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NG TP N2 FAMILIA - 1ra etapa

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TRABAJO PRACTICO N° 2
DERECHO DE FAMILIA
1° ETAPA
ALUMNO: NG🍀
LEGAJO: NG🍀
CARRERA: ABOGACIA
FECHA: 02/10/23
NG🍀
1)	Acto Jurídico Matrimonial y Principios que lo Informan:
El acto jurídico matrimonial, según el artículo 402 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina (CCCN), representa un contrato fundamental en el cual un hombre y una mujer se unen legalmente para establecer una sociedad destinada a perpetuar la especie y brindarse apoyo mutuo. Este acto implica una serie de principios esenciales que guían y dan forma a la institución matrimonial.
Principios que Informan el Matrimonio:
Libertad: Los contrayentes tienen la libertad de elegir con quién casarse y cuándo hacerlo, siempre que cumplan con los requisitos legales establecidos.
Igualdad: El matrimonio se basa en la igualdad de derechos y deberes entre los cónyuges, sin discriminación por género u otros factores.
Intimidad: Los esposos tienen el derecho a la privacidad y a establecer su vida familiar sin interferencia externa, respetando su intimidad y autonomía.
Responsabilidad: Los cónyuges tienen la responsabilidad de cuidarse mutuamente y de contribuir al bienestar y estabilidad del matrimonio.
Respeto: El matrimonio debe estar fundamentado en el respeto mutuo, donde cada cónyuge valora las opiniones, deseos y necesidades del otro.
Solidaridad: Los esposos tienen el deber de ser solidarios entre sí, apoyándose en las dificultades y celebrando los logros y alegrías juntos.
Artículo 431 del CCCN:
Según el artículo 431 del CCCN, los cónyuges se comprometen a desarrollar un proyecto de vida en común basado en la cooperación, la convivencia y el deber moral de fidelidad. Esta disposición subraya la importancia de la colaboración mutua y la coexistencia armoniosa en el matrimonio. Además, establece que los cónyuges deben prestarse asistencia mutua, lo que implica proporcionar apoyo emocional, económico y social cuando sea necesario.
El matrimonio, de acuerdo con el CCCN, se basa en la libertad de elección, la igualdad de derechos, el respeto, la solidaridad y la responsabilidad mutua. Estos principios forman la base de una unión matrimonial sólida y comprometida, donde los cónyuges colaboran para construir una vida en común llena de amor, apoyo y comprensión.
Oposición al Matrimonio:
En principio, cualquier persona que tenga un interés legítimo puede oponerse al matrimonio entre Elina y Juan, conforme lo establece el art. 412 “Denuncia de impedimentos. Cualquier persona puede denunciar la existencia de alguno de los impedimentos establecidos en el artículo 403 desde el inicio de las diligencias previas y hasta la celebración del matrimonio por ante el Ministerio Público, para que deduzca la correspondiente oposición, si lo considera procedente…” Los motivos para oponerse pueden incluir, por ejemplo, impedimentos legales (como el parentesco cercano), incapacidad mental de alguno de los contrayentes, existencia de un matrimonio previo no disuelto, entre otros (artículo 403 del CCCN).
-	El matrimonio celebrado por Elina y Juan, bajo el régimen de separación de bienes según el Código Civil y Comercial de la Nación, conlleva varios efectos, así como derechos y deberes para ambos cónyuges:
Efectos del Matrimonio:
Unión Legal: El matrimonio crea una unión legal y reconocida oficialmente entre Elina y Juan.
Derechos Hereditarios: Los cónyuges tienen derechos sucesorios entre sí, lo que significa que tienen derechos sobre la herencia del otro en caso de fallecimiento.
Derechos a la Vivienda Familiar: Si la vivienda donde residen es considerada la vivienda familiar, ambos cónyuges tienen derechos sobre ella, incluso si está a nombre de uno solo de ellos.
Derechos sobre los Hijos: En caso de tener hijos, ambos cónyuges tienen derechos y responsabilidades parentales sobre ellos.
Derechos a Beneficios Matrimoniales: Tienen derechos a ciertos beneficios matrimoniales, como seguros de salud o jubilación que se extienden a los cónyuges.
Derechos de los Cónyuges: 
Ayuda Mutua: Los cónyuges tienen el derecho a esperar ayuda y apoyo mutuo, tanto en los momentos de alegría como en los desafíos de la vida. Esta ayuda abarca tanto el ámbito emocional como el material, creando un ambiente de apoyo constante en la relación.
 Respeto y Fidelidad: El respeto mutuo y la fidelidad son derechos y deberes esenciales en el matrimonio. Cada cónyuge tiene el derecho de ser tratado con dignidad y consideración, y el deber de otorgar el mismo respeto a su pareja. La fidelidad emocional y física es esencial para mantener la confianza y la estabilidad en la relación.
Decisiones Conjuntas: Los cónyuges tienen el derecho a participar activamente en las decisiones importantes que afectan a la familia y al hogar. Este derecho implica la necesidad de tomar decisiones de manera conjunta, respetando las opiniones y deseos de ambas partes, lo que fomenta un ambiente de colaboración y entendimiento.
Convivencia: En caso de haber decidido vivir juntos, los cónyuges tienen el derecho de cohabitar y compartir la vida en común. Esto no solo se trata de compartir un espacio físico, sino también de construir un hogar juntos, donde se fomenta la comunicación, el compañerismo y la conexión emocional.
Asistencia y Cuidado de los Hijos: Si tienen hijos, ambos cónyuges tienen el derecho y el deber de asistir y cuidar a sus hijos. Esto implica proporcionar tanto apoyo financiero como emocional, garantizando un ambiente amoroso y estable para el crecimiento y desarrollo de los hijos.
Deberes de los Cónyuges:
Fidelidad y Respeto Mutuo: Ambos cónyuges tienen el deber de ser fieles y respetuosos el uno al otro.
Contribución al Sostenimiento del Hogar: Deben contribuir al sostenimiento del hogar según sus posibilidades y necesidades de la familia.
Convivencia y Compartir Responsabilidades: Deben convivir en el mismo hogar y compartir las responsabilidades y decisiones relacionadas con la vida familiar.

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