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Derecho de Daños Departamento de Derecho Universidad Nacional del Sur TRABAJO PRÁCTICO Nº1 29 de marzo 2016 A. RESPONDA VERDADERO O FALSO Y JUSTIFIQUE SU RESPUESTA: 1) La única función relevante del Derecho de Daños es resarcir a las víctimas. 2) En la literatura jurídica el término “funciones” se utiliza, en todos los contextos, el significado de “propósitos”, o finalidades. 3) La responsabilidad objetiva conspira contra la función preventiva del Derecho de Daños porque, dado que los dañadores tendrán que pagar siempre por todos los daños que causen, no tendrán incentivos para adoptar medidas de prevención. 4) Según Ronald Coase, los costos de transacción pueden eliminarse fácilmente con el diseño de un sistema de responsabilidad civil adecuado. 5) Unánimemente se interpreta que los daños punitivos cumplen -al mismo tiempo- funciones sancionatorias, resarcitorias y preventivas. 6) De acuerdo a la Ley de Defensa del Consumidor vigente, el juez podrá destinar al Estado o entidades de bien público parte de los importes que se paguen en concepto de daños punitivos. 7) El Análisis Económico del Derecho enseña que reducir los montos indemnizatorios siempre resulta eficiente, porque favorece la producción. 8) Según Ronald Coase, el sistema de responsabilidad civil debe apuntar a reducir al máximo posible los costos de transacción. 9) El Derecho de Daños es una rama del Derecho cuyo contenido está claramente establecido por la legislación vigente. 10) El Código Civil y Comercial establece un plazo de prescripción unificado para la responsabilidad contractual y extracontractual. B. CASO PRÁCTICO: Derecho de Daños Departamento de Derecho Universidad Nacional del Sur La empresa A&C Company comienza a promocionar, mediante una publicidad gráfica y televisiva, el denominado Plan Duquesa, que incluye la prestación ilimitada de los servicios de llamadas telefónicas e internet. Los mismos son ofrecidos, en la parte central y mayormente visible de la publicidad, a un precio final por mes de $ 650. Luego de transcurridos varios meses de vigencia de la promoción muchos de los clientes realizan reclamos argumentando que la empresa les ha facturado importes mucho mayores a los $ 650 ofrecidos en la publicidad como precio por los dos servicios. La empresa, al responder los reclamos, hace mención a que en la letra chica que puede leerse en la misma publicidad, se informa claramente que el concepto "abono" (que incluye, entre otras cosas, los gastos administrativos) y las llamadas interurbanas no están incluidos en el precio publicitado. Efectivamente, en la denominada "letra chica" de la publicidad puede leerse, con mucha dificultad, por el tamaño pequeño de la letra, lo manifestado por la empresa. a) ¿Si consideráramos que se trata de un caso de publicidad prohibida o ilícita, se podría solicitar alguna medida que impida la difusión de la publicidad?. ¿En su caso, cuál sería el fundamento, en qué normativa lo fundaría y quien o quienes estarían legitimados para solicitarla? b) ¿Qué tipo de prevención generaría la medida en cuestión en caso de concederse? (prevención general o específica) c) ¿Se podría reclamar también una indemnización?. ¿En su caso, quien o quienes estarían legitimados para solicitarla?.
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