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LEY DE LAS COMUNAS 2

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LEY DE LAS COMUNAS 
Título I: disposiciones generales 
· Art 2: es relevante este articulo puesto que en toda comuna debe tomar en cuenta los derechos participativos de cada comunidad ya sea por su discapacidad, situación social, situación económica, situación política, situación jurídica; porque se debe los valores y principios de todas y todos las personas de cada una de las comunidades son importantes.
Título II: la comuna 
· Art 5, 6,7: las comunas son importantes porque es la organización de todos los consejos comunales se relaciona con la ACPD porque integra a toda la comunidad sin importar su discapacidad, su situación política, social, jurídica y económica para asi con la unión de las comunidades crear una comuna y poder promover las integridad y la defensa para impulsar el desarrollo de los derechos humanos.
Título III: las cartas comunales
· Art 18, 19, 20: las cartas comunales son un instrumento de comunicación de gran importancia puesto que atreves de ella, la comunidad puede dar su punto de vista, para la ACPD es importante porque con dicha carta solicitudes para la creación de centros de rehabilitación, médicos o transporte que los trasladen hasta centros cercanos.
Título IV: la organización y funcionamiento
 Capítulo I: parlamento comunal 
· Art 21, 22, 23, 24, 25, 26: el parlamento comunal es la máxima instancia del autogobierno puesto que ellos en la ACPD son la mayor autoridad son los que deciden, aprueban, facilitan. La información que llega a ellos tanto solicitudes, peticiones, etc. Ellos son los que aprueban si el servicio, el proyecto, la acción se realiza. Tomando en cuenta las opiniones de todas las comunidades para evitar conflictos. Para brindar con sus decisiones bienestar y seguridad.
 Capitulo II: consejo ejecutivo
· Art 27, 28, 29, 30, 31: el consejo ejecutivo es el que se encarga de defender a la comunidad ante el parlamento comunal legalmente de los cuales esta divide en comités con distintas áreas. Los cuales estas áreas apoyan a la ACPD porque es un derecho humano para la salud de una persona, como también optar por ese servicio que se necesita para los discapacitados y la comunidad en general brindándoles una seguridad sanitaria y una igualdad humana.
 Capitulo III: consejo de planificación comunal
· Art 32, 33, 34, 35, 36: el consejo de planificación comunal es importantes porque son quienes se encargan de unir a los consejos comunales para planificar los proyectos a futuro. Teniendo la participación de la comunidad, donde la ACPD interfiere porque al elegir nuevos proyectos en la comunidad seria intervenir para centros de atención a los discapacitados, centros médicos o transportes para traslado a centros médicos cercanos entre otros proyectos sobre la salud.
Capítulo V: banco comunal 
· Art 40, 41, 42, 43, 44: el banco de las comunas es quien aprueba financieramente, la ACPD se ve favorecida puesto que la atención a discapacitados en la comunidad es un proyecto de salud necesario para todas las comunidades integradas en la comuna.

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