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Etica trabajo practico

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UNIVERSIDAD MAYOR REAL Y PONTIFICIA DE
SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA
CARRERA DE ARTE Y DISEÑO GRÁFICO
ASIGNATURA: ETICA Y LEGISLACION
Estudiante:		Dulon Molina Kelly
			Escobar Martinez Yhamile
			Fernadez Siñani Jhonatan
			Flores Vilar Laura
			Main Saire Patricia Ricarda
Docente:		Lic. Gerson Ayala
Fecha:		7 de enero del 2022
DERECHOS DE AUTOR Y NORMATIVA LEGAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN BOLIVIA
1) DERECHOS DE AUTOR
Es la rama del derecho, que protege a todas las obras, sean literarias, artísticas y/o científicas, producto de la creatividad y el ingenio humano. Sus requisitos son:
· Originalidad.
· Que se encuentre plasmado en un soporte.
El Derecho de Autor otorga protección a las creaciones expresadas a través de los géneros literario, artístico y/o científico; tiene por objeto las creaciones o manifestaciones del espíritu expresadas de manera que puedan ser percibidas; nace con la obra como tal. Está enfocado a incentivar la creatividad, cultura y las artes además del intercambio de conocimientos.
Requisitos para el registro de derechos de autor y conexos:
1. Memorial o carta dirigida a la Dirección de Derecho de Autor y Derechos Conexos, con referencia al registro de obra que se pretenda registrar, señalando el título de la misma (adjuntar copia para su constancia).
2. Fotocopia de la cédula de identidad del o los solicitantes, autores y titulares.
3. Llenar e imprimir el formulario de solicitud de registro de derecho de autor que se encuentra en la página web de la institución www.senapi.gob.bo, recuerde que debe consignar de manera clara la siguiente información:
· Datos de la obra.
· Datos del autor o autores.
· Datos de titular.
· Datos del solicitante del trámite de registro.
4. Comprobante de depósito bancario a la cuenta fiscal del Senapi: 1-4668220 Banco Unión, por el monto establecido (ver tasas correspondientes) según el tipo de trámite solicitado. La vigencia del depósito es de 15 días hábiles a partir de realizado el depósito. Adjuntar fotocopia simple del comprobante de depósito.
	TASAS DE REGISTRO EN DERECHO DE AUTOR
	Pago al senapi
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Registro de tésis
	100 Bs.
	200 Bs.
	Registro de libros
	200 Bs.
	400 Bs.
	Registro de folletos y otras obras
	50 Bs.
	100 Bs.
	Registro de obras artísticas (Obras musicales, obras dramáticas, obras coreográficas, pantorrúmicas, pintura, dibujo, artísticas, escénicas, fonogramas, audiovisuales y otras)
	100 Bs.
	200 Bs.
	Cinematográficas
	150 Bs.
	300 Bs.
	Registro de programas de ordenador
	150 Bs.
	300 Bs.
	Registro de contratos y otros actos
	50 Bs.
	100 Bs.
	Autorización de funcionamiento de Sociedades Colectivas
	1000 Bs.
	-
	Autorización anual de Sociedades Colectivas
	480 Bs.
	-
5. Comprobante de depósito bancario a nombre de la Gaceta Oficial de Bolivia, por concepto de publicación de la solicitud de registro. Adjuntar fotocopia simple del comprobante de depósito.
	Gaceta Oficial de Bolivia Banco Unión N° Cta. 1 -293633
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Pago a Gaceta Oficial de Bolivia
	60 Bs.
	120 Bs.
Importante:
· Si en el contenido de la obra existieran fotografías, cuadros, imagenes, etc., se deberá citar las fuentes de donde fueron obtenidos, además de citar la bibliografía consultada.
· Cuando en las solicitudes de registro se incluyan logotipos institucionales; marcas, fotografías de imagen personal, u obras en general cuyo periodo de protección siga vigente, debe presentarse las correspondientes autorizaciones expresadas para su uso.
· Cuando se trate de solicitudes de registro de compilaciones (literarias, artísticas y/o científicas), en la carta de solicitud se deberá mencionar el título de la compilación e individualizar las obras que la conforman (debiendo llenar un formulario por cada obra).
· NO SE ADMITIRÁN TACHADURAS, ENMEDADURAS, NI SOBRE ESCRITURAS, TODA VEZ QUE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA SE CONTITUYE EN UNA DECLARACIÓN JURADA.
Duración del trámite: 4 días hábiles
Requisitos específicos:
· Para obras literarias; adjuntar dos ejemplares de la obra.
· Obras artísticas; adjuntar una muestra de la obra. En el caso de que se traten de ejemplares únicos, se deberá adjuntar una y/o tantas fotografías como sean necesarias para identificarlas.
· Obras escénicas; un ejemplar del extracto o resumen por escrito que describa la obra, indicando su género, señalando el tiempo de duración, además de adjuntar fotografías o vídeo de la puesta en escena.
· Obras musicales; El soporte que contenga la (s) obra/(s) objeto de registro, la letra si la tuviere, además, deberá adjuntar una copia de compositores empíricos o que trabajan al oído, deben realizar ésta aclaración en la carta de solicitud.
· Fonogramas, adjuntar el soporte que contenga la obra objeto de registro.
· Obras audiovisuales, adjuntar la obra en cualquier soporte ejecutable.
· Programas de Computación (Software), adjuntar una copia ejecutable del programa de computación que se solicite registrar en cualquier soporte material, programa del computador, descripción del programa, material auxiliar y otros, en el caso de ser una aplicación web se deberá adjuntar un video demostrativo del programa y/o lenguaje de programación.
· Contratos y demás actos relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos, contrato en original o fotocopia legalizada del mismo, con el debido reconocimiento de firmas.
Todos los requisitos (generales y específicos) deberán ser presentados en el orden referido. La documentación debe estar numerada y presentada en un sobre manila sin cerrar ni rotular.
2) REGISTRO DE SIGNOS DISTINTIVOS (MARCAS)
Un signo distintivo sirve para identificar productos o servicios en el mercado. Muchas veces puede significar una calidad determinada u otro elemento que influye en la decisión de compra de los consumidores, al momento de elegir un producto o contratar un servicio. Presenta dos características principales:
· Representación gráfica.
· Distintividad.
Requisitos para el registro de una marca:
1. Un ejemplar del Formulario PI-100 Solicitud de Signo Distintivo.
· Crear usuario y contraseña para llenar el formulario en la página web del Senapi.
· Si la marca tiene diseño adicionar en tamaño 4x4 cm formato JPG-RGB e imprimir el formulario a color.
· Llenar la casilla de descripción del signo distintivo y código pantone del diseño. (opcional)
· Indicar cuál es el producto o servicio de acuerdo al Clasificador Internacional de Niza.
2. Para personas jurídicas adjuntar el poder en original o copia legalizada del representante legal.
3. Comprobante original y fotocopia del pago a la cuenta de la Gaceta de Bolivia.
	Gaceta Oficial de Bolivia Banco Unión N° Cta. 1 -293633
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Pago a Gaceta Oficial de Bolivia
	255 Bs.
	510 Bs.
4. Comprobante original y fotocopia del pago a la cuenta del Senapi.
	Senapi Banco Unión N° Cta. 1-4668220
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Pago al senapi
	750 Bs.
	1500 Bs.
5. En caso de tener registro anterior en otro país (Reivindicación de Prioridad) adjuntar copia certificada del documento por la autoridad competente de dicha solicitud.
Presentar la documentación, en el orden descrito en los numerales anteriores, en un folder amarillo, debidamente foliado (numerar cada página).
Nota: 
* Los pagos deben ser individuales para cada solicitud de Registro.
* El tiempo de vigencia del depósito bancario a la cuenta del Senapi, es válido durante el año en que fue realizado el mismo.
3) REGISTRO DE PATENTES
Una patente es un derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una invención, la que proporciona derechos exclusivos que permitirán utilizar y explotar su invención e impedir que terceros la utilicen sin su consentimiento.
Requisitos para el registro de patentes:
1. Formulario de solicitud (PI-106) debidamente llenado y firmado (Descargar de la página web del SENAPI).
2. Descripción de la invención.
3. Una o más reivindicaciones.
4. Uno o más dibujos, cuando fuesen necesarios para comprender la invención,los que se considerarán parte integrante de la descripción.
5. Presentar en CD-room o DVD la memoria descriptiva que contenga la descripción, reivindicaciones y resumen en formato PDF; y los dibujos si corresponde en formato JPEG.
6. Testimonio de Poder original o copia legalizada extendido ante Notaría de Fe Pública del Estado Plurinacional de Bolivia o en su caso copia simple del mismo siempre y cuando se encuentre depositado en el Libro de Poderes del SENAPI, indicando expresamente el número de trámite de la solicitud en el que reposa el depósito.
7. De ser el caso documento original, legalizado o apostillado en el que conste la cesión del derecho a la patente del inventor al solicitante o a su causante.
8. De ser el caso, copia simple del certificado de depósito del material biológico emitido por una entidad competente.
9. De ser el caso, la copia simple del contrato de acceso, cuando los productos o procedimientos cuya patente se solicita han sido obtenidos o desarrollados a partir de recursos genéticos o de sus productos derivados de los que cualquiera de los Países Miembros es país de origen.
10. De ser el caso, documento original o copia legalizada que acredite la licencia o autorización de uso de los conocimientos tradicionales de las comunidades indígenas, afroamericanas o locales de los Países Miembros, cuando los productos o procedimientos cuya protección se solicita han sido obtenidos o desarrollados a partir de dichos conocimientos de los que cualquiera de los Países Miembros es país de origen, de acuerdo a lo establecido en la Decisión 391 y sus modificaciones y reglamentaciones vigentes.
11. De ser el caso documento de prioridad, que corresponde a una primera solicitud presentada en otro país.
12. El comprobante de pago de las tasas establecidas:
· Pago por solicitud de patente.
	Senapi Banco Unión N° Cta. 1-4668220
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Solicitud de Patente 
	400 Bs.
	800 Bs.
	Anualidad 
	500 Bs.
	1000 Bs.
· Pago por publicación.
	Gaceta Oficial de Bolivia Banco Unión N° Cta. 1 -293633
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Pago a Gaceta Oficial de Bolivia
	200 Bs.
	400 Bs.
· Pago por anualidad.
	Senapi Banco Unión N° Cta. 1-4668220
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Pago al senapi
	500 Bs.
	1000 Bs.
Nota: El pago de anualidad debe realizarse cada año de acuerdo a las fechas establecidas.
13. En caso de solicitudes unipersonales adjuntar copia de documento de identificación.
14. Carta o memorial dirigido a la Dirección de Propiedad Industrial.
Las solicitudes de patentes de invención deberán ser presentadas ante el SENAPI en folder amarillo tamaño oficio o archivador de palanca lomo alto (si fuese necesario) debidamente foliada en la parte superior izquierda de cada hoja empezando con el numeral 1 hasta el número correspondiente en la última hoja
4) REGISTRO DE LEMA COMERCIAL O NOMBRE
Un lema comercial es un signo distintivo consistente, en una palabra, frase o leyenda que se utiliza como complemento de una marca para reforzar su recordación. Es lo que se conoce comúnmente como slogan.
Requisitos para el registro de lema comercial:
1. Formulario PI-102 de solicitud de signo distintivo que se encuentra en el Sistema Información de Propiedad Intelectual del Senapi (sipi.senapi.gob.bo).
2. Indicación de cuál es el lema comercial que se pretende registrar. Sólo en forma denominativa.
3. La solicitud de registro de un lema comercial, deberá especificar la marca solicitada o registrada con la cual se usará.
4. De ser necesario adjuntar original o copia legalizada de poder, cuando se actúe a través de representante legal.
5. Comprobante de pago a la cuenta de la Gaceta Oficial de Bolivia y una fotocopia del mismo para publicación del trámite.
6. Nota de solicitud dirigida al Director de Propiedad Industrial (Opcional).
7. El comprobante de pago a efectos de registro de nombre comercial, rótulo o enseña y título de concesión depositadas en la cuenta del Senapi, Toda la documentación deberá presentarse en un fólder de color amarillo, con el rótulo de lema comercial a registrar.
		Senapi Banco Unión N° Cta. 1-4668220
	Pago al senapi
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Lema comercial
	750 Bs.
	1500 Bs.
	Gaceta Oficial de Bolivia Banco Unión N° Cta. 1 -293633
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Pago a Gaceta Oficial de Bolivia
	255 Bs.
	510 Bs.
5) REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Requisitos para la protección de un Diseño Industrial
· Novedad.- El requisito esencial para que se conceda la protección de un Diseño Industrial es la Novedad, es decir, que el Diseño Industrial no se hubiera hecho accesible al público en ningún lugar del mundo, por ningún medio de comunicación antes de solicitar su protección. En ese sentido, el solicitante debe evitar exponerlo, difundirlo, distribuirlo, comercializarlo antes de realizar la solicitud de registro del Diseño Industrial.
· Aplicación Industrial.- El Diseño Industrial debe ser reproducible.
Las solicitudes de registros de diseños industriales deberán ser presentadas ante el SENAPI en folder amarillo tamaño oficio debidamente foliada en la parte superior izquierda de cada hoja empezando con el numeral 1 hasta el número correlativo correspondiente en la última hoja conteniendo la siguiente documentación:
1. Formulario de solicitud (PI-108) debidamente llenado y firmado (Descargar de la página web del SENAPI).
2. Representación gráfica o fotográfica del diseño industrial en una vista gráfica para diseños bidimensionales y cinco vistas gráficas para diseños tridimensionales (en formato JPEG) y debidamente impresas, una figura en cada hoja. Tratándose de diseños bidimensionales incorporados en un material plano, la representación podrá sustituirse con una muestra del producto que contiene el diseño.
3. Presentar en CD-room o DVD las gráficas correspondientes en formato JPEG.
4. Testimonio de Poder original o copia legalizada extendido ante Notaría de Fe Pública del Estado Plurinacional de Bolivia o en su caso copia simple del mismo siempre y cuando se encuentre depositado en el Libro de Poderes del SENAPI, indicando expresamente el número de trámite de la solicitud en el que reposa el depósito.
5. De ser el caso documento original, legalizado o apostillado en el que conste la cesión del derecho al registro del Diseño Industrial del diseñador al solicitante o a su causante.
6. De ser el caso, documento original o copia legalizada que acredite la licencia o autorización de uso de los conocimientos tradicionales de las comunidades indígenas, afroamericanas o locales de los Países Miembros, cuando los productos o procedimientos cuya protección se solicita han sido obtenidos o desarrollados a partir de dichos conocimientos de los que cualquiera de los Países Miembros es país de origen, de acuerdo a lo establecido en la Decisión 391 y sus modificaciones y reglamentaciones vigentes.
7. De ser el caso documento de prioridad, que corresponde a una primera solicitud presentada en otro país.
8. El comprobante de pago de las tasas establecidas:
· Pago por solicitud de registro.
	Senapi Banco Unión N° Cta. 1-4668220
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Solicitud de Patente 
	300 Bs.
	600 Bs.
· Pago por publicación.
	Gaceta Oficial de Bolivia Banco Unión N° Cta. 1 -293633
	
	Persona Nacional
	Persona Extranjera
	Pago a Gaceta Oficial de Bolivia
	200 Bs.
	400 Bs.
9. En caso de solicitudes unipersonales adjuntar copia de documento de identificación.
10. Carta o memorial dirigido a la Dirección de Propiedad Industrial.
Bibliografía:
https://www.senapi.gob.bo/propiedad-intelectual/derecho-de-autor
https://www.senapi.gob.bo/propiedad-intelectual/propiedad-industrial/signos-distintivos
https://www.senapi.gob.bo/propiedad-intelectual/propiedad-industrial/patentes

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