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MÓDULO 4 – ACTIVIDAD 4
Aspectos Positivos Aspectos Negativos
Si las partes realizan un instrumento privado, no 
queda concluido el contrato de cesión de 
herencia, pero tiene validez como contrato en 
que las partes se obligan a realizar la escritura 
pública.
Debe ser realizado por escritura pública y su 
contenido es incierto hasta el momento de la 
partición, tanto de los bienes como de las deudas.
El cesionario es un sucesor a título singular que 
recibe los bienes por un acto entre vivos.
El contrato de cesión de derechos hereditarios es 
aquel que le permite al heredero transferir, en 
forma indeterminada, la totalidad o una parte 
alícuota de la herencia, sin individualizar los 
bienes que la componen.
La regla es que el administrador no está obligado 
a garantizar el cumplimiento de sus obligaciones 
salvo por ejemplo que le imponga tal obligación 
el testador, si el administrador no constituye la 
garantía o no lo hace en el plazo fijado, será 
pasible de remoción del cargo.
Lo transmitido son los derechos y obligaciones 
derivados de la calidad de heredero. Se cede el 
activo relicto, gravado con las deudas.
Es función del administrador judicial continuar el 
giro normal de los negocios del causante.
Cualquier interesado puede pedir al juez que 
remueva al administrador tanto por mal 
desempeño del cargo como por imposibilidad de 
ejercerlo
La declaratoria de herederos es el 
pronunciamiento judicial por el cual se reconoce 
el carácter de heredero legítimo.
El administrador podrá exigir que se le restituyan 
los gastos necesarios y útiles que debió efectuar 
en el ejercicio de su función.
Es una resolución judicial, de carácter 
declarativo, que no causa estado.
Es importante destacar que por su propio 
carácter la declaratoria no hace cosa juzgada, a 
pesar de tratarse de una sentencia.
La declaratoria solo comprende a los herederos 
que han aceptado la herencia.
La partición implica un conjunto de actos 
complejos que requieren la intervención de una 
persona idónea para llevarla a cabo, como es el 
partidor.
Es oponible a terceros en el sentido de que 
constituye el título que acredita la adquisición 
hereditaria y permitirá esa adquisición erga 
omnes.
El acuerdo de realizar partición privada debe ser 
unánime; en consecuencia, basta que uno sólo se 
oponga para que deba ser realizada judicialmente
Es el acto que hace concluir la comunidad 
hereditaria por medio de la distribución del 
activo neto hereditario.
En los supuestos en que procede la partición 
judicial, la inobservancia de este modo provoca la
nulidad de la partición.
Con la partición, opera la materialización de la 
cuota hereditaria, traducida en bienes 
determinados sobre los cuales cada heredero 
adquiere derechos exclusivos.
La falta de confección del inventario en el plazo 
de tres meses desde la intimación acarrea la 
responsabilidad ilimitada de los herederos.
Sólo los activos son pasibles de partición, no las 
deudas, las que se tienen en cuenta para 
determinar el activo neto partible.
Los copropietarios de la masa indivisa, los 
acreedores y legatarios pueden impugnar total o 
parcialmente el inventario y el avalúo o la 
denuncia de bienes.
Los acreedores de los herederos pueden pedir la 
partición solo por vía subrogatoria.
La partición privada puede realizarse cuando 
todos los herederos están presentes y son 
capaces; en tal caso, podrán acordar de manera 
unánime el acto y la forma de efectuarla. Pueden 
hacerla parcial o total.
La partición puede operarse en distintas formas, 
esto es: puede ser privada o judicial.
Agregados al proceso el inventario y avalúo, se 
los pondrá en conocimiento de los interesados. 
Una vez vencido el plazo de ley sin haberse 
deducido oposición, se aprobarán ambas 
operaciones sin más trámite.
La unanimidad para que pueda realizarse 
partición privada debe recaer sobre la forma de 
la partición y sobre su contenido.
El inventario constituye una reconstrucción del 
relictum y consiste en la enumeración de los 
bienes que componen la herencia. Es decir, 
implica una descripción de los bienes 
hereditarios.
Agregados al proceso el inventario y avalúo, se 
los pondrá en conocimiento de los interesados. 
Una vez vencido el plazo de ley sin haberse 
deducido oposición, se aprobarán ambas 
operaciones sin más trámite.

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