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T P SEM 3 der civ hechos actos I

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UNIVERSIDAD POLITECNICA Y ARTISTICA 
DEL PARAGUAY – UPAP
AULA VIRTUAL
Abogacía - 3er Curso
CÁTEDRA: Derecho Civil. Hechos y Actos I
Trabajo Práctico de la Semana 3
Alumno: Lic. WILLIAN ARIEL BOGADO ESPINOLA.
Profesora: Abg. Nancy Rodríguez
CAPIATÁ – PARAGUAY
Actividades.
1- Menciona brevemente cuáles son los efectos de los contratos al momento de realizar una correcta interpretación de los mismos por parte del Juzgador.
 Los contratos tienen varios efectos que deben ser considerados al momento de su interpretación por parte del juzgador. En primer lugar, se extienden a las obligaciones contraídas por las partes, incluyendo aquellas que no fueron expresamente acordadas pero que estuvieron virtualmente comprendidas en el contrato. En segundo lugar, forman parte del contrato tanto las estipulaciones explícitas como las implícitas, es decir, aquellas que surgen de la intención de las partes. En tercer lugar, en los contratos bilaterales se niega el derecho a una de las partes a demandar el cumplimiento de la obligación si él no hubiese cumplido la suya u ofreciese cumplirlo. Estos efectos están establecidos en el Código Civil y son importantes para una correcta interpretación y aplicación de los contratos.
2- En qué consiste la tesis de la armonización equitativa de intereses.
 La "armonización equitativa de intereses" es una tesis que se refiere a la interpretación de contratos en los que no se puede determinar claramente la intención de las partes. Según esta tesis, el juez debe aplicar las reglas de la equidad para que la interpretación dada al contrato observe proporción y reciprocidad para el equilibrio de las prestaciones. Esto significa que el juez debe buscar una solución justa y equitativa para ambas partes, sin necesariamente establecer un término medio o desviarse de la voluntad de las partes.
3- Como se demuestra la Buena Fe de las partes al momento de celebrar un contrato
 La buena fe de las partes al momento de celebrar un contrato se presume, pero puede ser demostrada por cualquier medio de prueba admitido por la ley. La buena fe implica que las partes actúen con honestidad, lealtad y transparencia en la celebración del contrato, y que no oculten información relevante o engañen a la otra parte. En caso de que una de las partes actúe de mala fe, el contrato puede ser anulado o rescindido. El Artículo 288 del Código Civil Paraguayo establece que la buena fe prima sobre el error en los contratos. 
4. Cuál es la relación entre la forma y la prueba del acto jurídico
 La forma y la prueba del acto jurídico son dos aspectos diferentes pero relacionados. La forma se refiere a los requisitos que deben cumplirse para que un acto jurídico sea válido, como por ejemplo la necesidad de que sea escrito o que se realice ante un notario. La prueba, por otro lado, se refiere a los medios mediante los cuales se puede demostrar la existencia o inexistencia de un hecho o acto jurídico.
En cuanto a su relación, la forma es un elemento constitutivo del acto jurídico, es decir, es necesaria para su validez. Por otro lado, la prueba es independiente de la existencia de ese acto jurídico y puede ser coetánea o posterior al mismo. Además, mientras que la forma solo alude a los actos jurídicos en sí mismos, la prueba puede recaer sobre hechos en general.
En resumen, aunque son aspectos diferentes, tanto la forma como la prueba son importantes para determinar si un acto jurídico es válido y para resolver cualquier controversia relacionada con el mismo.
5. Menciona los tipos de prueba establecidas en nuestra legislación civil y detalla sus características
 En la legislación civil paraguaya, se reconocen varios tipos de pruebas, que se clasifican en dos grandes grupos: pruebas documentales y pruebas testimoniales. A continuación, se detallan las características de cada uno de ellos:
1. Pruebas documentales: Son aquellas que se basan en documentos escritos o materiales que pueden ser presentados ante el juez para demostrar la existencia o inexistencia de un hecho controvertido. Algunos ejemplos de pruebas documentales son los contratos, facturas, recibos, fotografías, videos, entre otros.
2. Pruebas testimoniales: Son aquellas que se basan en el testimonio de una persona que ha presenciado o tiene conocimiento directo del hecho controvertido. Estas personas son llamadas testigos y pueden ser presentados por cualquiera de las partes involucradas en el proceso judicial
Es importante destacar que tanto las pruebas documentales como las testimoniales deben cumplir con ciertos requisitos para ser consideradas válidas y admisibles ante el juez. Por ejemplo, las pruebas documentales deben ser originales o copias certificadas por un notario público y estar debidamente autenticadas. En cuanto a las pruebas testimoniales, los testigos deben tener conocimiento directo del hecho controvertido y no pueden tener ningún interés personal en el resultado del juicio. En resumen, la legislación civil paraguaya reconoce varios tipos de pruebas que pueden ser utilizados para demostrar la existencia o inexistencia de un hecho controvertido. Es importante conocer las características y requisitos de cada tipo de prueba para poder utilizarlas adecuadamente en un proceso judicial.

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