 
se compone de la producción de carbón, ferroníquel y oro. Por ello, Colombia es 
reconocida como un país privilegiado por su riqueza natural, al que le pertenecen 
las mayores reservas de carbón que hay en Latinoamérica al igual, el país tiene la 
mayor producción de carbón en el continente lo que hace mención a la cantidad 
de recursos que tiene a nivel minero. 
 
Cerca del 90% de la producción de carbón que hay en Colombia, proviene de los 
yacimientos ubicados en la zona del noroeste colombiano, más exactamente del 
Cesar y la Guajira, que son manejados por parte de las empresas de carbones; en 
los que se iniciaron las primeras actividades en el año 1985. Otra de las zonas 
productoras de carbón es el Departamento de Boyacá ubicado en la parte centro 
nororiental del territorio colombiano, que tiene un volumen de producción de 
carbón y con cerca de 870 minas en esta zona. 
 
Pero en Colombia no solo el carbón es uno de los elementos que impulsa la 
minería, sino que también el níquel es otro de los productos que destaca en este 
 
campo, al punto que Colombia ha sido considerada como el mayor productor de 
Latinoamérica, seguido de países de Brasil y Cuba. 
 
De acuerdo con la importancia que tiene la minería para el país, en los últimos 
años se ha hecho referencia a la necesidad de fortalecer al sector minero, con el 
objetivo de generar un crecimiento evidente con una mayor participación en el 
mercado internacional; respecto a este tema el plan de Desarrollo 2014-2018 
menciona: 
El sector minero energético jugara un papel clave en garantizar el desarrollo 
económico sostenido e inclusivo. Su tarea será, por un lado, asegurar que la 
economía tenga fuentes de energía competitivas que le permitan a la economía 
crecer y generar empleo, mientras que al dar acceso a energía y combustibles 
contribuirá de forma directa en la reducción de la pobreza. Por otro lado, el sector 
generara importantes recursos para financiar las inversiones que van a requerir la 
construcción de la paz, la educación y las políticas sociales en la lucha contra la 
desigualdad. Ello porque el PND busca que el mencionado sector consolide su 
papel en la economía, para lo cual prevé que se deben brindar las condiciones para 
promover el máximo aprovechamiento de los recursos naturales, tanto renovables 
como no renovables, bajo los más altos estándares ambientales y sociales, en 
articulación con las demás políticas sectoriales, las autoridades territoriales y la 
sociedad civil17. 
 
Para el gobierno nacional, el hecho de impulsar el crecimiento del sector minero 
hace parte de un objetivo a mediano y largo plazo, para lo cual se debe dar a paso 
a nuevas políticas públicas y de regulación ambiental a fin de disminuir los efectos 
sociales y ecológicos ocasionados por esta actividad. Dentro de las políticas 
públicas que se mencionan en el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018: 
Alinear una política de mediano y largo plazo, que integre los diversos instrumentos 
de planeación existentes y que defina estrategias y regulación diferenciada para los 
distintos tipos de minería, de acuerdo a la escala de producción, grupos de 
minerales, métodos de explotación y formalidad, entre otros propósitos, con el fin de 
brindar señales claras y estables a los inversionistas; (II) desarrollar una estrategia 
de crecimiento verde anexa a la de transformación del campo, gracias a que “la 
mayoría de metas ambientales está asociada con la conservación y explotación 
sostenible de nuestros recursos naturales”; (III) implantar un licenciamiento 
ambiental “oportuno, con rigor y celeridad” para superar “los atrasos en proyectos 
…, producto de la desarticulación institucional y la falta de desarrollos normativos 
específicos y la calidad de los estudios ambientales presentados por el sector 
 
17 Departamento Nacional de Planeación. Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018. 
 
privado …”; (IV) definir, por parte del Ministerio de Minas y Energía, “un listado de 
prioridades en términos de guías de buenas prácticas mineras, reglamentos 
técnicos protocolos, manuales y demás herramientas que considere necesarias para 
establecer los lineamientos técnicos del sector para lo cual deberá involucrar a las 
entidades necesarias”; (V) terminar de “implementar el Catastro y el Registro 
Minero, los cuales deben ser herramientas funcionales,confiables y de fácil acceso 
con información detallada por mineral y a escalas apropiadas … con (información 
sobre) zonas excluidas y excluibles de la minería, títulos y solicitudes vigentes y 
demás información que sea de interés para la institucionalidad minera, los 
inversionistas y la ciudadanía18. 
 
El Gobierno Nacional en su afán de generar políticas, que influyan en el 
crecimiento de los sectores de la economía, en los últimos años ha puesto sus 
esperanzas en las denominadas: “Locomotoras de la Economía”; que fueron 
mencionadas por primera vez, en la presidencia Misael Pastrana, que hizo 
referencia al Plan de las Cuatro Estrategias una serie de políticas fueron tomadas 
en cuenta por los gobiernos siguientes como una alternativa para generar el 
crecimiento de los sectores de la economía, a fin de hacer frente a problemáticas 
como la pobreza y el desempleo. 
 
El presidente actual Juan Manuel Santos, retomo la idea planteada por gobiernos 
anteriores, con la excepción que hizo referencia a las “Locomotoras de la 
Economía” como una serie de políticas enfocadas a la generación de empleo y el 
crecimiento de la economía. Son cinco las locomotoras de la economía, de las 
cuales dos tiene un carácter transversal relacionado con el tema de la 
infraestructura y la innovación, y las otras tres estrategias se enfocan temas: la 
vivienda, agricultura y minería. 
 
Respecto a las “locomotoras” definidas por el Gobierno Nacional, el sector minero-
energético es considerado como el aspecto que puede generar mayor influencia al 
momento de jalonar el desarrollo de los otros sectores, por ello es importante 
considerar que el sector minero-energético representa. 
 
19 GARAY, Luis Jorge. La minería en el Plan de Desarrollo 2014 – 2018. La paz y el crecimiento: el papel de la minería. Bogotá, DC. 
2015. 
 
 
El Sector minero-energético representa, como lo señala el PND, “la oportunidad que 
tenemos de aprovechar de manera responsable nuestra riqueza en recursos 
naturales para generar crecimiento sostenible y mayor equidad social, regional e 
intergeneracional. Las elevadas proyecciones de producción de petróleo y carbón 
para los próximos años, las estimaciones al alza de los precios internacionales de la 
canasta minero-energética y la creciente actividad de exploración en el territorio 
nacional, muestran claramente el papel crucial que tendrá este sector en la 
economía colombiana en los próximos años”. 
Desde el punto de vista de nuestras competencias, y tal como se señala, el 
desarrollo del sector minero-energético viene atado a una enorme responsabilidad 
de gestión ambiental. El desarrollo de esta locomotora no puede ir en contravía de 
la sostenibilidad del país, de las políticas de conservación y de la prevención de 
efectos adversos sobre la salud humana.19 
 
Lo que ha propuesto en el Plan de Desarrollo 2014 - 2018, es lograr afianzar el 
sector minero – energético a tal punto que sea posible consolidarlo como un eje 
central de la economía nacional, para ello es necesario continuar con los niveles 
de crecimiento que ha logrado el sector minero, gracias a la explotación del 
petróleo que se ha mantenido en aceptables niveles de producción; a esto se 
suma la producción de carbón y la exploración de los recursos mineros existentes 
en el país. 
 
Una de las medidas implementadas por el Estado Colombiano para promover el 
desarrollo del sector minero – energético, ha estado enfocada en promover la 
inversión nacional e internacional, como elemento para explorar el uso de nuevos 
recursos mineros y energéticos; al mismo tiempo que se pretende fortalecer el 
sector, implementando políticas relacionadas con el manejo ambiental, y el uso de 
los recursos mineros - energéticos. 
 
Al respecto conviene decir que el Plan de Desarrollo, se ha mencionado 
reiteradamente la importancia de generar un crecimiento importante del sector 
minero – energético, para lograr influir en el desarrollo de otros sectores como: la 
agricultura y vivienda. 
 
19 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA, AGENCIA NACIONAL MINERA, SERVICIO GEOLÓGICO, UNIDAD DE PLANEACIÓN 
MINERO ENERGÉTICA. Preguntas Audiencia Pública 2012. [En línea]. [15 de abril de 2016]. Disponible en: 
https://www.minminas.gov.co/documents/10180/557548/PREGUNTAS+Audiencia/42a1961e-e004-405f-b2f4-ca0dce25b3ce 
 
 
Finalmente si se entra a evaluar los resultados obtenidos en el Plan Nacional de 
Desarrollo y “las locomotoras de la economía”, se encuentran ante una realidad 
evidente y es que han sido pocos los avances obtenidos; esto lleva a considerar 
que no ha sido posible alcanzar lo planteado. 
En el sector de la minería los resultados son evidentes, al punto que se ha 
considerado que esta “locomotora marcha a todo vapor”, haciendo referencia al 
hecho de que se han logrado cifras record en materia de producción, parte de esto 
se debe a la puesta en marcha de la reforma realizada por el Gobierno Nacional 
en donde se utilizaron las regalías; que resulto siendo un mecanismo afectivo para 
dejar de un lado la desigualdad y al mismo tiempo actuó como elemento para 
fomentar el desarrollo en el sector. 
 
Sin embargo no todo en el sector es como se espera; debido a que la minería 
ilegal se ha convertido en una problemática bastante grave, no solo por el 
desequilibrio económico que genera para esta actividad realizada bajo los 
parámetros de la ley; sino también por la cantidad de efectos negativos que esta 
actividad que genera a nivel ambiental cuando se realiza desde la perspectiva 
ilegal. 
 
1.3 EFECTOS OCASIONADOS POR LA EXPLOTACIÓN MINERA A NIVEL 
AMBIENTAL 
 
La minería ha ido ganando importancia a medida que ha crecido y ha contribuido 
con la economía nacional, sin embargo los efectos de esta actividad han generado 
problemas a nivel ambiental y social, al punto de considerar que: 
El contexto ambiental de la minería Colombiana esbozado, denota un alto grado que 
la explotación minera de Colombia incumple con los parámetros constitucionales a 
la protección al ambiente, situación que se puede presentar debido a factores 
culturales como la falta de conciencia y sentido de pertenencia del sector minero 
frente al impacto ambiental de su actividad; así como también a la poca presencia, 
 
seguimiento y control frente a la explotación de los recursos naturales no renovables 
por parte del Estado20. 
 
Aunque las actividades mineras, representan un elemento que contribuye al 
crecimiento de la economía y la generación de empleo, no se puede desconocer la 
cantidad de efectos negativos y que se presentan a nivel ambiental por causa de 
la explotación minera, algunos de los efectos son: 
 
a. Daño a la tierra. 
 
Los países desarrollados tienen una mayor proporción de terrenos perturbados por 
la actividad minera que los menos desarrollados. El grado de recuperación de 
esos terrenos es creciente y muchos hoyos antiguos se han utilizado para botar 
desperdicios de minas antiguas o domésticas. Otras áreas mineras han sido 
transformadas en reservas naturales o parques recreativos. En el futuro las minas 
producirán menos deshechos ya que las labores son rellenadas con los mismos 
(corte y relleno). 
 
b. Liberación de sustancias toxicas. 
 
Los metales no solo son importantes para el uso que hacemos de ellos, sino 
también son parte integral de nuestra naturaleza y de otros organismos vivos. Sin 
embargo, así como hay elementos metálicos que son componentes esenciales 
para los organismos vivos, las deficiencias o excesos de ellos pueden ser muy 
perjudiciales para la vida. En el medio natural los excesos pueden ganarse por 
drenajes de minas, de desmontes o de relaves mineros. Algunos metales, como 
cadmio y mercurio, y metaloides como antimonio o arsénico, los cuales son muy 
comunes en pequeñas cantidades en depósitosmetálicos son altamente tóxicos, 
aun en pequeñas cantidades, particularmente en forma soluble, la cual puede ser 
 
20 NARANJO, Mónica, RODRÍGUEZ, Eduardo; DUQUE, Ediver. Minería y medio ambiente en el Estado colombiano: una perspectiva 
constitucional y legal a la luz del Plan Nacional de Desarrollo. Universidad de Manizales. 2010. 
 
absorbida por los organismos vivos. Lo mismo se aplica al plomo, pero 
afortunadamente este metal es bastante reactivo a menos que sea ingerido y la 
mayoría de los minerales naturales de plomo son muy insolubles en aguas 
subterráneas. 
 
El cianuro mismo no es un problema ya que se descompone bajo la influencia de 
los rayos ultravioleta en las capas superficiales. La recuperación de los elementos 
tóxicos en actividad minera puede plantear problemas de almacenamiento de los 
mismos21. 
 
c. Drenaje acido de minas. 
 
Las aguas generadas por la minería actual o pasada resultan de la oxidación de 
minerales sulfurados principalmente pirita en presencia de aire, agua y bacterias. 
La pirita es uno de los sulfuros más comunes y abundantes asociados a 
mineralización hidrotermal y normalmente es parte de la ganga siendo incorporada 
en los desechos mineros (desmontes o relaves) y su oxidación produce ácido 
sulfúrico y óxidos de hierro. Las aguas acidas atacan otros minerales, produciendo 
soluciones que pueden acarrear elementos tóxicos al medio ambiente. Ejemplo: 
cadmio o arsénico. La generación de aguas acidas pueden ocurrir durante la 
exploración, operación y cierre de una mina. Esta agua puede venir de tres 
fuentes principales: sistemas de desagüe de minas, tranques de relaves y 
desmontes. Estas descargas pueden producir desde algunos efectos menores 
como decoloración local de los suelos y drenajes con precipitación de óxidos, o 
llegar a una extensa polución de sistemas de ríos y tierras de cultivo. 
 
d. Salud y seguridad de los trabajadores. 
 
 
21 CARDENAS, Mauricio; REINA, Mauricio. La minería en Colombia: Impacto socio económico y fiscal. [en línea] [10/04/2016] 
disponible en: http://www.repository.fedesarrollo.org.co/bitstream/11445/893/6/CDF_No_25_Abril_2008_Esp.pdf. 
 
Existe el riesgo de exposición de los trabajadores mineros a materiales tóxicos 
derivados de las menas en las minas, plantas y fundiciones y a los reactivos 
químicos utilizados en el procesamiento de menas, para lo cual deben 
considerarse las medidas de protección adecuadas. En minas de uranio y plantas 
de tratamiento la exposición a radiación debe ser mínima, la cual requiere que 
estas minas tengan un alto nivel de ventilación para remover el polvo de mineral y 
el gas radón. 
 
e. Polvo. 
 
El control de polvo debe ser impresionante en cualquier mina en la cual se genere 
polvo silíceo puesto que este puede producir silicosis y enfermedades pulmonares 
asociadas. El polvo debe ser mantenido en un mínimo en las minas y áreas 
industriales asociadas para proteger a los mineros y habitantes locales. 
 
f. Ruido. 
 
Las operaciones mineras, plantas y fundiciones usualmente tienen altos niveles de 
ruido. Este es uno de los peligrosos ocupacionales más comunes y los 
trabajadores deben ser adecuadamente protegidos de ruidos peligrosos o niveles 
de ruidos distractivos. 
 
g. Desmontes y relaves. 
 
La minería frecuentemente involucra mover mucho material estéril o de leyes no 
económicas y depositarlos en desmontes en las cercanías de las minas; así 
mismo el procesamiento del mineral produce relaves que deben almacenarse en 
 
condiciones que no afecte el drenaje local y que no hayan escapes o infiltración de 
sustancias perjudiciales22. 
 
Considerando los efectos ocasionados a nivel ambiental por parte de la actividad 
minera, es importante tener en cuenta que esta problemática tiene que ver en 
muchos casos con la fragilidad en las políticas ambientales, debido a que en 
Colombia para llevar a cabo una etapa de exploración para un proyecto minero, no 
es necesario solicitar una Licencia Ambiental, solo se deben tramitar permisos 
ambientales los cuales son otorgados por la Corporación Ambiental ubicada en el 
lugar. 
 
La minería ilegal se ha ido incrementando, ha ido tomando mayor fuerza y los 
efectos han sido más evidentes, actividad que ha ocasionado cambios 
estructurales en los ecosistemas, debido al nivel de contaminación que se ha 
presentado en los recursos hídricos, la deforestación, y demás efectos que 
continúan generando desgaste en el medio ambiental. 
 
Frente a este tema: Leonardo Gonzales destaca que los efectos ambientales 
ocasionados por la explotación minera son: 
 Deforestación de extensas áreas de bosques, excavación desordenada y 
desviación del cauce natural de los ríos. El deterioro de los ecosistemas, la 
contaminación de las fuentes hidrográficas y deforestación puede generar 
eventuales desastres naturales por fenómenos climatológicos (temporada de 
lluvias). 
 Deterioro de corrientes hídricas superficiales: aumento de sedimentos, 
contaminación con grasas y aceites, lodos de perforación y aguas residuales, 
sobredemanda del recurso compitiendo con las necesidades de abastecimiento 
de las poblaciones asentadas en el área, ocupación de causes, etc. 
 Contaminación de suelos. 
 Generación de residuos peligrosos: los residuos relacionados con los lodos de 
perforación, así como las grasas y aceites usados para el mantenimiento de las 
máquinas de perforación y vehículos. 
 Muchas veces quedan grandes perforaciones los ríos, luego de la explotación en 
los cuales se meten los peces y se contaminan. Según las comunidades lo más 
 
22 Ibíd. 
 
 
grave del cambio de los cauces del rio es que se pierde la comunicación fluvial 
(única en la zona); con la erosión del suelo se está dañando la “farmacia 
biológica”, plantas medicinales que solo nacen en lugares específicos. 
 Detrimento del suelo y la capa vegetal: la instalación de campamentos y 
plataformas de exploración requiere en algunos casos la remoción de la capa 
vegetal. 
 La utilización del mercurio y cianuro es indiscriminada y sin ningún control. Esto 
está ocasionando graves enfermedades a las comunidades y fauna de la región. 
 Afectación de acuíferos: nacimientos de agua. 
 Interrupción de los flujos de corrientes subterráneas, contaminación con lodos de 
perforación, disminución de caudales. 
 Desplazamiento de la fauna silvestre (en algunos casos se llega a la 
desaparición de especies acuáticas o terrestres)23. 
 
Los efectos ambientales derivados de la práctica de la minería ilegal o en 
condiciones inadecuadas ha causa, además de los efectos ambientales, efectos 
en las condiciones de vida de la comunidad, lo cual se ha convertido en un 
problema para el Estado, toda vez que se han presentados conflictos por la 
obtención de nuevos territorios que suponen un riesgo en la seguridad de la 
población. 
 
Tomando como punto de referencia los efectos ambientales ocasionados por la 
explotación minera, es importante mencionar los cambios generados en el Rio 
Dagua ubicado en el municipio de Buenaventura, el cual se caracteriza por: 
En Buenaventura se encuentra el mar con la selva. Este es el puerto más 
importante de Colombia sobre el Océano Pacifico, por donde entran y salen 
productos que representan al 60% de la economía del país. Fundado el 14 de julio 
de 1540 y ubicado a 128 km al occidente de Cali, este municipio se destaca por una 
gran biodiversidad y por paisajes abundantes en árboles y en los ríos caudalosos. 
 
La planillura del Pacifico comprende desde las estribaciones de la Cordillera 
Occidental hasta la Costa, y desde los límites con el Choco hasta el rio Naya; hasta 
el Norte de la planillura se ubica el estrecho longitudinal Valle del Rio Dagua, cuyas 
aguasfueron por muchos años prácticamente la única vía de acceso del Pacifico al 
Departamento. 
 
Buenaventura es un puerto de rada abierta, con protección natural dentro de una 
bahía interior abrigada. El territorio municipal es el de mayor extensión en el 
Departamento del Valle del Cauca y está comprendido desde las orillas del Océano 
 
23 GONZALES, Leonardo. Impacto de la minería de hecho en Colombia. Estudios de caso: Quibdó, Istmina, Timbiqui, Guapi, El 
Charco y Santa Bárbara. Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (INDEPAZ). Bogotá, 2013. 
 
Pacifico, hasta las cumbres de la Cordillera Occidental, en el sector de los 
Farallones de Cali, que le sirven de límite con los municipios de Jamundí y Cali. 
Limita por el norte con el Departamento del Choco; por el oriente con los municipios 
de Jamundí, Cali, Dagua y Calima Darién, por el sur con el Departamento del Cauca 
y por el occidente con el Océano Pacifico. Sus tierras se distribuyen así: Piso 
térmico cálido; 5.300 km2; medio: 640km2; frio: 58km2 y Paramo: 30km2. La zona 
costera está casi totalmente cubierta de mangle y presenta dos notables bahías: la 
de Málaga o Magdalena y la de Buenaventura, donde se encuentra la ciudad. Otros 
accidentes orográficos importantes son: el Golfo de las Tortugas, las ensenadas de 
El Tigre y Guineo y las puntas Magdalena, Piedra y Soldado. La mayor parte de sus 
tierras están cubiertas de selvas vírgenes ricas en madera, oro, platino y carbón; de 
extensas reservas petrolíferas aun sin explotar; quebradas y corrientes menores que 
descienden a la cordillera, así como por numerosos y caudaloso ríos, los cuales 
constituyen importante reserva hidráulica para el País; entre ellos se destacan los 
ríos Anchicaya, cuyo cause se aprovecha en una gran planta hidroeléctrica: Bongo, 
Cajambre, Calima, Dagua, Guapi, Guapicito, La Sierpe, Mallorquín, Naya, Natita, 
Raposo, San Agustín, San Cipriano, San Juan, Verde y Yurumangui. La mayoría de 
estos cuses son navegables, siendo utilizados por los industriales madereros que 
transportan sus productos desde apartados bosques hasta Buenaventura, centro 
principal para su comercialización24. 
 
Sin duda el Municipio de Buenaventura por su ubicación geográfica, es una zona 
privilegiada no solo porque es el puerto marítimo de mayor importancia en el 
Océano Pacifico contribuye de manera significativa con el desarrollo económico a 
nivel nacional, también por su clima y variedad de ecosistemas ofrece una riqueza 
paisajística que se ha convertido en un atractivo turístico a nivel internacional. 
 
Para tener una idea más clara de los efectos ocasionados en el Rio Dagua, es 
importante tener en cuenta que: 
La cuenta hidrográfica del Rio Dagua se encuentra localizada en el Departamento 
de Valle del Cauca, tiene su nacimiento en el corregimiento de San Bernardo, 
Municipio de Dagua, sobre los 2.000 msnm, cubre una superficie de forma triangular 
de 142.005 hectáreas, drenando sus aguas al océano Pacifico en la Bahía de 
Buenaventura. 
 
Según datos del 2007 de la CVC, constituía la corriente con mayor oferta superficial 
del departamento con 28,86 m3/s, y con un Índice de Escasez –IE, de 21.5%, 
evaluando como medio, que permite garantizar la oferta hídrica para uso en 
actividades agrícolas y el abastecimiento para consumo humano de los municipios 
que atraviesa. 
 
 
24 Alcaldía Distrital de Buenaventura, Valle del Cauca. (en línea). Disponible en: http://www.buenaventura.gov.co/ 
 
De acuerdo con la CVC, el rio Dagua se caracteriza por ser un rio trenzado inestable 
que presenta un estado de madurez moderada con un proceso de sedimentación 
consolidado, cuyas variaciones de corrientes fluctúan según el periodo climático y 
que han permitido la creación de depósitos detríticos de calibre moderado y de 
fábrica aleatoria clasto soportada. La turbiedad de sus aguas, proveniente de los 
procesos erosivos generados en la parte alta de la cuenca debido a los variados 
usos del suelo en su zona de influencia, y la explotación constante de material de 
arrastre, no permite el establecimiento de hábitats en su lecho25. 
 
 
1.4 SITUACIÓN ACTUAL DEL 
RIO DAGUA 
 
La minería ilegal en Colombia ha 
causado grandes daños en la 
ecología y economía nacional. 
 
La ilegalidad minera en Colombia se encuentra en el orden del 63%, está 
concentrada en la minería del oro, en primer lugar, y luego en las arenas y arcillas, y 
viene causando un elevado y preocupante impacto negativo sobre el medio 
ambiente, como se evidencia en el caso de las cuencas de los ríos Dagua (en el 
Valle del Cauca), y San Juan (en el Chocó). 
 
Así lo pone de presente un Informe Especial de la Contraloría General de la 
República sobre "La Explotación ilícita de recursos minerales en Colombia, que 
dice que no solamente se 
encuentra el Estado lejos del minero 
y su entorno, sino que su presencia es 
reemplazada fácilmente por grupos al 
margen de la ley, que asumen su papel 
en la ilegalidad: otorgan "permisos", 
cobran "impuestos", imponen a su 
manera un orden social, sancionan y 
condenan con la fuerza de las armas en 
total impunidad, al margen de la 
Constitución y la ley. 
 
Para la CGR, "El diseño de la política 
 
25 GUTIERREZ, Jorge; SALCEDO, Miguel; ZAPATA, Mauricio; PIZARRO, Alberto JIMÉNEZ, Elkin. La explotación ilícita de recursos 
minerales en Colombia. Casos Valle del Cauca (Rio Dagua) – Choco (Rio San Juan) Efectos sociales y ambientales. Contraloría 
General de la Nación. 
Ilustración 1. Durante 15 meses hubo explotación minera 
ilegal en el río Dagua. Foto: Jorge Orozco/El País. 
 
minera del país, su aplicación y desarrollo normativo en medio de la tolerancia de 
las autoridades territoriales, la desnaturalización y baja capacidad de la 
institucionalidad minera y ambiental, son factores que junto a las condiciones y 
características regionales, han propiciado en gran medida la actividad minera ilegal, 
dejando tras de sí un panorama poco alentador hacia el futuro si no se corrige el 
rumbo". 
 
Sostiene también que pretender convertir a Colombia en un País Minero sin 
tener en cuenta la realidad social, 
económica, ambiental y cultural de las 
regiones, tendrá consecuencias negativas en cada una de esas esferas de la 
vida de los pueblos, tal como se muestra en los dos casos que analizó en detalle 
este estudio (Dagua y San Juan). 
 
La Contraloría General de la República considera igualmente que, pese a todas las 
dificultades de tipo normativo y operativo que existen, para el control de la ilegalidad 
minera se necesitan acciones reales y contundentes, materializadas con el cierre de 
minas que funcionan al margen de la ley. 
 
El estudio, elaborado por la Contraloría Auxiliar para el Sistema General de 
Regalías, considera que la política pública minera está diseñada para que en el 
marco de la legalidad subsistan solo los empresarios fuertes. "Esta situación de 
ninguna manera favorece el desarrollo de la actividad a esa pequeña escala en el 
marco de la legalidad minera, sino por el contrario, aún para los empresarios no muy 
pequeños la incursión en la ilegalidad y las actuaciones ilegales es una opción 
razonablemente válida desde su perspectiva. 
 
Daño ambiental en Dagua y San Juan 
 
La CGR alerta también en este informe sobre el daño ambiental que está 
ocasionando la minería ilegal del oro, en las cuencas de los ríos Dagua (en el Valle 
del Cauca), y San Juan (en el Chocó). 
 
La explotación ilegal de oro en la 
cuenca del río Dagua vive un proceso 
de expansión a partir del año 2008, y 
presenta relación con la construcción 
de la Doble Calzada Buga-
Buenaventura, recordó el Contralor 
Auxiliar de Regalías, Leonardo Arbeláez 
Lamus. 
 
El río Dagua presenta erosión y 
socavación de sus márgenes, así como la pérdida de cobertura vegetal protectora y 
otrassituaciones que representan una seria amenaza por posibles deslizamientos, 
crecientes e inundaciones. También se presenta aprovechamiento forestal ilegal e 
impacto sobre la fauna. 
 
En el caso de la cuenca del río San Juan, en el Chocó, se encontró que la actividad 
Ilustración 2. Rio Dagua. Mina de Oro Zaragoza 
Ilustración 3. Explotación minera Rio Dagua. 
 
de minería ilegal del oro se desarrolla en condiciones que atentan contra la 
sostenibilidad del ecosistema, como la utilización de maquinaria (retroexcavadoras y 
dragas de succión); carencia de estudios y efectos ambientales; y destrucción de 
bosque por tala indiscriminada, los que acelera los procesos erosivos, aumenta la 
sedimentación y ocasiona así la pérdida de navegabilidad. 
El estudio señala que la explotación ilícita de minerales en el Chocó se realiza 
de manera antitécnica y sin ningún tipo de restricción ambiental. 
 
En el Chocó el valor total estimado de los ingresos no percibidos por tasa de 
uso y tasa retributiva durante el período 2007-2011 asciende a $34.545 
millones. Y los ingresos no percibidos por concepto de tala del bosque son del 
orden de los $10.008 millones durante el período 2007-2012.26 
 
Respecto a la ilegalidad de esta actividad en Buenaventura, el Gobierno Nacional 
ha puesto en marcha estrategias como: 
 …la posibilidad de que los mineros de hecho formalicen o legalicen su actividad, la 
primera, a través de la ley 141 de 1994, la segunda, a través de la Ley 685 de 2001, 
y la tercera, mediante la Ley 1382 de 2010. Es importante señalar que no ha sido 
muy afectiva la aplicación de estas normas en la práctica, pues, según las cifras 
oficiales, son muy pocas las personas que se han interesado por iniciar el proceso 
de legalización, dada la gran cantidad de minas de hecho que existen en el país; y 
de las pocas que iniciaron el trámite, menos del 1% obtuvieron los permisos 
exigidos por las autoridades menores y ambientales, lo cual muestra la deficiente 
difusión, la falta de apoyo técnico y jurídico los altos requisitos para los mineros de 
hecho en el marco de los programas de legalización de esta actividad por parte del 
Estado27. 
 
Queda claro, que la explotación minera realizada de manera licita o ilícita genera 
efectos negativos sobre el medio ambiente; pero hay que aclarar que la 
explotación minera ilegal ocasiona mayor cantidad de efectos sobre los 
ecosistemas, las condiciones de los suelos, ríos y demás fuentes de agua, 
especies animales y para el ser humano; el cual depende en muchos casos de 
estos medios naturales para garantizar la subsistencia. 
 
Lo que complica aún más esta situación, es que las autoridades ambientales 
hacen poco al respecto, y aunque se proponen estrategias ante la problemática no 
 
26 DINERO. No hay freno a la minería ilegal. [En línea]. [15 de abril de 2016]. Disponible en: http://www.dinero.com/pais/articulo/no-
freno-mineria-ilegal/181324 
27 PARRA, Adela. Explotación minera en la cuenca del Rio Dagua. Universidad ICESI. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Cali, 
Colombia. 2014. 
http://www.dinero.com/pais/articulo/no-freno-mineria-ilegal/181324
http://www.dinero.com/pais/articulo/no-freno-mineria-ilegal/181324
 
se llevan a la práctica y por ende los daños ambientales continúan, como es el 
caso del Rio Dagua ubicado en el municipio de Buenaventura y el Rio San Juan 
en el Choco; entre otras muchas zonas de en donde se presenta este mismo 
panorama. 
 
 
 
1.5 NORMAS REGULADORAS DE LA MINERIA. 
 
1.5.1 POLÍTICAS PÚBLICAS 
 
El Gobierno Nacional para el desarrollo de toda esta normatividad estableció 
políticas públicas, que tienen por objetivo “Definir el camino que debe seguir el 
sector para su óptimo desarrollo y poder aprovechar las ventajas que le brinda al 
país desarrollar la industria de los recursos minerales”28. Estas políticas se basan 
en tres aspectos fundamentales: 
 La necesidad de posicionar a Colombia, como destino prioritario de las 
inversiones mineras, a través de la “Política de Promoción de Colombia 
como país minero”; 
 Fortalecer la institucionalidad minera para darle un adecuado servicio al 
usuario, por medio de la Política de Administración del Recurso Minero”; 
 Reconocer la existencia en el país de una minería local de pequeña 
escala que requiere un mayor apoyo del gobierno para incorporar todo lo 
necesario a nivel empresarial y económico con el fin de lograr adecuados 
niveles de seguridad industrial, y con la “Política de Mejoramiento de la 
Productividad y la Competitividad del sector minero” darle la legalidad, 
sostenibilidad que este sector requiere.29 
 
1.5.2 PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO 
AMBIENTE 
 
 
28 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA. Colombia Minera. [En Línea]. [15 de Abril de 2016]. Disponible en: 
http://www.simco.gov.co/Portals/0/archivos/Cartilla_Mineria.pdf 
29 ibíd. 
 
El medio ambiente se define como el “entorno que afecta y condiciona 
especialmente a las circunstancias de vida de las personas o la sociedad en su 
conjunto. Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales 
existentes en un lugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del 
hombre y en las generaciones venideras. Es decir, no se trata solo el espacio en el 
que se desarrolla la vida sino también abarca seres vivos, objetos, agua, suelo, 
aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la 
cultura30. 
 
La protección del medio ambiente se incluye dentro los derechos colectivos 
definidos en la constitución, leyes ordinarias y tratados de Derecho Internacional, 
los cuales son: 
a. El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la 
Constitución, la ley y las disposiciones reglamentarias; 
b. La moralidad administrativa 
c. La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento 
racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo 
sostenible, su conservación, restauración o sustitución. La conservación 
de las especies, animales y vegetales, la protección de áreas de especial 
importancia ecológica, de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas, así 
como los demás intereses de la comunidad relacionados con la preservación y 
restauración del medio ambiente; 
d. El goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso 
público, 
e. La defensa del patrimonio publico 
f. La defensa del patrimonio cultural de la nación 
g. La seguridad y salubridad publica 
h. El acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, 
i. La libre competencia económica 
j. El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y 
oportuna. 
k. La prohibición de la fabricación, importación, posesión, uso de armas químicas, 
biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos 
nucleares o tóxicos; 
l. El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, 
m. La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos 
respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada y dando 
prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes 
 
30 CIFUENTES, German. El medio ambiente. Un concepto jurídico indeterminado en Colombia. Universidad Autónoma de 
Bucaramanga, 2008. 
 
n. Los derechos de los consumidores y usuarios31. 
 
El desarrollo de la protección del medio ambiente se basa en los siguientes 
principios: 
Artículo 1º.- Principios Generales Ambientales. La política ambiental colombiana 
seguirá los siguientes principios generales: 
1. El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los 
principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de 
Río de Janeiro de junio de 1992sobre Medio Ambiente y Desarrollo. 
2. La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la 
humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma 
sostenible. 
3. Las políticas de población tendrán en cuenta el derecho de los seres humanos a 
una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. 
 4. Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de 
recarga de acuíferos serán objeto de protección especial. 
 5. En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad 
sobre cualquier otro uso. 
 6. La formulación de las políticas ambientales tendrá en cuenta el resultado del 
proceso de investigación científica. No obstante, las autoridades ambientales y los 
particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando 
exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no 
deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para 
impedir la degradación del medio ambiente. 
7. El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso de 
instrumentos económicos para la prevención, corrección y restauración del deterioro 
ambiental y para la conservación de los recursos naturales renovables. 
8. El paisaje por ser patrimonio común deberá ser protegido. 
 9. La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas 
tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio 
cumplimiento. 
10. La acción para la protección y recuperación ambientales del país es una tarea 
conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no 
gubernamentales y el sector privado. El Estado apoyará e incentivará la 
conformación de organismos no gubernamentales para la protección ambiental y 
podrá delegar en ellos algunas de sus funciones. 
11. Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de 
decisiones respecto a la construcción de obras y actividades que afecten 
significativamente el medio ambiente natural o artificial. 
12. El manejo ambiental del país, conforme a la Constitución Nacional, será 
descentralizado, democrático y participativo. 
13. Para el manejo ambiental del país, se establece un Sistema Nacional Ambiental, 
SINA, cuyos componentes y su interrelación definen los mecanismos de actuación 
del Estado y la sociedad civil. 
 
31 JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BUENAVENTURA DEL VALLE DEL CAUCA. Acción Popular. 
Radicado. 2010-0022. Auto Interlocutorio Nº121 del 27 de Abril de 2010 
 
14. Las instituciones ambientales del Estado se estructurarán teniendo como base 
criterios de manejo integral del medio ambiente y su interrelación con los procesos 
de planificación económica, social y física32. 
 
La Corte Constitucional en su jurisprudencia hace referencia a tres principios 
básicos en el desarrollo de la protección del medio ambiente: el principio de 
legalidad, el principio de internacionalización de la norma y el principio de 
precaución. 
 
1.5.2.1 PRINCIPIO DE LEGALIDAD. 
 
El constituyente como el legislador son conocedores de la realidad de los hechos 
sociales y de su impacto sobre el medio ambiente; del reflejo que la 
industrialización, las actividades modernas traen sobre aquel y de la consecuencia 
que sobre el mismo apareja el desarrollo de esas situaciones y el efecto que dejan 
algunas actuaciones diarias del hombre. 
“Ese principio de legalidad se incluye entonces normas que permiten, bajo ciertas 
condiciones, que el medio ambiente debe soportar. Por ello el Estado el titular 
original de la función legislativa y administrativa ha tomado en sus decisiones, 
político-constitucionales – ejecutivas, medidas programáticas de adecuación para 
que los hechos de impacto ambiental que puedan ocurrir sacrifiquen a lo menos 
negativamente, la naturaleza y con esas medidas se prevengan o se castiguen, la 
amenaza y/o vulneración de los derechos e intereses colectivos relacionados, entre 
otros, con el medio ambiente sano”33. 
 
Este principio se explica en: 
 Que entre otras muchas disposiciones constitucionales, se diga que el estado 
controlara los factores de deterioro ambiental (art. 80) 
 Que la ley 99 de 1993 haya instituido el mecanismo previo de la Licencia 
Ambiental para el desarrollo de proyectos, obras o actividades que generen un 
efecto grave sobre el medio ambiente (art.49); queda pues a manos de la 
autoridad administrativa competente definir si hay lugar o no al otorgamiento de 
la licencia, cuando la ejecución de obras, el establecimiento de industrias o el 
desarrollo de cualquier actividad puede producir deterioro grave a los recursos 
 
32 Art. 1. Ley 99 de 1993. 
33 JUZGADO SEGUNDO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BUENAVENTURA DEL VALLE DEL CAUCA. Acción Popular. 
Radicado. 2010-0022. Auto Interlocutorio Nº121 del 27 de Abril de 2010 
 
naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones 
considerables o notorias al paisaje. 
 Que el decreto reglamentario 1.753 de 1994 también señale políticas 
administrativas que se requieren para prevenir, mitigar, controlar, compensar y 
corregir los posibles efectos o impactos ambientales negativos causados por un 
proyecto, para p actividad; le imponga a la autoridad administrativa 
competente el estudio de “análisis de riesgo” para evaluar las eventualidades o 
contingencias que en desarrollo de un proyecto, obra o actividad puede generar 
peligro de daño a la salud humana, al medio ambiente y a los recursos 
naturales; que en el otorgamiento de la licencia ambiental el Estado reconoce 
que en la ejecución de una actividad se “ puede producir deterioro grave” y 
como obligación al beneficiario de la misma se le condiciona el ejercicio de la 
licencia a la realización de ciertas conductas que tiendan a mitigar, corregir y 
manejar los efectos ambientales”34 
1.5.2.2 PRINCIPIO DE INTERNACIONALIZACIÓN. 
 
La Constitución Nacional contempla la aplicación de normas internacionales en 
asuntos internacionales en su artículo 226: 
“El estado promoverá la internacionalización de las relaciones políticas, 
económicas, sociales y ecológicas sobre bases de equidad, reciprocidad y 
conveniencia nacional” 
 
La Corte Constitucional refiere que: 
“la protección del medio ambiente, dentro del derecho internacional, se ha 
intensificado paralelamente con el desarrollo de la legislación interna de la mayoría 
de los países, como respuesta a la creciente degradación del mismo y las 
amenazas de una evidente degradación futura. Es sabido que la mayor afectación 
del medio ambiente la constituyen causas antropogenicas, es decir, aquellas 
derivadas de la actividad humana tendentes a la satisfacción de sus necesidades. 
Estas actividades, desarrolladas especialmente desde el siglo anterior, cuando los 
procesos industrializados y la población mundial se aceleraron tan abruptamente, 
ejercidas sin un criterio de sostenibilidad, generan un impacto negativo sobre los 
recursos naturales y el ecosistema global. Dichos impactos sobre el medio ambiente 
son evidentes: polución terrestre, área y marina, lluvia acida, agotamiento de la capa 
de ozono, calentamiento global, extinción de especies de fauna y flora, degradación 
de hábitats, deforestación, entre muchos otros”35. 
 
 
34 Ibíd. 
35 CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C- de 2001. M.P. Jaime Araujo Rentería 
 
1.5.2.3 EL PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN EN LA LEGISLACIÓN DEL MEDIO 
AMBIENTE. 
 
El principio de precaución en la legislación se establece en el artículo primero, 
numeral 6. La Corte Constitucional, en Sentencia T-092 de 1993, refiere que: 
“La explotación de los recursos naturales y el ejercicio de las actividades 
económicas no pueden vulnerar el derecho a un medio ambientesano, no obstante 
lo importante que para la economía del país sea la actividad económica a 
desarrollar. Así mismo, que el derecho a medio ambiente es fundamental para la 
existencia de la humanidad y que “no se puede desligar del derecho a la vida y a la 
salud de las personas. De hecho, los factores perturbadores del medio ambiente 
causan daños irreparables en los seres humanos y si ello es así habrá que decirse 
que el medio ambiente es un derecho fundamental para la existencia de la 
humanidad. A esta conclusión se ha llegado cuando esta Corte ha evaluado la 
incidencia del medio ambiente en la vida de los hombres y por ello en sentencias 
anteriores de tutelas, se ha afirmado que el derecho al medio ambiente es un 
derecho fundamental” 
 
1.5.3 NORMAS APLICABLES A LA MINERIA Y LA PROTECCIÓN DEL MEDIO 
AMBIENTE 
 
La minería en Colombia encuentra su regulación en: 
 CONSTITUCIÓN POLÍTICA. 
 Decreto Ley 2811 de 1974. Por el cual se dicta el Código Nacional de 
Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente. 
 Ley 99 de 1993. Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se 
reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio 
ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional 
Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones. 
 Ley 430 de 1998, por el cual se dictan normas prohibitivas en materia 
ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones. 
 Decreto 321 de 1999, por el cual se adopta el Plan Nacional de Contingencia 
para atender eventos de derrame de hidrocarburos, derivados y sustancias 
nocivas. 
 
 Ley 685 de 2001, por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras 
disposiciones 
 Decreto 1609 de 2002, por el cual se estipulan las condiciones para el 
envasado, etiquetado y demás ítems concernientes a la presentación de 
residuos peligrosos. 
 Decreto 4741 de 2005, por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y 
manejo de los residuos y desechos peligrosos en el marco de la gestión 
integral. 
 Resolución número 0043 de 2007, por la cual se establecen los estándares 
generales para el acopio de datos, procesamiento, transmisión y difusión de 
información para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos 
Peligrosos. 
 Ley 1333 de 2009. Establece que la autoridad ambiental debe castigar los 
impactos nocivos sobre el medio ambiente y los recursos naturales, derivados 
de la actividad minera ilegal. 
 Resolución 90719 de 2014. Por la cual se adopta la Política Nacional para la 
Formalización de la Minería. 
 Decreto 1073 de 2015. “Por medio del cual se expide el Decreto Único 
Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía” 
 
La Ley 685 de 2001 y el Decreto 1073 de 2015, regulan todos los aspectos 
relacionados con la minería, “desde las más elementales etapas de prospección y 
exploración, pasando por explotación y explotación intensiva hasta el cierre de las 
minas. Igualmente establece aspectos que revisan cuidadosamente la parte 
técnica de la explotación minera que incluye a su vez las guías que debe seguir 
todo minero, constituyéndose, no solo en una herramienta de orientación, sino de 
 
consulta conceptual y metodológica, tendiente a mejorar el desempeño sostenible 
y la gestión ambiental”36. 
 
La Agencia Nacional de Minería (ANM), es la entidad gubernamental encargada 
hacer cumplir los requisitos necesarios para la adquisición de los permisos, 
contratos y licencias necesarias para el ejercicio de esta actividad. 
 
El Código de Minas, está encaminado a fomentar la explotación minera, tanto 
privada como estatal, de una forma técnica y así poder cubrir la demanda interna y 
externa del mercado, las exigencias para lograr un título minero requieren de 
profesionalismo y compromiso por parte de los mineros. 
 
Mediante el Decreto 2041 de 2014, en su Título VIII se regula todo lo relacionado 
con las licencias ambientales, proceso, gestión y designación de las autoridades 
en materia ambiental: La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), 
Las Corporaciones Autónomas Regionales y las de Desarrollo Sostenible, 
entidades territoriales (según la capacidad técnica, económica, administrativa y 
operativa de tales entidades para ejercer las funciones delegadas), municipios, 
distritos y áreas metropolitanas cuya población urbana sea superior a un millón 
(1.000.000) de habitantes y las autoridades ambientales creadas mediante la Ley 
768 de 2002. 
 
La protección constitucional del Medio Ambiente en Colombia, inicia desde la 
Constitución Política de 1991, que en los artículos 79 y 80 señala: 
Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La 
ley garantizara la participación de la comunidad en las decisiones que puedan 
afectarlo. 
Es deber del estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las 
áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de 
estos fines. 
 
36 Cortes Forero. Jairo. La Expedición De Licencias Para La Explotación Minera. [En línea] [07 de Abril de 2016]. Disponible en: 
http://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/2584/1/La%20expedici%C3%B3n%20de%20licencias%20para%20la%20explotaci%
C3%B3n%20minera.pdf 
http://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/2584/1/La%20expedici%C3%B3n%20de%20licencias%20para%20la%20explotaci%C3%B3n%20minera.pdf
http://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/2584/1/La%20expedici%C3%B3n%20de%20licencias%20para%20la%20explotaci%C3%B3n%20minera.pdf
 
 
Artículo 80. El estado planificara el manejo y aprovechamiento de los recursos 
naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o 
sustitución. 
Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las 
sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. 
Así mismo, cooperara con otras naciones en la protección de los ecosistemas 
situados en las zonas fronterizas37. 
 
Unas de las primeras normas afectadas ha sido la Constitución Nacional que en 
los artículos 79 y 80, que ha determinado explícitamente; el derecho que tiene la 
sociedad en general de acceder a un ambiente sano, y a la responsabilidad que 
tiene el Estado colombiano de garantizar la protección de los recursos naturales y 
ambientales existentes en el país. 
 
De las normas fundamentales en materia ambiental, la Ley 99 de 1993 es 
considerada como la Ley General Ambiental de Colombia, que en el artículo 31 
señala las funciones que deben ser desempeñadas por las Corporaciones 
Autónomas Regionales: 
1. Ejecutar las políticas, planes y programas nacionales en materia ambiental 
definidos por la ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo y del Plan Nacional 
de Inversiones o por el Ministerio del Medio Ambiente, así como los del orden 
regional que le hayan sido confiados conforme a la ley, dentro del ámbito de su 
jurisdicción; 
2. Ejercer la función de máxima autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, 
de acuerdo con las normas de carácter superior y conforme a los criterios y 
directrices trazadas por el Ministerio del Medio Ambiente; 
3. Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas 
de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los 
recursos naturales renovables; 
4. Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de 
desarrollo medio ambiental que deban formular los diferentes organismos y 
entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental –SINA- en el área de su 
jurisdicción y en especial, asesorar a los departamentos, distritos y municipios de su 
comprensión territorial en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en 
sus programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y de los 
recursos naturales renovables,

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