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E-184194-2021 IT -DIA PUENTE SOGAY - YARABAMBA - AREQUIPA pdf

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” 
 “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” 
 
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INFORME TÉCNICO N° 096-2021-MTC/16.02.CAAH.DFA.CCG 
 
PARA : BLGO. JOSE LUIS VELÁSQUEZ LARICO 
Director de Evaluación Ambiental 
Dirección General de Asuntos Ambientales 
 
ASUNTO : Aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto: 
“Creación del Puente Sogay – Quequeña - Distrito Quequeña, Distrito 
de Yarabamba, Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa” 
Código Único de Inversiones N° 2410431. 
 
REFERENCIA : Formulario 001/16 con T-315132-2019 
Oficio N° 3095-2019-MTC/16 
Oficio N° Carta 027-2019-MDVY/A con HR N° E-404335-2019 
Oficio N° 0302-2021-MTC/16 con HR N° T-315132-2019 
Oficio N° 982-2020-ANA-DCERH con HR N° E-133231-2020 
Oficio N° 1828-2020-MTC/16 con HR N° E-133231-2020 
Carta S/N con HR N° E-159129-2020 
Oficio N° 2337-2020-MTC/16 con HR N° E-159129-2020 
Oficio N° 107-2021-ANA-DCERH con HR N° E-027279-2021 
Oficio N° 0642-2021-MTC/16 con HR N° E-027279-2021 
Oficio N° 033-2021-MDVY-A con HR N° E-114762-2021 
Oficio N° 1915-2021-MTC/16 con HR N° E-114762-2021 
Oficio N° 1027-2021-ANA-DCERH con HR N° E-184194-2021 
 
FECHA : Lima, 15 de julio del 2021 
__________________________________________________________________________________________________________ 
 
Nos dirigimos a usted en atención a los documentos de la referencia, respecto del cual 
informamos lo siguiente: 
 
I. ANTECEDENTES 
1.1. El 07.10.2019 mediante Formulario 001/16 con H.R. N° T-315132-2019, la 
Municipalidad Distrital de Yarabamba remitió a la Dirección General de Asuntos 
Ambientales (DGAAM), la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Creación del 
Puente Sogay – Quequeña - Distrito Quequeña, Distrito de Yarabamba, Provincia de 
Arequipa, Arequipa” Código Único de Inversiones N° 2410431, en adelante proyecto, 
para su correspondiente evaluación. 
1.2. El 06.11.2019 mediante Oficio N° 3095-2019-MTC/16, con H/R N° T-315132-2019, se 
remite el Informe Técnico Nº 013-2019-MTC/16.02.AMMV.LMQ, de fecha 30.10.2019, 
referido a la evaluación de la DIA del proyecto, el cual se concluyó que el estudio 
ambiental presenta treinta (30) observaciones, las mismas que deberán ser subsanadas 
por el titular del proyecto. 
1.3. El 19.12.2019 mediante Carta 027-2019-MDVY/A, con HR N° E-404335-2019, la 
Municipalidad Distrital de Yarabamba remitió a la DGAAM, el levantamiento de 
observaciones de la DIA del citado proyecto. 
1.4. El 23.01.2020 mediante Oficio N° 0302-2020-MTC/16, con T-315132-2019, la DGAAM 
solicitó a la Autoridad Nacional del Agua la Opinión Técnica Favorable de la DIA del 
proyecto, el cual se le otorga un plazo de 10 días hábiles para su atención. 
 
 
 
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1.5. El 13.07.2020 mediante Oficio N° 982-2020-ANA-DCERH con HR N° E-133231-2020, la 
Autoridad Nacional del Agua remitió a la DGAAM las observaciones identificadas en la 
DIA del proyecto. 
1.6. El 08.09.2020 mediante Oficio N° 1828-2020-MTC/16 con HR N° E-133231-2020, la 
DGAAM remitió a la Municipalidad Distrital de Yarabamba, las observaciones que fueron 
identificadas por la Autoridad Nacional del Agua el cual concluye que la DIA presenta seis 
(06) observaciones que deberán ser subsanadas. 
1.7. El 13.08.2020 mediante Carta S/N con HR N° E-159129-2020, la Municipalidad Distrital 
de Yarabamba remitió a la DGAAM, el levantamiento de observaciones de la DIA del 
proyecto realizadas por la ANA. 
1.8. El 18.09.2020 mediante Oficio N° 2337-2020-MTC/16 con HR N° E-159129-2020, la 
DGAAM remitió a la Autoridad Nacional del Agua el levantamiento de observaciones que 
fueron identificadas en la DIA del proyecto. 
1.9. El 28.01.2021 mediante Oficio N° 107-2021-ANA-DCERH con HR N° E-027279-2021, la 
Autoridad Nacional del Agua remitió a la DGAAM, el requerimiento de información 
complementaria que el administrado deberá subsanar para emitir la opinión 
correspondiente. 
1.10. El 17.02.2021 mediante Oficio N° 0642-2021-MTC/16 con HR N° E-027279-2021, la 
DGAAM remitió a la Municipalidad Distrital de Yarabamba, el requerimiento de 
información complementaria a la DIA del proyecto solicitada por la ANA. 
1.11. El 22.04.2021 mediante Oficio N° 033-2021-MDVY-A con HR N° E-114762-2021, la 
Municipalidad Distrital de Yarabamba remitió a la DGAAM, la información 
complementaria del levantamiento de observaciones de la DIA del proyecto solicitada 
por la ANA. 
1.12. El 03.05.2021 mediante Oficio N° 1915-2021-MTC/16 con HR N° E-114762-2021, la 
DGAAM remitió a la Autoridad Nacional del Agua la información complementaria al 
levantamiento de observaciones de la DIA del proyecto para la opinión correspondiente. 
1.13. El 18.06.2021 mediante Oficio N° 1027-2021-ANA-DCERH con HR N° E-184194-2021, la 
Autoridad Nacional del Agua remite la Opinión Favorable a la DIA del proyecto, de 
acuerdo a lo recomendado en el Informe Técnico N° 0017-2021-ANA-DCERH/RYR. 
II. ANÁLISIS 
 
2.1. MARCO LEGAL 
 
2.1.1 El artículo 15 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de 
Evaluación del Impacto Ambiental (Ley del SEIA), establece que toda persona, natural 
o jurídica que pretenda desarrollar un proyecto de inversión susceptible de generar 
impactos ambientales negativos de carácter significativo que estén relacionados con 
los Criterios de Protección Ambiental establecidos en el Anexo V y los mandatos 
señalados en el Título II del Reglamento de la Ley del SEIA, deberá gestionar una 
Certificación Ambiental ante la autoridad competente. 
 
2.1.2 En relación a las autoridades competentes en el marco del SEIA, el Artículo 8 del 
referido Reglamento establece que las autoridades sectoriales nacionales, las 
autoridades regionales y las autoridades locales con competencia en materia de 
evaluación de impacto ambiental tienen entre sus funciones conducir el proceso de 
 
 
 
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evaluación de impacto ambiental, a través de la categorización, revisión y aprobación 
de los estudios ambientales de los proyectos de inversión sujetos al SEIA, de acuerdo 
a sus respectivas competencias. En tal sentido, las autoridades competentes están 
encargadas de emitir la Certificación Ambiental de los proyectos de inversión sujetos 
al SEIA. 
 
2.1.3 En esa línea, el Artículo 135º del Reglamento de Organización y Funciones del 
Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC)1, establece las funciones de la 
Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM), y en particular el ítem b) señala 
lo siguiente: 
 
“Aprobar los instrumentos de gestión ambiental de los proyectos de infraestructura y 
servicios de transporte en todas sus etapas, emitiendo la certificación correspondiente 
en el marco de la normatividad vigente.” 
 
2.1.4 Además, el Artículo 38 del Reglamento de Protección Ambiental del Sector 
Transporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2017-MTC, modificado por 
Decreto Supremo N° 008-2019-MTC (RPAST), señala que la Autoridad Competente 
podrá establecer los mecanismos para la clasificación anticipada y definición de los 
términos de referencia de los estudios de impacto ambiental para proyectos con 
características comunes, en cuyo caso no será aplicable la etapa de clasificación en el 
proceso para la obtención de la certificación ambiental. En tal sentido, el Anexo 1 del 
citado Reglamento, contiene la relación de proyectos, actividades o servicios del 
sector Transportes con clasificación anticipada y determina la categoría del Estudio 
Ambiental quecorresponde aplicar a cada uno de ellos. 
 
2.1.5 Mediante Resolución Ministerial Nº 891-2019- MTC/01.02 del 07.10.2019, se 
aprueba los siete (07) Términos de Referencia para proyectos con características 
comunes o similares de competencia del Sector Transportes que cuentan con 
Clasificación Anticipada del Anexo 1 del Reglamento de Protección Ambiental para el 
Sector Transportes, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2017-MTC, modificado 
por el Decreto Supremo N° 008-2019-MTC, así como los Anexos I y II, los cuales 
forman parte integrante de esta Resolución Ministerial. 
 
2.1.6 Mediante Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01 de fecha 04.07.2021, se 
aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones y 
Organigrama del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 
 
 
2.2. TIPOLOGÍA DEL PROYECTO 
 
2.2.1 Para el presente caso, de acuerdo con Clasificación Anticipada para proyectos con 
características comunes y/o similares contenida en el Anexo I del Reglamento de 
Protección Ambiental para el Sector Transporte (RPAST), y su modificatoria 
aprobada por Decreto Supremo Nº 008-2019-MTC, el proyecto materia de evaluación 
es concondarte con la tipología N° 20 denominada Creación, mejoramiento, 
 
1 Resolución Ministerial Nº 0658-2021-MTC/01 del 04 de julio de 2021, aprueba el Texto Integrado del Reglamento de 
Organización y Funciones del Ministerio de Transporte y Comunicaciones. 
Artículo 134 .- Dirección General de Asuntos Ambientales 
La Dirección General de Asuntos Ambientales es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce 
la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de 
gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de 
transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente. Asimismo, conduce las 
acciones de supervisión y fiscalización del cumplimiento de las normas e instrumentos de gestión ambiental; y de sanción, 
cuando corresponda. Depende del despacho Viceministerial de Transportes. 
 
 
 
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recuperación y/o reemplazo de puentes definitivos en la Red Vial Nacional, 
Departamental y Vecinal, con una longitud menor a 350 m; con excepción en la creación 
de puentes dentro de Áreas Naturales Protegidas, Zonas de Amortiguamiento o Áreas 
de Conservación Regional, al cual le corresponde Declaración de Impacto Ambiental 
(DIA), cuyos términos de referencia fueron aprobados mediante Resolución 
Ministerial Nº 891-2019-MTC/01.02 del 07.10.2019, por lo que la DIA será evaluada 
sobre la base de los alcances y contenido de los citados TdRs. A continuación se 
detalla la tipología del proyecto: 
 
Cuadro N° 01: Tipología del Proyecto 
Nº TIPOLOGÌA DE PROYECTO DE INVERSIÒN CATEGORIA 
ASIGNADA 
20 Creación, mejoramiento, recuperación y/o reemplazo de 
puentes definitivos en la Red Vial Nacional, Departamental y 
Vecinal, con una longitud menor a 350 m; con excepción en la 
creación de puentes dentro de Áreas Naturales Protegidas, 
Zonas de Amortiguamiento o Áreas de Conservación 
Regional 
DIA 
 Fuente: Decreto Supremo N° 008-2019-MTC. 
 
2.3. DATOS DEL TITULAR Y CONSULTORA ENCARGADA DE ELABORAR LA DIA 
 
2.3.1. El titular del proyecto: “Creación del Puente Sogay – Quequeña - Distrito Quequeña, 
Distrito de Yarabamba, Provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa” Código 
Único de Inversiones N° 2410431, es la Municipalidad Distrital de Yarabamba. 
Asimismo, la empresa consultora Yanapaqui Consultoría e Ingeniería S.A.C., es la 
encargada de elaborar la DIA, la cual se encuentra inscrita en el Registro Nacional de 
Consultoras Ambientales administrada por el Servicio Nacional de Certificación 
Ambiental para las Inversiones Sostenibles-SENACE, en el sector Transportes con el 
número de Registro 462-2019-TRA. 
 
2.3.2. Asimismo, se presenta una relación de personal profesional que participó en la 
elaboración del estudio, en la que se identifica a los siguientes especialistas que 
suscriben el estudio ambiental, como se observa en el Cuadro N° 02: 
 
Cuadro N° 02: Profesionales responsables de la elaboración de la DIA 
 
N° Nombres y Apellidos Especialidad Profesión N° Colegiatura 
1 
Jaime Francisco Amado 
Lazo 
Ambiental Biólogo CBP 9238 
2 Eliseo Zeballos Zeballos Sociología Sociólogo CSP 294 
3 
Willy Fermin Chavez 
Revilla 
Predial Ingeniero Civil CIP 64646 
 Fuente: Datos del expediente de la DIA. 
 
 
2.4. UBICACIÓN DEL PROYECTO 
 
El proyecto se desarrollará entre los distrito de Quequeña y Yarabamba el mismo que 
se ubica entre limite distrital de ambas, perteneciente a la provincia y Región Arequipa; 
exactamente se va a intervenir en el rio Yarabamba, baden de Sogay - Quequeña, todo 
esto dentro de la ciudad de Arequipa, políticamente pertenece al distrito de Yarabamba 
 
 
 
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y Quequeña, provincia y departamento de Arequipa. Perteneciendo a la carta geológica 
34-T, del cuadrángulo de Puquina, zona 19K. Geográficamente el área del proyecto, se 
encuentra ubicada entre los 2750 a 2900 m.s.n.m., altitud que corresponde a la región 
altitudinal Quechua. 
 
Cuadro N° 03: Ubicación del tramo del proyecto 
Puntos Progresiva 
Coordenada UTM 
(Datum WGS 84, Zona 18S) 
Norte Este 
Inicio 0+050 8167035.45 238946.25 
Fin 0+230 8167063.52 239188.61 
 Fuente: DIA del proyecto 
 
 
2.5. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL PROYECTO ACTUAL 
 
Características del Puente Existente: 
Actualmente no se cuenta con ningún puente solamente se tiene un baden y una vía de 
acceso. 
 
Cuadro N° 04: Características técnicas actuales de la vía 
 
Características de la vía Sin Proyecto 
1. Vía (Sector Límite distritos Yarabamba Quequeña) 
Longitud (m) 200 
IMD (Veh/día) 433 
Cobertura con Pavimento Inadecuado 
Tipo de daño Encalaminado/humedad 
Estado de conservación Malo 
Ancho de Calzada (m) Variable 
Área (m2) - 
Espesor de afirmado (m) Variable menos 0.20 m 
2. Otros 
Veredas No existe 
Sardineles (Unid.) No existe 
Muros de protección Inadecuado 
Señalización horizontal Sin señales 
 Fuente: DIA del proyecto 
 
Características de la vía proyectada: 
A continuación, se presenta un resumen de las características técnicas proyectadas: 
 
Cuadro N° 05: Características técnicas del proyecto a implementar 
 
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS 
IMD 433 vehículos/día De acuerdo al Estudio de Tráfico 
Clasificación de la vía: 
 
 
 
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CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS 
- Por su función 
- De acuerdo a la demanda 
- Según condiciones orográficas 
- Según GH-020 
 
Carretera vecinal AR-788 
Segunda Clase 
Carretera Tipo 2 
Zona Urbana 
 
Velocidad directriz 40 KPH (ZONA URBANA) 
ALINEAMIENTO HORIZONTAL 
Radio mínimo 40 m (ZONA URBANA) 
ALINEAMIENTO VERTICAL 
Pendiente mínima 0.5 % 
Pendiente máxima 7.00 % 
Pendiente máxima excepcional 12.00% 
SECCION TRANSVERSAL 
Número de carriles 2 
Ancho del carril (m) 4.10 m 
Ancho de Superficie de rodadura 8.20 m 
Ancho de Vereda 1.20 m 
Bombeo 2.0 % 
Ancho de Baranda 0.15m 
Peralte Máximo 8.00 % 
Derecho de vía 10.90 m (5.45 m a cada lado del eje) 
Talud en relleno 1:1.5 (V:H) “Estudio de Geología y Geotecnia” 
Talud en Corte SegúnEstudio de “Geología y Geotecnia” 
Fuente: DIA del proyecto 
 
CARACTERÍSTICAS PROYECTADAS DEL PUENTE 
Tipo de estructura 
Está conformado por una estructura de concreto armado con una sección de 
puente en cajón simplemente apoyado, se considera que las secciones 
transversales de los cajones se mantienen fieles a su forma, es decir que la 
forma de la sección transversal no varía sensiblemente con la torsión. 
Sistema constructivo 
• El sistema constructivo inicia con el trazo y replanteo en campo y con las 
coordenadas el eje del puente. 
• Enseguida se realiza la excavación de zapatas a la profundidad de desplante 
indicada de acuerdo al estudio de suelos e hidrología. 
• Se realiza la habilitación de acero en zapatas y estribos seguidamente se 
lleva acabo el vaciado de concreto en zapatas. 
• Se procede con el encofrado y vaciado de concreto en estribos. 
• Se realiza el armado del falso puente que soporta el encofrado de la 
superficie del puente cajón. 
• Terminada la habilitación de acero se procederá al vaciado del concreto 
monolítico del puente. 
Carga viva de diseño 
 El proyecto del puente Quequeña – Sogay es diseñado para una carga viva 
HL-93 AASTHO 
Longitud y luz del puente 
La longitud del puente es de 41.46m incluye losas de aproximación, y la luz de 
30.66m 
Ancho 
El puente es de dos vías con un ancho de 8.2m, a cada lado se tiene vereda 
efectiva de 1.20m y 0,15m de baranda teniendo un ancho total de 10.90m. 
 
 
 
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CARACTERÍSTICAS PROYECTADAS DEL PUENTE 
Altura puente respecto al cauce del 
cuerpo natural de agua en época de 
avenidas 
La altura del puente es de 4m respecto de la base de losa de protección y una 
luz libre de 1.5m respecto al tirante máximo de agua NAME. 
Número de carriles El puente presenta 02 carriles de 3.60m en cada carril. 
Ancho de tablero El ancho del tablero es de 6.60m más un sobre ancho de 1.6m 
Losa de aproximación 
Se tiene un losa de aproximación de concreto armado al ingreso y salida del 
puente con una longitud de 5m 
Superficie de desgaste de concreto La superficie del puente cuenta con un revestimiento de e=0.05m de asfalto. 
Subestructura, superestructura e 
infraestructura 
• Subestructura: El concreto seleccionado para su construcción es de 
resistencia especificada de 280 kg/cm2, y fabricado con cemento tipo HS. La 
zapata tienen una dimensión de 
14.50m x 10.35m x 0.90m. 
• Superestructura: Está conformada por una sección de puente viga cajón con 
cuatro vigas de 2.0m de peralte y una losa de 0.20m de espesor. 
Estribos 
• Los estribos son de concreto armado, de tipo cerrado con pantalla y 
contrafuertes. 
• Forman una U desde la vista en planta. 
• Conformado por un muro frontal, y dos muros laterales perpendiculares en 
cada uno de sus extremos y un muro contrafuerte inclinado central. 
• El muro frontal tiene un espesor de 0.90 m, ancho de 11.20 m y altura de 9.7 
m, el tablero se apoya sobre los estribos de manera semi integral. 
• Los muros laterales tienen un espesor de 0.40 m, ancho de 6.00, y altura 
máxima de 9.5m. 
• Los apoyos donde descansa la superestructura en los estribos están 
constituidos por neoprenos reforzados cuadrados de 0.50 m x 0.60 m x 0.09 
m, con una separación de 1.73 m. 
• En la parte superior de apoyo del tablero se presenta trabes de concreto 
además de neopreno lateral para evitar deslizamientos laterales del puente 
por efectos dinámicos en cada estribo. 
Cimentación 
Se da la cimentación en una sección de 14.40m. x 10.25m. con una 
profundidad de desplante de 6.35m. desde el fondo del solado hasta un losa de 
protección sobre la nueva rasante del Rio Sogay. 
Con una resistencia de concreto en zapatas y pantallas de fc = 210 kg/cm2 
Aleros 
Los muros de contención ME-2 y ME-1 cumplirán la función de protección de 
estribos de alturas, las mismas que tienen secciones variables desde 6.50m 
hasta 10.20m de alto 
Con una resistencia de concreto en zapatas y pantallas de fc = 210 kg/cm2 
Muros de contención 
Los muros de contención esta conformados por muros en voladizo de concreto 
armado que son ME-2 cuyas alturas varían de los 6.0m hasta los 7.0m 
dispuestos en una longitud de 52m de protección en margen izquierda y 
derecha del rio y muros de concreto armado en contrafuerte ME-1 con una 
altura de 11m y longitud de 7.50m dispuestos al margen derecho e izquierdo 
del rio con una longitud de 149m. 
Accesos; Superficie de rodadura 
los accesos están conformados por una vía de 6.60m de ancho asfaltada al 
inicio y final del puente se tiene una vereda peatonal de 1m de ancho en la vía. 
Tipo de estructura de defensa ribereña 
Se tiene los muros de contención proyectados 32.0m agua arriba y 138.0m 
aguas abajo del puente y estos presentan muros de enrocado con rocas de 
0.50m de diámetro en su base a lo largo de toda la longitud de los muros para 
protección de socavación. 
Fuente: DIA del proyecto 
 
 
 
 
 
 
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2.5.1 DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL PROYECTO 
 
En el siguiente cuadro se presenta las actividades del proyecto según etapas: 
 
Cuadro N° 06: Actividades del proyecto 
 
Etapa Actividad 
Preliminar 
▪ Acondicionamiento de terreno y movimiento de máquinas y equipos 
▪ Obras de encauzamiento 
▪ Instalaciones y acondicionamiento de áreas auxiliares. 
Construcción 
▪ movimiento de tierra 
▪ Intervención que realizara el proyecto sobre el cauce y faja marginal del rio 
Yarabamba, 
▪ Transporte de material excedente y sedimentos, por las actividades de 
excavación. 
▪ Construcción de estribos y obras de encauzamiento del rio. 
▪ Construcción de losas de concreto y reforzamiento para conservar intacto el 
puente. 
▪ Mejoramiento de vías de acceso al puente. 
Culminación de 
obra 
▪ Retiro de las instalaciones provisionales de los servicios básicos como los baños 
químicos portátiles, 
▪ Movilización y retiro de materiales, herramientas y equipos para desmantelar 
instalaciones provisionales. 
▪ Limpieza del terreno de toda el área intervenida. 
Operación 
▪ Tránsito de vehículos. 
▪ Operación del mejoramiento de las vías de entrada al puente. 
▪ Operación del puente vehicular. 
Mantenimiento 
rutinario y 
periódico 
▪ Actividades de mantenimiento de puente 
▪ Actividades de mantenimiento de las vías. 
▪ Actividades de mantenimiento de la señalización vehicular. 
 Fuente: DIA del proyecto 
 
 
2.5.2 INSTALACIONES DE ÁREAS AUXILIARES DEL PROYECTO 
 
a) Cantera 
El material será de agregado grueso proveniente de un tercero privado ubicado en el 
Distrito de Socabaya, por lo que no se requiere aprobación de esta área auxiliar. Se 
describen las características de la cantera: 
 
Cuadro N° 07: Caracterización de las Canteras 
 
 
Nombre de 
cantera 
Área 
(m2) 
Perímetro 
(m) 
 
Volumen 
potencial 
(m3) 
 
Volumen 
requerido 
(m3) 
 
PROGRESIVAS 
COORDENADAS UTM 
WGS 84 
Este Norte 
CANTERA 
MACNINAK 
30451.236 643.027 ------ ------- 
KM 
17+044.246 
235549 
235554 
235578 
235571 
8169614 
8169628 
8169616 
8169600 
Fuente: DIA del proyecto. 
 
 
 
 
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres” 
 “Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia” 
 
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T. (511) 615-7800 
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b) DME 
A continuación, se describen las características del DME: 
 
Cuadro N° 08: Lista de Depósitos de Material Excedente 
 
Nombre del 
DME 
Área (m2) 
Perímetro 
(m) 
Volumen 
potencial 
(m3) 
Volumen adisponer 
(m3) 
Progresivas 
COORDENADAS UTM WGS 84 
Este Norte 
DME 8444.10 487.54 3000 1800 
KM 
9+356.393 
235403.873 
235476.278 
235508.362 
235542.452 
235579.419 
235585.878 
235540.404 
235528.659 
235509.048 
235491.598 
235476.480 
235464.193 
235454.969 
235438.984 
235422.995 
235411.490 
8169704.765 
8169656.207 
8169625.513 
8169600.213 
8169574.648 
8169610.318 
8169663.604 
8169670.595 
8169686.829 
8169694.740 
8169701.488 
8169709.909 
8169711.747 
8169717.616 
8169722.025 
8169721.017 
Fuente: DIA del proyecto 
 
c) Patio de Máquinas 
A continuación se describen las características del patio de máquinas: 
 
Cuadro N° 09: Ubicación Patio de Máquinas 
N° Área (m2) Perímetro (m) Progresivas 
COORDENADAS UTM WGS 84 
Este Norte 
PATIO DE 
MÁQUINAS 
1,140.17 151.07 
KM 
2+770 
236371.650 
236338.074 
236329.135 
236318.000 
236363.180 
8168663.600 
8168678.213 
8168689.023 
8168662.590 
8168642.830 
 Fuente: DIA del proyecto 
 
d) Fuentes de agua 
 
La zona del proyecto cuenta con los servicios de agua potable y alcantarillado, respecto 
al uso de agua para la obra para la construcción del puente, a continuación, se presenta 
un cuadro resumen de la demanda del uso de agua para las etapas del proyecto: 
 
Cuadro N° 10: Demanda de agua 
 
ETAPA DEL PROYECTO USO ORIGEN CANTIDAD 
 Actividades de 
construcción 
Sera provisto por un 
tercero que cuente con 
 
 
 
 
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Construcción 
Actividades de Mitigación 
Ambiental 
sus respectivos 
permisos y licencias 
55 m3/mes 
 
Cierre 
Movimiento de tierras 
Retiro de Maquinas 
Sera provisto por un 
tercero que cuente con 
sus respectivos 
permisos y licencias 
 
15 m3 
 
 
Operación y 
Mantenimiento 
Actividades de 
mantenimiento y limpieza 
del puente 
Sera provisto por un 
tercero que cuente con 
sus respectivos 
permisos y licencias 
5 m3 
Cada que se realicen 
las actividades de 
limpieza del puente 
 Fuente: DIA del proyecto 
 
En el área de influencia del proyecto, se hizo una exploración detenida, a fin de ubicar 
puntos con existencia de fuentes de agua naturales y/o quebradas, que podrían ser 
utilizadas en las actividades del proyecto en procesos como mezclas de concreto de 
cemento Portland y agua para compactación de subrasante, capas granulares del 
terraplén, tanto para obras de arte (cunetas, alcantarillas, muros de contención, etc.), 
afirmados y rellenos. 
 
Las consideraciones con las que se tuvo en cuenta para la identificación de las mismas 
fueron su permanencia, que esta se encuentre potencialmente disponible durante 
todo el año, incluyendo las épocas de estiaje, la calidad del agua, que estas aguas 
cumplan con los requerimientos para emplearlas en obras de Concreto de Cemento 
Portland, caudal, contar con el volumen necesario para cubrir las necesidades del 
proyecto, vías de acceso y situación legal. El agua requerida para el presente proyecto 
deberá contar con la respectiva autorización por la autoridad competente. 
 
Cuadro N° 11: Ubicación y coordenadas de fuentes de agua 
 
FUENTE 
Coordenadas Ubicación 
Este Norte Dist. Provincia Departamento 
Rio Yarabamba 0235722 8169425 Yarabamba Arequipa Arequipa 
 Fuente: DIA del proyecto 
 
e) Demanda de agua para Consumo Humano 
 
Sera abastecida por bidones comprados a terceros, la cantidad a ser consumida será 
de un bidón de 10 litros por mes solamente para bebida del personal. 
 
No se generará efluentes domésticos, solamente efluentes industriales provenientes 
de los baños químicos que serán instalados en la zona de patio de máquinas, estos 
efluentes serán dispuestos mediante una EO-RS debidamente registrada en el 
MINAM, es por ello que no se generara ningún impacto negativo al recurso hídrico. 
 
El uso de máquinas y equipos serán provistos por terceros, los mismos que se 
encargarán del mantenimiento preventivo y del combustible, es por ello que no se 
generara ningún impacto negativo al recurso hídrico. 
 
 
 
 
 
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2.5.3 Residuos sólidos 
 
El manejo de residuos sólidos para las etapas de trabajos preliminares, construcción y 
operación y mantenimiento del proyecto, está estructurado de tal manera que analiza 
cada etapa del manejo de los residuos sólidos, es decir toma en cuenta los aspectos 
concernientes a la generación, segregación, almacenamiento, recolección, transporte y 
disposición final. 
 
Los criterios para el manejo de residuos a seguir son los que a continuación se 
describen: 
− Los residuos no peligrosos que se generen durante la ejecución del proyecto, serán 
almacenados temporalmente en áreas habilitadas dentro de la locación u oficinas, 
para posteriormente reciclar, venderlos o donarlos o disponerlos hacia un relleno 
sanitario. 
− Los residuos peligrosos que se generen durante la ejecución del proyecto, serán 
almacenados temporalmente en áreas habilitadas dentro de cada locación, 
posteriormente estos serán trasladados hacia una empresa operadora registrada en 
el MINAM 
− Clasificación de los residuos 
− Durante el desarrollo de las diversas actividades en la etapa de ejecución al igual 
que todos los proyectos se generarán residuos sólidos de tipo orgánico e inorgánico 
de diferentes tipos. 
 
Los residuos Sólidos de Gestión Municipal (orgánicos) son recogidos por los carros 
recolectores del Municipio con una frecuencia de dos a tres veces por semana, siendo 
su disposición final el relleno sanitario autorizado por el municipio. 
 
Los residuos peligrosos provenientes del mantenimiento de máquinas serán 
transportados por una EO-RS para ser dispuestos a un relleno de seguridad. 
 
 
2.5.4 Presupuesto de Inversión del Proyecto 
 
El costo total de inversiones será de S/. 6,802,362.86 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS 
DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CON 86/100 NUEVOS SOLES). 
 
2.5.5 Cronograma 
 
El tiempo programado para el desarrollo de actividades y la ejecución del proyecto es 
de 180 días calendarios (06 meses). 
 
2.6. Área de Influencia del Proyecto 
 
El AID (Área de Influencia Directa) es susceptible de recibir los impactos producidos 
durante la etapa de Construcción, Operación y Mantenimiento del proyecto los cuales 
son identificados y percibidos de forma directa e inmediata, a lo largo de la vía a 
intervenir del proyecto, se ha identificado chacras alrededor y una única vivienda. 
 
También son considerados los espacios colindantes donde un componente ambiental y 
social puede ser permanentemente o significativamente afectado por las actividades 
desarrolladas durante la fase de construcción, operación y mantenimiento del 
proyecto. La superficie del AID es de 30242.7682 m2. 
 
El AII (Área de influencia Indirecta) está definida como el espacio físico en el que un 
componente ambiental alterado directamente, afecta a su vez a otros u otros 
 
 
 
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componentes ambientales no relacionados con el proyecto, aunque sea con una 
intensidad mínima. El área de influencia indirecta viene a ser el resultado de un 
conjunto de áreas de acuerdo al alcance de los diferentes componentes que comprende 
al medio ambiente. El AII tiene un área de 80444.7831 m2. 
 
2.7. Línea Base 
 
2.7.1. Línea Base Física: Se precisa información del clima, calidad de aire y ruido, 
vibraciones, fisiografía, geomorfologíay geología, unidades geomorfológicas, 
sismicidad, suelo, capacidad de uso mayor de tierras, uso actual de tierras, 
hidrología e hidrografía, calidad del agua. 
 
2.7.2. Línea Base Biológico: Se precisa información respecto de la formación ecológica, 
flora y fauna silvestre existentes en el área de influencia del proyecto, paisaje, 
ecosistema acuático, servicios ecosistémicos. El titular del proyecto declara que 
el Proyecto no se desarrolla dentro de un ANP o ZA.2 
 
2.7.3. Línea Base Social 
 
El titular del proyecto presenta información de la línea de base social (numeral 6.4 al 
6.4.11-DIA) del área de influencia del proyecto con las variables e indicadores sociales 
como: demografía, educación, salud, vivienda y servicios básicos, economía y pobreza, 
actividades económicas, transporte y comunicaciones, institucionalidad local y 
regional y análisis de los grupos de interés. La LBS ha sido desarrollada con 
información de fuentes secundarias como: INEI, MINEDU-ESCALE, MINSA, RENIPRES, 
MIDIS, MIMP, Gobierno Regional Arequipa y fuentes primarias mediante la aplicación 
de entrevistas semi estructuradas dirigido a las autoridades locales. La 
caracterización social corresponde a los distritos de Quequeña y Yarabamba. 
 
Cuadro N° 12: Distritos del área de influencia del proyecto 
DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITOS 
Arequipa Arequipa 
Quequeña 
Yarabamba 
 Fuente: DIA del proyecto 
 
2.7.4. Diagnóstico Arqueológico 
 
El titular del proyecto, declara que dentro del área de influencia del proyecto y los 
componentes auxiliares, no encuentra ningún sitio arqueológico (numeral 6.4.12- DIA). 
 
Al respecto, el titular del proyecto deberá gestionar el Plan de Monitoreo Arqueológico 
y los permisos correspondientes ante la Dirección Desconcentrada de Cultura de 
Arequipa, previo al inicio de obras, conforme el Reglamento de Intervenciones 
Arqueológicas, aprobado con el Decreto Supremo Nº 003-2014-MC, y normas vigentes. 
 
 
2.8. Participación Ciudadana 
 
El titular del proyecto, presenta la sistematización de los resultados del mecanismo 
participativo, realizado en el marco de la elaboración de DIA (capítulo 12), conforme 
 
2 Es preciso señalar que la información presentada tiene carácter de Declaración Jurada para todos sus efectos legales, 
por lo que el Titular del proyecto, los representantes de la Consultora que lo elabora y los profesionales que lo suscriban 
son responsables por la veracidad de su contenido, según lo establecido en el artículo 59 del Reglamento de la Ley del 
SEIA y el artículo 12 del RPAST. 
 
 
 
 
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los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM. Reglamento sobre 
Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta 
Ciudadana en Asuntos Ambientales y Términos de Referencia. 
 
En el marco de la DIA, se ejecutaron mecanismo participativo mediante taller 
informativo, en ese sentido, se informó sobre las características y actividades del 
proyecto, características ambientales, posibles impactos ambientales y sociales y los 
programas del PMA. Asimismo, se recogieron los aportes y percepciones de la población 
respecto al proyecto. Se adjunta las fuentes de verificación: material informativo, lista 
de asistencia, afiche, registro fotográfico y video (Anexo M). 
 
Cuadro N° 12: Mecanismo participativo 
 
 
 
 
Fuente: DIA del proyecto 
 
2.9. Impactos ambientales identificados 
 
A continuación se lista los impactos ambientales identificados en el proyecto: 
 
• Generación de Material Particulado por el Acondicionamiento de terreno y 
movilización de máquinas y equipos 
• Emisión de gases por el Acondicionamiento de terreno y movilización de máquinas 
y equipos 
• Generación de Ruido por el Acondicionamiento de terreno y movilización de 
máquinas y equipos 
• Generación de Residuos Sólidos por el Acondicionamiento de terreno y movilización 
de máquinas y equipos 
• Generación de Vibraciones por el Acondicionamiento de terreno y movilización de 
máquinas y equipos 
• Modificación de la Calidad del suelo por el Acondicionamiento de terreno y 
movilización de máquinas y equipos 
• Modificación de la Calidad del paisaje por el Acondicionamiento de terreno y 
movilización de máquinas y equipos 
• Generación de empleo por el Acondicionamiento de terreno y movilización de 
máquinas y equipos 
• Generación de Material Particulado por obras de encauzamiento 
• Emisión de gases por obras de encauzamiento 
• Generación de Ruido por obras de encauzamiento 
• Consumo de Agua por obras de encauzamiento 
• Generación de Residuos Sólidos por obras de encauzamiento 
• Generación de Vibraciones por obras de encauzamiento 
• Modificación de la Calidad del suelo por obras de encauzamiento 
• Modificación de la Calidad del paisaje por obras de encauzamiento 
• Generación de empleo por obras de encauzamiento 
• Generación de Material Particulado por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
• Emisión de gases por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
• Generación de Ruido por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
• Generación de Residuos Sólidos por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
• Generación de Vibraciones por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
• Modificación de la Calidad del suelo por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
• Modificación de la Calidad del paisaje por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
• Generación de empleo por el Acondicionamiento de áreas auxiliares 
N° Mecanismo Distrito Fecha 
1 
Taller Informativo 
 
Distrito de Yarabamba 
09/09/2019 
 
 
 
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• Generación de Material Particulado por movimiento de tierras 
• Emisión de gases por movimiento de tierras 
• Generación de Ruido por movimiento de tierras 
• Generación de Vibraciones por movimiento de tierras 
• Modificación de la Calidad del suelo por movimiento de tierras 
• Generación de empleo por movimiento de tierras 
 
2.10. Plan de Manejo Ambiental 
 
Las medidas de prevención, corrección y mitigación serán aplicadas durante la 
ejecución de las actividades del proyecto; estas medidas se han planteado de acuerdo a 
los impactos ambientales adversos identificados en el capítulo de Identificación y 
Evaluación de los Impactos Ambientales. Se propone la implementación de programas, 
los cuales ayudarán en el desempeño y mejora continua durante la ejecución de las 
actividades del Proyecto, estos programas se muestran en el siguiente: 
 
A. PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN AMBIENTAL 
• Subprograma de Manejo de Residuos y Efluentes 
• Manejo de Residuos Solidos 
• Manejo de aguas residuales 
• Manejo de residuos peligrosos 
• Disposición de manejo de residuos peligrosos 
• Especialista ambiental 
 
B. PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SEÑALIZACION AMBIENTAL 
• Señal informativa Ambiental 
 
C. PLAN DE CAPACITACIÓN, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y SEGURIDAD 
 
D. PLAN DE GESTIÓN SOCIAL 
• Programa de Relaciones Comunitarias 
• Programa de Contratación de mano de obra local 
• Programa de manejo social de áreas auxiliares 
• Programa de afectaciones asociadas a la ejecución de obras 
• Programa de compras locales y control de deudas 
• Programa de participación ciudadana 
 
E. PROGRAMA DE MONITOREO 
• Monitoreo de calidad del agua 
• Monitoreo de calidad del aire 
• Monitoreo del nivel de presión del ruido 
• Monitoreo de la calidad del suelo 
 
F. PROGRAMA DE ABANDONO DE OBRA 
• Disposición y conformación de material excedente 
 
La implementación del Plan de Manejo Ambiental y Social cuenta con un presupuesto 
de S/. 116,237.38 soles, en un tiempo estimadode 06 meses para su ejecución. 
 
Finalmente, los programas, planes y medidas sociales y ambientales, deberán respetar 
y considerar la normatividad, lineamientos, requerimientos y alcances técnicos, en el 
marco del impacto del COVID-19, entre ellas, el Decreto Legislativo Nº 1500 y otros 
requeridos para dicho fin. 
 
 
 
 
 
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2.11. Plan de Afectaciones y Compensaciones – PAC 
 
De acuerdo a la información declarada en el expediente DIA referido al componente 
predial del Proyecto Creación del Puente Sogay , Quequeña, Distrito Quequeña, 
Provincia de Arequipa, Arequipa, no se han previsto afectaciones prediales, esto debido 
a que las actividades asociadas a la ejecución del proyecto referidas a los accesos, se 
desarrollaran sobre la vía existente y el derecho de vía, se respetará el límite de 
propiedad. 
 
Asimismo, el Titular manifiesta que se respetará el derecho de propiedad, tenencia o 
posesión de la población, es por ello que se adjuntó para sustentar la NO afectación el 
Plano Clave elaborado por la Consultora registrada en SENACE mediante el cual se 
visualiza el ancho de vía existente, el ancho de vía proyectado y el eje de vía, es así que 
se determina la NO afectación predial. 
 
Finalmente, mediante anexo digital remitido por el Titular se adjuntó la Declaración 
Jurada en la cual el titular se comprometa a que en caso surja algún tipo de afectación 
predial, se deberá cumplir con todo lo estipulado en el Decreto Legislativo N° 1192 y 
sus modificatorias D.L. N° 1330 y N° 1366, garantizando una adecuada indemnización, 
según lo estipulado en el art. 70° de las afectaciones prediales del Capítulo 3 del 
Reglamento de Protección Ambiental 
 
Es importante precisar que la información presentada tiene carácter de Declaración 
Jurada para todos sus efectos legales, por lo que el Titular, los Representantes de la 
Empresa Consultora que elabora la DIA y los profesionales que la suscriben, son 
responsables por la veracidad de su contenido, según lo establecido en el artículo 50 
del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema de Evaluación de Impacto 
Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, y el artículo 12 
del Reglamento de Protección Ambiental para el Sector Transportes. 
 
Para el análisis y revisión de la información presentada no se realizó la inspección in 
situ. Asimismo, el titular del proyecto deberá atender de manera adecuada cualquier 
afectación predial no prevista que pudiera surgir en la obra. 
 
2.12. Opiniones técnicas de autoridades competentes 
 
El Proyecto se desarrolla fuera de un Área Natural Protegida, Zona de Amortiguamiento 
y Área de Conservación Regional, por lo que no requiere opinión técnica favorable por 
parte del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado -SERNANP. Sin 
embargo, se cuenta con la Opinión Técnica Favorable emitida por la Autoridad Nacional 
del Agua (ANA), sustentada con el Informe Técnico N° 0017-2021-ANA-DCERH/RYR 
adjunto al Oficio N° 1027-2021-ANA-DCERH, en tanto que, cumplía con los requisitos 
técnicos en materia de recursos hídricos. 
 
III. CONCLUSIONES 
 
3.1 La Municipalidad Distrital de Yarabamba presentó la Declaración de Impacto Ambiental-
DIA para el proyecto: “Creación del Puente Sogay – Quequeña - Distrito Quequeña, 
Distrito de Yarabamba, Provincia de Arequipa, Arequipa” Código Único de Inversiones 
N° 2410431, conforme el Reglamento de Protección Ambiental para el Sector 
Transportes, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2017-MTC, y modificatorias. 
 
3.2 Conforme el diseño, magnitud, alcance y componentes del proyecto materia de 
evaluación, calza dentro de la clasificación anticipada, toda vez que corresponde a la 
tipología 20 como: “Creación, mejoramiento, recuperación y/o reemplazo de 
 
 
 
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puentes definitivos en la Red Vial Nacional, Departamental y Vecinal, con una 
longitud menor a 350 m; con excepción en la creación de puentes dentro de Áreas 
Naturales Protegidas, Zonas de Amortiguamiento o Áreas de Conservación 
Regional” y corresponde la Categoría I - Declaración de Impacto Ambiental, establecida 
en el anexo N° 01 de la modificación del Reglamento de Protección Ambiental para el 
Sector Transportes (RPAST), aprobada con Decreto Supremo N° 008-2019-MTC. 
Asimismo, la DIA ha sido elaborada con los TdR, aprobado con Resolución Ministerial N° 
891-2019-MTC/01.02. 
 
3.3 El proyecto se desarrollará entre los distrito de Quequeña y Yarabamba el mismo que se 
ubica entre limite distrital de ambas, perteneciente a la provincia y Región Arequipa; 
exactamente se va a intervenir en el rio Yarabamba, baden de Sogay - Quequeña , todo 
esto dentro de la ciudad de Arequipa, políticamente pertenece al distrito de Yarabamba 
y Quequeña, provincia y departamento de Arequipa. Perteneciendo a la carta geológica 
34-T, del cuadrángulo de Puquina, zona 19K. Geográficamente el área del proyecto, se 
encuentra ubicada entre los 2750 a 2900 m.s.n.m., altitud que corresponde a la región 
altitudinal Quechua. 
 
Puntos Progresiva 
Coordenada UTM 
(Datum WGS 84, Zona 18S) 
Norte Este 
Inicio 0+050 8167035.45 238946.25 
Fin 0+230 8167063.52 239188.61 
 
 
3.4 El titular declara la ubicación característica, diseño, componentes, áreas auxiliares y 
alcances del mencionado proyecto, los cuales se describen en los numerales 2.4. al 2.5 
del presente Informe Técnico. 
 
3.5 De acuerdo al análisis de la información remitida por el titular para subsanar las 
observaciones realizadas a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del citado 
proyecto, se concluye que las observaciones en el componente ambiental, social y 
predial, han sido subsanadas (Ver anexo N° 01). Por tanto, se recomienda aprobar la 
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto mencionado. 
 
3.6 Se ha cumplido con ejecutar los mecanismos de participación ciudadana (taller 
informativo) en el marco de la elaboración de la DIA del presente proyecto, en aplicación 
a los alcances y consideraciones previstas en el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM 
-Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y 
Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales y los Términos de 
Referencia. 
 
3.7 El Titular del Proyecto no ha identificado afectaciones prediales, precisando y 
determinando la razón de la no afectación que las actividades asociadas al Proyecto no 
afectaran predios existentes adyacentes. Asimismo se adjunta la Declaración Jurada por 
1192 mediante se manifiesta el compromiso del Titular a indemnizar y compensar 
adecuadamente en caso surjan afectados no previstos. 
 
3.8 De acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del RPAST, el titular del proyecto deberá 
comunicar al Ministerio de Transporte y Comunicaciones, en su calidad de Autoridad 
Competente, el inicio de obras dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a este. 
 
3.9 El titular del Proyecto se encuentra en la obligación de cumplir con los compromisos u 
obligaciones establecidos en su Plan Manejo Ambiental (PMA) de la DIA y conforme lo 
 
 
 
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establece en el cronograma de actividades del PMA y en cuanto resulten aplicables con 
las medidas de protección ambiental a las actividades de transporte dispuesta en el 
Título IV del RPAST. 
 
3.10 Los programas, planes y medidas sociales y ambientales, deberán respetar y considerar 
lanormatividad, lineamientos, requerimientos y alcances técnicos, en el marco del 
impacto del COVID-19, entre ellas, el Decreto Legislativo Nº 1500 y otros requeridos para 
dicho fin. 
 
3.11 Los permisos y/o autorizaciones para el uso de las áreas auxiliares contempladas en la 
DIA deberán solicitarse previo al inicio de la actividad. Asimismo, de requerir una nueva 
área auxiliar (DME, patio de máquinas) no contemplada en la Certificación Ambiental 
que otorgue la DGAAM, deberá solicitarse a esta Dirección General la aprobación de las 
medidas de manejo ambiental con una anticipación de treinta (30) días calendarios; para 
lo cual deberá remitir un Informe Técnico Sustentatorio (ITS), en concordancia con el 
artículo 20 del RPAST, y las consideraciones establecidas en la R.M. N° 036-2020-
MTC/01.02. 
 
3.12 El proyecto cuenta con Opinión Técnica Previa Favorable de la Autoridad Nacional del 
Agua sustentada con el Informe Técnico N° 0017-2021-ANA-DCERH/RYR adjunto al 
Oficio N° 1027-2021-ANA-DCERH. El titular deberá cumplir con disposiciones 
establecida por la ANA. 
 
3.13 El proyecto y sus componentes, no se superponen a ningún ANP, ZA o ACR, en ese 
sentido, no aplica la opinión del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el 
Estado. 
 
3.14 El titular del Proyecto, deberá informar de manera trimestral a la Dirección General de 
Asuntos Ambientales (DGAAM), el cumplimiento e implementación del Programa de 
Manejo Ambiental (PMA), incluyendo las fuentes de verificación correspondiente, salvo 
las acciones de prevención, mitigación y control. 
 
3.15 La aprobación de la DIA del presente proyecto no constituye el otorgamiento de licencias, 
autorizaciones, permisos o demás títulos habilitantes; u otros requisitos legales con las 
que deba contar el titular del proyecto para continuar con la ejecución, cierre, operación 
y mantenimiento del proyecto. 
 
3.16 En el marco de la Declaratoria de Emergencia Sanitaria, el MTC habilitó la Mesa de Partes 
Virtual, con la finalidad de brindar celeridad y eficacia a los procedimientos 
administrativos iniciados de parte, siendo que toda la información remitida tiene 
carácter de declaración jurada. 
 
3.17 En el marco de ello, el administrado presentó información relacionada al levantamiento 
de observaciones por medio electrónico, información que posee la misma validez y 
eficacia jurídica que los actos realizados por medios físicos tradicionales constituyendo 
declaración jurada sobre la veracidad de la información presentada siendo responsable 
de su contenido. En razón de ello, y en aplicación del debido procedimiento 
administrativo, el administrado ha cumplido con presentar de manera integral el 
expediente que contiene la DIA de manera virtual, el cual constituye el instrumento 
ambiental que estará sujeto a las acciones de fiscalización posterior y/o las acciones de 
supervisión ambiental que correspondan. 
 
3.18 Asimismo, se remite para la prosecución del trámite de aprobación del presente 
instrumento, la información actuada relacionada al expediente administrativo en 
soporte digital, de conformidad con lo señalado en el Numeral 30.1 del artículo 30 y 
 
 
 
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numeral 134.1 del artículo 134 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el 
Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo 
General. 
 
 
4. RECOMENDACIONES 
 
4.1 Otorgar la Certificación Ambiental al proyecto “Creación del Puente Sogay – Quequeña 
- Distrito Quequeña, Distrito de Yarabamba, Provincia de Arequipa, Arequipa” Código 
Único de Inversiones N° 2410431. 
 
4.2 Remitir el presente Informe Técnico para opinión legal y emisión de Resolución 
Directoral correspondiente, la misma que deberá ser notificada a la Municipalidad 
Distrital de Yarabamba, con copia a la Autoridad Nacional del Agua. 
 
4.3 Se adjunta el expediente digital y los antecedentes del proyecto, la misma que forman 
parte del expediente administrativo. 
 
 
 
Es todo cuanto informamos a usted, para conocimiento y demás fines. 
 
 Atentamente, 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
………………………………… 
Carlos Alberto Alva Huapaya 
Especialista Ambiental 
CIP N° 80432 
……………………………… 
Daniel D. Flores Alvarado 
Especialista social 
CSP Nº 1704 
……………………………… 
Carlos Camino Gonzalez 
Especialista predial 
CIP Nº 171374 
 
 
 
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Anexo N° 01 
Levantamiento de observaciones de la DIA del proyecto 
 
Referencia: 
- Oficio N° 3095-2019-MTC/16 
- Informe Técnico N° 013-2019-MTC/16.02.AMMV.LMQ 
- Oficio N° 033-2021-MDVY-A 
 
 
1. Datos generales del titular y de la entidad autorizada para la elaboración de la DIA 
 
Observación N° 01: 
 
En el capítulo 2, folios 153 y 154, no se señala explícitamente a la entidad autorizada para la 
elaboración de la presente DIA. Asimismo, no se presenta el registro de inscripción de la consultora 
ante el SENACE. Por otro lado, no se presentan documentación que acredite el registro de los 
profesionales que elaboraron la DIA, y sus certificados de habilidad profesional ya no se encuentran 
vigentes al momento del ingreso del expediente ante el MTC. 
Por lo expuesto, el titular del proyecto debe precisar el nombre de la empresa consultora responsable 
de la elaboración del presente estudio con inscripción vigente presentando la documentación que 
acredite e registro de dicha empresa ante el SENACE y presentar al equipo de profesionales que 
elaboraron el DIA en todos sus componentes (ambiental, social y afectaciones prediales) debidamente 
inscritos en el SENACE como parte de la consultora, en correspondencia con lo requerido en los TdR 
de Clasificación Anticipada, aprobado mediante por la R.M. N° 891-2019-MTC/01.02. Además, indicar 
el número de colegiatura y presentar certificado de habilidad profesional vigente. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
2. Descripción del proyecto 
 
Observación N° 02: 
 
El titular del proyecto, debe presentar las características técnicas y el diseño definitivo de la 
construcción del puente Sogay proyectado, conforme los TdR (numeral 4), aprobado con R.M. N° 891-
2019-MTC/01.02. 
Cabe señalar, según la revisión del Banco del proyecto de Invierte.pe, se plantea la siguiente alternativa 
1 recomendada: 
 
Alternativa Recomendada 
Se plantea la construcción de un puente tipo viga de concreto postensado, el cual está apoyado sobre 
dos estribos de concreto armando. El tablero horizontal que cubre una luz de 29.00m, además se prevé 
dos losas de aproximación a cada lado del puente por lo que el trabajo se da sobre una línea de 200.00 
m y un ancho de franja de 12.00 m para atender la necesidad de la movilidad vehicular en dos vías de 
3.30m cada una y veredas de 0.60 m a cada lado del puentes con barandas de seguridad para garantizar 
la circulación peatonal con la Construcción de veredas de concreto en 70.30m2 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 03: 
 
El titular debe presentar una descripción detallada de los componentes del proyecto: Puente de 
concreto armado, Obras de encauzamiento de río (muros de concreto), enrocado con piedra para 
protección de los estribos del puente y Mejoramiento de la vía de acceso al puente (con asfalto en frío) 
 
 
 
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para obtener una mejor información respecto a las actividades del proyecto que interaccionancon los 
componentes ambientales y así valorar el impacto ambiental y determinar con mayor precisión las 
medidas de manejo ambiental. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 04: 
 
Se ha presentado un plano de la Planta general y Topografía (folio 1), y una vista del proyecto en Google 
Earth (folio 47) pero no así la ubicación precisa del Puente Sogay. Se debe presentar un mapa o 
cartografía a escala adecuada y visible con la ubicación georreferenciada del Puente y las coordenadas 
UTM WGS 84 de los vértices del proyecto. Asimismo, realizar la descripción de la ruta de la carretera 
en la que se encuentra ubicado dicho puente. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 05: 
 
Incluir como parte de las actividades preliminares del proyecto, la habilitación de desvíos temporales 
(tránsito y peatonal) durante la construcción del presente proyecto, así como el cierre de la 
habilitación. Asimismo, incluir un plano georreferenciado de la habilitación del desvío. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 06: 
 
En relación al ítem 4.6.2 Construcción de Instalaciones auxiliares, el titular deberá señalar la ubicación 
georreferenciada de las instalaciones auxiliares (caseta de vigilancia, baño químico, depósito de 
residuos sólidos, almacén y DME) y realizar una descripción técnica de las mismas, y consignar los 
planos a escala visible y georreferenciado de las áreas de instalaciones auxiliares. Por otro lado, se 
deberá precisa el lugar (cantera) de extracción de dicho material. Si el proveedor es un tercero, anexar 
autorización de uso de material de cantera. Presentar título de propiedad de los propietarios de las 
áreas auxiliares. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 07: 
 
Se debe realizar la descripción detallada de las actividades en las etapas de construcción, operación y 
mantenimiento rutinario y periódico del proyecto, con la finalidad de identificar y evaluar con certeza 
los posibles impactos ambientales en dichas etapas y el establecimiento de sus posibles medidas de 
mitigación. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 08: 
 
Con respecto al depósito del material excedente (DME), el titular del proyecto no proporciona 
información específica sobre su manejo en el Plan de Manejo Ambiental, y tampoco el lugar exacto 
donde será depositado. Por lo tanto, el titular del proyecto deberá precisar y describir los aspectos 
 
 
 
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técnicos (ubicación georreferenciada de los vértices del depósito, volumen de depósito, materiales a 
colocar, ficha de caracterización, planos, títulos de propiedad de propietarios, sistema de drenaje, etc.), 
relacionados al mismo, considerando lo señalado en la R.M. N° 891-2019-MTC/01.02. 
Asimismo, brindar información sobre el posible impacto ambiental que se pueda ocasionar en el cauce 
o faja marginal de los cuerpos hídricos, considerando lo descrito en la Resolución Jefatural N°332-
2016-ANA “Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales” y las medidas de 
mitigación correspondientes. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 09: 
 
En el ítem 11.4.3.3, el titular del proyecto señala que: “por un tema de prevención y seguridad, se contará 
con un tacho de residuos peligrosos, para depositar allí algún residuo inflamable producto de la limpieza 
o mantenimiento de emergencia que se hiciera en el área del proyecto. Estos residuos, serán manejados y 
transportados por una empresa operadora (EO-RS) debidamente autorizada por MINAM”. En ese 
sentido, se debe presentar las hojas se seguridad (MSDS) de los residuos peligroso a ser empleados en 
la construcción y/o mantenimiento de la obra. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 10: 
 
Con respecto al agua industrial, se indica que será empleada para el riego de vías de acceso y zonas de 
trabajo, en un volumen de 120 000 galones al mes, por lo cual el titular debe precisar la procedencia 
de la fuente de agua, se será abastecida por un tercero presentar la suscripción del acuerdo de 
provisión de agua. En caso, se realice la explotación de recurso hídrico superficial o subterráneo, el 
titular del proyecto debe presentar la acreditación de disponibilidad hídrica de agua superficial o 
subterránea correspondiente ante la AAA de su jurisdicción. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 11 
 
Con respecto al manejo de los RRSS, relacionado a la generación, recolección, almacenamiento, 
tratamiento y disposición final de dichos residuos sólidos, el titular deberá precisar las etapas del 
proyecto en las que se generarán, su manejo ambiental, y volumen estimado, tomando en cuenta lo 
dispuesto por el D.L. N° 1278. Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su reglamento aprobado 
por D.S. N° 014-2017-MINAM. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
3. Área de influencia del proyecto 
 
Observación N° 12: 
 
El titular del proyecto debe presentar el mapa de área de influencia directa (AID) e indirecta (AII) del 
proyecto, a escala visible y georreferenciada. 
Sustentar la determinación de las áreas de delimitación de influencia del proyecto (directa e indirecta). 
Incluir en el mapa temático los componentes auxiliares, así como los centros poblados, localidades, 
zonas urbanas, cuerpos de agua, el puente Sogay, principalmente. 
 
 
 
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Por otro lado, el titular de proyecto debe definir los criterios para delimitar el área de influencia: AID 
y AII. Precisar dichos criterios de delimitación y el sustento correspondiente para cada criterio. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 13: 
 
La definición del área de influencia deberá considerar los centros poblados o unidades poblacionales 
que conforman el área de influencia directa e indirecta. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
4. Línea de base del medio físico y biológico 
 
Observación N° 14: 
 
Respecto a la zona de vida del área del presente proyecto, se debe presentar en un Mapa dicha Zona de 
vida, con la finalidad de poder distinguir asociaciones de tipo: climáticas, edáficas, atmosféricas e 
hídricas en un ecosistema determinado. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 15: 
 
El titular del proyecto debe presentar los mapas correspondientes: Uso actual de suelo y capacidad de 
uso mayo de suelo, mapas de fisiografía, geología, geomorfología, cobertura vegetal y de hidrología. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 16: 
 
El titular del proyecto debe presentar información relacionada con el agua subterránea, características 
del acuífero, y los posibles impactos amiéntale relacionados. 
Asimismo, en relación a los aspectos Hidrobiológicos, se debe señalar y describir específicamente los 
cuerpos hídricos superficiales cercanos a las actividades del proyecto, y de acuerdo al área constructiva 
deberá precisar si existe la posibilidad de generar una afectación al recurso hídrico y la medida de 
mitigación aplicable, según estacionalidad. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 17: 
 
Con respecto a la determinación de la calidad de aire, ruido y suelo, debido a las actividadesen la etapa 
preliminar y de construcción del proyecto, el titular deberá presentar la caracterización de la línea base 
del aire, ruido ambiental, y suelo y en caso necesario de agua superficial (si existe presencia de cuerpos 
hídricos superficiales cercanos al proyecto), para determinación de la concentración de los parámetros 
de nivel de fondo que permitan realizar la comparación con los resultados de Plan de Monitoreo 
Ambiental establecido en el ítem 1.9.3. de la presente DIA y presentar dicha información con la 
correspondiente sustentación en base a los informes de ensayo cuyos métodos se encuentren 
acreditados ante INACAL (considerar en calidad de aire el monitoreo de PM10, PM2.5, y gases: NO2, 
 
 
 
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SO2, H2S, CO). En todo caso, si la caracterización se realizara antes del inicio de la obra se debe 
presentar una declaración jurada indicando realizará dicho monitoreo y que las características del 
monitoreo (estaciones, parámetros de control, etc.), serán los mismos que lo definido en el plan de 
monitoreo ambiental. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 18: 
 
Presentar el Mapa de las estaciones meteorológicas, así como los Mapas de las Estaciones de monitoreo 
y seguimiento de los componentes: ruido, aire, flora, fauna, agua e hidrobiológico. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
5. Línea base social 
 
Observación N° 19: 
 
La LBS debe desarrollarse en función los centros poblados o unidades poblacionales definidas como 
AID, no en función a los distritos. 
Respuesta 
Se presenta la línea de base social del área de influencia a nivel del distrito de Quequeña y Yarabamba 
(numeral 6.4 al 6.4.11-DIA). 
Observación subsanada 
 
Observación N° 20: 
 
La información secundaria con la que se desarrolla la LBS no debe exceder los 5 años de antigüedad 
porque pierde relevancia para la caracterización del AID, pues la realidad social es muy variable. Se ha 
presentado información del censo del 2007 y esta información tiene más de 10 años de antigüedad, 
esto no debe usarse para la LBS. Se podría presentar un panel fotográfico que describa las condiciones 
de vivienda o población aledaña al puente o del centro poblado más cercado. 
Respuesta 
El titular declara que la línea de base ha sido desarrollada con fuentes secundarias oficiales (INEI, 
MINEDU-ESCALE, MINSA, RENIPRES, MIDIS, MIMP, Gobierno Regional Arequipa) y fuentes 
primarias mediante la aplicación de entrevistas semi estructuradas ((numeral 6.4) 
Observación subsanada 
 
6. Participación ciudadana 
 
No se presenta el desarrollo de la Participación Ciudadana, se deberá presentar un Plan de 
Participación Ciudadana a la DGAAM y luego ejecutar los mecanismos consignados en dicho plan. 
Respuesta 
El titular declara los resultados del mecanismo participativo mediante la ejecución del taller 
informativo de fecha 09/09/2019 (capítulo 12-DIA), asimismo, se adjunta las fuentes de verificación 
(anexo M). 
Observación subsanada 
 
7. Plan de afectaciones y compensaciones-PAC 
 
Observación N° 21: 
 
 
 
 
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Según el expediente presentado en ítem 8. Plan de Afectaciones y Compensaciones indica que el 
proyecto no ocasionará afectaciones a cultivos, negocios, granjas, etc. E indica que el anexo G se 
adjuntará el Plano Clave, se ha verificado y no se ha adjuntado ningún Plano Clave. 
Sin perjuicio de lo anterior de existir afectaciones prediales se tendrá que hacer el desarrollo del Plan 
de Afectaciones y Compensaciones PAC, según los Términos de Referencia tipología 20 de Clasificación 
Anticipada aprobados con RM N°981-2019-MTC/01.02 de fecha 07.10.2018. 
 
De no existir afectaciones prediales es necesario desarrollar PAC precisando lo siguiente: 
• Si las actividades asociadas al proyecto en cuanto a los accesos, indicar si estos se realizarán sobre 
una vía existente, la cual no modificará el diseño geométrico y se respetará el límite de propiedad. 
 
• Las actividades asociadas a la construcción del Puente, es en la misma área del puente anterior 
(solo reemplazo del puente), no se usarán áreas adicionales. 
 
• Se respetará el derecho de propiedad privada, tenencia o posesión de la población que se 
superponga con el trazo de la vía, no se realizará trabajos sobre dicha área puntual. 
 
Además, deberá adjuntar el sustento técnico: 
 
1. Plano Clave cada 500 m. 
• Deberá contener información Catastral obtenida por entidades como SUNARP, COFOPRI, 
Ministerio de Agricultura, etc. 
• Deberá contener una Leyenda donde se visualice, el ancho de la vía existente, el ámbito de 
afectación (derecho de vía o área de construcción), el eje de la vía, con sus respectivas progresivas, 
al inicio y fin del tramo, en coordenadas UTM, zona y datum. 
• El componente (PAC) y los planos deberán ser impresos a una escala visible cada 500m., suscritos 
por el profesional especialista en afectaciones prediales, Ingeniero Civil y/o arquitecto colegiado 
y habilitado. 
 
2. Declaración Jurada 
• Declaración jurada en la cual el titular se comprometa a que, en caso surja algún tipo de afectación 
predial, se deberá cumplir con todo lo estipulado en el Decreto Legislativo N°1192 Y SUS 
MODIFICATORIA, D.L. N°1330 Y N° 1366, garantizando una adecuada indemnización. Según lo 
estipulado en el artículo 70° de las afectaciones prediales del Capítulo 3 de Reglamento de 
Protección Ambiental. 
 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
8. Descripción de los posibles impactos ambientales 
 
Observación N° 22: 
 
En las matrices de la identificación y de valoración de impactos socio-ambientales (Check list- Cuadro 
N° 9.7 y valoración de impactos- Cuadro N° 9.9), incluir las etapas de operación, mantenimiento 
(rutinario y periódico) y cierre del proyecto, además incorporar las actividades de obras de 
encauzamiento del río (muro de concreto), de los componentes auxiliares (DME, Baños Químicos, 
Caseta de Vigilancia, Contenedor de residuos sólidos (tachos)) y del transporte de materiales. 
Realizar la identificación, evaluación y valorización de impactos ambientales y determinar la 
significancia del impacto ambiental. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
 
 
 
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Observación N° 23: 
 
A pesar de haberse encontrado en línea base especies de flora y fauna, el titular del proyecto no realizó 
la evaluación y valorización de impactos ambientales para dichas especies. 
Por otro lado, considerando que en el área del proyecto existen varias quebradas que discurren en 
épocas de precipitaciones, en los meses de enero y febrero, el administrado tampoco realizó la 
evaluación la evaluación y valorización de impactos ambientales. 
Por lo tanto, presentar los resultados de la valoración y significancia de impacto ambiental. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 24: 
 
Respecto a la evaluación de los impactos sociales, se deberá revisar los impactos identificados y 
determinar la existencia de otros adicionales, en correspondencia con el alcance del proyecto (ejem. 
Molestias por el polvo y ruido; accidentes locales y/o laborales; mejora de transitabilidad, interrupción 
del tránsito por construcción, molestia por el plan de desvío, otros). 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO9. Plan de manejo ambiental 
 
Observación N° 25: 
 
Incluir los costos del equipo técnico de profesionales responsable de la ejecución del Plan de Manejo 
Ambiental del presente proyecto. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 26: 
 
Respecto al Plan de Monitoreo Ambiental- Monitoreo de Calidad de Aire, el titular debe justificar o 
sustentar la determinación de la estación de monitoreo o barlovento y sotavento, según el cuadro N° 
7.3 Puntos de Monitoreo de Aire, asimismo especificar los gases a monitorear (SO2, NOx, H2S y CO), 
además se debe incluir PM 2.5. Por otro lado, se señalan que existirán en total cuatro estaciones de 
monitoreo a barlovento y sotavento por lo cual se debe precisar la ubicación georreferenciada de las 
mismas. Tomar en cuenta que los puntos de monitoreo (ubicación y número) y parámetros deben ser 
los mismo que los definidos para la línea base. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 27: 
 
En relación al monitoreo de ruido ambiental, el titular incluye en el plan de monitoreo ambiental, Ruido 
(ítem 11.5.2.1) dos puntos de monitoreo (cuadro 7.4. Puntos de monitoreo de ruido ambiental), sin 
embargo en el ítem 1.9.3, b) Ruido, cuadro 1.8. Puntos de monitoreo de ruido ambiental, se incluyen 4 
puntos de monitoreo faltantes. Sustentar la determinación de los 4 puntos de monitoreo de ruido 
ambiental. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
 
 
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Observación N° 28: 
 
Respecto al presupuesto del PMA, el titular debe presentar los costos estimados y actualizados para 
ejecutar dicho PMA, según los señalado por los TdRs aprobados para este proyecto de Clasificación 
Anticipada, con las medidas ambientales y sociales a ser ejecutadas por cada programa y sub programa. 
Dichos costos deberán contar con compatibilidad de los costos de ingeniería, considerando la etapa 
construcción, operación y mantenimiento del proyecto. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 29: 
 
El titular del proyecto deberá presentar el cronograma de implementación de Plan de Manejo 
Ambiental, según lo señalado por los TdRs aprobados para este proyecto de Clasificación Anticipada. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
10. Plan de cierre 
 
Observación N° 30: 
 
Respecto al Plan de Cierre Social, no se presentan las actividades, según requerimientos de los TdRs 
aprobados para este proyecto de Clasificación Anticipada. Se deberá señalar las actividades que 
corresponden al Plan de Cierre Social en el que se considere un acta de conformidad de parte del 
propietario del predio del predio utilizado como área auxiliar. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO 
 
Observación N° 31: 
 
Especificar las actividades a realizar para verificar el estado del suelo en las áreas donde se hayan 
llevado las actividades potencialmente contaminantes, como almacenamiento de insumos químicos, 
combustibles, lubricantes, etc. 
Respuesta: 
Se ha cumplido con lo solicitado para la DIA. 
SUBSANADO

Otros materiales