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FORMACIÓN ÉTICA 
Y CIUDADANA II
REPÚBLICA, CIUDADANÍA Y CONVIVENCIA
Teresa Eggers-Brass
Mariano Alu 
Cecilia Salim
NES
FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA II. REPÚBLICA, CIUDADANÍA Y CONVIVENCIA
Teresa Eggers-Brass; Mariano Alu; Cecilia Salim
1ª edición, marzo de 2020
ISBN: 978-987-8321-14-1 
Arte de tapa: Mariana Gabor
Diseño de tapa y diagramación: Mariana Cravenna
Corrección: Silvina Crosetti 
Eggers-Brass, Teresa 
 Formación ética y ciudadana II : República, ciudadanía y convivencia / Teresa Eggers-Brass ; Mariano Alu ; 
Cecilia Salim. - 1a ed . - Ituzaingó : Maipue, 2020. 
 120 p. ; 27 x 19 cm. 
 ISBN 978-987-8321-14-1
 1. Educación Ciudadana. I. Alu, Mariano. II. Salim, Cecilia. III. Título. 
 CDD 323.60712
© Editorial Maipue, 2020
Tel/Fax: 54 (011) 4624-9370 / 4458-0259 / 4623-6226
Zufriategui 1153 (1714) – Ituzaingó 
Pcia. de Buenos Aires – República Argentina
Contacto: promocion@maipue.com.ar / ventas@maipue.com.ar
www.maipue.com.ar
Impreso en el mes de marzo de 2020, en Latingráfica S.R.L.
Rocamora 4161 - CABA
Queda hecho el depósito que establece la Ley 11.723. 
Libro de edición argentina. 
No se permite la reproducción parcial o total, el almacenamiento, el alquiler, la transmisión o la 
transformación de este libro, en cualquier forma o por otro cualquier medio, sea electrónico o mecánico, 
mediante fotocopias, digitalización u otros métodos, sin el consentimiento previo y escrito del editor. Su 
infracción está penada por las leyes 11.723 y 25.446.
ÍNDICE
CAPÍTULO 1. Estado, gobierno y participación ........................................................................... 5
Constitución y Estado liberal ................................................................................................................ 5
 Forma de gobierno y de Estado de Argentina en la Constitución Nacional ................................... 7
 La Constitución de la Confederación Argentina (1853) 
 y la Constitución de la Nación Argentina (1860) .............................................................................. 9
 Organización federal del Estado argentino ....................................................................................... 9
 Forma de gobierno republicana y representativa .......................................................................... 11
 De la república oligárquica a la república democrática ................................................................ 12
 Estructura de nuestra Constitución Nacional ................................................................................ 13
Sistema de partidos, sufragio y sistema electoral ........................................................................... 14
 ¿Qué es un partido político? ............................................................................................................ 14
 Partidos políticos y Constitución Nacional ..................................................................................... 15
 Sistema de partidos ......................................................................................................................... 16
 Sistema electoral ............................................................................................................................. 17
 Sufragio ............................................................................................................................................ 18
 Participación política en el sistema democrático ........................................................................... 18
 Características de la participación .................................................................................................. 19
Ampliación de la ciudadanía política en el siglo XIX ........................................................................ 19
División de poderes: composición y funciones ................................................................................. 22
 Poder Legislativo .............................................................................................................................. 23
 Poder Ejecutivo ................................................................................................................................. 24
 Poder Judicial .................................................................................................................................. 25
CAPÍTULO 2. Derechos ..................................................................................................................... 27
Las normas y los derechos como productos de acuerdos políticos y sociales ............................. 27
 Derecho de representación en la integración de la Cámara de Diputados ................................... 28
Proceso de sanción de las leyes .......................................................................................................... 30
 Funcionamiento de las Cámaras del Congreso .............................................................................. 30
 Formación y sanción de las leyes .................................................................................................... 32
Participación paulatina de nuevos sujetos políticos ....................................................................... 34
 Derechos políticos ............................................................................................................................ 34
 Procesos que dieron origen a los derechos políticos ...................................................................... 36
 Ampliación de la ciudadanía política de mujeres y jóvenes .......................................................... 37
 Pobladores originarios como sujetos de derechos ......................................................................... 38
Garantías y mecanismos constitucionales de protección de derechos ......................................... 40
 Amparo .............................................................................................................................................. 41
 Amparo colectivo ............................................................................................................................. 43
 Hábeas data ..................................................................................................................................... 43
 Hábeas corpus .................................................................................................................................. 45
CAPÍTULO 3. Igualdad y diferencias ............................................................................................ 49
Cultura e identidad ............................................................................................................................... 49
Culturas en el mundo ........................................................................................................................... 51
La gestión de los asuntos internacionales ........................................................................................ 55
La mirada sobre el otro ........................................................................................................................ 56
El crisol de culturas: integración y convivencia ............................................................................... 58
Diferencia y desigualdad ...................................................................................................................... 62
 La desigualdad de género ................................................................................................................ 63
 Otros tipos de discriminación .......................................................................................................... 66
 El rol del Estado: la protección contra los actos discriminatorios ................................................. 68
 El rol de lasociedad civil .................................................................................................................. 69
CAPÍTULO 4. El cuidado de uno mismo y los otros .................................................................. 72
El mundo es grande y entramos todos ............................................................................................... 72
Convivencia escolar .............................................................................................................................. 72
 Dimensión institucional del conflicto ............................................................................................. 75
 El conflicto en los vínculos .............................................................................................................. 76
 El conflicto y la comunicación ......................................................................................................... 81
 El conflicto y las emociones ............................................................................................................. 83
 ¿Los conflictos se pueden resolver? ................................................................................................ 84
La violencia en los vínculos .................................................................................................................. 87
 La violencia invisible ........................................................................................................................ 88
 Incivilidades ..................................................................................................................................... 91
¿Los medios son el mensaje? ............................................................................................................... 94
Constitución de la Nación Argentina .......................................................................................... 97
Bibliografía ........................................................................................................................................ 118
CAPÍTULO
1
Estado, gobierno y participación
CONSTITUCIÓN Y ESTADO LIBERAL
La constitución de un Estado es un texto redactado por representantes de los ciudadanos, donde 
se establecen las reglas para el funcionamiento de los poderes estatales y los derechos y obliga-
ciones básicos de los ciudadanos. De este modo, la constitución ordena jurídicamente al Estado.
Aprobación de la Constitución de los Estados Unidos en el Congreso, Salón de la Independencia, Filadelfia, 17 de septiembre 
de 1787
Vocabulario
Estado, gobierno y participación1
6
Las constituciones modernas, que son documen-
tos escritos, surgieron cuando a fines del siglo 
XVIII la burguesía no solo quiso tener poder eco-
nómico, sino también controlar el poder político. 
Entonces, con el fin de limitar el poder absoluto 
del rey en las monarquías europeas, los pensado-
res consideraron que el poder de gobierno debía 
ser distribuido entre varios órganos constitucio-
nales, estableciendo la división de poderes y de 
funciones. Así aparecieron las constituciones 
liberales, como garantía de los derechos y liber-
tades que debían tener los ciudadanos.
El movimiento para establecer constituciones 
por escrito se denominó constitucionalismo 
clásico o liberal, y tuvo su origen en la Consti-
tución de los Estados Unidos de 1787 y en la 
Revolución Francesa, con su Declaración de los 
Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. 
Sus características fueron las siguientes:
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano 
de 1789
• Textos escritos y codificados que enumeraban 
los derechos y obligaciones de los ciudadanos.
• Constituciones con carácter de ley suprema, 
dado que regían por sobre todas las leyes.
• Establecían la división de poderes: Poder 
Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial.
• Postulaban un Estado abstencionista que no 
intervenía para limitar la actividad económi-
ca; es decir, que no regulaba el mercado di-
ciendo, por ejemplo, qué se podía comerciar, 
importar o fabricar.
• Impulsaban el respeto por el derecho a la 
propiedad, sin actuar para eliminar las des-
igualdades económicas o sociales.
• Promovían la defensa de la libertad del indi-
viduo, garantía de sus derechos.
• Estipulaban la participación de los ciudada-
nos en la elección de representantes (dere-
chos políticos).
Federal
Forma de Estado basada en la asociación 
voluntaria o federación de entes estatales 
(provincias o estados) que delegan algu-
nas de sus atribuciones para constituir el 
poder central.
Unitario o centralista
Forma de Estado donde no existe ningún 
centro autónomo de poder fuera del go-
bierno central.
Se considera que la constitución es la ley fundamental porque es el escrito inicial sobre el que se dia-
grama un Estado, su distribución jurídica territorial, los órganos de gobierno y su interdependencia, el 
tipo de Estado (federal o unitario) y la forma de gobierno (monarquía, república); ordena la relación de 
un Estado con otros y con los organismos internacionales y pone límites a los poderes constituidos en 
resguardo de los ciudadanos del país. Es suprema porque todas las restantes leyes son consideradas 
de jerarquía inferior y deben subordinarse a ella (artículo 31 de la Constitución Nacional).
Lectura
1
1
CAPÍTULO
7
En el siglo XX, superando a las constituciones liberales que garantizaban únicamente los derechos 
individuales, surgieron las constituciones sociales, cuyo objetivo es que el Estado provea de dere-
chos colectivos a la población, tales como el derecho a la salud, a la vivienda digna, a la educación, 
a la jubilación, a vacaciones pagas, etcétera.
Forma de gobierno y de Estado de Argentina en la Constitución Nacional
Surgimiento y evolución de la República Argentina
Nuestro primer gobierno patrio se estableció el 25 de mayo de 1810, pero todavía no se habían dado 
todos los pasos necesarios para constituir un Estado: el territorio aún no estaba delimitado en su 
extensión, porque no todas las provincias que formaban el antiguo Virreinato habían aceptado al 
nuevo gobierno; por lo tanto, no estaba definida la población que se integraría como ciudadana 
al futuro Estado; tampoco se tenía la soberanía que se consigue por medio del reconocimiento 
exterior de por parte de otros Estados, puesto que aún no habíamos declarado nuestra indepen-
dencia. Sin embargo, la voluntad de formar un Estado estaba clara en la Marcha Patriótica de 
1813 (hoy Himno Nacional Argentino): “Se levanta 
a la faz de la tierra una nueva y gloriosa nación”.
El paso siguiente fue declarar la independencia, el 
9 de julio de 1816. Aunque, como podemos ver en 
la Declaración, no estuvieron presentes todas las 
provincias que actualmente forman Argentina, ni 
todos los pueblos representados en el Congreso de 
Tucumán integraron posteriormente esta república. 
La voluntad que existía, en la Declaración, era de 
componer una unidad superior en territorio y po-
blación a la que se concretó por entonces.
Declaración de la Independencia de 1816
Declaración de la Independencia de las Provincias Unidas, 
9 de julio de 1816
“Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso 
General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los 
pueblos que representamos […] declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es volun-
tad unánime e indudable de estas provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a 
los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojadas, e investirse del alto 
carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli.
Estado, gobierno y participación1
8
Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Salta, San Juan, San 
Luis, Santiago del Estero, Tucumán, Charcas (Chuquisaca), Chichas (Potosí), Mizque 
(Cochabamba)”.
Actividad
Lean atentamente este fragmentode la Declaración:
 1 ¿Cuál es el territorio del que se sienten representantes los diputados que estaban en el 
Congreso?
 2 Confronten con el mapa del Virreinato del Río de la Plata: ¿qué territorios no estaban 
representados?
 3 Chequeen con un mapa de Argentina y hagan una lista de las provincias que no estaban. 
Investiguen los distintos casos del porqué de las ausencias.
Después de la Declaración de la Independencia, los congresales debían redactar una Constitución 
para el naciente Estado. Y antes que eso, debían decidir qué forma de gobierno iba a adoptar el 
país. Tras arduas discusiones, y debido a la posición europea que se pronunciaba en contra de las 
repúblicas, se votó por una monarquía atemperada, es decir, una monarquía limitada por una 
constitución que acotara el poder del rey. La Constitución fue terminada en 1819, pero en general 
las provincias no estuvieron de acuerdo, porque consideraban que era centralista, aristocrática y 
pro monárquica. Aunque no lo admitían públicamente, los políticos de Buenos Aires querían que 
el rey fuera europeo, y los caudillos de las provincias consideraban que tener un rey europeo les 
serviría para poder manejar el gobierno a su arbitrio desde Buenos Aires.
El enfrentamiento entre las provincias del interior y Buenos Aires dio lugar a la caída del gobierno 
central: el Director Supremo dejó de gobernar en febrero de 1820. De este modo, las provincias 
adquirieron autonomía, y su unión se sostuvo mediante pactos interprovinciales, reconocidos en el 
Preámbulo de nuestra Constitución Nacional como antecedentes necesarios para la consolidación 
de un Estado nacional:
“(…) reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias 
que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la 
unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior (…)”
Entre esos pactos preexistentes podemos mencionar el Tratado del Pilar, de Benegas, del Cua-
drilátero, el Pacto Federal y el Acuerdo de San Nicolás. Durante el período 1820-1852, el único 
momento en que el país tuvo un gobierno central fue bajo la presidencia de Bernardino Riva-
davia (1826-1827). El actual territorio argentino tuvo tres nombres: Provincias Unidas del Río 
de la Plata, República Argentina y Confederación Argentina, que son reconocidos como válidos 
para nuestro país por la Constitución vigente (artículo 35 de la Constitución Nacional), aunque 
la costumbre desde 1860 fijó “República Argentina” para la carta magna, y para la redacción de 
las leyes “Nación Argentina”.
1
1
CAPÍTULO
9
La Constitución de la Confederación Argentina (1853) y la Constitución 
de la Nación Argentina (1860)
Juan Manuel de Rosas fue el gobernador de la provincia de Buenos Aires (1829-1832 y 1835-1852) 
y, de acuerdo a la Ley Fundamental (1825) –por la cual las provincias delegaban las relaciones 
exteriores de la Nación en el Gobernador de Buenos Aires– Rosas representó a las provincias ante 
los demás Estados, como Encargado de las Relaciones Exteriores de la Confederación Argentina. 
No tenía apuro por convocar a un congreso constituyente para redactar una constitución nacional. 
Prefería que “los pueblos se ocupasen de sus constituciones particulares, para que después de 
promulgadas entrásemos a trabajar los cimientos de la Constitución Nacional”.
Juan Manuel de Rosas
El gobernador de Entre Ríos, Justo José de Urquiza, 
con el objetivo proclamado de conseguir la Orga-
nización Nacional, dejó de acompañar a Rosas en 
1851. Mediante la alianza con Brasil y con Uruguay, 
y la colaboración de los opositores a Rosas, que eran 
unitarios o federales doctrinarios o liberales, Urquiza 
venció a Rosas en la batalla de Caseros el 3 de febrero 
de 1852, y puso los cimientos para la redacción de una 
Constitución. Poco después, los liberales porteños 
acusaron a Urquiza de ser tan dictador como lo era 
Rosas, y la provincia se separó de la Confederación, 
estableciendo el Estado de Buenos Aires, que tuvo 
vigencia entre 1852 y 1859.
Por este enfrentamiento, la Constitución de la Confede-
ración Argentina de 1853 no tuvo entre sus firmantes a 
Buenos Aires. Sin embargo, la Constitución se redactó 
teniéndola en cuenta, y la nombró Capital Federal de la 
Confederación. Uno de los artífices de la Constitución 
fue Juan Bautista Alberdi, que escribió el libro Bases 
y puntos de partida para la organización política de la 
República Argentina, teniendo como fuente principal a 
la Constitución de los Estados Unidos, con su sistema 
federal y los principios liberales que mencionamos en 
el primer apartado. Batalla de Caseros, 1852
Organización federal del Estado argentino
Como vimos, para constituir formalmente a la República Argentina se atravesaron largas décadas 
de luchas internas, de guerras civiles, entre las provincias que no querían ser dominadas por Bue-
nos Aires, y Buenos Aires, que consideraba que las provincias estaban dirigidas por caudillos más 
interesados en defender sus intereses locales o regionales, que en la conformación de un Estado. 
Tras años de conflictos entre la Confederación y Buenos Aires, la Confederación fue vencida en la 
batalla de Cepeda (1859), y, tal como se acordó en el Pacto de San José de Flores, se modificó la 
Constitución en 1860 para que la provincia de Buenos Aires pudiera hacerle reformas. Así surgió la 
Constitución de la Nación Argentina.
Actividad
Estado, gobierno y participación1
10
Finalmente se llegó a un acuerdo: en la Constitución de 1853 se creó un Poder Legislativo con un 
Senado que, con mayoría de las provincias del interior, impide que se aprueben leyes que perju-
diquen a sus territorios. Y también el Poder Legislativo cuenta con una Cámara de Diputados, que 
son representantes de la población, en la cual existe una mayoría de legisladores de provincias del 
Litoral, debido a la distribución de los habitantes en el territorio de la República Argentina. De este 
modo, entre 1853 y 1860 las provincias se aseguraron de que no volviese a producirse un predominio 
excesivo de la provincia de Buenos Aires.
Se convino entonces suprimir las trabas a la libre navegación de los ríos internos y habilitar nuevos 
puertos (eje del conflicto entre Buenos Aires y las provincias del Litoral); disponer la formación de 
un tesoro federal, que serviría de recurso económico para el gobierno central, con la nacionalización 
de las aduanas exteriores y la supresión de aduanas entre provincias, y asegurar a las provincias 
los subsidios necesarios para cubrir sus presupuestos.
La forma de Estado de nuestra república es federal porque en la Constitución Nacional se admite 
que el Estado está formado por provincias que lo precedieron organizativamente, por lo que se les 
reconoce cierta autonomía, como la de dictarse una Constitución provincial (que no contradiga 
los principios fundamentales de la nacional), elegir directamente a sus gobernantes y legisladores, 
adecuar a la realidad local las leyes que no sean de competencia federal exclusiva, etcétera.
De este modo, en la República Argentina tenemos un gobierno federal integrado por tres poderes 
nacionales (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial), y los gobiernos de provincia. Estos 
están compuestos por 23 provincias y la capital federal de la Nación, la Ciudad Autónoma de Bue-
nos Aires (CABA), que desde 1994 tiene esta autonomía. Los gobernadores de provincia y el jefe de 
gobierno de la ciudad de Buenos Aires deben hacer cumplir la Constitución en su territorio y son 
agentes naturales del gobierno federal (artículo 128 de la Constitución Nacional).
La Constitución de 1853 dispuso que cada provincia asegure la administración de justicia, garantice 
la educación primaria, y organice su régimen municipal, para que los ciudadanos puedan cuidar sus 
intereses locales. Es decir, que se formen departamentos, partidos o municipios gobernados por 
intendentes (los nombres y forma de organizarse varían según la Constituciónde cada provincia).
Busquen en la Constitución de la Nación Argentina los artículos en los que se establecen los 
puntos mencionados en el apartado “Organización federal del Estado argentino”. Explíquenlos 
con sus propias palabras.
1
1
CAPÍTULO
11
LOBOS
NAVARRO
LUJÁN
CAÑUELAS
BRANDSEN
CAMPANA
ZÁRATE
LA PLATA
MERCEDES
PILAR
TIGRE
SAN VICENTE
GENERAL LAS HERAS EZEIZA
MARCOS PAZ
ESCOBAR
LA MATANZA
EXALTACIÓN 
DE LA CRUZ
MERLO
MORENO
GENERAL 
RODRÍGUEZ
BERISSO
BERAZATÉGUI
CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES
QUILMES
ENSENADA
LANÚS
FLORENCIO
VARELA
10
5
ALMIRANTE
BROWN
PRESIDENTE
PERÓN
ESTEBAN
ECHEVERRÍA
LOMAS 
DE ZAMORA
3
AVELLANEDA
4
9
2
1. SAN FERNANDO
2. MALVINAS ARGENTINAS
3. SAN ISIDRO
4. JOSÉ C. PAZ
5. SAN MIGUEL
6. VICENTE LÓPEZ
7. HURLINGHAM
8. GRAL. SAN MARTÍN
9. ITUZAINGÓ
10. MORÓN
11. TRES DE FEBRERO
7
8
11
6
1
GBA
PARTIDOS QUE SE AGREGAN AL GBA 
PARA DAR LUGAR AL AMBA
PARTIDOS QUE SE AGREGAN AL AMBA 
PARA DAR LUGAR AL RMBA
Delimitación relativa a la cobertura física de la mancha urbana, que incluye a la Ciudad de Buenos Aires y 24 partidos 
del Gran Buenos Aires
Forma de gobierno republicana y representativa
Nuestro Estado nacional, según afirma el primer artículo de la Constitución, adoptó para su gobierno 
la forma representativa republicana y federal.
Representativa, porque los ciudadanos no gobernamos directamente sino a través de represen-
tantes. En todo sistema político basado en la soberanía popular, cuando el pueblo no gobierna 
directamente, lo hace a través de sus representantes. Estamos hablando, entonces, de un gobier-
no representativo. Esta es la forma de gobierno que tomó nuestra Constitución en su artículo 1º: 
“La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa...”. Cuando la Constitución 
habla de la prerrogativa que tienen las provincias de dictarse para sus territorios una Constitución 
provincial, también estas deben guiarse por el sistema representativo republicano (ver artículo 5). 
Actividades
Estado, gobierno y participación1
12
ción (no se trata de un rey, sino sería una monarquía); 
del mismo modo, el Poder Legislativo se renueva por 
elecciones populares periódicamente; debe haber 
igualdad ante la ley, libertad de expresión, y debe 
existir control sobre los actos de los gobernantes. 
Las provincias, que deben tener también un sistema 
republicano, tienen que darse una Constitución de 
acuerdo con los principios, declaraciones y garan-
tías de la Constitución Nacional, que asegure su 
administración de justicia, su régimen municipal, y 
la educación primaria (artículo 5).
Emisión de voto
 1 Subrayen en el texto, o transcriban 
en la carpeta, las características 
que debe tener un gobierno para 
que sea republicano.
 2 Busquen noticias periodísticas 
(en papel o por internet) donde se 
traten situaciones que tengan que 
ver con nuestra vida republicana. 
Por ejemplo:
a. Elecciones para establecer nue-
vo Poder Ejecutivo.
b. División de poderes: activida-
des de diferentes autoridades 
de la Nación, como diputados, 
senadores, miembros del Po-
der Ejecutivo, magistrados del 
Poder Judicial.
c. Artículos con diferentes opi-
niones sobre el mismo tema, 
para analizar la libertad de 
expresión.
 3 Reflexionen en grupos sobre los 
artículos encontrados. Saquen 
conclusiones.
Además, en el artículo 22 la Constitución sostiene: 
“El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio 
de sus representantes y autoridades creadas por 
esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión 
que se atribuya los derechos del pueblo y peticione 
a nombre de este, comete delito de sedición”.
Republicana, porque nos rige una Constitución que 
organiza las instituciones del Estado, respetando la 
división de poderes (en Poder Ejecutivo, Poder Legis-
lativo y Poder Judicial, que veremos más adelante) 
para evitar el abuso de los gobernantes sobre los go-
bernados; establece que el Poder Ejecutivo Nacional 
está desempeñado por un presidente elegido por el 
pueblo por períodos determinados por la Constitu-
llevó adelante la Rsó en su intento departe de las éliteselectoral. En 191la presidencia: Roqufraude y la manipsobre la base depara que no que
hábil para el ejerciimportante crear dadanos sintieran para decidir en la por el sufragio. Unfue tornar secretodebe emitir a solas“cuarto oscuro”. 
obligatorio, para quvotar, y sacar a laal sufragio. Graciasdemos decir que ltransformó en una 
De la república oligárquica 
a la república democrática
Nuestra Constitución en 1853 consagró el sistema 
republicano, pero en ningún momento mencionaba 
el concepto “democracia”. Hasta 1916 gobernaron 
las élites u oligarquías, que llegaban al gobierno por 
elecciones que no podían ser consideradas libres o 
justas. Los comicios eran manipulados por quienes 
detentaban el poder estatal, por lo que se imponía 
la voluntad de la oligarquía por encima de la de 
los ciudadanos. De este modo, si bien el régimen 
político era republicano y representativo, podemos 
calificar a ese período como república oligárquica: 
a pesar que no había restricciones formales a la 
universalidad del voto masculino y se celebraban 
periódicamente las elecciones, estas no eran trans-
parentes. Por esa causa se formó la Unión Cívica que 
Vocabulario
1
1
CAPÍTULO
13
todos los que estaban habilitados por la ley tenían la posibilidad de elegir y ser elegidos. Aclaramos 
“todos los que estaban habilitados por la ley”, porque las mujeres aún no podían votar, aunque se 
expresase que el voto era “universal”.
Oligarquía
Forma de gobierno en la que el poder político de un país está en manos de un grupo mino-
ritario, que gobierna en beneficio de sus propios intereses. 
Tanques en Plaza de Mayo tras el golpe de Estado 
de 1976
Estructura de nuestra Constitución Nacional
En los puntos anteriores vimos de qué modo se llegó a establecer nuestra Constitución. La Cons-
titución de 1853 se fue reformando a medida que las circunstancias lo necesitaron. Así, hubo 
reformas en 1866, cuando se estableció que las aduanas debían ser nacionales; en 1898, cuando 
se amplió la base de habitantes requerida para elegir diputados; en 1949, cuando se transformó 
en una constitución social, que tuvo en cuenta los derechos de los trabajadores, de la mujer, del 
niño y de la ancianidad; en 1957, para volver a incluir los derechos de los trabajadores, porque la 
reforma constitucional de 1949 se había derogado por el golpe de Estado de 1955; y finalmente la 
reforma de 1994, que estableció nuevos derechos y garantías y modificó los períodos de gobierno 
de nuestros mandatarios, entre otros asuntos.
La Constitución argentina comienza con un Preámbulo, donde se enuncian los propósitos que 
tuvieron los constituyentes de 1853 al sancionarla. La primera parte (a la que se califica como 
dogmática porque establece tanto los principios básicos del funcionamiento del Estado como los 
derechos que debe respetar) se denomina Declaraciones, derechos y garantías. Su primer capítulo 
establece el tipo de Estado y la forma de gobierno, adopta como religión oficial al culto católico, 
Sin embargo, no podemos decir que desde ese momen-
to hasta la actualidad todo haya sido un lecho de rosas 
para la democracia: abundaron los golpes militares 
(1930, 1943, 1955, 1962, 1966, 1976) y los gobiernos 
condicionados por las proscripciones políticas. Desde 
diciembre de 1983, ya sin proscripciones ni fraude, 
la república democrática se hizo presente. Con la re-
forma constitucional de 1994 se sostiene el sistema 
democrático, al inhabilitar perpetuamente a quienes 
se alzaren contra el orden institucional (artículo 36), y 
se afirma que los partidos políticos son instituciones 
fundamentales de la democracia (artículo 38).
Estado, gobierno y participación1
14
dispone sobre la formación del Tesoro Nacional, el régimen aduanero, la autonomía de las provin-
cias, enumera derechos civiles, políticos y sociales (estos últimos agregados en 1949-1957), y se 
expresaque los derechos y garantías enumerados no niegan los que no se mencionan. En 1994 se 
suma el segundo capítulo llamado Nuevos Derechos y Garantías, donde se afirma la nulidad de los 
actos de gobierno si se quiebra el orden constitucional; se garantizan los derechos políticos y la real 
igualdad de oportunidades entre mujeres y varones para acceder a cargos públicos, con la actuación 
fundamental de los partidos políticos; mayor participación en la democracia mediante la iniciativa 
popular y la consulta popular; la protección del medio ambiente, los derechos de usuarios, y las 
garantías de amparo, hábeas corpus y hábeas data. La segunda parte (o parte orgánica, donde se 
La protección del medio ambiente es un derecho constitucional
organizan las instituciones) está dedicada 
a las Autoridades de la Nación: en su 
Título I a las del gobierno federal –Poder 
Legislativo, Ejecutivo y Judicial– y en el 
Título II a los gobiernos de provincia. En 
el artículo 75 inciso 22 se establece que 
los tratados realizados con otras naciones 
y organizaciones internacionales aproba-
dos por las dos terceras partes de ambas 
Cámaras del Congreso gozan de jerarquía 
constitucional. Es decir, también son ley 
suprema de la Nación (Vean la Constitu-
ción Nacional, en página 97).
SISTEMA DE PARTIDOS, SUFRAGIO Y SISTEMA ELECTORAL
¿Qué es un partido político?
Un partido político es una agrupación de ciudadanos que, organizándose de acuerdo a las leyes de 
su país, se propone llegar al gobierno o lograr colocar sus candidatos en cargos públicos mediante 
elecciones libres a fin de llevar adelante un determinado programa de gobierno, o luchar por con-
seguir algunos objetivos planteados en sus plataformas electorales.
Analicemos esta definición:
• “Partido” viene de “parte”. El partido está formado solo por una parte de la ciudadanía, porque 
en una sociedad democrática es imposible que, en libertad, todo el mundo piense lo mismo o 
se piense afiliar o adherir al mismo partido.
• “Agrupación de ciudadanos”, porque solamente los que tienen derechos políticos pueden inte-
grarlos formalmente y ser candidatos en las elecciones.
• “De acuerdo a las leyes de su país”, porque cada Estado reglamenta las condiciones en que se 
pueden constituir los partidos políticos. En Argentina los partidos políticos se rigen por la Ley 
23.298, Ley Orgánica de los Partidos Políticos, que considera en su artículo 3 que:
• La existencia de los partidos requiere de las siguientes condiciones sustanciales:
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CAPÍTULO
15
1. Grupo de electores, unidos por un vínculo político permanente.
2. Organización estable y funcionamiento reglados por la carta orgánica, de conformidad con el 
método democrático interno, mediante elecciones periódicas de autoridades y organismos 
partidarios, en la forma que establezca cada partido, respetando la paridad de género, sin 
necesidad del cumplimiento estricto del principio de alternancia.
3. Reconocimiento judicial de su personería jurídico-política como partido, la que comporta su 
inscripción en el registro público correspondiente.
• “Se propone llegar al gobierno o lograr…” De acuerdo al artículo 2 de la mencionada Ley Orgánica, 
“los partidos son instrumentos necesarios para la formulación y realización de la política nacional. 
Les incumbe, en forma exclusiva, la nominación de candidatos para cargos públicos electivos”. La 
participación de los ciudadanos en los partidos políticos, hace que los ciudadanos puedan cana-
lizar sus proyectos y sus demandas mediante la acción de sus legisladores ya sea en el Congreso 
Nacional, en las Legislaturas provinciales o en 
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en los 
Concejos Deliberantes municipales.
De acuerdo al sistema representativo, cuando 
se realizan elecciones, un partido gana el po-
der ejecutivo y parte de las bancas del poder 
legislativo: a ese se lo denomina partido oficia-
lista. Los demás partidos, minoritarios en esa 
elección, constituyen en general la oposición, 
aunque participen varios de ellos del gobierno 
con bancas en el Congreso Nacional o en las 
legislaturas provinciales. Acto político durante las elecciones de 2019
Partidos políticos y Constitución Nacional
La Ley Orgánica que rige actualmente el funcionamiento de los partidos políticos, llamada por 
tradición Estatuto de los Partidos Políticos, es de 1985, con modificaciones posteriores. Pero has-
ta 1994 los partidos políticos no fueron mencionados en la Constitución Nacional. En la reforma 
constitucional de 1994, se incluyó el artículo 38, que dice lo siguiente:
“Artículo 38: Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. 
Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, 
la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las 
minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el 
acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El Estado contribuye al sosteni-
miento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos 
políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio”.
Es decir, de acuerdo a la Constitución y a la Ley Orgánica, los cargos públicos electivos solo se pueden 
ocupar mediante el sufragio de los ciudadanos, que votan a candidatos postulados por partidos 
políticos. El Estado aporta económicamente para que los partidos y sus candidatos puedan hacerse 
conocidos entre la población, teniendo en cuenta al principio la cantidad de afiliados, y luego, la 
cantidad de votos recibidos. Los partidos políticos tienen el deber de mostrar de dónde provienen 
los recursos de los que disponen y a qué los destinan, a fin de que no haya operaciones ilícitas.
Actividad
Estado, gobierno y participación1
16
Sistema de partidos
Cuando en un Estado existe un solo partido político, podemos deducir que esto sucede porque no 
están permitidos otros partidos políticos. Porque, como dijimos que “partido” proviene de “parte”, 
siempre existen otros que no tienen los mismos intereses, que no luchan por los mismos objetivos.
Un sistema de partidos es un conjunto de partidos políticos que actúan dentro de un Estado, con 
determinadas reglas y características, que compiten entre sí. En general los sistemas de partidos 
se clasifican de acuerdo a la cantidad de partidos políticos que participan en las elecciones. Así, 
cuando el sistema es de partido único, no se caracteriza por tratarse de un Estado democrático, 
porque evidentemente falta la libertad de expresión y de asociación.
Se dice que un sistema de partido es hegemónico, cuando el partido que siempre gana permite que 
se presenten otros partidos a las elecciones, pero debido al fraude o a la manipulación, es imposible 
que ganen. En cambio, en una situación de partido predominante, aunque gane generalmente un 
solo partido, existe libertad de voto, pero la mayoría vota al que siempre triunfa.
El bipartidismo se da cuando dos partidos políticos se alternan en los resultados de las elecciones. 
Y el pluripartidismo existe cuando en las elecciones se presentan tres o más partidos, muchas 
veces fruto de coaliciones.
Afiches de partidos políticos durante las PASO de 2019
Busquen noticias periodísticas (en papel o por internet) sobre partidos políticos en nuestro país. 
Determinen, de acuerdo a las noticias encontradas, qué tipo de sistema político tiene la Argentina.
Actividad
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CAPÍTULO
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Sistema electoral
Para realizar las elecciones, existen reglas que establecen, entre otros aspectos, de qué modo se 
toman las decisiones, y cómo se determina el o los ganadores de la elección, que ocuparán las 
bancas o los cargos electorales. A este conjunto de normas se denomina sistema electoral.
Los cargos se pueden cubrir mediante:
• Sorteo o lotería, método empleado en la Grecia antigua.
• El acuerdo unánime de todos, meta muy difícil de lograr.
• La mayoría de los votos, que puedeser mayoría simple, cuando el ganador tiene más votos que 
los demás, pero menos de la mitad, o mayoría absoluta, cuando se requiere más de la mitad 
de los votos o de los votantes.
• La proporcionalidad, cuando las vacantes se distribuyen proporcionalmente entre los candidatos 
de las listas votadas.
En Argentina se utiliza la mayoría simple para la elección de cargos de gobernadores de provincias, 
y para la elección de intendentes municipales. Para el cargo de jefe de gobierno de la Ciudad Au-
tónoma de Buenos Aires se utiliza la mayoría absoluta. Como esta es muy difícil de lograr en una 
sola elección, se hace una segunda vuelta electoral entre los dos candidatos más votados, y así se 
elige el jefe de gobierno.
En el caso de presidente de la Nación, se realiza una segunda vuelta o ballotage, si ningún candi-
dato obtiene como mínimo el 45% de los votos, o si ninguno obtiene el 40% de los votos con una 
diferencia de 10% sobre el segundo.
Se emplea el sistema proporcional para la cobertura de diputados: según la cantidad de votos que 
haya obtenido cada partido político, se establece la cantidad de diputados que obtendrán su banca 
en la Cámara de Diputados de la Nación.
Para la cobertura de senadores, que se eligen tres por distrito electoral en una elección cada seis 
años, ocupa dos bancas el partido que haya obtenido la mayoría simple, y una banca el partido 
que queda como primera minoría.
Investiguen en internet sobre las últimas tres elecciones para presidente de la Nación y para 
jefe de gobierno en CABA. Fíjense en qué casos hubo ballotage, quiénes triunfaron en las elec-
ciones y a qué partidos políticos pertenecían. Asimismo, observen las elecciones para dipu-
tados y senadores de los últimos seis años: ¿qué partidos políticos obtuvieron bancas en la 
Cámara de Diputados y en la de Senadores?
Estado, gobierno y participación1
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Sufragio
El sufragio es un procedimiento mediante el cual las personas habilitadas para votar eligen re-
presentantes, o aprueban o rechazan una ley, una propuesta o una decisión. El sufragio sirve para 
dirimir los conflictos, porque, a través de la regla de la mayoría, se impone una voluntad sobre otras. 
Existe democracia mientras que los que pierden acaten las resoluciones, con la esperanza de que 
en la próxima oportunidad ellos puedan ser los vencedores.
Las personas habilitadas para votar constituyen el cuerpo electoral y figuran en los padrones. En 
general hay dos padrones electorales: uno en el que figuran todos los argentinos en condiciones de 
emitir el voto y otro en el que se encuentran los habitantes extranjeros que están en condiciones 
de hacerlo.
Generalmente, en nuestro país, el sufragio es electoral, es decir, sirve para designar funcionarios 
para determinados cargos. Es no electoral cuando mediante el voto se adoptan decisiones políticas, 
como en el referéndum (por votación los ciudadanos emiten su opinión sobre, por ejemplo, una ley), 
o se expresa su voluntad mediante la consulta popular (artículo 40 de la Constitución Nacional).
Gracias al sufragio, el gobierno procede de la voluntad popular, expresada a través de los comicios. 
De este modo son designados los titulares del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo en nuestro 
país, ya que para la integración del Poder Judicial se aplican distintos procedimientos, en los que 
el ciudadano común participa solo indirectamente.
Como vimos en el apartado “De la república oligárquica a la república democrática”, según la Ley 
8871 de 1912 (o Ley Sáenz Peña), el sufragio no solo constituye un derecho sino que en nuestro país 
(y muchos de América Latina), es también un deber del ciudadano, porque es obligatorio.
El artículo 37 de nuestra Constitución ratifica el sufra-
gio universal (sin discriminaciones de ningún tipo), 
igual (cada persona solo puede votar una vez, y vale 
lo mismo el voto de un rico que el de un pobre, el de 
un analfabeto que el de un universitario), secreto (se 
emite en “cuarto oscuro”, donde no vean los demás, a 
fin de tener libertad para emitir el voto) y obligatorio 
(por las razones antes descritas), que lo convierten en 
un deber.
Voto femenino, conseguido en 1947
Participación política en el sistema democrático
La democracia es el resultado de un empeño cotidiano en mejorarla y profundizarla como forma 
de gobierno y como sistema de vida. Por ejemplo, la creación de espacios públicos tales como pla-
zas, polideportivos municipales, centros culturales, entre otros, genera mayores posibilidades de 
encuentro entre ciudadanos para intercambiar opiniones, pensar proyectos, reclamar al Estado, y 
satisfacer necesidades a partir de los lazos recíprocos que se construyen entre ellos.
El Estado juega un rol fundamental en este aspecto, ya que puede funcionar como favorecedor o 
como coartador de la real participación de todos. Más allá de que los derechos humanos estén inclui-
dos en el ordenamiento jurídico de un país, no siempre son respetados. Favorecer la participación 
supone elaborar políticas públicas que den herramientas a quienes menos recursos poseen para 
que amplíen su poder de acción colectiva. Si los gobernantes pretenden solucionar los problemas 
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CAPÍTULO
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de las personas, es importante conocer qué piensan, qué sienten, qué soluciones intentaron para 
resolverlos y qué propuestas imaginan para superarlos. De esta manera, pueden descubrir aspectos 
de los problemas que no consideraban para proponer alternativas más adecuadas.
Por supuesto, es muy importante la participación del ciudadano en las elecciones, porque de esta 
forma se compromete con el sistema democrático, afianzando sus instituciones y obedeciendo a 
la ley impuesta por la regla de la mayoría.
Si bien en las democracias actuales los partidos políticos son los que discuten en su seno los distintos 
temas, y el papel del electorado se reduce muchas veces a aprobarlos con su voto, el poder electoral 
sigue siendo grande. Ningún partido tiene una mayoría de votos cautivos (es decir, votantes que 
responden únicamente a un partido, sea cual fuere su ética o su política económica), y por lo tanto 
debe cuidar al electorado. De no ser así, el electorado 
reacciona sufragando por otro partido, ya sea porque 
considera que el otro puede brindar lo que el primero 
no cumplió, o simplemente como voto castigo, para 
que su partido no se crea omnipotente.
Características de la participación
La vida democrática es una realidad conflictiva. Quie-
nes la conforman presentan características diversas. 
Existe una pluralidad de voces. Así, las distintas 
instancias de participación posible nos plantean el 
desafío de la tolerancia, el compromiso con la paz y el 
cumplimiento de las normas generales.
La participación es una necesidad humana fundamen-
tal y cuenta con tres niveles:
• Información: constituye un nivel mínimo de parti-
cipación que implica incorporar la información so-
cialmente disponible sobre los temas concernientes 
a la comunidad.
• Opinión: crece el nivel de participación y supone 
expresar libremente las ideas propias sobre los 
temas relacionados con la vida común, tener voz y 
ser escuchados.
• Toma de decisiones: es el nivel más avanzado de 
participación y se vincula con incidir en la toma de 
decisiones que afectan al colectivo social.
Perfil de Instagram de @lapoliticaonline, líder en 
información política y económica de Argentina
AMPLIACIÓN DE LA CIUDADANÍA POLÍTICA EN EL SIGLO XIX
A lo largo de la historia, en general, los que más propiedades poseían, o los que más formación 
intelectual tenían, se consideraron superiores a quienes menos tenían. Los excluían de sus derechos 
y desconfiaban de sus intenciones y posibles descontentos por la situación de inferioridad en que 
vivían. Podemos ver esto en las Memorias del general José María Paz. Paz, que combatió a los cau-
dillos y sus montoneras, destacó los resentimientos que había generado el abuso de autoridad por 
parte de los militares, y sostuvo que fue una de las causas principalespara que la gente “ignorante” 
y “pobre” se uniera a las montoneras para luchar contra los ricos. Con sus palabras:
Lectura
Estado, gobierno y participación1
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“(…) les fue muy fácil a los caudillos sublevar la parte ignorante contra la más ilustrada, a 
los pobres contra los ricos, y con este odio venían a confundirse los celos que justa o injus-
tamente inspiraba a muchos la preponderancia de Buenos Aires. Aun diré más, y que quizá 
fue la causa más poderosa, las fuertes prevenciones que había engendrado en el paisanaje 
la indisciplina y altanería de las tropas de los primeros ejércitos y las exacciones gravosas a 
que los sujetaban”.
Las obligaciones de los que no son propietarios legalmente
“1. Todo individuo en la campaña que no tenga propiedad legítima de qué subsistir y que 
haga constar ante el juez territorial de su partido, será reputado de la clase de sirviente.
2. Todo sirviente de la clase que fuera deberá tener una papeleta de su patrón visada por 
el Juez del partido, sin cuya precisa calidad será inválida.
3. Las papeletas de estos peones deben renovarse cada tres meses, teniendo cuidado los 
vecinos propietarios que sostienen esta clase de hombres de remitirlas hechas al Juez 
del partido, para que ponga su visto bueno.
4. Todo individuo de la clase de peón que no conserve este documento será reputado por 
vago.
5. Todo individuo, aunque tenga la papeleta, que 
transite la campaña sin licencia del Juez terri-
torial o refrendada por él siendo de otra parte 
será reputado por vago.
6. Los vagos serán remitidos a esta capital y se des-
tinarán al servicio de las armas por cinco años 
en la primera vez en los cuerpos veteranos.
7. Los que no sirvieren para este destino se les 
obligará a reconocer un patrón a quien servirá 
forzosamente dos años en la primera vez por su 
justo salario y en la segunda por diez años”.
Fuente: Bando del gobernador intendente de Buenos Aires Manuel Oliden, 30 de agosto de 1815
Las pulperías eran el lugar de encuentro de los 
gauchos donde organizaban payadas y bailes
Actividad
Lean atentamente el bando del gobernador Oliden y respondan:
 1 ¿Había igualdad ante la ley en esa época?
 2 Según sus opiniones, ¿cuáles son las causas de estas reglamentaciones?
 3 Analicen la situación de los no propietarios.
 4 Relacionen este reglamento con los resentimientos de los que habla el general Paz.
Lectura
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CAPÍTULO
21
Esteban Echeverría y el sufragio universal, en Ojeada 
retrospectiva (1846)
“La ley de la Provincia de Buenos Aires de 14 de Agosto de 1821, concedía el derecho de 
sufragio a ‘todo hombre libre, natural del país o avecindado en él, desde la edad de 20 años, 
o antes si fuere emancipado’”.
“El sufragio universal es absurdo”.
“La mayoría del pueblo a quien se otorgaba ese derecho no sabía lo que era sufragio ni 
a qué fin se encaminaba eso, ni se le daban tampoco los medios de adquirir ese conoci-
miento. (...) significaba el predominio de las masas incultas y engañadas, el gobierno de las 
lanzas y los candombes; era irracional y contrario a la naturaleza de la sociedad”.
Actividad
Lean atentamente los fragmentos y respondan:
 1 ¿Por qué Esteban Echeverría estaba en contra del sufragio universal?
 2 ¿Qué gobierno había en Buenos Aires en 1846? ¿Qué opinaba Echeverría al respecto?
La Constitución de 1853 no decía nada sobre las características del sufragio de la población. En 
1857, la ley 140 estableció que el voto era voluntario, personal, no secreto y por supuesto, mascu-
lino. Debido a esto, se impedía a ciertas personas que se inscribieran en los registros para votar, se 
coaccionaba a la gente para que vote a determinada lista, se inscribían ciudadanos que ya habían 
fallecido para que otros voten por ellos, etc. Domingo Faustino Sarmiento le contaba a su pariente 
Domingo Oro en una carta de 1857, cómo se realizaron las elecciones en Buenos Aires:
“Los gauchos que se resistieron a votar por nuestros candidatos fueron puestos en el cepo 
o enviados a las fronteras con los indios y quemados sus ranchos. Bandas de soldados ar-
mados recorrían las calles acuchillando y persiguiendo a los opositores. Tal fue el terror que 
sembramos entre toda esa gente, que el día 29 triunfamos sin oposición”.
En la medida en que se fue difundiendo entre la población la organización de los trabajadores para 
mejorar sus condiciones de trabajo y sus salarios, y se fue generalizando la educación pública, los 
habitantes pudieron presionar para ampliar sus derechos. Como vimos en el apartado “Característi-
cas de la participación”, con la agrupación en sindicatos obreros y la popularización de la educación 
pública, pudo incrementarse la información, mediante la redacción de folletos y la discusión de 
las ideas. De este modo se fue generando una opinión que no era solamente la que transmitían los 
grandes periódicos. El nivel de toma de decisiones para mejorar la situación también fue paulatino 
durante el siglo XIX.
Las clases medias, y las clases altas que no estaban de acuerdo con el gobierno de una oligarquía, 
se agruparon en la Unión Cívica (1890), que luego sería la Unión Cívica Radical (UCR). Con distintos 
Lectura
Estado, gobierno y participación1
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levantamientos armados (1890, 1893, 1905), los 
radicales exigieron que se cumpliera la Consti-
tución. Finalmente, con la sanción en 1912 de 
la Ley Sáenz Peña, el voto fue universal, secreto 
y obligatorio. Gracias a esta ley, los radicales 
consideraron que valía la pena presentarse a 
elecciones, y ganaron en 1916 la presidencia de 
la Nación, con Hipólito Yrigoyen.
Levantamiento radical de 1905
DIVISIÓN DE PODERES: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES
La teoría de la separación de poderes, que significó un instrumento de lucha política contra el ab-
solutismo, fue enunciada por Montesquieu en el siglo XVIII.
La doctrina de separación de poderes distribuye las múltiples funciones que tiene el gobierno entre 
el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo. Además de ocuparse de sus funciones 
específicas, estos poderes se controlan entre sí, en un sistema de “frenos y contrapesos”, según 
palabras del propio Montesquieu. La separación de funciones se lleva a cabo en los tres ámbitos: 
nacional o federal, provincial y municipal.
La división de poderes en El espíritu de las leyes de Montesquieu 
(1748)
“Cuando el Poder Legislativo y el Ejecutivo se reúnen en la misma persona o en el mismo 
cuerpo de magistrados, no hay libertad, porque puede temerse que el monarca o el Senado 
hagan leyes tiránicas para ejecutarlas tiránicamente. No hay tampoco libertad si el poder ju-
dicial no está separado del legislativo y del ejecutivo. Si está unido a la potestad legislativa, 
el poder de decidir la vida y libertad de los ciudadanos será arbitrario, porque el juez será al 
mismo tiempo legislador; si está unido al poder ejecutivo, el juez tendrá en su mano la fuerza 
de un opresor. Todo estaría perdido si el mismo hombre, o el mismo cuerpo de los próceres 
o de los nobles o del pueblo, ejerciese estos tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar 
las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias de los particulares”.
Actividad
Lean atentamente y respondan:
 1 ¿Qué piensa Montesquieu del poder absoluto?
 2 ¿Qué importancia tiene la división de poderes?
 3 Relacionen este artículo con nuestra Constitución.
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CAPÍTULO
23
Poder Legislativo
El Poder Legislativo Nacional o Congreso de la Nación es el encargado, primordialmente, de hacer 
las leyes que se necesitan para el buen gobierno de la ciudadanía. Es una asamblea, junta o congre-
so donde se reúnen los representantes, denominados legisladores por esa función específica que 
tienen. A nivel nacional, el Poder Legislativo es bicameral (está organizado en dos cámaras), como 
dijimos al principio de este capítulo: la Cámara de Diputados, que representa a la población de los 
distintos distritos (provincias y CABA), y la Cámara de Senadores, querepresenta a los intereses de 
esos distritos. Hemos explicado la razón de esa división en el apartado “Organización federal del 
Estado argentino”. En total son 24 distritos: 23 provincias y CABA.
Palacio del Congreso de la Nación Argentina, Buenos Aires
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es unicameral (tiene una sola cámara); a sus 
integrantes se los denomina diputados o legisladores. Todos nuestros representantes se eligen por 
voto directo de la ciudadanía.
La Cámara de Diputados de la Nación se renueva por mitades cada dos años: cada diputado nacional 
dura en sus funciones cuatro años. Como son seleccionados mediante la representación proporcio-
nal, hay numerosos partidos políticos que tienen bancas en el Congreso Nacional.
En cambio, los Senadores nacionales duran seis años en sus cargos, y se renuevan por tercios. Al 
ser tres senadores por distrito electoral, hay menor variedad de partidos políticos en la Cámara de 
Senadores. Estos tres senadores por distrito electoral se deben votar al mismo tiempo para que 
sean electos dos por la mayoría y uno por la primera minoría (como vimos en el apartado “Sistema 
electoral”). Por eso cada dos años se eligen senadores para 8 distritos, o sea un total de 24 senadores.
Actividad
Estado, gobierno y participación1
24
El Senado Nacional está presidido por el vicepresidente de la Nación, que es el que dirige las sesiones 
y desempata o resuelve una votación en caso de empate. Además, hay un presidente provisional, 
elegido por los senadores, que reemplaza al titular en caso de ausencia.
La Cámara de Diputados elige su presidente entre sus miembros. Las autoridades de ambas cáma-
ras son importantes porque, en caso de que falten el presidente y el vicepresidente de la Nación, el 
Poder Ejecutivo es desempeñado en primer lugar por el presidente provisional del Senado; si este 
no estuviese disponible (por licencia, por ejemplo), el que debe ocupar el cargo del Poder Ejecutivo 
es el presidente de la Cámara de Diputados. Y si este tampoco se hiciera presente, el encargado sería 
el presidente de la Suprema Corte de Justicia (Poder Judicial). Como vemos, aunque hay división 
de poderes, existe una complementación en las funciones. En la Constitución Nacional se dispone 
todo lo ateniente al Poder Legislativo en los artículos 44 al 86.
Visiten la página del Congreso <www.congreso.gob.ar> y fíjense cuántos bloques partidarios hay 
en la Cámara de Diputados, y cuántos en la Cámara de Senadores. Relacionen los datos encon-
trados con lo analizado en el apartado “Poder Legislativo”.
Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo es el que lleva adelante la dirección política del Estado, orientando las políticas 
públicas para lograr el bienestar de la mayoría de la población (o, en algunos casos, el beneficio de 
ciertos sectores). Para ello tiene diferentes herramientas, que le permiten actuar en las múltiples 
funciones que debe cumplir. Es el poder que administra los diferentes asuntos, para lo que cuenta 
con su jefe de gabinete de ministros, y sus ministros. El presidente es quien designa o remueve los 
miembros de su gabinete. Con el objeto de proveer a la defensa común, consolidar la paz interior 
y afianzar la justicia, el presidente tiene a su cargo la administración de todas las fuerzas armadas 
de la Nación, y es su comandante en jefe. Las fuerzas de seguridad (como Policía Federal, Prefec-
tura Naval y Gendarmería Nacional) dependen del Ministerio de Seguridad, y las Fuerzas Armadas 
(Ejército, Marina, Aeronáutica) que custodian nuestra soberanía ante los demás Estados, están bajo 
las órdenes del Ministerio de Defensa. Es decir que, si bien el Poder Ejecutivo es en esencia uniper-
sonal, también está integrado por el jefe de gabinete de ministros y por los ministros secretarios, 
que deben firmar los actos administrativos del presidente.
El Poder Ejecutivo nacional, como dijimos, es desempeñado por el Presidente de la Nación Argentina 
y puede ser reemplazado (por ausencia, enfermedad, inhabilidad, renuncia o destitución, según 
el artículo 88) por el vicepresidente; ambos cargos se eligen directamente en una única fórmula 
electoral. Hemos visto en el apartado “Sistema Electoral”) que para ser elegido en primera vuelta, 
se requiere una mayoría importante: 45% de los votos o el 40% con una diferencia mayor al 10%. En 
caso de que no se llegue a estos porcentajes, se requiere una segunda vuelta electoral o ballotage 
entre las dos fórmulas más votadas. Para poder ser candidato el ciudadano debe ser argentino 
nativo, o hijo de argentino nativo si nació en el extranjero, y tener como mínimo 30 años de edad. 
Actividad
1
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CAPÍTULO
25
Una vez que hayan leído el apartado “Poder Ejecutivo”, busquen información en periódicos 
sobre la actividad del Presidente de la Nación. ¿A qué dedica su tiempo? ¿Qué temas les parece 
que prioriza en su gobierno? ¿Opinan que es razonable lo que está haciendo, o consideran que 
debería enfocarse en algún otro problema? Debatan en clase, eligiendo previamente un mode-
rador que anote a los que vayan pidiendo la palabra y en ese orden ceda el turno, para que cada 
uno se exprese sin interrumpirse. Traten de sacar una conclusión.
Es elegido por cuatro años, y puede ser reelegido por un solo período consecutivo; después de eso, 
debe esperar otro período.
Si bien el Poder Legislativo es el encargado de hacer las leyes, el Poder Ejecutivo también participa 
de la formación de las leyes, ya que puede presentar proyectos de ley, debe promulgar las leyes san-
cionadas por el Congreso y una vez hecho esto, las hace publicar en el Boletín Oficial. Pero también 
tiene la facultad de impedir lo legislado por el Congreso mediante el veto (negativa o prohibición) 
parcial o total de esa ley. Por supuesto que el Congreso puede insistir con la validez de la ley, pero 
para ello debe reunir dos tercios de ambas cámaras, hecho que ocurrió muy contadas veces en la 
historia nacional.
La Constitución establece que el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso emitir disposiciones de 
carácter legislativo. Pero admite que, en circunstancias excepcionales, puede dictar decretos por 
razones de necesidad y urgencia (DNU), siempre que no se trate de normas sobre materia penal, 
tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos. Los DNU deben ser autorizados y firmados 
por el jefe de gabinete de ministros y los ministros, y dentro de los diez días deben ser evaluados por 
la Comisión Bicameral Permanente del Poder Legislativo, para ser luego tratado por ambas cámaras.
Poder Judicial
El Poder Judicial se dedica fundamentalmente a la administración de justicia. Como nuestro país 
es federal, tenemos un Poder Judicial de la Nación (justicia federal) y un Poder Judicial en cada 
provincia (justicia ordinaria).
El Poder Judicial nacional es ejercido por una Corte Suprema de Justicia y por los demás tribu-
nales inferiores (artículo 108). La Corte Suprema de Justicia está integrada actualmente por cinco 
miembros, y debe ser presidida de manera rotativa por cada uno de ellos por períodos anuales. 
Los tribunales inferiores están formados por los Juzgados de Primera Instancia (donde se inician 
los trámites; son unipersonales) y las Cámaras de Apelaciones (o de Segunda Instancia, que son 
tribunales colegiados, y sus jueces –o camaristas– se reúnen para estudiar o resolver las apelaciones, 
es decir, los casos que se elevan por no quedar alguna de las partes conformes con la resolución o 
fallo del magistrado de Primera Instancia).
Actividad
Estado, gobierno y participación1
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Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
Los juzgados pertenecen a distintos fueros, 
según la índole del pleito y el lugar donde 
este ocurre. Así, existen el fuero penal, 
fuero laboral, contencioso-administrativo 
federal, fuero civil y comercial. Los Juz-
gados Federales se ocupan de casos 
especiales, contemplados en el artículo 
116 de la Constitución Nacional (violación 
de leyes federales como las que involu-cran a la seguridad pública –entre ellas el 
narcotráfico–, la fabricación de moneda, 
contrabando, evasión fiscal, lavado de 
dinero y otros delitos que afectan a la renta 
y a la seguridad de la Nación; causas de 
ciudadanos extranjeros; causas relaciona-
das con garantías constitucionales, o donde el Estado es parte, etc.). La justicia ordinaria se ocupa de 
las leyes mencionadas en el artículo 75 inciso 12 de la Constitución: códigos Civil y Comercial, Penal, 
de Minería, etc. De acuerdo con la jurisdicción, las causas se tramitan en los Tribunales Nacionales 
de Capital Federal, los Tribunales Nacionales con asiento en las provincias, o en los juzgados, 
tribunales y cámaras de apelación pertenecientes a la organización de la justicia en cada provincia.
Los miembros de la Corte Suprema son nombrados por el Poder Ejecutivo con acuerdo de dos 
tercios de los miembros presentes del Senado. Una vez en el cargo, todos los jueces gozan de la 
estabilidad de su empleo mientras conserven su buena conducta; solo pueden cesar en sus funcio-
nes por juicio político, jurado de enjuiciamiento o por propia voluntad. Cuando cumplen 75 años 
deben jubilarse, salvo que vuelvan a ser nombrados por cinco años más (este procedimiento puede 
repetirse al vencerse el plazo, con las mismas formalidades que las del primer nombramiento). Esto 
es así para asegurar la continuidad de su tarea y la independencia de su actuación, a fin de que no 
dependan de cambios políticos.
Los jueces de los tribunales inferiores, es decir, los de Primera Instancia y los de Cámaras Federales 
de Apelación, deben ser seleccionados en terna por el Consejo de la Magistratura y nombrados por 
el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. El Consejo de la Magistratura administra los recursos del 
Poder Judicial, ejerce facultades disciplinarias sobre los magistrados, y los puede suspender y remover.
Dentro de la órbita del Poder Judicial está el Ministerio Público, dividido en Ministerio Público 
Fiscal y Ministerio Público de la Defensa. El primero nuclea y coordina la acción de los Fiscales y 
el segundo la de los Defensores Públicos Oficiales.
Busquen noticias periodísticas (en papel o por internet) donde se traten temas relacionados 
con el Poder Judicial. Averigüen el significado del vocabulario que desconozcan. Comenten las 
noticias con sus propias palabras.
CAPÍTULO
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Derechos
LAS NORMAS Y LOS DERECHOS COMO PRODUCTOS DE ACUERDOS 
POLÍTICOS Y SOCIALES
Hemos visto en el capítulo anterior que se llegó a nuestra actual forma de gobierno mediante la 
pugna de diferentes sectores que formaban parte de las Provincias Unidas del Río de la Plata, y, a 
lo largo del tiempo, de la Confederación Argentina y de la actual República Argentina. Estas fuerzas 
que lucharon y luchan por imponerse en las medidas trascendentales, siguen dándose de un modo 
u otro en todo el devenir político.
Si bien se afirma que en el sistema democrático las decisiones colectivas son tomadas por un nú-
mero muy elevado de personas, en realidad lo que hace la ciudadanía es votar por representantes 
que son candidateados mediante el sistema de partidos políticos, y los representantes a su vez, 
por mayoría, son los que toman las decisiones. Sin embargo, estas decisiones se toman mediante 
acuerdos políticos y sociales. Como veremos más adelante en el apartado “Proceso de sanción de 
las leyes”, para que una norma que establece un derecho o una política de gobierno tenga efectivo 
cumplimiento, primero debe ser aceptado el proyecto de ley en la cámara donde se inicia (Cámara 
de Diputados o de Senadores); luego será debatido en las comisiones que corresponda; luego vol-
verá al recinto de la cámara de origen para tener media sanción; luego deberá ser tratado en la otra 
cámara, denominada a este efecto cámara revisora; si es aprobado, pasa al Poder Ejecutivo, que 
puede aprobarlo o vetarlo. En realidad, todo esto un poco más complejo, y por ello lo trataremos 
más adelante en el apartado mencionado. En cada instancia, hay debates, se juegan intereses. 
Cuando se amplía un derecho, si bien existe una gran parte de la población que se beneficia, suele 
haber otra parte que se opone. Por ejemplo, cuando en 2010 se sancionó la ley de matrimonio 
igualitario, en la Cámara de Diputados hubo 125 votos a favor, 109 en contra, 4 abstenciones y 16 
ausentes, y en la Cámara de Senadores, la ley tuvo 33 votos a favor, 27 en contra, 3 abstenciones y 
hubo 9 ausentes. Es decir, fue una ley que tuvo un debate muy reñido: si los ausentes y los que se 
abstuvieron de votar hubieran votado en contra, esa ley nunca se hubiera sancionado. Y la gente 
que se abstiene o que falta a la sesión (aunque justifique la ausencia) lo hace generalmente porque 
no se quiere comprometer con una decisión favorable o desfavorable, quizás porque sus creencias 
se contraponen a una necesidad social o a un pronunciamiento de su partido político.
Actividad
Derechos2
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Las fuerzas que se hacen presentes con 
sus preocupaciones en los debates pre-
vios a los que se dan en las cámaras, no 
responden en general a líderes políticos 
ni a personas individuales, sino que se 
relacionan con grupos de interés o colec-
tivos que tienen determinada fe religiosa, 
factores de tradición, réditos económicos 
por actividad, necesidades sindicales, 
cuestiones de género, visiones políticas 
o ideológicas, etcétera.
Manifestación a favor de la ley de matrimonio igualitario
Para analizar los diferentes puntos de vista en la sanción de las leyes, podemos trabajar sobre 
el caso de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), ya sea desde la “Campaña Na-
cional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito” o la “Pro-vida” (se puede elegir otro 
estudio de caso).
Respondan y debatan:
 1 ¿Qué intereses defienden cada uno de estos grupos?
 2 ¿Con qué argumentos lo hacen? 
 3 ¿Existen factores económicos que condicionan la ley IVE?
 4 ¿Pueden observar diferencias sociales entre ambos grupos?
5 En cuanto al factor cultural, ¿opinan que es un factor decisivo, teniendo en cuenta que países 
como Canadá, Estados Unidos, Uruguay, India, Rusia, incluyen el aborto voluntario autorizado 
en sus legislaciones?
Derecho de representación en la integración de la Cámara de Diputados
Cuando se redactó la Constitución de 1853 se resolvió por el artículo 46 la cantidad de diputados por 
provincia que compondrían la Cámara de Diputados, y por el artículo 47 se expresó que el número 
de diputados debía arreglarse de acuerdo a censos generales de población a realizar cada 10 años. 
Se estableció que la base de población por diputado era de 20.000 habitantes o fracción mayor de 
10.000. En 1898 se modificó la base a 33.000 habitantes. En 1949 se estableció la base en 100.000 
habitantes, y se dispuso que el mínimo fueran 2 diputados por distrito. Como esta Constitución 
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fue anulada por el golpe militar de 1955, volvió a figurar la cifra de 1898, y luego no se cambió en 
la Constitución de 1994, pese a que se ha modificado por decreto/ley de la última dictadura, en 
1983. Esa “ley” N° 22.847 de julio de 1983 dispuso que la base sería de 161.000 habitantes para 
cada diputado, que el mínimo fueran 5 diputados por distrito, y que la cantidad de diputados por 
jurisdicción no podía ser menor a la de 1973. Pese a que se trata de un decreto/ley de la dictadura, 
y que se han realizado los censos estipulados por la Constitución Nacional, la cifra por distrito no 
ha variado. Realizamos el siguiente cuadro para analizar la representación de los habitantes de los 
distintos distritos electorales. 
INTEGRACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO NACIONAL
Distrito 
electoral
Dip. 
1853
Censo 
1869 
Dip. 
1920
Censo 
1914
Dip. 
1973
Censo 
1970
Dip. 
1983/
2020
Censo 
2010
Habitantes
por dip.
Dip. corres-
pondientes 
cada 160.000 
habitantes 
CABA* 32 1.575.814 25 2.972.453 25 2.890.151 115.606 18
Buenos 
Aires 12 495.107 42 2.066.948 68 8.774.529 70 15.625.084 223.21597
Catamarca 3 79.962 2 100.769 4 172.323 5 367.828 73.566 2
Córdoba 6 210.508 15 735.472 18 2.060.065 18 3.308.876 183.826 21
Corrientes 4 129.023 7 347.055 7 564.147 7 992.595 141.799 6
Chaco 45.291 46.274 7 566.613 7 1.055.259 150.751 7
Chubut 23.065 4 189.920 5 509.108 101.822 3
Entre Ríos 2 134.271 9 425.373 9 811.691 9 1.235.994 137.333 8
Formosa 19.261 5 234.075 5 530.162 106.032 3
Jujuy 2 40.379 2 77.511 5 302.436 6 673.307 112.218 4
La Pampa 21.000 101.338 4 172.029 5 318.951 63.790 2
La Rioja 2 48.746 2 79.754 4 136.237 5 333.642 66.728 2
Mendoza 3 65.413 6 277.535 10 973.075 10 1.738.929 173.893 11
Misiones 3000 53.563 6 443.020 7 1.101.593 157.370 7
Neuquén 24.000** 28.866 4 154.570 5 551.266 110.253 3
Río Negro 42.242 5 262.622 5 638.645 127.729 4
Salta 3 88.933 3 142.158 7 509.803 7 1.214.441 173.492 8
Santa Cruz 9948 4 84.457 5 273.964 54.793 2
San Juan 2 60.319 3 119.252 6 384.284 6 1.214.441 202.407 8
San Luis 2 53.294 3 116.266 4 183.460 5 432.310 86.462 3
Santa Fe 2 89.117 19 899.640 19 2.135.583 19 3.194.537 168.134 20
Santiago 
del Estero 4 132.898 6 261.678 7 495.419 7 874.006 124.858 5
Tucumán 3 108.953 7 332.933 9 765.962 9 1.448.188 160.910 9
Tierra del 
Fuego*** 2504 2 15.658 5 127.205 25.441 1
TOTAL 50 1.877.490 158 7.903.662 243 23.364.431 257 40.117.096   252
* En 1920 están incluidos los diputados por los Territorios Nacionales con los de Capital Federal. ** Patagonia. ***A partir de su 
provincialización en 1990 cuenta con 5 diputados.
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Derechos2
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Analicen en la tabla la composición de la Cámara de Diputados a lo largo del tiempo y respondan:
 1 ¿Qué territorios se incorporaron como provincias en el siglo XX?
 2 ¿Qué provincias tenían mayor representación en 1853? Calculen la base de habitantes por 
diputado dividiendo la población por la cantidad de diputados de cada distrito.
 3 Realicen la misma cuenta para 1920.
 4 Observen si actualmente los diputados siguen representando proporcionalmente a la po-
blación, o si encuentran desproporción o mayor representatividad de los habitantes de un 
distrito con respecto a otros. Observen la última columna, que tiene el cálculo de diputados 
sobre 160.000 habitantes. ¿Qué conclusiones sacan? ¿Qué acuerdos políticos deberían hacerse 
para modificar esta situación?
PROCESO DE SANCIÓN DE LAS LEYES
Funcionamiento de las Cámaras del Congreso
Existen distintos tipos de sesiones, en las cuales los legisladores se reúnen por cámaras.
El período de sesiones ordinarias se extiende desde el 1º de marzo al 30 de noviembre de cada año.
Para organizar la tarea legislativa se reúnen con anterioridad, en lo que se denominan sesiones pre-
paratorias: allí se estudian los títulos de los representantes recientemente elegidos, para comprobar 
si las elecciones se hicieron conforme a las leyes y para analizar si existen o no impugnaciones; se 
eligen las autoridades de las cámaras; se organizan las comisiones permanentes; se conforman los 
bloques partidarios, y se fijan los días y horas de sesión (que pueden variar si se estima conveniente).
El período de sesiones ordinarias es abierto en una ceremonia anual en la que el Presidente de la 
Nación pronuncia un discurso (generalmente hace una síntesis de lo que ocurrió el año anterior 
y expresa los objetivos para el presente año) ante las dos cámaras reunidas en un solo recinto (la 
Cámara de Diputados, que es más espaciosa), reunión que se denomina Asamblea Legislativa. 
Además de las sesiones que se hacen en los días y horas fijados previamente, se pueden hacer 
otras especiales, que tienen lugar a solicitud del Poder Ejecutivo, por resolución de la Cámara, o 
por petición de al menos cinco diputados.
Si el período de sesiones ordinarias termina y quedan pendientes asuntos que el Congreso consi-
dera urgente atender, los legisladores pueden continuar su labor en sesiones de prórroga. Estas 
también pueden ser solicitadas por el Presidente de la Nación.
Si el Congreso comenzó sus vacaciones, y existen hechos de mucha importancia para la Nación, 
el Presidente puede convocar a sesiones extraordinarias, para tratar exclusivamente los asuntos 
por los cuales el Congreso ha sido congregado.
Actividad
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Asamblea legislativa
Para sesionar, cada cámara debe contar 
con quórum, que consiste en que estén 
presentes en el recinto como mínimo más 
de la mitad del total de los miembros de 
la cámara.
Los asuntos que deben tratarse en las 
sesiones son numerosos: los proyectos, 
peticiones y comunicaciones que lle-
gan del Poder Ejecutivo y de distintas 
instituciones oficiales (como Concejos 
Deliberantes de distintos puntos del país, 
Bancos oficiales, Secretarías, etc.), los dic-
támenes de las Comisiones y los observados por los diputados, los proyectos presentados por los 
distintos diputados, las preferencias que se tienen para tratar los temas, las licencias presentadas 
por los diputados, etc. Así, existen distintos tipos de proyectos que se tratan en las Cámaras: los 
proyectos de ley, de decreto, de resolución, de comunicación o de declaración.
Se presentan en un Boletín de Asuntos Entrados, donde están publicados todos los asuntos que se 
hayan presentado hasta las 20 horas del día anterior a la sesión.
El Presidente de cada cámara abre las sesiones, propone las votaciones, proclama sus resultados, 
llama al orden a los miembros de la Cámara si es necesario, entre otras tareas de coordinación. La 
mayoría de los proyectos se derivan a su tratamiento en la o las comisiones que correspondan. Si 
se considera que un proyecto es muy importante, y obtiene dos tercios de los votos, se puede tratar 
directamente en la misma sesión; a esto se lo denomina tratamiento sobre tablas.
Lean la siguiente noticia de Infosiberia (servicio informativo por WhatsApp) del 22/1/2020.
“El ministro de Economía Martín Guzmán, anunció el envío de un proyecto de ley al Congre-
so para reestructurar la deuda externa y mejorar dos de las tres condiciones: plazos, tasas de 
interés y capital. ‘El país no puede sostener la carga de la deuda que enfrenta’, explicó el minis-
tro (…) El proyecto será tratado en sesiones extraordinarias en los próximos días”.
Respondan:
 1 ¿En qué etapa de la formación y sanción de las leyes estaba el proyecto en ese momento?
 2 ¿De qué Poder proviene el proyecto?
 3 ¿Por qué causa el proyecto fue tratado en sesiones extraordinarias?
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Si a la Cámara Revisora no le gusta el proyecto, puede rechazarlo (y en ese caso no se puede volver 
a tratar en las sesiones de ese año) o modificarlo. Si lo modifica, el proyecto debe volver, para su 
reconsideración, a la Cámara de Origen. Si esta aprueba las modificaciones, pasa al Poder Ejecutivo. 
Formación y sanción de las leyes
Este tema está desarrollado en la Constitución Nacional entre los artículos 77 y 84.
Los proyectos de ley pueden ser presentados por diputados, senadores, Poder Ejecutivo y ciudada-
nos. Solo cuando la presentación se hace en forma de Iniciativa Popular, con un mínimo de firmas 
y datos de ciudadanos del 1,5 por ciento del padrón electoral, es obligatorio tratarlo durante ese 
año en las sesiones del Congreso.
El proyecto se presenta en la Mesa de Entradas de la Cámara de Diputados o de Senadores. La cá-
mara donde se inicia el tratamiento de un proyecto se denomina Cámara de Origen o Iniciadora. 
Solo las leyes impositivas, las de reclutamiento de tropas y las presentadas por Iniciativa Popular, 
tienen la obligatoriedad de iniciarse en la Cámara de Diputados; en todos los demás proyectos, 
cualquiera de las dos cámaras puede tener la iniciativa.
Primero se debe aprobar el proyecto en general, y para ser tratado artículo por artículo, pasa a la 
comisión de asesoramiento que le corresponda por el tema que se trate. Hay numerosas comisio-
nes; por ejemplo, Asuntos Constitucionales; Legislación General; Presupuesto y Hacienda; Educa-
ción; Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva; Cultura; Justicia;

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