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Solicita Abertura Concurso Preventivo

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SOLICITA APERTURA CONCURSO PREVENTIVO
SEÑOR JUEZ: 
				Jorge Alfredo López, D.N.I Nº 11111111, en mi carácter de administrador de CONS-VIAL S.A.S, con domicilio real en Darwin 435 de la Ciudad de Córdoba, constituyendo domicilio legal, junto con mi letrada patrocinante Dra. Antonia Riquelme Mat. 11223, en la calle Patricias Argentinas N° 3000 de la Ciudad de Córdoba y domicilio electrónico en riquelmeconsultoriajca@gmail.com, me dirijo a V.S, respetuosamente digo: 
 				I.- PERSONERIA: Que se acredita personería para actuar como administrador de CONS-VIAL S.A.S, conforme surge de Acta de Asamblea General Ordinaria número 35, de fecha 26 de Marzo de 2022, rubricado en la IGJ mediante número 15432-J, en la cual se designa la integración de Directorio y también mediante Acta de Directorio N° 97 obrante en Libro de Actas de Directorio N° 1, fs. 136 las cuales se adjuntan a la presente. 
 			A tales efectos también se acompaña Poder General para Juicios otorgado a la Dra. Antonia Riquelme por parte de la entidad peticionante con las atribuciones previstas en el artículo 9 de la Ley 24.522.
 				II.-OBJETO: Que se solicita por este medio la apertura de concurso preventivo de CONS-VIAL S.A.S., CUIT. 20-111111111-1, con domicilio legal en calle Lisandro de la Torre N° 493 de la Ciudad de Córdoba, encontrándose cumplidos los requisitos formales y sustanciales exigidos por la ley 24.522.
 				La presente manifiesta la decisión del directorio, asumiendo en este instituto legal la vía idónea, para mantener la funcionalidad de la empresa y preservar el estado de la misma en medio de la acuciante situación económica que ha derivado en la incapacidad patrimonial para asumir en forma acabada las obligaciones asumidas en tiempo y forma. 
 				Dentro de las opciones analizadas, esta ha constituido la vía más efectiva y expedita para sostener la actividad empresarial preservando fuentes laborales de CONS-VIAL SAS y priorizar el cumplimiento de los intereses de acreedores de la misma.
 				Por lo expuesto y en cumplimiento de los preceptuado por el marco normativo se acredita el cumplimiento de los extremos requeridos en el artículo 11 de la Ley 24.522.
			III.- COMPETENCIA: Que en cumplimiento de los dispuesto en la Ley 24.522 artículo 3° inc 3 es competencia de vuestro juzgado el proceso solicitado atento a que CONS-VIAL SAS posee domicilio en la Ciudad de Córdoba tal como se consigna en el apartado I.
 			
 				IV.- CUMPLIMIENTO EXTREMOS ARTICULO 11 DE LA LEY 24.522 
 				1.- ACREDITACIÓN DE PERSONERÍA: Se acredita personería acompañando en Anexo copias certificadas de la documentación citada en Apartado I.
 				2.- CESACION DE PAGOS (art.11 inc.2 Ley 24.522): Que CONSVIAL S.A.S. cuya empresa se represento ha entrado en cesación de pagos en el mes de Octubre de 2022, donde se vuelve irreversible la incapacidad para afrontar sus obligaciones entre las que se incluyen remuneración de dependientes y deudas varias con acreedores públicos y privados.
 				Habiendo sido creada la empresa en el año 2020 e inscripta en los organismos gubernamentales correspondientes cumplió en forma ininterrumpida con la comercialización de equipos y maquinaria vial y capacitación en uso de los mismos.
 				Siendo reconocida en el rubro CONSVIAL tuvo un período de crecimiento sostenido y capacidad de ampliación de sus actividades a nivel nacional e internacional, lo que llevó a planificar una mayor inversión en maquinaria, insumos y en capital de trabajo.
 				Dicha inversión ha sido adquirida con precios internacionales y la volatilidad de las variables económicas y el precio del dólar comenzó a ser un obstáculo para el crecimiento empresarial y incrementando exponencialmente los pasivos de la empresa.
 				El estado de cesación de pagos comienza a manifestarse en el mes de Octubre del 2022 donde se produce un estancamiento de los ingresos y paralización de algunas actividades que influyeron en detrimento de la vida empresarial con rendimientos negativos los que se encuentran debidamente acreditados e incluyen atrasos en remuneraciones laborales, aportes patronales a la Seguridad Social, IVA, ingresos brutos provinciales, boletas de servicios públicos y alquileres.
				El activo estimado actual de la empresa está compuesto por mercadería (maquinaria vial 0 km. en stock y repuestos) por un total de $30.000; 3 carretones para traslado de 2 ejes, valuados en $300.000 cada uno; 2 inmuebles de depósito cubiertos de 2000 m2 valuados en $20.000.000; 3 camiones Iveco año 2017, valuados cada uno en $5.000.000; 2 contratos de capacitación mensual por $100.000; 2 contratos de locación por $70.000 mensuales.
 				El pasivo de la empresa agravado por este estado asciende a la actualidad a un total de cuarenta millones de pesos más intereses en perjuicio de aproximadamente 40 acreedores.
 				3. ESTADO DETALLADO DE ACTIVO Y PASIVO (art. 11 inc. 3 Ley 24.522). Se acompaña como Anexo II estado detallado y valorado del activo y pasivo actualizado a la fecha, con indicación precisa de su composición, las normas seguidas para su valuación, la ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para ilustrar debidamente el patrimonio. Asimismo, se adjunta dictamen suscripto por Contador Público Roberto Pérez Mat. Prof 1234.
 				4. COPIAS DE LOS BALANCES Y ESTADOS CONTABLES (art.11 inc.4 Ley 24.522). Se adjuntan en Anexo III copias certificadas de los balances de los tres últimos ejercicios, certificados por contador público con su firma legalizada, así como memoria e informe del órgano fiscalizador.
 				5. NOMINA DE ACREEDORES Y PROCESOS EN TRÁMITE (art. 11 inc.5 Ley 24.522) Se remite como Anexo IV planilla con el listado de todos los acreedores de la empresa, indicándose en cada caso sus datos identificatorios, domicilio, monto del crédito, causa, vencimiento y privilegios debidamente certificada por contador público con su firma legalizada. 
 				6. LIBROS COMERCIALES, SOCIALES Y OTROS (art. 11 inc. 6 Ley 24.522) Se adjunta como Anexo V listado de los libros de comercio llevados por la sociedad, con mención del último folio utilizado en cada caso, los que se ponen a disposición de V.S. 
 				7. INEXISTENCIA DE CONCURSO ANTERIOR (art.11 inc.7 Ley 24.522) Dando cumplimiento a las formalidades requeridas se deja constancia que esta sociedad no ha solicitado previamente la apertura de otro concurso preventivo, ni registra pedidos de quiebra pendientes de los que hubiera sido notificada actualmente. 
 				8. NOMINA DE TRABAJADORES (art.11 inc. 8 Ley 24.522) Se adjunta también con esta presentación en Anexo VI, nómina de trabajadores de la empresa con sus respectivos datos personales con detalle de domicilio, categoría, antigüedad y última remuneración recibida. Deberá acompañarse también declaración sobre la existencia de deuda laboral y de deuda con los organismos de la seguridad social certificada por contador público.
 			 	9.- PETITORIO 
Por todo lo expuesto a V.S. solicito: 
1) Se tenga por presentado, parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio legal y electrónico denunciado del presentante y CONS-VIAL SAS.
2) Se den por cumplidos los recaudos previstos por el artículo 11 de la Ley 24.522. 
3) Se haga reserva, en caso de ser necesario, de la ampliación del plazo para aclarar o completar información requerida para el proceso concursal artículo 11 de la Ley 24.522 in fine.
4) Se ordene la apertura del concurso preventivo de CONS-VIAL S.A.S. 
5) Oportunamente, se homologue el acuerdo preventivo.
 	SERA JUSTICIA

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