Logo Studenta

informe_de_motivaciÓn_teletrabajo-signed-signed-signed-signed-signed-signed-signed

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

1 
 
DATOS GENERALES 
Fecha de 
Informe 
18/12/2023 
No. De 
Informe 
MINEDUC-SDPE-2023-012-18-M 
Informe 
dirigido a 
Nombre 
Contacto 
Cargo Extensión 
Telefónica 
Correo Electrónico 
Diego Paz 
Verónica Legarda 
 
1451 
veronica,legarda@educacio
n.gob.ec 
diego,paz@educacion.gob.
ec 
 
Viceministra de Gestión 
Educativa 
Viceministro de Educación 
TEMA: 
Informe técnico sobre el análisis de la pertinencia de que los profesionales de educación de las 
instituciones educativas puedan acogerse a la modalidad de teletrabajo en el período de vacaciones 
estudiantiles entre el 26 y 29 de diciembre de 2023. 
 
 
1. ANTECEDENTES 
 
El cronograma escolar publicado y emitido por el Ministerio de Educación para el año 
lectivo 2023-2024 tanto para régimen Costa – Galápagos como para Sierra – Amazonía, 
establece que existe vacaciones estudiantiles entre el 26 y 29 de diciembre de 2023. 
 
Mediante Circular Nro. MINEDUC-SDPE-2023-00067-C, solicitada y autorizada por los 
señores viceministros de educación y gestión educativa, la Subsecretaría de Desarrollo 
Profesional Educativo, en el marco del Art. 117.1 de la Ley Orgánica de Educación 
Intercultural, pone en conocimiento de las máximas autoridades zonales lo siguiente: “del 
26 al 29 de diciembre de 2023, las y los profesionales que desempeñan sus funciones 
pedagógicas bajo el régimen de la LOEI podrán ejercer sus actividades en la modalidad de 
teletrabajo, en el período de vacaciones para las y los estudiantes, conforme lo establecido 
en el cronograma escolar 2023-2024.” 
 
El Ministerio de Educación emitió el Modelo de Gestión de los Departamentos de 
Consejería Estudiantil, que tiene como objetivo orientar la gestión de estos 
departamentos, así como de las y los profesionales que lo conforman, tanto en los 
departamentos conformados en las instituciones educativas como los conformados en los 
distritos educativos. 
 
El teletrabajo se ha convertido en una opción esencial en la actualidad, y su 
implementación se ve respaldada por diversas razones. La creciente preocupación por la 
seguridad, la facilidad y flexibilidad en el uso de recursos tecnológicos, así como las 
limitaciones en la conectividad, son factores que impulsan esta transición. Sin embargo, 
el enfoque central de este informe se centra en la motivación y la psicología positiva como 
pilares fundamentales para el éxito del teletrabajo. 
 
Desde la perspectiva de la psicología positiva, Seligman (2011) destaca la importancia de 
fomentar un ambiente laboral que promueva el bienestar y la motivación intrínseca. En 
el contexto educativo, Hattie (2012) subraya la relación entre la motivación y el 
mailto:francisco.robalino@educacion.gob.ec
mailto:francisco.robalino@educacion.gob.ec
mailto:francisco.robalino@educacion.gob.ec
mailto:francisco.robalino@educacion.gob.ec
 
2 
 
rendimiento académico, evidenciando la necesidad de mantener altos niveles de 
motivación, especialmente en situaciones de teletrabajo. 
 
Mediante Memorando No. MINEDUC-SFE-2023-00810-M, la Subsecretaria de 
Fundamentos Educativos remite el informe técnico en el que se evidencia la factibilidad 
de implementar el teletrabajo de los profesionales de la educación sin que esto afecte a 
la calidad del servicio educativo. 
 
Mediante Memorando No. MINEDUC-SIEBV-2023-02662-M, el Subsecretario para la 
Innovación Educativa y el Buen Vivir, emitió el informe técnico en el que se visibiliza la 
importancia y ventajas de autorizar el teletrabajo para los profesionales de la educación. 
 
2. OBJETIVO 
 
2.1. Objetivo general 
 
Analizar la pertinencia de que las y los profesionales de la educación que se encuentran 
ejerciendo sus funciones en las instituciones educativas fiscales puedan acogerse a la 
modalidad de teletrabajo en el período de vacaciones estudiantiles entre el 26 y 29 de 
diciembre de 2023. 
 
3. MARCO LEGAL 
3.1 Constitución de la República del Ecuador 
Artículo 26: La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber 
ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y 
de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable 
para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la 
responsabilidad de participar en el proceso educativo. 
Artículo 33: (...) El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, 
fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las 
personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, 
remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y 
libremente escogido o aceptado. 
Artículo 325: El Estado garantizará el derecho al trabajo. Se reconocen todas las 
modalidades de trabajo, en relación de dependencia o autónomas, con inclusión 
de labores de autosustento y cuidado humano; y como actores sociales 
productivos, a todas las trabajadoras y trabajadores. 
3.2 Ley Orgánica de Educación Intercultural 
 
 
3 
 
Artículo 117.- De la jornada laboral.- La jornada ordinaria semanal de trabajo será de 
cuarenta horas reloj de lunes a viernes, distribuida de la siguiente manera: 
La jornada ordinaria laboral docente, no podrá ser superior a las ocho horas diarias, caso 
contrario el empleador deberá pagar las horas extraordinarias o suplementarias 
correspondientes. 
 
Las modalidades en línea, semipresencial, a distancia y abierta, tendrán una jornada 
especial tomando en cuenta las particularidades del trabajo, las mismas que serán 
reguladas por el Reglamento de la presente Ley. 
 
Artículo 117.1.- Del teletrabajo docente.- Es la prestación del servicio profesional del 
docente en una institución pública, municipales, fiscomisionales y particulares de manera 
no presencial en las jornadas ordinarias o especiales de trabajo fuera de las instalaciones 
que habitualmente desarrolla sus actividades laborales. 
 
Las actividades y tiempo a utilizarse a través del teletrabajo deberán ser reguladas por la 
Autoridad Educativa Nacional en coordinación con la autoridad del trabajo, considerando 
la normativa legal vigente y los estándares internacionales. 
 
En todos los casos se deberá garantizar el derecho a la desconexión, así como al 
equipamiento tecnológico y acceso a internet para los docentes. 
 
3.4 Acuerdo Nro. MINEDUC-MINEDUC-2023-010-A 
Artículo 1.- Expedir el “Modelo de Gestión de los Departamentos de Consejería Estudiantil” 
instrumento que se adjunta en calidad de Anexo al presente Instrumento y constituye 
parte integral del mismo. 
Artículo 2.- El referido “Modelo de Gestión de los Departamentos de Consejería 
Estudiantil” será de aplicación obligatoria para todas las instituciones educativas de los 
sostenimientos públicos, fiscomisional y particular, a nivel nacional. 
El Modelo de Gestión de los Departamentos de Consejería Estudiantil cuenta con 9 
apartados. En el primer apartado se define los criterios para la constitución y 
conformación de los Departamentos de Consejería Estudiantil tanto a nivel distrital como 
institucional. Establece además las responsabilidades para llevar a cabo estos procesos. 
En su tercer apartado se describe los principios, dimensiones y ejes de acción de los 
Departamentos de Consejería Estudiantil, además, hace referencia a las 
responsabilidades de cada uno de los roles de las y los profesionales de los 
Departamentos de Consejería Estudiantil. 
 
4 
 
Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2022-035: Norma técnica para regular la modalidad de 
teletrabajo en el sector público. 
Artículo 3: De la aplicación: En el siguiente orden jerárquico se dispondrá la aplicación de 
la modalidad de teletrabajo: 
a) Por mandato del Presidente de la República en estados de excepción; 
b) Por disposición del Ministerio del Trabajo; 
c) Por orden de la Máxima Autoridad de la Institución o de su delegado; y, 
d) Por acuerdo de las partes. 
Lamodalidad de teletrabajo podrá desarrollarse en cualquier ubicación que cuente con 
las condiciones necesarias para estar a disposición de la institución en el horario pactado 
y para ejecutar las labores asignadas. 
4. DESARROLLO 
El Ministerio de Educación, en esfuerzo constante por mejorar la calidad educativa y 
apoyar el valioso trabajo de las y los docentes ha planteado una iniciativa que permitirá a 
los profesionales de la educación participar en la modalidad de teletrabajo durante el 
período en el que los estudiantes hacen uso de sus vacaciones, conforme lo establecido 
en el cronograma escolar 2023-2024. 
Es así que desde las diferentes Subsecretarías del Ministerio de Educación se han realizado 
los planteamientos y análisis correspondientes para garantizar los derechos de los 
docentes sin que esto incida de manera negativa en la calidad de la educación. 
A continuación, el detalle: 
Docentes y directivos: 
En el caso específico de los docentes, esta medida busca aprovechar de manera efectiva 
este periodo para fomentar la planificación educativa, el desarrollo profesional, y la 
innovación en la enseñanza; otorgando a los docentes del tiempo para la planificación de 
lecciones y actualización de materiales, así como la oportunidad de participar en cursos 
de desarrollo profesional que enriquezcan su práctica docente. Así mismo el teletrabajo 
proporciona una mayor flexibilidad de manejo de tiempo, facilitando un equilibrio 
saludable entre la vida laboral y personal de los docentes. 
Este será un periodo propicio para explorar el manejo de tecnologías y el uso de 
metodologías educativas que puedan ser incorporadas en sus aulas, enriqueciendo así las 
experiencias de aprendizaje, así como también para la preparación eficiente de materiales 
y la organización de recursos. 
El Ministerio de Educación reconoce y valora la dedicación y el esfuerzo que cada uno de 
los docentes pone en su labor diaria, por lo que esta iniciativa es un reflejo del 
 
5 
 
compromiso con su desarrollo y bienestar, así como con la mejora continua de la 
educación el Ecuador. 
Durante este periodo los docentes deberán cumplir de manera obligatoria con las 
actividades establecidas en la jornada docente, que fue emitida a través de la normativa 
secundaria correspondiente, entre las cuales se encuentran: 
 
• Registro de notas; planificación; reuniones de área o subnivel; orientación 
vocacional y profesional; coordinación con otras áreas; 
• Actualización pedagógica que incluye formación continua y profesionalización 
docente; preparación de clases; preparación de material didáctico; preparación de 
ambientes de aprendizaje; revisión y calificación de tareas y evaluaciones; 
elaboración de informes para la retroalimentación a estudiantes y padres de 
familia; preparación de actividades de recuperación de aprendizajes.; y 
• Procesos de autoformación, entre otras actividades. 
Profesionales de los Departamentos de Consejería Estudiantil 
El Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) es un organismo de las instituciones 
educativas y de las direcciones distritales que, en conjunto con otros actores educativos, 
acompaña el proceso educativo mediante la promoción de derechos, la prevención de 
problemáticas sociales, el fomento de la convivencia armónica, la inclusión socioeducativa 
de la comunidad educativa, con la finalidad de aportar a la construcción de los proyectos 
de vida de la población estudiantil. 
El Departamento de Consejería Estudiantil dirige su accionar al acompañamiento y 
seguimiento psicosocial de la población estudiantil mediante la articulación con los 
organismos al interno de la institución educativa y con organizaciones o entidades 
externas. 
El servicio que brinda el Departamento de Consejería Estudiantil es de importancia y 
relevancia para el desarrollo integral de la población estudiantil y la transformación e las 
instituciones educativas como espacios seguros y libres de violencia u otros riesgos 
psicosociales, con la participación y corresponsabilidad de todos los miembros de la 
comunidad educativa. 
Las funciones de los Departamentos de Consejería Estudiantil se encuentras establecidas 
en 4 ejes de acción: 
Eje de Consejería: La consejería es la acción de acompañar, orientar y brindar 
asesoramiento a toda la comunidad educativa con el objetivo de articular las acciones 
para la consolidación de la convivencia armónica y la construcción de proyectos de vida 
integrales de la población estudiantil. 
Eje de Promoción y Prevención: Son las acciones orientadas a generar las condiciones para 
que la población estudiantil ejerza plenamente sus derechos e identifique problemáticas 
psicosociales que afecten su desarrollo integral. 
Eje de Atención Psicosocial: Son las acciones para la detección, intervención, derivación, 
seguimiento y reparación, dirigida a estudiantes que se encuentran atravesando por 
 
6 
 
situaciones como: inestabilidad emocional, conflictos (individual, escolar, familiar, social, 
adaptativo), desastre natural, vulneración de derechos, o de riesgo psicosocial que pueda 
afectar su desarrollo integral. 
En este contexto, el Departamento de Consejería Estudiantil es clave en la dinámica 
institucional de manera que, oportunamente, pueda identificar, con el apoyo de los 
demás profesionales de la educación, situaciones que no contribuyan al desarrollo 
integral de la población estudiantil y se constituyan en riesgos psicosociales. 
Eje de Inclusión Socioeducativa: Son las acciones que realiza el DECE como aporte a los 
procesos de inclusión educativa correspondientes a todo el personal de la institución. 
Es importante considerar que los procesos de inclusión socioeducativa tienen como 
finalidad garantizar que las personas ejerzan plenamente su derecho a la educación, 
garantizando su acceso, permanencia, continuidad y culminación educativa en un entorno 
de bienestar que promueva la inclusión social en el contexto educativo. Esto implica la 
comprensión y atención ante las situaciones de vulnerabilidad, así como su atención 
inmediata. 
Adicional a las acciones que se han establecido en cada uno de los ejes de acción de las y 
los profesionales de los Departamentos de Consejería Estudiantil, aquellos/as que brindan 
acompañamiento y seguimiento psicosocial a estudiantes de las instituciones educativas 
deben dedicar parte de su jornada laboral a actividades relacionadas con: 
- formación permanente, pedagógica y psicosocial, 
- asesoría a familias y comunidad educativa, 
- gestión de articulación territorial, 
- trabajo en la comunidad, 
- planificación y coordinación de área, 
- cuidado y autocuidado 
Durante el período de vacaciones estudiantiles, las y los profesionales que se encuentran 
ejerciendo sus funciones en los Departamentos de Consejería Estudiantil no tendrán 
contacto directo con las y los estudiantes, sin embargo, pueden realizar el resto de las 
acciones y actividades que se encuentran establecidas en su Modelo de Gestión que 
pueden ser realizadas desde cualquier lugar que preste las condiciones para aquello, sin 
que esto afecte el proceso educativo, criterio que aplica para todas las instituciones 
educativas de todos los sostenimientos a nivel nacional. Por tanto, se analiza que sí es 
pertinente que puedan acogerse a la modalidad de teletrabajo entre el 26 y 29 de 
diciembre de 2023, período que ha sido establecido para vacaciones estudiantiles. 
En este sentido, las instituciones educativas particulares, municipales y fiscomisionales 
que tengan profesionales contratados para el Departamento de Consejería Estudiantil 
bajo su dependencia podrán acogerse a la disposición de teletrabajo durante este 
período, de acuerdo a sus cronogramas escolares y en cumplimiento de los lineamientos 
establecidos para el efecto en su tipo de contratación. 
Personal bibliotecario 
Las y los bibliotecarios son reconocidos como profesionales de la educación en el 
Reglamento a la Ley Orgánicade Educación Intercultural debido a que desempeñan un rol 
 
7 
 
esencial en la coordinación y colaboración con diversos actores del ámbito educativo, 
tales como docentes, personal del DECE, entre otros. Por esta razón, las directrices 
emitidas hacia el personal bibliotecario deben estar en armonía y congruencia con los 
demás profesionales educativos. 
De hecho, la conexión y el contacto del personal bibliotecario con la comunidad educativa 
son aspectos clave para sus funciones, pues el servicio y la orientación son la esencia del 
trabajo desarrollado en una biblioteca. Dada la naturaleza de sus responsabilidades, que 
incluyen la planificación de la biblioteca, la coordinación de áreas y la asesoría en fomento 
de la lectura, no existe una razón imperante para que estos profesionales deban 
necesariamente permanecer en la institución educativa si sus miembros se encuentran 
ausentes. En este último caso, de hecho, la posibilidad de realizar funciones de manera 
remota se alinea perfectamente con la esencia de su labor, pues les permitiría mantener 
su compromiso con la comunidad educativa mientras aprovechan la flexibilidad que 
brinda el teletrabajo para cumplir con eficiencia sus responsabilidades y contribuir al 
enriquecimiento del entorno educativo. 
Vale resaltar que la participación del personal bibliotecario en el entorno educativo no se 
limita al espacio físico de la biblioteca, sino que abarca la integración de recursos y apoyo 
pedagógico. Permitir que el personal bibliotecario realice teletrabajo no solo reflejaría la 
flexibilidad de su papel educativo, sino que también facilitaría la coherencia en las 
acciones planificadas junto con otros profesionales, promoviendo así una armonía 
efectiva entre todos los actores educativos. Esta flexibilidad contribuiría no solo a 
mantener la continuidad de las actividades educativas, sino también a fortalecer la 
colaboración integral que caracteriza al proceso educativo en su conjunto. 
Con base en las funciones determinadas para el personal bibliotecario en el Reglamento 
a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, estas son acciones necesarias para el 
adecuado funcionamiento de la biblioteca y que podrían, pero no se limitan, llevarse a 
cabo de manera remota: 
• Desarrollo o seguimiento de planes y programas: Elaborar y actualizar planes y 
programas para fomentar la lectura, considerando las necesidades específicas de 
la comunidad educativa y extendida. 
• Diseño de actividades virtuales: Crear actividades y eventos virtuales que 
promuevan la lectura, como clubes de lectura en línea, charlas literarias virtuales, 
y otras iniciativas interactivas. 
• Acompañamiento pedagógico: Brindar asesoría pedagógica de manera remota, 
apoyando a docentes y estudiantes en procesos académicos, investigativos, 
científicos y tecnológicos. 
• Coordinación de servicios virtuales: Coordinar y articular los servicios de la 
biblioteca con estrategias de mediación lectora, creación literaria y alfabetización 
informacional, adaptándolos al entorno virtual. 
• Supervisión de procesos de gestión bibliotecaria: Monitorear y gestionar los 
procesos de gestión bibliotecaria de manera remota, asegurando un entorno 
inclusivo, intercultural y democrático en la biblioteca virtual. 
• Colaboración en redes virtuales: Participar en redes virtuales con otros 
profesionales educativos y ejecutar acciones en torno a la promoción de la lectura 
 
8 
 
y la gestión bibliotecaria, estableciendo colaboraciones y compartiendo buenas 
prácticas. 
• Evaluación y retroalimentación: Realizar evaluaciones de los procesos 
desarrollados por la biblioteca para medir el impacto de las actividades y 
proyectos, y proporcionar retroalimentación a la comunidad educativa. 
Por último, en el caso de las y los bibliotecarios que no se encuentran bajo el régimen LOEI 
y, por ende, no tienen la capacidad de verificar su asistencia a través del registro 
biométrico, se establece que podrán justificar su jornada laboral mediante la presentación 
de informes sobre el trabajo realizado durante el periodo de trabajo remoto 
correspondiente. Así se podrá reconocer la naturaleza de sus responsabilidades y estos 
informes servirán como herramienta para documentar y validar las acciones llevadas a 
cabo de manera remota. Esta medida busca garantizar la transparencia y eficiencia en la 
gestión del personal bibliotecario, permitiendo a aquellos no sujetos al régimen LOEI 
demostrar su compromiso y aportes. 
 
 
5. CONCLUSIONES 
 
• El teletrabajo, respaldado por la motivación y la psicología positiva, puede 
transformarse en una experiencia enriquecedora y productiva para los docentes, 
directivos y personal DECE de [institución educativa]. La implementación de 
estrategias técnicas y de desarrollo profesional se erige como pilar esencial para 
maximizar los beneficios y superar los desafíos asociados a esta modalidad 
laboral. 
• Desde la perspectiva de la psicología positiva, tal como enfatiza Seligman (2011), 
la creación de un entorno laboral que promueva el bienestar y la motivación 
intrínseca resulta crucial. Esta premisa cobra especial relevancia en el ámbito 
educativo, donde Hattie (2012) evidencia la correlación directa entre la 
motivación y el rendimiento académico. 
• Es una opción para las instituciones educativas particulares, municipales y 
fiscomisionales acogerse a la disposición de teletrabajo durante el período del 26 
al 29 de diciembre de 2023, la definición corresponde a la máxima autoridad de 
la institución educativa. 
• Al ser responsabilidad de la Subsecretaría de Desarrollo Profesional Educativo 
generar los mecanismos necesarios para garantizar el registro de las actividades 
de los docentes y los directivos que permita evidenciar el cumplimiento de la 
jornada, los/as profesionales que cumplen funciones pedagógicas deberán 
realizar el registro del teletrabajo a través del “Sistema de Registro de 
Teletrabajo”, herramienta que permite garantizar la continuidad del aprendizaje 
diario de los estudiantes y el bienestar de los miembros de la comunidad 
educativa del país. En este sentido, los docentes fiscales que se acojan a la 
modalidad el teletrabajo los días martes 26 al viernes 29 de diciembre de 2023, 
deberán realizar sus actividades de manera virtual y registrarlas en la plataforma 
https://educacion.gob.ec/seguimiento-teletrabajo/, habilitada para el efecto, 
https://educacion.gob.ec/seguimiento-teletrabajo/
 
9 
 
tomando en cuenta los lineamientos e instructivo para registro y seguimiento de 
actividades. 
• Es pertinente que las y los profesionales que se encuentran en los Departamentos 
de Consejería Estudiantil se acojan a la modalidad de teletrabajo entre el 26 y 29 
de diciembre de 2023, que ha sido establecido dentro del cronograma escolar del 
Ministerio de Educación como período de vacaciones estudiantiles. 
• La flexibilidad del trabajo remoto para el personal bibliotecario, respaldada por 
su condición de profesionales educativos, no solo facilita la coordinación con 
otros actores educativos, sino que también permite mantener la continuidad de 
sus funciones y promover la lectura en el entorno educativo. 
• Es pertinente que el personal bibliotecario pueda acogerse a la modalidad de 
teletrabajo entre el 26 y el 29 de diciembre de 2023 y que en el caso de no poder 
justificar su asistencia mediante el registro biométrico validen su jornada laboral 
a través de informes de las actividades realizadas. 
• Es responsabilidad de la Dirección Nacional de Talento Humano en coordinación 
con las áreas técnicas responsables emitir los lineamientos y generar los 
instrumentos de seguimiento y control del personal LOSEP, a excepción de los 
directivos de las instituciones educativas, en cuyo caso el responsable será la 
Subsecretaría de Desarrollo Profesional Educativo. 
• Es importante señalar que el servicio educativo no puede ser paralizado y que el 
cronograma escolar debe ser cumplidocumpliendo con los 200 días que ordena 
la Ley Orgánica de Educación Intercultural. 
 
 
DESARROLLO DEL DOCUMENTO 
Nombre Cargo Fecha Firma 
Lorena Peñaherrera 
Directora Nacional de 
Educación para la 
Democracia y el Buen Vivir 19-12-2023 
Diana Narváez 
Directora Nacional de 
Mejoramiento Pedagógico 
19-12-2023 
Gabriela Monteros 
Directora Nacional de 
Carrera Profesional 
Educativa 
19-12-2023 
Nelson Villegas 
Director Nacional de 
Currículo 
19-12-2023 
 
10 
 
REVISIÓN Y APROBACIÓN DEL DOCUMENTO 
Nombre Cargo Fecha Firma 
Francisco Robalino 
Subsecretario para la 
Innovación Educativa y el 
Buen Vivir 
19-12-2023 
Lorena Morocho 
Subsecretaria de Desarrollo 
Profesional Educativo 
19-12-2023 
Alexandra Clavijo 
Subsecretaria de 
Fundamentos Educativos 
19-12-2023 
 
 
 
		2023-12-19T03:19:58-0500
		2023-12-19T08:13:13-0500
		2023-12-19T08:23:27-0500
		2023-12-19T08:59:00-0500
		2023-12-19T09:07:02-0500
		2023-12-19T09:17:43-0500
		2023-12-19T09:22:18-0500

Continuar navegando