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Marye -Primer Parcial Penal II – Unidades 1 a 9 
Acac 
 
 
Actualizado por: 
*Emanuel... 
 
 
 
Fecha de actualización: 
24/05/18 
 
1.1. (3.3.2) El delito de lesiones dolosas leves admite los siguientes medios de comisión: 
La utilización de medios morales o materiales, violentos o no violentos, que causen un daño en el 
cuerpo o la salud de la victima 
1.1. El fundamento del agravante del homicidio calificado en razón del modo, cometido con alevosía, 
radica en que: 
El autor demuestra pre ordenación para actuar sin riesgos, de manera tal de asegurarse no ser repelido 
por la reacción de la víctima o terceros. 
1.1. (5.1) En los delitos contra el honor -calumnias o injurias- el bien jurídico penalmente protegido 
consiste en: 
El honor de las personas físicas de cualquier sexo, edad y condición. 
1.1. (3.1.2) El delito de aborto doloso se agrava si: 
Es seguido de la muerte de la mujer embarazada, como consecuencia de las maniobras abortivas 
practicadas por un tercero, hayan sido o no consentidas por ella. 
1.1. En el delito de aborto doloso, practicado por un tercero, se considera que la mujer capaz presta su 
consentimiento si: De manera expresa o tácita acepta someterse a las maniobras abortivas. 
1.1. (3) Desde el punto de vista subjetivo, para la consumación de los delitos contra el honor, calumnias 
e injurias, el sujeto activo debe… 
Saber sobre el carácter ofensivo de sus expresiones y querer agraviar a la víctima con su conducta 
1.1. (2.2.5) EL homicidio calificado en razón del vínculo entre el autor y la víctima se verifica cuando el 
sujeto activo… 
Matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una 
relación de pareja, mediare o no convivencia; sabiendo que lo son. 
1.1 (4.1.1) El delito de abuso de armas, bajo la modalidad de disparo de arma de fuego, requiere para 
su configuración típica que: El sujeto activo dispare un arma de fuego en dirección a una o varias 
personas determinadas o indeterminadas. 
1.1. El sujeto activo del delito de homicidio simple puede ser: 
Una persona de cualquier sexo que mate a otra persona de uno u otro sexo, sin ninguna vinculación con 
la víctima. 
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1.1. (3.1) El resultado típico en el delito de aborto doloso consumado, consiste en: 
La muerte del feto, causada por la madre o por un tercero con o sin el consentimiento de ella, siendo 
indistinto el medio utilizado 
1.1. (4.3.1) De acuerdo a lo previsto por el Código Penal, el sujeto pasivo en el delito de Omisión de 
auxilio, debe ser: 
Persona menor de 10 años; o persona herida o inválida, o una persona amenazada de un peligro, que se 
encuentren perdida o desamparadas. 
1.1. Para que se considere consumado un homicidio atenuado preterintencional, el Código Penal 
requiere que: 
El sujeto activo haya provocado la muerte de una persona, como resultado de una conducta realizada 
solo con la intención y voluntad de causarle un daño en el cuerpo o en la salud, mediante un medio que 
no debía razonablemente ocasionarle la muerte. 
1.1. José, de 28 de años de edad, decide matar a su amigo Carlos de 25 de años de edad, porque hace 
mucho tiempo le tiene envidia por su belleza, aceptación social e inteligencia. Para ello, lo va a visitar a 
su domicilio, se inicia una discusión entre ambos y finalmente José extrae de su cintura un cuchillo tipo 
carnicero, con el que le asesta una puñalada en el abdomen de Carlos, provocando su muerte 
inmediatamente. ¿En qué delito tipifica penalmente la conducta de José? 
Homicidio simple 
1.1 El derecho penal sustantivo se divide en parte general y parte especial. ¿Desde una óptica material 
cuál es el contenido y la relación entre ambas partes? 
La parte especial determina los tipos delictivos y establece las sanciones penales correspondiente: 
mientras que la parte general contiene diversas disposiciones de carácter general cuya función 
primordial es siempre complementar aquellos tipos delictivos. 
1.1.1. Contiene las reglas necesarias para aplicar la otra parte, son las regulaciones que puede ofrecer 
interés para la totalidad de los preceptos penales. 
Derecho Penal General 
1.1.1. ¿A que hace referencia esta frase? ...Es la parte del Derecho Penal que contiene las reglas 
generales para aplicar la otra parte, son las regulaciones que puede ofrecer interés para la totalidad de 
los preceptos penales. Derecho Penal Parte General 
1.1.1. Contiene el catálogo de delitos, sus penas y sus principios especiales. ¿A qué hace referencia esta 
frase? Derecho Penal Especial 
1.1.3 ¿Cuál es la fuente constitucional del delito? Los poderes delegados a la nación 
1.2. ¿Cuándo se consuma el delito de instigación? Con la instigación misma 
1.2. En la instigación, el instigador: Responde penalmente 
1.2.1 Los criterios de valor utilizados por el legislador en su plan político criminal, los cuales no son 
perceptibles por medio de los sentidos. ¿A qué corresponde la definición? Parte normativa. 
1.2.1. Aquello de lo que se vale el sujeto activo para llevar a cabo la acción según el tipo respectivo. ¿A 
qué corresponde esta definición? Medio 
1.2.1. ¿Cuáles son los elementos estructurales que comprende el tipo? 
 Conducta típica, sujeto, objeto, situación típica 
1.2.1. Es el agente, quien realiza el tipo ¿A que corresponde esta definición? Sujeto Activo 
1.2.1. Las circunstancias que determina la punibilidad de la parte objetiva de ciertos tipos o condicionan 
su atenuación o agravamiento ¿a que corresponde esta definición? 
 Modalidades de la acción (Denominada La situación típica) 
1.2.1. ¿Cuáles son las grandes categorías de los delitos? Contra bienes jurídicos individuales y colectivos. 
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1.2.1. Es la unidad psico-corporal, cosa, valor social o económico sobre la que hace recaer físicamente la 
acción del sujeto activo. ¿A qué corresponde esta definición? Objeto material 
1.2.1. ¿Qué podemos distinguir en el marco de la conducta típica? 
Una parte subjetiva y una objetiva, y en algunos supuestos normativa 
1.3. ¿Qué elemento del delito encierra la esencia del principio de legalidad? Tipo. 
2.1. Cuando el sujeto que realiza la conducta conoce que probablemente se produzca el resultado típico 
y no deja de actuar por ello. ¿A qué corresponde esta definición? Dolo eventual 
2.1. Cuando la acción o el resultado típico constituyen el objetivo perseguido por el sujeto ¿A qué 
corresponde esta definición? Dolo directo 
2.1. Cuando abarca los resultados no queridos directamente por el autor, pero que aparecen unidos de 
modo necesario e ineludible al resultado comprendido en la intención del sujeto. ¿A qué corresponde 
esta definición? Dolo indirecto 
2.1.1. Bajo el título “delitos contra las personas”, el Código Penal protege: 
 La vida y la integridad personal de la persona física. 
2.1.1 El bien jurídico penalmente protegido por la norma que tipifica el delito de Homicidio es: 
La vida humana, desde el nacimiento con vida de una persona. (verificado con foto fecha 23/05/18) 
La vida humana, desde que nace una persona, sea viva o muerta (no) incorrecta 
2.1.1. El Derecho Penal protege la vida humana: Cuando su extinción es obra de terceros 
2.1.1. En los delitos contra la vida, no sólo es vida humana protegida penalmente la del ser 
orgánicamente desarrollado sino también: 
 El funcionamiento vital del organismo subsistente por las condiciones naturales y medios artificiales en 
ambos casos con posibilidad de vida 
2.1.1. ¿Qué clase de vida protegen los delitos contra la vida? Protección a la vida humana 
2.1.1. ¿Para la ley penal argentina desde qué momento la vida existe? 
Desde el momento de la concepción en el seno materno. 
2.1.1. La muerte para la ley es un concepto: Definido legalmente. 
2.1.1. El delito admite: Conducta de comisión, omisión u omisión impropia.2.1.2. En el capítulo de los delitos contra la vida ¿cuándo es protegida la vida? 
Cuando la vida este en el seno de la mujer, cualquiera sea el medio empleado para lograr la 
concepción. 
2.1.3. ¿Cuál es la influencia de la ilustración en el derecho penal? 
Influye en la elaboración del derecho penal de garantía 
2.2.1. José, de 28 de años de edad, decide matar a su amigo Carlos de 25 de años de edad, porque hace 
mucho tiempo le tiene envidia por su belleza, aceptación social e inteligencia. Para ello, lo va a visitar a 
su domicilio, se inicia una discusión entre ambos y finalmente José extrae de su cintura un cuchillo tipo 
carnicero, con el que le asesta una puñalada en el abdomen de Carlos, provocando su muerte 
inmediatamente. ¿En qué delito tipifica penalmente la conducta de José? Homicidio Simple
2.2.1. Eusebio, ha cumplido 23 años y sale de caravana con los amigos. Para probar ante sus amigos sus 
destrezas en el manejo comienza a conducir por encima de los 100 km/h, en Nueva Córdoba y siendo 
sábado por la noche, pasando los semáforos en rojo y menospreciando cualquier eventualidad trágica 
que imagina puede ocasionar. En la intersección de las calles Dámaso Larrañaga e Independencia 
atropella a una mujer causándole la muerte en forma inmediata. El antecedente es un caso de…. 
Homicidio simple 
 
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2.2.1. Un grupo de personas se reúne en un bar con el objeto de mirar un partido de fútbol. Tras 
culminar el partido, Pedro comienza a discutir con Pablo, un hincha del equipo contrario al suyo. En 
dicha discusión interviene Marcos y posteriormente Pedro, en su enojo, mata a Pablo. La conducta de 
Pedro encuadra en la figura: Homicidio simple. 
2.2.1. El Derecho Penal protege la vida humana: Cuando su extinción es obra de un tercero. 
2.2.1. Aníbal se quiere matar y a dichos efectos le pide a Carlos su amigo de toda la vida que le pegue 
un tiro. Carlos primero se resiste y luego en atención a los motivos que le expresa su amigo asiente a 
matarlo y así lo hace. Carlos responde por homicidio simple. 
2.2.1 La figura de homicidio: Admite conducta de comisión, omisión u omisión impropia 
2.2.1. ¿En cuál de los siguientes se ha roto el curso causal de la acción criminal cuyo resultado final fue 
la muerte? La víctima es herida con arma de fuego, superficialmente en su hombro. Al ser intervenido 
indebidamente se produce su deceso por un síncope local para suturarle la lesión el muerto era 
enfermo grave del corazón 
2.2.1. Sujeto activo de un homicidio: solo puede ser otro ser humano 
2.2.1. ¿En cuál de los siguientes supuestos no existe relación de causalidad entre la acción del agente y 
el resultado? José hiere gravemente con un puñal a Juan, este es trasladado al hospital donde contrae 
un virus desconocido que luego de una semana lo mata 
2.2.2. Inés una joven de 21 años y de escasos recursos económicos, ha sido violada y fruto de ese acto 
ha engendrado un hijo. Si bien intenta interrumpir el embarazo no lo consigue por circunstancias 
diversas. En el embarazo es asistida solo por su madre y al momento del nacimiento, una vez que el 
niño se separó completamente del cuerpo de la madre, y ante el descuido de su asistente, lo asfixia hasta 
matarlo. Se trata de un caso de homicidio calificado por el vínculo. 
2.2.2. En la agravante por alevosía se exige... 
Que el agente preordene su actividad de modo que no surja riesgos o peligros graves en contra de su 
persona. 
2.2.2. Se califica el homicidio por el vínculo cuando se mata: 
Al ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido 
una relación de pareja, mediare o no convivencia. 
(justificación: art. 80. inc. 1 (ley 26.791 (B.O.) 
Al ascendiente, descendiente cónyuge y afin en línea recta (no) incorrecta 
2.2.2. En el homicidio agravado por el uso de veneno, ¿cuál es el fundamento del agravante? 
Menor defensa de la víctima ante la insidia en el uso del veneno 
2.2.2. El autor no es arrastrado al delito por su voluntad, sino que la conducta de la víctima, que 
lesiona sus sentimientos, lo impulsa a cometer el delito dificultando el pleno dominio de sus acciones. 
¿A qué corresponde esta definición? Homicidio en estado de emoción violenta 
2.2.2. Cuando el autor de abuso sexual mata a la víctima para que no lo denuncie comete… 
Un abuso sexual y un homicidio calificado en concurso real 
2.2.2. El agravamiento tiene su basamento en la crueldad, tanto objetiva como subjetiva, de la conducta 
del autor, que imprime a la víctima sufrimiento innecesario. ¿A qué corresponde esta definición? 
Homicidio con ensañamiento 
2.2.2. El agravamiento tiene su basamento en que el autor deliberadamente somete a la víctima a 
sufrimientos físicos innecesarios, como por ejemplo. Homicidio con ensañamiento 
2.2.2. Mata con ensañamiento el que: Somete a la víctima a sufrimiento físico innecesario 
2.2.2. En este caso el autor prepara, preordena su conducta a los fines de cometer el homicidio, 
evitando poner en riesgo su integridad, su persona, neutralizando tanto la posible reacción de la 
víctima como de terceros. ¿A qué corresponde esta definición?: Homicidio con alevosía. 
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2.2.2. Mata con alevosía el que… Preordena su conducta para matar sin peligro para su persona. 
2.2.2. El homicidio se agrava al que matare para preparar, facilitar, consumar y ocultar otro delito o 
para asegurar sus resultados o procurar la impunidad para sí o para otro o por no haber logrado el fin 
propuesto al intentar otro delito. ¿A qué corresponde esta definición? 
Homicidio criminis causa 
2.2.2. Juan y Pedro deciden robar un comercio céntrico, al momento de perpetrar el hecho son 
sorprendidos por un policía quién al verlos intenta detenerlos. En ese preciso momento Pedro saca un 
arma y le dispara a la cabeza dos veces provocándole la muerte. Luego se dan a la fuga impunemente. 
El antecedente es un caso de: 
 Robo y homicidio criminis causa. 
2.2.2. En la agravante de homicidio por pluralidad de agentes, es necesario que los agentes: 
Hayan preordenado sus conductas para matar en conjunto. 
2.2.2. En cuál de los siguientes casos no es aplicable la agravante por el vínculo (art.80 inc. 1): 
Luis, esposo de Carolina decide darle muerte, para ello ingresa a la vivienda que ambos compartían y 
aprovechando que Carolina dormía en el lecho matrimonial, le aplica una puñalada produciéndole la 
muerte. No obstante al quitar la sábana determina que la ocupante era la amiga de ésta, quien había 
llegado de visita y por lo tardío de la hora se quedó a dormir, cediéndole Carolina su cama 
2.2.2. Juan odia a los judíos, incluso en más de una oportunidad ha protagonizado incidentes con 
personas de este origen. En la mañana concurre a un gimnasio donde también asiste Samuel, quien 
precisamente es de origen judío, ambos no se conocen. Durante la clase de gimnasia Samuel se burla 
de Juan quien al finalizar la clase lo intercepta en el vestuario, le propina una golpiza y como 
corolario empleando una pesa de 2kg. le aplica un fuerte golpe en la nuca, que le produce a Samuel la 
muerte inmediata. ¿Cómo califica Ud. el hecho? Homicidio simple. 
2.2.2. En un asalto al banco, uno de los ladrones mata al policía que se resiste en el lugar. ¿Concurre la 
agravante del art. 80 inc.7? Señale la opción que corresponde: 
No se da la agravante porque sólo se trata de una acción resultante de los actos realizados por el ladrón 
para robar, propios del delito de robo 
2.2.2. Una pareja mantiene una relación sexual; en ella desarrollan un juego amoroso por el cual 
ambos se excitan al propinarle la mujer al hombre castigos corporales. Para ello emplea un látigo y su 
propia mano, infiriéndole en el rostro cachetadas. En el momento culminante de la relación, la mujer 
usando una navaja le infiere una herida profunda enel cuello que le produce al hombre su inmediata 
muerte. ¿Cómo califica Ud. el hecho? Homicidio Simple. Homicidio preterintencional 
2.2.3. La emoción violenta como atenuante significa: Conmoción violenta del estado psíquico del autor 
producido por una ofensa de la víctima. 
2.2.3 Desde el punto de vista subjetivo, ¿Qué es el homicidio preterintencional? 
Un homicidio con dolo de lesión. 
2.2.3. En el homicidio en estado de emoción violenta, el mismo debe responder a una causa ¿de qué 
origen? Extraña al autor y eficiente 
2.2.3. ¿Cuál es la naturaleza del Homicidio en estado de Emoción Violenta? 
Es una atenuación de la criminalidad. 
2.2.3. Producto de una discusión política, Pedro se pelea con Armando propiciándole golpes de puño, 
que primero le causan moretones en el cuerpo y luego cuando la lucha se enfurece más le acierta un 
golpe en la sien que lo termina matando. El antecedente es un caso de homicidio: Preterintencional. 
2.2.3. Según esta definición: El que con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, 
produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente 
ocasionarla. ¿Qué delito comete el autor? 
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Homicidio preterintencional /(cotejada con foto) 
 Homicidio Culposo. (no incorrecta) 
2.2.4. ¿Cuál es el elemento subjetivo del tipo en el parricidio? Conocer el vínculo de parentesco. 
2.2.4. ¿Cuál es el efecto que causa la declaración de un homicidio atenuado en razón del vínculo? No 
tiene efecto alguno 
2.2.5. EL homicidio calificado en razón del vínculo entre el autor y la víctima se verifica cuando el 
sujeto activo… 
Matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una 
relación de pareja, mediare o no convivencia; sabiendo que lo son. 
2.2.5. El homicidio culposo se configura cuando se vincula la conducta con la muerte por: 
Negligencia, impericia, imprudencia, inobservancia de los deberes o reglamentos a su cargo 
2.2.5. Un amigo le pega un tiro a otro por pedido de éste: Homicidio simple 
2.2.5. Es la culpa profesional. ¿A qué corresponde esta definición? Impericia 
2.2.5. ¿Para qué se considere ayuda al suicidio, qué es necesario? 
Que se haya tentado o consumado el suicidio 
2.2.6. La ayuda al suicidio es punible: Cuando el suicido se ha tentado o consumado. 
2.2.6 La ayuda al suicidio en qué consiste: 
La ayuda implica un modo material de intervención en el suicidio de otro implica actos de cooperación 
para que la persona que determinó suicidarse. Esta “ayuda” no incluye actos sobre el cuerpo de la 
víctima que impliquen acción de matar. Hace el nudo de la soga- pero no patea la silla (eso ya es 
homicidio) 
2.2.6. En qué consiste la instigación al suicidio: 
Es un modo de intervención moral en el suicidio de otra persona, consiste, en el despliegue de actos que 
inducen a la víctima a suicidarse. La instigación requiere la determinación consciente y voluntaria de la 
víctima. 
2.2.6. En qué consiste la instigación al suicidio: En la intervención moral en el suicidio de otro. 
3. Desde el punto de vista subjetivo, para la consumación de los delitos contra el honor –calumnias e 
injurias – el sujeto activo debe: 
Saber del carácter ofensivo de sus expresiones y querer agraviar a la víctima con su conducta. 
3.1. El resultado típico en el delito de aborto doloso consumado, consiste en: 
La muerte del feto, causada por la madre o por un tercero con o sin el consentimiento de ella, siendo 
indistinto el medio utilizado 
3.1.1. En el aborto se protege: Al feto dentro del seno materno concebido por medio artificial o natural 
3.1.1. María tiene 16 años de edad, se ha enterado que está embarazada de tres meses y le ha contado a 
Rosa, su madre, la que decidió que María No debe tener ese niño. A tal fin, Rosa llevó a María a la casa 
de una vecina del barrio, de nombre Ana, que se dedica a practicar abortos. Una vez en el domicilio de 
Ana, María comenzó a llorar e intentó escaparse pero tanto Ana como Rosa sujetaron a María de los 
brazos y la obligaron a recostarse sobre la camilla. Como consecuencia de las maniobras realizadas por 
Ana, resultó la muerte del feto. ¿En qué delito tipifica la conducta de Ana? 
Aborto doloso causado por tercero, sin consentimiento de la víctima. 
3.1.1. El aborto es la interrupción del embarazo de la mujer debido a la muerte del feto, causado por: 
La madre o un tercero 
 
 
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3.1.1. ¿Cuál de los siguientes profesionales NO está contemplado en la figura del aborto profesional 
punible? 
Ninguna es correcta. 
(Médico, cirujano, partera, farmacéutico) 
3.1.1. Para que exista el delito de aborto: El feto debe.... 
3.1.2. El aborto preterintencional… 
Solo puede ser causado por un tercero que tenía conocimiento del embarazo. 
3.1.2. ¿A qué hace referencia la siguiente definición? No es punible si fue realizado con el fin de evitar 
un peligro para la vida o la salud de la madre, si este peligro no pudo ser evitado por otros medios 
menos dañosos. Aborto necesario o terapéutico. 
3.1.2 El delito de aborto doloso se agrava si: 
 Es seguido de la muerte de la mujer embarazada, como consecuencia de las maniobras abortivas 
practicadas por un tercero, hayan sido o no consentidas por ella. 
3.1.2. Juana decide practicarse un aborto, saca un turno y se interna en la clínica, ya en la sala es 
acostada en la camilla y se le aplica anestesia para poder así someterla al empleo de medios abortivos. 
Su médico arriba y le pregunta antes de dormirse si desea aun hacerlo, a lo que Juana le dice que no 
desea proseguir con el tratamiento abortivo. ¿Cuál de estas afirmaciones es válida? Su retractación es 
útil habida cuenta que no se habían iniciado las maniobras abortivas. 
3.1.2. Lucrecia cuya edad es de 18 años, le paga a una curandera diplomada para que le realice un 
aborto lo cual así sucede, produciéndose posteriormente... ¿Qué delito cometió la curandera? Aborto 
causado por un tercero con consentimiento 
3.1.2. En qué supuestos procede la agravante del aborto (885 inc.1). El aborto sin conocimiento de la 
mujer seguido de su muerte. 
3.1.2. El aborto producido por un tercero no es punible: 
Si provino del embarazo de una violación o de un atentado al pudor de una mujer idiota o demente, 
con el consentimiento del representante de la incapaz. 
3.1.3. La tentativa de un aborto: No es punible para la mujer 
3.1.3 La tentativa de aborto realizada por la propia mujer: No es punible para la mujer. 
3.1.3. ¿Cuál es el régimen para la mujer que intenta causar su propio aborto? No es punible 
3.1.3 Una mujer embarazada intenta efectuarse, sin la ayuda de nadie, un aborto, pero como resultado 
de su acción el mismo no se consuma, quedando su conducta en grado de tentativa. ¿Cuál es el 
reproche penal que se le puede achacar a esa persona? 
 Ninguno, porque no es punible la tentativa de aborto causado por la propia madre. 
3.1.3. Juan, médico de Luisa, que está enferma, le informa que puede ser tratada pero por temor, 
consciente que el médico le practique un aborto. Aborto consentido, no punible para el médico. 
3.1.3. Una mujer médica discute con una amiga que está embarazada de un mes, lo sabe y pierde el 
embarazo... Aborto preterintencional 
3.2. ¿Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de lesiones? Derecho a la incolumidad de su 
cuerpo y su salud 
3.2.1 Cortarle el pelo o la uñas contra su voluntad a alguien: No es lesión, puede constituir una injuria 
de hecho 
3.2.1. La autolesión: No es punible. 
3.2.1. ¿Cómo califica Ricardo Núñez a las lesiones al feto, sin intención de aborto? Atípicas 
3.2.1. La ayuda de la autolesión por parte de un tercero: No es punible. 
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3.2.1. Cortarle el pelo contra la voluntad a alguien. No es delito 
3.2.1. ¿Qué es el abortosentimental? Producido por violación de una mujer no demente ni idiota 
3.2.1. El delito de lesiones protege: La incolumidad de cuerpo y salud 
3.2.2. El delito de lesiones: 
 Se agrava por iguales causales que las establecidas para el homicidio en el art. 80 del cp. 
Justificacion: Ricardo C. Nuñez. Porque es lo que establece el art. 92 del C. P. (norma de referencia) 
Se agrava por guales causales que el homicidio y por la muerte (no) incorrecta 
3.2.2. En una intervención quirúrgica es necesario amputar un miembro a Pedro, quien se opone a que 
ello se produzca. Sin embargo, y concurriendo una urgencia en el caso, el médico le inyecta anestesia y 
a fin de salvarle la vida, lo opera amputándole el brazo derecho. ¿A qué situación se hace referencia en 
este caso? Estado de Necesidad. 
3.2.2 Implican perdidas funcionales de carácter definitivo. ¿A que corresponde esta definición? 
Lesiones gravísimas. 
3.2.2. El delito de lesiones dolosas leves admite los siguientes medios de comisión: 
La utilización de medios materiales o morales, violentos o no violentos, que causen un daño en el cuerpo 
o en la salud de la víctima. 
3.2.2. ¿Cuáles son los conceptos fundamentales en la figura de las lesiones graves? 
 El debilitamiento y la permanencia. 
3.2.2. Son debilitamientos funcionales permanentes (no perpetuos), comparado con el estado anterior 
que gozaba la víctima. ¿A que corresponde esa definición? Lesiones graves. 
3.2.2 El autor provoca una lesión que produce un debilitamiento permanente de la salud, de un sentido 
u órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o si hubiere puesto en peligro la 
vida del ofendido, lo hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una 
deformación permanente del rostro. ¿A qué tipo de delito hacemos referencia? Lesiones graves. 
3.2.2. El sujeto pasivo ha sufrido una lesión que le produjo una deformación permanente del rostro 
¿Cómo califica usted el hecho? Lesiones Graves. 
3.2.2. Las lesiones leves inferidas por una patota, son susceptibles de ser perseguidas: De oficio. 
3.2.2. ¿A qué se refiere el peligro de vida al que alude la figura de las lesiones graves? 
Al efectivo peligro de muerte de la víctima a causa de la lesión. 
3.2.2. El sujeto pasivo sufre una lesión que le produce una parálisis total irrecuperable de las dos 
piernas: Lesiones gravísimas. 
3.2.2. Son lesiones gravísimas cuando se produce una enfermedad mental o corporal, cierta o 
probablemente incurable: 
La inutilidad permanente para el trabajo, la pérdida de un sentido, de un órgano, de un miembro, del 
uso de un órgano o miembro, de la palabra o de la capacidad de engendrar o concebir. 
3.2.2. Uno le pega un tiro a otro y éste pierde un ojo: Lesiones Graves 
3.2.3. Es la alteración de la contextura física de modo que se altere su conformación corporal. Puede 
ser interno o externo y no es necesario que cause un perjuicio a la víctima. ¿A qué corresponde esta 
definición? Daño en el cuerpo 
3.2.3. Es una figura subsidiaria de “delito contra la integridad o incolumidad del cuerpo y la salud de las 
persona”, siempre que no integre otro delito. ¿A qué corresponde esta definición? Lesiones leves 
3.2.3. Implican pérdidas funcionales de carácter definitivo. ¿A qué corresponde esta definición? 
Lesiones gravísimas 
 
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3.2.3. Son debilitamientos funcionales permanentes (no perpetuos), comparado con el estado anterior 
que gozaba la víctima. ¿A que corresponde esa definición? Lesiones graves. 
3.2.3. Las lesiones leves se persiguen: Por acción dependiente de instancia privada 
3.2.3. ¿Cómo es el régimen de persecución penal de lesiones? 
 Graves y gravísimas son perseguibles de oficio, las leves son dependientes de instancia privada 
3.3.1.Es un acontecimiento recíproco (ataque y defensa de todos los intervienes) que impide poder 
individualizar al autor de las lesiones o muerte. ¿A que corresponde esa definición? Riña. 
3.3.2. ¿Cuál de estos supuestos no constituye una condición para la procedencia del homicidio y 
lesiones en riña? Que en ella haya preordenación de parte de los agresores 
3.3.2 ¿Cuál de los siguientes requisitos es exigido por el delito de homicidio o lesiones en riña, con 
resultado mortal o lesivo? 
Que en ella tomen parte tumultuosamente, como recíprocos agresores, más de dos personas. 
4.1. ¿Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de abusos de armas? Peligro real para la seguridad 
4.1. En el abuso de armas se requiere: Que el arma sea disparada en contra de una persona. 
4.1. Ernesto es fanático de fútbol y además hincha de Belgrano. Concurre a un bar para ver jugar a su 
equipo en contra de “Boca”. Como gana Boca, Ernesto no lo soporta y saca de su cintura un arma de 
fuego con al que empieza a disparar en contra de los hinchas de Boca, y afortunadamente solo logra 
rozar con una bala a uno de ellos produciéndole una excoriaron menor. Abuso de armas. 
4.1. Una escopeta inutilizada por antigüedad. Puede ser un arma dependiendo de cómo se la use 
4.1.1. ¿Cuáles de las siguientes es un arma de fuego? Revolver. 
4.1.1. El delito de abuso de armas, bajo la modalidad de disparo de arma de fuego, requiere para su 
configuración típica que: 
El sujeto activo dispare un arma de fuego en dirección a una o varias personas determinadas o 
indeterminadas. 
4.1.1. Pedro con la intención de matar, compra un arma, concurre a la casa de Juan y espera 
pacientemente que aquél salga para concurrir a su trabajo, momento en el cual le dispara hiriéndolo 
gravemente, ocasionándole la pérdida de un ojo ¿Qué calificación corresponde? 
 Tentativa de homicidio. 
4.1.1. El abuso de arma de fuego es un delito: De peligro. 
4.1.1. El abuso de arma de fuego es un delito: De peligro, también es un delito formal 
4.1.1. ¿Cuál es el fundamento objetivo del principio de legalidad? La infracción a la ley del Estado 
4.1.1. Disparo de arma de fuego: 
Requiere dolo directo o eventual y admite tentativa. Disparar un arma de fuego contra una persona sin 
herirla o que le causare herida a la q corresponda pena menor siempre q el hecho no importe un delito 
más grave. (Puede ser objetiva y subjetiva) 
4.1.2. ¿Por qué se incrimina el disparo con arma de fuego y la agresión con arma? 
Por el peligro real que esas conductas implican para la seguridad de las personas. 
4.1.2. Debe entenderse por arma, en sentido propio: 
Los instrumentos destinados al ataque o a la defensa 
4.1.2. El delito de lesiones procede: Por acción dependiente de instancia privada 
4.1.2. En el tipo de exposición a peligro mediante desamparo se requiere: 
La existencia de un peligro real, el resultado califica 
 
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4.1.2 ¿A qué hace referencia la siguiente definición? Son los instrumentos susceptibles, mediante su 
uso, de aumentar el poder ofensivo del hombre o de ser utilizados defensiva u ofensivamente por éste. 
Armas impropias. 
4.1.2. Los instrumentos destinados para el ataque o defensa. ¿A qué corresponde la definición? 
Arma propia 
4.1.2. Es un tipo de arma que dispara proyectiles en virtud de un mecanismo de explosión. ¿A qué 
corresponde la definición? Arma de fuego 
4.2 El delito de abandono de personas, en sus tres modalidades, exposición a peligro de una persona, 
colocándola en situación de desamparo; abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a 
la que debe mantener o cuidar: a la que el mismo autor haya incapacitado, se agrava si, como 
consecuencia directa del abandono, resultare un grave daño en el cuerpo o en la salud de la víctima. 
En esta figura delictiva, el grave daño consiste en: 
La configuración de un perjuicio de identidad importante, que puede o no estar previsto en los art. 90, 
91 o 92 del Código Penal 
4.2. El bien protegido en el delito de abandono de persona es: La seguridadpersonal de los individuos 
4.2. El capítulo de abandono de personas incluye delitos sustancialmente diferentes. ¿Cuáles son? 
Exposición a peligro mediante desamparo, exposición a peligro por abandono a su suerte, omisión de 
auxilio 
4.2. El delito de abandono de personas incluye delitos sustanciales diferentes. ¿Cuáles son? 
Exposición a peligro mediante desamparo, exposición a peligro por abandono a su suerte, omisión de 
auxilio. 
4.2.1. La figura básica del abandono de persona: 
Requiere la puesta en peligro del bien jurídico protegido 
4.2.1. En el tipo de exposición a peligro mediante desamparo se requiere: 
La existencia de un peligro cierto, en el que éste constituye el resultado típico, y que se consuma en el 
momento en el que el mismo se produce. 
4.2.2. Roberto sale de vacaciones con la intensión de hacer turismo aventura, el lugar seria el 
impenetrable del Chaco donde casara pumas y jabalíes, firman contrato por el cual Manuel lugareño 
y guía lo acompañara en todo momento hasta el regreso. A los dos días de viaje el lugareño lo deja solo 
una noche y sin comida. Roberto desconoce el lugar y no sabe cómo volver a la civilización. Esta 
perdido y solo en un lugar inhóspito. El antecedente es un caso de: 
Exposición a peligro mediante desamparo. 
4.2.2. ¿Quiénes pueden ser sujetos activos del delito de Exposición a peligro por abandono de un 
incapaz a su suerte? Solo son las personas vinculadas por un deber jurídico. 
4.2.2 En el tipo de exposición a peligro de una persona a su suerte, el sujeto pasivo: 
Debe ser un incapaz de valerse al que el autor deba cuidar o que el autor haya incapacitado 
4.3. En orden a qué delitos se refiere el art. 4 CP cuando declara al CP como legislación supletoria: 
Las contravenciones federales. 
4.3.1. De acuerdo a lo previsto en el Código Penal, el sujeto pasivo en el delito de Omisión de auxilio, 
debe ser: Persona menor de diez años que se encuentre perdida o desamparada, o persona herida o 
inválida; o una persona amenazada de un peligro cualquiera. 
 
 
 
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4.3.1. ¿En cuál de los siguientes supuestos concurre la figura de omisión de auxilio? 
"A" encuentra perdido en un campo y en horas de la noche a un niño de ocho años, quien esta 
inmovilizado. Entre ambos no hay vínculo familiar que los une, ni tampoco "A" lo ha incapacitado. 
"A”, por tratarse horas de la noche y sin peligro para su persona que lo justificase, no lo asiste al 
menor, regresando a su casa en la Ciudad y sin dar aviso alguno. 
4.3.1. La omisión de auxilio es un tipo que: Es de pura omisión. 
4.3.2. Para establecer la validez temporal de la ley penal hay que tener en cuenta: 
Momento en que el autor produce la conducta típica 
4.3.2. En el tipo de omisión de auxilio el sujeto pasivo: 
Es un menor de 10 años o una persona herida o inválida amenazada de un peligro cualquiera. 
5. Desde el punto de vista subjetivo, para la consumación de los delitos contra el honor –calumnias e 
injurias – el sujeto activo debe: 
 Saber sobre el carácter ofensivo de sus expresiones y querer agraviar a la víctima con su conducta. 
5.1. En los delitos contra el honor -calumnias o injurias- el bien jurídico penalmente protegido consiste 
en: El honor de las personas físicas de cualquier sexo, edad y condición. 
5.1. Desde el punto de vista subjetivo, para la consumación de los delitos contra el honor –calumnias e 
injurias – el sujeto activo debe: Saber del carácter ofensivo de sus expresiones y querer agraviar a la 
víctima con su conducta. 
5.1. Es la suma de cualidades físicas, morales, jurídicas, sociales y profesionales valiosas para la 
comunidad atribuibles a las personas. ¿A qué corresponde ésta definición? Personalidad. 
5.1. ¿Cuál es la naturaleza de la exención prevista en el Art. 114 para la calumnia o injuria propagada 
por los medios de prensa? Excusa absolutoria 
5.1. El honor protege (penalmente): Las cualidades físicas, morales, jurídicas, sociales y profesionales de 
una persona, socialmente valiosa 
5.1. ¿Qué cualidades componen al honor desde un aspecto Objetivo? 
Las que al interesado le atribuyen los terceros. 
5.1. ¿Qué cualidades componen al honor desde un aspecto Subjetivo? 
Las que al propio interesado se atribuye 
5.1. ¿Quién de los siguientes sujetos no puede ser considerado víctima de una ofensa contra el honor? 
Un muerto. 
5.2.1. José, Legislador Provincial, al regresar a su domicilio una tarde, encuentra que en el tapial que 
rodea su casa han pintado varias inscripciones con las siguientes alusiones: “José, legislador corrupto”, 
firmándolo con los nombres de los vecinos que lo realizaron. La situación planteada: 
Se trata de un caso de injurias. 
5.2.1. ¿Cuándo se consuma la injuria? Al llegar a conocimiento de su destinatario o de terceros 
5.2.1. La injuria No exige: No exige un particular animus injuriandi 
5.2.1. La injuria es: La ofensa genérica del honor. 
5.2.1 Es la ofensa genérica al honor ajeno, ¿a que corresponde esta definición? Injuria. 
5.21. La Ley penal es: 
Una disposición escrita y general, emanada del órgano del Estado que constitucionalmente esta investida 
de potestad legislativa 
Una disposición escrita o no, general o particular, emanada del órgano del Estado que 
constitucionalmente está investido de potestad legislativa (no) incorrecta 
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5.2.1. En el delito de injuria puede ser sujeto pasivo: Cualquier persona. 
5.2.2. Cuando la expresión injuriosa estuviere referida a un hecho que ha dado lugar a un proceso 
penal. El querellado puede probar la veracidad de su expresión 
5.2.2. La verdad del contenido injurioso podrá probarse: Solo cuando lo establece la ley 
5.2.3. En las injurias recíprocas: 
El Tribunal puede declarar exentas de pena a las partes o a alguna de ellas. 
5.2.3. ¿A qué hace referencia la siguiente definición? Cuando una de las injurias inferidas mutuamente 
entre el querellante y el querellado, tiene su causa en la otra. Injurias recíprocas. 
5.2.3. ¿Cuál es el requisito para que las injurias sean consideradas recíprocas? 
Relación de causalidad subjetiva 
5.2.3 En las injurias vertidas por litigantes en los escritos, informes o discursos, en un juicio: No serán 
punibles, si no fueron dados a publicidad. 
5.2.3. En el proceso de injuria, el acusado: 
Podrá probar la verdad de la imputación cuando exista un interés público actual. 
5.3. En las injurias vertidas por litigantes en los escritos, informes o discursos en un juicio: 
No serán punibles si no fueron dados a publicidad 
No serán punibles (no incorrecta) 
5.3 ¿A qué delito hacemos referencia cuando indicamos que el autor cometió una falsa imputación de 
un delito a otra persona, que da lugar a una acción penal pública? Delito de Calumnias 
5.3.1. La verdad del contenido calumnioso podrá probarse: En cualquier caso. 
5.3.1 En una injuria especializada por la naturaleza de la imputación deshonrante, ¿qué hace el acusado 
al ofendido?: Deshonra 
5.3.1 En una ofensa especializada por una falsa imputación o atribución del delito que hace el autor al 
ofendido, a qué tipo delictivo hacemos referencia: Calumnia. 
5.3.1. La calumnia es: La falsa imputación de un delito que dé lugar a la acción penal pública. 
5.3.2. ¿Cuál es el régimen para las injurias en juicio? Es una excepción y no se investiga. Esto es la 
justificación de la foto: Las injurias proferidas por los litigantes, apoderados o defensores, en los 
escritos, discursos o informes producidos ante los tribunales y no dados a publicidad, quedarán sujetas 
únicamente a las correcciones disciplinarias correspondientes 
5.3.2. Concepto de injuria: el que deshonrare o desacreditare a otro, es una ofensa genérica al honor 
ajeno, es un delito doloso. 
5.4. Es el acto por el cual el culpable, arrepentido, se desdice en el juicio de la imputación injuriosa o 
calumniosa hechaal ofendido. ¿A qué corresponde esta definición? Retractación 
5.4.1 Es el acto por el cual el culpable, arrepentido, se desdice en el juicio de la imputación injuriosa o 
calumniosa hecha al ofendido. ¿A qué corresponde esta definición? Retractación 
5.4.4. La retracción en un delito de calumnia o injuria: Quedará exenta de pena, antes de contestar la 
querella o en el acto de hacerlo 
5.4.4. En el proceso de injuria, el acusado: 
Podrá probar la verdad de la imputación cuando exista un interés público actual 
5.4.4. ¿Qué acción penal nace de los delitos que ofenden el honor? Acción privada 
5.4.4. En el delito de calumnias se procede: Solo por acción privada 
 
 
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6.1. Jorge, Jefe de la Comisaria 14 de Córdoba, ha recibido fehacientemente la notificación del decreto 
del Sr. Fiscal de Instrucción, por el cual ordena la inmediata libertad del detenido Juan Pérez. Jorge 
se niega a dar cumplimiento a dicha orden, en represalia del detenido. ¿En qué delito penal encuadra 
la conducta de Jorge? Retención ilegal de detenido o preso. 
6.1 En el delito de trata de personas, mayores o menores de edad, el tipo subjetivo requiere un 
elemento especifico en el dolo del autor, consistente en la finalidad de explotación de la víctima, la que 
se puede definir como… 
La obstención de utilidades o provechos económicos provenientes de una actividad de cualquier índole, 
realizada por la victima, sin su consentimiento 
6.1. El tipo objetivo de corromper, en el delito de promoción y facilitación a la corrupción de menores 
consiste en: La depravación de la conducta sexual del menor en sus modos 
6.1. En el delito de severidades, vejaciones o apremios ilegales, los apremios ilegales consisten en: 
Tratos rigurosos propinados a un detenido con la finalidad que confiese o declare algo 
6.1. Es el derecho de las personas que tienen capacidad para expresar válidamente su voluntad, a tener 
libre y consciente trato sexual o a no tenerlo contra su voluntad y a la intangibilidad sexual. ¿A qué 
hace referencia esta definición? Integridad sexual 
6.1. La acción típica de abusar, en el abuso sexual simple, consiste en: 
Mantener un contacto físico entre el autor o un tercero con la víctima 
6.1. El aspecto del bien jurídico protegido penalmente por el delito de privación de la libertad 
individual consiste en: La libertad de las personas físicas para desplazarse de un lugar a otro, como 
para mover su propio cuerpo 
6.1. El aspecto del bien jurídico protegido penalmente por los delitos contra la integridad sexual, 
cuando el sujeto pasivo es un menor de 13 años de edad o incapaz es: 
La intangibilidad sexual 
El trato sexual normal y maduro (no incorrecta) 
6.1. El delito de amenaza simple se ve consumado materialmente: Al llegar una amenaza, idónea e 
injusta, al conocimiento de la víctima. 
6.1. Ramón modifica su voz y llama varias veces por teléfono a Ricardo, quien no lo conoce y le dice 
que “deje de cortar el césped los domingos, o la próxima vez le prenderá fuego la casa”. ¿En qué 
conducta penal encuadra la conducta de Ramón? Coacción agravada por ser anónima 
6.1 El delito de tortura se agrava si con motivo u ocasión de la misma resultare: 
La muerte de la víctima o se causaren las lesiones gravísimas previstas en el art 91 del CP 
6.1. José, muy enojado con su suegra, María, le manifiesta a los gritos “ojalá se te caiga un árbol en la 
cabeza”. ¿En qué delito penal encuadra la conducta de José? No encuadra en delito penal alguno 
(amenazas calificadas, amenazas, coacción, coacción calificada) 
6.1. María tiene 12 años de edad, y se ha enamorado de su preceptor Carlos, 25 años. Carlos, una noche 
la invitó a comer una pizza, y le dijo que la amaba. María le dijo que quería tener su primera relación 
con él y juntos fueron a un hotel, donde mantuvieron relaciones carnales. Después, Carlos llevó a 
María a su casa y al llegar, éste le confió a su madre lo sucedido, quien posteriormente hizo la denuncia 
penal. ¿En qué delito encuadra la conducta de Carlos? 
Abuso sexual con acceso carnal agravado por la educación o la guarda 
6.1. El concepto de domicilio, protegido penalmente en el delito de Violación de Domicilio, consiste en: 
El lugar donde una persona tiene su morada -fija o eventual- o casa de negocio, más sus dependencias. 
6.1. Pedro obligó a María, amenazándola con un arma en la cabeza, a que se quedara quieta, sin mover 
sus brazos y piernas durante un lapso de dos horas, durante las cuales se quedó observándola. ¿En qué 
delito penal encuadra la conducta de Pedro? 
Privación de la libertad personal, agravada por el uso de amenazas 
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6.1. El sujeto activo de un delito de abuso sexual con acceso carnal por cualquier vía puede ser: 
Toda persona cualquiera sea su sexo, masculino o femenino 
6.1. Pablo concurrió en hora de la noche a la casa de Ernesto y golpeó fuertemente la puerta, que 
estaba cerrada con llave. Al no recibir respuesta Pablo decidió patear la puerta e ingresar a la casa 
para buscar a Ernesto, ya que quería hablar urgente con él, por un tema de deudas de juego. ¿En qué 
conducta penal encuadra la conducta de pablo? Violación de domicilio 
6.1.1. La posibilidad de que las personas jurídicas sean agentes activos de un delito ha sido denegada 
porque: 
Carece de voluntad propia, su personalidad solo existe y ha sido otorgada dentro del ámbito de las 
finalidades lícitas y además sería desconocer el principio de personalidad de la persona 
6.2. El sujeto activo de un delito de Abuso sexual con acceso carnal por cualquier vía, puede ser: 
Toda persona, cualquiera sea su sexo, masculino o femenino. 
6.2. ¿En el abuso sexual cometido mediante el empleo de violencia, ¡de que puede valerse el autor? La 
amenaza o intimidación 
6.2. Los supuestos del abuso sexual son: Menor de 13 años, mediando violencia, amenazas, abuso 
coactivo, intimidación de una relación de dependencia, autoridad, o aprovechándose de la víctima de 
modo que no pueda consentir. 
6.2.1. ¿Cuál es el bien jurídico protegido en los delitos contra la integridad sexual? La libertad sexual 
6.2.1. En el tipo de abuso sexual ¿Cuál es el bien protegido? La reserva sexual de la víctima sin 
consumar o intentar la realización del acceso carnal. 
6.2.1. En el tipo de abuso sexual ¿Cuál es el bien protegido? La reserva sexual de la persona. 
6.2.1. En la explicación de la relación de causalidad, la teoría de la causalidad adecuada propones que: 
No es causa toda condición 
6.2.1. ¿En qué puede consistir un atentado a la reserva sexual de la víctima? En actos subjetiva y 
objetivamente impúdicos. 
6.2.1. El abuso sexual: Exige tocamientos o contactos corporales impúdicos. 
6.2.1. El abuso sexual exige… Tocamientos o contactos corporales del autor o de un tercero con la 
víctima. 
6.2.2. En el abuso sexual sin acceso carnal de una persona privada de sentido ¿Cuál es la razón de su 
punibilidad? Toda conducta humana voluntaria que causa un cambio en el mundo exterior. 
6.2.2. Si en el momento del hecho sufre un trastorno o una detención de sus facultades mentales que le 
impiden comprender el significado del acto que realiza el autor ¿A qué hace referencia esta 
definición? Privada de razón 
6.2.2. Si en el momento del hecho, por causas fisiológicas o patológicas que no afectan la normalidad de 
sus facultades, no puede discernir lo que pasa por falta de conciencia. ¿A qué hace referencia esta 
definición?: Privada de sentido 
6.2.2. En el abuso sexual cometido mediante el empleo de violencia. ¿Cuál de los distintos supuestos se 
halla comprendido en la intimidación? 
Todas las opciones constituyen la respuesta correcta. 
6.2.2. Cómo se regula el consentimiento en el caso de abuso sexual cuando la víctima es menor de 13 
años. El consentimiento carece de relevancia 
6.2.2. ¿En que puede consistir un atentadoa la reserva sexual de la víctima? 
 En actos subjetivos impúdicos de desahogo sexual u objetivamente impúdicos por violar la reserva de 
sus partes pudendas. 
 
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6.2.2 María tiene 12 años de edad, y se ha enamorado de su preceptor Carlos, 25 años. Carlos, una 
noche la invitó a comer una pizza, y le dijo que la amaba. María le dijo que quería tener su primera 
relación con él y juntos fueron a un hotel, donde mantuvieron relaciones carnales. Después, Carlos 
llevó a María a su casa y al llegar, éste le confió a su madre lo sucedido, quien posteriormente hizo la 
denuncia penal. ¿En qué delito encuadra la conducta de Carlos? 
 Abuso sexual con acceso carnal agravado por la educación o la guarda 
6.2.2. Puede ser de dependencia, de autoridad o de poder para solicitar favores de naturaleza sexual 
cuyo rechazo puede ser seriamente considerado por la víctima como un mal relacionado con las 
legítimas expectativas. ¿A qué referencia hace esta definición? 
Aprovechamiento de relación de superioridad 
6.2.2. En el abuso sexual sin acceso carnal de un menor, ¿cuál es la edad que se tiene en cuenta en el 
tipo penal del 119 primer párrafo? Menor de 13 años 
6.2.2. Roberto acude a casa de María en horas de la mañana con el fin de reparar la instalación 
eléctrica. Tras haber terminado la tarea, y atento a lo que María le había comentado que se encontraba 
sola y que su familia recién regresaría por la tarde amenaza con golpearla si no se masturba delante 
suyo mientras él también lo hacía. Tras lograr su propósito y luego de 4 horas durante las cuales 
Roberto reiteró su conducta en varias oportunidades, mientras obligaba a María a masturbarse, la 
tomó del cabello y al momento en que se aprestaba a penetrarla por vía vaginal, advierte que alguien 
intenta ingresar a la vivienda por lo que emprende la fuga por una ventana. Indique cuál es la 
calificación legal que le corresponde a Roberto. 
Tentativa de violación y rapto en concurso real. 
6.2.4. A qué se refiere el art. 119 cuando dice “acceso carnal por cualquier vía”. Vaginal, anal o bucal 
6.2.4. ¿Qué se requiere para la consumación del acceso carnal? Inmissio penis 
6.2.5. El delito de abuso sexual gravemente ultrajante o con acceso carnal se agrava si el hecho fuera 
cometido por: 
Personal perteneciente a las fuerzas policiales o de seguridad, en ocasión de sus funciones. 
6.2.5. ¿Cuáles son causales de agravante por el resultado en el abuso sexual gravemente ultrajante y el 
abuso sexual con acceso carnal: Muerte de la víctima y grave daño 
6.2.5. En la agravante del abuso sexual por el resultado, ¿Que comprende el término un grave daño en 
la salud de la víctima? 
Cualquier perjuicio de cierta entidad que afecte la salud de la víctima (no solo los casos de lesiones 
graves y gravísimas) 
6.2.5. ¿A qué agravante de abuso sexual gravemente ultrajante y el abuso sexual con acceso carnal se 
refiere cuando menciona que fue por dos o más personas? Modo de comisión 
6.2.5. ¿A qué agravante de abuso sexual gravemente ultrajante y de abuso sexual con acceso carnal se 
refiere con la utilización de armas? Modo de comisión 
6.2.5 Los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, se agravan 
cuando ambos se producen con la utilización de armas. ¿A qué tipo de agravante se refiere? 
Modo de Comisión. 
6.2.5 Los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, se agravan 
cuando se produce la muerte de la víctima. ¿A qué tipo de agravante se refiere? 
Modo de Comisión. (Esa era la correcta en la foto, pero para mi es Resultado) 
6.2.5. ¿A qué agravante de abuso sexual gravemente ultrajante y de abuso sexual con acceso carnal se 
refiere con la Muerte? Resultado 
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6.2.5. ¿Cuál es el régimen de la acción penal emergente de los abusos sexuales? 
 Es dependiente de instancia privada 
6.2.5. ¿Cuál de las siguientes agravantes NO está contemplada como causal contenida en art. 119 
párrafos 4to: Por la intervención premeditada.... 
6.2.5. ¿Cuál de los siguientes es agravante en el abuso sexual gravemente ultrajante y el abuso sexual 
con acceso carnal? 
Todas en su conjunto configuran la respuesta correcta. 
(Parentesco u otra vinculación, modo de comisión del hecho, muerte o grave daño, aprovechando 
convivencia preexistente con menor de 18 años) 
6.2.5 Para la agravante incluida en el Art. 124 del CP, que establece: “Se impondrá reclusión o prisión 
perpetua, cuando en los casos de los artículos 119 y 120, resultare la muerte de la persona”, se debe 
entender que: 
Debe ser una consecuencia directa del hecho abusivo y no de cualquier otro hecho más o menos 
relacionado con aquél 
6.2.5. ¿Cuáles de estas circunstancias agravan el abuso sexual? 
Si se cometiera el hecho con el concurso de dos o más personas. 
6.2.6. El acceso carnal a un menor de 17 aprovechándose de su inmadurez sexual… No constituye delito 
6.2.6. ¿Cuál es la edad que debe tener el sujeto pasivo en el delito de abuso sexual cometido con 
aprovechamiento de la inmadurez de la víctima (art. 120)? Menor de 16 años 
6.2.6 El sujeto pasivo en los delitos de abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la 
víctima, debe ser... 
 Menor de dieciséis años de edad y mayor de trece, que haya prestado su consentimiento para el acto 
sexual. 
6.2.7. Cuál es la figura de rapto propio según el Art. 130 primer párrafo: Una persona de cualquier 
edad 
6.2.7. Desde el aspecto subjetivo, que se exige en la figura del rapto propio (art. 130 1º párrafo): Dolo 
específico. 
6.3 ¿Qué tipo de acción penal nace para la víctima de un delito de abuso sexual, regulado en el artículo 
119 de nuestro Código Penal, cualquiera sea su modo de comisión por parte de su autor? Acción 
pública dependiente de instancia privada 
7.1. Es el derecho a un desarrollo de la sexualidad progresivo y libre de injerencias indebidas. ¿A qué 
corresponde esta definición? Indemnidad sexual 
7.1.1. Señale las 4 (cuatro) características correctas del delito de “Promoción de la corrupción de 
menores, sin determinación de sexo” (art. 125 CP): 
1. Es un delito de comisión; 
2. Promueve la corrupción de un menor quien lo hace víctima, aunque consentido, de conductas 
sexualmente anormales por su materialidad o de expresiones de significado sexualmente anormal; 
3. El menor, para poder ser sujeto pasivo del delito, debe ser capaz de comprender la naturaleza 
del acto corruptor y éste tener idoneidad para corromper; 
4. La víctima puede ser un menor que no está sexualmente depravado o un menor que ya lo está. 
7.1.1. El tipo objetivo de corromper, en el delito de promoción y facilitación a la corrupción de menores 
consiste en: La depravación de la conducta sexual del menor en sus modos 
7.1.1. Es el modo utilizado por el autor disimulando los objetivos o la naturaleza depravadora de los 
actos que procediera a hacerle realizar o soportar a la víctima a fin de inducirla en error ¿a qué 
agravante corresponde esa definición? Engaño 
 
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7.1.1 El anuncio a la víctima o víctimas, en forma manifiesta o encubierta, de palabra, por escrito o de 
hecho de un daño en su persona, intereses o afectos, que el autor tiene la posibilidad de causar. 
Amenazas. 
7.1.1. Es el anuncio de un mal que infunde temor en la victima, y le coarta su libertad de decisión y le 
impide oponerse al acto. ¿A qué agravante corresponde esa definición? Amenaza 
7.1.1 Es la fuerza física ejercida sobre la víctima que se opone al acto a fin de doblegar su voluntad ¿A 
qué agravante corresponde esta definición? Violencia 
7.1.1. Requiere la existencia de una facultad de mando por parte del autor sobre la víctima, de la cual 
abusa al emplearla para someterla sexualmente ¿A qué agravante corresponde esa definición?Abuso de autoridad. 
7.1.1 ¿En qué puede consistir la corrupción de la conducta sexual? 
 En la perversión de la ejecución de los actos sexuales o en la precocidad o excesividad del trato sexual 
7.1.1. En la promoción o facilitación de la corrupción de menores de 18 años, el bien jurídico protegido 
es: 
El derecho de las personas, que en razón de su edad, no han alcanzado la madurez física, psíquica y 
sexual, a no ser sometidos a tratos sexuales anormales en sus modos. 
7.1.1. En qué reside la criminalidad de los hechos de promoción y facilitación de la corrupción: En la 
propia tendencia de los actos del agente 
7.1.1. En la promoción de la corrupción de menores quien es el que promueve: 
Quien lo hace víctima al menor con o sin consentimiento de conductas sexualmente anormales. 
Violencia: es la fuerza física ejercida sobre la victima que se opone al acto a fin de doblegar su voluntad. 
Amenaza: anuncio de un mal que infunde temor en la victima y le coarta su libertad de decisión y le 
impide oponerse al acto. 
Abuso de autoridad: requiere la existencia de una facultad de mando por parte del autor sobre la 
víctima, de la cual abusa al emplearla para someterla sexualmente. 
Cualquier otro medio de intimidaron o coerción: coartan la decisión de la víctima para someterla a la 
acción depravadora. 
7.1.2. La finalidad de la entrega sexual debe ser el cobro de un precio en dinero. ¿A qué elemento de la 
prostitución corresponde esta definición? Venalidad 
7.1.2. La privación de la libertad personal se agrava si como consecuencia de ella resultare un grave 
daño a la persona, a la salud o a los negocios del ofendido. ¿A qué tipo de agravamiento se refiere 
dicha conducta? Por el resultado. 
7.1.2. En la promoción y facilitación de la prostitución de menores. ¿Cuál es el interés protegido? 
Se protege al menor contra los actos de terceros tendientes a promover o facilitar el enviciamiento de 
su trato sexual. 
7.1.2. Es la entrega sexual habitual por precio y a personas indeterminadas. ¿A qué corresponde esta 
definición? 
La Prostitución 
Abuso deshonesto (no incorrecta) 
7.1.2. Cuál es la esencia de la prostitución: El sexo y el amor son reemplazados por el ánimo de lucro 
propio o ajeno 
7.1.3 La producción, publicación o distribución de imágenes pornográficas en que se exhibieran 
menores de dieciocho años; la facilitación del acceso a espectáculos pornográficos de menores de 
catorce años y el suministro de material pornográfico a esos menores y las exhibiciones obscenas, son 
definiciones del concepto de: Ultrajes al Pudor público 
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7.1.3 El tipo subjetivo del delito de promoción y facilitación de la prostitución de personas mayores de 
edad (art. 126 del CP), requiere como elemento subjetivos específicos: 
El ánimo de lucro del autor, y la intención de satisfacer deseos sexuales ajenos, de personas 
indeterminadas. 
7.1.4. Pedro y Lucía, comenzaron a convivir en un hospedaje. Durante ese tiempo, Lucía ejerció, como 
única actividad, la prostitución por su cuenta, mientras que Pedro se quedaba con las ganancias que 
obtenía Lucía, al obligarla por temor (ya que la misma era golpeada constantemente por Pedro) a 
entregarle diariamente la totalidad de los ingresos obtenidos por ella. ¿En cuál de las siguientes 
opciones encuadra la conducta de Pedro? Rufianería 
7.1.4. “Es la explotación económica del ejercicio actual de la prostitución ajena, aprovechándose 
engañosa, coactiva o intimidatoriamente de las ganancias obtenidas por la víctima”. ¿A qué 
corresponde esta definición? 
 Rufianería. 
Lesiones graves (no) incorrecta 
Rapto (no) incorrecta 
Promocion de la prostitución de mayores de dieciocho años (no) incorrecta 
Facilitacion a la prostitución de mayores de dieciocho años (no) incorrecta 
7.1.4 ¿Cuál es la característica del delito de rufianería? El actor explota la actividad percibiendo 
ganancias obtenidas de la prostitución de una persona. 
7.1.4. ¿En qué consiste la rufianería? El actor explota la actividad percibiendo ganancias obtenidas de 
la prostitución de una persona. 
7.2. ¿Qué es la prostitución ejercida por la mujer en su casa, sin afectar el pudor público? 
 Un acto privado no punible 
7.2.2. Roque se encontraba en contacto permanente con Iván domiciliado en China. Iván prometía a 
mujeres de alrededor de 15 años de edad de ese país trabajo en la Argentina. Es así que una vez por 
mes las mandaba en un barco a este país, encargándose Roque de hacerlas ingresar clandestinamente. 
Una vez ubicadas, Roque las hacía trabajar ejerciendo la prostitución en un local que él mismo 
regenteaba. Trata de personas. 
7.3 ¿Cuál es la acción típica del delito de atentado al pudor público? 
Todas en su conjunto configuran la respuesta correcta. 
(Financiar, publicar, divulgar, producir) 
7.3. Julián produce videos pornográficos donde participan hombres y mujeres mayores de edad, luego 
los exhibe a menores de 17 años. Julián no comete delito. 
7.3.1 ¿Cuál es la edad típica para punir la participación de menores en espectáculos pornográficos? 
Menores de dieciocho años 
Justificación: El art. 128 del C. P. lo prescribe (Nuñez Ricardo, ed. 2.009) 
Menores de dieciséis años (no) incorrecta 
7.3.1. En el ultraje al pudor público y dentro del tipo penal lo pornográfico es: a) Producir, que 
equivale a crear esas imágenes, / b) financiar, que es aportar el dinero necesario para una empresa o 
sufragar los gastos de una actividad, / c) ofrecer que implica dar, hacer o decir algo, / d) comerciar, es 
decir, dar a un producto condiciones y vías de distribución para su venta, como así también el poner a 
venta un producto. / d) publicar, que es la acción que consiste en imprimirlas para que estén al alcance 
de otros, o, si está a cargo de ter-ceros, en proporcionar los medios económicos para abonarla, 
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e) facilitar, que consiste en hacer posible la ejecución de algo o la consecución de un fin, / f) divulgar, 
que implica publicar, extender, poner al alcance de algo y e) distribuir que es hacer entrega de ellas, 
por si o por terceros. (Menores 18 años) 
7.3.3. Mostraciones de partes pudendas, de órganos sexuales. ¿A qué corresponde ésta definición? 
Exhibiciones obscenas. 
7.3.3. ¿En las exhibiciones obscenas cuando un sujeto hace ejecutar la exhibición obscena por un 
tercero penalmente responsable, que es? Un instigador 
7.3.3. Margarita y su amiga Elvira de 25 y 24 años de edad respectivamente, se pasearon desnudas en el 
patio de la finca de Margarita con el propósito de que fueran vistas por sus vecinos. Si bien el lugar 
donde caminaban era privado el mismo carece de medianera. Exhibiciones obscenas. 
7.3.3. Cuando Susana de once años de edad, trasponía el vado Sargento Cabral, Ramón, quien se 
encontraba bañando en el mismo, la llamó y le mostró sus órganos genitales. ¿En cuáles de las 
siguientes opciones encuadra la conducta de Ramón? Exhibiciones obscenas agravadas. 
7.4.1. En el delito de rapto propio, como consecuencia del ilícito se produce una lesión leve. ¿Qué acción 
corresponde? Dependiente de instancia privada. 
8.1. El aspecto del bien jurídico protegido penalmente por el delito de privación de la libertad 
individual consiste en: 
La libertad de las personas físicas para desplazarse de un lugar a otro, como para mover su propio 
cuerpo 
8.1. ¿Cuáles son los aspectos del bien jurídico “libertad” que resguarda el Código Penal en distintos 
capítulos? Individual, de domicilio, de guardar secretos, de trabajo y asociación, de reunión y de 
prensa 
8.1. ¿Cuál es el objeto de la protección en el delito de privación de la libertad personal? 
La libertad de locomoción y de movimiento corporal. 
8.1.2. El Normativismo frente a la antijuridicidad asume una posición: 
Antijuridicidad material-objetiva 
8.12. No son un fin en si mismas, nuncase pueden aplica como penas ¿A que carácter de las medidas 
de coerción corresponde la definición? 
Taxativas 
Proporcionales (no) incorrecta 
8.2.1. ¿Cuál es la acción Punible prevista por la primer parte del art. 140 CP: 
La reducción de una persona a servidumbre o esclavitud 
8.2.1. ¿Cuál es la acción punible en la reducción a la servidumbre o condición análoga? 
 Es reducir a una persona por acostumbramiento o por sujeción. 
8.2.1. ¿Cuál de las siguientes, es una de la características del delito de Reducción a servidumbre o 
condición análoga? Delito de carácter permanente. 
8.2.2. Llevar a la víctima, venciendo o burlando su voluntad, hacia un lugar no sometido a la 
jurisdicción del país. ¿A qué delito hace referencia esa acción típica? 
Conducción fuera de las fronteras 
8.2.4. ¿Qué es una tortura? Sufrimiento físico o psíquico grave. 
8.3.1 ¿Cuál de los siguientes supuestos comprende todas las razones por las que se agrava la privación 
de la libertad personal? 
 Por el dolo y el modo con que se comete, el vínculo con la víctima, el resultado y el tiempo de duración 
del delito 
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8.3.1. Pedro obligó a María, amenazándola con un arma en la cabeza, a que se quedara quieta, sin 
mover sus brazos y piernas durante un lapso de dos horas, durante las cuales se quedó observándola. 
¿En qué delito penal encuadra la conducta de Pedro? 
Privación de la libertad personal, agravada por el uso de amenazas 
8.3.1. Beatriz es mucama y presta servicios para Manuel, viudo con un hijo menor, de 8 años de edad. 
Durante el transcurso de una mañana en que Manuel se encontraba en el trabajo, Beatriz encierra al 
hijo de Manuel en el baño para ver tranquila su novela favorita. Regresando Manuel más temprano 
que de costumbre, descubre que su hijo se encuentra 
gritando y llorando encerrado en el baño, pidiendo que lo dejen salir y que Beatriz, duerme una siesta 
en la habitación de Manuel. ¿De qué se trata este caso? De privación ilegítima de la libertad personal. 
8.3.1. En la privación ilegítima de la libertad, cuando el autor tiende a tomarse una satisfacción por un 
agravio o un daño recibido o supuestamente recibido por él o por otro, de la víctima o de un tercero. 
¿A qué agravante hace referencia? Aspecto subjetivo: fines de venganza. 
8.3.1. Víctor, empresario dedicado a los servicios gastronómicos, se presenta en una licitación que 
vence a las nueve en el Municipio. En circunstancias en que se encuentra en la Secretaría General de la 
Provincia (Área que llamó a licitación para la provisión gastronómica), a las 8.40hs, antes de acercarse 
a la mesa de entradas del área respectiva, aprovecha y se dirige al baño. En el preciso instante su 
principal y único competidor Pedro, advierte la situación, tranca la puerta del baño con un mueble y se 
presenta a la licitación. Dos horas después, Víctor logra salir del baño pero no presentarse a la 
licitación. Este es un caso de… 
Privación ilegítima de la libertad personal, calificada en razón del resultado 
Justificación: La privación ilegitima de la libertad se agrava si como consecuencia de ella resultare, 
como en este caso, un daño a los negocios del ofendido (siempre que el hecho no importe un delito por 
el cual la ley imponga una pena mayor. Nuñez Ricardo, Manual de de Derecho Penal Parte Especial. 
Editorial Lerner 
Retención indebida (no) incorrecta 
8.3.1. ¿Cuáles son los agravantes del delito de privación de libertad individual? 
Modo: aspecto subjetivo, vínculo resultado y tiempo 
8.3.1. Cuando el autor obra con un objeto o por un motivo de carácter religioso. ¿A qué agravante hace 
referencia? Aspecto subjetivo, fines religiosos 
8.3.1. ¿Cómo se agrava el delito de privación de la libertad individual por el tiempo? 30 días 
8.3.1. ¿Cuál es la finalidad del delito de secuestro? 
Hacer, no hacer o tolerar algo contra lo voluntad de la víctima 
8.3.1. ¿Cuáles son las acciones típicas del delito de secuestro en su figura simple (Art. 142 bis CP): 
Sustracción, retención u ocultamiento de la víctima 
8.3.1 ¿En razón de que tipo de agravante se califica la conducta de quien priva de la libertad de otra 
persona con fines religiosos o de venganzas? En razón del dolo 
8.3.1. El tipo penal. Agravantes privación de la libertad. Por el modo: comete con violencias o 
amenazas. Por el aspecto subjetivo: fines religiosos o de venganza. Por el vínculo: un ascendiente 
(matrimonial o extramatrimonial), de un hermano (matrimonial o extramatrimonial, unilateral o 
bilateral), del cónyuge o de otro individuo a quien el autor deba respecto particular. Por el resultado: 
grave daño a la persona o la salud, o los negocios del ofendido. Por el tiempo: si durare más de un mes 
(art. 142 inc. 5ª). El mes equivale desde ese día al = día del siguiente. 
8.4. ¿Qué es una severidad? Es un trato ilegal riguroso. 
8.4 En el delito de severidades, vejaciones o apremios ilegales, los apremios ilegales consisten en: 
Tratos rigurosos propinados a un detenido con la finalidad que confiese o declare algo. 
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8.4. Jorge, Jefe de la Comisaria 14 de Córdoba, ha recibido fehacientemente la notificación del decreto 
del Sr. Fiscal de Instrucción, por el cual ordena la inmediata libertad del detenido Juan Pérez. Jorge se 
niega a dar cumplimiento a dicha orden, en represalia del detenido. ¿En qué delito penal encuadra la 
conducta de Jorge? Retención ilegal de detenido o preso. 
8.4. ¿A que hace referencia la siguiente definición: Son tratamientos mortificantes para la personalidad 
de los presos por indecorosos, agraviantes y humillantes? Vejaciones 
8.4 ¿A qué hace referencia la siguiente afirmación? Son tratos ilegales, rigurosos y ásperos, 
consistentes en atentados personales, particulares modos de colocación o mantenimiento de los presos 
con restricciones ilegales: Severidades. 
8.4.1. Son tratos ilegales, rigurosos y ásperos, consistente en atentados personales, particulares, modos 
de colocación o mantenimiento de los presos o restricciones ilegales. ¿A qué corresponde esa 
definición? Severidades 
8.4.1. ¿Qué es una severidad? Tratos ilegales, rigurosos consistentes en atentados personales. 
8.4.1 Carlitos de 15 años de edad, es sorprendido por un agente policial corriendo con la cartera de una 
señora, en la vía pública. Una vez que el agente lo detiene y sin que Carlitos opusiera ninguna 
resistencia lo golpea e insulta en repetidas veces. Cuando Carlitos logra decirle que es la cartera de su 
abuela que va a comprar el pan el oficial lo suelta y lo acompaña esposado hasta la casa que dice es la 
de su abuela a los efectos de averiguar si lo referido por el menor es verdad. Allí lo entrega finalmente 
a su abuela. El antecedente es un caso: De vejaciones o apremios ilegales en actos de servicios. 
8.4.1. El Comisario Gutiérrez, Director del Servicio de Investigaciones de corrientes ordena por cédula 
respectiva, que se detenga 20 días, en la seccional donde se hallan alojadas, a dos personas 
recientemente detenidas por un robo, sin dar noticias a ningún juzgado, en virtud de las actuaciones 
prevenciones que instruye a los efectos de localizar y detener al resto de la banda. El antecedente se 
trata de un caso de… 
Privación ilegal de la libertad personal, por funcionario público, en abuso de sus funciones o sin las 
formalidades prescriptas por la ley. 
8.4.1. Persona legalmente privada de su libertad. ¿A qué corresponde esa definición? Detenido 
8.4.1. Son tratamientos mortificantes para la personalidad de los presos por indecorosos, agraviantes y 
humillantes. Ofenden su dignidad, ataca la psiquis, insultos, atemorizarlos, burlarse de ellos. ¿A qué 
corresponde esta definición? Vejaciones 
8.4.1. ¿Qué es la vejación? 
Son tratamientos mortificantes para la personalidad de los presos por indecorosos, agravantes y 
humillantes. 
8.4.1 Son losrigores usados con los presos para forzarlos a confesar, o declarar algo, o para influir en 
sus determinaciones. ¿A que corresponde esta definición? Apremios ilegales 
8.4.1. Cuando el jefe de prisión colocare al reo en lugares que no sean los establecidos a tal efecto por 
la ley, el reglamento o la práctica administrativa. ¿A qué delito corres de esa definición? 
Colocación indebida. 
8.4.2 El delito de tortura se agrava si con motivo u ocasión de la misma resultare: 
La muerte de la víctima o se causaren las lesiones gravísimas previstas en el art. 91 del Código Penal 
8.4.2. Sujeto pasivo del delito de tortura puede ser: Cualquier persona 
8.4.2. ¿Qué es una tortura? Un sufrimiento físico o psíquico grave. 
8.4.2. ¿Cuál es el fin subjetivo de la tortura? Cualquier finalidad. 
8.4.2 En la comisaría N°7 del distrito Charatas del chaco. Juan viajante de comercio es detenido en el 
marco de una investigación por un hecho de homicidio y confinado en una celda en dé a los efectos de 
averiguar los nombres de miembros de la banda de la que lo consideran parte lo azotan, lo golpean, 
repetidamente en el estómago y lo queman manteniéndolo atado constantemente: 
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Tortura (delito pluriofensivo) 
8.4.2 Sujeto activo del delito de tortura puede ser: 
Cualquier persona 
Solo un funcionario público (no incorrecta) 
(el sujeto pasivo del delito de tortura puede ser cualquier persona, de cualquier edad o sexo / Nuñez, 
Ricardo, Manual de Derecho Penal, Editorial Lerner (3° ed. actualizada por Rinaldi, Victor) 
8.4.2. ¿Quién puede ser sujeto activo del delito de tortura? 
El funcionario público o un particular cumpliendo sus órdenes. 
8.5.1. El delito de inducción de un menor a la fuga (art. 148 del Código Penal) requiere para su 
consumación que el menor intente fugarse o lo consiga... Falso. 
8.5.1. Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de sustracción y ocultación de menores: 
Constituye una ofensa a la familia además de un atentado a la libertad de la persona. 
9. En la violación del secreto profesional ¿Cuál de los siguientes supuestos puede NO constituir justa 
causa para revelar el secreto? Si Constituye justa causa: consentimiento del interesado. Defensa del 
propio interés o el deber legal de comunicar o denunciar el hecho a la autoridad, entre otros. El deber 
de denunciar enfermedades infecto-contagiosas impuesto a los profesionales de la salud. El deber de 
denunciar delitos perseguibles de oficio conocidos en el ejercicio de sus funciones por los funcionarios 
públicos. Delito de acción privada. 
9.1. Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de amenazas. 
El derecho de las personas a no ser víctimas de actos susceptibles de alterar su tranquilidad espiritual. 
9.1.1 El anuncio a la víctima o víctimas, en forma manifiesta o encubierta, de palabra, por escrito o de 
hecho de un daño en su persona, intereses o afectos, que el autor tiene la posibilidad de causar. 
Amenazas. 
9.1.1. ¿Cuál de las siguientes es una de las agravantes del delito de Amenazas regulado en nuestro código 
penal argentino? Si fueren anónimas 
9.1.1. ¿Qué carácter deben reunir las amenazas? Injustas. 
9.1.1. ¿Cuál es el medio en el delito de amenaza? La vía moral 
9.1.1. Federico por una vieja disputa vecinal, hace ingresar por debajo de la puerta del departamento 
de su vecino un papel con el mensaje: “TE VOY A MATAR CUANDO TE ENCUENTRE SOLO”, sin 
forma ni ninguna indicación del remitente. Rápidamente se vuelve a su departamento. Su conducta, 
¿Encuadra en alguna figura penal? (falta respuesta) 
9.1.1 Luis, que está casado con Florencia, se presenta al trabajo de ella y se dirige a Francisco (un ex 
novio con quien ella tiene una buena relación) y le dice: “Si no renuncias a éste trabajo y te vas de 
Córdoba, te voy a matar a vos y a toda tu familia”. La conducta de Luis en qué delito encuadra? 
Coacción Calificada. 
9.1.2. Hacer uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra 
su voluntad. ¿A qué delito corresponde esa definición? Coacción. 
9.1.2. Juan le refiere a Pedro: “Aléjate de mi hija que es mucho menor que vos, sino Dios va a hacer 
que pagues todo el mal que haces a mi familia”. La conducta de Juan: 
Resulta atípica para el Derecho Penal. 
9.1.2. Ramón modifica su voz y llama varias veces por teléfono a Ricardo, quien no lo conoce, y le dice 
que “deje de cortar el pasto los domingos, o la próxima vez le prende fuego a su casa”. ¿En qué delito 
penal encuadra la conducta de Ramón? Coacción agravada por ser anónima 
 
 
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9.1.2 ¿Cuál es el bien jurídico protegido en el delito de coacciones? 
Es un delito contra la libertad de determinación de las personas. Por ello, la obligación, la abstención o 
la tolerancia exigida por el autor, debe ser contra la voluntad de la misma. 
9.2.1. Cuál de las siguientes es un agravante del delito de amenazas: Si fueran anónimas 
9.2.1. ¿Cuál de los siguientes es un agravante del delito de coacción? 
Todas en su conjunto configuran la respuesta correcta 
(Empleo de armas; Si fueren anónimas; Propósito: obtención de concesión por parte de los poderes 
públicos; Propósito: abandono del país, de una provincia o de los lugares de residencia habitual o de 
trabajo) 
9.2.1. Rogelio acalorado en una siesta de Enero, buscando refugio a la temperatura, entra en un predio, 
e ingresa en una pieza contigua de una casa habitada, que tenía la puerta cerrada, sin llave. Mientras 
dormía la siesta es sorprendido por el dueño que avisa a la policía. 
 Se trata de un caso de violación de domicilio. 
9.2.1. Pablo concurrió en horas de la noche a la casa de Ernesto y golpeó fuertemente la puerta, que 
estaba cerrada con llave. Al no recibir respuesta Pablo decidió patear la puerta e ingresar a la casa 
para buscar a Ernesto, ya que quería hablar urgente con él, por un tema de deudas de juego. ¿En qué 
delito penal encuadra la conducta de Pablo? Violación de domicilio 
9.2.1 ¿Cuál de los siguientes es un agravante del delito de coacción? Por el empleo de armas 
9.2.1 ¿Cuál de las siguientes características es propia del delito de Violación de domicilio? 
Es Subsidiario. 
9.2.1. El concepto de domicilio, protegido penalmente en el delito de Violación de Domicilio, consiste 
en: El lugar donde una persona tiene su morada fija o eventual, o casa de negocio, mas sus 
dependencias 
9.2.1. En el escalamiento como calificarte de hurto implica: 
Superar obstáculos de altura, que supongan ascenso para el ingreso al recinto por vía no destinada 
originariamente. 
9.2.1. En un hecho, Pedro ingresa a la vivienda ascendiendo por una pared y sin ejercer fuerza en las 
cosas ni violencia física en las personas se apodera ilegítimamente de una billetera que estaba sobre una 
mesa de la habitación de la casa: Hurto con escalamiento. 
9.2.2. ¿Quién de los siguientes supuestos es sujeto activo en el delito de allanamiento ilegal de 
domicilio? La autoridad pública 
9.2.2 El agente Ramírez, oficial de la policía de la provincia de Córdoba se encuentra investigando un 
delito. En la referida faena se introduce súbitamente en un domicilio de Alberdi sin autorización de 
ninguna clase ni permiso de la propietaria, una señora mayor que al verlo se asusta y se desmaya: 
Se trata de un caso de allanamiento ilegal de domicilio. 
9.2.2. ¿Porque el allanamiento de domicilio es un delito especializado? Por la calidad de su autor 
9.2.2. ¿Cuál de las siguientes características es propia del delito de Allanamiento ilegal de domicilio? 
Es un delito especializado por la calidad de su autor 
9.2.3 “La Incolumidad de la intimidad de la correspondencia, de los papeles privados”, es el bien 
jurídico penalmente protegido de qué tipo de delito. Violación de Secretos. 
9.2.3 En el delito de violación de correspondencia es necesario que: El remitente sea

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