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FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA II REPÚBLICA, CIUDADANÍA Y CONVIVENCIA Teresa Eggers-Brass Mariano Alu Cecilia Salim NES FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA II. REPÚBLICA, CIUDADANÍA Y CONVIVENCIA Teresa Eggers-Brass; Mariano Alu; Cecilia Salim 1ª edición, marzo de 2020 ISBN: 978-987-8321-14-1 Arte de tapa: Mariana Gabor Diseño de tapa y diagramación: Mariana Cravenna Corrección: Silvina Crosetti Eggers-Brass, Teresa Formación ética y ciudadana II : República, ciudadanía y convivencia / Teresa Eggers-Brass ; Mariano Alu ; Cecilia Salim. - 1a ed . - Ituzaingó : Maipue, 2020. 120 p. ; 27 x 19 cm. ISBN 978-987-8321-14-1 1. Educación Ciudadana. I. Alu, Mariano. II. Salim, Cecilia. III. Título. CDD 323.60712 © Editorial Maipue, 2020 Tel/Fax: 54 (011) 4624-9370 / 4458-0259 / 4623-6226 Zufriategui 1153 (1714) – Ituzaingó Pcia. de Buenos Aires – República Argentina Contacto: promocion@maipue.com.ar / ventas@maipue.com.ar www.maipue.com.ar Impreso en el mes de marzo de 2020, en Latingráfica S.R.L. Rocamora 4161 - CABA Queda hecho el depósito que establece la Ley 11.723. Libro de edición argentina. No se permite la reproducción parcial o total, el almacenamiento, el alquiler, la transmisión o la transformación de este libro, en cualquier forma o por otro cualquier medio, sea electrónico o mecánico, mediante fotocopias, digitalización u otros métodos, sin el consentimiento previo y escrito del editor. Su infracción está penada por las leyes 11.723 y 25.446. ÍNDICE CAPÍTULO 1. Estado, gobierno y participación ........................................................................... 5 Constitución y Estado liberal ................................................................................................................ 5 Forma de gobierno y de Estado de Argentina en la Constitución Nacional ................................... 7 La Constitución de la Confederación Argentina (1853) y la Constitución de la Nación Argentina (1860) .............................................................................. 9 Organización federal del Estado argentino ....................................................................................... 9 Forma de gobierno republicana y representativa .......................................................................... 11 De la república oligárquica a la república democrática ................................................................ 12 Estructura de nuestra Constitución Nacional ................................................................................ 13 Sistema de partidos, sufragio y sistema electoral ........................................................................... 14 ¿Qué es un partido político? ............................................................................................................ 14 Partidos políticos y Constitución Nacional ..................................................................................... 15 Sistema de partidos ......................................................................................................................... 16 Sistema electoral ............................................................................................................................. 17 Sufragio ............................................................................................................................................ 18 Participación política en el sistema democrático ........................................................................... 18 Características de la participación .................................................................................................. 19 Ampliación de la ciudadanía política en el siglo XIX ........................................................................ 19 División de poderes: composición y funciones ................................................................................. 22 Poder Legislativo .............................................................................................................................. 23 Poder Ejecutivo ................................................................................................................................. 24 Poder Judicial .................................................................................................................................. 25 CAPÍTULO 2. Derechos ..................................................................................................................... 27 Las normas y los derechos como productos de acuerdos políticos y sociales ............................. 27 Derecho de representación en la integración de la Cámara de Diputados ................................... 28 Proceso de sanción de las leyes .......................................................................................................... 30 Funcionamiento de las Cámaras del Congreso .............................................................................. 30 Formación y sanción de las leyes .................................................................................................... 32 Participación paulatina de nuevos sujetos políticos ....................................................................... 34 Derechos políticos ............................................................................................................................ 34 Procesos que dieron origen a los derechos políticos ...................................................................... 36 Ampliación de la ciudadanía política de mujeres y jóvenes .......................................................... 37 Pobladores originarios como sujetos de derechos ......................................................................... 38 Garantías y mecanismos constitucionales de protección de derechos ......................................... 40 Amparo .............................................................................................................................................. 41 Amparo colectivo ............................................................................................................................. 43 Hábeas data ..................................................................................................................................... 43 Hábeas corpus .................................................................................................................................. 45 CAPÍTULO 3. Igualdad y diferencias ............................................................................................ 49 Cultura e identidad ............................................................................................................................... 49 Culturas en el mundo ........................................................................................................................... 51 La gestión de los asuntos internacionales ........................................................................................ 55 La mirada sobre el otro ........................................................................................................................ 56 El crisol de culturas: integración y convivencia ............................................................................... 58 Diferencia y desigualdad ...................................................................................................................... 62 La desigualdad de género ................................................................................................................ 63 Otros tipos de discriminación .......................................................................................................... 66 El rol del Estado: la protección contra los actos discriminatorios ................................................. 68 El rol de lasociedad civil .................................................................................................................. 69 CAPÍTULO 4. El cuidado de uno mismo y los otros .................................................................. 72 El mundo es grande y entramos todos ............................................................................................... 72 Convivencia escolar .............................................................................................................................. 72 Dimensión institucional del conflicto ............................................................................................. 75 El conflicto en los vínculos .............................................................................................................. 76 El conflicto y la comunicación ......................................................................................................... 81 El conflicto y las emociones ............................................................................................................. 83 ¿Los conflictos se pueden resolver? ................................................................................................ 84 La violencia en los vínculos .................................................................................................................. 87 La violencia invisible ........................................................................................................................ 88 Incivilidades ..................................................................................................................................... 91 ¿Los medios son el mensaje? ............................................................................................................... 94 Constitución de la Nación Argentina .......................................................................................... 97 Bibliografía ........................................................................................................................................ 118 CAPÍTULO 1 Estado, gobierno y participación CONSTITUCIÓN Y ESTADO LIBERAL La constitución de un Estado es un texto redactado por representantes de los ciudadanos, donde se establecen las reglas para el funcionamiento de los poderes estatales y los derechos y obliga- ciones básicos de los ciudadanos. De este modo, la constitución ordena jurídicamente al Estado. Aprobación de la Constitución de los Estados Unidos en el Congreso, Salón de la Independencia, Filadelfia, 17 de septiembre de 1787 Vocabulario Estado, gobierno y participación1 6 Las constituciones modernas, que son documen- tos escritos, surgieron cuando a fines del siglo XVIII la burguesía no solo quiso tener poder eco- nómico, sino también controlar el poder político. Entonces, con el fin de limitar el poder absoluto del rey en las monarquías europeas, los pensado- res consideraron que el poder de gobierno debía ser distribuido entre varios órganos constitucio- nales, estableciendo la división de poderes y de funciones. Así aparecieron las constituciones liberales, como garantía de los derechos y liber- tades que debían tener los ciudadanos. El movimiento para establecer constituciones por escrito se denominó constitucionalismo clásico o liberal, y tuvo su origen en la Consti- tución de los Estados Unidos de 1787 y en la Revolución Francesa, con su Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Sus características fueron las siguientes: Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 • Textos escritos y codificados que enumeraban los derechos y obligaciones de los ciudadanos. • Constituciones con carácter de ley suprema, dado que regían por sobre todas las leyes. • Establecían la división de poderes: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial. • Postulaban un Estado abstencionista que no intervenía para limitar la actividad económi- ca; es decir, que no regulaba el mercado di- ciendo, por ejemplo, qué se podía comerciar, importar o fabricar. • Impulsaban el respeto por el derecho a la propiedad, sin actuar para eliminar las des- igualdades económicas o sociales. • Promovían la defensa de la libertad del indi- viduo, garantía de sus derechos. • Estipulaban la participación de los ciudada- nos en la elección de representantes (dere- chos políticos). Federal Forma de Estado basada en la asociación voluntaria o federación de entes estatales (provincias o estados) que delegan algu- nas de sus atribuciones para constituir el poder central. Unitario o centralista Forma de Estado donde no existe ningún centro autónomo de poder fuera del go- bierno central. Se considera que la constitución es la ley fundamental porque es el escrito inicial sobre el que se dia- grama un Estado, su distribución jurídica territorial, los órganos de gobierno y su interdependencia, el tipo de Estado (federal o unitario) y la forma de gobierno (monarquía, república); ordena la relación de un Estado con otros y con los organismos internacionales y pone límites a los poderes constituidos en resguardo de los ciudadanos del país. Es suprema porque todas las restantes leyes son consideradas de jerarquía inferior y deben subordinarse a ella (artículo 31 de la Constitución Nacional). Lectura 1 1 CAPÍTULO 7 En el siglo XX, superando a las constituciones liberales que garantizaban únicamente los derechos individuales, surgieron las constituciones sociales, cuyo objetivo es que el Estado provea de dere- chos colectivos a la población, tales como el derecho a la salud, a la vivienda digna, a la educación, a la jubilación, a vacaciones pagas, etcétera. Forma de gobierno y de Estado de Argentina en la Constitución Nacional Surgimiento y evolución de la República Argentina Nuestro primer gobierno patrio se estableció el 25 de mayo de 1810, pero todavía no se habían dado todos los pasos necesarios para constituir un Estado: el territorio aún no estaba delimitado en su extensión, porque no todas las provincias que formaban el antiguo Virreinato habían aceptado al nuevo gobierno; por lo tanto, no estaba definida la población que se integraría como ciudadana al futuro Estado; tampoco se tenía la soberanía que se consigue por medio del reconocimiento exterior de por parte de otros Estados, puesto que aún no habíamos declarado nuestra indepen- dencia. Sin embargo, la voluntad de formar un Estado estaba clara en la Marcha Patriótica de 1813 (hoy Himno Nacional Argentino): “Se levanta a la faz de la tierra una nueva y gloriosa nación”. El paso siguiente fue declarar la independencia, el 9 de julio de 1816. Aunque, como podemos ver en la Declaración, no estuvieron presentes todas las provincias que actualmente forman Argentina, ni todos los pueblos representados en el Congreso de Tucumán integraron posteriormente esta república. La voluntad que existía, en la Declaración, era de componer una unidad superior en territorio y po- blación a la que se concretó por entonces. Declaración de la Independencia de 1816 Declaración de la Independencia de las Provincias Unidas, 9 de julio de 1816 “Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos […] declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es volun- tad unánime e indudable de estas provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli. Estado, gobierno y participación1 8 Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Salta, San Juan, San Luis, Santiago del Estero, Tucumán, Charcas (Chuquisaca), Chichas (Potosí), Mizque (Cochabamba)”. Actividad Lean atentamente este fragmentode la Declaración: 1 ¿Cuál es el territorio del que se sienten representantes los diputados que estaban en el Congreso? 2 Confronten con el mapa del Virreinato del Río de la Plata: ¿qué territorios no estaban representados? 3 Chequeen con un mapa de Argentina y hagan una lista de las provincias que no estaban. Investiguen los distintos casos del porqué de las ausencias. Después de la Declaración de la Independencia, los congresales debían redactar una Constitución para el naciente Estado. Y antes que eso, debían decidir qué forma de gobierno iba a adoptar el país. Tras arduas discusiones, y debido a la posición europea que se pronunciaba en contra de las repúblicas, se votó por una monarquía atemperada, es decir, una monarquía limitada por una constitución que acotara el poder del rey. La Constitución fue terminada en 1819, pero en general las provincias no estuvieron de acuerdo, porque consideraban que era centralista, aristocrática y pro monárquica. Aunque no lo admitían públicamente, los políticos de Buenos Aires querían que el rey fuera europeo, y los caudillos de las provincias consideraban que tener un rey europeo les serviría para poder manejar el gobierno a su arbitrio desde Buenos Aires. El enfrentamiento entre las provincias del interior y Buenos Aires dio lugar a la caída del gobierno central: el Director Supremo dejó de gobernar en febrero de 1820. De este modo, las provincias adquirieron autonomía, y su unión se sostuvo mediante pactos interprovinciales, reconocidos en el Preámbulo de nuestra Constitución Nacional como antecedentes necesarios para la consolidación de un Estado nacional: “(…) reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior (…)” Entre esos pactos preexistentes podemos mencionar el Tratado del Pilar, de Benegas, del Cua- drilátero, el Pacto Federal y el Acuerdo de San Nicolás. Durante el período 1820-1852, el único momento en que el país tuvo un gobierno central fue bajo la presidencia de Bernardino Riva- davia (1826-1827). El actual territorio argentino tuvo tres nombres: Provincias Unidas del Río de la Plata, República Argentina y Confederación Argentina, que son reconocidos como válidos para nuestro país por la Constitución vigente (artículo 35 de la Constitución Nacional), aunque la costumbre desde 1860 fijó “República Argentina” para la carta magna, y para la redacción de las leyes “Nación Argentina”. 1 1 CAPÍTULO 9 La Constitución de la Confederación Argentina (1853) y la Constitución de la Nación Argentina (1860) Juan Manuel de Rosas fue el gobernador de la provincia de Buenos Aires (1829-1832 y 1835-1852) y, de acuerdo a la Ley Fundamental (1825) –por la cual las provincias delegaban las relaciones exteriores de la Nación en el Gobernador de Buenos Aires– Rosas representó a las provincias ante los demás Estados, como Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina. No tenía apuro por convocar a un congreso constituyente para redactar una constitución nacional. Prefería que “los pueblos se ocupasen de sus constituciones particulares, para que después de promulgadas entrásemos a trabajar los cimientos de la Constitución Nacional”. Juan Manuel de Rosas El gobernador de Entre Ríos, Justo José de Urquiza, con el objetivo proclamado de conseguir la Orga- nización Nacional, dejó de acompañar a Rosas en 1851. Mediante la alianza con Brasil y con Uruguay, y la colaboración de los opositores a Rosas, que eran unitarios o federales doctrinarios o liberales, Urquiza venció a Rosas en la batalla de Caseros el 3 de febrero de 1852, y puso los cimientos para la redacción de una Constitución. Poco después, los liberales porteños acusaron a Urquiza de ser tan dictador como lo era Rosas, y la provincia se separó de la Confederación, estableciendo el Estado de Buenos Aires, que tuvo vigencia entre 1852 y 1859. Por este enfrentamiento, la Constitución de la Confede- ración Argentina de 1853 no tuvo entre sus firmantes a Buenos Aires. Sin embargo, la Constitución se redactó teniéndola en cuenta, y la nombró Capital Federal de la Confederación. Uno de los artífices de la Constitución fue Juan Bautista Alberdi, que escribió el libro Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina, teniendo como fuente principal a la Constitución de los Estados Unidos, con su sistema federal y los principios liberales que mencionamos en el primer apartado. Batalla de Caseros, 1852 Organización federal del Estado argentino Como vimos, para constituir formalmente a la República Argentina se atravesaron largas décadas de luchas internas, de guerras civiles, entre las provincias que no querían ser dominadas por Bue- nos Aires, y Buenos Aires, que consideraba que las provincias estaban dirigidas por caudillos más interesados en defender sus intereses locales o regionales, que en la conformación de un Estado. Tras años de conflictos entre la Confederación y Buenos Aires, la Confederación fue vencida en la batalla de Cepeda (1859), y, tal como se acordó en el Pacto de San José de Flores, se modificó la Constitución en 1860 para que la provincia de Buenos Aires pudiera hacerle reformas. Así surgió la Constitución de la Nación Argentina. Actividad Estado, gobierno y participación1 10 Finalmente se llegó a un acuerdo: en la Constitución de 1853 se creó un Poder Legislativo con un Senado que, con mayoría de las provincias del interior, impide que se aprueben leyes que perju- diquen a sus territorios. Y también el Poder Legislativo cuenta con una Cámara de Diputados, que son representantes de la población, en la cual existe una mayoría de legisladores de provincias del Litoral, debido a la distribución de los habitantes en el territorio de la República Argentina. De este modo, entre 1853 y 1860 las provincias se aseguraron de que no volviese a producirse un predominio excesivo de la provincia de Buenos Aires. Se convino entonces suprimir las trabas a la libre navegación de los ríos internos y habilitar nuevos puertos (eje del conflicto entre Buenos Aires y las provincias del Litoral); disponer la formación de un tesoro federal, que serviría de recurso económico para el gobierno central, con la nacionalización de las aduanas exteriores y la supresión de aduanas entre provincias, y asegurar a las provincias los subsidios necesarios para cubrir sus presupuestos. La forma de Estado de nuestra república es federal porque en la Constitución Nacional se admite que el Estado está formado por provincias que lo precedieron organizativamente, por lo que se les reconoce cierta autonomía, como la de dictarse una Constitución provincial (que no contradiga los principios fundamentales de la nacional), elegir directamente a sus gobernantes y legisladores, adecuar a la realidad local las leyes que no sean de competencia federal exclusiva, etcétera. De este modo, en la República Argentina tenemos un gobierno federal integrado por tres poderes nacionales (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial), y los gobiernos de provincia. Estos están compuestos por 23 provincias y la capital federal de la Nación, la Ciudad Autónoma de Bue- nos Aires (CABA), que desde 1994 tiene esta autonomía. Los gobernadores de provincia y el jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires deben hacer cumplir la Constitución en su territorio y son agentes naturales del gobierno federal (artículo 128 de la Constitución Nacional). La Constitución de 1853 dispuso que cada provincia asegure la administración de justicia, garantice la educación primaria, y organice su régimen municipal, para que los ciudadanos puedan cuidar sus intereses locales. Es decir, que se formen departamentos, partidos o municipios gobernados por intendentes (los nombres y forma de organizarse varían según la Constituciónde cada provincia). Busquen en la Constitución de la Nación Argentina los artículos en los que se establecen los puntos mencionados en el apartado “Organización federal del Estado argentino”. Explíquenlos con sus propias palabras. 1 1 CAPÍTULO 11 LOBOS NAVARRO LUJÁN CAÑUELAS BRANDSEN CAMPANA ZÁRATE LA PLATA MERCEDES PILAR TIGRE SAN VICENTE GENERAL LAS HERAS EZEIZA MARCOS PAZ ESCOBAR LA MATANZA EXALTACIÓN DE LA CRUZ MERLO MORENO GENERAL RODRÍGUEZ BERISSO BERAZATÉGUI CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES QUILMES ENSENADA LANÚS FLORENCIO VARELA 10 5 ALMIRANTE BROWN PRESIDENTE PERÓN ESTEBAN ECHEVERRÍA LOMAS DE ZAMORA 3 AVELLANEDA 4 9 2 1. SAN FERNANDO 2. MALVINAS ARGENTINAS 3. SAN ISIDRO 4. JOSÉ C. PAZ 5. SAN MIGUEL 6. VICENTE LÓPEZ 7. HURLINGHAM 8. GRAL. SAN MARTÍN 9. ITUZAINGÓ 10. MORÓN 11. TRES DE FEBRERO 7 8 11 6 1 GBA PARTIDOS QUE SE AGREGAN AL GBA PARA DAR LUGAR AL AMBA PARTIDOS QUE SE AGREGAN AL AMBA PARA DAR LUGAR AL RMBA Delimitación relativa a la cobertura física de la mancha urbana, que incluye a la Ciudad de Buenos Aires y 24 partidos del Gran Buenos Aires Forma de gobierno republicana y representativa Nuestro Estado nacional, según afirma el primer artículo de la Constitución, adoptó para su gobierno la forma representativa republicana y federal. Representativa, porque los ciudadanos no gobernamos directamente sino a través de represen- tantes. En todo sistema político basado en la soberanía popular, cuando el pueblo no gobierna directamente, lo hace a través de sus representantes. Estamos hablando, entonces, de un gobier- no representativo. Esta es la forma de gobierno que tomó nuestra Constitución en su artículo 1º: “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa...”. Cuando la Constitución habla de la prerrogativa que tienen las provincias de dictarse para sus territorios una Constitución provincial, también estas deben guiarse por el sistema representativo republicano (ver artículo 5). Actividades Estado, gobierno y participación1 12 ción (no se trata de un rey, sino sería una monarquía); del mismo modo, el Poder Legislativo se renueva por elecciones populares periódicamente; debe haber igualdad ante la ley, libertad de expresión, y debe existir control sobre los actos de los gobernantes. Las provincias, que deben tener también un sistema republicano, tienen que darse una Constitución de acuerdo con los principios, declaraciones y garan- tías de la Constitución Nacional, que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria (artículo 5). Emisión de voto 1 Subrayen en el texto, o transcriban en la carpeta, las características que debe tener un gobierno para que sea republicano. 2 Busquen noticias periodísticas (en papel o por internet) donde se traten situaciones que tengan que ver con nuestra vida republicana. Por ejemplo: a. Elecciones para establecer nue- vo Poder Ejecutivo. b. División de poderes: activida- des de diferentes autoridades de la Nación, como diputados, senadores, miembros del Po- der Ejecutivo, magistrados del Poder Judicial. c. Artículos con diferentes opi- niones sobre el mismo tema, para analizar la libertad de expresión. 3 Reflexionen en grupos sobre los artículos encontrados. Saquen conclusiones. Además, en el artículo 22 la Constitución sostiene: “El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de este, comete delito de sedición”. Republicana, porque nos rige una Constitución que organiza las instituciones del Estado, respetando la división de poderes (en Poder Ejecutivo, Poder Legis- lativo y Poder Judicial, que veremos más adelante) para evitar el abuso de los gobernantes sobre los go- bernados; establece que el Poder Ejecutivo Nacional está desempeñado por un presidente elegido por el pueblo por períodos determinados por la Constitu- llevó adelante la Rsó en su intento departe de las éliteselectoral. En 191la presidencia: Roqufraude y la manipsobre la base depara que no que hábil para el ejerciimportante crear dadanos sintieran para decidir en la por el sufragio. Unfue tornar secretodebe emitir a solas“cuarto oscuro”. obligatorio, para quvotar, y sacar a laal sufragio. Graciasdemos decir que ltransformó en una De la república oligárquica a la república democrática Nuestra Constitución en 1853 consagró el sistema republicano, pero en ningún momento mencionaba el concepto “democracia”. Hasta 1916 gobernaron las élites u oligarquías, que llegaban al gobierno por elecciones que no podían ser consideradas libres o justas. Los comicios eran manipulados por quienes detentaban el poder estatal, por lo que se imponía la voluntad de la oligarquía por encima de la de los ciudadanos. De este modo, si bien el régimen político era republicano y representativo, podemos calificar a ese período como república oligárquica: a pesar que no había restricciones formales a la universalidad del voto masculino y se celebraban periódicamente las elecciones, estas no eran trans- parentes. Por esa causa se formó la Unión Cívica que Vocabulario 1 1 CAPÍTULO 13 todos los que estaban habilitados por la ley tenían la posibilidad de elegir y ser elegidos. Aclaramos “todos los que estaban habilitados por la ley”, porque las mujeres aún no podían votar, aunque se expresase que el voto era “universal”. Oligarquía Forma de gobierno en la que el poder político de un país está en manos de un grupo mino- ritario, que gobierna en beneficio de sus propios intereses. Tanques en Plaza de Mayo tras el golpe de Estado de 1976 Estructura de nuestra Constitución Nacional En los puntos anteriores vimos de qué modo se llegó a establecer nuestra Constitución. La Cons- titución de 1853 se fue reformando a medida que las circunstancias lo necesitaron. Así, hubo reformas en 1866, cuando se estableció que las aduanas debían ser nacionales; en 1898, cuando se amplió la base de habitantes requerida para elegir diputados; en 1949, cuando se transformó en una constitución social, que tuvo en cuenta los derechos de los trabajadores, de la mujer, del niño y de la ancianidad; en 1957, para volver a incluir los derechos de los trabajadores, porque la reforma constitucional de 1949 se había derogado por el golpe de Estado de 1955; y finalmente la reforma de 1994, que estableció nuevos derechos y garantías y modificó los períodos de gobierno de nuestros mandatarios, entre otros asuntos. La Constitución argentina comienza con un Preámbulo, donde se enuncian los propósitos que tuvieron los constituyentes de 1853 al sancionarla. La primera parte (a la que se califica como dogmática porque establece tanto los principios básicos del funcionamiento del Estado como los derechos que debe respetar) se denomina Declaraciones, derechos y garantías. Su primer capítulo establece el tipo de Estado y la forma de gobierno, adopta como religión oficial al culto católico, Sin embargo, no podemos decir que desde ese momen- to hasta la actualidad todo haya sido un lecho de rosas para la democracia: abundaron los golpes militares (1930, 1943, 1955, 1962, 1966, 1976) y los gobiernos condicionados por las proscripciones políticas. Desde diciembre de 1983, ya sin proscripciones ni fraude, la república democrática se hizo presente. Con la re- forma constitucional de 1994 se sostiene el sistema democrático, al inhabilitar perpetuamente a quienes se alzaren contra el orden institucional (artículo 36), y se afirma que los partidos políticos son instituciones fundamentales de la democracia (artículo 38). Estado, gobierno y participación1 14 dispone sobre la formación del Tesoro Nacional, el régimen aduanero, la autonomía de las provin- cias, enumera derechos civiles, políticos y sociales (estos últimos agregados en 1949-1957), y se expresaque los derechos y garantías enumerados no niegan los que no se mencionan. En 1994 se suma el segundo capítulo llamado Nuevos Derechos y Garantías, donde se afirma la nulidad de los actos de gobierno si se quiebra el orden constitucional; se garantizan los derechos políticos y la real igualdad de oportunidades entre mujeres y varones para acceder a cargos públicos, con la actuación fundamental de los partidos políticos; mayor participación en la democracia mediante la iniciativa popular y la consulta popular; la protección del medio ambiente, los derechos de usuarios, y las garantías de amparo, hábeas corpus y hábeas data. La segunda parte (o parte orgánica, donde se La protección del medio ambiente es un derecho constitucional organizan las instituciones) está dedicada a las Autoridades de la Nación: en su Título I a las del gobierno federal –Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial– y en el Título II a los gobiernos de provincia. En el artículo 75 inciso 22 se establece que los tratados realizados con otras naciones y organizaciones internacionales aproba- dos por las dos terceras partes de ambas Cámaras del Congreso gozan de jerarquía constitucional. Es decir, también son ley suprema de la Nación (Vean la Constitu- ción Nacional, en página 97). SISTEMA DE PARTIDOS, SUFRAGIO Y SISTEMA ELECTORAL ¿Qué es un partido político? Un partido político es una agrupación de ciudadanos que, organizándose de acuerdo a las leyes de su país, se propone llegar al gobierno o lograr colocar sus candidatos en cargos públicos mediante elecciones libres a fin de llevar adelante un determinado programa de gobierno, o luchar por con- seguir algunos objetivos planteados en sus plataformas electorales. Analicemos esta definición: • “Partido” viene de “parte”. El partido está formado solo por una parte de la ciudadanía, porque en una sociedad democrática es imposible que, en libertad, todo el mundo piense lo mismo o se piense afiliar o adherir al mismo partido. • “Agrupación de ciudadanos”, porque solamente los que tienen derechos políticos pueden inte- grarlos formalmente y ser candidatos en las elecciones. • “De acuerdo a las leyes de su país”, porque cada Estado reglamenta las condiciones en que se pueden constituir los partidos políticos. En Argentina los partidos políticos se rigen por la Ley 23.298, Ley Orgánica de los Partidos Políticos, que considera en su artículo 3 que: • La existencia de los partidos requiere de las siguientes condiciones sustanciales: 1 1 CAPÍTULO 15 1. Grupo de electores, unidos por un vínculo político permanente. 2. Organización estable y funcionamiento reglados por la carta orgánica, de conformidad con el método democrático interno, mediante elecciones periódicas de autoridades y organismos partidarios, en la forma que establezca cada partido, respetando la paridad de género, sin necesidad del cumplimiento estricto del principio de alternancia. 3. Reconocimiento judicial de su personería jurídico-política como partido, la que comporta su inscripción en el registro público correspondiente. • “Se propone llegar al gobierno o lograr…” De acuerdo al artículo 2 de la mencionada Ley Orgánica, “los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional. Les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos públicos electivos”. La participación de los ciudadanos en los partidos políticos, hace que los ciudadanos puedan cana- lizar sus proyectos y sus demandas mediante la acción de sus legisladores ya sea en el Congreso Nacional, en las Legislaturas provinciales o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en los Concejos Deliberantes municipales. De acuerdo al sistema representativo, cuando se realizan elecciones, un partido gana el po- der ejecutivo y parte de las bancas del poder legislativo: a ese se lo denomina partido oficia- lista. Los demás partidos, minoritarios en esa elección, constituyen en general la oposición, aunque participen varios de ellos del gobierno con bancas en el Congreso Nacional o en las legislaturas provinciales. Acto político durante las elecciones de 2019 Partidos políticos y Constitución Nacional La Ley Orgánica que rige actualmente el funcionamiento de los partidos políticos, llamada por tradición Estatuto de los Partidos Políticos, es de 1985, con modificaciones posteriores. Pero has- ta 1994 los partidos políticos no fueron mencionados en la Constitución Nacional. En la reforma constitucional de 1994, se incluyó el artículo 38, que dice lo siguiente: “Artículo 38: Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El Estado contribuye al sosteni- miento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio”. Es decir, de acuerdo a la Constitución y a la Ley Orgánica, los cargos públicos electivos solo se pueden ocupar mediante el sufragio de los ciudadanos, que votan a candidatos postulados por partidos políticos. El Estado aporta económicamente para que los partidos y sus candidatos puedan hacerse conocidos entre la población, teniendo en cuenta al principio la cantidad de afiliados, y luego, la cantidad de votos recibidos. Los partidos políticos tienen el deber de mostrar de dónde provienen los recursos de los que disponen y a qué los destinan, a fin de que no haya operaciones ilícitas. Actividad Estado, gobierno y participación1 16 Sistema de partidos Cuando en un Estado existe un solo partido político, podemos deducir que esto sucede porque no están permitidos otros partidos políticos. Porque, como dijimos que “partido” proviene de “parte”, siempre existen otros que no tienen los mismos intereses, que no luchan por los mismos objetivos. Un sistema de partidos es un conjunto de partidos políticos que actúan dentro de un Estado, con determinadas reglas y características, que compiten entre sí. En general los sistemas de partidos se clasifican de acuerdo a la cantidad de partidos políticos que participan en las elecciones. Así, cuando el sistema es de partido único, no se caracteriza por tratarse de un Estado democrático, porque evidentemente falta la libertad de expresión y de asociación. Se dice que un sistema de partido es hegemónico, cuando el partido que siempre gana permite que se presenten otros partidos a las elecciones, pero debido al fraude o a la manipulación, es imposible que ganen. En cambio, en una situación de partido predominante, aunque gane generalmente un solo partido, existe libertad de voto, pero la mayoría vota al que siempre triunfa. El bipartidismo se da cuando dos partidos políticos se alternan en los resultados de las elecciones. Y el pluripartidismo existe cuando en las elecciones se presentan tres o más partidos, muchas veces fruto de coaliciones. Afiches de partidos políticos durante las PASO de 2019 Busquen noticias periodísticas (en papel o por internet) sobre partidos políticos en nuestro país. Determinen, de acuerdo a las noticias encontradas, qué tipo de sistema político tiene la Argentina. Actividad 1 1 CAPÍTULO 17 Sistema electoral Para realizar las elecciones, existen reglas que establecen, entre otros aspectos, de qué modo se toman las decisiones, y cómo se determina el o los ganadores de la elección, que ocuparán las bancas o los cargos electorales. A este conjunto de normas se denomina sistema electoral. Los cargos se pueden cubrir mediante: • Sorteo o lotería, método empleado en la Grecia antigua. • El acuerdo unánime de todos, meta muy difícil de lograr. • La mayoría de los votos, que puedeser mayoría simple, cuando el ganador tiene más votos que los demás, pero menos de la mitad, o mayoría absoluta, cuando se requiere más de la mitad de los votos o de los votantes. • La proporcionalidad, cuando las vacantes se distribuyen proporcionalmente entre los candidatos de las listas votadas. En Argentina se utiliza la mayoría simple para la elección de cargos de gobernadores de provincias, y para la elección de intendentes municipales. Para el cargo de jefe de gobierno de la Ciudad Au- tónoma de Buenos Aires se utiliza la mayoría absoluta. Como esta es muy difícil de lograr en una sola elección, se hace una segunda vuelta electoral entre los dos candidatos más votados, y así se elige el jefe de gobierno. En el caso de presidente de la Nación, se realiza una segunda vuelta o ballotage, si ningún candi- dato obtiene como mínimo el 45% de los votos, o si ninguno obtiene el 40% de los votos con una diferencia de 10% sobre el segundo. Se emplea el sistema proporcional para la cobertura de diputados: según la cantidad de votos que haya obtenido cada partido político, se establece la cantidad de diputados que obtendrán su banca en la Cámara de Diputados de la Nación. Para la cobertura de senadores, que se eligen tres por distrito electoral en una elección cada seis años, ocupa dos bancas el partido que haya obtenido la mayoría simple, y una banca el partido que queda como primera minoría. Investiguen en internet sobre las últimas tres elecciones para presidente de la Nación y para jefe de gobierno en CABA. Fíjense en qué casos hubo ballotage, quiénes triunfaron en las elec- ciones y a qué partidos políticos pertenecían. Asimismo, observen las elecciones para dipu- tados y senadores de los últimos seis años: ¿qué partidos políticos obtuvieron bancas en la Cámara de Diputados y en la de Senadores? Estado, gobierno y participación1 18 Sufragio El sufragio es un procedimiento mediante el cual las personas habilitadas para votar eligen re- presentantes, o aprueban o rechazan una ley, una propuesta o una decisión. El sufragio sirve para dirimir los conflictos, porque, a través de la regla de la mayoría, se impone una voluntad sobre otras. Existe democracia mientras que los que pierden acaten las resoluciones, con la esperanza de que en la próxima oportunidad ellos puedan ser los vencedores. Las personas habilitadas para votar constituyen el cuerpo electoral y figuran en los padrones. En general hay dos padrones electorales: uno en el que figuran todos los argentinos en condiciones de emitir el voto y otro en el que se encuentran los habitantes extranjeros que están en condiciones de hacerlo. Generalmente, en nuestro país, el sufragio es electoral, es decir, sirve para designar funcionarios para determinados cargos. Es no electoral cuando mediante el voto se adoptan decisiones políticas, como en el referéndum (por votación los ciudadanos emiten su opinión sobre, por ejemplo, una ley), o se expresa su voluntad mediante la consulta popular (artículo 40 de la Constitución Nacional). Gracias al sufragio, el gobierno procede de la voluntad popular, expresada a través de los comicios. De este modo son designados los titulares del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo en nuestro país, ya que para la integración del Poder Judicial se aplican distintos procedimientos, en los que el ciudadano común participa solo indirectamente. Como vimos en el apartado “De la república oligárquica a la república democrática”, según la Ley 8871 de 1912 (o Ley Sáenz Peña), el sufragio no solo constituye un derecho sino que en nuestro país (y muchos de América Latina), es también un deber del ciudadano, porque es obligatorio. El artículo 37 de nuestra Constitución ratifica el sufra- gio universal (sin discriminaciones de ningún tipo), igual (cada persona solo puede votar una vez, y vale lo mismo el voto de un rico que el de un pobre, el de un analfabeto que el de un universitario), secreto (se emite en “cuarto oscuro”, donde no vean los demás, a fin de tener libertad para emitir el voto) y obligatorio (por las razones antes descritas), que lo convierten en un deber. Voto femenino, conseguido en 1947 Participación política en el sistema democrático La democracia es el resultado de un empeño cotidiano en mejorarla y profundizarla como forma de gobierno y como sistema de vida. Por ejemplo, la creación de espacios públicos tales como pla- zas, polideportivos municipales, centros culturales, entre otros, genera mayores posibilidades de encuentro entre ciudadanos para intercambiar opiniones, pensar proyectos, reclamar al Estado, y satisfacer necesidades a partir de los lazos recíprocos que se construyen entre ellos. El Estado juega un rol fundamental en este aspecto, ya que puede funcionar como favorecedor o como coartador de la real participación de todos. Más allá de que los derechos humanos estén inclui- dos en el ordenamiento jurídico de un país, no siempre son respetados. Favorecer la participación supone elaborar políticas públicas que den herramientas a quienes menos recursos poseen para que amplíen su poder de acción colectiva. Si los gobernantes pretenden solucionar los problemas 1 1 CAPÍTULO 19 de las personas, es importante conocer qué piensan, qué sienten, qué soluciones intentaron para resolverlos y qué propuestas imaginan para superarlos. De esta manera, pueden descubrir aspectos de los problemas que no consideraban para proponer alternativas más adecuadas. Por supuesto, es muy importante la participación del ciudadano en las elecciones, porque de esta forma se compromete con el sistema democrático, afianzando sus instituciones y obedeciendo a la ley impuesta por la regla de la mayoría. Si bien en las democracias actuales los partidos políticos son los que discuten en su seno los distintos temas, y el papel del electorado se reduce muchas veces a aprobarlos con su voto, el poder electoral sigue siendo grande. Ningún partido tiene una mayoría de votos cautivos (es decir, votantes que responden únicamente a un partido, sea cual fuere su ética o su política económica), y por lo tanto debe cuidar al electorado. De no ser así, el electorado reacciona sufragando por otro partido, ya sea porque considera que el otro puede brindar lo que el primero no cumplió, o simplemente como voto castigo, para que su partido no se crea omnipotente. Características de la participación La vida democrática es una realidad conflictiva. Quie- nes la conforman presentan características diversas. Existe una pluralidad de voces. Así, las distintas instancias de participación posible nos plantean el desafío de la tolerancia, el compromiso con la paz y el cumplimiento de las normas generales. La participación es una necesidad humana fundamen- tal y cuenta con tres niveles: • Información: constituye un nivel mínimo de parti- cipación que implica incorporar la información so- cialmente disponible sobre los temas concernientes a la comunidad. • Opinión: crece el nivel de participación y supone expresar libremente las ideas propias sobre los temas relacionados con la vida común, tener voz y ser escuchados. • Toma de decisiones: es el nivel más avanzado de participación y se vincula con incidir en la toma de decisiones que afectan al colectivo social. Perfil de Instagram de @lapoliticaonline, líder en información política y económica de Argentina AMPLIACIÓN DE LA CIUDADANÍA POLÍTICA EN EL SIGLO XIX A lo largo de la historia, en general, los que más propiedades poseían, o los que más formación intelectual tenían, se consideraron superiores a quienes menos tenían. Los excluían de sus derechos y desconfiaban de sus intenciones y posibles descontentos por la situación de inferioridad en que vivían. Podemos ver esto en las Memorias del general José María Paz. Paz, que combatió a los cau- dillos y sus montoneras, destacó los resentimientos que había generado el abuso de autoridad por parte de los militares, y sostuvo que fue una de las causas principalespara que la gente “ignorante” y “pobre” se uniera a las montoneras para luchar contra los ricos. Con sus palabras: Lectura Estado, gobierno y participación1 20 “(…) les fue muy fácil a los caudillos sublevar la parte ignorante contra la más ilustrada, a los pobres contra los ricos, y con este odio venían a confundirse los celos que justa o injus- tamente inspiraba a muchos la preponderancia de Buenos Aires. Aun diré más, y que quizá fue la causa más poderosa, las fuertes prevenciones que había engendrado en el paisanaje la indisciplina y altanería de las tropas de los primeros ejércitos y las exacciones gravosas a que los sujetaban”. Las obligaciones de los que no son propietarios legalmente “1. Todo individuo en la campaña que no tenga propiedad legítima de qué subsistir y que haga constar ante el juez territorial de su partido, será reputado de la clase de sirviente. 2. Todo sirviente de la clase que fuera deberá tener una papeleta de su patrón visada por el Juez del partido, sin cuya precisa calidad será inválida. 3. Las papeletas de estos peones deben renovarse cada tres meses, teniendo cuidado los vecinos propietarios que sostienen esta clase de hombres de remitirlas hechas al Juez del partido, para que ponga su visto bueno. 4. Todo individuo de la clase de peón que no conserve este documento será reputado por vago. 5. Todo individuo, aunque tenga la papeleta, que transite la campaña sin licencia del Juez terri- torial o refrendada por él siendo de otra parte será reputado por vago. 6. Los vagos serán remitidos a esta capital y se des- tinarán al servicio de las armas por cinco años en la primera vez en los cuerpos veteranos. 7. Los que no sirvieren para este destino se les obligará a reconocer un patrón a quien servirá forzosamente dos años en la primera vez por su justo salario y en la segunda por diez años”. Fuente: Bando del gobernador intendente de Buenos Aires Manuel Oliden, 30 de agosto de 1815 Las pulperías eran el lugar de encuentro de los gauchos donde organizaban payadas y bailes Actividad Lean atentamente el bando del gobernador Oliden y respondan: 1 ¿Había igualdad ante la ley en esa época? 2 Según sus opiniones, ¿cuáles son las causas de estas reglamentaciones? 3 Analicen la situación de los no propietarios. 4 Relacionen este reglamento con los resentimientos de los que habla el general Paz. Lectura 1 1 CAPÍTULO 21 Esteban Echeverría y el sufragio universal, en Ojeada retrospectiva (1846) “La ley de la Provincia de Buenos Aires de 14 de Agosto de 1821, concedía el derecho de sufragio a ‘todo hombre libre, natural del país o avecindado en él, desde la edad de 20 años, o antes si fuere emancipado’”. “El sufragio universal es absurdo”. “La mayoría del pueblo a quien se otorgaba ese derecho no sabía lo que era sufragio ni a qué fin se encaminaba eso, ni se le daban tampoco los medios de adquirir ese conoci- miento. (...) significaba el predominio de las masas incultas y engañadas, el gobierno de las lanzas y los candombes; era irracional y contrario a la naturaleza de la sociedad”. Actividad Lean atentamente los fragmentos y respondan: 1 ¿Por qué Esteban Echeverría estaba en contra del sufragio universal? 2 ¿Qué gobierno había en Buenos Aires en 1846? ¿Qué opinaba Echeverría al respecto? La Constitución de 1853 no decía nada sobre las características del sufragio de la población. En 1857, la ley 140 estableció que el voto era voluntario, personal, no secreto y por supuesto, mascu- lino. Debido a esto, se impedía a ciertas personas que se inscribieran en los registros para votar, se coaccionaba a la gente para que vote a determinada lista, se inscribían ciudadanos que ya habían fallecido para que otros voten por ellos, etc. Domingo Faustino Sarmiento le contaba a su pariente Domingo Oro en una carta de 1857, cómo se realizaron las elecciones en Buenos Aires: “Los gauchos que se resistieron a votar por nuestros candidatos fueron puestos en el cepo o enviados a las fronteras con los indios y quemados sus ranchos. Bandas de soldados ar- mados recorrían las calles acuchillando y persiguiendo a los opositores. Tal fue el terror que sembramos entre toda esa gente, que el día 29 triunfamos sin oposición”. En la medida en que se fue difundiendo entre la población la organización de los trabajadores para mejorar sus condiciones de trabajo y sus salarios, y se fue generalizando la educación pública, los habitantes pudieron presionar para ampliar sus derechos. Como vimos en el apartado “Característi- cas de la participación”, con la agrupación en sindicatos obreros y la popularización de la educación pública, pudo incrementarse la información, mediante la redacción de folletos y la discusión de las ideas. De este modo se fue generando una opinión que no era solamente la que transmitían los grandes periódicos. El nivel de toma de decisiones para mejorar la situación también fue paulatino durante el siglo XIX. Las clases medias, y las clases altas que no estaban de acuerdo con el gobierno de una oligarquía, se agruparon en la Unión Cívica (1890), que luego sería la Unión Cívica Radical (UCR). Con distintos Lectura Estado, gobierno y participación1 22 levantamientos armados (1890, 1893, 1905), los radicales exigieron que se cumpliera la Consti- tución. Finalmente, con la sanción en 1912 de la Ley Sáenz Peña, el voto fue universal, secreto y obligatorio. Gracias a esta ley, los radicales consideraron que valía la pena presentarse a elecciones, y ganaron en 1916 la presidencia de la Nación, con Hipólito Yrigoyen. Levantamiento radical de 1905 DIVISIÓN DE PODERES: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES La teoría de la separación de poderes, que significó un instrumento de lucha política contra el ab- solutismo, fue enunciada por Montesquieu en el siglo XVIII. La doctrina de separación de poderes distribuye las múltiples funciones que tiene el gobierno entre el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo. Además de ocuparse de sus funciones específicas, estos poderes se controlan entre sí, en un sistema de “frenos y contrapesos”, según palabras del propio Montesquieu. La separación de funciones se lleva a cabo en los tres ámbitos: nacional o federal, provincial y municipal. La división de poderes en El espíritu de las leyes de Montesquieu (1748) “Cuando el Poder Legislativo y el Ejecutivo se reúnen en la misma persona o en el mismo cuerpo de magistrados, no hay libertad, porque puede temerse que el monarca o el Senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas tiránicamente. No hay tampoco libertad si el poder ju- dicial no está separado del legislativo y del ejecutivo. Si está unido a la potestad legislativa, el poder de decidir la vida y libertad de los ciudadanos será arbitrario, porque el juez será al mismo tiempo legislador; si está unido al poder ejecutivo, el juez tendrá en su mano la fuerza de un opresor. Todo estaría perdido si el mismo hombre, o el mismo cuerpo de los próceres o de los nobles o del pueblo, ejerciese estos tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias de los particulares”. Actividad Lean atentamente y respondan: 1 ¿Qué piensa Montesquieu del poder absoluto? 2 ¿Qué importancia tiene la división de poderes? 3 Relacionen este artículo con nuestra Constitución. 1 1 CAPÍTULO 23 Poder Legislativo El Poder Legislativo Nacional o Congreso de la Nación es el encargado, primordialmente, de hacer las leyes que se necesitan para el buen gobierno de la ciudadanía. Es una asamblea, junta o congre- so donde se reúnen los representantes, denominados legisladores por esa función específica que tienen. A nivel nacional, el Poder Legislativo es bicameral (está organizado en dos cámaras), como dijimos al principio de este capítulo: la Cámara de Diputados, que representa a la población de los distintos distritos (provincias y CABA), y la Cámara de Senadores, querepresenta a los intereses de esos distritos. Hemos explicado la razón de esa división en el apartado “Organización federal del Estado argentino”. En total son 24 distritos: 23 provincias y CABA. Palacio del Congreso de la Nación Argentina, Buenos Aires La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es unicameral (tiene una sola cámara); a sus integrantes se los denomina diputados o legisladores. Todos nuestros representantes se eligen por voto directo de la ciudadanía. La Cámara de Diputados de la Nación se renueva por mitades cada dos años: cada diputado nacional dura en sus funciones cuatro años. Como son seleccionados mediante la representación proporcio- nal, hay numerosos partidos políticos que tienen bancas en el Congreso Nacional. En cambio, los Senadores nacionales duran seis años en sus cargos, y se renuevan por tercios. Al ser tres senadores por distrito electoral, hay menor variedad de partidos políticos en la Cámara de Senadores. Estos tres senadores por distrito electoral se deben votar al mismo tiempo para que sean electos dos por la mayoría y uno por la primera minoría (como vimos en el apartado “Sistema electoral”). Por eso cada dos años se eligen senadores para 8 distritos, o sea un total de 24 senadores. Actividad Estado, gobierno y participación1 24 El Senado Nacional está presidido por el vicepresidente de la Nación, que es el que dirige las sesiones y desempata o resuelve una votación en caso de empate. Además, hay un presidente provisional, elegido por los senadores, que reemplaza al titular en caso de ausencia. La Cámara de Diputados elige su presidente entre sus miembros. Las autoridades de ambas cáma- ras son importantes porque, en caso de que falten el presidente y el vicepresidente de la Nación, el Poder Ejecutivo es desempeñado en primer lugar por el presidente provisional del Senado; si este no estuviese disponible (por licencia, por ejemplo), el que debe ocupar el cargo del Poder Ejecutivo es el presidente de la Cámara de Diputados. Y si este tampoco se hiciera presente, el encargado sería el presidente de la Suprema Corte de Justicia (Poder Judicial). Como vemos, aunque hay división de poderes, existe una complementación en las funciones. En la Constitución Nacional se dispone todo lo ateniente al Poder Legislativo en los artículos 44 al 86. Visiten la página del Congreso <www.congreso.gob.ar> y fíjense cuántos bloques partidarios hay en la Cámara de Diputados, y cuántos en la Cámara de Senadores. Relacionen los datos encon- trados con lo analizado en el apartado “Poder Legislativo”. Poder Ejecutivo El Poder Ejecutivo es el que lleva adelante la dirección política del Estado, orientando las políticas públicas para lograr el bienestar de la mayoría de la población (o, en algunos casos, el beneficio de ciertos sectores). Para ello tiene diferentes herramientas, que le permiten actuar en las múltiples funciones que debe cumplir. Es el poder que administra los diferentes asuntos, para lo que cuenta con su jefe de gabinete de ministros, y sus ministros. El presidente es quien designa o remueve los miembros de su gabinete. Con el objeto de proveer a la defensa común, consolidar la paz interior y afianzar la justicia, el presidente tiene a su cargo la administración de todas las fuerzas armadas de la Nación, y es su comandante en jefe. Las fuerzas de seguridad (como Policía Federal, Prefec- tura Naval y Gendarmería Nacional) dependen del Ministerio de Seguridad, y las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina, Aeronáutica) que custodian nuestra soberanía ante los demás Estados, están bajo las órdenes del Ministerio de Defensa. Es decir que, si bien el Poder Ejecutivo es en esencia uniper- sonal, también está integrado por el jefe de gabinete de ministros y por los ministros secretarios, que deben firmar los actos administrativos del presidente. El Poder Ejecutivo nacional, como dijimos, es desempeñado por el Presidente de la Nación Argentina y puede ser reemplazado (por ausencia, enfermedad, inhabilidad, renuncia o destitución, según el artículo 88) por el vicepresidente; ambos cargos se eligen directamente en una única fórmula electoral. Hemos visto en el apartado “Sistema Electoral”) que para ser elegido en primera vuelta, se requiere una mayoría importante: 45% de los votos o el 40% con una diferencia mayor al 10%. En caso de que no se llegue a estos porcentajes, se requiere una segunda vuelta electoral o ballotage entre las dos fórmulas más votadas. Para poder ser candidato el ciudadano debe ser argentino nativo, o hijo de argentino nativo si nació en el extranjero, y tener como mínimo 30 años de edad. Actividad 1 1 CAPÍTULO 25 Una vez que hayan leído el apartado “Poder Ejecutivo”, busquen información en periódicos sobre la actividad del Presidente de la Nación. ¿A qué dedica su tiempo? ¿Qué temas les parece que prioriza en su gobierno? ¿Opinan que es razonable lo que está haciendo, o consideran que debería enfocarse en algún otro problema? Debatan en clase, eligiendo previamente un mode- rador que anote a los que vayan pidiendo la palabra y en ese orden ceda el turno, para que cada uno se exprese sin interrumpirse. Traten de sacar una conclusión. Es elegido por cuatro años, y puede ser reelegido por un solo período consecutivo; después de eso, debe esperar otro período. Si bien el Poder Legislativo es el encargado de hacer las leyes, el Poder Ejecutivo también participa de la formación de las leyes, ya que puede presentar proyectos de ley, debe promulgar las leyes san- cionadas por el Congreso y una vez hecho esto, las hace publicar en el Boletín Oficial. Pero también tiene la facultad de impedir lo legislado por el Congreso mediante el veto (negativa o prohibición) parcial o total de esa ley. Por supuesto que el Congreso puede insistir con la validez de la ley, pero para ello debe reunir dos tercios de ambas cámaras, hecho que ocurrió muy contadas veces en la historia nacional. La Constitución establece que el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso emitir disposiciones de carácter legislativo. Pero admite que, en circunstancias excepcionales, puede dictar decretos por razones de necesidad y urgencia (DNU), siempre que no se trate de normas sobre materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos. Los DNU deben ser autorizados y firmados por el jefe de gabinete de ministros y los ministros, y dentro de los diez días deben ser evaluados por la Comisión Bicameral Permanente del Poder Legislativo, para ser luego tratado por ambas cámaras. Poder Judicial El Poder Judicial se dedica fundamentalmente a la administración de justicia. Como nuestro país es federal, tenemos un Poder Judicial de la Nación (justicia federal) y un Poder Judicial en cada provincia (justicia ordinaria). El Poder Judicial nacional es ejercido por una Corte Suprema de Justicia y por los demás tribu- nales inferiores (artículo 108). La Corte Suprema de Justicia está integrada actualmente por cinco miembros, y debe ser presidida de manera rotativa por cada uno de ellos por períodos anuales. Los tribunales inferiores están formados por los Juzgados de Primera Instancia (donde se inician los trámites; son unipersonales) y las Cámaras de Apelaciones (o de Segunda Instancia, que son tribunales colegiados, y sus jueces –o camaristas– se reúnen para estudiar o resolver las apelaciones, es decir, los casos que se elevan por no quedar alguna de las partes conformes con la resolución o fallo del magistrado de Primera Instancia). Actividad Estado, gobierno y participación1 26 Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina Los juzgados pertenecen a distintos fueros, según la índole del pleito y el lugar donde este ocurre. Así, existen el fuero penal, fuero laboral, contencioso-administrativo federal, fuero civil y comercial. Los Juz- gados Federales se ocupan de casos especiales, contemplados en el artículo 116 de la Constitución Nacional (violación de leyes federales como las que involu-cran a la seguridad pública –entre ellas el narcotráfico–, la fabricación de moneda, contrabando, evasión fiscal, lavado de dinero y otros delitos que afectan a la renta y a la seguridad de la Nación; causas de ciudadanos extranjeros; causas relaciona- das con garantías constitucionales, o donde el Estado es parte, etc.). La justicia ordinaria se ocupa de las leyes mencionadas en el artículo 75 inciso 12 de la Constitución: códigos Civil y Comercial, Penal, de Minería, etc. De acuerdo con la jurisdicción, las causas se tramitan en los Tribunales Nacionales de Capital Federal, los Tribunales Nacionales con asiento en las provincias, o en los juzgados, tribunales y cámaras de apelación pertenecientes a la organización de la justicia en cada provincia. Los miembros de la Corte Suprema son nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de dos tercios de los miembros presentes del Senado. Una vez en el cargo, todos los jueces gozan de la estabilidad de su empleo mientras conserven su buena conducta; solo pueden cesar en sus funcio- nes por juicio político, jurado de enjuiciamiento o por propia voluntad. Cuando cumplen 75 años deben jubilarse, salvo que vuelvan a ser nombrados por cinco años más (este procedimiento puede repetirse al vencerse el plazo, con las mismas formalidades que las del primer nombramiento). Esto es así para asegurar la continuidad de su tarea y la independencia de su actuación, a fin de que no dependan de cambios políticos. Los jueces de los tribunales inferiores, es decir, los de Primera Instancia y los de Cámaras Federales de Apelación, deben ser seleccionados en terna por el Consejo de la Magistratura y nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. El Consejo de la Magistratura administra los recursos del Poder Judicial, ejerce facultades disciplinarias sobre los magistrados, y los puede suspender y remover. Dentro de la órbita del Poder Judicial está el Ministerio Público, dividido en Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa. El primero nuclea y coordina la acción de los Fiscales y el segundo la de los Defensores Públicos Oficiales. Busquen noticias periodísticas (en papel o por internet) donde se traten temas relacionados con el Poder Judicial. Averigüen el significado del vocabulario que desconozcan. Comenten las noticias con sus propias palabras. CAPÍTULO 2 Derechos LAS NORMAS Y LOS DERECHOS COMO PRODUCTOS DE ACUERDOS POLÍTICOS Y SOCIALES Hemos visto en el capítulo anterior que se llegó a nuestra actual forma de gobierno mediante la pugna de diferentes sectores que formaban parte de las Provincias Unidas del Río de la Plata, y, a lo largo del tiempo, de la Confederación Argentina y de la actual República Argentina. Estas fuerzas que lucharon y luchan por imponerse en las medidas trascendentales, siguen dándose de un modo u otro en todo el devenir político. Si bien se afirma que en el sistema democrático las decisiones colectivas son tomadas por un nú- mero muy elevado de personas, en realidad lo que hace la ciudadanía es votar por representantes que son candidateados mediante el sistema de partidos políticos, y los representantes a su vez, por mayoría, son los que toman las decisiones. Sin embargo, estas decisiones se toman mediante acuerdos políticos y sociales. Como veremos más adelante en el apartado “Proceso de sanción de las leyes”, para que una norma que establece un derecho o una política de gobierno tenga efectivo cumplimiento, primero debe ser aceptado el proyecto de ley en la cámara donde se inicia (Cámara de Diputados o de Senadores); luego será debatido en las comisiones que corresponda; luego vol- verá al recinto de la cámara de origen para tener media sanción; luego deberá ser tratado en la otra cámara, denominada a este efecto cámara revisora; si es aprobado, pasa al Poder Ejecutivo, que puede aprobarlo o vetarlo. En realidad, todo esto un poco más complejo, y por ello lo trataremos más adelante en el apartado mencionado. En cada instancia, hay debates, se juegan intereses. Cuando se amplía un derecho, si bien existe una gran parte de la población que se beneficia, suele haber otra parte que se opone. Por ejemplo, cuando en 2010 se sancionó la ley de matrimonio igualitario, en la Cámara de Diputados hubo 125 votos a favor, 109 en contra, 4 abstenciones y 16 ausentes, y en la Cámara de Senadores, la ley tuvo 33 votos a favor, 27 en contra, 3 abstenciones y hubo 9 ausentes. Es decir, fue una ley que tuvo un debate muy reñido: si los ausentes y los que se abstuvieron de votar hubieran votado en contra, esa ley nunca se hubiera sancionado. Y la gente que se abstiene o que falta a la sesión (aunque justifique la ausencia) lo hace generalmente porque no se quiere comprometer con una decisión favorable o desfavorable, quizás porque sus creencias se contraponen a una necesidad social o a un pronunciamiento de su partido político. Actividad Derechos2 28 Las fuerzas que se hacen presentes con sus preocupaciones en los debates pre- vios a los que se dan en las cámaras, no responden en general a líderes políticos ni a personas individuales, sino que se relacionan con grupos de interés o colec- tivos que tienen determinada fe religiosa, factores de tradición, réditos económicos por actividad, necesidades sindicales, cuestiones de género, visiones políticas o ideológicas, etcétera. Manifestación a favor de la ley de matrimonio igualitario Para analizar los diferentes puntos de vista en la sanción de las leyes, podemos trabajar sobre el caso de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), ya sea desde la “Campaña Na- cional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito” o la “Pro-vida” (se puede elegir otro estudio de caso). Respondan y debatan: 1 ¿Qué intereses defienden cada uno de estos grupos? 2 ¿Con qué argumentos lo hacen? 3 ¿Existen factores económicos que condicionan la ley IVE? 4 ¿Pueden observar diferencias sociales entre ambos grupos? 5 En cuanto al factor cultural, ¿opinan que es un factor decisivo, teniendo en cuenta que países como Canadá, Estados Unidos, Uruguay, India, Rusia, incluyen el aborto voluntario autorizado en sus legislaciones? Derecho de representación en la integración de la Cámara de Diputados Cuando se redactó la Constitución de 1853 se resolvió por el artículo 46 la cantidad de diputados por provincia que compondrían la Cámara de Diputados, y por el artículo 47 se expresó que el número de diputados debía arreglarse de acuerdo a censos generales de población a realizar cada 10 años. Se estableció que la base de población por diputado era de 20.000 habitantes o fracción mayor de 10.000. En 1898 se modificó la base a 33.000 habitantes. En 1949 se estableció la base en 100.000 habitantes, y se dispuso que el mínimo fueran 2 diputados por distrito. Como esta Constitución 2 2 CAPÍTULO 29 fue anulada por el golpe militar de 1955, volvió a figurar la cifra de 1898, y luego no se cambió en la Constitución de 1994, pese a que se ha modificado por decreto/ley de la última dictadura, en 1983. Esa “ley” N° 22.847 de julio de 1983 dispuso que la base sería de 161.000 habitantes para cada diputado, que el mínimo fueran 5 diputados por distrito, y que la cantidad de diputados por jurisdicción no podía ser menor a la de 1973. Pese a que se trata de un decreto/ley de la dictadura, y que se han realizado los censos estipulados por la Constitución Nacional, la cifra por distrito no ha variado. Realizamos el siguiente cuadro para analizar la representación de los habitantes de los distintos distritos electorales. INTEGRACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO NACIONAL Distrito electoral Dip. 1853 Censo 1869 Dip. 1920 Censo 1914 Dip. 1973 Censo 1970 Dip. 1983/ 2020 Censo 2010 Habitantes por dip. Dip. corres- pondientes cada 160.000 habitantes CABA* 32 1.575.814 25 2.972.453 25 2.890.151 115.606 18 Buenos Aires 12 495.107 42 2.066.948 68 8.774.529 70 15.625.084 223.21597 Catamarca 3 79.962 2 100.769 4 172.323 5 367.828 73.566 2 Córdoba 6 210.508 15 735.472 18 2.060.065 18 3.308.876 183.826 21 Corrientes 4 129.023 7 347.055 7 564.147 7 992.595 141.799 6 Chaco 45.291 46.274 7 566.613 7 1.055.259 150.751 7 Chubut 23.065 4 189.920 5 509.108 101.822 3 Entre Ríos 2 134.271 9 425.373 9 811.691 9 1.235.994 137.333 8 Formosa 19.261 5 234.075 5 530.162 106.032 3 Jujuy 2 40.379 2 77.511 5 302.436 6 673.307 112.218 4 La Pampa 21.000 101.338 4 172.029 5 318.951 63.790 2 La Rioja 2 48.746 2 79.754 4 136.237 5 333.642 66.728 2 Mendoza 3 65.413 6 277.535 10 973.075 10 1.738.929 173.893 11 Misiones 3000 53.563 6 443.020 7 1.101.593 157.370 7 Neuquén 24.000** 28.866 4 154.570 5 551.266 110.253 3 Río Negro 42.242 5 262.622 5 638.645 127.729 4 Salta 3 88.933 3 142.158 7 509.803 7 1.214.441 173.492 8 Santa Cruz 9948 4 84.457 5 273.964 54.793 2 San Juan 2 60.319 3 119.252 6 384.284 6 1.214.441 202.407 8 San Luis 2 53.294 3 116.266 4 183.460 5 432.310 86.462 3 Santa Fe 2 89.117 19 899.640 19 2.135.583 19 3.194.537 168.134 20 Santiago del Estero 4 132.898 6 261.678 7 495.419 7 874.006 124.858 5 Tucumán 3 108.953 7 332.933 9 765.962 9 1.448.188 160.910 9 Tierra del Fuego*** 2504 2 15.658 5 127.205 25.441 1 TOTAL 50 1.877.490 158 7.903.662 243 23.364.431 257 40.117.096 252 * En 1920 están incluidos los diputados por los Territorios Nacionales con los de Capital Federal. ** Patagonia. ***A partir de su provincialización en 1990 cuenta con 5 diputados. Actividad Derechos2 30 Analicen en la tabla la composición de la Cámara de Diputados a lo largo del tiempo y respondan: 1 ¿Qué territorios se incorporaron como provincias en el siglo XX? 2 ¿Qué provincias tenían mayor representación en 1853? Calculen la base de habitantes por diputado dividiendo la población por la cantidad de diputados de cada distrito. 3 Realicen la misma cuenta para 1920. 4 Observen si actualmente los diputados siguen representando proporcionalmente a la po- blación, o si encuentran desproporción o mayor representatividad de los habitantes de un distrito con respecto a otros. Observen la última columna, que tiene el cálculo de diputados sobre 160.000 habitantes. ¿Qué conclusiones sacan? ¿Qué acuerdos políticos deberían hacerse para modificar esta situación? PROCESO DE SANCIÓN DE LAS LEYES Funcionamiento de las Cámaras del Congreso Existen distintos tipos de sesiones, en las cuales los legisladores se reúnen por cámaras. El período de sesiones ordinarias se extiende desde el 1º de marzo al 30 de noviembre de cada año. Para organizar la tarea legislativa se reúnen con anterioridad, en lo que se denominan sesiones pre- paratorias: allí se estudian los títulos de los representantes recientemente elegidos, para comprobar si las elecciones se hicieron conforme a las leyes y para analizar si existen o no impugnaciones; se eligen las autoridades de las cámaras; se organizan las comisiones permanentes; se conforman los bloques partidarios, y se fijan los días y horas de sesión (que pueden variar si se estima conveniente). El período de sesiones ordinarias es abierto en una ceremonia anual en la que el Presidente de la Nación pronuncia un discurso (generalmente hace una síntesis de lo que ocurrió el año anterior y expresa los objetivos para el presente año) ante las dos cámaras reunidas en un solo recinto (la Cámara de Diputados, que es más espaciosa), reunión que se denomina Asamblea Legislativa. Además de las sesiones que se hacen en los días y horas fijados previamente, se pueden hacer otras especiales, que tienen lugar a solicitud del Poder Ejecutivo, por resolución de la Cámara, o por petición de al menos cinco diputados. Si el período de sesiones ordinarias termina y quedan pendientes asuntos que el Congreso consi- dera urgente atender, los legisladores pueden continuar su labor en sesiones de prórroga. Estas también pueden ser solicitadas por el Presidente de la Nación. Si el Congreso comenzó sus vacaciones, y existen hechos de mucha importancia para la Nación, el Presidente puede convocar a sesiones extraordinarias, para tratar exclusivamente los asuntos por los cuales el Congreso ha sido congregado. Actividad 2 2 CAPÍTULO 31 Asamblea legislativa Para sesionar, cada cámara debe contar con quórum, que consiste en que estén presentes en el recinto como mínimo más de la mitad del total de los miembros de la cámara. Los asuntos que deben tratarse en las sesiones son numerosos: los proyectos, peticiones y comunicaciones que lle- gan del Poder Ejecutivo y de distintas instituciones oficiales (como Concejos Deliberantes de distintos puntos del país, Bancos oficiales, Secretarías, etc.), los dic- támenes de las Comisiones y los observados por los diputados, los proyectos presentados por los distintos diputados, las preferencias que se tienen para tratar los temas, las licencias presentadas por los diputados, etc. Así, existen distintos tipos de proyectos que se tratan en las Cámaras: los proyectos de ley, de decreto, de resolución, de comunicación o de declaración. Se presentan en un Boletín de Asuntos Entrados, donde están publicados todos los asuntos que se hayan presentado hasta las 20 horas del día anterior a la sesión. El Presidente de cada cámara abre las sesiones, propone las votaciones, proclama sus resultados, llama al orden a los miembros de la Cámara si es necesario, entre otras tareas de coordinación. La mayoría de los proyectos se derivan a su tratamiento en la o las comisiones que correspondan. Si se considera que un proyecto es muy importante, y obtiene dos tercios de los votos, se puede tratar directamente en la misma sesión; a esto se lo denomina tratamiento sobre tablas. Lean la siguiente noticia de Infosiberia (servicio informativo por WhatsApp) del 22/1/2020. “El ministro de Economía Martín Guzmán, anunció el envío de un proyecto de ley al Congre- so para reestructurar la deuda externa y mejorar dos de las tres condiciones: plazos, tasas de interés y capital. ‘El país no puede sostener la carga de la deuda que enfrenta’, explicó el minis- tro (…) El proyecto será tratado en sesiones extraordinarias en los próximos días”. Respondan: 1 ¿En qué etapa de la formación y sanción de las leyes estaba el proyecto en ese momento? 2 ¿De qué Poder proviene el proyecto? 3 ¿Por qué causa el proyecto fue tratado en sesiones extraordinarias? Derechos2 32 Si a la Cámara Revisora no le gusta el proyecto, puede rechazarlo (y en ese caso no se puede volver a tratar en las sesiones de ese año) o modificarlo. Si lo modifica, el proyecto debe volver, para su reconsideración, a la Cámara de Origen. Si esta aprueba las modificaciones, pasa al Poder Ejecutivo. Formación y sanción de las leyes Este tema está desarrollado en la Constitución Nacional entre los artículos 77 y 84. Los proyectos de ley pueden ser presentados por diputados, senadores, Poder Ejecutivo y ciudada- nos. Solo cuando la presentación se hace en forma de Iniciativa Popular, con un mínimo de firmas y datos de ciudadanos del 1,5 por ciento del padrón electoral, es obligatorio tratarlo durante ese año en las sesiones del Congreso. El proyecto se presenta en la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados o de Senadores. La cá- mara donde se inicia el tratamiento de un proyecto se denomina Cámara de Origen o Iniciadora. Solo las leyes impositivas, las de reclutamiento de tropas y las presentadas por Iniciativa Popular, tienen la obligatoriedad de iniciarse en la Cámara de Diputados; en todos los demás proyectos, cualquiera de las dos cámaras puede tener la iniciativa. Primero se debe aprobar el proyecto en general, y para ser tratado artículo por artículo, pasa a la comisión de asesoramiento que le corresponda por el tema que se trate. Hay numerosas comisio- nes; por ejemplo, Asuntos Constitucionales; Legislación General; Presupuesto y Hacienda; Educa- ción; Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva; Cultura; Justicia;
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