Logo Studenta

Delegación

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Delegación
Contenido
Delegación	3
Tipos de delegación	3
	Delegación administrativa	3
	Delegación de deuda	3
	Delegación legislativa	4
	Delegación de funciones	4
	Delegación de firma	4
Delegación
En el derecho y la administración, la delegación es la transferencia del poder y las potestades que son propias de una persona, institución u organización, a un tercero o un conjunto de terceros que actúan en su nombre. A estos últimos se les conoce, por lo tanto, como delegados, mientras que a quien cede el poder se le denomina delegante.
Las palabras “delegación” y “delegar” provienen del latín delegare, compuesto por las voces de- (“de arriba a abajo”) y legis (“ley”). Por lo tanto, un delegado es alguien enviado de acuerdo a la ley, o sea, un representante ante la ley. Un ejemplo lo constituyen las delegaciones que cada país envía a los congresos o encuentros internacionales, integradas por personal diplomático cuya misión es velar por los intereses internacionales de su pueblo.
El proceso de la delegación es muy común en los sistemas republicanos y democráticos, en los que, mediante el voto popular, se delega la autoridad del pueblo en algunos candidatos políticos, a quienes se les confía la conducción del país y la administración del Estado. Asimismo, el verbo delegar se utiliza en el lenguaje coloquial con el sentido de “dejar algo en manos de otro”, especialmente en el caso de figuras de autoridad o responsabilidad.
Tipos de delegación
Existen numerosas formas legales y jurídicas de delegación, dependiendo de los mecanismos que se ponen en juego en cada una. Entre ellas destacan:
· Delegación administrativa. En el derecho administrativo, este tipo de delegación consiste en la transferencia de competencias de un órgano o entidad superior hacia uno de nivel inferior, sin que en el proceso el organismo delegante pierda la titularidad (o sea, el reconocimiento formal) de su competencia en el asunto.
· Delegación de deuda. Consiste en la asunción de una deuda por un segundo deudor, que se somete a ella del mismo modo que el primero. Para poder hacerse, el acreedor debe estar de acuerdo en la transferencia.
· Delegación legislativa. Se trata de una solicitud que en los sistemas republicanos puede hacer el poder legislativo (el parlamento) al ejecutivo (el gobierno) para que regule un asunto específico por medio de un decreto o norma con rango de ley. Esto se hace con el propósito de establecer una regulación nueva, fusionar textos legales en uno solo, u otro tipo de eventos similares.
· Delegación de funciones. Consiste en el traspaso de las funciones de una entidad a otra, descentralizando así la estructura organizativa y haciéndola más horizontal. Este tipo de delegaciones son comunes en naciones que intentan diversificar su burocracia y agilizar los trámites locales.
· Delegación de firma. Ocurre cuando un individuo o entidad autoriza a un tercero a firmar en su nombre, para poder así aceptar o suscribir contratos y acuerdos formalmente en su nombre.

Continuar navegando