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Acción y Sistema en Perspectiva: Del Humanismo al
Luhmannismo en la Moderna Teoría Social
Por Ernesto Funes
[Publicado en: Emilio de Ipola (coordinador): El eterno retorno. Acción y sistema en la teoría
social contemporánea. Buenos Aires, ed. Biblos, 2004; ISBN: 950-786-406-7; pp.79-105]
El punto de partida de este artículo procede de una inquietud subjetiva, que se
origina a su vez en la permanente constatación de un problema de índole
teórica que la disciplina sociológica padece atávicamente, y cuya resolución 
presiento- se nos torna una exigencia cada vez más acuciante. Este problema,
creo, se puede formular así: la sociología adolece de un agudo déficit teórico,
derivado de la incapacidad de que historicamente ha dado muestras para
proponer y definir un concepto de su objeto de estudio, que permita delimitar
qué estudia y qué no estudia la sociología, cuál es su pregunta o problema
fundamental, y cómo se propone resolverlo. Como muestra de ello, es posible
fácilmente comprobar que a estas alturas de su centenaria historia, ella carece
de un concepto claro y definido no empirista- de ese objeto que habitualmente
denomina �la sociedad�; pero aún más: del significado mismo de la expresión lo
social, que se supone circunscribe el campo de incumbencia sociológica, ya
fuere como criterio o como objeto. Esta incapacidad de la teoría sociológica
para definir �lo social�, esto es, para darse un objeto y definir un concepto del
mismo, redunda, por un lado, en la abusiva e indefinida omnicomprensividad
que esta disciplina pretende tener respecto de todos los objetos de todas las
demás ramas de las ciencias sociales; por otro, en el hecho de que la
superabundancia de producción e investigación empírica con la que se
pretende dar un rodeo al estancamiento de la discusión y actualización teórica-,
genere un exceso de información que no alcanza nunca a convertirse en
conocimiento establecido y asimilable, ya que se carece de una matriz teórica
común o compartida en la cual insertarlo para darle sentido; y, por último, en
una dilación o rodeo del objeto: ya que no se pueden definir ni �lo social�, ni la
no menos famosa �acción�, se afirmará que lo que la sociología estudia es �la
sociedad moderna� (y, finalmente, la �modernidad�), o, en el otro caso, la
acción social (lo que nos vuelve a hundir nuevamente en un círculo vicioso
derivado de la ausencia de una definición previa de la especificidad de este
componente �social�).
2
�Acciones� y �sistemas sociales� son, efectivamente, los dos grandes
postulantes a la definición del objeto de estudio teórico de la sociología, y los
dos más destacados conceptos que permiten circunscribir el objeto empírico de
la investigación sociológica. Ellos tienden a definir en torno suyo dos grandes
paradigmas de investigación, y constituyen los términos polares de toda una
gama de alternativas clásicas del pensamiento sociológico: la totalidad vs. el
individuo, el enfoque subjetivista vs. el objetivista, la intención vs. la estructura,
los abordajes �micro� vs. los �macro�, etc. etc. De un modo u otro, estos dos
conceptos que se plantean a sí mismos en oposición consiguen hacer retornar
a sí toda la inmensa variedad de alternativas más sutiles y complejas con que
se discute hoy en teoría social. De tal modo que esta alternativa conceptual, no
por clásica, es en verdad menos ineludible, y sigue presentándose con carácter
necesario, en torno a ella, la toma de posición, y la decisión por alguno de los
dos criterios que aquí están en juego. Sin embargo, creo, no siempre los
términos de esta polémica clásica son propuestos con suficiente claridad
apuntando a sus implicancias últimas, y a los presupuestos básicos de sentido,
sobre los que se requiere ser concientes a la hora de decidir.
Por todo ello, una tarea imprescindible anterior a toda investigación empírica, e
incluso a la construcción de cualquier modelo teórico integrador de las distintas
dimensiones problemáticas de nuestra disciplina, es la explicitación del
complejo problemático que subyace a las distintas alternativas de constitución
y definición del objeto de estudio teórico de la sociología. Para este fin, el
primer paso es la explicitación conceptual de la hipótesis sociológica, esto es,
aquélla que define el punto de vista sociológico de análisis de los problemas
humanos, y que expresa aquella relación entre términos que recortan su objeto
de estudio. Pero no menos preciso es el esclarecimiento acerca de los
presupuestos que cada modalidad de reflexión sobre lo social nos propone
para dar cuenta de esta hipótesis fundamental. Es con la voluntad de contribuir
a este esclarecimiento a lo que apuntan las líneas que aquí siguen, que habrán
finalmente de servir para justificar, a su vez, la toma de posición llevada a cabo
por el autor de las mismas. A continuación, pues, propongo un intento
provisional de definición.
3
I. Acción y Sistema como Perspectivas del Análisis Social
Acción y sistema no son sólo dos objetos conceptuales (y eventualmente
empíricos) del análisis sociológico, sino, fundamentalmente, dos perspectivas
o enfoques de la teoría social. Esto se puede apreciar al comprobar que la
acción (la intervención consciente con sentido), como objeto, puede ser
estudiada tanto desde el punto de vista de la acción como desde el punto de
vista del sistema ("como un sistema"), y el sistema (el conjunto diferencial de
relaciones que delimitan un objeto o problema) en la medida, claro, en que
estemos hablando de sistemas sociológicamente pertinentes, o sistemas
�sociales�- puede ser estudiado tanto desde el punto de vista del sistema como
desde el punto de vista de la acción.
Ahora bien, ¿qué significan "acción", o "sistema", como perspectivas de
análisis, o "paradigmas" de análisis social? Desde este punto de vista la acción
no tiene que ver simplemente con los fines, ni con el sentido o proyecto, ni con
la fidelidad a una regla o la racionalidad de una práctica, ni con el individuo, ni
con sus valores, o con su subjetividad, su intención, o las condiciones
materiales y disposición de medios, etc. etc.; así como el sistema no se define
por su caracter impersonal, el despliegue de sus reglas, sus operaciones, sus
relaciones de intercambio, sus límites, y demás.
Desde el punto de vista de los criterios y fundamentos de sentido que los
sostienen, llamaré perspectiva sistémica a aquella que pone énfasis en la
definición de la especificidad de su objeto de estudio, y en la regularidad de las
operaciones o funciones que le son inherentes. Para todo aquello que
concierne al análisis social, entonces, propongo llamar perspectiva sistémica a
aquella que asume como principio metódico la máxima que enunciara
Durkheim en sus Reglas del Método Sociológico de 1895, que prescribe
"explicar lo social por lo social". La aplicación coherente de este principio -al
que aquí denominamos principio sistémico- exige evidentemente una precisa
delimitación conceptual que recorte lo específico del objeto de estudio - para la
sociología, por ende, del alcance de aquello que llamamos lo social -, y por
tanto una clara demarcación de la pertinencia explicativa y causal de dicho
recorte, respecto de cualesquiera otras dimensiones o esferas de lo humano o
4
lo material en su conjunto (en el caso de lo social, su deslinde respecto de lo
económico, lo cultural, lo subjetivo/psicológico, etc.), que de este modo se
vuelven ajenas al campo de estudio de la sociología. Explicar lo social por lo
social no es explicar lo social por lo cultural o por lo económico o lo subjetivo o
lo lingüístico, o por "lo humano" en general, sino estrictamente por lo social (lo
que requiere, reitero, una clara y taxativa definición delimitante, que esclarezca
la pertinencia o no pertinencia de cada una de las dimensiones nombradas,
como definitorias de lo �social�). El punto de vista sistémico se define, por tanto,
por un criterio de especificidadproblemática, explicativa, conceptual y
operacional.
En cambio, llamaremos aquí "perspectiva accionalista" del análisis social a
aquella que pretende explicar lo social concibiéndolo como una parte o una
manifestación particular de lo humano en general, es decir, como la expresión,
la actualización, o una forma de articulación particular, de ciertas potencias o
capacidades humanas genéricas, definitorias del concepto de acción. El
concepto de acción, por su parte, pone el acento en el origen y la connotación
intencional de las conductas humanas, y en lo humano mismo como definible a
partir de la capacidad de creación, de modo de apuntar a que los
comportamientos y sus resultados se vuelvan interpretables en los términos de
la realización u objetivación, ya sea de una capacidad genérica, o de una
intención individual. De este modo todas las manifestaciones de "lo humano"
-ya fueren culturales, económicas, políticas, relacionales, etc. etc.- pueden
hacerse derivar de una capacidad fundamental -la acción intencional- que les
confiere su unidad de sentido, puesto que todas ellas, en su variedad, son
expresiones de las formas en que el hombre se "realiza" a sí mismo,
objetivándose en actividades, relaciones, representaciones y cosas. Por lo
tanto, se trata aquí de la perspectiva que analiza lo social, no "desde lo social
mismo", sino remitiéndolo a lo humano en su conjunto -y, en general (pero no
siempre), como expresión de una intencionalidad (argumento subjetivista), o
una racionalidad que se despliega en las acciones. Por ello, este enfoque
dependerá en cada caso de una cierta descripción o concepción de lo humano,
aunque en general en estos casos lo humano suele remitirse a lo humano-
individual, a ciertas capacidades "de todo hombre", y por ende, localizable en
cualquier individuo en general. El mismo término "acción", incluso como objeto,
implica ya una concepción sincrética o "sintética", que agrupa en una unidad
5
("el hombre"), un conjunto de capacidades diversas, subjetivas u objetivas. Se
tratará, entonces, de afirmar en cada caso cuál o cuáles de estas capacidades
�activas� son las "definitorias" de lo humano.
La acción es él mismo un concepto genérico, o inespecífico; piénsese, si no, en
el campo de fenómenos que evoca. La referencia a la acción remite a un
contexto de categorías general humano; en cambio, la referencia al sistema
remite a la especificidad del funcionamiento del fenómeno que con dicha
categoría se estudia en cada caso. Genericidad humana vs. especificidad
problemática: es en torno a esta oposición que se definen los términos acción y
sistema, en tanto que criterios o perspectivas de análisis de fenómenos
humanos.
Es preciso en este punto aclarar algunas cosas: no es suficiente descomponer
lo social en un conglomerado de acciones y productos de la acción, y ni
siquiera estudiar las �acciones� en tanto que comportamientos significativos
empíricamente distinguibles, discretos o agrupados en �prácticas�- para afirmar
que se practica el enfoque accionalista. Las acciones, las prácticas, las
instituciones, e incluso los �sistemas�, sólo son estudiados desde el punto de
vista de la acción cuando se los aborda y analiza con categorías que son
hechas derivar de los elementos componentes del concepto de acción. Ahora
bien, si afirmamos que el concepto de acción remite a una unicidad de sentido
derivada de una intencionalidad subyacente, afirmamos también que el
concepto de acción mantiene una relación de remisión mutua con el concepto
de sujeto, no en el sentido moderno de "subjetividad", sino en el sentido clásico
de (auto-)fundamento, como recurso o fuente de autofundamentación del
sentido, la intencionalidad, la causalidad (�motivación�) de la acción, etc.
Estudiar y explicar- las acciones como derivadas del despliegue de una regla,
una racionalidad, los significados culturales o lingüísticos, la �dialéctica del
deseo�, los �dispositivos de poder�, o el sentido de una �práctica�, en la
medida en que cualesquiera de todos estos elementos exceda o trascienda los
requisitos de autofundamentación intencional de la acción a partir de un
�sujeto� (que, en general, no crea ni los lenguajes, ni las culturas, ni las reglas
estructurales y subyacentes de las prácticas supraindividuales, y más que ser
�sujeto de su deseo, está sujeto de un deseo inconsciente), no es explicar la
acción por la acción, sino por las reglas, la cultura, los lenguajes, el deseo, los
6
dispositivos o las prácticas y la acciones pasan entonces a ser sólo formas de
su actualización, y en realidad dejan de ser "acciones" en un sentido
conceptual-. En otros términos, esto no es explicar �lo social� -o cualquier otro
objeto- por la acción, sino la acción misma por lo social, lo cultural, lo simbólico,
lo económico, el deseo, el poder, etc. Pero incluso explicar la acción (empírica)
por la acción (conceptual o teóricamente definida), en la medida en que dicho
concepto entrañe el recurso a un �sujeto�, puede explicar muchas cosas, pero
aún nada que sea específicamente social. Excepto que en la definición misma
se afirmase que la �acción� es ya algo inmediatamente �social�. En este caso, o
�acción� y �social� serían una y la misma cosa, lo que nos ahorraría el arduo
problema de definir qué es lo �social�; o, en su defecto, se trataría nuevamente
de precisar qué de la acción es lo que la hace �social�, y, por ende, qué es lo
social de la acción; por lo que el problema volvería ser el mismo del principio:
definir lo �social�, no �la acción�.
En ambos casos -y no sólo en el caso del sistema- se hace referencia a una
totalidad: pero en el caso del enfoque accionalista esta totalidad es considerada
como el producto acumulativo de la realización, bajo formas diversas, de
ciertas capacidades humanas que, en conjunto, componen ya, por sí mismas,
una unidad (la unidad de lo humano). Por ende, la referencia a una totalidad es
aquí fundamentalmente de naturaleza genética (por la remisión a un centro de
procedencia unitario). Es por esto que el enfoque de la acción, en la medida en
que se orienta al análisis, no del origen de las acciones, sino de sus
"realizaciones", o modos de manifestación, no resulta en la afirmación de una
unidad o una totalidad, sino por el contrario en el de una variedad, diversidad,
o �dispersión� ("tipos", "modos"), derivada justamente de la inespecificidad, o
mejor de la "apertura" inmanente al concepto de acción (entendida así como
capacidad para la libre creación), cuya única unidad posible es la de su
procedencia, esto es, lo humano en general, donde se origina dicha variedad
(por eso decimos: argumento genético de la totalidad).
En cambio, la totalidad sistémica no es de tipo genético, sino operacional, y se
traduce en la afirmación de la eficacia actual de una "unicidad", o mejor,
"regularidad", que conduce a que una diversidad de fenómenos se articulen o
coordinen unos con otros como aplicaciones de una misma regla, o como
soluciones funcionalmente equivalentes a un mismo problema específico
7
(argumento funcional), afirmando una legalidad propia, o una regularidad
subyacente, de la que dicha variedad es tanto su realización como el
despliegue de los recursos necesarios para dicha realización. Dicho en otros
términos: unidad problemática compleja, que se despliega como en variedad
regular.
No se trata, por tanto, de la oposición: acción/unicidad, vs. sistema/totalidad. Se
trata por el contrario de dos variedades de la unicidad, y de la totalidad:
genética en el caso de la acción, operacional en el caso del sistema.
En lo que concierne al análisis social, como se ve, el recorte será distinto en
cada caso: es "transversal" en la perspectiva sistémica (pues ésta recorta y
discrimina el segmento específicamente social de la explicación causal,
discerniéndolo de toda otra dimensión �no-social�, y por ello no pertinente);
pero es "longitudinal" en la perspectiva accionalista, yaque ésta tiende a remitir
lo social a una "totalidad humana", y por ende a vincular explicativamente lo
social, ya con lo cultural, ya con lo subjetivo/psicológico, ya con lo
material/económico, etc., o ya directamente con la articulación de todas estas
dimensiones en la unidad de lo humano. Por ello la perspectiva accionalista
desarrolla a su vez una sensibilidad de diagnóstico clínico respecto de los
problemas de "irracionalidad ética", "anomia", o "alienación" (relativos a la
realización plena de una totalidad de capacidades humanas), de la que la
perspectiva sistémica carece. Por todo esto, quiero afirmar aquí, la perspectiva
accionalista es la forma que asume en teoría sociológica aquel enfoque, mucho
más amplio en sus fuentes y alcances, al que aquí llamaremos, en general,
enfoque humanista. Bajo esta caracterización englobaremos, entonces, a
autores tan diversos como M. Weber1 y K. Marx2 (pues al concepto de praxis le
atañen todas las consideraciones anteriores, relativas a la acción) , a J.
Habermas3, y al propio Parsons4 (más adelante se verá el por qué de esta
1 Max Weber: Economía y Sociedad (1922)
2 Karl Marx:La Ideología Alemana (1845)
3 Jürgen Habermas: Teoría de la Acción Comunicativa (1982)
4 T.Parsons: La Estructura de la Acción Social (1937); El Sistema Social (1951); Hacia una
Teoría General de la Acción (1951)
8
afirmación problemática). E. Durkheim5, a pesar de haber enunciado por
primera vez el principio sistémico de análisis social, puede ser mejor
caracterizado, a mi juicio, como fundamentalmente un humanista "realista"
(como lo demuestran sus conceptos de conciencia colectiva y solidaridad
mecánica, y a diferencia de buena parte de los antes mencionados, que en
general son �individualistas�), y por ende la suya es una situación ambigua, en
cierto modo de transición.
El ejemplo más acabado de aplicación de la perspectiva sistémica al campo de
la sociología es, a mi juicio, el de Niklas Luhmann6. Por eso creo que, si en los
términos antes expuestos, es posible oponer una tradición de pensamiento
sociológico que apunta a analizar y juzgar los fenómenos sociales desde la
perspectiva de una definición de lo humano en su generalidad (tradición a la
que aquí llamamos �perspectiva humanista�), a una perspectiva que apunta a
pensar lo social en su lógica inmanente y en su especificidad problemática,
tiene sentido, a la hora de intentar comprender la alternativa teórica que con su
obra nos propone este autor alemán, pensar esta apuesta intelectual en los
términos de lo que podría denominarse apelando a un juego de palabras- un
viraje intelectual del humanismo al luhmannismo en teoría sociológica.
En los parágrafos que siguen intentaré dar respuesta a los cuestionamientos
acerca de la pertinencia de la aplicación del enfoque sistémico al campo de la
teoría sociológica, por medio de un intento de caracterización de lo que
considero es el principal problema conceptual específico de nuestra disciplina 
la definición del concepto de �lo social�- que permita apreciar en qué sentido
este problema teórico puede ser originalmente abordado e iluminado desde los
criterios de análisis que propone el enfoque sistémico, al aplicarse a la reflexión
social. A partir de una caracterización de los puntos de vista distintivos del
análisis sistémico, me propongo, por un lado, criticar algunos abordajes
teóricos clásicos de la teoría sociológica que parten de un punto de vista
individualista (como una variante del punto de vista �humanista�), y por el otro,
5 Emile Durkheim:La División del Trabajo Social (1893); Las Reglas del Método Sociológico
(1895); Lecciones de Sociología (1950); La Educación Moral (1902); Las Formas Elementales
de la Vida Religiosa (1912)
6 Niklas Luhmann.: Sistemas Sociales (1984)
9
demostrar que en algunos de los principios programáticos esenciales
establecidos por los �padres fundadores� de la sociología, es ya posible
reconocer las exigencias y los puntos de vista propios de una teoría de los
sistemas sociales. Como ilustración de esta segunda tesis, el final del artículo
estará dedicado a la realización de un somero ejercicio de aplicación de los
criterios sistémicos anteriormente explicitados, a la lectura y el comentario de
ciertos argumentos clásicos del capítulo 1 de Economía y Sociedad, de Max
Weber.
10
II ¿Qué Es Lo Social?
(O: ¿Por Qué El Concepto De Sistema Es Sociológicamente Pertinente?)
1.
El adjetivo social designa cierto tipo de relación, y cierto tipo de condición. Se
trata de una relación que enlaza a individuos humanos, que forman grupos, o
que se agrupan para coordinar sus actividades; o de la relación, derivada, entre
un individuo y uno de estos grupos o actividades colectivas. Hablamos de una
�condición social� de la existencia de un individuo, o de los hombres en general,
cuando su modo de existir se halla condicionado, no por su relación con la
naturaleza o los objetos, sino por (el modo de) su relación con otro hombre o
conjunto de hombres. Si el modo o forma de existencia de un individuo se halla
bajo condición de su (forma de) relación con otro individuo (o grupo de
individuos, o actividad de varios), diremos que la existencia del primer individuo
se encuentra �socialmente� condicionada.
La existencia de una �condición social� de la vida humana tiene como
determinación primera el hecho de que la existencia humana se desenvuelve
en un medio no puramente natural u objetivo, sino constituido por la existencia
y presencia de �otros� individuos humanos, que median su relación con aquél;
esto es, deriva primordialmente del factum de la pluralidad de los hombres, y de
que los hombres existen, viven, experiementan y actúan condicionados por su
�inmersión� en dicho medio, esto es, por la pluralidad humana. Si tenemos una
existencia �social� es porque nuestra existencia está condicionada por la
existencia de otros, y por el tipo de relación que nos vincula a ellos. La
condición de lo social es entonces la pluralidad y la diversidad (diferencia), y,
primordialmente, la alteridad que en la vida de un individuo se introduce al
quedar ésta ligada a la existencia de otro, y al modo de su relación con él.
La perspectiva sociológica es, entonces, una perspectiva relacional, pues parte
del criterio que afirma que una relación tiene la capacidad de �modificar� a sus
términos, esto es, de imponerles un modo específico. Este enfoque pone el
acento, entonces, en el modo en que un determinado tipo de lazo, vínculo o
relación, modifica la existencia de quien se halla sujeto a esta relación. Por eso,
es preciso decirlo, la sociología no encuentra su punto de fundamentación
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teórica en el concepto de �sujeto�, o de �yo� esto es, en la autofundamentación
y autonomía de la acción y la experiencia-, sino en el concepto de �el otro� ;y
aunque más no fuere sólo por ello, la ecuación fundamental de la sociología no
puede ser la relación ego-alter, sino (y aquí el orden es cuestión de estructura)
la relación alter-ego. Pues la sociología no toma como punto de partida al
sujeto, sino al otro (alter). Y explica al sujeto, y al �yo� (ego) en función de su
relación con el otro (alter). Por todo ello es que podemos afirmar retomando
un juicio que ya han realizado muchos otros autores- que las premisas teóricas
de la sociología son para bien y para mal- radicalmente anti-iluministas. Y, en
virtud del desplazamiento que produce en la posición del sujeto, al que
descentra como argumento explicativo, también debemos decir que estas
premisas ponen en crisis el argumento al que más arriba hemos denominado
�humanista�.
La hipótesis sociológica afirma, entonces, que el individuo humano no se
autodetermina (no es un �sujeto�) sino que se halla bajo condición �de otro�
(�socialmente� condicionado), como resultado de su vínculo o relación (del
�modo� del lazo que los vincula), cuya eficacia los �modifica� socialmente
(impone la forma de su existencia social). �Lo social�es, entonces, un tipo de
condición relacional, entre experiencias o acciones de individuos; pero no
cualquier tipo de relación entre estos elementos es una relación social. Sólo lo
es el condicionamiento o �modificación� de las experiencias y acciones de �uno�
por las experiencias o acciones de �otro�. De aquí que la condición social es
una condición de �alteración�, o quizás mejor, de �alter-acción�, pues se trata
del condicionamiento de ego a partir de la modificación que sobre él ejerce la
acción de descentramiento que éste padece en torno de un alter. La sociología,
como ciencia de �lo social�, es por ende la disciplina que explica al ego (sujeto)
a partir del modo de su sujeción a un alter (asumiendo que la existencia de un
alter es una condición estructural de la existencia y de la misma definición- de
todo ego). En otros términos, y como ya lo hemos dicho, es una disciplina que
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no pone, en la explicación de los fenómenos humanos, el centro de gravedad
explicativo en el sujeto (ego), sino, por el contrario, en el otro (alter)7.
Todo esto, formulado de un modo mucho más claro, y perogrullezco pero
necesario para la continuidad de la exposición- se dice: la sociología estudia al
hombre en relación, en su relación con otro. Este tipo de relaciones, que por sí
mismas definen todo un campo problemático en su especificidad, son las que
se denominan relaciones sociales. La sociología estudia, pues, un tipo de
relaciones: las relaciones sociales (más tarde diremos: los modos del lazo
social). Veremos a continuación que una verdad tan simple tiene profundas
implicancias en cuanto a los criterios de abordaje y problematización, al
método, y a la definición del objeto teórico de la disciplina.
2.
Ahora bien, ¿qué es un sistema? Un sistema es, justamente, relación. Un
sistema consiste en un conjunto de relaciones especificables, que configuran
una interioridad discernible -ya sea conceptual o empíricamente- de un
�entorno� no pertinente sino como exterioridad contextual. En términos más
simples: un sistema es un conjunto de relaciones que definen su unicidad
selectivamente, a partir del establecimiento o formulación de un problema
específico, que por sí mismo propone un criterio de pertinencia, o una
diferencia interioridad/exterioridad, que traza una frontera con el exterior. Esta
frontera puede trazarla el observador, al recortar y discernir su objeto de
estudio, o el propio sistema empírico, si se organiza a partir de operaciones que
por sí mismas constituyen esta frontera sistema/entorno, esto es, seleccionan
sus componentes específicos. Un sistema es la relación que vincula a todos los
7 Se me dirá: pero, ¿por qué la serie analítica no puede empezar por �ego�? Pues �alter� es
también, para sí mismo, un �ego�. De acuerdo, pero en una relación social, el individuo que
actúa o experimenta, el �sujeto� de la acción, etc. sólo tiene relevancia en su papel de �alter�
respecto de otro individuo, es decir,como condición social de posibilidad del modo de existencia
de este otro individuo. �Alter� es, claramente, un individuo o un �sujeto� (o un �agente�, o el
portador de un �rol�, etc.), pero en tanto que tal, la sociología no lo considera como
autofundado, sino como sujeto de [ego] un vínculo social, o sujeto a otro individuo, posición o
rol [alter]. Por ende, la perspectiva sociológica nos prescribe, respecto de todo individuo
considerarlo como socialmente condicionado (y por ende, como �ego�), o como el factor
condicionante del modo de existencia de otro individuo (y por lo tanto, como alter de un �ego�).
Con mayor precisión, alter y ego son las posiciones estructurales del vinculo social, y lo que
realmente constituye la condición social de existencia de los individuos es el modo de su
relación (lo que llamaremos más tarde el �modo del lazo� social)
13
elementos involucrados en un problema o situación, relación selectiva que
propone un criterio de interioridad y exterioridad.
 Por lo tanto: �Sistema� = relación (auto-)diferencial8; o quizás mejor: relación
selectiva. Toda vez que intentamos explicar o abordar un fenómeno o problema
 o recortar un objeto empírico- a partir de la selección, especificación y
delimitación del conjunto de relaciones de las que participa, o que lo
constituyen, y que por ende lo distinguen de lo que él no es, estamos
siriviéndonos de las herramientas proporcionadas por el concepto de sistema.
Toda vez, por ende, que estudiamos relaciones, sobre todo si éstas están
dotadas de la propiedad de autodiscernirse, o autodefinirse respecto de su
exterior o de definirse como diferentes respecto de un �entorno�, a partir de
criterios internos de inclusión/exclusión- estamos estudiando sistemas.
El concepto de sistema tiene, por ende, una inmediata pertinencia explicativa
para una disciplina que, como la sociología, define su objeto de estudio como
constitutivamente relacional. En la medida en que la sociología estudia cierto
tipo de relaciones, se interesará por la definición y especificación de cierto tipo
8 Cuando decimos que sistema es elementalmente relación diferencial, esto puede llevar a
confundir sistema y estructura (como es muy habitual). Sin embargo es preciso decir que las
estructuras no tienen entorno, no tienen afuera, y sólo operan en interioridad universal, o
"ciega". De ahí que para la estructura el afuera sólo puede pensarse "desde adentro" como
nombre vacío, como falta, como "lo real"/imposible, o como "significante de una falta en el
Otro". Y claramente desde esta posición "no hay otro del Otro". Pero para el sistema sí hay otro
del sistema, y en ello consiste la mismísima definición de sistema. Por eso, cuando decimos
"sistema = relación diferencial" no nos referimos, como en el caso de la estructura y la lógica
del significante, a la mera negatividad diferencial en que se agota el valor de cualquier
significante (término o posición interior de una estructura) respecto de cualquier otro, sino a la
diferencia misma que distingue "significante" de "no-significante", esto es, sistema de entorno,
adentro de afuera, orden de caos (des-orden); pues es esta diferencia -que se pone a sí
misma- la fundante del sistema, y es ella la que define la especificidad de la operación que
distingue términos, posiciones o momentos al interior del sistema. De aquí que, así como la
estructura distingue el Otro (la diferencia simbólica, la estructura misma en interioridad) del otro
(la semejanza imaginaria), el sistema distingue la Diferencia (la frontera que define una
especificidad en interioridad) de la diferencia (el resultado del modo de despliegue de la
operación). La unidad de la diferencia entre Diferencia y diferencia (D/d) , es la que define al
concepto de sistema.
Luhmann lo dirá mucho más claramente, en una fórmula de extraña simplicidad: sistema es la
diferencia entre sistema y entorno. Sistema, por ello, es la diferencia que sostiene la identidad,
la producción de mismidad a partir de la recurrente afirmación de la otredad.
Las estructuras son abstractas y subyacentes. Los sistemas, ya fueren teóricos o empíricos,
son concretos e inmediatos, operan en superficie, son siempre actuales. Conviven unos con los
otros en el pluriverso de las multiplicidades contingentes, en relación de mutua exterioridad.
Las estructuras son sistemas en pura interioridad, ya legalizados. Los sistemas tienen
estructuras, que constituyen su orden interno, pero no son su principio, sino su resultante
temporal y estática; los sistemas están siempre en exceso respecto de sus propias estructuras,
ya que habitan en el tiempo, y en lugar de reducirse a meras estructuras, ellos reducen a éstas
a puros momentos -siempre sustituibles- en el despliegue de sus operaciones
autodiferenciales.
14
de sistemas. En la medida en que la sociología estudia las relaciones sociales,
no sólo como uno de sus objetos, sino como el concepto fundamental
explicativo de los problemas de la disciplina, puede decirse que le es
inmediatamente pertinentela categoría de sistema, o que ella estudia sistemas
sociales. Y en la medida en que estudia las relaciones sociales, le interesará
poder definir en qué consiste la especificidad de estos peculiares sistemas, a
los que llamamos �sociales�. 
Se me dirá, sin embargo, que el concepto de sistema no es específicamente
sociológico, ya que su alcance excede con mucho el marco de los problemas
�sociales�, y puede ser aplicado a muchos otros campos. En otros términos,
que el de sistema es un concepto general e inespecífico, que no contiene nada
inherentemente social en su definición, y que por ende, en lugar de contribuir a
una mayor comprensión de los fenómenos sociales, fomenta su asimilación a
otro tipo de fenómenos ajenos a los mismos, como los de naturaleza biológica,
física, mecánica, etc.
Sin embargo, justamente lo propio del concepto de sistema, en su aplicación a
diversos campos, es la exigencia de una taxativa definición de los criterios
pertinentes a la caracterización del problema en cuestión, esto es, la exigencia
de especificación. No es posible caracterizar a un conjunto de elementos
cualesquiera como un �sistema�, sin explicar al mismo tiempo de qué tipo de
sistema se trata, es decir, qué clase particular de relación los articula como
conjunto distinguible, y cómo todas las instancias constitutivas del mismo
resultan del despliegue de un principio, una operación, o un criterio selectivo
específico, cuya identidad se funda en su diferencia específica respecto de
otros principios, operaciones, mecanismos, reglas, etc. De modo que a la
objeción de que en el fárrago de los fenómenos sociales de que se ocupa la
sociología, no nos hemos topado jamás con nada que se parezca a un
�sistema�, sino con entramados de acciones, relaciones, fenómenos de
conciencia, instituciones, identidades, grupos y prácticas, etc., �sociales�,
cabría responder que la primera tarea de la teoría sociológica debería consistir
en definir con precisión a qué se refiere ésta con el carácter �social� de las
mencionadas acciones, experiencias, normas e instituciones, prácticas, etc.
Esta exigencia definicional básica, tan poco lograda en el transcurso de la
historia de la teoría sociológica, es justamente la primera exigencia de una
15
teoría sistémica de lo social. En síntesis: si aquello con lo que nos encontramos
en la sociedad son objetos �sociales�, y no �sistemas�, la exigencia elemental
de todo intento de aplicación de la categoría de sistema a los problemas
sociológicos será justamente definir de un modo claro y excluyente qué es lo
�social� común a ellas, que las distingue de objetos o fenómenos no-sociales, o,
más precisamente, qué entiende la sociología por el carácter �social� de sus
objetos de estudio, esto es, cuál es la diferencia entre un sistema �social� y
cualquier otro sistema diferencia que apunta, justamente, a su especificidad-.
En otros términos: la exigencia fundamental de la teoría de sistemas aplicada al
análisis social es poder definir con precisión qué es lo social de un sistema, qué
hace de un sistema (conjunto de relaciones) un sistema social. Ya fuere la
respuesta: sus elementos y componentes específicos, o: su operación
específica, etc, lo importante es siempre poder enunciar con claridad cuáles
son estos elementos u operaciones, y por qué ellos son �sociales�.
Por lo demás, estas objeciones hechas a la aplicación del concepto de sistema
a la sociología podrían del mismo modo inconsecuente trasladarse a otros
destacados proyectos teóricos. Con el mismo criterio podría objetarse, por
ejemplo, la utilización del concepto de estructura, o de lenguaje, que hace
Lacan en su aplicación al psicoanálisis; y otros casos por el estilo. Cabría
añadir que el concepto genérico de sistema no es menos inespecífico que otros
conceptos consagrados por la teoría sociológica clásica, tales como los
términos �sagrados� de acción, experiencia, conciencia, subjetividad, etc. etc.
La acción, por sí misma, es ella también inespecífica desde el punto de vista de
la sociología, ya que a ésta, en todo caso, no le interesa la acción en general,
sino, justamente, la acción �social� (excepto que, como ha sido una fuerte
tendencia en la teoría sociológica del siglo XX, se pretenda afirmar la identidad
entre ésta y la teoría de la acción en general, bajo la figura, por ejemplo, de una
�teoría general de la acción�). Por ende, lo que a la sociología le interesa no es
la acción en sí misma, sino lo social de la acción, y de cualquier otro objeto o
problema. Y obviamente lo mismo cabe para el concepto de experiencia, etc.
Por el hecho de que definamos a �lo social� como producto y resultado de la
acción, o de la experiencia, humanas, el hecho mismo de disponer de una muy
sólida teoría de la acción -o de la experiencia-, no significa que dispongamos al
mismo tiempo de una teoría sociológica. Pero que todos estos conceptos sean
16
igualmente inespecíficos que el de sistema, no significa que tengan el mismo
grado de pertinencia explicativa. Pues los conceptos de acción, experiencia,
conciencia, subjetividad (aunque se la pretenda disfrazar sociológicamente,
bajo la figura de la �inter-subjetividad�) son fenómenos inherentemente no-
sociales, sino en principio de naturaleza individual, sobre todo en la medida en
que remiten a un soporte de subjetividad (bajo las figuras modernas
cartesiano-kantiano-husserlianas), esto es, de autofundamentación, a partir
de su apelación a la conciencia e intencionalidad individual. Lo social de todos
ellos no es sino una determinación externa contingente, una resultante
agregativa, o una derivación empírica de atributos ontológicamente
individualistas-subjetivos. En cambio, el concepto de sistema tiene a su favor
que por definición parte de una prioridad ontológica de la relación por sobre los
elementos relacionados, que son ellos mismos una derivación resultante del
modo específico del vínculo relacional, o del campo problemático relacional, de
que en cada caso se trate. Para el caso de la sociología, de la relación �social�
(alter-ego).
Por ello, la primera aclaración a hacer a este respecto, es que el concepto de
sistema opera, en cada ámbito problemático, como criterio regulativo de una
especificación del campo. Pensar en sistemas es interrogarse por la
especificidad de una relación, un fenómeno o un campo problemático. Es
pensar "qué pertenece" a este problema, con qué criterio seleccionar qué lo
define y le es pertinente; y por ende, qué no le pertenece, no le concierne, y le
es ajeno. Es preguntarse: esta configuración de relaciones, ¿qué sentido tiene?
¿por qué es precisamente de la manera en que és; esto es, qué la sostiene en
su unidad? Esta colección de elementos, objetos, instancias, relaciones, ¿bajo
qué criterio constituyen un conjunto discernible? Y todo ello es equivalente a
preguntar: este conjunto de relaciones, que para su comprensión concibo
problemáticamente, la solución a qué problema es?
Ahora bien, esta exigencia de especificidad, propia del método sistémico, de
definición de límites de pertinencia, es exactamente la misma que nos fuera
planteada en los mismos albores de nuestra disciplina, bajo la fórmula de la
conocida regla programática que nos prescribiera �explicar lo social por lo
social� (Emile Durkheim, Las Reglas del Método Sociológico, 1895). Esta
máxima metodológica, fundacional de la sociología, es una prescripción de
17
carácter sistémico. Sólo si lo social posee especificidad, y una remisión mutua
de todos sus fenómenos a una regla, o una operación, común es decir, sólo si
lo social constituye una conjunto de relaciones con regularidad propia y
distinguible- esta máxima puede aspirar a su feliz cumplimiento. La suya es,
pues, una exigencia de sistema.
 De aquí que el concepto de sistema aplicado a la sociología, si deriva su
pertinencia de la definición de �lo social� como relación, habrá de derivar su
productividad, por el contrario, de sucapacidad para proporcionarnos un criterio
de especificidad, una clara definición de aquello que se entiende por �social�,
como un tipo de relación, o de operación selectiva, o de problemática, singular
e irreductible, o para citar nuevamente a Durkheim, una �realidad sui generis�.
Si es posible reconocer gracias a este criterio una operación que por su
definición no derive de criterios individuales, y cuya productividad específica
consista en la delimitación selectiva y la generación de fenómenos sociales, el
método sistémico habrá conseguido mostrar su eficacia teórica en el campo de
la sociología.
3.
Por lo tanto, es aceptable y cierto que a la sociología no le interesa el concepto
de �sistema� como tal, en su generalidad Esto es tan aceptable como afirmar
que tampoco le interesan el concepto de estructura, de regla, de experiencia, o
de acción, como tales, sino que en verdad tan sólo le interesa, por principio y
como punto de partida, la definición del concepto de �[lo] social�.
Por eso, pensar lo social sistémicamente significa antes que nada establecer
un criterio selectivo que nos permita pensar lo social como social, esto es, en
su singularidad, en su interioridad excluyente; e interrogarse por el significado
propio del adjetivo "social". Preguntarse, entonces, qué define a "lo social",
esto es, qué lo diferencia de otra cosa que será por ende no-social. ¿El
despliegue de qué operación constituye relaciones sociales? ¿Cuál es la regla
que en su aplicación recursiva produce objetos, fenómenos, situaciones
sociales?. Todo esto equivale, a mi juicio, a asumir la tarea de dar satisfacción
a aquella máxima fundacional de la sociología que aún hoy nos prescribe
poder explicar lo social por lo social. Lo que significa, no por la acción, o por lo
18
humano, o por lo cultural o lo económico, sino estrictamente por lo social, en su
especificidad, o su interioridad diferencial.
En este sentido, los dos más destacados aportes recientes a la integración y
rearticulación de la teoría sociológica en su conjunto el de J. Habermas desde
la teoría de la acción, y el de N. Luhmann desde la teoría de sistemas- han
concidido, a pesar de sus grandes discrepancias de principio, en sustituir como
conceptos centrales de la disciplina a la acción (teleológica) y a la experiencia,
y en su propuesta de explicar lo social a partir del concepto de comunicación.
Desde el abordaje que proponemos en este trabajo, más arriba hemos dicho
que lo peculiar de la relación social no es que vincula o articula dos acciones o
experiencias, o una experiencia y una acción a secas-, sino muy
específicamente la acción o experiencia de un ego a la acción o experiencia de
un alter, por lo que pone a ego (el �sujeto�) bajo condición de alter única
razón por la que podemos decir que �el sujeto� (ego) se halla socialmente
condicionado -. A la operación que permite el establecimiento de esta relación
o vínculo entre alter y ego, y que por ende establece el carácter social de una
relación, la moderna teoría sociológica la ha denominado comunicación. A
aquellos sistemas cuyos elementos y partes se hallan vinculados por lazos
comunicacionales, tanto la más reciente teoría de la sociedad formulada a partir
de la pragmática comunicacional (me refiero al análisis de la sociedad en dos
niveles, de J. Habermas), como su alternativa formulada en términos de teoría
sistémica, coinciden en denominarlos sistemas �sociales�. Por lo que podemos
apreciar que, incluso trascendiendo los límites del enfoque sistémico, existe un
consenso teórico extendido en el sentido de definir �lo social� como un
fenómeno fundamentalmente comunicacional.
Esta convergencia general de los dos más destacados proyectos de
refundación teórica de la disciplina sociológica nos advierten sobre un hecho
aparentemente insoslayable relativo a nuestras interrogantes anteriores: la
pertinencia de la aplicación de criterios sistémicos al análisis sociológico no
puede ser juzgada ya por la aplicabilidad del concepto general de �sistema�,
sino por la mayor o menor pertinencia teórica y explicativa de aquella operación
particular que la teoría sistémica nos propone a fin de dar cuenta
conceptualmente de la especificidad de lo social.
19
Por ello, desde el punto de vista teórico, el juicio en torno a la moderna teoría
social sistémica debería preocuparse, a mi parecer, no por el significado, la
aplicabilidad, o la existencia misma de �sistemas�, sino más bien por el
problema de la exhaustividad explicativa de lo social derivable de su reducción
a fenómenos de comunicación. En ese caso, las preguntas pertinentes, a mi
juicio, deberían ser: ¿puede dar cuenta el concepto de comunicación de toda la
variedad de lo �social�? ¿Todo lo que es comunicación, es social? Y viceversa:
¿todo lo que es reconocidamente social es comunicación, o derivable de la
comunicación (y sus modos)? Si fuere así, la teoría sistémica que sólo se
propone definir lo social en su especificidad, a partir de una operación propia, y
a partir de ella caracterizar la variedad analítica y empírica del campo
sociológico como modalidades diversas de la aplicación de dicha operación
específica productora de �lo social�- habría demostrado su pertinencia
explicativa y riqueza heurística. De lo contrario, se habría demostrado
insuficiente para dar cuenta de la complejidad de la fenoménica social y
sociológica-.
Pero quiero insistir en este punto: la perspectiva sistémica en tanto que tal sólo
impone un criterio metódico para el recorte de objetos y la definición de
problemas, no un objeto específico (no hay �sistemas� en estado puro, sólo
sistemas físicos, biológicos, psíquicos, sociales, políticos, etc., específicos). Por
ello, desde el punto de vista �objetal�, y teórico sustantivo, a la sociología no le
concierne como problema la relevancia de la categoría de �sistema�, sino la
relevancia del concepto de comunicación, para dar cuenta o no- de la
problemática sociológica, y de la variedad de lo social.
4.
Si el principio sistémico en sociología fue introducido por primera vez por
Durkheim, como cuestión de método, la respuesta al qué de lo social, esto es,
la explicitación de la naturaleza de �lo social� como objeto, en absoluta
coherencia con dicho principio, fue enunciada por primera vez con toda claridad
-quizás paradójicamente- por el padre de la sociología subjetivista de la acción,
20
Max Weber. Pues Weber (al principio del capítulo 1 de Economía y Sociedad)9,
al interrogarse acerca de cuál es la especificidad distintiva de la acción social,
responde: una acción es social cuando su sentido está referido a la acción de
otro. Esto es: lo social consiste en una específica orientación de las acciones:
la orientación por, o hacia, otras acciones.
�Acción que remite a acciones�. Hay aquí una doble aplicación del criterio
sistémico: por un lado, la especificación de un objeto con un claro criterio de
límite de pertinencia, y por ende el recorte de un campo de incumbencia
conceptual y objetual (�esto, sólo esto, y no lo otro�); pero, por otra parte, este
mismo campo es definido de un modo muy peculiar, al que podríamos
caracterizar como de una �interioridad de sentido�. Pues la definición propone
un objeto que autoselecciona su remisión de sentido de un modo
singularmente autorreferencial. Por esto decimos que se trata de una operación
que selecciona sus propios objetos con un criterio "en interioridad": pues lo
social se define a sí mismo como una recursividad en la remisión al campo de
las acciones, y por ello como claramente distinguible (auto-distinguible,
diremos) del ámbito de referencia de lo no-social. El criterio es claro: no �acción
que remite a objetos�, sino: �acción que remite a acciones�. Este criterio
selectivo crea series específicamente sociales, trazando una frontera clara en
el orden del sentido entre social y no-social: la que surge cuando las acciones
seleccionan acciones, y no objetos,como soporte o referencia de su propio
sentido. No hace falta más para que la sociología pueda pensar
sistémicamente, ya que, como hemos visto, en el mismísimo origen de la
reflexión sociológica el criterio sistémico hace entrega de su gema más
preciada: la definición del método teórico (Durkheim), y el preciso recorte del
objeto conceptual, en su especificidad diferencial (Weber).
5.
La definición weberiana ya presenta, anudados, precisamente los tres términos
que más tarde Parsons transformará en sistemas: la acción, el sentido, y el
otro.
9 Max Weber: Economía y Sociedad, cap. 1 (�Conceptos Sociológicos Fundamentales�); pág. 5
y ss.
21
Parsons más tarde dirá (en su modelo trisistémico de 1951)10: la personalidad,
la cultura, la sociedad. Sólo que para Parsons es preciso decirlo- el objeto
más constante de su interés teórico no fue (a pesar del título de una de sus
más célebres obras) el �sistema social�, sino �la acción� misma (incluso más
que para Weber); la acción misma como sistema, esto es, como una totalidad
articulada, de la que �lo social� era tan sólo uno de sus componentes, o una
dimensión del análisis. De tal modo que Parsons hace de la parte (la acción) el
todo, y del todo (la sociedad, el sistema social, etc.), una parte (junto con otras:
la cultura, el organismo, etc.) Por eso Parsons reduce aquel aspecto que para
Weber resultaba definitorio del concepto de acción (la intervención significativa
-esto es, intencional y conciente-), a la dimensión de un simple componente de
la acción, su dimensión teleológica, o de la realización de fines (Goal
Attainment) en función de �motivos�, cuya articulación genera un sistema
específico de la acción: el sistema de la �personalidad�. Pero aquí, como
vemos, �sistema� significa �parte�, componente analíticamente diferenciable, de
un todo que es la �estructura general de la acción� ( el célebre �esquema
A.G.I.L.�)11. El componente teleológico subjetivo, que para Weber es definitorio
de la acción en sí, es reducido por Parsons a una dimensión analítica,
articulada sistémicamente con la identidad subyacente (cultura), la coordinación
integradora (sociedad), y el condicionamiento físico-material (organismo), en
una unidad compleja llamada acción. Parsons reduce entonces la �acción�
weberiana a la dimensión individualista del �sistema de la personalidad� -que
unilateraliza el componente teleológico-, analíticamente diferenciada, para
volver luego a reintroducir ésta última en el todo concreto de una �acción�
redefinida como complejo socio-simbólico-intencional-orgánico, como uno de
sus cuatro componentes estructurales. Parsons comprende perfectamente que
la acción es una resultante concreta del cruce de múltiples sistemas,
simbólicos, relacionales, conductuales y materiales, que la posibilitan, regulan,
modifican y condicionan. Pero eso se traduce para él en que la acción es en sí
misma un sistema, como conjunto articulado (concreto, compuesto a su vez de
sistemas �analíticos�); y hace de este sistema su objeto de estudio permanente
a lo largo de toda su obra: la acción �social� en un principio, bajo esquemas de
interpretación sociológica (Weber, Durkheim); y la acción sin más (al incorporar
10 Ver T. Parsons: Toward a General Theory of Action (1951)
11Ver Talcott Parsons: Societies, cap. 2 (1966)
22
el subsistema adaptativo, que le permite asimilar la conducta biológica a su
esquema simbólico-intencional), finalmente, bajo metáforas biológicas y
cibernéticas.
Es cierto que Parsons hizo de la acción un sistema, pero no menos cierto es
que hizo del sistema social un capítulo de su teoría del sistema general de la
acción. Por ello creo, para concluir, que si por su método Parsons fue un
pensador sistémico, por su objeto de estudio fue fundamentalmente un teórico
de la acción, que explica a la acción por sus determinaciones sociales (así
como culturales y materiales), pero hace de éstas por su parte componentes de
la acción misma, por lo que acaba explicando lo social, no por lo social, sino
por la totalidad de lo humano, sintetizado en el concepto de acción.
6.
Pero analicemos un poco mejor esta definición weberiana, desde la perspectiva
sistémica que aquí nos proponemos iluminar.
Weber nos dice taxativamente: no toda acción es acción social: sólo lo es la
acción referida a otras acciones. Esto es un criterio estricto y tajante, muy
exigente, ya que deja afuera una multiplicidad de objetos empíricos que de este
modo se vuelven exteriores al campo conceptual y problemático de la
sociología. Pero: ¿qué significa "acción que refiere a acciones"? ¿Toda acción
referida por su sentido a otra acción es por ello mismo "social"?
En otros términos: si tomáramos la serie que surge del desanudamiento de los
componentes de la acción weberiana -la acción, el sentido, y el otro- podríamos
interrogarla así: ¿qué de todo esto es "lo social" de la acción social? La
respuesta, creo que claramente, sería: en esta tríada lo social es el otro.
Esto es así porque lo social se refiere siempre a un cierto tipo de enlace entre
acciones o experiencias. Pero esto implica decir que no todo enlace entre
acciones o experiencias es por ello mismo social. Como ya lo hemos anticipado
anteriormente, es preciso distinguir dos operaciones selectivas, que definen
dos situaciones relacionales diversas: aquella que consiste en la secuencia que
enlaza una acción (o experiencia) x a otra acción (o experiencia) y, del sujeto
E; y aquella otra, muy diferente, que enlaza la acción x del sujeto E con la
23
acción y del sujeto A. La primera es la relación entre una acción y otra acción
(de E); la segunda es la relación entre la acción de uno (E) y la acción de otro
(A). Aunque en ambos casos el enlace es mediado por el sentido,
evidentemente no se trata de la misma secuencia, ni del mismo proceso de
enlace o conexión, ni de los mismos términos participantes de la misma, ni de
la misma temporalidad; por ende, del mismo tipo de operación. De hecho, una
ocurre como despliegue de la subjetividad de un individuo (E), esto es, como un
flujo de conciencia, y una unidad intencional o teleológica que sostiene el
despliegue de una subjetividad; la otra de ningún modo puede considerarse
como una operación individual, y sólo por ello ya se vuelve problemático seguir
hablando, en este segundo caso, de E y A como "sujetos" de la misma, en la
medida en que ambos (o mejor, sus respectivas acciones o experiencias) sólo
participan como términos o elementos constitutivos, de una operación común,
que no se reduce ni a la subjetividad de A ni a la de E; por lo que, podríamos
decir así, es "para-individual", en relación ortogonal con las secuencias
subjetivas individuales.
Es preciso recalcar, antes de continuar, que en ambos casos el recurso
mediador que permite realizar la conexión es el sentido. Existe un Otro que
opera como mediador entre un sujeto y sí mismo, articulando sus conexiones
subjetivas de experiencia y acción; existe un Otro que media entre las
experiencias y acciones de diversos hablantes, articulando su comunicación.
Así, para que dos unos puedan constituirse en un alter y un ego, se requiere
siempre la existencia de un tercero, un espacio de articulación, una mediación
de sentido. Existe un Otro que permite que dos unos ("egos") puedan
constituirse uno en el otro ("alter") de otro. Por eso, para el caso de Weber,
podemos distinguir entre la acción individual con sentido, en general, y un caso
específico de orientación de dicha acción, que nos permite catalogarla como
acción �social�: la orientación hacia la acción de otro. Pero en ambos casos la
secuencia formada por dos acciones de un mismo individuo; la secuencia
formada por las acciones de múltiples individuos- la mediación entre las
acciones tiene lugar gracias al recurso al sentido. Es el sentido el que permite
enlazar las acciones de un mismo individuo, o las de un individuo a las de otro.
Pero las operaciones que en cadacaso permiten la articulación -mediadas
ambas por el sentido como condición de posibilidad- difieren sistémicamente: la
24
primer secuencia es de carácter subjetivo, y la operación que realiza la
selección es una operación psíquica, o de conciencia. La otra es para decirlo
de un modo preliminar- de carácter �para-subjetivo�, y por ende trasciende al
individuo, y ya no es del orden de la subjetividad y sus leyes.
A la primera secuencia le subyace un sujeto de conciencia -en el sentido
cartesiano/kantiano del término-; a la segunda no, a menos que modifiquemos
la noción clásica (moderna) de sujeto. Ya que lo que en este caso subyace a
ambos términos -acción o experiencia de Alter, y su correlativa de Ego- es una
comunicación, o un lazo social, al que ambos partícipes "se sujetan" como
términos de la misma.
No se trata aquí del surgimiento de una intersubjetividad, o, digamos, del
"cruce", o del "entrelazamiento" de dos subjetividades individuales -incluso
aunque así pudieren percibirlo los propios participantes-, ya que el enlace
mismo no obedece a los modos de regularidad del despliegue de una
subjetividad, o de un flujo de conciencia, sino a otra operación específica: la
comunicación.
7.
A partir de esta constatación podemos afirmar: los fenómenos de
"intersubjetividad" en que se interesa la sociología no existen, ni surgen, ni se
producen, según los modos de la subjetividad, o de las operaciones de
conciencia, ya que toda conciencia -como todo sistema- funciona "en
interioridad excluyente", y por ende no puede nunca operar fuera de sí, a fin de
crear "inter-conciencias", o "inter-sujetos", o mega-sujetos, etc. etc. Por ende, ni
la "intersubjetividad", ni la "conciencia colectiva", y demás etcéteras, existen
sino bajo los modos de la comunicación, y no son otra cosa que formas, no de
la subjetividad o la conciencia, sino de la comunicación.
Coherente con este criterio fundamental, quisiera afirmar también, como un
corolario posible: no es lo mismo "lo social" que "la experiencia de lo social" en
el individuo. Por ello no es posible nunca reducir lo primero a lo segundo, como
pretendería -quizás inadvertidamente- el proyecto de sociología
25
fenomenológica de Alfred Schutz12. Experimentar subjetivamente la presencia
del otro, los signos de sus vivencias y experiencias, etc., implica, justamente,
experimentar sus vivencias tan sólo como signos, acceder a sus experiencias
sólo mediante signos a ser interpretados mediante un código (aprendizaje
inductivo, tipificaciones, horizonte de significaciones, mundo vital compartido,
etc.). Todo esto, claramente, no expresa ni permite aprehender la modalidad
específica de existencia, surgimiento y operación de los fenómenos llamados
"sociales", sino que tan sólo es el correlato, bajo los modos de operación de la
conciencia individual -un sistema específico y con una operatoria diferente de la
social- del hecho de su hallarse sometido a las condiciones que impone un
contexto -o entorno- social, al que sólo puede comprender mediante sus
propios y específicos mecanismos subjetivos de reducción de complejidad:
mediante atribuciones de experiencia y acción. "El otro es (debe ser) como yo;
por ende, debe tener un yo, esto es, una autoconciencia reflexiva e intencional;
así como yo interpreto mis experiencias, y doy sentido a mis acciones y al
mundo, el otro, que es otro-yo, deberá hacer lo propio; por ende, el otro, al
comunicarme algo, actúa, al igual que yo, al tratar de interpretarlo, lo
experimento; y al tenerme delante, soy para él una experiencia que trata de
interpretar; de estas inducciones mutuamente compartidas es posible inferir un
universo común de experiencias compartidas, etc. etc....": todo este
razonamiento al estilo de las explicaciones de Schutz nos permite apreciar que
este autor cree poder identificar el modo operativo de lo social, con la
experiencia subjetiva del mismo por el individuo; pero al mismo tiempo nos
permite apreciar el reductivismo de esta perspectiva, reduccionismo que ya
está anticipado, pero también resuelto, en ciertos presupuestos weberianos
retomados por este autor, presupuestos que será necesario a su vez discutir.
8.
Cuando Max Weber define la acción social como la que se orienta por las
acciones de otros, no sólo explicita un criterio muy estricto de selección de la
referencia de sentido, sino que asume por dados una serie de presupuestos
decisivos para dicha definición. El más importante de estos presupuestos es,
me parece, la existencia/presencia de estos �otros�, decisivos para la referencia
�social� de la acción. Pues su existencia constituye la mismísima condición
12 ver Alfred Schutz:Fenomenología del Mundo Social (1932)
26
previa de la posibilidad de lo social, que los requiere como el contexto en que la
acción �social� no sólo se sitúa, sino que cobra sentido. Ahora bien, ¿qué
significa esta palabra �otro/s�; quiénes son estos �otros�?
En principio, �otro/s� significa �otro/s como yo�, �otro/s-yo�, �otro/s igual/es a
mí�; o, más, en general, �otro/s igual/es al que actúa�, esto es, al sujeto de la
acción. La palabra otro/s es, por ende, una atribución de subjetividad (de �ser-
sujeto-de-su-propia-acción�) a los demás individuos humanos. Pues decir:
�otro� es igual a �otro que actúa�, dados los componentes de intencionalidad,
conciencia, y significatividad característicos de la acción weberiana, implica
decir que el �otro� es también un �sujeto� de su acción, que la piensa o
planifica, la quiere, la comprende y le da sentido. Atribuirle al otro la capacidad
de actuar, es atribuirle la condición de ser sujeto de (el sentido de) su acción.
Otro significa, entonces, otro sujeto.
Pero el problema es que, si yo puedo autocerciorarme de mi propia subjetividad
(esto es, de la intencionalidad consciente de la atribución de sentido que
practico sobre mis acciones), no puedo hacer lo mismo con los otros individuos
empíricos que se me aparecen en la experiencia. De ellos sólo observo
conductas, no acciones. Pues para denominar a la conducta de otro una
acción, debería poder estar seguro de que �el otro� también atribuye sentido a
su hacer. Esto es, que el otro es también un �sujeto� (de sus acciones). Pero, a
la vez, sólo puedo saber que el individuo x es un sujeto, si puedo estar seguro
que su conducta es una acción con sentido subjetivamente atribuido. En
resumen, en el plano de la observación o experiencia que tengo del otro, sólo
puedo llamar a un individuo �sujeto� si sus comportamientos pueden ser
llamados �acciones�, pero sólo podré llamarlas �acciones� si su agente es un
�actor�, esto es, un �sujeto�. La acción remite al sujeto y el sujeto remite a la
acción; pero ambas atribuciones son, en principio, empíricamente
inverificables.
La existencia de �otros� equivale a afirmar, como presupuesto de hecho y punto
de partida dado, la multiplicidad de �yoes�, esto es, que cada individuo es un
�yo�, un sujeto de sus acciones, esto es, un actor. Ahora bien, si lo que yo
puedo observar sólo son �otros comportamientos�, aparte de los míos (de los
27
que estoy seguro que son acciones), sólo podré decir que ellos me revelan la
existencia de otros �sujetos�, si de algún modo puedo cerciorarme de que esos
otros comportamientos son en verdad �acciones�, orientadas por ende de
acuerdo con un �sentido (significado) mentado (conciente) y subjetivo
(intencional)� atribuido por el individuo que es su agente. Pero, ¿cómo puedo
observar la conciencia y la intencionalidad que subyacen a un comportamiento
subjetivamente orientado, en el otro? La respuesta weberiana es: por medio del
modo de organización del comportamiento, y en particular, observando el
despliegue metódico del hacer. Esto es, observando la adecuación entre la
realización de ciertos fines y la selección de ciertos medios, la previsión de las
consecuencias, y la selección misma de los fines (que nos indicarán los
criterios de valor que guían al individuo).En una palabra: apelando a los signos
de una racionalidad en la organización de la acción. Es el método racional en el
ejercicio de una actividad lo que permite imputar una mayor reflexión, o cálculo,
y por ende una mayor subjetividad de la conducta. La racionalidad de un
proceder se vuelve así el indicador del carácter de �acción� de una conducta, y
por ende nos permite atribuir subjetividad a un individuo, y llamarlo así un
�sujeto�, o mejor, un �actor�.
Así, los �otros� (otros-actores) no son observables sino por sus �acciones�, y
éstas se dejan reconocer como tales gracias a que su carácter metódico 
racional- revela la presencia de un cálculo, una reflexión, una intencionalidad
orientada a un propósito, y por ello la intervención de una subjetividad
consciente.
Quede esto dicho en cuanto a la premisa fundamental de la definición
weberiana de la acción social. Los �otros� constituyen el prerrequisito de la
orientación social de una acción, pero �la acción de otros� es imputada a-
problemáticamente a los otros individuos empíricos, a partir de la mayor o
menor racionalidad de su comportamiento (que puede orientarse, como
sabemos, no sólo más o menos intencional y conscientemente según fines,
sino también en base a costumbres que operan automáticamente (automatismo
cultural), a emociones o sentimientos (conducta sintomática; automatismo
expresivo), según principios (axiológicamente), o según máximas, normas o
reglas válidas).
28
Ahora bien, a los efectos de comenzar a relacionar este análisis de la teoría
weberiana de la acción social con el enfoque sistémico al que nos referimos en
este artículo, quisiera proponer la siguiente tesis: la acción social weberiana no
es una acción �social�, sino individual. O, en otros términos: el concepto de
acción social no es un concepto social de acción. Pues la �acción social� sigue
siendo la acción de un individuo, orientada por las acciones de otros. Aún no
deja de ser un fenómeno de la órbita del individuo aislado y sus referencias de
sentido; ella no nos habla todavía de lo social en el plano de su eficacia
específica, sino que más bien por sí misma se nos presenta como una parte
molecular de una totalidad mayor y más bien parece aludir al vínculo que
enlaza a �lo social� (los �otros�) con el individuo (la �acción�), en términos de
orientación individual de sentido-. Como tal, es una suerte de átomo social, o
un �operador de conectividad� a partir del cual se formarán, agregativamente,
los lazos sociales. Es más bien el resultado de la descomposición analítica de
un vínculo o lazo, en sus partes elementales. La molécula del lazo, llevada al
plano de sus elementos constituyentes los individuos- es la �acción social� (la
orientación de sentido hacia las acciones de otros, de la intencionalidad y la
conciencia individual).
En coherencia con esta afirmación, quiero sostener ahora que el primer
concepto verdaderamente �social� de la tipología weberiana, en el que se opera
el �salto� hacia una realidad ya sí específicamente plural, es el de relación
social�.
9.
En el parágrafo #3 de la segunda parte del capítulo 1 de Economía y Sociedad,
Max Weber nos dice que una relación social es una �conducta plural -de varios-
que, por el sentido que encierra se presenta como recíprocamente referida,
orientándose por esa reciprocidad. La relación social consiste, pues, plena y
exclusivamente, en la probabilidad de que se actuará socialmente en una forma
(con sentido) indicable (�)�13.En lo que sigue me propongo analizar y
problematizar esta definición, y para ello quisiera comenzar afirmando que esta
no es una definición, sino que se trata de dos, diferentes, definiciones.
13 Economía y Sociedad, F.C.E., pp. 21; cursivas en el original.
29
En la primera cláusula la �relación social� es definida, primero, por tratarse de
una �conducta de varios�, esto es, plural, grupal, colectiva y por eso, ahora ya
sí, específica y primariamente �social�-. Pues aquí lo �social� deja de ser una
mera condición general, o el contexto de sentido de la acción, en la medida en
que éste se orienta por (la acción de) otro; ahora el sentido �social� de la acción
deriva de un efectivo actuar con otro/s, de acuerdo con expectativas
recíprocas. Y esto es precisamente lo que aparece en segundo término, al
hacerse referencia al carácter de reciprocidad, o de referencia mutua, que
define la orientación de sentido de las conductas particulares, o el sentido de la
relación misma.
Weber, más adelante, insiste particularmente sobre este rasgo definitorio de la
relación social, de varias formas: se refiere así a la �recíproca bilateralidad�, las
�orientaciones mutuamente referidas�, la �referencia mutua�, el �carácter
recíproco por su sentido�, etc. También se ocupa particularmente de aclarar
que el concepto mismo de relación implica una mutua referencia objetiva de las
acciones de los participantes, pero que esto no significa que la relación como
comportamiento plural observable- suponga la coincidencia subjetiva de las
orientaciones de acción, sino la creencia en que dicha orientación recíproca es
compartida. Esto es, distingue entre la relación como despliegue objetivo de
una coordinación de múltiples acciones, y la coincidencia subjetiva de los
participantes en su presunción de reciprocidad, e incluso en la definición o
identificación del tipo de relación. Por eso, al final, afirma que sólo puede
hablarse de ausencia o �inexistencia de relación� cuando ya no se verifica una
referencia mutua de las acciones de varios.
Ahora bien, ¿qué significa esta reciprocidad constitutiva de la relación, si no
consiste en una coincidencia en el sentido �actual� de las orientaciones de
varios? Creo que esta reciprocidad, si no es �subjetiva�, es porque es de tipo
�estructural�, esto es definitoria misma de la orientación �relacional�. Existe una
orientación �relacional� de las acciones, que consiste en la presuposición 
mutuamente compartida- de que �alter� orienta sus acciones hacia �ego� en la
creencia de que �ego� orienta sus acciones teniendo en cuenta las
orientaciones de acción de �alter�. Por eso, cuando Weber dice que la relación
social es una conducta social, �de carácter recíproco por su sentido�, �su�
sentido significa aquí el sentido de la relación, o el sentido de un
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comportamiento plural mutuamente orientado en atención al comportamiento
de los otros independientemente de que todos ellos interpreten sus acciones a
partir del mismo tipo de relación, esto es, de la orientación subjetiva-. La
�relación social� es una forma de acción que no deriva su componente de
reciprocidad de las intenciones individuales, sino de la forma de su estructura.
Por eso, aunque los partícipes se equivoquen en cuanto a la naturaleza del tipo
de relación de la que participan, ellos se orientan por la figuración de una
orientación relacional, y los demás también lo hacen así (excepto que los
participantes actúen sin conciencia de participar en una relación, no importa
cuál pero en tal caso se aplicaría el caso límite que menciona Weber, y que
fue citado más arriba: ausencia de referencia mutua de las acciones-).
Por eso la relación social introduce un componente nuevo respecto de la mera
�acción social�, que refiere a su estructura social �actual�, primaria y no
derivada: este componente es la participación. Este componente define la
condición de inclusión de los individuos en configuraciones para-individuales de
acción y de sentido, u órdenes relacionales emergentes, esto es, �sociales�, de
acción (y, podríamos añadir �extra-weberianamente�, de experiencia).
Podríamos añadir provisoriamente, que si la relación puede definirse desde la
perspectiva individual- por la condición de participación, a distintos tipos de
participación corresponderán distintos tipos de relación social. Quiero proponer,
aunque sin explayarme más en ello aquí, tres de estos tipos de participación:
presencia (interacciones simples),pertenencia (grupos; organizaciones),
pertinencia (actividades funcionalmente especificadas).
Ahora bien, quisiera pasar al análisis de la segunda cláusula de la definición
weberiana de �relación social�. En ella Weber afirma que la relación social no
consiste sino en la �probabilidad� de que �se actuará� socialmente de un modo
determinado (�con un sentido indicable�, dice nuestra versión castellana). Esto
es, la probabilidad de que se actúe, no de un modo casual o aleatorio, sino más
bien �esperable�, exigible, especificable, o definido.
Weber conecta ambas definiciones con una conjunción entre dos comas 
�,pues,�- que aparentemente procura sugerir que esta segunda afirmación sería
algo así como una especificación o aclaración de la primera; pero, en el fondo,
no otra cosa que una reformulación, o, en definitiva, una repetición. Pero yo
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creo que esto no es así, independientemente del sentido que Weber atribuyere
a sus frases. La segunda definición es �otra� definición, distinta de la primera, y
como, además, es de hecho más general en su alcance que ésta, podríamos
afirmar que en verdad la primer definición ya comentada- constituye un caso
particular de aplicación de la segunda definición.
En pocas palabras, creo que esta segunda cláusula contiene una �la�, quizás-
definición general del concepto de �relación social�, y la primera define un sub-
tipo, la �relación social recíprocamente orientada�. Pues lo que aquí se afirma
- si completamos la frase con una serie de condicionales implícitos, pero que
evidentemente se requieren para su comprensión- es que una �relación social�
es la probabilidad de que en una determinada situación un determinado
comportamiento propio o de �los otros�; para los participantes o para el
observador- se vuelve esperable de acuerdo con el sentido de dicho contexto o
situación. Una relación social es definida aquí como la probabilidad de un
determinado comportamiento; comportamiento que viene justamente
determinado por un criterio de sentido, impuesto por el contexto o situación.
Una relación social es, por ende, la condición de posibilidad de un
comportamiento esperable.
Esta definición, como puede verse, no tiene nada que ver con la �recíproca
bilateralidad�, ni con las �orientaciones mutuamente referidas�, etc. etc. Esta
definición desplaza el eje conceptual, y lo pone en otro lado. Probabilidad de
las expectativas: éste es ahora el corazón del problema.
Ahora bien, ¿qué significa aquí �probabilidad� de una expectativa, o de un
comportamiento esperable? Que, en una determinado situación, cierto
comportamiento sea �probablemente� más o menos esperable, significa
evidentemente, que su ocurrencia es más o menos contingente. Lo que se
indica con la afirmación, certeza o presunción de una mayor probabilidad de un
acontecimiento, es su menor grado de aleatoriedad o contingencia; esto es,
una mayor presunción de posibilidad, en función del presente estado de cosas.
Pero todo esto supone decir que, si de un determinado acontecimiento (por
ejemplo, un determinado tipo de comportamiento específico) es posible afirmar
en una situación determinada su mayor �probabilidad� esto es, su mayor
�esperabilidad�- es porque suponemos que el contexto o situación �favorece� su
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ocurrencia; en otros términos, que la situación �induce�, o �selecciona�
determinados acontecimientos en nuestro caso, determinadas acciones o
conductas- en detrimento de otras. En otros términos, que el contexto o
situación reduce la gama de aleatoriedad o contingencia de los eventos
posibles, incrementando la posibilidad y por ello la �esperabilidad�- de otros
eventos, específicamente definidos. Así, incremento de la probabilidad significa
reducción del campo de contingencia; esto es, selección.
Podemos decirlo así: para Weber �relación social� es la probabilidad de que, en
una situación determinada, una acción x (del sujeto a) suceda a otra acción y
(del sujeto b). Ahora bien, esta definición del concepto de �relación social�,
sostenida en una esperabilidad objetiva fundada en una reducción del campo
de contingencia de las acciones, a partir de la vigencia de una determinada
�selectividad� inducida por el contexto de las acciones de los otros, es lo que,
según hemos visto en las secciones anteriores, podríamos denominar un
�sistema social�. Un sistema social es un determinado conjunto de relaciones
entre acciones o experiencias; pues bien, aquí Weber nos describe la vigencia
de un enlace entre dos acciones (y, podríamos agregar, entre combinaciones
de acción y experiencia).
Pues de hecho Weber no hace otra cosa, desde su perspectiva subjetivista,
que describirnos la eficacia de la operatoria de un �sistema� social: cuando
Weber habla de la �probabilidad de ciertas expectativas� (o de un �determinado
comportamiento con sentido indicable�), lo que está describiendo es la
experiencia subjetiva que una conciencia individual �padece� en presencia de
un �sistema� de relaciones sociales. Lo que para el sistema es la operación de
una regla selectiva que enlaza y coordina las acciones y vivencias de varios, se
aparece ante la conciencia subjetiva individual como la experiencia de que, en
un determinado contexto de acciones, existe una �reducción de contingencia�,
un cierto orden esperable, esto es, una probabilidad mayor o menor- de que
acaezcan y se observen determinadas conductas esperables cuyo sentido y
�orientación� dependerá del tipo de sistema respecto del cual la conciencia
realice su obervación-. Así, lo que Weber llama �probabilidad de un
comportamiento con sentido indicable�, no es otra cosa que la consecuencia
subjetiva del hecho de que una conciencia individual se halla �en presencia� de
un sistema social, a cuya �exposición� se halla sometido ya sea como
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participante, o como observador-, y cuya eficacia presiente y percibe bajo los
modos operatorios de la conciencia individual.
Creo que esta es la razón por la cual Weber insiste tanto en reiterar
expresiones del tipo de �con independencia de los motivos�, �por los más
variados motivos�, etc. etc., al de[s]cribir y definir las formas estructurales de las
relaciones sociales, regularidades y órdenes que clasifica. Pues este autor
reconoce claramente la diferencia que existe entre las secuencias causales y
de sentido de que más arriba habláramos ya; y percibe claramente que la
mayor o menor probabilidad de acaecimiento de una determinada conducta
socialmente inducida depende del condicionamiento derivado de su
participación en sistemas selectivos de acciones de varios, o sistemas
�sociales�; en cambio, los �motivos� se refieren a las secuencias significativas
de los sistemas subjetivos, o �psíquicos�, cuya operatoria es contingente
respecto de la de aquéllos, ya que ambos operan de modos distintos y
autónomos entre sí. La teoría de los motivos remite a los fundamentos
subjetivistas del enfoque de la acción weberiano; pero la teoría de las
probabilidades del comportamiento esperable remite, por el contrario, a un
argumento que se asienta en la vigencia de criterios de selectividad no-
contingente, fundados en la forma estructural de las relaciones (definida por su
sentido); lo cual sienta las bases a un pensamiento de tipo sistémico del
estudio de las relaciones sociales.
Por esto es que creo que puede afirmarse que una relación social constituye,
para el propio Weber, un mecanismo de especificación mutua, esto es, de
autoselectividad reforzada, de un conjunto de acciones, configurando una red
cerrada por autorreferencialidad de sentido (de tal modo que, al ejecutar �a� la
acción x, �b� sostiene en ella su selección de la acción y, que refuerza la
selección de �a�). Esta autorreferencialidad constituye, para Weber, el
mecanismo arquetípico que ilustra el despliegue de la lógica interna
subyacente a su definición �sistémica� del concepto de acción social: acción
que remite a la acción de otro.
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Nota aclaratoria final
A pesar

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