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2 ÍNDICE 1. Información de la unidad / Tema de la semana 2. Información de los subtemas 2.1 Corrientes iusnaturalista modernas 2.2 Sociología Jurídica 2.3 Corrientes Contemporáneas 3. Bibliografía 3 7 4 3 13 10 La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 3 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I 1. Informacio n de la unidad Tema de la semana: » Objetivo: Describir las principales corrientes filosóficas del Derecho Natural. » Tema: El Derecho Natural Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho » Subtemas: 1.- Corrientes iusnaturalista modernas 2.- Sociología Jurídica 3.- Corrientes Contemporáneas » Unidad: La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia » Total de horas de la asignatura: 7.5 H La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 4 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I 2. Información de los subtemas 2.1 Corrientes Iusnaturalista Modernas La edad moderna comprende desde el siglo XV hasta el XVIII, se inicia el liberalismo, la ilusión por la libertad. Sigue la reforma protestante de Martin Lutero (1483-1546) y Juan Calvino (1509-1564), quienes proclaman el libre examen de la santa escritura al margen de la interpretación oficial de la iglesia y la separación anglicana con la posibilidad de la ruptura del vínculo matrimonial por medio del divorcio para Enrique VIII, que corresponde al derecho consuetudinario. Así, aparecen dos grandes Escuelas Jurídicas, que hacen frente a una nueva línea iusnaturalista tales como, la Escuela de los Teólogos Juristas Españoles durante los siglos XVI y XVII y la Escuela laica del Derecho Natural fundada en el siglo XVII por Hugo Grocio (1583-1645). Consideramos ahora: 1. Los Teólogos Juristas Españoles: su obra fundamental consistió en ampliar la idea iusnaturalista de Tomas de Aquino, el primero de ellos fue el dominico Francisco de Vitoria (1483-1546), quien conjuntamente con Erasmo de Rooterdam (1466-1536) se considera el fundador del humanismo cristiano. Francisco Vitoria, vivió durante el reinado de Carlos I, mantuvo el firme propósito de restaurar el imperio universal Cristiano de la Edad Media, defendió su tesis de que todos los pueblos estaban subordinados jurídicamente al imperio, esto en referencia a los habitantes del nuevo mundo, en la obra Lecciones, impartidas en la Universidad de Salamanca entre 1538 y 1539, con libertad de espíritu frente a las presiones del sistema y del poder político quedando establecida:…los pueblos paganos son sujetos de Derecho independientes, titulares de una pretensión legitima a la libertad y a la independencia, debiendo ser respetadas aun por los pueblos cristianos. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 5 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I En concordancia con lo anterior se formulan los principios básicos de la siguiente manera: a) La comunidad estatal no tiene como base la fe, sino el derecho natural conforma al cual todos los hombres, independientemente de sus creencias poseen una naturaleza social, el establecimiento de cada poder estatal depende únicamente de los hombres. b) Los estados fundados sobre el derecho natural: se encuentran ligados entre sí por la naturaleza, hace parientes a todos los hombres. Por tanto, no solo en el interior de cada estado sino también en la comunidad de ellos. Dicho orden se configura mediante la práctica y por los tratados. c) Ni el Papa ni el Emperador, poseen una pretensión legitima al dominio del mundo, pues ni Dios ni los pueblos le otorgan tal derecho. d) La comunidad de los Estados, es una comunidad natural para las comunicaciones y el comercio de los pueblos. Contrario al derecho natural excluir a los extranjeros de la vida comercial o impedírselo, sin una justa causa. De lo anterior se puede decir que el mérito fundamental de Francisco de Vitoria se funda en una concepción internacional, se parte de la idea de que el mundo se integra en una sola comunidad jurídica pero no de manera estoica, sino como una comunidad concreta que se une por el derecho natural. Por su parte Francisco Suarez (1548-1617) profesor de la Universidad de Coímbra, Portugal, en su obra: Las leyes y Dios legislador, sirvió de fundamento para que Hugo Grocio, creara el Derecho Internacional con la idea del bien común de todas las naciones al que también denomina bien común del género humano, deduce Suarez que cada Estado al promover su bienestar debe actuar dentro del marco del bienestar de la humanidad. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 6 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I 2. La Escuela Laica del derecho natural: aparece en el siglo XVII con la figura del holandés Hugo Grocio, en su obra fundamental: Sobre el derecho de la Guerra y la paz, publicada a principios del siglo XVIII, partiendo de la idea de que existe un Derecho Natural cuyo único fundamento es la razón la cual es independiente de toda fe religiosa. El mencionado autor haciendo énfasis en la razón defiende que el derecho natural es inmutable que no puede ser cambiado por Dios mismo y que existiría, aunque Dios no existiese. Inicia la tendencia del derecho natural racionalista, exagerando el método deductivo y convirtiéndolo en un sistema de normas detalladas, consideradas racionales. A finales de la edad moderna surgen los derechos naturales del hombre, también racionalista, que carga su acento en el liberalismo político, rechazando el poder absoluto del Estado. Donde el hombre tiene unos derechos que no pueden ser trasferidos a ningún gobernante: vida, libertad y propiedad. El estado se organiza por el contrato social o constitución de Rousseau, que populariza con la Revolución Francesa. A este respecto Rousseau problematizó de la siguiente manera: el hombre nace libre y en todas partes esta encadenado, el gran problema es conciliar la libertad natural del hombre con la necesidad de vivir en un Estado. Como solución escribió: …es encontrar una forma de asociación que defienda y proteja la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos no obedezca, sin embargo, más que así mismo y sea tan libre como antes. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 7 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I 2.2 Sociología Jurídica Antes de exponer sobre la Sociología Jurídica debemos estar claro de qué se ocupa la filosofía jurídica. Al respecto es importante señalar que la filosofía del derecho la entenderemos como la “totalización racional y crítica del fenómeno jurídico” según lo señalado por Atienza, M. (1989). De allí, que los filósofos del derecho actúen como intermediarios entre los saberes y prácticas jurídicas, por una parte; y por la otra, buscan resolver los vacío o lagunas que deja la ciencia jurídica o que ella no puede resolver. En cuanto a la visión crítica de la filosofía del derecho, la misma deriva de la iusfilosofía, es decir, debe cuestionarse los marcos establecidos. En tal sentido, la iusfilosofía se concibe como una “filosofía del Derecho positivo”, dedicada a descifrar los problemas que plantean los Estados de Derecho contemporáneosy su compleja tecnificación legal- administrativa o su progresiva constitucionalización, no va a la especulación dogmática; es crítica, pero desde la práctica. La filosofía del derecho, se compone a su vez de tres “ramas” que intentan responder a los siguientes puntos: a) Axiología Jurídica (Teoría de la Justicia); b) Ontología Jurídica y c) Epistemología Jurídica. La filosofía jurídica tiene una pretensión totalizadora, al igual que el derecho, pero el fenómeno jurídico es tan complejo como el fenómeno social; es allí cuando aparece la necesidad de la Sociología Jurídica. Las investigaciones en el campo de la sociología del derecho han ido incrementándose en los últimos años; no es casual que el comportamiento social haya experimentado cambios sorprendentes en los últimos dos lustros. A través de la sociología jurídica podemos valorar y calificar la agenda de las instituciones de cooperación internacional, instancias intergubernamentales, organizaciones no gubernamentales y movimientos sociales que de una u otra forma inciden en el universo jurídico. Problemas como la corrupción, el narcotráfico, la participación ciudadana, el tráfico de órganos, los organismos genéticamente modificados, los nuevos conceptos en materia de género; entre otros han sido difíciles de abordar desde la disciplina del derecho en sentido estricto; y el foco o centro de atención se ha desviado hacia la sociología. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 8 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I Renato Treves (1988:19), distingue en su obra tres concepciones diferentes de la Sociología del Derecho, las cuales corresponden a etapas distintas de su evolución teórica personal. Para el autor estas son: 1. Disciplina que promueve y desarrolla investigaciones empíricas para fines de carácter práctico, conectadas especialmente con la producción y aplicación del Derecho (1966). 2. Disciplina que tiene como objeto de estudio las relaciones entre el Derecho y la sociedad y que se divide en dos partes, una teórica y otra empírica (1977, 1980). 3. Disciplina que desarrolla dos tipos de investigaciones diferentes, pero conectadas entre sí e incluso complementarias: la determinación del “Derecho libre” o derecho producido fuera de los esquemas jurídicos formales, y el estudio de la situación y función del Derecho en la sociedad (1988). Nos interesa la segunda concepción referida a las relaciones entre el derecho y la sociedad y desde esa acepción puntualizaremos a qué se refiere la sociología jurídica. Podríamos decir que la sociología jurídica tiene un carácter interdisciplinario y se encarga de: » Del análisis crítico de las situaciones jurídicas » De los fines y funciones del derecho en la sociedad » De la definición de la realidad jurídica » Utiliza su propio método empírico, esto es se basa en datos extraídos de la experiencia del mundo jurídico. La sociología jurídica es una disciplina social de gran influencia en el estudio del comportamiento social. Actualmente, existe un aumento importante en la producción académica de las universidades y en los centros de investigación socio-jurídica. Sin embargo, a pesar de su incremento aún persiste un vacío en cuanto a la discusión sobre el significado y los enfoques existentes en la sociología del derecho, pues esta situación en muchos casos pasa desapercibida. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 9 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I La Sociología Jurídica y el Derecho Natural La sociología siempre se ha interesado por el derecho natural, el que pareciera estar signado por el “eterno retorno” de Nitzsche. Nos referimos acá a la sociología que estudia el acontecer social, del allí que para la sociología el derecho natural es importante, en la medida que sirve de motivador a la actuación social efectiva; como espíritu propulsor. Las normas del derecho natural pueden tener en la práctica un efecto psicológico análogo al efecto de las normas del derecho positivo e incluso hasta superior. Revisando los hechos históricos podemos encontrar preceptos del derecho natural que han irrumpido en la sociedad quebrantando al derecho positivo y generado efectos revolucionarios. Recordemos que la mayoría de las revoluciones se erigen sobre una legalidad superior a la establecida por el estatus quo. De allí, que algunos consideren que el derecho natural goce de una supremacía axiológica con respecto al derecho positivo. También el derecho natural puede servir para afianzar la estabilidad social, si el mismo se presenta en la conciencia del sujeto como expresión de un orden natural. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 10 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I 2.3 Corrientes Contemporáneas A lo largo de la asignatura hemos visto distintas escuelas del Derecho y algunas tendencias, resumiendo podemos citar: Fuente: Elaboración propia En esta parte queremos explicar las nuevas corrientes contemporáneas, entre las cuales se encuentran: la Teoría Jurídica Analítica, el Paradigma Autopoiético, el Paradigma Interpretativo, la Filosofía de la Justicia, la Filosofía del Derecho y el Discurso y la Filosofía Discursiva del Derecho. 1. Teoría Jurídica Analítica H. L. A. Hart (1907-1992) es uno de sus destacados representantes. Desde el punto de vista teórico el antecedente de esta corriente está en la filosofía analítica que tiene como finalidad el análisis del lenguaje. Esta teoría pretende encontrar la exactitud y la correspondencia entre el pensar y el hablar. Parte del derecho como “es” y como Iusnaturalismo •El derecho deriva de la esencia del hombre. •Conjunto de principios racionales, supremos, evidentes y universales. Positivismo •Concibe al derecho como un fenómeno eminentemente normativo. •Se excluye todo elemento extrajurídico. •Existe pureza en el método. Sociologismo Jurídico •También denominados «iusrealistas» •El derecho es una experiencia de realidades relativas a la conducta humana y al cumplimiento efectivo de las normas jurídicas en los fenómenos sociales. Iusmarxismo •Tiene como marco conceptual al materialismo, la dialéctica y la dialéctica materialista. •El derecho es un reflejo de las condiciones e instrumentos de conveniencia económica. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 11 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I “debería ser”. Se ocupa de la clasificación de la estructura general del pensamiento jurídico y el significado de su lenguaje y terminología empleada. Se apoya en la lógica y por tanto prescinde de todo valor ético, tampoco toma en cuenta ni la realidad social ni la histórica. Se relaciona con el derecho positivo, el cual es el resultado de la voluntad soberana, independientemente de la valoración de su contenido. El ordenamiento jurídico se entiende como un sistema integrado mediante un proceso lógico que no recurre a cuestiones meta-jurídicas. Es decir, el Derecho se entiende como una entidad definida conceptualmente que se explica en sí misma y sirve de fundamento a las normas, a las relaciones y a las instituciones jurídicas de forma lógica, autónoma y autosuficiente. 2. Paradigma Autopoiético Este paradigma reconoce al derecho, la política y la moral como sistemas sociales autónomos entre sí, cuya comunicación solo es sistémica ofuncional. Algunos lo consideran el ala radical del positivismo kelseniano. Para Nicklas Luhmann los sistemas sociales, incluyendo al jurídico tienen como prioridad su propia complejidad y no la del entorno, esto constituye un giro radical, indicando que el eje central de las decisiones en el derecho no proviene del entorno social, sino que emerge de su propia estructura, capacidades y posibilidades internas. Siendo así, la teoría jurídica tiene como finalidad analizar los procesos sistémicos del derecho y su adaptación, de la cual se derivará su legitimidad. 3. Paradigma Interpretativo Gira en torno al debate entre Dworkin y Hart con respecto a la relación entre el derecho y la moral; Hart niega la relación, pero Dworkin la defiende, al sostener que los principios máximos del sistema jurídico resumían, pueden ser entendidos también como principios morales de esa sociedad. Dworkin se niega a desterrar de la teoría jurídica la noción de principios y valores. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 12 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I 4. Filosofía de la Justicia John Rawls delinea el nuevo perfil de la filosofía del derecho contemporánea, relacionando tres dimensiones en su planteamiento: la primera, es la justificación moral de los principios de justicia que se derivan de un consenso que pueda satisfacer a todos por igual en sus expectativas mínimas; la segunda, los principios de justicia son externos al ordenamiento, sin embargo, se encuentran integrados a él y pone como ejemplo una constituyente; y la tercera, plantea el problema de la estabilidad y sostiene que los principios de justicia y el ordenamiento constitucional derivado de ellos tienen que ser refrendados por el actuar cotidiano de la comunidad. 5. Filosofía del Derecho y el Discurso Robert Alexy propone desde la teoría del derecho nuevos elementos para la definición epistemológica del mismo. Dice al respecto que la validez del derecho implica: a) que el mismo sea válido jurídicamente jurídica lo que supone que la norma es dictada por órgano competente y según un procedimiento previsto; b) debe también tener una validez moral, que sirva de justificación al sistema y permita correcciones en el propio sistema en caso de normas injustas, y, c) debe tener validez social, lo que supone que la norma es obedecida por el conglomerado social y en caso de desobediencia se aplica una sanción. 6. Filosofía Discursiva del Derecho Habermas presenta una propuesta integral filosófica, de la que podemos distinguir tres etapas: a) En una primera etapa busca redefinir la problemática filosófico-política en el capitalismo tardío, propone así un proyecto de reconstrucción del materialismo histórico y le asigna a la filosofía un nuevo papel en el contexto de ello. b) En una segunda etapa, propone la teoría de la acción comunicativa como estrategia central para la relegitimación de la sociedad capitalista, pone de manifiesto el papel colonizador que ha ejercido el derecho, buscando su desintegración interior. La Filosofía de Derecho. Categorías de Análisis e Importancia - El Derecho Natural.Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho 13 © U n iv er si d ad E st at al d e M ila gr o – U N EM I c) Habermas ante las críticas, inicia un giro en su tercera etapa reconsiderando la importancia del estado de derecho, inclinándose hacia el iuspositivismo, resolviendo la tensión entre legalidad y legitimidad con la efectivización de los procedimientos de la soberanía popular. En esta etapa desarrolla una teoría sobre la democracia y el derecho. Concibe al derecho como instrumento de mediación social. 3. Bibliografí a » Atlantic International University (AIU) Corrientes de la Filosofía Jurídica Contemporánea. Disponible en: http://bit.ly/2k0mQvB » Lino Rodríguez-Arias Bustamante (1985.) Filosofía y Filosofía del Derecho, Temis, Bogotá, Colombia. » Olaso Luis María (1986.) Introducción al Derecho, Tomo I, Universidad Católica Andrés Bello, Caracas » Treves, R. (1988). La sociología del derecho. Orígenes, investigaciones, problemas. Editorial Ariel, Barcelona, España. http://bit.ly/2k0mQvB
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