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Regulacion juridica del trabajo

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE HIDALGO 
INSTITUTO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES 
 
 
LICENCIATURA EN DERECHO 
 
T E S I N A 
 
“REGULACION JURIDICA DEL TRABAJO 
EN PERSONAS CON DISCAPASIDAD” 
 
 
 
P R E S E N T A : 
P.D.D. CONCEPCION LOURDES CAMARILLO HERNANDEZ 
 
ASESOR: LIC. PEDRO DAVID VAZQUEZ ROLDAN 
 
 
PACHUCA DE SOTO, HIDALGO; NOVIEMBRE 2007 
 
 
 
 
 
 
 
DEDICATORIA 
 
Andy eres el amor de mi vida, gracias por estar en esto y en todo conmigo. 
 
A mis hijos Karina y Victor Hugo que tanto quiero 
 
Todos juntos como La familia que somos. 
 
 
 
Gracias
 
 
 
 
 
 
 
 
AGRADECIMIENTOS 
 
 
Agradezco a la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo la oportunidad 
de ver realizada una de mis grandes metas. 
 
Agradezco a mi Asesor y a los Integrantes de la Comisión revisora por todo 
el apoyo que me brindaron para la culminación de esta tesina. 
1 
 
INDICE 
 
CAPITULO 
 
ANTECEDENTES HISTORICOS 
 
I. 1.- Primeras organizaciones humanas 
I. 2.- Época Medieval 
I. 3.- De la edad media a los siglos XVIII Y XIX 
I. 4.- Siglos XX Y XXI 
I. 5.- Concepto de Personas 
I. 6.- Concepto de Discapacidad. 
 
 
 
CAPITULO II 
 
MARCO LEGAL APLICABLE A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN 
LA REPUBLICA MEXICANA. 
 
II. 1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 
II. 2.- Ley Federal del Trabajo 
II. 3.- Ley General de Salud 
II. 4.- Ley del Seguro Social 
II. 5.- Ley Federal de las Personas con Discapacidad 
II. 6.- Ley General de las Personas con Discapacidad 
II. 7.- Ley General para la atención de personas con discapacidad en el 
Estado de Hidalgo. 
2 
 
CAPITULO III 
 
INSTANCIAS ENCARGADAS DE PROVEER ASISTENCIA EN MATERIA 
LABORAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN PARTICULAR EN 
EL ESTADO DE HIDALGO. 
 
III. 1.- La Organización de las Naciones Unidas. 
III. 2.- La Organización Mundial de la Salud. 
III. 3.- La Comisión de Derechos Humanos. 
III. 4.- La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la 
Ciencias y la Cultura (UNESCO). 
III. 5.- Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). 
III. 6.- La Organización Internacional del Trabajo. 
III. 7.- Secretaria de Trabajo y Previsión Social. 
III. 8.- Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF). 
III. 9.- Instituto Nacional del Seguro Social. 
III.10.- Instituto de Seguridad Social de Servicio para los Trabajadores al 
Servicio del Estado. 
III. 11.- Secretaria de Hacienda y Crédito Público. 
III. 12.- Secretaria de Salud. 
III. 13.- Secretaria de Educación Pública. 
III. 14.- Secretaria de Comunicaciones y Transporte. 
III. 15.- Secretaria de Desarrollo Social. 
III. 16.- Secretaria de Economía. 
III.-17.- La Red de Vinculación Especializada para la Integración Laboral para 
Personas con Discapacidad en el Estado de Hidalgo. 
IV.- Conclusiones. 
V.- Propuesta.- Modificación de los artículos 523 fracción V y 529 
adicionando el inciso G. 
VI.- Bibliografía. 
3 
 
REGULACION JURIDICA DE TRABAJO EN PERSONAS CON 
DISCAPACIDAD. 
 
 
INTRODUCCION 
 
El bienestar en las personas con discapacidad a través del tiempo ha sido 
difícil hasta nuestro días, el entorno económico y social se ha puesto cada 
vez más complicado y en la búsqueda de contar con una actividad productiva 
debidamente remunerada, ante la presión de un mundo globalizado, vemos 
que las oportunidades en nuestro país son cada vez más reducidas y las 
oportunidades para las personas con discapacidad son menos favorecidas, 
por la falta de políticas que den certidumbre a este sector, donde la oferta 
laboral es casi nula. Nos encontramos en un país donde nos falta cultura 
social en atención a las personas con discapacidad, por citar algunos 
ejemplos; somos capaces de ganarles un cajón de estacionamiento aún con 
el señalamiento reservado para discapacitados, no darles el paso al 
atravesar alguna avenida, en fin un sinnúmero de situaciones cotidianas que 
no le damos la atención requerida únicamente consideramos que las 
personas con discapacidad son seres limitados y es por esto que ellos 
mismos ante esta situación se restringen y muchas veces a pesar de que 
poseen habilidades sorprendentes llegan a un estado depresivo y en el peor 
de los casos al suicidio. 
 
Con el interés manifestado por organismos internacionales, para abordar en 
forma integral la problemática que presenta este sector de la población para 
que sean considerados como entes productivos dentro de una sociedad que 
vive aceleradamente ha permitido que a través de la voluntad de las 
autoridades federales, estatales y municipales se haga la consideración 
pertinente al caso, en cada uno de los ámbitos correspondientes, logrando 
4 
 
despertar lo importante que es la inclusión a la sociedad en aspectos como 
son el deportivo, cultural y lo que más me interesa, como parte importante de 
esta tesina el laboral. 
 
En México se empieza a sentir una democracia fundada en el respeto a la 
dignidad de las personas, una nueva cultura laboral donde los programas 
federales son aplicados por los estados, como es el caso de Hidalgo donde 
incursiona mediante la promoción y difusión, de la importancia en la inclusión 
de las personas con discapacidad. 
La integración al mundo laboral, donde intervienen instituciones públicas y 
privadas y la misma sociedad, no es una necesidad de hoy si no de siempre, 
resultado de la falta de cultura y oportunidad de ofrecer trabajo o no. 
Quizá en el rubro deportivo nos enteramos de sus extraordinarias cualidades 
por las noticias, el periódico, etc., cuando mencionan que la participación en 
sus justas deportivas dentro de las olimpiadas fue excelente. 
Pero en lo laboral son nulas las oportunidades, ante la falta de consensos y 
voluntades. 
¿Como pueden ser candidatos para desempeñar una actividad laboral? 
¿Que instancias estatales están involucradas y que es lo que hace falta para 
llegar a una inclusión laboral decidida y a un trato digno? y lo más importante 
como lograr que se sientan gente productiva dentro de la sociedad, capaces 
de mantener a una familia sin caer en la marginación. 
 
Considerando esta tesina un aporte sencillo a la sociedad a fin de que las 
condiciones laborales para las personas con discapacidad mejoren y así 
tengan una vida digna. 
5 
 
Justificación: 
 
La intención de la realización de esta tesina, obedece a las siguientes 
causas: 
Tan sólo en materia laboral, en México, el 98 % de las personas con 
discapacidad carecen de empleo, en Hidalgo de un total de 18,720 (13,735 
son hombres y 4,985 son mujeres) que siendo jefes de familia, las 
posibilidades de empleo son muy bajas. 
 
Objetivos: 
En función del estado de la cuestión del problema y de las preguntas 
planteadas con relación al mismo, los objetivos de la investigación son: 
- Revisión de la bibliografía actual sobre Inclusión Social y Laboral de 
Personas con Discapacidad para sustentar un marco teórico. 
- Realizar una investigación en secretarias y dependencia estatales de los 
planes y programas que se llevan a cabo para la Inclusión Laboral. 
En base a los dos anteriores objetivos, proponer el mejor funcionamiento de 
programa de formación general, para la Inclusión Laboral de Personas con 
discapacidad y dentro de la Ley Federal del Trabajo hacer una modificación 
tomando en cuenta específicamente a las personas con discapacidad en 
caso necesario. 
Asimismo, debido a que se va a seguir un estudio de investigación, que 
permita detallar a las dependencias ocupadas en atender a las personas con 
discapacidad a incluirlas laboralmente, el procedimiento y las dificultades de 
este proceso de inserción laboral, espero poder derivar como conclusión la 
propuesta de una regulación jurídica encaminada al mejor desarrollo para la 
inclusión de personas con discapacidad. 
Planteamiento del problema: 
México sigue etiquetandoa las personas con discapacidad y excluyéndolas 
del ámbito laboral se carece de una cultura incluyente. 
6 
 
Hipótesis: 
Por lo anterior se hace necesario crear las condiciones necesarias: 
Para la inclusión laboral, llevar a cabo programas de capacitación, formación 
profesional de preparadores laborales, instituciones dedicadas a formar en 
algún arte u oficio a personas con discapacidad, adecuar infraestructura para 
el acceso al ámbito laboral de este sector, regular en la Ley Federal del 
Trabajo a las personas con discapacidad en el Servicio Nacional del Empleo, 
Capacitación y Adiestramiento. 
Y crear una conciencia que permita la integración de estas personas a 
ámbitos profesionales. De tal manera que se demuestre que son un activo 
considerable para los establecimientos que las contraten. 
7 
 
CAPITULO I 
 
 
ANTECEDENTES HISTORICOS. 
 
 
La integración a la sociedad, de las personas con discapacidad a lo largo de 
la historia ha sido difícil sin duda alguna, el derecho a una vida digna dista de 
la realidad vivida por este sector de la población; donde la marginación, la 
injusticia y la creencias de que son personas que no pueden realizar alguna 
actividad productiva, atenta el desarrollo psicosocial de las mismas, 
mostrándolos con vergüenza o como objetos de morbo dificultando la 
integración a la sociedad, por ello en forma breve citare algunos 
antecedentes históricos donde nos daremos cuenta que nunca ha sido 
estable ni segura, ya que algo diferente, que sale de lo ordinario o de lo 
normal, en la mayoría de la veces nos parece que estamos ante una 
amenaza, pues lo diferente nos molesta, pero al mismo tiempo tenemos una 
fuerte curiosidad, desde considerarlos demonios hasta dioses, de lo mítico a 
lo vulgar, en esta búsqueda se dan contrastes entre personas que los 
olvidan, obstaculizan y que los discriminan al punto de dejarlos morir o 
personas que los cuidan amorosamente, por lo que a lo largo de la historia le 
han dado diferentes tratamientos a las personas con algún tipo de 
discapacidad. 
8 
 
I.1.-Primeras organizaciones humanas. 
 
Al inicio de las primeras organizaciones humanas las distintas tribus y 
agrupaciones se movilizaban buscando mejores cotos de caza o mejores 
tierras para realizar sus cultivos, decidían abandonar a su suerte a las 
personas con discapacidad, para no entorpecer los desplazamientos del 
resto de la tribu, ya que eran nómadas, posteriormente surgen las antiguas 
civilizaciones de oriente y es precisamente durante esta época donde 
florecieron las primeras civilizaciones como los espartanos de la antigua 
Grecia, estos arrojaban desde el Monte Taigeto a las personas con 
discapacidad, pues no querían que “en su bella y floreciente civilización” 
existieras personas diferentes. 
Además que los consideraban seres frágiles y esto representaba una 
debilidad para la tribu, haciéndola vulnerable hacia los demás y como 
imperaba la ley del más fuerte, es por ello que consideraban a un ser débil e 
incapaz de sobrevivir y eran exterminados. 
“Grecia en el siglo IV A. de C. Aristóteles trato de interpretar algunas 
desviaciones, estudió las diferencias físicas y mentales realizados por 
Diógenes, Hipócrates y Galeno, quienes estudiaron la epilepsia, demencia 
entre otras formas atípicas. 
Los Indios Masai, asesinaban a sus niños con discapacidad. 
Los Chagga de África Oriental utilizaban a las personas con discapacidad 
para ahuyentar al demonio. 
Los hebreos creían que los defectos físicos eran una marca del pecado. 
Los Jukun de Sudan consideraban que eran obra de los malos espíritus y los 
abandonaban para que murieran. Los Semanag de Malasia, empleaban a las 
personas con discapacidad como hombres sabios. Los Nórdicos, las 
personas con discapacidad eran verdaderos dioses”. 1 
 
1 www.medspain.com/ant/n14 ju100/DISCACIDAD 
9 
 
I.2.- Época medieval. 
 
En el medioevo se construyeron ciudades amuralladas en donde se 
guardaban o escondían a centenares de personas con algún tipo de 
discapacidad, posteriormente en el siglo XIV los nacidos con alguna 
deficiencia ya sea física, sensorial o mental, eran confinados a grandes 
encierros o bien eran exhibidos en los circos o zoológicos para divertir a las 
familias, ya que los consideraban fenómenos o monstruos. 
 
Posteriormente las personas con discapacidad, constituyeron un pretexto 
para inspirar la caridad, siendo llamados “miserables”, sufriendo un cambio al 
ser considerados portadores del objetivo de Dios, liberar a los “normales” del 
pecado por la caridad. 
 
Sin embargo surgen en esta época como reacción a estas injusticias 
personajes como Tomas Moro, mismo que en su obra “Utopía”, describe las 
relaciones que se pueden establecer entre las personas con discapacidad y 
las personas aparentemente normales así como los sentimientos y espíritu 
de fraternidad que surgen entre ellos, considerando a las personas a cargo 
de ellas como privilegiadas que debían ser seleccionadas cuidadosamente 
con las más altas condiciones morales, ya que ellas tendrían la mejor tarea a 
desempeñar en esta ciudad utópica, pues estarían en contacto con los seres 
mas nobles y queridos que son las personas con discapacidad. 
10 
 
I.3.- De la edad media a los siglos XVIII Y XIX. 
 
Fueron objeto de explotación, ya que inspiran a unas personas dolor, y estas 
les daban “caridad”, situación que ha sido explotada a través del tiempo y ha 
llegado a nuestros días, constituyéndose una verdadera mafia, ya que 
existen personas que no son discapacitadas, sin embargo se hacen pasar 
por ellas, para obtener dinero y esa actividad constituye su modo de vivir. 
 
Con el transcurrir del tiempo, las sociedades hicieron creer que las personas 
con alguna deficiencia física o mental, eran personas minusvalidez, sin valor, 
incapaces de desarrollar una conciencia critica, un sentimiento; seres por lo 
tanto sin voz ni voto. 
 
En México, en la época prehispánica en especial en la cultura azteca se 
encontraba relacionada a cuatro razones que eran: naturales, castigo divino, 
maleficio de algún enemigo y por la influencia de los astros. En la cultura 
náhuatl la dualidad en la cura estaba basada en el culto de los espíritus, en 
las supersticiones y en la herbolaria. 
Durante la conquista las instituciones de beneficencia conformada por 
religiosos los cuales brindaban protección y cuidados. 
El hospital de San Hipólito fundado por Fray Bernardino Álvarez fundado en 
México en 1566 fue el primer hospital del continente que se encargaba del 
cuidado de los enfermos mentales. 
En 1698, José Sáyago fundó el Real Hospital del Divino Salvador. 
Crecimiento de las ciudades se crean: 
En 1794 se crean en Guadalajara el Hospital de Belén y en Monterrey el 
Hospital Civil en esta se abre sección para las personas con deficiencias 
mentales. 
A finales del siglo XIX y principios del XX se fundan instituciones en 
Veracruz, Yucatán, Jalisco y Puebla. 
11 
 
I.4.- Siglos XX Y XXI. 
 
Sin embargo en el siglo XX, se cometieron crímenes en Alemania durante la 
segunda guerra mundial, con el pretexto de la búsqueda de la raza perfecta. 
En la cámara de gases o con la ingestión de sustancias letales que se 
proporcionaron en forma selectiva, se les aplicaba antes que a nadie a las 
personas con discapacidad, tratando de construir un supuesto mundo se 
seres perfectos. El racismo, la intolerancia y los complejos de superioridad 
imperaron en esta etapa de la historia, tanto para exterminar a los judíos, 
mujeres, ancianos. 
En otros países y pasada la segunda guerra mundial las personas con 
discapacidad dieron origen a que se expandieran los centros, sanatorios y 
lugares para internar a personas con discapacidad, mismos se convertían en 
lugar en donde prácticamente los abandonaban a su suerte y en la mayoría 
de los casos en esos lugares no se les proporcionabani lo mas 
indispensable para que un ser humano viviera con dignidad. 
Un reflejo del desprecio que la sociedad les propinaba era la forma 
despectiva de dirigirse a ellos, ya que les llamaba, tullidos, lisiados, orates, 
mancos, inválidos, locos, y en fin un sinnúmero de expresiones y es hasta 
nuestros días, siglo XXI, que nos referimos a ellos con expresión de respeto 
y el gobierno esta intentando una cultura de apoyo a las personas con 
discapacidad, tal y como actualmente se les llama, se puede apreciar ahora 
que existen discapacidades congénitas y otras adquiridas, por lo que se 
busca apoyar a la ciencia para evitar en lo posible las discapacidades. 
 
Debido a lo anterior, la Organización de las Naciones Unidas, trabaja en una 
red con las organizaciones internacionales más importantes del mundo. 
Constituyendo un panel de expertos en discapacidad, quienes difunden, 
implementan y monitorean el máximo documento de derechos humanos, 
como también por la igualdad de oportunidades para las personas con 
12 
 
discapacidad. Estas normas constituyen una guía, que deberá de transformar 
en un futuro, la vida de los 600 millones de seres humanos discapacitados 
que existen dispersos en todo el mundo. 
En 1981 fue el año Internacional de Personas con Discapacidad, donde el 
punto primordial de dicha cumbre fue la igualad de oportunidades para 
personas con discapacidad. 
La década 1982-1992 dio lugar a un sinfín de actividades encaminadas a 
mejorar la situación de los discapacitados, en la mejora de las oportunidades 
de empleo y educación, además de fomentar la participación en todos los 
países. 
El convenio 159 de las Organización Internacional del Trabajo sobre la 
Readaptación Profesional y el Empleo, (1983) que toca el caso de las 
personas con discapacidad. 
Las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las 
Personas con Discapacidad (1993). 
13 
 
I.5.- Concepto de persona. 
 
Persona.- “Es un ser físico (hombre o mujer), o ente moral, (pluralidad de 
personas legalmente articulada), capaz de derechos y obligaciones”. 2 
 
1. “Las personas físicas o seres humanos, tienen los siguientes atributos: 
1.- Capacidad; 2.- Estado Civil; 3.- Patrimonio; 4.- Nombre; 5.- Domicilio; y 6.- 
Nacionalidad. 
 
2. Y las personas morales sus atributos son: 
1.- Capacidad; 2.- Patrimonio; 3.- Denominación o Razón Social; 4.- 
Domicilio, y 5.- Nacionalidad” 3 
 
Para el estudio de esta tesina me limitare a estudiar los atributos de las 
personas físicas y son: 
 
Capacidad de goce es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones y 
la capacidad de ejercicio es la aptitud de ejecutar derechos y cumplir 
obligaciones. 
Por lo que se refiere a la capacidad esta puede ser de goce y de ejercicio, y 
es el atributo más importante de las personas. Todo sujeto de derecho, por 
serlo, tiene capacidad jurídica; ésta puede ser total o parcial. La capacidad 
de goce es el atributo esencial e imprescindible de toda persona, ya que la 
capacidad de ejercicio que se refiere a las personas físicas, puede faltar en 
ellas y, sin embargo, existir la personalidad. 
 
2 De Pina Rafael, “Diccionario de Derecho” Editorial Porrúa, México, 1970,Pág.362 
3 Rojina Villegas Rafael, “Compendio de Derecho Civil” I, Editorial Porrúa, 1980, p. 155. 
14 
 
Estado Civil.- es una situación jurídica que se determina por la relación que 
las personas guardan dentro del seno de la familia, podemos considerar 
como fuentes de dicho estado, las siguientes: 
Parentesco, matrimonio, divorcio, concubinato. 
 
Nacionalidad.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 
establece en su artículo 30, que la nacionalidad mexicana “se adquiere por 
nacimiento o naturalización”. 
 
Nombre.- “Signo que distingue a una persona de las demás en sus 
relaciones jurídicas sociales. Consta del nombre propio y del nombre de la 
familia o apellidos”. 
 
Domicilio.- “Es el lugar en donde una persona reside habitualmente con el 
propósito de radicar en él”. 
 
Patrimonio.- “Suma de bienes y riqueza que pertenecen a una persona, 
puede integrarse por bienes muebles e inmuebles”. 
 
 
I.6.-Concepto de discapacidad. 
 
De lo anterior se desprende que nuestro objeto de estudio, son las personas 
físicas con discapacidad, entendiendo por ésta “un gran número de 
diferentes limitaciones funcionales de carácter temporal o permanente que se 
registra en la población mundial y que revisten la forma de deficiencias física, 
intelectuales o sensoriales, de una dolencia que requiera atención médica o 
incluso una enfermedad mental que limite la capacidad de ejercer una o más 
actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada 
por el entorno económico y social y para ello es necesario que se de, ya sea 
15 
 
la adaptación, rehabilitación física esto mediante terapias o bien la 
readaptación profesional”. 4 
La Organización Mundial de la Salud define la discapacidad como toda 
restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad en la forma o 
dentro del margen que se considera normal para un ser humano 
(perturbación de la capacidad de aprendizaje, dificultad para vestirse por sí 
solo). 
En la Ley Federal de Personas con Discapacidad en la fracción I del artículo 
4 define a la persona con discapacidad “a todo ser humano que presenta 
temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, 
intelectuales, o sensoriales que le limitan realizar una actividad norma”. 
 
Readaptación profesional “es proceso continuo y coordinado que comprende 
el suministro de medios estructurados tales como servicios médicos, 
psicológicos, sociales, educativos, de orientación profesional, formación 
profesional y colocación selectiva para que los inválidos puedan obtener, 
conservar y progresar en un empleo adecuado, así como la promoción de la 
persona invalidad para su integración o reintegración en la sociedad con una 
vida activa de participación laboral y cultural”. 5 
 
4 http/WWW.medspain.com/ant/N14_jul00/DISCAPACIDAD.htm. 
5 Op cit. 
16 
 
CAPITULO II 
 
 
MARCO LEGAL EN EL QUE SE ENCUETRAN LAS PERSONAS CON 
DISCAPACIDAD EN LA REPUBLICA MEXICANA. 
 
 
El desarrollo de este tema es con la intención no sólo de citar cuales son las 
normas jurídicas que regulan en materia de personas con discapacidad, sino 
estudiar su contenido y como intentan resolver las necesidades y problemas 
de las personas con discapacidad a fin de lograr la “Justicia Social” 6 
entendiéndolo como la protección a las personas económicamente débiles 
elevando su nivel de vida y de cultura prescribiendo aquellos privilegios de la 
clase económicamente fuertes que originan inadmisibles desigualdades 
sociales. Y dado, que en la legislación mexicana la Constitución Política de 
los Estados Unidos Mexicanos es la Carta Magna, es por lo que empezare el 
estudio del Marco Legal en la República Mexicana. 
 
 
II.1.-Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 
 
El 15 de Agosto del año 2000 entran en vigor reformas a diversos artículos 
de la Constitución Política, con el fin de prohibir cualquier forma de 
discriminación en los Estados Unidos Mexicanos, por razones étnicas, de 
género, capacidades diferentes y de condición social. 
Imponiendo con esto al Estado, la obligación de tutelar el respeto al principio 
de la no discriminación a aquellas personas con capacidades diferentes entre 
otras. 
La Constitución es la manifestación suprema del Derecho positivo. 
 
6 Manuel Ossorio, Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales Edit. Heliasta Pág.553. 
17 
 
La Constitución es considerada como la Carta Magna o la Carta 
Fundamental del Estado, la que se integra por su parte orgánica y la 
dogmática y es en ésta en dondese consagran las garantías individuales de 
los mexicanos, en donde las personas con discapacidad no son la excepción 
es decir gozan de las garantías de igualdad, libertad, seguridad jurídica y de 
propiedad. 
 
En el Título Primero Capitulo I, de las Garantías Individuales artículo 1, nos 
indica que todos los individuos cualquiera que sea su condición goza da las 
garantías individuales las que no se pueden restringir ni suspenderse, de 
igual manera nos señala que queda prohibida la esclavitud. 
 
En materia laboral el artículo 5 de nuestra Carta Magna indica la libertad de 
todo mexicano de dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que 
le acomode siempre y cuando la actividad sea licita, sin atacar los derechos 
de un tercero u ofender los derechos de una sociedad. 
 
El artículo 123 constitucional establece que toda persona tiene derecho al 
trabajo digno y socialmente útil; por lo cual se promoverán la creación de 
empleos y la organización social para el trabajo en concordancia con la de la 
materia. 
Por tanto La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley 
Federal del Trabajo constituyen el marco jurídico que regula relación de 
trabajo, aunque no existen disposiciones específicas que regulen el trabajo 
de personas con discapacidad o su incorporación a un empleo remunerado. 
Todos los trabajadores son iguales ante la ley, y aunque no se mencione de 
manera expresa, las personas con discapacidad, poseen los mismos 
derechos y tienen las mismas obligaciones que todos los trabajadores. 
18 
 
Constitución escrita, “es aquella cuyo texto procede directamente de la 
voluntad – unánime o mayoritaria- de un órgano legislativo”. 7 
Constitución Flexible, es aquella cuya reforma puede llevarse a efecto por el 
procedimiento legislativo ordinario. 
 
Constitución Rígida es aquella constitución escrita que requiere para su 
reforma una tramitación especial, distinta del procedimiento legislativo 
ordinario. 
 
La Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos es teóricamente 
rígida, pero prácticamente flexible, habiendo permitido hasta ahora una 
progresiva adaptación del texto original a las necesidades políticas, sociales 
y económicas del país, sin mengua de sus directrices, llevado a cabo 
reformas que han permitido una amplia gama de ordenamientos que 
comprenden diversas problemáticas de la población con discapacidad y sus 
familiares. 
 
En el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000(12 de Mayo de 1995), con la 
puesta en marcha del “Programa Nacional para el Bienestar e incorporación 
al Desarrollo de las Personas con Discapacidad, como el eje rector de las 
políticas públicas, se ha permitido conocer a fondo los problemas, definiendo 
mejores programas o acciones y sensibilizando de que el marco jurídico 
nacional o local, necesita constantemente actualizarse a las realidades de la 
sociedad. Así se han promulgado en todas las entidades de la República 
Leyes de Integración Social que comprenden los derechos de las personas 
con discapacidad, cuyo sentido es articular las responsabilidades del 
Gobierno y el conjunto de las Instituciones en cada entidad”. 8 
 
7 Rafael de Pina, “Diccionario de Derecho”, Editorial Porrúa, México, 1970, Pág.110. 
8 www.zedillo.presidencia.gob.mx 
19 
 
II. 2.-Ley Federal del Trabajo. 
 
Para pasar al estudio de la Ley Federal del Trabajo, considero prudente 
establecer que la “Ley es la norma jurídica obligatoria y general dictada por 
legítimo poder para regular la conducta de los hombres o para establecer los 
órganos necesarios para el cumplimiento de sus fines, por tanto la ley no es 
un mandamiento arbitrario”. 9 
 
En México, la Ley Federal del Trabajo reglamenta en el artículo 123 el 
establecer los principios bajo los cuales debe regirse la relación laboral. 
 
En la Ley Federal del Trabajo artículo 3 concibe al trabajo “como un derecho 
y un deber social. No es artículo de comercio, exige respeto para las 
libertades y dignidad de quién lo presta y debe efectuarse en condiciones 
que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el 
trabajador y su familia. 
No podrán establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de 
raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. 
Asimismo, es de interés social promover y vigilar la capacitación y el 
adiestramiento de los trabajadores”. 
 
En el artículo 8.- “Que un trabajador es la persona física que presta a otra, 
física o moral un trabajo personal subordinado”. 10 
 
Se entiende por trabajo la actividad humana intelectual o material, 
independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada 
profesión u oficio. 
 
9 Op cit. p.224. 
10 Legislación Laboral Suprema Corte de Justicia, disco compacto. 
20 
 
Es decir que esta ley se aplica de manera general, no excluye a las personas 
con discapacidad. 
Y por salario nos refiere la propia ley federal del trabajo en su capitulo V, 
artículo 82 que es “la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por 
su trabajo”. 
 
Además en esta ley nos dice, que en ningún caso las condiciones de trabajo 
de un empleado pueden ser inferiores a las fijadas por la ley, la jornada de 
trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador esta a disposición del patrón 
para realizar su trabajo, las jornadas de trabajo no pueden ser mayores de 8 
horas si es diurna; de 7 horas si es nocturna y del 7% horas si es mixta, por 
cada 6 días de trabajo se tiene derecho a disfrutar por lo menos de un día de 
descanso con goce de salario integro, el trabajador que tenga un año de 
servicio deberá disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas, de 
cuando menos seis días laborables y que aumentara en dos días laborales 
en cada año subsiguiente del servicio hasta llegar a doce, después del cuarto 
año el periodo de vacaciones aumentara 2 días por cada cinco de servicio. 
Algunas de las obligaciones de los patrones y derechos de los trabajadores.- 
 
Los patrones tienen entre otras, las siguientes obligaciones: 
• Cumplir con las normas de trabajo 
• Pagar los salarios conforme a la ley 
• Darles un lugar seguro para guardar sus herramientas de trabajo. 
• Dar buen trato a los trabajadores 
• Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establece 
la ley. 
• Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene para prevenir 
accidentes y enfermedades en el centro de trabajo. 
21 
 
Derechos de los Trabajadores: 
 
• Recibir un salario por su trabajo 
• Recibir un aguinaldo anual 
• Participar de las utilidades de la empresa 
• Recibir capacitación para elevar su nivel de vida, productividad y 
prevenga riesgos de trabajo. 
• Ser incorporado a la seguridad social ya sea IMSS o el ISSSTE, según 
sea el caso. 
• Para obtener atención medica oportuna así como medicamentos y 
servicios hospitalarios. 
• Comparecer a juicio y ejercitar las acciones correspondientes sin 
necesidad de autorización alguna. 
 
Estos derechos son adecuados para toda persona que es trabajador, y sobre 
todo si es un trabajador con discapacidad, ya que al gozar de los derechos 
citados, no solo se supera, sino que además tiene la prestación médica con 
la que puede atender sus necesidades que la propia discapacidad le acarrea. 
En virtud de que las personas con discapacidad son sujetos del derecho del 
trabajo, considero prudente citar las siguientes: 
 
Definiciones de Derecho y del Derecho del trabajo.- 
 
Derecho.- Conjunto de normas imperoatributivas que regulan la vida del 
hombre en la sociedad. 
 
Derecho.- Conjunto de normas jurídicas de carácter bilateral y coercible, es 
decir normas cuyo cumplimiento puede ser exigido por la persona facultada 
para ello y en caso necesario, obligarse por medio de la fuerza pública. 
22 
 
Derecho.- “Es el conjuntode normas jurídicas que regulan la conducta 
externa del individuo en sociedad y en caso de incumplimiento esta provista 
de una sanción”. 
Y por Derecho del Trabajo, en este acto cito las siguientes definiciones: 
Para el jurista Mario de la Cueva Derecho del Trabajo “es la norma que 
propone realizar la justicia social en el equilibrio de las relaciones entre el 
trabajo y el capital”. 11 
Y en opinión de Juan M. Galli Pujato, Derecho del Trabajo “es el conjunto de 
principios y normas positivas de la prestación subordinada, retribuida de la 
actividad humana”. 12 
Es de citar que el derecho laboral es un derecho eminentemente social. 
 
“En México, en el año 2000, vivían 1.795,300 de personas con discapacidad, 
52.6% hombres y 47.4% mujeres. 
En Hidalgo se tiene un total de 47,176 habitantes con discapacidad, de los 
cuales: 
Rango de edad Población con discapacidad 
0 a 14 años 6,654 
15 a 64 años 23,634 
65 a mas años 16,385 
No especificado 503 
Datos del INEGI del censo del 2000 señala en materia laboral, en México la 
población ocupada con discapacidad es un total de 397,183 donde el 13.9% 
no percibe ingresos; 22.6% gana menos de un salario mínimo; 28.2% de uno 
y hasta dos salarios mínimos; 15.1% más de dos y hasta tres; 7.4% más de 
 
11 De la Cueva Mario, “El nuevo derecho mexicano del trabajo” ed. Porrúa, México, año, p.85 
12 Bermudes Cisneros Miguel, “Derecho del Trabajo”, ed. , México, p.73, 
23 
 
tres y hasta cinco, 4.1% más de cinco hasta10; 1.9% mas de diez salarios 
mínimos y 6.8% no especificado”. 13 
 
 
II.3.-Ley General de Salud.- 
 
Señala en el Título Noveno, lo siguiente: 
Artículo 172.- El gobierno federal contará con un organismo que tendrá entre 
sus objetivos la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios 
en ese campo y la realización de las demás acciones que establezcan las 
disposiciones legales aplicables. Dicho organismo promoverá la interrelación 
sistemática de acciones que en el campo de la asistencia social lleven a cabo 
las Instituciones Públicas. 
 
Artículo 173.- Para los efectos de esta ley entiende por invalidez, la limitación 
en la capacidad de una persona para realizar por si misma actividades 
necesarias para su desempeño físico mental, social, ocupacional y 
económico, como consecuencia de una insuficiencia somática, psicológica o 
social. 
 
Artículo 174.- La atención en materia de prevención de invalidez y 
rehabilitación de inválidos comprende: 
 
• La investigación de las causas y factores condicionantes de la 
invalidez. 
• La promoción de la participación de la comunidad en la prevención y 
control de las causas y factores condicionantes de la invalidez. 
• La identificación temprana y la atención oportuna de los procesos 
físicos, mentales o sociales que puedan causar invalidez. 
 
13 INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda 2000, base de datos 
24 
 
• La orientación educativa en materia de rehabilitación a la colectividad 
en general, y en particular a las familias que cuenten con algún 
inválido, promoviendo al efecto la solidaridad social. 
• La atención Integral de los inválidos, incluyendo la adaptación de las 
prótesis, órtesis, y ayudas funcionales que requieran. 
• La promoción de la educación y la capacitación para el trabajo, así 
como la promoción del empleo de las personas en proceso de 
rehabilitación. 
 
Artículo 175.- La Secretaria de Salud establecerá las normas técnicas de 
carácter nacional en materia de prevención de la invalidez y rehabilitación de 
invadidos y coordinara, supervisará y evaluar su cumplimiento por parte de 
las Instituciones Públicas, Sociales y Privadas que persigan estos fines. 
 
Artículo 177.- La Secretaria de Salud, a través del organismo que alude al 
artículo 172 de esta ley y los gobiernos de las entidades federativas 
coordinadamente y en sus respectivos ámbitos de competencia promoverán, 
el establecimiento de centros y servicios de rehabilitación somática, 
psicológica, social y ocupacional para las personas que sufran cualquier tipo 
de invalidez, así como acciones que faciliten las disponibilidad de adaptación 
de prótesis, órtesis y ayudas funcionales. 
 
Artículo 178.- El organismo del gobierno federal previsto en el artículo 172, 
tendrá entre sus objetivos operar establecimientos de rehabilitación, realizar 
estudios e investigaciones en materia de invalidez, y participar en programas 
de rehabilitación y educación especial. 
 
 
Artículo 180.- La Secretaria de Salud y los gobiernos de las entidades 
federativas, en coordinación con otras instituciones públicas promoverán que 
25 
 
en los lugares en que se presten servicios públicos se dispongan facilidades 
para las personas inválidas. 
 
Las disposiciones de esta ley con respecto al tratamiento a las personas con 
discapacidad, son importantes ya que no solo abarca el aspecto de 
tratamiento médico, sino la rehabilitación, la investigación médica, 
psicológico, científica y técnica, para que la persona con discapacidad se 
reintegre a la sociedad con las mejores condiciones para que desempeñe 
sus actividades. 
 
“En México, en el año 2000, vivían 1.795,300 de personas con discapacidad, 
52.6% hombres y 47.4% mujeres. En Hidalgo se tiene un total de 47,176 
habitantes con discapacidad, la derechohabiencia a servicios de salud es de 
la siguiente manera: derechohabiente el 30.5%, no derechohabiente 68.6% 
y no especificado el 0.9%”.14 
 
 
 
II.4.-Ley del Seguro Social. 
La Ley del Seguro Social rige de igual manera a personas con o sin 
discapacidad. Algunos empresarios que creen que las cuotas del seguro 
social van a ser diferentes si tienen contratadas a personas con 
discapacidad, al respecto conviene comentar que el Seguro Social aclaro 
esta situación en un documento dirigido a la Confederación Mexicana de 
Organizaciones a Favor de las Personas con Discapacidad Intelectual A.C. 
de fecha 7 de julio de 1999 y otro dirigido a los señores consejeros del sector 
patronal ante el H. Consejo Técnico de fecha 10 de agosto de 1999, en las 
que señala: 
 
14 Op cit. 
26 
 
“Existe desconocimiento por parte de los empresarios sobre los 
procedimientos señalados por el seguro social ante la incorporación de 
personas con discapacidad al empleo, percibiendo el temor de un incremento 
de cuotas por esta razón, sobre el particular, me permito informar a ustedes 
que de conformidad al articulo 71 de la Ley del Seguro Social, las cuotas que 
por seguro de riesgo de trabajo deban pagar los patrones se determina en 
relación con la cuantía del salario base del salario base de cotización y con 
los riesgos inherentes a la actividad de la negociación de que se trate, en los 
términos que establece el reglamento para la clasificación de empresas y 
determinación de la prima en el seguro de riesgos de trabajo”. 
 
La discapacidad de una persona que labora en una empresa no tiene 
ninguna relación en la determinación de las cuotas que esta cubre por el 
riesgo que nos ocupa. 
Por las razones anteriores la empresa que contrata a personas con 
discapacidad, no se ve afectada, con incrementos de sus cuotas por el 
seguro de riesgos de trabajo, sino por el contrario son empresas que 
proporcionan fuentes de trabajo a personas que mas lo necesitan y que 
apoyan a su economía sin verse afectadas en sus finanzas. 
En el aspecto de prevención de los riesgos de trabajo, es necesario 
implementar comisiones de seguridad e higiene en cada empresa para evitar 
en lo posible los accidentes de trabajo y con ello, las posibilidades de que 
aumenten las estadísticas de las personas con discapacidad, llevando a la 
práctica la cultura de la prevención. 
 
La Declaración Universal de los Derechos Humanos considera “Que todos 
los seres humanos nacenlibres y en igualdad de condiciones. También 
considera que es un ideal común por el que todos los pueblos y naciones 
deben de esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones 
promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos 
27 
 
derechos y libertades y se esfuercen para que su aplicación sea universal y 
efectiva “ 
 
 
Debo señalar que solamente gracias al nivel de presencia continua de las 
organizaciones de discapacitados ante las representaciones legislativas se 
han logrado avances importantes en la eliminación de barreras 
arquitectónicas, en la construcción de rampas, en la instalación de teléfonos 
pequeños y en la adecuación del sistema metropolitano de transporte para 
las personas invidentes. 
 
 
II. 5.- Ley Federal de Personas con Discapacidad.- 
Ley aprobada el 30 de Abril del 2003. 
 
Esta ley tiene por objeto, establecer las bases, fundamentos y condiciones 
que permitan obtener la plena inclusión social de las personas con 
discapacidad en un marco de igualdad y equiparación de oportunidades, 
particularmente en ámbitos relacionados con la prevención, salud, su 
incorporación a los diferentes regímenes de educación, capacitación, trabajo 
y seguridad social; así como velar por el goce y ejercicio de los derechos, 
deberes y garantías que la “Constitución Política de los Estados Unidos 
Mexicanos” los tratados internacionales, las leyes federales, los reglamentos 
y demás instrumentos normativos consagran a favor de todas las personas, 
sin discriminación alguna y que son vigentes en la República Mexicana”. 
La Ley Federal de Personas con Discapacidad, en el especto laboral nos 
refiere:
28 
 
Sección Segunda 
 
“Del Empleo y Capacitación” 15 
Artículo 13. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social promoverá la 
definición de políticas y programas nacionales, encaminados a la integración 
laboral de las personas con discapacidad. 
Artículo 14. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y la de Educación 
Pública, promoverán programas coordinados para la capacitación para el 
empleo y el desarrollo de actividades productivas para personas con 
discapacidad. 
Artículo 15. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Sistema 
Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, promoverán la firma de 
convenios y acuerdos de cooperación e información sobre: generación de 
empleo, capacitación, adiestramiento y financiamiento para las personas con 
discapacidad, ante otras instancias de Gobierno y organizaciones de la 
sociedad civil. 
Artículo 16. Las empresas que fomenten el trabajo protegido, entendiéndose 
éste como la actividad que realizan las personas con discapacidad 
intelectual, recibirán los estímulos que establece la legislación de la materia. 
Artículo 17. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social impulsará para el 
empleo, capacitación y adiestramiento de las personas con discapacidad, las 
siguientes acciones: 
I. La elaboración de programas nacionales de empleo y capacitación para la 
población con discapacidad. 
II. La implementación de aquéllas para la incorporación de personas con 
discapacidad al sistema de trabajo o talleres protegidos. 
Artículo 18. A las personas con discapacidad no se les podrá: 
I.- Prohibir la libre elección de empleo, o restringir las oportunidades de 
acceso, permanencia y ascenso en el mismo. 
 
15 Gaceta Parlamentaria, año VI, número 1241, miércoles 30 de abril de 2003. 
29 
 
II.- Establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las 
condiciones laborales para trabajos iguales. 
III.- Limitar el acceso a los programas de capacitación y de promoción 
profesional. 
 
Artículo 19. Los patrones que tengan en su planilla trabajadores con 
discapacidad, deberán: 
I. Proporcionar oportunamente a sus trabajadores con discapacidad, el 
equipo y herramientas necesarios, considerando aquellos que son especiales 
por su situación en particular. 
II. Procurar con la colaboración de los trabajadores, contar con los 
medicamentos, material de curación acorde a las necesidades de éstos. 
III. Entregar y fijar visiblemente de manera accesible para sus trabajadores 
con discapacidad, las disposiciones que contengan los reglamentos e 
instructivos de seguridad e higiene, y 
IV. Tener personal capacitado en el Lenguaje de Señas que permita la 
comunicación entre el jefe inmediato y el trabajador con discapacidad 
auditiva. 
 
Artículo 20. Son obligaciones de los trabajadores con discapacidad: 
I. Cumplir con la normatividad laboral vigente que le sea aplicable. 
II. Observar las medidas preventivas y de higiene del establecimiento laboral, 
así como las que se instituyan en beneficio de su seguridad en particular, y 
III. Someterse a los reconocimientos médicos, previstos en la normatividad 
correspondiente, en particular aquellos, que por su tipo de discapacidad se 
requieran”. 
 
Dentro de esta ley se consideran los siguientes conceptos: 
30 
 
Persona con discapacidad.- Todo ser humano que presenta temporal o 
permanentemente una disminución en sus facultades físicas, intelectuales, o 
sensoriales que le limitan realizar una actividad normal. 
 
Rehabilitación.- Un proceso de duración limitada y con un objeto definido, de 
orden médico, social y educativo entre otros, encaminado a permitir que una 
persona con discapacidad alcance un nivel físico, mental, sensorial o social 
óptimo, que permita compensar la pérdida de una función, así como para 
facilitar el ajuste o reajuste de orden social. 
 
Equiparación de Oportunidades.- Las actitudes sociales, que permitan a las 
personas con discapacidad una efectiva participación en igualdad de 
posibilidades con el resto de la población. 
 
Igualdad de Oportunidades.- La importancia de las diversas necesidades del 
individuo, con el fin de asegurar el empleo de los recursos para garantizar 
que las personas disfruten de iguales oportunidades de acceso y 
participación en idénticas circunstancias. 
 
 
 
II.6.- Ley General de las Personas con Discapacidad. 
 
Se promulgo el 10 de Junio del 2005 (entrando en vigor el 11 de Junio de 
2005). 
Las disposiciones de esta ley son de orden público, de interés social, y de 
observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. Su objeto es 
establecer las bases que permitan la plena inclusión de las personas con 
discapacidad, en un marco de igualdad y de equiparación de oportunidades, 
en todos los ámbitos de la vida. De manera enunciativa y no limitada, esta ley 
31 
 
reconoce a las personas con discapacidad sus derechos humanos y el 
establecimiento de las Políticas Públicas necesarias para su ejercicio. 
La aplicación de esta ley corresponde a las dependencias de la aplicación 
pública federal, a las entidades paraestatales, a los órganos 
desconcentrados y al consejo nacional para las personas con discapacidad, 
en el ámbito de sus respectivas competencias, así como a los gobiernos de 
las entidades federativas y a los municipios, en los términos de los convenios 
que se celebren. 
 
Los derechos que establece la presente ley serán reconocidos a todas las 
personas con discapacidad, sin distinción por origen étnico o nacional, 
genero, edad, condición social, condiciones de salud, opiniones, 
preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra su dignidad. 
 
Lo más relevante que para esta tesina se atiende de esta ley es el capitulo 
segundo denominado del Trabajo y la Capacitación, plasmado en el artículo 
9, mismo que entre otras cosas establece: 
Las personas con discapacidad tienen derecho al trabajo y a la capacitación, 
en términos de igualdad de oportunidades y equidad. Para tales efectos, las 
autoridades competentes establecerán entre otras, las siguientes medidas: 
 
I.- Promover el establecimiento de políticas en materia de trabajo. 
II.- Promover programas de capacitación para el empleoy desarrollo de 
actividades productivas. 
III.- Diseñar, ejecutar y evaluar un programa federal, estatal y municipal de 
trabajo y capacitación para las personas con discapacidad, cuyo objeto 
principal será la integración laboral. 
IV.- Formular y ejecutar programas específicos de incorporación de personas 
con discapacidad como servidores públicos. 
32 
 
V.- Instrumentar el Programa Nacional de Trabajo y Capacitación para 
personas con discapacidad a través de convenios con los sectores 
empresariales, institutos de gobierno, organismos sociales, sindicatos y 
empleadores, que propicien el acceso al trabajo, incluyendo la creación de 
agencias de integración laboral, centros de trabajo protegido, talleres, 
asistencia técnica, becas económicas temporales. 
VI.-Asistir en materia técnica a los sectores social y privado, en materia de 
discapacidad, cuando lo soliciten 
 
 
 
II. 7.- Ley General para la atención de personas con discapacidad en el 
Estado de Hidalgo. 
 
Ley publicada en el periódico oficial el 30 de Diciembre de 1998. 
Esta ley surgió tomando en cuenta el Programa Nacional para el bienestar y 
la incorporación, al desarrollo, las personas con discapacidad, sus familias y 
organizaciones, han venido exigiendo equidad en las oportunidades y una 
respuesta del Estado Mexicano, para satisfacer sus necesidades y lograr su 
plena incorporación al desarrollo; lo anterior en atención a que los 
discapacitados buscan y desean ser productivos y útiles, tanto para la 
sociedad como para ellos mismos. 
Y tiene por objeto la solución de los problemas que afectan a las personas 
con discapacidad para su completa realización personal y total integración a 
la sociedad así como a la sensibilización de la población en general para 
lograr su incorporación a las actividades laborales, comerciales, legales y de 
asistencia social. En su artículo 5ª se establecen los principios que deberán 
observar las políticas públicas en la materia: 
a) La equidad; 
b) La justicia social; 
33 
 
c) La Equiparación de Oportunidades; 
d) El Reconocimiento de las Diferencias; 
e) La Dignidad; 
f) La Integración; 
g) El Respeto, y 
h) La Accesibilidad. 
 
 
 
En el artículo 6 establece las facultades del Ejecutivo Federal en materia de 
esta ley, y son las siguientes: 
 
I.- Establecer la política de Estado acorde a las obligaciones derivadas de los 
tratados internacionales de derechos humanos en materia de personas con 
discapacidad y las acciones necesarias para dar cumplimiento a los 
programas nacionales. 
 
II.- Fomentar que las dependencias y organismos de los diferentes órdenes 
de gobierno trabajen a favor de la integración social y económica de las 
personas con discapacidad en el marco de la política de Estado. 
 
III.- Proponer en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación las 
partidas correspondientes para la aplicación y ejecución de los programas 
federales dirigidos a las personas con discapacidad; 
IV.- Establecer las políticas y acciones necesarias para dar cumplimiento a 
los programas federales en materia de personas con discapacidad; así como 
aquellas que garanticen la equidad e igualdad de oportunidades para las 
personas con discapacidad en el ejercicio de sus derechos, y 
34 
 
V.- Promover el otorgamiento de estímulos fiscales a personas físicas o 
morales que realicen acciones a favor de los personas con discapacidad. 
 
Comentario a estas fracciones: 
 
La fracción I del artículo que se analiza cabe mencionar que se han creado 
numerosos tratados internacionales; el Convenio 159 de la OIT sobre la 
Readaptación Profesional y el Empleo de las Personas con discapacidad o 
las Normas Biformes para la Igualdad de las Personas con Discapacidad, de 
la ONU. Los derechos de los discapacitados están también plasmados en la 
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en sus leyes y 
reglamentos. 
 
La fracción II es de gran importancia ya que las dependencias y organismos 
de los diferentes órganos de gobierno deben ser las primeras en trabajar a 
favor de la integración social y económica de las personas con discapacidad, 
siendo lo ideal que predicaran con el ejemplo y para ello contrataran a 
personas con discapacidad para desempeñar empleos dentro de los órganos 
del estado. 
 
Las fracciones III y IV se encuentran íntimamente relacionadas y considero 
es de gran apoyo a las personas con discapacidad y al señalarla se le diera 
la difusión que merece, además es importante que la Secretaria de 
Desarrollo Social, apoya el trabajo de las organizaciones civiles vinculadas a 
este ámbito, mediante la promoción e intercomunicación de las redes de 
organizaciones civiles, la impartición de talleres de capacitación, acciones de 
gestoría, promoción identificación y organización de las personas con 
discapacidad en los estados y el otorgamiento de apoyos económicos del 
Fondo de Conversión Social, que forma parte del presupuesto federal, 
contribuyendo con esas organizaciones, a la rehabilitación laboral y a la 
35 
 
creación de oportunidades de capacitación y empleo para las personas 
discapacitadas. 
Por lo que es necesario implementar políticas y acciones para cumplir con los 
programas federales. 
Y lo que refiere a la fracción V, cabe señalar que el Presidente de la 
República Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, presenta a la sociedad 
mexicana el documento titulado “Balance del cumplimiento de los 
compromisos que estableció 100 acciones para los primeros 100 días de 
gobierno” y bajo el rubro de Economía Competitiva y Generadora de Empleo, 
en el renglón número 25, el 6 de marzo de 2007, el Presidente de la 
República Mexicana Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, firmó el decreto 
por el cual se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que empleen a 
personas con discapacidad y adultos de 65 años o más consistente en una 
deducción adicional a los previstos en la Ley de Impuestos sobre la Renta 
que permita disminuir de los ingresos del contribuyente por el ejercicio fiscal 
que se trate, un monto adicional equivalente al 25 % del salario pagado a 
dichas personas. En este sentido realizo una declaración acerca de los 
estímulos fiscales, con lo que considero que se esta dando cumplimiento a lo 
establecido en la fracción V de este artículo en comento. 16 
 
En el artículo 15 de la Ley para la Atención de personas con Discapacidad en 
el Estado de Hidalgo, dice: la orientación y capacitación ocupacional, así 
como los procesos de rehabilitación laboral o profesional comprenderán: 
 
I.- Tratamiento de rehabilitación médico funcional, específicos para el 
desempeño de la función laboral; 
II.- Orientación Ocupacional y Vocacional; 
III.- La formación, readaptación y reeducación ocupacional; 
IV.- La educación de acuerdo a la actitud y aptitud ante el trabajo; y 
 
16 www.presidencia.gob.mx/100dias 
36 
 
V.- Seguimiento y evaluación del proceso de recuperación, desde el punto de 
vista físico, psicológico y laboral. 
Y en su artículo 16 establece que la orientación ocupacional tomara en 
cuenta las potencialidades reales de la persona con discapacidad; así mismo 
la educación escolar recibida, la capacitación laboral o profesional y las 
perspectivas de empleo existentes en cada caso. 
 
El Estado a través del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la 
Familia establecerá programas de promoción del empleo de las personas con 
discapacidad creando al efecto una bolsa de trabajo en la que se concentren 
listas de aspirantes con sus aptitudes y capacidad. El estado promoverá, 
fomentará y recomendará entre los sectores público y privado la ocupación 
laboral de las personas discapacitadas. Las condiciones de desempeño del 
trabajo no deberán ser discriminatorias. 
 
Artículo 17.- Los procesos de rehabilitación, integración o reintegración se 
coordinarancon las fases medicas, escolar y labora; otorgándose. 
 
I. Estímulos, beneficios y reconocimientos a aquellos centros de educación, 
capacitación y laborales, que realice reorientación de servicios a favor de las 
personas con discapacidad y para aquellos centros de Educación laboral que 
ingresen personas con discapacidad. 
 
A este respecto resulta interesante citar que lo que se establece en los 
artículos que cite anteriormente se esta llevando a cabo mediante una 
invitación que efectúa el DIF a los empresarios del estado a fin de que 
contraten a personas con discapacidad y para ello cuenta con una bolsa de 
trabajo coordinado por la Secretaria del Trabajo, en colaboración con el 
Desarrollo Internacional de la Familia y la Secretaria de Educación Pública. 
37 
 
Dentro del Estado de Hidalgo un ejemplo de la red de vinculación 
especializada que promueve la integración laboral de las personas con 
discapacidad del DIF son las empresas Ánfora, GEO, Sanborn’s. 
El proceso de integración de las personas con discapacidad ha sido difícil y 
tortuoso por las barreras morales y prejuicios que deben abatirse para el 
logro de su inserción a la sociedad. Sin embargo, mucho se ha avanzado en 
el campo de la integración laboral de las personas con discapacidad. En 
algunos países del mundo esto se hace por ley o políticas internas, y en otros 
por conciencia propia. 
 
Es por ello que considero importante que en las políticas públicas federales, 
estatales y municipales se incluyan a las personas con discapacidad, en los 
planes de desarrollo, a fin que se incorporen tanto a la vida social, familiar y 
sobre todo a la laboral, y cabe citar que “las políticas públicas son cursos de 
acción tendientes a la solución de problemas públicos, definidos a partir de la 
interacción de diversos sujetos sociales, en medio de una situación de 
complejidad social y de relaciones de poder, que pretenden utilizar de 
manera más eficiente los recursos públicos y tomar decisiones a través de 
mecanismos democráticos, con la participación de la sociedad”. 17 
 
Y una vez establecida la agenda es necesario analizar las diversas 
alternativas que existen para la solución de los problemas, casi siempre hay 
más de una manera de resolver los asuntos, cada una de ellas deja más 
satisfecho a unos que otros porque implica beneficios diferenciales. 
Considero de gran importancia que estas leyes y reglamentos aplicables a 
las personas con discapacidad tienen entre otros objetivos la rehabilitación y 
la capacitación laboral, es por ello que la educación y la formación es de 
manera integral, respetando su individualidad y con programas 
 
17 Coordinador Medina Mauricio, “Política Pública y Gobierno Local, Colegio Nacional de Ciencias 
Políticas y Administración Pública, Consejo Directivo 1994-1996 p. 52. 
38 
 
personalizados, que permitan el desarrollo en las diferentes áreas, 
incluyendo el trabajo, bajo el concepto de normalización, buscando opciones 
que les permitan potencializar sus habilidades, asociando su discapacidad 
intelectual a otros síndromes, para ello es de subrayar que la formación 
laboral se inicia desde los primeros años de escolaridad, por lo que el 
aprendizaje funcional es básico orientado a los programas de manera 
formativa de tal manera que al llegar a la juventud, tengan hábitos bien 
establecidos, aptitudes profesionales y sociales a fin de llegar a la realización 
personal lo cual requiere de esfuerzo, tiempo, paciencia y sobre todo 
perseverancia y tener desde luego el acceso a los centros de capacitación. 
 
El Sistema DIF Nacional igualmente interviene para incorporar a las persona 
con discapacidad al bienestar social y desarrollo. 
La Secretaria del Trabajo y Previsión Social proporciona capacitación para el 
trabajo a través del sistema de becas para desempleados y para ello se 
preocupa por brindarles capacitación, instituciones que en el capítulo 
siguiente citare con mayor profundidad. 
39 
 
CAPITULO III 
 
INSTANCIAS ENCARGADAS DE PROVEER ASISTENCIA EN MATERIA 
LABORAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y EN PARTICULAR 
EN EL ESTADO DE HIDALGO. 
 
Considero importante citar a grosso modo las organizaciones internacionales 
toda vez que estas han influido en forma considerable para que nuestro país 
y en concreto el estado de Hidalgo, cuente con instancias encargadas de 
proveer asistencia legal y en particular en materia laboral a las personas con 
discapacidad, instancias encargadas de proveer asistencia legal en materia 
laboral a las personas con discapacidad y en particular en el Estado de 
Hidalgo. 
 
III. 1.- La Organización de las Naciones Unidas.- Fue creada oficialmente 
el 4 de octubre de 1945, y de ella emanan la Organización Mundial de la 
Salud, la Comisión de Derechos Humanos, la Organización de las Naciones 
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, entre otras. 18 
 
III.2.- La Organización Mundial de la Salud.- Es una agencia de la ONU, 
esta reformando su filosofía y forma de trabajo para mejorar la calidad de 
vida de las personas con discapacidad, y lograr un compromiso más fuerte 
entre los sectores de salud de los diferentes países y con las propias 
personas con discapacidad. 
 
 
III.3.- La Comisión de Derechos Humanos.- cada vez se integra más en los 
asuntos de las personas con discapacidad y promueve estos en todo el 
mundo. 
 
18 Op cit. 
40 
 
III.4.- La Organización de las Naciones Unidas para la Educación. La 
Ciencia y la Cultura (UNESCO).- 
Esta trabajando no solo por la educación que debe ser para todos, sin excluir 
a ningún ser humano por mayores limitaciones que tenga. 
 
III.5.- Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).- 
Esta trabajando activamente para mejorar condiciones de vida de millones de 
niños muchos de ellos con discapacidad. 
 
 
III.6.- La Organización Internacional del Trabajo.- 
• Brindar asesoría directa a las instancias estatales de Programas de 
Integración Laboral para Personas con Discapacidad en las áreas de 
capacitación, evaluación de aptitudes para el trabajo y colocación 
laboral. 
• Contribuir al diseño de mecanismos para la evaluación del Programa. 
• Al inicio del nuevo milenio y como una evolución lógica de los tratados 
internacionales y trabajo de la ONU y como nuestro país es miembro 
de esta organización internacional, ha evolucionado su ideología con 
respecto al trato que se debe brindar a las personas con discapacidad, 
por parte de sus familiares, en el entorno social, jurídico y en el ámbito 
del trabajo. 
 
 
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) es una organización financiera 
internacional con sede en la ciudad de Washington, EE.UU., y creada el año 
de 1959 con el propósito de financiar proyectos viables de desarrollo 
económicos, social e institucional y promover la integración comercial 
regional en el área de América Latina y el Caribe. 
41 
 
El cual asesorara la búsqueda de fuentes de financiamiento externo para 
desarrollar actividades productivas sustentables individuales y por 
organizaciones de personas con discapacidad. 
Su objetivo central es reducir la pobreza en Latinoamérica y el Caribe y 
fomentar un crecimiento sostenible y duradero. En la actualidad es el banco 
regional de desarrollo más grande a nivel mundial y ha servido como modelo 
para otras instituciones similares a nivel regional y subregional. 
 
 
III.7.- SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL 
 
Esta secretaría surgió en el año de 1942, atendiendo a la necesidad de limar 
asperezas y lograr la conciliación obrero patronal en el periodo Presidencial 
de Ávila Camacho. 
Cuenta con programas de promoción al empleo, y para ello pretende eliminar 
las barreras físicas y culturales, y de igual forma con el fin de incorporar al 
mundo laboral a las personas con discapacidad. 
Sus funcionesson: 
• Investigar el mercado laboral de personas con discapacidad. 
• Becas para capacitación. 
• Colocación laboral. 
• Sensibilizar a empresarios y trabajadores. 
• Difusión de derechos y obligaciones laborales. 
• Sensibilizar al personal de sus dependencias para la integración 
laboral de las personas con discapacidad y su atención con calidad. 
• A este respecto cabe citar que el Título Once, Autoridades del Trabajo 
y Servicios Sociales, en su capitulo I, en Disposiciones Generales de 
la Ley Federal del Trabajo en su artículo 523, le otorga a la Secretaria 
del Trabajo la competencia para conocer en este rubro tanto a la 
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Secretaria del Trabajo y Previsión Social, de la Secretaria de Hacienda 
y Crédito Público y de Educación Pública. 
 
El artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, establece que esta Secretaria y 
las Direcciones del Trabajo tendrán las atribuciones que les asignen sus 
leyes orgánicas y normas de trabajo. 
El artículo 525 establece que esta secretaria organizará un Instituto del 
Trabajo para la preparación y elevación del nivel cultural del personal técnico 
y administrativo. 
Y el artículo 526 de la referida ley señala que compete a la Secretaria de 
Hacienda y Crédito Público la intervención que le señale el Título Tercero, 
Capitulo VIII, reparto de utilidades y a la Secretaria de Educación Pública la 
vigilancia a los patrones en materia educativa e intervenir coordinadamente 
con la Secretaria del Trabajo y Previsión Social en la capacitación y 
adiestramiento de los trabajadores 
 
Así mismo es importante señalar que el artículo 527-A resulta importante en 
el sentido de aplicación de las normas de trabajo referente de que se refiere 
a la capacitación y adiestramiento de los trabajadores y las relativas a 
seguridad e higiene en el trabajo siendo estos los procedimientos, técnicas y 
elementos que se aplican en los centros de trabajo estableciendo medidas y 
acciones para la prevención de accidentes las autoridades de la federación 
serán auxiliadas por las locales, tratándose de empresas o establecimientos 
que, en los demás aspectos derivados de las relaciones laborales, estén 
sujetos a la jurisdicción de estas ultimas. 
 
El capítulo III denominado Procuraduría de la Defensa del Trabajo de la ley 
en comento en su artículo 530 establece las funciones de esta procuraduría y 
cabe citar que teniendo en cuenta que las personas con discapacidad tienen 
un trato igual ante la ley laboral estos artículos aplican igual a ellas que a 
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cualquier trabajador. Y en relación con el artículo 534 de la misma establece 
que los servicios que brinda esta Procuraduría son en forma gratuita, 
situación importante ya que las personas con discapacidad en la mayoría de 
los casos son personas con problemas económicos. 
 
III.8.- Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).- 
 
Se creo en diciembre de 1982 este instituto es sectorizado a la Secretaria de 
Salud, encomendándosele los programas de Asistencia Social, y en especial 
el apoyo a la nutrición y al desarrollo integral de las personas, haciendo 
énfasis en los menores, puesto que de su sano desarrollo depende su futuro 
desempeño social. En cada uno de los estados de la República Mexicana 
existe un Centro de Rehabilitación y Educación especial adscritos al Sistema 
Desarrollo Integral de la Familia Nacional y algunos a los DIF estatales, así 
como numerosas unidades básicas de rehabilitación, lo cual tiene gran 
importancia ya que una adecuada rehabilitación representa para el sujeto 
con discapacidad una oportunidad de incorporarse lo mejor y mas 
rápidamente posible al trabajo, logrando así la realización de la persona. 
 
 
III.9.- Instituto Nacional del Seguro Social.- 
 
Este instituto surge el 19 de enero de 1943 pues se publicó en el Diario 
Oficial la Ley del Seguro Social a fin de proteger a los trabajadores y se 
establece que la finalidad de la seguridad social es garantizar el derecho 
humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de 
subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y 
colectivo. Y como instrumento básico de la seguridad social se establece 
precisamente el seguro social y para administrarlo y organizarlo, se decreta 
la creación de un organismo público descentralizado, con personalidad y 
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patrimonio propios denominado Instituto Mexicano del Seguro Social. Por 
tanto en este rubro de salud, es de vital importancia ya que este Instituto 
cuenta con servicios de medicina física y rehabilitación y además representa 
una prestación para el trabajador, lo cual es de gran importancia ya que le 
trae una serie de beneficios, mismos que se encuentran en la ley del Instituto 
Mexicano del Seguro Social y para ello afilian a las personas con 
discapacidad a esta Institución. 
 
 
III.10.- Instituto de Seguridad Social de Servicio para los Trabajadores al 
Servicio del Estado.- 
 
Adolfo López Mateos, anunció que presentaría al Congreso de la Unión la 
iniciativa de ley que diera origen al instituto de seguridad y servicios sociales 
de los trabajadores del Estado, la cual se aprobó y publicó en el Diario Oficial 
de la Federación el 30 de diciembre de 1959. 
Este Instituto esta igualmente dentro del rubro de salud, sin embargo 
representa una prestación del trabajador al Servicio del Estado y gozará de 
los beneficios que se encuentren en la ley que rige a este Instituto. 
 
 
III.11.- Secretaria de Hacienda y Crédito Público.- 
 
Esta secretaria tiene como función en especifico con respecto a las personas 
con discapacidad, dar incentivos fiscales a las personas físicas o morales en 
su carácter de patrones que empleen a personas con discapacidad y en el 
artículo 222 de la ley de impuestos sobre la renta establece que el patrón 
que contrate a personas que padezcan discapacidad motriz y que para 
superarlas requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de 
ruedas; mental; auditiva o de lenguaje en un 80% o más de la capacidad 
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normal o tratándose de invidentes, podrá deducir de sus ingresos, un monto 
equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de éstos trabajadores 
retenidos y enterado conforme al capítulo I, del título IV de ésta ley siempre y 
cuando el patrón este cumpliendo respecto de dichos trabajadores con la 
obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social mismo que 
a la letra establece “Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: 
 
I.- Las personas que se encuentren vinculadas a otras, de manera 
permanente o eventual, por una relación de trabajo cualquiera que sea el 
acto que le de origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la 
naturaleza económica del patrón y aún cuando este, en virtud de alguna ley 
especial, este exento en el pago de impuestos o derechos. 
 
II.- Los miembros de sociedades cooperativas de producción, y 
 
III.- Las personas que determinen el ejecutivo federal a través del decreto 
respectivo bajo los términos y condiciones que señala esta ley.” 
Y además obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el certificado de 
discapacidad del trabajador. 
 
Considero importante destacar que se han llevado a cabo acciones para 
otorgar igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad ejercidas 
desde 1995, a través del Programa Nacional para el Bienestar y la 
incorporación al desarrollo de las personas con discapacidad, por lo cual se 
han sumado esfuerzos dentro de todos los sectores. 
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III.12.- Secretaria de Salud.- 
 
Dentro de las funciones que desempeña para la integración laboral de las 
personas con discapacidad son: 
 
• Fomentar e todas las unidades la atención con calidad de las 
personas con discapacidad que requieren de certificación para 
integrarse o reintegrarse a la vida laboral. 
• Normalizar los certificados de las personas con discapacidad. 
• Sensibilizar alas dependencias de esta Secretaría para que acepten a 
las personas con discapacidad en puestos de trabajo en igualdad de 
condiciones que el resto del personal. 
• Promover la incorporación de las personas con discapacidad al 
empleo en las dependencias de la Secretaría de todo el Gobierno. 
 
 
III.13.- Secretaria de Educación Pública.- 
 
Es el enlace educativo que se encarga de informar, orientar, evaluar, 
canalizar y dar seguimiento a cada persona con discapacidad que busque 
integrarse al sector laboral, en el aspecto de proporcionar educación básica a 
las personas con discapacidad que puedan mejorar su calidad de vida 
promueve en la sociedad una cultura laboral que permita la incorporación de 
las personas con discapacidad a la vida laboral, como un factor coadyuvante 
del desarrollo social y por tanto para lograr su objetivo, se encarga de 
canalizar y dar seguimiento a cada persona con discapacidad que busque 
integrarse al sector laboral realizando: 
 
• Normas de capacitación de personas con discapacidad. 
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• Certificación de la persona con discapacidad que asiste a los centros 
de atención múltiple. 
• Extensión de la cobertura de la capacitación a las zonas rurales, 
indígenas y áreas marginadas. 
• Capacitación. 
• Accesibilidad a las instalaciones de capacitación. 
• Sensibilizar al personal de sus dependencias para la integración 
laboral de las personas con discapacidad y su atención con calidad. 
• Investigaciones sobre aspectos relacionados con la capacitación y la 
discapacidad. 
• Ampliación de centros de capacitación en lugares estratégicos. 
 
 
III.14.- Secretaria de Comunicaciones y Transporte.- 
 
Las funciones específicas para la incorporación de las personas con 
discapacidad son: 
 
• Promover el transporte accesible para la integración educativa y 
laboral de las personas con discapacidad. 
• Fomentar en sus dependencias la incorporación de personas con 
discapacidad al ámbito laboral y la atención con calidad. 
• Sensibilizar al personal de sus dependencias para la integración 
laboral de las personas con discapacidad y su atención con calidad. 
• Desarrollar e implementar la normatividad necesaria sobre 
comunicaciones y transporte para personas con discapacidad. 
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III.15.- Secretaría de Desarrollo Social.- 
 
La intervención de esta Secretaria es con el fin de apoyar: 
 
• A la profesionalización de las ONG´s de y para personas con 
discapacidad para la inserción laboral de sus afiliados. 
• Asesorar y fomentar los programas de autoempleo y las 
microempresas familiares de personas con discapacidad. 
• Realizar investigaciones para establecer los indicadores de las 
necesidades socioeconómicas de las personas con discapacidad para 
fundamentar y desarrollar programas de apoyo a este sector de la 
población. 
• Sensibilizar a las dependencias de esta Secretaria para que acepten a 
las personas con discapacidad en puestos de trabajo en igualdad de 
condiciones que el resto del personal. 
• Fomentar la incorporación de las mujeres con discapacidad a la vida 
social y productiva del país. 
 
 
III.16.- Secretaria de Economía.- 
 
Esta Secretaria participa con los siguientes conceptos: 
• Contribuir con financiamientos para el desarrollo de microempresas y 
el autoempleo de personas con discapacidad a través de los micros 
financieras y aquellos programas que cumplan con las reglas de 
operación de FONAES. 
• Brindar asesoramiento para el desarrollo de proyectos de trabajo 
rentables para personas con discapacidad. 
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• Difundir los requisitos para otorgar apoyo financiero a personas con 
discapacidad que aspiren a integrarse a la actividad productiva y 
formal. 
• Apoyar la sensibilización de las empresas. 
 
 
III.16.- La Red de Vinculación Especializada para la Integración Laboral 
de personas, con discapacidad en el Estado de Hidalgo.- 
 
Esta red promueve la integración laboral de las personas con discapacidad a 
través de acciones de sensibilización y promoción en el ámbito empresarial y 
con el intercambio de vacantes y solicitantes entre las instituciones que la 
conforman. 
 
Esta integrada por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, la Delegación 
Hidalgo es la que comanda la red, la Secretaria de Educación Pública 
Hidalgo, a través de la Dirección de Asistencia Social, DIF Pachuca, 
Secretaria de Desarrollo Económico, Delegaciones del ISSSTE, IMSS. 
 
A la fecha laboran 44 personas con capacidades diferentes en nueve 
empresas. 
 
Estas instituciones colaboran en forma coordinada dentro de su propio 
ámbito en el Centro de Integración Laboral, dependiente de la SEPH para 
orientar, informar, evaluar, etc., a cada persona con discapacidad que 
busque integrarse al sector laboral, de tal forma que puedan mejorar su 
calidad de vida, a fin de que se promueva una cultura incluyente de 
aceptación a la diversidad. 
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Esta red, tiene como objetivo especifico promover la integración laboral y 
educativa de personas con discapacidad mediante apoyos directos, 
sensibilización y conjunción de esfuerzos a fin de contribuir a la equidad y 
calidad de vida de los beneficiarios y familias hidalguenses. 
Objetivos Específicos.- 
 
• Otorgar apoyos para iniciar proyectos productivos que permitan la 
obtención de recursos a través del autoempleo. 
• Promover la incorporación a la educación básica a través de la Red de 
integración Educativa. 
• Promover una cultura de equidad hacia las personas con 
discapacidad. 
• Realizar estudios de investigación social sobre discapacidad en el 
estado. 
 
En base a los objetivos anteriores dentro del programa se fijan las siguientes 
metas a mediano y largo plazo.- 
• Desarrollar campañas de sensibilización, dirigidas a la sociedad 
particularmente a los empresarios y a las instituciones educativas 
donde su participación es de vital importancia para la incorporación 
integral de las personas con discapacidad al trabajo. 
• Incrementar cada año la integración y permanencia laboral de las 
personas con discapacidad que han recibido capacitación específica 
para el trabajo. 
• Aumentar las plazas disponibles y el número de empresas que las 
reciben como empleados, así como empresa que realicen 
adecuaciones a sus centros de trabajo para el mejor desempeño de 
estas personas. 
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Para lograr estos objetivos y metas, tienen que trabajar en forma coordinada, 
y para ello se busca lograr convenios de apoyo para las personas con 
discapacidad, cabe citar y destacar que de las instituciones que integran la 
Red de vinculación, la Secretaria de Educación Pública Hidalgo, por medio 
del CONALEP, capacitará a personas con discapacidad para integrarlos al 
sector laboral, signando la SEP y la STPS un convenio de colaboración para 
utilizar la infraestructura del colegio y ofrecer cursos de capacitación dentro 
del programa de servicio social donde los estudiantes podrán armar un 
padrón de empresas viables para la incorporación laboral de estas personas, 
coadyuvando en la identificación de los campos y proyectos de investigación, 
capacitación y docencia que sean de interés común, donde la Institución 
promoverá la organización y realización de actividades académicas, 
acreditando la capacitación de las personas con discapacidad, según sea el 
caso. 
 
 
Un aspecto importante, de cómo funciona “La Red de Vinculación Laboral 
para personas con Discapacidad”19 es que al inicio del proceso de integración 
laboral y al existir una vacante se presenta una lista de aspirantes señalando 
cuales son los requisitos del puesto; se hace una entrevista con el gerente, 
se sensibiliza y se le pide la oportunidad de que lo integre a manera de 
prueba; que ellos verifiquen si son productivos o no, de acuerdo a eso ya se 
decide su contrato permanente 
 
 
Respecto a los aspirantes, primero se les hace una entrevista, interviniendo 
un trabajador social; asimismo se realiza una

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